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este documento hace una comparción entre las tres propuestas de EEOO
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PROPUESTAS DE ESTATUTOS ORGÁNICOS
COMPARACIÓN DE CRITERIOS GENERALES PROPUESTA A
Cuerpo académico Derecho PROPUESTA B FEUV y parte de la AFA
PROPUESTA C Comisión Central
CONCEPTO DE COMUNIDAD UNIVERSITARIA
Constituida por académicos, funcionarios no académicos y estudiantes, por personalidades que por méritos y honores sean reconocidos como parte de ella.
Constituida por académicos, funcionarios no académicos (profesionales, técnicos, administrativos y de servicio) y estudiantes, quienes ejercen de manera regular y cooperativa los quehaceres que se desprenden de su misión y funciones. También personalidades que por méritos y honores sean reconocidos como parte de ella.
Unidad básica y esencial de la UV. En ella reside la voluntad de la corporación, ya sea directamente o a través de las autoridades elegidas por ésta. Formada por los estudiantes, académicos y funcionarios universitarios, quienes, constituidos en claustros, participarán en las decisiones de la corporación y en la elección de las autoridades en conformidad a las leyes y reglamentos vigentes.
PRINCIPIOS POLÍTICOS
- Autoritarismo, - Lógica feudal. - Sitúa a la Facultad como eje de la vida
académica y política de la Universidad.
- Autonomía universitaria y autonomía de los estamentos - Actitud reflexiva, dialogante y crítica. Conciencia social
crítica y éticamente responsable. - Libertad de pensamiento y de expresión, pluralismo,
participación de sus miembros,
- Apego a la legalidad vigente
PORCENTAJES 67% / 22% / 11 % 65% / 25% / 10 % 66,6% / 22,2% / 11,2 %
CONTRALORÍA INTERNA Se mantiene el funcionamiento actual. PROPUESTAS NUEVAS
- Consejo Económico y Financiero: Remplaza a la Junta Directiva y considera en su conformación a los Académicos
- Crea la autoridad unipersonal de Vicerrector de Administración y Vicerrector Académico.
- Elimina a los Secretarios de Facultad y crea la figura de Vicedecanos.
- Consejo Normativo Superior, elimina la Junta Directiva. - No considera a Vicerrector académico y Vicerrector
administrativo como autoridad Unipersonal. - Considera la participación Triestamental con voz y voto en todas
las instancias de participación y abre nuevos espacios. - Crea la figura de Defensor Universitario. Vela por respeto a
estudiantes, funcionarios y estudiantes ante autoridades, órganos y servicios.
- Independencia y autonomía.
- Consejo de Administración. - Elimina a los Secretarios de Facultad y crea la figura de
Vicedecanos. - Considera Claustros Triestamentales por Unidad
académica, Facultades y a nivel Central.
COMPARACIÓN DE LAS AUTORIDADES UNIPERSONALES
Propuesta PROPUESTA A (ACADÉMICOS DE DERECHO)
PROPUESTA B (FEUV-AFA)
PROPUESTA C (COMISIÓN CENTRAL) Autoridad
Unipersonal
RECTOR - Elegido por claustro académico pleno, sin los estudiantes o funcionarios, nombrado por decreto del MINEDUC.
- Puede ser relecto sin límites. - Nombra a todo el personal académico y administrativo de la
universidad. - Puede supervisar y coordinar actividades académicas, administrativas y
financieras, pero con limitación dada por Consejo Universitario, Consejo Económico y Financiero y la Contraloría.
- Lo remueve el Presidente a petición del claustro académico pleno (o sea sin los estudiantes) con los 2/3 de los votos ponderados (en esta propuesta existen categorías de profesores, con mayor y menor ponderación de su voto).
- Este claustro académico pleno debe ser convocado por 2/3 ponderados del Consejo Universitario (sin el rector).
Vicerrector académico: asiste al rector en la elaboración de políticas académicas. Vicerrector administrativo: asiste al rector en supervisión de materias económicas y administrativas. Secretario General: ministro de fe. Son cargos de confianza del rector, nombrados previa aprobación del Consejo Universitario.
- Elegido por el claustro pleno, con participación estudiantil y de funcionarios, nombrado por el Presidente de la República.
- Puede ser relecto solo una vez.
- Puede ser removido por los votos de 2/3 ponderados del claustro pleno.
Atribuciones: artículo 41. Vicerrector académico: asiste el Rector en la elaboración, planificación y evaluación de políticas académicas. Vicerrector administrativo: asiste al Rector en supervisión de marcha administrativa y económica de la Universidad. Secretario General: ministro de fe. Nombrado por Rector previa aprobación de Consejo Normativo Superior. Estos 3 son cargos de confianza.
