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Jesús Andrés Pinzón Seminario de Política Aplicada Universidad Sergio Arboleda De acuerdo con el artículo 113 de la Constitución Política de Colombia son ramas del poder público la legislativa, la ejecutiva y la judicial 1 . Esta división que fue propuesta por Montesquieu ha sobrevivido hasta nuestros días. Sin embargo, las líneas divisorias entre cada rama se desdibujan, en primer lugar, debido a que las funciones que ahora realizan no se pueden encuadrar en las definiciones que de esa división da Montesquieu, y, en segundo lugar, debido a que las funciones que se cumplen ya no son solamente propias de un órgano específico. Para ejemplificar esto se pueden nombrar: La comisión de investigación y acusación de la Cámara de Representantes (que ejerce acciones judiciales), las sentencias proferidas por la Constitucional o la Corte Suprema de Justicia (que en cierto sentido se convierten en 1 Para efectos de este ensayo no se nombrarán como ramas del poder público, sino como funciones del poder público. Esto siguiendo al Profesor Sáchica.

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Ensayo acerca de la reforma del equilibrio de poderes.

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Jess Andrs Pinzn Seminario de Poltica AplicadaUniversidad Sergio ArboledaDe acuerdo con el artculo 113 de la Constitucin Poltica de Colombia son ramas del poder pblico la legislativa, la ejecutiva y la judicial[footnoteRef:1]. Esta divisin que fue propuesta por Montesquieu ha sobrevivido hasta nuestros das. Sin embargo, las lneas divisorias entre cada rama se desdibujan, en primer lugar, debido a que las funciones que ahora realizan no se pueden encuadrar en las definiciones que de esa divisin da Montesquieu, y, en segundo lugar, debido a que las funciones que se cumplen ya no son solamente propias de un rgano especfico. Para ejemplificar esto se pueden nombrar: La comisin de investigacin y acusacin de la Cmara de Representantes (que ejerce acciones judiciales), las sentencias proferidas por la Constitucional o la Corte Suprema de Justicia (que en cierto sentido se convierten en nuevas leyes, puesto que, si se apelara al espritu del legislador, estas sentencias sera una nueva ley con un nuevo espritu). En concordancia con lo anterior, la divisin del poder pblico deja de ser la idnea y debe abrirle paso a una nueva divisin, una divisin de funciones. [1: Para efectos de este ensayo no se nombrarn como ramas del poder pblico, sino como funciones del poder pblico. Esto siguiendo al Profesor Schica.]

Esta estructura del Estado se encuentra escrita en la parte orgnica de la Carta Magna[footnoteRef:2]. Esto con el fin de que se respete y se siga fielmente tal precepto, puesto que la Constitucin de un pas debe situarse por encima de cualquier ley y por encima de cualquier sistema de gobierno. Esto porque con esta Carta lo que se busca es la consecucin de finalidades polticas[footnoteRef:3]. [2: Constitucin Poltica de Colombia] [3: Constitucionalismo. Experiencias histricas y tendencias actuales. Maurizio Fioravanti]

En estos trminos se puede interpretar que el constitucionalismo, como movimiento, busca limitar los poderes pblicos. Ahora bien, se habla de poderes pblicos de manera intencional, ya que, como se entiende en la constitucin[footnoteRef:4], el poder pblico es uno solo. Sin embargo, parece ser que en el campo de lo fctico sera mejor hablar de poderes pblicos (a este tema se volver ms adelante). [4: En el artculo 3 que dice: La soberana reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder pblico. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los trminos que la Constitucin establece. ]

