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ESCUELA DE EDUCACIÓN TÉCNICA N° 2 C/ ANEXO SUPERIOR
“PBRO. JOSÉ MARÍA COLOMBO” CUE 300-1696-00 9 de julio 195 – Gualeguaychú (E2820EGC) – Entre Ríos – Argentina Tel-fax: (+54 3446) 422435
ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVIENCIA 2019 1
ACUERDO ESCOLAR
DE CONVIVENCIA
2019
ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVENCIA 2019
ESCUELA DE EDUCACIÓN TÉCNICA N° 2 C/ ANEXO SUPERIOR
“PBRO. JOSÉ MARÍA COLOMBO” CUE 300-1696-00 9 de julio 195 – Gualeguaychú (E2820EGC) – Entre Ríos – Argentina Tel-fax: (+54 3446) 422435
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Presentación del
Rector.…………………………………………………………..
3
Síntesis histórica de la institución ……………………………………………….
4
Fundamentos
…………………….………………………………………………...
6
Relato del Proceso de
Producción……………………………………………….
8
Valores y Actitudes a
promover…………………………………………………..
10
Conformación y funcionamiento del Consejo Institucional…………………..
10
Campo
normativo…………………………………………………………………..
11
Aspectos
administrativos…………………………………………………………..
16
De las
sanciones……………………………………………………………………
19
Normas de
Conducta………………………………………………………………
20
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ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVIENCIA 2019 3
Presentación del Rector
Las normas de convivencia en la Escuela se deben alinear con el PEI y los Fines
Institucionales, puesto que las antes mencionadas tienen un lugar de transición
intergeneracional que hace posible y facilita la transmisión de valores democráticos.
Dejamos de lado el “Reglamento” para “acordar” entre todos las normas que nos
regirán con el propósito de alcanzar, en el acontecer de todos los días, los fines propuestos
en el PEI, que a su vez, son la concreción de valores explícitamente señalados.
Las normas de convivencia buscan Educar y Socializar, lo cual es un aprendizaje que
comienza en la familia y continúa en la Escuela con rasgos propios.
La tarea de construir un Acuerdo de Convivencia Escolar supone abordar el desafío
de establecer una verdadera comunicación entre todos.
Si en la práctica es viable lo discutido y aceptado en el proceso de redacción del
A.E.C., lo veremos en el transcurso de cada día y de las situaciones que nos toquen vivir.
Todos queremos iniciar un tramo de convivencia cordial, alegre, responsable, de
sincero acercamiento entre docentes y demás personal, alumnos y familia.
Ese deseo, personal y colectivo, es lo que se trasluce en el presente acuerdo, al que
iremos agregando sugerencias y puntos de vista, de modo que a medida que se ponga en
práctica, podamos re-encauzarlo y enriquecerlo para la siguiente etapa.
Da nada sirve si no vemos en ello el resultado de nuestro esfuerzo, de la búsqueda
del bien común, y le damos la importancia que tiene en nuestra vida institucional y en la
formación de nuestros estudiantes.
Con la misma esperanza que alienta nuestra tarea educativa, iniciemos el trayecto del
A.E.C.: tenemos una gran meta para el futuro:
“Convivir cada día mejor, en un clima de respeto, intercambio y solidaridad, por,
para y con todos”.
Rectoría.-
Marzo de 2019
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ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVIENCIA 2019 4
Síntesis histórica de la institución
En el año 1919, un grupo de hombres de la Liga Patriótica Argentina tuvo la idea de
crear una Escuela de Artes y Oficios, y con la donación de Don Joaquín Goldaracena se
adquirió el bien.
El 15 de Mayo de 1920, con la dirección del Pbro. José María Colombo, comenzaron
las clases con estudiantes externos y el 20 de junio del mismo año, se realizó la
inauguración oficial con 150 estudiantes, creándose posteriormente el pupilado el 9 de
agosto.
El objetivo inicial era brindar asilo a niños de hogares muy humildes y, a la vez,
hacerles valorar el trabajo y el esfuerzo. En sus inicios se habilitaron los talleres de:
Carpintería, Herrería, Mecánica, Escobería y anexos, Zapatería y Panadería. Los
estudiantes recibían Instrucción Primaria, como así también la Enseñanza Religiosa y Moral
que se impartía en la Capilla San Ignacio, la cual formaba parte de la Escuela.
El prestigio de la Escuela y la posibilidad del internado atrajeron estudiantes de la
zona rural no solo de Gualeguaychú, sino también del resto de la provincia y aún de Chaco,
Corrientes y Misiones. En ese momento el gobierno crea Las Escuelas Fábricas, como una
necesidad para satisfacer la demanda que proponía la creciente Industrialización del País.
El 24 de Marzo de 1948 cambia la denominación de la Escuela por la de Escuela
Fábrica y Curso de Capacitación Obrera Nº 93, A partir de allí, el Ciclo Básico y los
llamados Cuartos de Término, entregan el título de Auxiliares Técnicos: mecánicos torneros
y carpinteros. La crisis de las Industrias locales, la concentración de las fábricas en los
grandes conurbanos y la creación de otras Escuelas Técnicas, provocó la disminución de
la matrícula, y los estudiantes debieron pagar una cuota mensual para seguir asistiendo.
En 1964 el Establecimiento pasó a depender del Consejo Nacional de Educación
Técnica, Ministerio de Cultura, y entonces comenzó a llamarse Escuela de Educación
Técnica Nº 2, Gualeguaychú.