- “Rector elegido por la comunidad universitaria”, de acuerdo a la ley y reglamentos vigentes. No especifica más.
- Puede ser relecto solo una vez.
- Vicerrector ayuda a la dirección y
supervisión. En la propuesta de Derecho sólo supervisa.
- Puede crear las vicerrectorías que estime
necesarias previa aprobación del Consejo Universitario.
Vicerrector académico Vicerrector administrativo Secretario General
DECANOS - Elegidos por el claustro académico de la Facultad. - Lo remueve el Rector a petición del claustro académico de la Facultad
(o sea sin los estudiantes) con los 2/3 de los votos ponderados.
Vicedecanos: actualmente Secretarios de Facultad. Nombrados por el Decano, cargo de confianza.
- Elegido por el Claustro de Facultad por más del 50% de los votos emitidos y ponderados.
- Puede ser relecto solo una vez. - Puede ser removido por los votos de 2/3 ponderados
del claustro de Facultad. -
- Elegido por la comunidad universitaria, de acuerdo a la ley y reglamentos vigentes.
- Puede ser relecto solo una vez. Vicedecanos: segunda autoridad unipersonal de la Facultad. Asesoran al Decano, nombrados por éste. Cargo de confianza.
DIRECTORES DE
INSTITUTO
- Elegidos por el claustro académico. - Lo remueve el Rector, a petición del claustro académico del instituto o
escuela, con los 2/3 de votos ponderados. Secretario académico: asiste y subroga al Director. Actualmente puede compararse con el Jefe o coordinador de carrera.
- Elegido por el Claustro de Escuela o Instituto por más del 50% de los votos emitidos y ponderados.
- Pueden ser relectos máximo por 3 veces consecutivas o alternadas.
- Puede ser removido por los votos de 2/3 ponderados del claustro de Escuela o Instituto.
-
- Elegidos por la comunidad universitaria, de acuerdo a la ley y reglamentos vigentes.
- Puede ser relecto solo una vez. - Pueden ser removidos por decisión de 2/3
del Consejo de Facultad, previa propuesta del Claustro de Instituto o Escuela. Con participación estudiantil.
COMPARACIÓN DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS Propuestas
PROPUESTA A (ACADÉMICOS DE DERECHO)
PROPUESTA B (FEUV-AFA)
PROPUESTA C (COMISIÓN CENTRAL)
Órgano Colegiado
Nivel de la estructura académica
CONSEJO Nivel central
CONSEJO UNIVERSITARIO Toma las decisiones de más alto nivel, y fija la política general de desarrollo de la Universidad. (atribuciones: art. 23) Integrantes: Rector, 10 decanos, 1 representante por cada claustro académicos de Facultad (10), representantes del claustro pleno estudiantil participan con 1/3 de la suma de los recién nombrados (es decir serían 7 representantes de estudiantes para los 3 campus), y representantes del claustro pleno de funcionarios no académicos, en proporción de 1/6 de la suma de los nombrados antes que los estudiantes. El secretario general tiene solo voz. Debe requerir al claustro de académicos para decidir si echan o no al rector.
- Viola la autonomía de los estamentos al definir cómo
elegirán a sus representantes. - Debilita a la organización de los estudiantes, FEUV, y
a la AFUV, al no considerarlas como espacios de representación legítimos.
- Dice que los representantes estudiantiles y funcionarios duran 2 años, pero generalmente duran solo 1.
Funcionamiento: Debe sesionar con al menos la mayoría absoluta de sus miembros. Puede sesionar y tomar decisiones sin los estudiantes.
CONSEJO NORMATIVO SUPERIOR
Integrantes: Rector, Secretario General, Decanos, representantes académicos (uno por facultad y 6 consejeros transversales), de funcionarios (2 de la agrupación gremial, y 2 consejeros transversales), estudiantes (9: entre FEUV y consejeros transversales), y del gobierno (2). Atribuciones:
- Establecer política general de la Universidad - Desarrollo armónico docencia, investigación y
extensión - Unidades académicas - Creación planes de estudio y carreras - Presupuesto anual - Elegir y remover vicerrectores y secretario general - Otras
CONSEJO UNIVERSITARIO
Toma las decisiones de más alto nivel, y fija la política general de desarrollo de la Universidad. (atribuciones: art. 16) Formado por: Rector, vicerrectores, secretario general, decanos (10), 1 representante académicos por cada facultad, y número de estudiantes y funcionarios universitarios de la corporación equivalente a la tercera parte del total del consejo universitario. Este tercio se dividirá en dos terceras partes para los estudiantes, y uno para los funcionarios. El secretario general tiene voz y voto. El consejo universitario, compuesto por estudiantes y funcionarios, decide la destitución del rector por 4/5 de los votos ponderados en él.
