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MÁXIMA PARTICIPACIÓN DE LA MUJER EN EL PROCESO ELECTORAL Y MÍNIMA INCLUSIÓN EN LOS PROCESOS POLÍTICOS Lic. Fernando Cajbón Tajin Libertad Democrática Renovada –LIDER- 5ta. Avenida 4-21 zona 4 Sumpango Sacatepéquez

Ensayo Final

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MXIMA PARTICIPACIN DE LA MUJER EN EL PROCESO ELECTORAL Y MNIMA INCLUSIN EN LOS PROCESOS POLTICOSLic. Fernando Cajbn TajinLibertad Democrtica Renovada LIDER-5ta. Avenida 4-21 zona 4 Sumpango SacatepquezTelfono [email protected] NDICEIntroduccin..... 31. Antecedentes histricos sobre la discriminacin de la mujer......4 1.1. Mujer y discriminacin...........4 1.1.1. Violencia de gnero como forma de discriminacin.6 1.1.2 Convencin sobre la eliminacin de todas las formas de

discriminacin contra la mujer...........72. Evolucin poltica de la mujer en el proceso electoral....................................10 2.1. Proceso histrico........10 2.2. Derecho al voto de la mujer en Guatemala............123. Programas sociales y el sufragio femenino......13 3.1. Realidad nacional del derecho al voto de la mujer.....13 3.2. La pobreza extrema y los programas sociales....14 3.2.1. Los programas sociales.14

3.2.2. Programas sociales, mujer y voto....16

3.3. Propuesta para transparentar los programas sociales......164. Conclusin.....185. Recomendacin........196. Bibliografa.....20INTRODUCCIN

En una sociedad democrtica como la nuestra la igualdad de las personas equivale a la igualdad de derechos civiles o polticos, sin embargo las mujeres guatemaltecas enfrentan graves dificultades para ejercer sus derechos fundamentales y siguen sufriendo toda clase de discriminacin, muy a pesar de que, su participacin en los procesos electorales ha ido en aumento, tanto que en los comicios del ao 2011, la participacin de la mujer fue del 50.90% del total de votos emitidos, sin embargo la participacin en la organizacin y accin social en puestos de direccin an est lejos de ser una realidad accesible para la mayora de ellas. Y es que una de las principales causas de esta ausencia es el factor sociocultural donde la participacin de las mujeres guatemaltecas se ve excluida del pleno goce de los beneficios del desarrollo nacional, as como de una participacin plena en los correspondientes espacios de adopcin de decisiones. Si la participacin de la mujer en los comicios va en aumento hemos de preguntarnos Porqu sigue existiendo mltiples modalidades de discriminacin? A qu se debe el aumento del voto femenino? Ms all de estas interrogantes debe analizarse el papel que ha desempeado la mujer a lo largo de la historia, sus esfuerzos orientados a superar la carencia de educacin, la pobreza, la cruel desigualdad entre hombre y mujer y si los programas sociales estn cumpliendo con su cometido que es el de asistir a los sectores ms vulnerables en condiciones de pobreza y pobreza extrema o si estn sirviendo para impulsar campaas polticas.

1. Antecedentes histricos sobre la discriminacin de la mujer.

1.1. Mujer y Discriminacin.La discriminacin ha sido definida como toda diferenciacin o exclusin de individuos o grupos de personas, asentada en una apreciacin o consideracin irrelevante para el asunto en cuestin, que tenga como resultado disminuir, someter o anular a una persona, o grupo de personas, pasando por encima de sus derechos fundamentales. En Guatemala,el tema de la discriminacincontra la mujer est presente, en mayor o menor medida, en leyes y normas que nos rigen, en discursos democrticos, en la defensora de los derechos de las personas, en el discurso poltico y en la militancia social, entre otros mbitos de inters.

... la discriminacin contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, que dificulta la participacin de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida poltica, social, econmica y cultural de su pas, que constituye un obstculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su pas y a la humanidad (Convencin Sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin Contra la Mujer Naciones Unidas, 1992).