En 1970, sucedáneo con la celebración de las “Bodas de Oro”, el Establecimiento
toma el nombre de E.N.E.T. Nº 2 “Pbro. José María Colombo” en homenaje a su
fundador. En el año 1972 se comienza a otorgar Título Secundario con la habilitación del
Ciclo Superior en ELECTROMECÁNICA.
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La creación del C.O.N.E.T. jerarquizó la Escuela en estructura y capacitación del
alumnado. La mayor demanda de especialización posibilitó crear, en 1986 y 1987, los Ciclos
Superiores en MAESTRO MAYOR DE OBRAS y COMPUTACIÓN respectivamente, ciclos
que actualmente funcionan, además de los Cuartos de Término.
El 1º de Enero de 1993 y por aplicación de la Ley Federal de Educación, la Escuela
se transfirió a la Provincia de Entre Ríos. En el año 1996 comienza a funcionar el
PROFESORADO EN DISCIPLINAS INDUSTRIALES Y CIENCIAS AGROPECUARIAS.
En el año 1999 se reconvierte este Profesorado en: PROFESORADO EN
EDUCACION TECNOLÓGICA, para los niveles de EGB3 y POLIMODAL.
El Consejo General de Educación por medio de la Resolución N° 4404 con fecha 15
de octubre del año 1999 modifica la denominación del Establecimiento, debido a su
característica de Multiniveles, a “COMPLEJO EDUCATIVO Pbro. JOSÉ MARIA
COLOMBO TÉCNICA N° 2” y posteriormente toma el nombre de ESCUELA DE
EDUCACION TECNICA Nº 2 "Presbítero José María Colombo".
Por decreto Nº1381 de fecha 25 de abril de 2003, se cambian las denominaciones a
las Escuelas de Educación Técnica de la Provincia de Entre Ríos, por lo que esta Institución
pasa a llamarse, ESCUELA DE EDUCACION TECNOLOGICA Nº 2 "Pbro. José María
Colombo" de E.G.B. 3, Polimodal y Superior.
A partir del mes de agosto del año 2006 comienza a dictarse una nueva carrera de
nivel superior, dada las necesidades de la industria local, denominada Tecnicatura
Superior en Mantenimiento Industrial, destinada a estudiantes de este Establecimiento
educativo y abierta al público en general. Dando otra alternativa a nivel terciario para
Gualeguaychú y su zona de influencia, otorgando el título de TÉCNICO SUPERIOR EN
MANTENIMIENTO INDUSTRIAL.
Actualmente y mediante la Res.2291/09 CGE el PROFESORADO DE EDUCACION
TECNOLÓGICA amplió su nivel de incumbencia para los niveles Inicial, Primario y
Secundario (Ciclo Básico) de la Educación actual Argentina.
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Fundamentos
La Ley Nº 26058 de Educación Técnico Profesional en el art. 4º dice:”… La
Educación Técnico profesional promueve en las personas el aprendizaje de capacidades,
conocimientos, habilidades, destrezas, valores y actitudes relacionadas con desempeños
profesionales y criterios de profesionalidad propios del contexto socio-productivo, que
permitan conocer la realidad a partir de la reflexión sistemática sobre la práctica y la
aplicación sistematizada de la teoría…” Además, el art. 7º menciona:”… la Educación
Técnico Profesional en el nivel medio y superior no universitario tiene como propósitos
específicos:
1- Contribuir al desarrollo integral de los estudiantes, y a proporcionarles condiciones
para el crecimiento personal, laboral y comunitario, en el marco de una educación
técnico profesional continua y permanente.
2- Desarrollar procesos sistemáticos de formación que articulen el estudio y el trabajo,
la investigación y la producción, la complementación teórico-práctico en la formación,
la formación ciudadana, la humanística general y la relacionada con campos
profesionales específicos…”
3- Teniendo como referencia el Art. 30 inc. a) de la ley nacional de educación N° 26.206 en el que se establecen los valores que guían la formación de nuestros estudiantes,(…” La Educación Secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/las adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios. Son sus objetivos: a) Brindar una formación ética que permita a los/as estudiantes desempeñarse como sujetos conscientes de sus derechos y obligaciones, que practican el pluralismo, la cooperación y la solidaridad, que respetan los derechos humanos, rechazan todo tipo de discriminación, se preparan para el ejercicio de la ciudadanía democrática y preservan el patrimonio natural y cultural. b) Formar sujetos responsables, que sean capaces de utilizar el conocimiento como herramienta para comprender y transformar constructivamente su entorno social, económico, ambiental y cultural, y de situarse como participantes activos/as en un mundo en permanente cambio. c) Desarrollar y consolidar en cada estudiante las capacidades de estudio, aprendizaje e investigación, de trabajo individual y en equipo, de esfuerzo, iniciativa y responsabilidad, como condiciones necesarias para el acceso al mundo laboral, los estudios superiores y la educación a lo largo de toda la vida. d) Desarrollar las competencias lingüísticas, orales y escritas de la lengua española y comprender y expresarse en una lengua extranjera.
