4
El presente ensayo nos habla sobre los aspectos básicos y fundamentales referentes al derecho, definiendo el derecho como un conjunto de principios que inspira invariablemente la naturaleza humana y que son tomados como base para formular algunos conceptos legales en los diferentes sistemas u órdenes jurídicos. Sin embargo la definición, no se usa siempre con un solo y mismo significado, carece de visión única, de manera tal que para unos autores, Derecho Natural es una cosa y para otros, una diferente. Sus fines son: La paz, armonía y el orden, Mantener la convivencia pacífica entre los hombres, Obtener la justicia y el bienestar general y el bien común. Asimismo se argumenta sobre la ley suprema que es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela la cual reúne las leyes y principios fundamentales promulgados en debido consenso por un organismo como la asamblea nacional, con el objetivo de regularizar la conducta de la sociedad de una república. Son normas o leyes que determinan la forma de gobierno, los derechos y deberes del gobierno ante los ciudadanos y viceversa. Es la ley magna de la nación. Todo estado tiene una Constitución, en el sentido amplio de esta palabra; o sea, como conjunto de leyes que regula su vida y acción. En sentido estricto, La Constitución exige la norma especial, votada por la nación, y aplicada en forma regular, principalmente en el conjunto de derechos y de deberes y principios como por ejemplo: la separación de poderes, entre otros establecidos en forma general y particular para cada ciudadano. La constitución es la ley suprema de la tierra, y superior a todos los poderes activos de la sociedad, que deben respetarla como el único título, en cuya virtud ejercen sus funciones. Por otra parte también se argumentó sobre la ley orgánica del registro civil en su art 85 y 88 se habla del registro de

Ensayo de Marco Legal Nubia

Embed Size (px)

DESCRIPTION

MARCO LEGAL VENEZOLANO

Citation preview

El presente ensayo nos habla sobre los aspectos básicos y fundamentales referentes al derecho, definiendo el derecho como un conjunto de principios que inspira invariablemente la naturaleza humana y que son tomados como base para formular algunos conceptos legales en los diferentes sistemas u órdenes jurídicos. Sin embargo la definición, no se usa siempre con un solo y mismo significado, carece de visión única, de manera tal que para unos autores, Derecho Natural es una cosa y para otros, una diferente. Sus fines son: La paz, armonía y el orden, Mantener la convivencia pacífica entre los hombres, Obtener la justicia y el bienestar general y el bien común. Asimismo se argumenta sobre la ley suprema que es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela la cual reúne las leyes y principios fundamentales promulgados en debido consenso por un organismo como la asamblea nacional, con el objetivo de regularizar la conducta de la sociedad de una república. Son normas o leyes que determinan la forma de gobierno, los derechos y deberes del gobierno ante los ciudadanos y viceversa. Es la ley magna de la nación. Todo estado tiene una Constitución, en el sentido amplio de esta palabra; o sea, como conjunto de leyes que regula su vida y acción. En sentido estricto, La Constitución exige la norma especial, votada por la nación, y aplicada en forma regular, principalmente en el conjunto de derechos y de deberes y principios como por ejemplo: la separación de poderes, entre otros establecidos en forma general y particular para cada ciudadano. La constitución es la ley suprema de la tierra, y superior a todos los poderes activos de la sociedad, que deben respetarla como el único título, en cuya virtud ejercen sus funciones. Por otra parte también se argumentó sobre la ley orgánica del registro civil en su art 85 y 88 se habla del registro de los nacimientos y se establece un cambio en la Ley Orgánica de Registro Civil ya que se indica que el acto para registrar el nacimiento es de carácter inmediato cuando este ocurre en establecimientos de salud donde funcionen las unidades de registro civil. De lo contrario el plazo puede ser hasta de noventa días después del nacimiento. Terminado el lapso de 90 días y hasta el término de los 18 años después del nacimiento la inscripción que se realice se considerará extemporánea.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

UNIVERSITARIAUNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA

MAESTRIA EN GERENCIA EDUCATIVA

MARCO LEGAL VENEZOLANO

MAESTRANTE: COLMENARES NUBIA C.I.V- 11972068

SAN CRISTOBAL, MAYO 2015