En efecto, la discriminacinse percibe,se piensa y se sientede igual manera en los grupos sociales, entre semejantes y diferentes. Por ello, la expresin "discriminacin contra la mujer", de acuerdo con la Convencin para la Eliminacin de todas las formas de Discriminacin Contra la Mujer (CEDAW)por sus siglas en ingls), denota toda distincin, diferenciacin, exclusin o restriccin basada en el sexo razones de gnero- que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce, ejercicio o derecho de las mujeres, independientemente de su estado civil, de disfrutar los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas poltica, econmica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.Lo mismo que en la mayora de las cuestiones sociales, en materia de gnero no hay una base igualitaria que sirva de punto de partida para acusardesigualdad o discriminacin(como ocurre con despidos por maternidad, hostigamiento sexual en el trabajo, por ejemplo); en esta materia se parte del contraste entre la posicin de sumisin, subordinada, de las mujeres y la de los hombres.

En el contexto social, la discriminacin de gnero se da como resultado de una relacin social; no ocurre individualmente, puesto que son necesarias representaciones de ambos sexos para que pueda darse esta situacin: al menos una mujer y un varn.

La discriminacin, por razones de gnero, constituye un acto o comportamiento que se ejerce de manera directa o indirecta; cuando se hace directamente es porque se trata a la persona de forma diferenciada, desfavorable, y por tanto injusta, por razn de su sexo. El sexo es, pues, el objeto de consideracin directa para el acto de discriminacin como se hace con la raza, la edad, la etnia, la discapacidad o la preferencia sexual o religiosa que se utiliza para someter a las mujeres, subordinarlas o segregarlas, ignorando sus habilidades, talentos y capacidades individuales y, ms aun, como se seal, anulando o desconociendo sus derechos.

La denominada discriminacin indirecta hacia las mujeres implica un motivo o causa de discriminacin intencional, en el nivel individual, pero que supone una poltica, una accin pblica, sea deliberada o no, que tiene un efecto desfavorable sobre el grupo perjudicado de mujeres. Los efectos pueden ser buscados o no, pero en todo caso sus repercusiones se dan en el mbito de las relaciones de gnero. 1.1.1 La violencia de gnero como forma extrema de discriminacin.La violencia contra las mujeres constituye una de las formas ms recurrentes, enraizadas y naturalizadas de la discriminacin de gnero. Su efecto paralizante sobre las mujeres constituye uno de los obstculos ms difciles de vencer para avanzar en el mejoramiento de su condicin social. En efecto, esta violacin flagrante al derecho de las mujeres, de vivir una vida libre de violencia, a ser tratada con equidad y con igualdad de oportunidades, no se da de la misma manera ni con la misma intensidad en todos los grupos sociales, ni a lo largo del ciclo vital de las mujeres. De acuerdo al reporte de la Organizacin de Naciones Unidas las mujeres jvenes y las nias constituyen, abrumadoramente, el grupo ms vulnerable.

La integridad corporal es una de las capacidades que reclama el desarrollo y bienestar humanos; la integridad corporal incluye el ser capaz de moverse libremente de un lugar a otro, capacidad que ninguna mujer tiene en la misma medida en que la tienen los hombres. La violencia sexual disminuye y anula dicha integridad en la medida en que vulnera los derechos de tener oportunidad de una vida sexualmente satisfactoria y segura.

A pesar de la visibilidad que ha ganado la violencia contra las mujeres en los ltimos aos, sta no necesariamente es vista como un asunto de violacin de derechos de las mujeres y como crisol de la expresin de las distintas formas de discriminacin contra ellas.

1.1.2. Convencin sobre la eliminacin de todas las formas de Discriminacin contra la Mujer

Esta convencin tiene veintitrs aos de vida desde que se abri para su ratificacin, es considerada como uno de los instrumentos ms importantes para establecer normas sobre los derechos humanos de la mujer. En ella se definen normas de garantas constitucionales de los derechos del gnero, se interpretan leyes, se obliga a que se cumplan polticas activas a favor de la mujer, tendentes a desmantelar la discriminacin y la carencia de igualdad entre hombres y mujeres.