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e) Promover el acceso al conocimiento como saber integrado, a través de las distintas áreas y disciplinas que lo constituyen y a sus principales problemas, contenidos y métodos. f) Desarrollar las capacidades necesarias para la comprensión y utilización inteligente y crítica de los nuevos lenguajes producidos en el campo de las tecnologías de la información y la comunicación. g) Vincular a los/as estudiantes con el mundo del trabajo, la producción, la ciencia y la tecnología. h) Desarrollar procesos de orientación vocacional a fin de permitir una adecuada elección profesional y ocupacional de los/as estudiantes. i) Estimular la creación artística, la libre expresión, el placer estético y la comprensión de las distintas manifestaciones de la cultura. j) Promover la formación corporal y motriz a través de una educación física acorde con los requerimientos del proceso de desarrollo integral de los adolescentes”
A partir de estas leyes, hemos reajustado y actualizado el sistema de convivencia
escolar ya que su adecuado funcionamiento es, en definitiva, el que posibilita la tarea de
desarrollo integral de los estudiantes. En este Acuerdo además se establecen los
siguientes: libertad de expresión, respeto mutuo, libertad responsable, solidaridad,
aceptación de las diferencias, igualdad, búsqueda de la justicia y paciencia.
Según la Res 1692/09 CGE “la necesidad de las normas en la vida cotidiana escolar,
exigen considerando los cambios históricos y culturales que se han verificado en nuestro
país y en el mundo, demandan una relegitimación de las normas escolares en nuevos
fundamentos, acordes con los valores que sostienen a la democracia, como forma de vida,
de organización social y de gobierno.” Por ello es necesario la construcción de acuerdos
escolares de convivencia entre los diferentes actores educativos.
Para vivir en democracia correctamente, se supone la existencia de un sistema de
normas simples y de reglas específicas, respetadas y compartidas por todos, e incluso de
sanciones previstas frente a su trasgresión; Considerando siempre que existen los límites,
y la trasgresión a los mismos, deberá ser evaluada y sancionada.
Educar para la convivencia significa entonces que cada uno de los integrantes
debemos trabajar en pos de una Educación para la Paz que contemple una formación
integral, donde la pedagogía del trabajo debe ser el fundamento de toda acción.
Es menester considerar que sin el compromiso de todos, la organización no será
posible, cada uno deberá aportar desde su lugar, actuar con convicción, recordando que
debemos tolerar los errores, puesto que es un aprendizaje y el error debe ser visto como
un motor movilizador, para el cambio; este acuerdo, tiene un sentido aún mayor con la
finalidad de orientar y formar a futuro, estudiantes que sean verdaderos técnicos en cada
especificidad y puedan desarrollar su conocimiento no solo con eficiencia, sino también con
responsabilidad y ética, producto de su formación integral en el paso por la Institución.
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Por lo tanto es que no se puede considerar la disciplina separada del resto del proceso de
enseñanza-aprendizaje.
Relato del proceso de producción
En la reformulación de este Acuerdo Escolar de Convivencia participaron actores de la
comunidad educativa en diferentes encuentros. La revisión y redacción del acuerdo vigente
ha surgido del siguiente proceso:
1. Reuniones con el Equipo de Conducción: para evaluar el Acuerdo escolar de Convivencia
vigente a fin de lograr un convenio sobre los temas que formarán parte del Acuerdo Escolar
de Convivencia.
2. Redacción por parte del grupo participante de un texto preliminar para consideración de
los integrantes de nuestra comunidad educativa teniendo en cuenta los aportes que cada
sector sugirió en diferentes instancias y que se fueron solicitando, en la revisión actual del
Acuerdo, y aunando las experiencias obtenidas de su aplicación durante el último año.
3. Realización de la consulta al personal de servicio educativo complementario
(administrativos y maestranza).Reformulación en base a aportes.
4. Encuentro con el personal docente: se les comunicó a los actores de nuestra institución
educativa la presentación y programación del A.E.C.; las formas de participación directa o
indirecta. Reformulación del texto en base a éstas.
5. Socialización del documento con el alumnado, a cargo del cuerpo de Preceptores,
Tutoras y docentes; recepción de aportes, reformulación en base a éstos.
6. Invitación a los padres, lectura, análisis del documento e incorporación de sugerencias.
Para esto se les entregó el modelo de consulta a las familias, el cual fue realizado a partir
del reglamento interno de disciplina vigente y adaptado siguiendo las sugerencias que se
ofrecen en los cuadernillos de orientación.
7. Redacción final y socialización del documento a los estudiantes de la Escuela. A partir
de los datos obtenidos en las consultas se trató de plasmar democráticamente la voz de
cada uno de los actores que trabajaron en este proyecto.
8. Debido a los cambios posibles que podrían surgir dentro del sistema escolar se realizará
un seguimiento y ajuste para la futura actualización del A.E.C.
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A título informativo se presentan las siguientes grillas de resumen de logros
realizados:
Se trabajó mediante el diálogo reflexivo, los aportes de los estudiantes fueron muy
interesantes, hubo mucho interés en la aplicación de las sanciones correspondientes de
acuerdo a la falta cometida. Se debatió y analizó sobre lo prohibido o NO DEBIDO y lo
permitido dentro de la institución y la necesidad de que se respeten los derechos
igualitarios.
Las modificaciones se encuentran en: Aspectos administrativos, en el punto 3 (Normas
Grupo a
consultar
No fue
consultado
Sólo respondió una
parte minoritaria
Hubo una cantidad
aceptable de respuesta
Familias X
Estudiantes X
Docentes X
Personal
administrativo
y ordenanzas
X
Roles
No se
pudo
organiza
r
Avanza
con
muchas
dificultade
s
Realiza su
tarea de
manera
aceptable
Realiza su tarea muy
bien
Equipo
responsable
mixto
X
Equipo de
producción y
procesamiento
de las consultas
X
Equipo de
redacción del
A.E.C
X
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de presentación) y en las sanciones disciplinarias del presente AEC.