Con lo dicho, cabe aadir que en la Constitucin Poltica se entiende como Poder Pblico primario al pueblo, que est representado por quienes de alguna manera detentan el poder, pero el Poder Pblico sigue siendo slo uno.Para que no haya acumulacin de poder en una sola de las funciones nace el constitucionalismo, que segn Fioravanti (y para recordar lo que ya se ha dicho), las finalidades polticas concretas que persigue, consisten fundamentalmente en la limitacin de los poderes y en la consolidacin de esferas de autonoma[footnoteRef:5]. Esta limitacin de los poderes fue la que inspir a las revoluciones y la que lo diferencia de los tipos anteriores de constitucionalismo, pues fue exactamente la limitacin de los varios poderes que haba en la poca anterior a la modernidad, la que hizo que en las revoluciones se intentara unificar estos en un solo poder plenamente soberano. [5: Constitucionalismo. Experiencias histricas y tendencias actuales. Maurizio Fioravanti]

No se trata aqu de ver la manera en que el constitucionalismo evolucion a travs de la historia, ni de hacer un recuento histrico de lo que signific el mundo entero la supremaca de la constitucin, sino que se trata de ver cmo, a partir de la modernidad e incluso antes de ella[footnoteRef:6], la limitacin del poder ha sido un objetivo comn, pero tambin la creacin de esferas de autonoma (Que en cierto sentido parecera contradictorio, sin embargo ese no es el tema que interesa tratar en este momento). Al tener como punto de partida esta limitacin se puede hacer una interpretacin de la realidad poltica y jurdica que se vive actualmente. [6: Se puede tomar como ejemplo la carta magna de 1215]

Pesos y contrapesosEl sistema de pesos y contrapesos debera funcionar en nuestra realidad jurdica como limitante de todas las funciones del Poder pblico. El artculo 113 de nuestra Constitucin nos da un panorama grande de cmo se pone en prctica este sistema:[] Los diferentes rganos del estado tienen funciones separadas, pero colaboran armnicamente para la realizacin de sus fines []Duverger, citado por Guerrero[footnoteRef:7], afirma [7: Recuperado de: http://www.bdigital.unal.edu.co/40050/1/6701031.2014.pdf]

La representacin popular, mediante elecciones permite a los ciudadanos designar a los Gobernantes y privarlos del poder cuando sus mandatos expiran. La separacin de poderes obliga a que cada rgano gubernamental sea controlado por el otro, de forma que, como dice Montesquieu, el poder limita al poder. El principio de legalidad y la jerarqua de las normas jurdicas garantizan en cada grado esta limitacin de los gobernantes y dan a los gobernados los medios necesarios para oponerse a los actos ilegales.Siguiendo lo dicho, el sistema de pesos y contrapesos es el control mismo que ejerce el poder sobre s mismo. La divisin del poder descansa sobre la independencia de una rama con otro y sobre la armona que debe haber en sus funciones, que uno obre con respecto a otro.El sistema de pesos y contrapesos tiene una finalidad y es la de proteger la Carta Magna[footnoteRef:8], evitando la acumulacin de poder en una sola funcin. Para lograr esto debe haber algunos organismos que se encarguen de realizar un control a cada una de las funciones del poder pblico, ya que la sola divisin de funciones no es suficiente para lograr el efecto que se quiere con los pesos y contrapesos. Por esta razn, figuras como la del Procurador General de la Nacin aparece en el panorama de nuestra realidad poltica. El control popular tambin es uno de los controles que se dan efectivamente a travs de los mecanismos de participacin ciudadana. La palabra entre comillas hace referencia sobre todo a los referendos que no tienen obligatoriedad para quien lo convoca. Para no extender ms este punto, tambin se pueden nombrar como controles el poltico, el administrativo, el previo, etc. [8: Constitucin Poltica]

Reforma de equilibrio de poderes[footnoteRef:9] [9: Proyecto de acto legislativo N 018 de 2014]