La singularidad de este instrumento reside en su mandato, el logro de la igualdad sustantiva de la mujer que requiere no slo la igualdad legal formal sino tambin la igualdad de los resultados en trminos reales. La Convencin marca el ritmo para logar un enfoque dinmico a favor del progreso de la mujer, al reconocer que la discriminacin est construida socialmente y que las leyes, polticas y prcticas pueden, sin proponrselo, ocasionar discriminacin haca la mujer.

La fuerza de este instrumento internacional reside en el consenso internacional sobre su mandato de igualdad y sobre sus principios; cuenta con cerca de 161 ratificaciones o adhesiones. Este mandato difiere del argumento que sostiene que la igualdad entre el hombre y la mujer debe darse en relacin con la cultura y la tradicin, pues con base en el principio consuetudinario del derecho internacional, la no discriminacin entre gnero debe prevalecer sobre cualquier otra situacin.

Aunado a lo anterior, la convencin parte de las siguientes premisas:

Se basa en la Carta de las Naciones Unidas que reafirma la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, adems de consagrar la igualdad de los derechos del hombre y la mujer, se considera que la Declaracin Universal de los Derechos Humanos reafirma el principio de la no discriminacin y proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad. La discriminacin contra la mujer viola todos los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, dificulta la participacin de la mujer en las mismas condiciones que el hombre; se constituye con esto un real obstculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia, que a su vez entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su pas. La comunidad de naciones se encuentra convencida del establecimiento del nuevo orden econmico internacional que, basado en la equidad y la justicia, contribuye a la promocin de la igualdad entre el hombre y la mujer. La afirmacin de los principios de justicia, la igualdad y el provecho mutuo en las relaciones entre pases y la realizacin del derecho de los pueblos que gozan de la libre determinacin e independencia, as como el respeto de la soberana nacional y de la integridad territorial, promovern el progreso y el desarrollo social, y cuya consecuencia natural ser el logro de la plena igualdad entre el hombre y la mujer. La mxima participacin de la mujer en igualdad de condiciones con el hombre, en todos los campos, es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un pas. El gran aporte de la mujer al bienestar familiar y al desarrollo de la sociedad, hasta ahora no reconocido de manera plena, la importancia social de la maternidad y la funcin de los padres en la familia, e la educacin de los hijos, conscientes de que el papel de la mujer en la procreacin no debe ser causa de discriminacin. Sino que la educacin de los nios exige la responsabilidad compartida entre hombres y mujeres es decir, de la sociedad en su conjunto. Para logar la plena igualdad entre el hombre y la mujer es necesario modificar el papel tradicional, tanto del hombre como de la mujer, en la sociedad y en la familia. Resulta totalmente a aplicar los principios enunciados en la declaracin sobre la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer, y para esto, a adoptar las medidas necesarias con el propsito de suprimir esta discriminacin en todas sus formas y manifestaciones.Bajo el anterior orden de ideas, la Comunidad de Naciones resuelve lo siguiente: La expresin discriminacin contra la mujer denota la distincin, exclusin o restriccin basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad hombre-mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas polticas, econmicas, sociales, culturales y civiles o en cualquier esfera.En la actualidad, para las sociedades democrticas, la igualdad de las personas equivale a la igualdad de derechos civiles o polticos, y no al hecho de que las personas sean idnticas por su naturaleza o condicin.3Justamente porque una sociedad democrtica tiene en su base el reconocimiento de la pluralidad y la diversidad, cobra relevancia la distincin de la igualdad como opuesta a la desigualdad, pero no a la diferencia. En una sociedad democrtica, lo que busca ser corregido es la desigualdad de condicin de las personas, y el respeto profundo de las diferencias, es decir, la no discriminacin.

2. Evolucin poltica de la mujer en el proceso electoral

2.1. Proceso histrico.

La lucha de la mujer por su libertad y la defensa de sus derechos es producto del devenir histrico, en el que conviene precisar, para mayor claridad del tema, los acontecimientos de trascendencia que dieron pauta al cambio, tanto interno como internacional, hasta alcanzar las acciones que en su favor ha logrado, en los ltimos aos, el consenso internacional de las naciones.