Valores y actitudes a promover
Si bien todos los valores formativos son importantes, analizando nuestra comunidad
educativa, creemos que hay valores y actitudes que son necesarios fortalecer, puesto que
no se han consolidado o es importante hacer mayor énfasis en ellos.
• Fomentar la práctica de valores, de la verdad, libertad, igualdad, justicia, solidaridad,
respeto a la diversidad, a la pluralidad y a la búsqueda de consensos.
• Promover la educación en derechos humanos y formación ciudadana como
principios fundantes de la democracia.
• Promover la formación de ciudadanos activos que contribuyan a la consolidación de
la identidad nacional, a la democracia política, social y cultural, a la valorización y
preservación del patrimonio natural y cultural, al desarrollo económico de la Provincia y
la Nación en un proceso de integración regional y latinoamericana.
• Desarrollar aptitudes, capacidades y competencias formativas, humanísticas,
expresivas y creativas mediante la educación científica, tecnológica, artística, educación
física y ambiental.
• Contribuir a la formación integral de los estudiantes.
• Promover el aprendizaje de capacidades, destrezas, valores y actitudes,
relacionadas con criterios y desempeños profesionales para satisfacer los
requerimientos de todos los sectores de la producción, de prestación de servicios y el
ejercicio profesional de competencias e incumbencias con responsabilidades civiles.
• Proveer experiencias que puedan mejorar la salud física y mental, el carácter, la ética
y la moral del individuo.
• Despertar el profundo sentido de responsabilidad cívica y sobre la importancia de las
relaciones humanas en función de armónica convivencia social.
Es indudable que un buen clima de trabajo y de funcionamiento escolar contribuye al
labor formativo, sobretodo propiciando estrategias para que los estudiantes tomen contacto
con situaciones y aspectos clave del mundo del trabajo; teniendo en cuenta a este, como
actividad social fundamental, y su importancia en la participación activa de la vida
ciudadana, con valores democráticos y las actitudes inherentes al respeto por la cultura.
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Conformación y funcionamiento del Consejo Institucional
En un todo de acuerdo con la Resolución 3344/10 C.G.E. Entre Ríos.
Campo normativo
Si bien los padres son los primeros educadores de sus hijos y su derecho y
deber en esta tarea es original y primario respecto al deber educativo de los
demás, la escuela tiene un valor y una importancia básica entre todos los medios de
educación que ayudan y completan el ejercicio de este derecho y deber de la familia. Es
por eso que el sistema de convivencia escolar de E.E.T. Nº 2 “Pbro. J.M. Colombo”, se
propone clarificar las pautas y criterios sobre los que se organiza la vida escolar, los
roles y funciones que le corresponde a cada uno de los miembros de la Comunidad, de
modo de poder hacer concretos los valores que presiden el ideario de nuestro proyecto
educativo.
1- De la comunidad toda en general
• Lograr un clima de respeto, confianza y alegría; que nos permita generar un espacio
donde exista la libertad de expresión, en un entorno solidario, justo e igualitario; dejando
de lado cualquier tipo de discriminación, respetando la integridad física y psíquica de
los integrantes de nuestra comunidad educativa; por esto no se aceptará ninguna forma
de maltrato entre sus miembros.
• Mantener una actitud de respeto ante nuestros símbolos patrios y/o Institucionales en
cualquier situación.
• Se evitará el mal uso de los símbolos Institucionales o el nombre de la Institución en
eventos, situaciones o publicaciones debidamente informada y autorizada por el rector
de la institución.
• Cuidar y mantener en buenas condiciones el edificio escolar, mobiliario y herramientas
(tecnológicas y de laboratorios) como así también todo el material pedagógico, ya que
los mismos son compartidos por todos los miembros. Es por ello que no se aceptará de
ninguna forma el daño o sustracción con intención dolosa. Se promoverán acciones de
mantenimiento de las instalaciones, la higiene y prolijidad en las mismas, evitando el
desorden en las aulas, talleres y resto de la Institución.
• Cada bicicleta deberá quedar en el bicicletero disponible, el ingreso y egreso de las
mismas se deberá hacer en forma responsable.
• Evitar las formas de vestir y los modales que no se adecuan a las características de la
Institución. Dada la particularidad de trabajo en talleres se institucionalizará una
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vestimenta acorde a las normas de seguridad vigentes.
• Colaborar con nuestras acciones al normal desarrollo de las actividades Institucionales,
cumpliendo los horarios establecidos para la actividad a efectuar y correcto desempeño
del rol asignado.
2- Son funciones y deberes de los docentes
Sin perjuicio de lo establecido en el Decreto/Ley N° 155/62:
• Desempeñar las funciones inherentes a su cargo; procurando su perfeccionamiento
profesional técnico-docente; impartiendo la enseñanza con de acuerdo al plan de
estudios, planificaciones vigentes, entregando también en tiempo y forma
documentación, planillas de notas, informes, y demás documentación solicitados por
las autoridades.
• Cooperar con las autoridades directivas en el desarrollo de correctos hábitos de los
estudiantes, dentro de un ambiente de respetuosa cortesía.
• Aprehender las particularidades de cada estudiante, teniendo en cuenta las
inteligencias múltiples, de modo que se pueda evaluar al mismo dentro de sus
capacidades, promoviendo el desarrollo de las mismas.
• Colaborar en el mantenimiento del orden y de la disciplina, en el establecimiento y fuera
de él, y conservarlos durante el desarrollo de sus clases, bajo su única responsabilidad,
valiéndose de su profesionalismo docente.