En Colombia actualmente se lleva a cabo un proyecto de ley que busca restaurar el equilibrio de poderes en el mbito poltico. Lo que se busca con este proyecto, y como su nombre lo indica, es la limitacin de los poderes pblicos. Sin embargo, y luego de la explicacin dada en los prrafos anteriores Para qu una reforma en este campo, si el sistema de pesos y contrapesos funciona a partir de todos los controles que se ejercen sobre el poder pblico?Los grandes principios rectores en la organizacin constitucional del Estado de Derecho colombiano, a saber, la independencia entre las ramas del poder pblico y la proporcionada y ajustada labor de cada una, de acuerdo a su finalidad intrnseca, atraviesan por una honda crisis[1][1]. La extralimitacin en las actuaciones de las diferentes ramas[2][2] en detrimento de la autonoma de las otras, as como los conflictos de intereses surgidos entre sus respectivos miembros, impide el normal cumplimiento de sus funciones. Estos fenmenos, cada vez ms comunes[3][3], han venido desnaturalizando el principio de la colaboracin armnica y como se seal la separacin e independencia entre los principales rganos del Estado. El desequilibrio ha minado el funcionamiento natural de las tres ramas y de los organismos de control, debilitando la administracin de la justicia y socavando la capacidad para el control poltico por parte del Congreso. Lo anterior se evidencia en forma desproporcionada ante las excesivas prerrogativas que ostenta el poder presidencial[4][4] []Sin embargo, coyunturas polticas y circunstancias sociales han determinado una tendencia constitucional de acuerdo a la cual las prerrogativas presidenciales y judiciales han ido aumentando en detrimento de las facultades del poder legislativo. Este desbalance repercuti en un desequilibrio general que afecta la capacidad de control y vigilancia de los organismos de control, socavando la autonoma e independencia de la rama judicial y despojando al legislativo de su facultad para ejercer adecuado control poltico al Gobierno. Casi cien aos despus de haber proclamado el paradigma constitucional de 1910, en el presente puede afirmarse que rige el principio contrario: un rgimen presidencialista reforzado por un Congreso que no ejerce control poltico ni fiscal, bajo la vigilancia de una rama judicial politizada [] [footnoteRef:10]. [10: Recuperado de: http://www.imprenta.gov.co/gacetap/gaceta.contenido_gaceta?v_num=355&v_anog=2015]

Ms all de los argumentos dados por quienes son los ponentes de este proyecto de ley vale la pena indicar que esta reforma a la constitucin [footnoteRef:11] tiene como objetivo llegar a un equilibrio de poder. Sin embargo, esto tampoco es el tema. [11: Artculo 374 de la Constitucin que da a los congresistas la facultad de reformar la constitucin]

Es hora de volver al tema al que se dijo, en un prrafo anterior, que se retornara. Hablar equilibrio de poderes en una reforma a la Constitucin implica ir en contra de ella, puesto que como ya se mencion el artculo 3 de esta concibe al poder pblico como solo uno. Al decir equilibrio de poderes no se habla In abstracto, que se habla de la realidad, se describe lo que est pasando en ella. Ya Freud[footnoteRef:12] nos haba advertido que algunos actos fallidos del habla tienen una razn de ser, como por ejemplo la ancdota que cita en la que el presidente de una asamblea cierra sesin cuando en realidad lo que quera era abrirla. Asimismo sucede con esta reforma, se habla de equilibrio de poderes porque es lo que se vive en la realidad poltica. Es una lucha constante por demostrar qu poder es ms fuerte que el otro. Este tema va mucho ms all de una cuestin propiamente del lenguaje, es ms que el mal uso de una palabra o del sentido que se le da. Trasciende este mbito para instalarse en una realidad prctica en la hay ciertas relaciones de poderes que son las que se mueven dinmicamente. El lenguaje pasa a hacer parte del discurso, en el sentido Foucaultiano, del discurso de poder. [12: Introduccin al psicoanlisis conferencias 2, 3 y 4]

Recordando a Foucault[footnoteRef:13]: [13: Historia de la Sexualidad. Tomo 1 La voluntad de saber. ]