Fue en Estados Unidos de Norteamrica donde aparecieron los primeros ncleos organizados para reivindicar la admisin legal y real de la mujer a la comunidad con los mismos derechos sociales y polticos que la poblacin masculina. Las mujeres en Norteamrica partan de una situacin algo ms favorable que la de sus congneres europeas. Haban sido las pioneras, las compaeras de los duros trabajos de la agresiva sociedad fronteriza, haban desempeado incluso un papel activo durante la Guerra de la independencia y el recuerdo de esta participacin no podra borrarse del todo cuando, a comienzos del siglo XIX, la progresiva jerarquizacin de la sociedad urbana les impidiera, tambin a ellas, participar en los derechos y oportunidades accesibles a los varones.

La lucha de las mujeres se remonta a 1833, cuando en Filadelfia, Estados Unidos de Amrica, se organiza el primer grupo antiesclavista femenino, donde surge la confianza de las mujeres para participar en la poltica, los sindicatos, el conocimiento para organizarse, celebrar juntas, hablar en pblico y escribir manifiestos.

En 1848, en Nueva York, se celebr la Primera Convencin sobre los Derechos de la Mujer, donde se trat la exigencia de igualdad de derechos en el matrimonio, los salarios, la propiedad y custodia de los hijos. Posteriormente, el 8 de marzo de 1857, se llevo a cabo en la misma ciudad la primera manifestacin de obreras para el reconocimiento de sus derechos laborales, lucha en la cual murieron trgicamente varias de ellas. Finalmente, con la Guerra Civil estadounidense de 18611865, la causa civil de las mujeres y de los negros toman rumbos diferentes.

En 1866 se celebra el Primer Congreso de la Asociacin Internacional de Trabajadores, en la cual se aprueba una resolucin relativa al trabajo profesional de la mujer. Sin embargo, es hasta 1869, en el Estado de Wyoming. EUA, que se concede el voto a las mujeres, derecho que, hasta 1920, se hace extensivo a toda la unin americana.

El 8 de marzo de 1908, ms de 130 obreras de la industria textil y de la confeccin pierden la vida en un incendio en la ciudad de Nueva York, mientras se manifestaban en busca de derechos laborales similares a los del hombre. Para conmemorar este hecho, se estableci el da Internacional de la Mujer, y hasta 1911 se celebra por primera vez en Alemania, Austria, Dinamarca y Suiza, donde se exige el derecho al voto y el derecho a ejercer cargos pblicos, derecho al trabajo y a la formacin profesional. El 8 de marzo de 1912 se extiende esta celebracin a Francia, los pases bajos y Suecia, y en 1913 a Rusia. Hasta 1952, las Naciones Unidas instituyen oficialmente el da 8 de marzo como Da Internacional de la Mujer.

En 1928, el Parlamento Britnico otorga a las mujeres el derecho al voto, y en 1930 se funda la Unin Social y Poltica de las Mujeres, que se incorpora al Partido Laboralista ingls.

En Espaa se concede el voto a la mujer hasta 1931, en Francia en 1944, en Suiza en 1971, por citar algunos ejemplos del otorgamiento del derecho de voto femenino posterior a la del hombre, lo que refleja mltiples situaciones que describen y ponen de manifiesto la discriminacin poltica, quiz social, que a lo largo de la historia ha sufrido la mujer.