• No habiendo en algún momento personal de preceptores, conducir a los estudiantes,
desde el lugar o lugares de formación, hasta el aula o taller, laboratorio, etc., y
viceversa.
• Asistir puntualmente a: clases, exámenes, reuniones y demás actos oficiales, a que
sean convocados por la Superioridad, entendiéndose que toda falta, no justificada por
causa de fuerza mayor, a dichas reuniones, exámenes y demás actos oficiales,
inasistencia injustificada.
• Concurrir al establecimiento en el día y horas que le sean asignados, de conformidad
con lo establecido en SAGE. En caso de verse obligado a faltar a clase, reuniones, etc.,
por razones ineludibles, dará aviso con la debida antelación, al personal
correspondiente del establecimiento. Nunca se separara del aula o lugar de trabajo, o
dar por terminada la clase antes de la hora establecida, si no lo es por enfermedad o
causa que la dirección considere de excepción y jamás, sin entregar la clase al personal
correspondiente.
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• Es importante que los profesores evalúen a los estudiantes, a los efectos de la
calificación, solamente sobre asuntos que hayan sido previamente considerados y
dilucidados en clase mediante explicaciones, experiencias, o tareas de investigación,
etc.
3- Son funciones y deberes de los preceptores
• Promover en los estudiantes el sentido de responsabilidad; el compañerismo; la
formación de buenos hábitos de disciplina y comportamiento social; la solidaridad; el
respeto a las normas que rigen la vida escolar y a sus autoridades; y toda otra acción o
actitud que tienda a su formación integral.
• Interesarse por los problemas que tengan en la institución los educandos a su cargo,
orientándolos debidamente para facilitarles su solución.
• Arbitrar los medios para el mejor aprovechamiento del tiempo libre de los estudiantes,
en el orden técnico y/o pedagógico.
• Mantener el orden y la disciplina de los educandos, durante la permanencia de éstos en
el establecimiento, instándolos a colaborar en la conservación, aseo e higiene de las
distintas dependencias prestando la máxima cooperación para el mejor desarrollo de la
marcha del establecimiento (Por Ej. control disciplinario de patios, pasillos, escaleras,
talleres, etc.).
• Controlar el estado de limpieza y conservación del aula en el momento de iniciar sus
tareas, así como al final de las mismas, comunicando de inmediato a su superior
jerárquico inmediato, las novedades que pudiera haber encontrado a fin de adoptar las
medidas correspondientes.
• Dar cuenta a su superior jerárquico inmediato de cualquier acto de indisciplina o de otra
índole que atente contra los buenos hábitos y costumbres sociales y solicitar la sanción
pertinente.
• Será responsable de la actualización, orden y prolijidad de los registros y toda otra
documentación a su cargo relacionada con los educandos.
• Preparar las comunicaciones de inasistencias, tardanzas, medidas disciplinarias y
citaciones que deberán elevarse a los padres o tutores de los estudiantes, las que serán
firmadas por su inmediato superior o por él, cuando éste lo determine. Transcurrido el
plazo reglamentario, el preceptor, al recabar su devolución, verificará, previo a su
archivo, la correcta notificación del padre o tutor.
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• Confeccionar los boletines de calificaciones de los estudiantes de la división a su cargo,
en el tiempo acordado con el equipo directivo una vez finalizado el periodo educativo, a
tal efecto entregará a los profesores, con la debida antelación, las planillas
correspondientes.
4- Es responsabilidad directa de los padres o tutores a cargo del alumno
• Responder a las convocatorias de la Institución las veces que se lo requiera en ella.
• Seguir y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos.
• Respetar y hacer respetar a sus hijos o representados, la autoridad pedagógica del
docente y las normas de convivencia de la unidad educativa; como así también hacer
respetar la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos los
miembros de la comunidad educativa.
• Los padres o tutores podrán acercar en horario de clases y/o talleres, con previo
anuncio al preceptor, materiales o elementos necesarios para el desarrollo de las
actividades educativas.
• Dirigirse únicamente al personal docente, tutores, o directivos según corresponda, ante
situaciones o inquietudes que se presenten que involucren directamente a la Institución,
ya que es pura y exclusivamente en este lugar donde se pueden resolver estas
cuestiones.
• Dejar siempre disponible (no desconectar) un teléfono para ubicarlos en caso de
necesidad.
• El Cuaderno de Comunicaciones, es un documento escolar, por lo tanto se usará
diariamente y en forma responsable como nexo y comunicación entre la familia y la
escuela; será obligación de los padres o tutores su lectura y firma, de lo contrario la
institución agotará las vías necesarias de comunicación con el objetivo de no perder la
misma, comprometiendo al adulto responsable a la notificación de futuras
comunicaciones.
5- Son deberes de los estudiantes:
• Respetar el proyecto educativo institucional, las normas de organización, convivencia y
disciplina del establecimiento, participando y colaborando en la mejora de la
convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en la
institución, respetando el derecho de sus compañeros a la educación y las
orientaciones de la autoridad y los docentes.
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• Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y
posibilidades.
• Hacer uso responsable del celular, primordialmente cuando el docente lo requiera para
fines pedagógicos didácticos.
• Respetar a las autoridades, docentes, personal de la institución y miembros de la
Comunidad, reflejando un correcto estilo de conducta, en actitudes, vocabulario y
modales adecuados. Responder siempre con la verdad, obrar con honestidad,
generosidad y manifestando espíritu de servicio y disponibilidad, buscando el diálogo
como medio de entendimiento y resolución de conflictos; no admitiéndose por ningún
motivo amenazas, agresiones verbales o físicas de cualquier tipo fuera o dentro del
establecimiento.