Pero considerando estos ltimos tres siglos en sus continuas transformaciones, las cosas aparecen muy diferentes: Una verdadera explosin discursiva en torno y a propsito del sexo. Entendmonos. Es bien posible que haya habido una depuracin- y rigurossima- del vocabulario autorizado. Es posible que se haya codificado toda una retrica de alusin y de metfora. Fuera de duda nuevas reglas de decencia filtraron las palabras: Polica de los enunciados. Control, tambin de las enunciaciones, se ha definido de manera mucho ms estricta y cuando no era posible hablar del sexo[]Aunque en el texto citado de lo que se habla es de los discursos acerca del sexo, arroja una luz sobre la cual se puede trabajar el tema que concierne en este momento. Hay una manera de hablar especfica para cada poca, esto implica que hay un discurso especfico en ciertos momentos que es el de alguna manera incide sobre (utilizando la terminologa de Durkheim) los hechos sociales.Pues esta voluntad de verdad, como los otros sistemas de exclusin, se apoya en una base institucional: est a la vez reforzada y acompaada por una densa serie de prcticas como la pedagoga, el sistema de libros, la edicin, las bibliotecas, las sociedades de sabios de antao, los laboratorios actuales. Pero es acompaada tambin, ms profundamente sin duda, por la forma que tiene el saber de ponerse en prctica en una sociedad, en la que es valorado, distribuido, repartido y en cierta forma atribuido[] creo que esta voluntad de verdad apoyada en una base y una distribucin institucional, tiende a ejercer sobre los otros discursos hablo siempre de nuestra sociedad- una especie de presin y de poder de coaccin.(Foucault)[footnoteRef:14] [14: El orden del discurso. Fabulas tusQuest editores.]

De esta manera, se ve cmo el discurso tambin influye sobre la vida prctica de una sociedad. As se entiende cmo lo que parece ser una reforma para buscar el equilibrio de poderes se convierte en una lucha de poderes en la que cada funcin quiere tener ms poder sobre otra. Teniendo en cuenta esto, se puede interpretar de una manera diferente las la insistencia del magistrado Hermens Lara: [] Que insisti en el inconformismo con lareforma de equilibrio de poderesque permitira al Gobierno tener todo el control sobre lajusticiaen el pas.La calific como una monstruosidad y dijo que el Gobierno quiere tomarse la Rama Judicial, que no le digan ms falsedades al pas, que digan que se quieren tomar la Rama Judicial, que quieren nombrar los jueces del pas y losmagistrados, que quieren que la justicia est arrodillada a la clase poltica"[footnoteRef:15] [15: Recuperado de: http://www.caracol.com.co/noticias/actualidad/reforma-de-equilibrio-de-poderes-acabara-con-la-democracia-magistrados/20150524/nota/2775527.aspx]

La lucha de poderes que se est dando en Colombia se refleja incluso en los discursos que se pronuncian en las plenarias del congreso, en los proyectos de ley, etc. La manera en que se entiende el poder poltico[footnoteRef:16] es la de una guerra por la supervivencia en la que el rgano con ms facultades sobre otro, ser quien sea el triunfador. [16: Salvedad hecha para diferenciar del poder del que habla Foucault]

Otra bibliografa consultada1. http://www.legismovil.com/BancoMedios/Archivos/pal%20018-14%20equilibrio%20de%20poderes.pdf2. http://www.ramajudicial.gov.co/documents/10240/5571964/Carta+a+Camara+de+Representantes.pdf/20f198ee-36bf-4c65-84d7-939cc1a30f813. http://www.elpais.com.co/elpais/colombia/noticias/conozca-puntos-algidos-reforma-equilibrio-poderes4. http://www.elespectador.com/noticias/politica/superara-reforma-de-equilibrio-de-poderes-revision-cons-articulo-5632395. http://www.bdigital.unal.edu.co/40050/1/6701031.2014.pdf6. file:///T:/Downloads/CARTILLA_4_PESOS_Y_CONTRAPESOS.pdf