2.2. Derecho al voto de la mujer en Guatemala.La lucha por el voto constituye una de las manifestaciones ms significativas del movimiento que llev a las mujeres de Europa y Amrica del Norte a organizarse para lograr la emancipacin de su sexo desde mediados del siglo XIX. Para estas mujeres no se trataba tan slo de conseguir el sufragio, sino de batallar por la igualdad jurdica y el derecho a la educacin, al trabajo y a la administracin de sus propios bienes.El proceso no haba sido casual ni repentino. Una multitud de factores, (econmicos, sociales, polticos y culturales), haba tenido que concurrir para que las mujeres empezaran a cuestionar su secular rol de hijas, esposas, madres, siempre necesitadas de proteccin del varn, enunciaran el estado de inferioridad en que se hallaban y elaboraban propuestas para cambiar su situacin.En Guatemala, la lucha de la mujer surge como consecuencia del sistema autoritario, represivo y poco incluyente. En 1945 se otorga por primera vez el sufragio, limitado a mujeres que saban leer y escribir y no fue sino hasta 1965, cuando el derecho al voto es extendido a todas las mujeres. Sin embargo, es hasta la creacin de la Constitucin Poltica de la Repblica de 1985 que en su artculo cuarto establece la igualdad de derechos, oportunidades y responsabilidades, es as como las mujeres se visibilizan y se integran a instituciones partidarias, buscando tener una mayor presencia dentro del partido, especialmente en la distribucin de cargos.

Este movimiento ha ido desarrollndose paulatinamente al igual que sus metas e ideales. Vemos hoy un deseo no slo de participar, sino de encabezar procesos nacionales importantes y hoy nos encontramos con un nmero reducido de mujeres ocupando diputaciones en el Congreso y otros puestos importantes. Tambin vemos en el panorama electoral un nmero no representativo de mujeres optando por cargos de eleccin importantes, contradictorio al porcentaje total de votos emitidos por las mujeres

3. Programas sociales y realidad del sufragio femenino.3.1 Realidad nacional del derecho al voto de la mujer.Lo conseguido por los Estados Unidos de Norte Amrica, Gran Bretaa, Nueva Zelanda, Australia y otros pases europeos en los aos anteriores o inmediatamente posteriores al reconocimiento del derecho al voto de la mujer en Guatemala, marco el inicio de la evolucin del movimiento femenino en la poltica de nuestro pas. Pero con la conquista del voto se dej de batallar por todas aquellas otras reivindicaciones que de algn modo haban quedado enmarcadas por el voto, no se fue capaz de elaborar un programa ms all del sufragio, con la fuerza para ilusionar a las jvenes generaciones de mujeres, que pronto comprobara cmo los reconocimientos de derechos se compadecen difcilmente con la cruda realidad de los hechos

Es importante destacar que todava prevalecen modelos excluyentes dentro de los procesos polticos del Estado, especialmente dentro de los partidos polticos. Es casi imposible que las mujeres puedan participar equitativamente dentro del sistema partidario. En particular, a las mujeres se les dificulta poder optar por un cargo importante dentro de las estructuras partidarias.3.2 La pobreza extrema y los programas sociales.La pobreza en Guatemala es un serio problema social, definida como la incapacidad de satisfacer las necesidades bsicas para vivir con dignidad. Histricamente las modalidades de discriminacin han hecho que las mujeres guatemaltecas se sean excluidas del pleno goce de los beneficios del desarrollo nacional, as como de una participacin plena en los correspondientes espacios de adopcin de decisiones. Las mujeres siguen estando subrepresentadas y tropiezan con serias limitaciones para ejercer sus derechos en las esferas econmicas y laborales, son desproporcionadamente ms pobres que los hombres, tienen menos acceso a la educacin y a la asistencia sanitaria, padeciendo altos niveles de mortalidad materna y desnutricin. Las mujeres indgenas atrapadas en situaciones de extrema pobreza suelen sufrir mltiples modalidades de discriminacin y exclusin social. En este sentido, la situacin de discriminacin que enfrentan las mujeres guatemaltecas dificulta la consolidacin del Estado de Derecho en nuestro pas.

Aunque desde la firma de los Acuerdos de Paz en 1996 esta situacin ha presentado mejoras, el avance es todava insuficiente e inferior a lo comprometido en dichos acuerdos.

El Estado sufre una gran debilidad institucional en las reas sociales, lo que se plasma en una ausencia de polticas pblicas encaminadas al desarrollo, promocin y ejercicio de derechos, as como una falta de fomento de la participacin social e inclusin de esos grandes colectivos.