• Hacer firmar a sus padres o tutores, toda documentación presentada por la Institución,
informes, actas, libretas, el acuerdo escolar de convivencia vigente, etc.
• Cuidar y ayudar a mantener en buenas condiciones de servicio y limpieza los bienes
materiales y de seguridad del edificio en general: instalaciones, equipamiento
(herramientas y/o maquinarias) y demás materiales didácticos del Establecimiento.
• Responder por los costos de roturas, pintadas o pérdidas de bienes muebles o
inmuebles, los cuales, indefectiblemente serán abonado por los padres o tutores
responsables. En el caso de roturas, podrán también, ser reparadas por los estudiantes
involucrados en el hecho, guiados y acompañados por un docente.
• Cuidar el orden durante el ingreso-egreso en la institución, esperando el retiro de los
demás estudiantes y personal del turno anterior, si lo hubiere; no se permitirá
aglomeraciones que impidan el libre tránsito por la acera y se recuerda la obligatoriedad
de respetar en la calle, las normas de tránsito municipales vigentes.
• Guardar el debido orden y respeto a los símbolos Patrios, e institucionales, actos y
homenajes; la formación en el patio para saludar e izar la bandera se realizará en forma
correcta, (en posición de firme, las manos al costado, y frente a la bandera), también
debe expresarse orden en los desplazamientos individuales y colectivos.
• Tomar los recreos en el patio o en los lugares determinados para ello, no
permaneciendo en las aulas durante los mismos, ni circular por sectores no autorizados
por la Institución. Las galerías deben quedar libres, su uso es exclusivamente de paso.
• La permanencia en los baños es limitada, una vez satisfecha la necesidad fisiológica
es necesario que el estudiante se retire del lugar.
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“PBRO. JOSÉ MARÍA COLOMBO” CUE 300-1696-00 9 de julio 195 – Gualeguaychú (E2820EGC) – Entre Ríos – Argentina Tel-fax: (+54 3446) 422435
ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVIENCIA 2019 16
• No concurrir a la escuela con objetos que pongan en situación de peligro la buena
convivencia, integridad física y/o espiritual de los miembros de la Institución o que
alteren los principios éticos de la misma; como tampoco podrán ingresar al
establecimiento objetos de valor o elementos que no hayan sido solicitados en la
Escuela.
• No consumir tabaco, alcohol, bebidas energizantes u otras sustancias toxicas y/o
peligrosas para la salud, tanto en el establecimiento como en algún lugar que la
institución los lleve de visita educativa, aún con el consentimiento de los padres.
El incumplimiento de Las cuestiones o deberes no enumeradas en los puntos anteriores
que afecten en alguna de sus formas a la seguridad física y/o la moral de los miembros de
nuestra comunidad, o a las pertenencias de la Institución; no implican que estén fuera de
sanción.
Aspectos administrativos
1- Generalidades
• Queda prohibido retirarse del Establecimiento fuera del horario establecido bajo ningún
motivo sin la debida autorización por escrito del Padre/Tutor, de hacerlo, la institución
no tiene Responsabilidad Civil y por lo tanto el alumno no contará con la cobertura del
seguro si le ocurriese algún accidente, además de recibir la sanción correspondiente.
• Se pedirá anticipadamente autorización del Padre/tutor en caso de realizarse Visitas de
Obras, Paseos educativos o asistencia a encuentros culturales dentro y/o fuera de la
ciudad; quedan excluidos del pedido de autorización previa (por motivos lógicos de falta
de tiempo para implementar la autorización) las participaciones en delegación, que a
manera de “guardia de honor institucional”, se realicen por el deceso de un miembro de
nuestra comunidad educativa o de una persona de reconocimiento social público.
2- Régimen de Inasistencias
Dado que la Institución funciona con régimen a contraturno, en el sistema de
inasistencias se contabiliza una falta completa cuando se está ausente en los dos turnos.
- Horario de Entrada turno mañana: 07:30 hs. a 13:10 hs.
- Horario de entrada turno tarde: 13:15 hs. a 19:00 hs.
- Horario de entrada turno vespertino: 18:20 hs. a 22:40 hs.
(Aclaración: dicho horario está sujeto a la carga horaria de ese día de cada curso y división).
- Asistencia y puntualidad según Res. 1770/11 C.G.E. y modificatoria 1929/11C.G.E.
1. De los responsables
Los adultos con firma registrada y adolescentes de 18 años o más.
2. De las notificaciones
• Se deberán enviar mediante cuaderno de comunicaciones o documento similar.
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• Cuando se requiera la presencia de los responsables, deberá labrarse un acta de lo
tratado o en su defecto, de la incomparecencia.
• Pasadas las 48 hs las inasistencias serán comunicadas al responsable adulto.
• Se computan institucionalmente y por espacio curricular.
• La asistencia se regula por turno completo autorizándose un total de 20 inasistencias
institucionales anuales.
• Se computaran por día escolar completo:
A- cuando la concurrencia obligue a un solo turno: 1 inasistencia.
B- cuando la concurrencia obligue a un turno y a actividades en contraturno: ½ inasistencia
por turno.
C- cuando la concurrencia obligue a doble turno: ½ inasistencia por turno.
