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7/28/2019 Escrito Nro 02 Subroga Abogado Defensor
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EXPEDIENTE N : 300-2013.
ESCRITO N : DOS (02).
ESPECIALISTA : GERARDO ARCA ALACHE
SUMILLA : SUBROGA ABOGADO DEFENSOR.
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SEOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE PAZ
LETRADO DE TUMBES.
TEODOLINDA MARA GARCA ROMN, en l os
autos seguidos en contra de JEAN CARLOS
RODRIGUEZ CAMPOS, sobre PENSIN
ALIMENTICIA, a Usted, muy respetuosamente dice:
I. SUBROGA ABOGADO DEFENSOR:
Por convenir a mi derecho, y al de la menor alimentista, por intermedio del
presente preciso con nfasis de mejor causa, que SUBROGO A LA
LETRADA, que vena ejerciendo la Defensa Tcnica a nuestro favor, y;consecuentemente, designo como nuevo Abogado Patrocinante, al profesional
que autoriza el presente escrito, con Dom ici lio Pr oc esal, en la Av enid a Elas
Aguirre S/N, Mza. F lote 03, Interior 201 Segundo Piso, Urbanizacin
Mig uel Gr au , en An drs A rau jo Morn, Tumbes; lugar al cual se harn llegar
las notificaciones conteniendo las Resoluciones y Providencias, que recaigan sobre los
de la materia, en el modo y forma previsto por el Cdigo Adjetivo.
II. OTROSI DIGO.- Seor Juez, en mi escrito postulatorio de Demanda, acot lanecesidad primersima y categrica de que va MEDIDA CAUTELAR DENTRO
DEL PROCESO, EN LA MODALIDAD DE ASIGNACIN ANTICIPADA , se
sirva ordenar Vuestra Judicatura, se le descuente hasta el 60 % de los
emolumentos del Demandado, incluyendo en todo esto las bonificaciones,
gratificaciones y otro tipo de asignacin que en su condicin de Sub Oficial de
Marina de Tercera, percibe conforme est acreditado con el medio probatorio
pertinente, que adjunto en la absolucin del traslado de la Demanda en el
anexo 1 B.
7/28/2019 Escrito Nro 02 Subroga Abogado Defensor
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Dentro, de este contexto aludo y con imperativo categrico, que la accionante
es esposa del obligado y est dedicada nica y exclusivamente al cuidado de
la menor alimentista; por lo tanto, me asiste el derecho de acceder a la
pretensin que como asignacin anticipada he peticionado, la cual tiene una
connotacin de urgente y debe proveerse perentoriamente, y; en el marco de la
normatividad que para tal fin tiene vigencia.
CONSECUENTEMENTE:
A Usted, Seor Juez, solicito admitir el presente y proveerlo de manera
incontrastable a lo que se contrae su contenido.
Tumbes, Mayo 28 de 2013.
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TEODOL INDA MARA GARCA ROMN
DNI N 46343428