3.2.1 Los programas sociales.Los esfuerzos para combatir la pobreza en Guatemala han sido aislados y hasta ahora no han tenido resultados eficaces, sin embargo parte de esta problemtica ha llevado a los ltimos gobernantes a ofrecer alternativas para las poblaciones empobrecidas y vulnerables. Para combatir este flagelo se han diseado y puesto en marcha programas sociales como: las transferencias Monetarias Condicionadas, conocidas anteriormente como Mi Familia Progresa hoy Bono Seguro, con el fin de incentivar a las familias en extrema pobreza a invertir en el capital humano de sus hijos, en su momento, la trasferencia estaba condicionada a la asistencia a la escuela y servicios de salud preventiva, acompaada de inversin pblica en infraestructura. Estas transferencia deban ser polticas sociales focalizadas, es decir que fueran nicas y exclusivamente dirigidas a grupos vulnerables en condiciones de pobreza y pobreza extrema.

Los programas sociales nacen y se refina en Europa, pero el canal para que este tipo de programa sea implementado en Guatemala ha sido Espaa. En nuestro pas la cohesin social significa justicia social, es el paso que coloca al ser humano al centro de nuestras polticas pblicas abogando por una sociedad ms justa, ms democrtica, ms integrada, ms cohesionada, donde la exclusin econmica o tnica, poltica o social, slo sea un recuerdo, sealo el ex presidente lvaro Colom. Cohesin Social, dentro del marco del Estado guatemalteco, se traduce en eficiencia de la administracin pblica a travs de la coordinacin interinstitucional dirigida a la poblacin prioritaria en extrema pobreza por medio de polticas, programas y proyectos de impacto rpido, agreg.

El Plan Director de la Cooperacin Espaola del 2005 2008 estableca como lnea prioritaria la atencin a las necesidades sociales, por encima del resto de sectores. Siguiendo esta directrices, la AECID en Guatemala cre el Programa de Cohesin Social formado por las reas de Gnero, pueblos indgenas, educacin y salud, luego de considerarlas fundamentales para fomentar el desarrollo social en nuestro pas.

Entre los objetivos de la poltica destacaba mejorar el desarrollo a partir de acciones que incidieran en la disminucin de la pobreza, la desigualdad y la exclusin, fomentando un desarrollo con equidad de gnero e igualdad de oportunidades basadas en el reconocimiento de la diversidad cultural.

3.2.2 Programas sociales, mujeres y voto.Los programas sociales son vistos como una especie de paliativo que no han podido lograr arrancar del pas la pobreza y la pobreza extrema. Es ms, hay niveles de desnutricin del 49% de la poblacin en nios y menores de 18 aos, lo cual es delicado. Esto refleja que los programas sociales una vez ms se han estado utilizando tanto en el gobierno de Colom como en el de ahora, de forma clientelar, expresa la diputada de Encuentro por Guatemala, Nineth Montenegro.La percepcin general de los programas sociales es que es slo un paliativo ms para capturar el voto popular con miras a las prximas elecciones ya que la entrega de la ayuda no responden a los mapas de pobreza rural ni a los ndices de desnutricin crnica y aguda; ni siquiera a la priorizacin de los departamentos con los ndices de desnutricin ya que la mayor cantidad de ayuda es para el departamento de Guatemala que es uno de los que tienen menor ndices de desnutricin.

3.3 Propuestas para transparentar los programas sociales.

En un pas como Guatemala, donde ms del 50% de la poblacin vive en condiciones de pobreza y de estos el 17% en pobreza extrema, el uso de los programas sociales s han sido un xito en la regin latinoamericana, donde pases como Mxico, Brasil, Chile y Argentina han logrado reducir significativamente sus ndices de pobreza extrema. Es claramente visible que los proyectos sociales no llegan a todos, pero a los pocos que llegan debieran de enfocarse en la transferencia de los recursos. Es decir, que las transferencias deben ser focalizadas y no solo hacia los sectores con mayores necesidades, sino tambin acompaado de procesos que ayuden a tecnificar la productividad de las familias y que estas puedan empezar a generar ingresos.