D- cuando ingrese con un retraso de hasta 15 minutos, se computará ¼, si el retraso es
de entre 15 minutos y 1 hora, se computará ½ ,si es mayor a 1 hora, se computará ¾
inasistencia.
E- Si se retirase deberá concurrir el adulto responsable y se dejara constancia escrita de
la salida y computará ½ inasistencia justificada.
F- Cuando el estudiante llegue a 10 inasistencias justificadas o no, se deberá enviar
comunicación fehaciente a los responsables mediante cuaderno de comunicaciones o vía
telefónica.
• Si el adulto no acusara recibido, transcurridos 5 días, se lo citará al establecimiento.
• Cuando incurriera en un total de 20 inasistencias se citará al responsable a fin de
notificarlo de la situación mediante un ACTA.
• El adulto responsable podrá solicitar, ante situaciones excepcionales y debidamente
justificadas, una extensión pautada en 8 inasistencias adicionales.
• Una vez agotadas dichas inasistencias, el estudiante queda en condición de LIBRE
POR INASISTENCIAS, debiendo seguir concurriendo a la institución manteniendo las
mismas obligaciones escolares.
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G- Se contemplarán casos especiales como por ejemplo la inasistencia de alumnos
adultos en el turno vespertino provocados por situaciones laborales, dentro del marco legal.
H- El docente podrá establecer como criterio de evaluación para la promoción de los
espacios curriculares o talleres un mínimo de asistencia siendo estos: 70% de asistencias
en los espacios curriculares incluido Educación Física, y 80% de asistencia en los sectores
de tecnología específicas y talleres.
3. De las justificaciones
Se justificaran inasistencias por enfermedad mediante certificado médico o cuando
la causa resulte pasajera por nota firmada por adulto responsable, dentro de las 48 hs de
la incorporación del estudiante.
• Embarazadas: se otorgaran 30 inasistencias durante el embarazo y/o luego del
nacimiento, las que podrán ser fraccionadas.
• Nacimientos múltiples: 15 inasistencias adicionales, posteriores al nacimiento.
• Por paternidad: 3 días de inasistencias con presentación del acta de nacimiento.
• Por lactancia: 2 hs. diarias por turno a opción de la madre, durante los 12 meses
siguientes al nacimiento.
Se deberán arbitrar los medios para que no se vea afectado el desempeño en sus
aprendizajes. A los estudiantes que integren delegaciones deportivas, actividades
científicas y tecnológicas, olimpíadas, senado juvenil, exposición de experiencias,
proyectos institucionales (educación socio comunitaria, planes de mejora, educación
ambiental, etc.) No se les computara inasistencia debiendo presentar constancia expedida
por la autoridad competente.
En todas las instancias antes mencionadas, los procesos de aprendizaje deberán
garantizar la trayectoria escolar del alumno.
3- Normas para la Presentación Escolar
• La presentación es un signo de identidad y expresión externa de adhesión a las normas
y los valores que la Escuela sostiene, acordándose una vestimenta institucional propia.
Su uso en todas las actividades escolares, dentro y fuera de la Institución, es
obligatoria. La correcta presentación personal contribuye a una adecuada socialización
y habla de una saludable educación en la higiene y seguridad personal.
• Los estudiantes varones deben tener cortado el cabello o en su defecto prolijamente
recogido, donde se visualice perfectamente la cara. Las estudiantes mujeres deben
tener el pelo recogido.
• No se permite el uso de bermudas, gorras, sombreros, vinchas y/o elementos similares,
como así también la utilización de piercing, collares y aros dentro del establecimiento.
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–Estas reglas son comunes a la situación áulica como así de todos los talleres tanto
por motivos de higiene, como de seguridad personal y laboral-
De las sanciones
Se respetará el orden establecido por la legislación vigente en cuanto a situaciones
que afecten la buena convivencia, a saber:
- Llamado de atención oral: es una advertencia que tiene como objetivo la toma de
conciencia de la falta realizada.
- Acta de sanción disciplinaria: Sanción de grado mayor y no necesariamente se debe
cumplir la instancia anterior. El estudiante debe asumir la responsabilidad y el compromiso
a revertir la situación.
- Acta Acuerdo: Instancia de reflexión. Firmada por el estudiante y un directivo.
- Cambio de sección o turno con previo consenso del equipo de conducción: por faltas
graves. Aplicado solo por el rector.
En caso de daños en las instalaciones o al mobiliario se harán cargo de la reparación
el responsable de la rotura, y el tutor a cargo.
La sanción disciplinaria será el último recurso al que se apelará, luego de agotar
todas las instancias psicológicas y pedagógicas, brindando la posibilidad de efectuar la
reparación moral y del perjuicio como acto formador.
Toda sanción tiene finalidad educativa y en la aplicación de las mismas se
promoverán las condiciones para que estas medidas operen positivamente en la educación
de los estudiantes y en un posible mejoramiento de su trayectoria escolar.
Cada sanción que se aplica, requiere de una instancia de reflexión conjunta sobre
los comportamientos inadecuados, buscando la modificación de la conducta a partir de la
toma de conciencia, respecto a las consecuencias de la transgresión cometida, y de la
asunción de un compromiso por parte de los sujetos involucrados en la situación.
Este principio se aplica tanto para las transgresiones y sanciones más leves, como
para las más graves. La reiteración de una falta o la intensificación en gravedad y cantidad,
deben ser consideradas por la Dirección.
La gravedad de una falta puede justificar la aplicación de una sanción de mayor peso
sin haber tenido una sanción de inferior nivel.
