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 ¿Es anulable el matrimonio que se concreta bajo amenaza? Enviar por email  Como fue visto en un video difundido por redes sociales, el matrimonio entre dos  jóvenes se celebró tras una aparente conminación por parte de la madre de la novia. ¿Supondrá la presumible amenaza una causal de anulabilidad sobre el acto? Revisemos lo establecido por el Códio Civil.  Tenso momento de indecisión seguido de una aparente amenaza. Esto es lo que se observa en el video que se viralizó en las redes sociales con ocasión de un matrimonio comunitario organizado en la ciudad de Tumbes. La novia, quien se tomó varios minutos de silencio para dar la respuesta decisiva, fue finalmente exhortada por su madre para aceptar la unión.  Según el inciso del art!culo "## del compendio normativo, la acción de anulabilidad del matr imonio procede cuando la unión se contrae $ba%o amenaza de un mal gr ave e inminente&. En este sentido, se configura la anulabilidad si es que el infundir temor al contra'ente fue determinante para que aceptara el acto matrimonial.

Es Anulable El Matrimonio Que Se Concreta Bajo Amenaza

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Es anulable el matrimonio que se concreta bajo amenaza?Enviar por emailComo fue visto en un video difundido por redes sociales, el matrimonio entre dos jvenes se celebr tras una aparente conminacin por parte de la madre de la novia. Supondr la presumible amenaza una causal de anulabilidad sobre el acto? Revisemos lo establecido por el Cdigo Civil.

Tenso momento de indecisin seguido de una aparente amenaza. Estoes lo que se observa en el videoque se viraliz en las redes sociales con ocasin de un matrimonio comunitario organizado en la ciudad de Tumbes. La novia, quien se tom varios minutos de silencio para dar la respuesta decisiva, fue finalmente exhortada por su madre para aceptar la unin.Segn el inciso 6 del artculo 277 del compendio normativo, la accin de anulabilidad del matrimonio procede cuando la unin se contrae bajo amenaza de un mal grave e inminente. En este sentido, se configura la anulabilidad si es que el infundir temor al contrayente fue determinante para que aceptara el acto matrimonial.Sin embargo, si solo nos remitimos a lo registrado en imgenes estas caractersticas no estn evidenciadas, pues solo se observa a la madre dirigindose a la novia sin que aquello indique que se realiz una amenaza de dao grave sobre su integridad o la de terceros. Es por ello que se podra definir la escena previa a la aceptacin del acto como un simple temor reverencial a la unin, condicin que invalida la solicitud de anulacin.Cundo se puede pedir la anulacin de un matrimonio?Cuando el acto de la unin matrimonial ya se ha producido, el artculo 277 del Cdigo Civil precisa ocho presupuestos para pedir que se anule el vnculo:. De quien se encuentre en la etapa impber. No hay lugar a una anulacin en caso de que el menor haya alcanzado la mayora de edad o la mujer haya concebido.. De quien tuviera alguna enfermedad crnica, contagiosa y transmisible por herencia, o padeciera de algn vicio que pudiera poner en peligro a los hijos.. Del raptor o el raptado o la unin realizada por retencin violenta. Esta facultad corresponde nicamente a la vctima o persona agraviada y puede solicitarse dentro del plazo de un ao tras el cese de la retencin.. De quien no se halla en pleno ejercicio de sus facultades mentales por una causa pasajera. De quien lo contrae por error sobre la identidad fsica del otro contrayente o por ignorar algn defecto sustancial del mismo que haga insoportable la vida comn. De quien lo contrae bajo amenaza de un mal grave e inminente. De quien adolece de impotencia absoluta al momento de celebrar la unin. De quien, de buena fe lo celebra ante funcionario incompetente