En cuanto a la integridad de los programas sociales, deben implementarse mecanismos para evitar las malas prcticas y corrupcin, pues actualmente la informacin sobre la seleccin de beneficiarios no es muy clara, as como tambin la creacin de mecanismos de rendicin de cuentas y control que estn a disposicin para evitar suspicacias respecto a la alteracin de los resultados publicados y en prctica de abuso de poder por parte de las personas que tienen a su cargo la entrega de los beneficios gubernamentales.

Es preciso sealar que es necesario hacerle enmiendas a la Ley Electoral y de Partidos Polticos, para evitar la campaa anticipada, ya que los programas sociales estn sirviendo para impulsar campaas polticas y se est dejando a un lado a la poblacin guatemalteca que vive en condiciones de miseria.CONCLUSIN La mujer guatemalteca contina siendo encuadrada en la figura representativa del sexo dbil, objeto de limitaciones, restricciones y abusos deshonestos en todos los mbitos sociales.

En el devenir histrico, la lucha de la mujer por alcanzar la igualdad con el hombre ha sido lenta y dolorosa; a pesar de la existencia de instituciones, tratados y convenios internacionales aprobados y ratificados por Guatemala. La discriminacin haca la mujer no se limitan exclusivamente al derecho del voto, sino que tambin inciden en puntos tan vitales como la igualdad de oportunidades educativas, laborales y de salud.

Las mujeres guatemaltecas estn dando pasos importantes para construir una sociedad realmente equitativa e igualitaria, de una sociedad represiva, autoritaria y poco inclyete. Los programas sociales sirven para propiciar condiciones de desarrollo, capacidad productiva de las personas para el beneficio de sus comunidades, pero lejos de esto en Guatemala se caracteriza por ser asistencialista y fuente de clientelismo poltico.RECOMENDACIN El Estado de Guatemala debe hacer cumplir el derecho al voto que tienen las mujeres para que ese voto sea con conviccin, conciencia y razn, y no ejercer ese derecho por presiones de grupos polticos e inclusive presiones del mismo gobierno a travs de los programas sociales.

El Estado y la sociedad civil deben abordar desafos prioritarios para salvaguardar los derechos de la mujer y as garantizar la participacin de la mujer en las estructuras de poder y toma de decisiones para obtener la equidad de gnero en el mbito poltico guatemalteco.

El Estado de Guatemala, acorde con los compromisos internacionales, convenciones y otros acuerdos que ha signado debe tener en cuenta que es tiempo de hacer efectivos el respeto a los derechos humanos y la participacin poltica de las mujeres como condicionante necesaria para aseverar que se vive en un sistema democrtico, promoviendo el fundamental dilogo y la participacin del gnero en la vida econmica, social y poltica de nuestro pas.BIBLIOGRAFA1. Libros:

Arcelia Quintana, Elvia. La participacin poltica de la mujer en el ejercicio de su derecho al voto. Cuestiones Constitucionales, Editorial Cescas, Ciudad de Mxico, Mxico.Rocatti, Mireille. El ejercicio de los derechos de la mujer y sus expectativas para el siglo XXI. Derechos Humanos, Editorial Humanista, Mxico 2001.Briones Guillermo. Evaluacin de Programas Sociales. Editorial Trillas, Mxico.

Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo. Democracia, Estado, Ciudadana. Lima: sede PNUD, Primera Edicin, febrero 2008.4 Artculos de revista:

Gonzales Lissette.; Mujeres guatemaltecasAn en busca de voz y voto. Revista Amiga (Guatemala), 1 XII 98 (L. Asturias)3. Sitios web:CIDH. Quinto Informe sobre la situacin de los Derechos Humanos en Guatemala, Supra. Informe sombra sobre la situacin de los derechos de las mujeres en Guatemala. Disponible en www.derechos.org/nizkor/guatemala/doc.4. Documentos grficos Rodrguez Manuel. Programas Sociales: pan para hoy hambre para siempre. Reportajes y entrevistas. La Hora, Guatemala octubre 2013.

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