En el legajo personal quedarán asentados las faltas disciplinarias e informes
realizados, durante su permanencia en la Institución.
Ante la necesidad de poner límites claros a ciertas conductas inaceptables o ante la
recurrencia de las transgresiones, las acciones a los estudiantes se efectivizarán de la
siguiente manera, teniendo en cuenta el nivel de afectación de la transgresión de la norma
(pudiendo afectar el bien común, los derechos personales o el cumplimiento de las demás
normas para el resto en general; una vez identificado el conflicto, si correspondiera una
sanción)
NORMAS DE CONDUCTA:
Se consideran “faltas” a las actitudes, acciones u omisiones concretas que chocan
claramente con los principios enunciados en el presente Acuerdo Escolar de Convivencia,
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alterando la vida escolar; sobre todo las que afectan a la:
Tolerancia, respeto, compromiso y sentido de la responsabilidad. Naturalmente, su
definición está en función de una serie de factores: - Edad del alumno - Circunstancias
personales - Circunstancias en que se produce la falta - Premeditación - Reiteración-
Intencionalidad – Arrepentimiento - Reparación del daño causado- Actos realizados en
grupo.
FALTAS LEVES:
Se consideran faltas leves: aquellas que alteran en menor grado la convivencia escolar.
▪ Las incorrecciones u omisiones en la relación social.
▪ La falta de colaboración en las tareas escolares.
▪ El desorden en los pasillos, o en otro espacio común del colegio.
▪ El desinterés por mantener la limpieza.
▪ Presentación personal inapropiada.
▪ No presentar el cuaderno de comunicación en la escuela.
▪ Cualquiera de las definidas en el apartado normas de conducta, cuando éstas a juicio
de cualquier adulto a cargo de los estudiantes, implique el no cumplimiento de lo
establecido en el presente A.E.C. y situaciones imprevistas que lesionen de algún modo
la convivencia.
FALTAS GRAVES:
Se consideran faltas graves: las que alteran o ponen en peligro el cumplimiento de la labor
del establecimiento y los derechos de los demás:
▪ Las conductas que impidan o dificulten el cumplimiento del estudio a otros compañeros.
▪ El incumplimiento de una sanción devenida de una falta leve.
▪ La incitación a la comisión de una transgresión a las normas de conducta.
▪ La falta de respeto a profesores o a cualquier miembro de la Institución.
▪ En caso de que el alumno no respete la normativa en cuanto al uso del celular y/o
similares, le será retirado por cualquier personal de la escuela y dejado en Preceptoría
/Rectoría para ser retirado exclusivamente por los padres, previa firma de la sanción
correspondiente.
▪ Cualquier acción que atente contra los principios del establecimiento arriba
mencionados.
▪ La reiteración de faltas leves.
▪ Cualquiera de las definidas en el apartado normas de conducta, cuando éstas a juicio
de cualquier adulto a cargo de los estudiantes, implique el no cumplimiento de lo
establecido en el del presente A.E.C. y situaciones imprevistas que lesionen de algún
modo la convivencia.
FALTAS MUY GRAVES
Se consideran faltas muy graves: aquellas que alteran la seguridad interna de la
institución, con acciones que ponen en peligro la integridad de las personas y de la
infraestructura del establecimiento.
La Institución no asume la responsabilidad por roturas, robo, extravío de las distintas
pertenencias de los estudiantes.
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▪ La falta de respeto y actitudes desafiantes hacia profesores, personal del colegio o
compañeros.
▪ El acoso físico o moral, sobre todo a compañeros menores (bullying).
▪ El abandono del colegio sin autorización.
▪ La violencia, agresiones y ofensas hacia cualquier persona en el desarrollo de la
actividad escolar.
▪ La violencia hacia el edificio, instalaciones y objetos y material escolar.
▪ La falsificación o sustracción de cualquier tipo de documentos académicos.
▪ La introducción, o el consumo de sustancias nocivas para la salud.
▪ Hurto.
▪ La reiteración de faltas graves.
▪ Cualquiera de las definidas en el apartado normas de conducta, cuando éstas a juicio
de cualquier adulto a cargo de los estudiantes, implique el no cumplimiento de lo
establecido en el presente A.E.C. y situaciones imprevistas que lesionen de algún modo
la convivencia. Se considerará aquellas que se dan por única y/o primera vez, como así
también aquellas que a pesar de que sean leves o graves, se han repetido en diversas
ocasiones y han llegado a agotar todas las instancias antes mencionadas, no
manifestando el alumno cambio de conducta.
7- Intervención del Consejo institucional.
La reparación de daños al mobiliario o instalaciones se hará cargo el responsable
directo de la rotura. Las acciones establecidas en los pasos a seguir para las sanciones
disciplinarias pueden ser pedidas por preceptores, docentes, directivos y en especial por
los responsables de la función de Tutoría.
La aplicación de la última estará a cargo del Rector del establecimiento previa
deliberación del Consejo Institucional, y deberán ser notificados en forma fehaciente los
estudiantes involucrados, los padres o encargados de los mismos indicando la causa y
fundamentación de la medida. En todas las acciones los estudiantes junto al adulto
involucrado (si lo hubiere) tendrán la posibilidad de realizar el descargo correspondiente.
Se tendrá un registro del comportamiento del alumno a lo largo de toda su
trayectoria en el establecimiento. Así, se observarán los efectos a corto y mediano plazo
del Acuerdo Escolar de Convivencia.
- Acuerdo Escolar de Convivencia 2019 -