Funcionamiento: Debe sesionar con al menos la mayoría absoluta de sus miembros, y tomar decisiones con la mayoría de los presentes. Puede sesionar y tomar decisiones sin los estudiantes.
COMITÉ DIRECTIVO SUPERIOR
Cuerpo colegiado con atribuciones específicas delegadas por el Consejo Normativo y colabora con las autoridades unipersonales en las labores directivas. - Todos los comités directivos emanan de los
Consejos Normativos, y son elegidos de estos. - Cada estamento vota ponderada y separadamente
por sus integrantes.
- Período de un año máximo. Puede remover a sus miembros por la mayoría absoluta-
Integrantes: Será permanente, y formarán parte de él: Rector, vicerrectores y el Secretario General.
Facultad
CONSEJO DE FACULTAD Integrantes: Decano, directores de escuela, 1 académico por escuela, representantes del claustro estudiantil (en proporción de un tercio de la suma de los anteriores), funcionarios (sexta parte de la suma de los 3 primeros). Vicedecano con derecho a voz y ministro de fe.
CONSEJO NORMATIVO DE FACULTAD Integrantes: académicos, funcionarios y estudiantes según proporción del art. 19, es decir 66,6% académicos, 22,2% estudiantes y 11,2% funcionarios. Atribuciones:
- Definir política universitaria, Programa de actividades y sus presupuestos
- Estructuras y personal - Programas de docencia, investigación y extensión,
planes de estudio - Normas especiales sobre carrera académica,
funcionaria, evaluación
CONSEJO DE FACULTAD Integrantes: Decano, vicedecano, directores, número de estudiantes y funcionarios correspondientes a la tercera parte del total del Consejo de Facultad. Este tercio se divide en dos terceras partes de representación estudiantil y una de representación de los funcionarios. La participación de la comunidad universitaria que considere necesarias en sus unidades académicas. Le da al vicedecano voto.
COMITÉ DIRECTIVO DE FACULTAD Y DE LA UNIDAD ACADÉMICA BÁSICA
No son permanentes necesariamente. Se crearán si respectivo Consejo Normativo lo estima.
Escuela o Instituto
CONSEJO DE INSTITUTO Integrantes: Director de Escuela y por quienes deban integrarlos según los reglamentos de Facultad o Rectoría. Funcionamiento: Deben sesionar con al menos la mayoría absoluta de sus miembros. Pueden sesionar y tomar decisiones sin los estudiantes.
SE REPITE LO MISMO QUE EL CONSEJO NORMATIVO DE FACULTAD
No habla de Consejos de Escuela o Instituto, sólo los nombra en las atribuciones del Director de Escuela o Instituto (art. 35). Se asume entonces que fue un error de tipeo; que existen y siguen la lógica de formación e integración de los consejos superiores.
CLAUSTRO Nivel central
CLAUSTRO PLENO
a. Universitario: todos los estamentos. b. Académico: Discrimina hacia adentro con voto
ponderado entre los académicos de planta según jerarquía académica y horas; y hacia afuera con la exclusión de honorarios
- Elige a Rector, Decano y Director c. Funcionarios no académicos: deben tener a lo menos
un año de antigüedad para participar del claustro. d. Estudiantil: se viola la autonomía de los estamentos.
Busca regularlo. Excluye a mechones por los primeros 6 meses.
Es la única propuesta que busca definir las formas de organización cada estamento de manera completa.
CLAUSTRO PLENO
a. Claustro pleno propiamente tal: Su función principal es gobernar la UV. Su voluntad se expresa en elecciones, votaciones y otros procedimientos
Integrantes: académicos, estudiantes, funcionarios. Atribuciones:
- Elegir al Rector - Plebiscitar: Materias de política Universitaria,
Reformas al Estatuto, Remoción autoridades unipersonales que sean de su elección.
b. Académico c. Funcionarios no académicos d. Estudiantil
CLAUSTRO PLENO
a. Universitario General: con todos los estamentos. Podrá aprobar o rechazar la reforma de los estatutos UV.
Integrantes: todos los académicos, estudiantes, y funcionarios adscritos a la unidad. La voluntad formal y válida del claustro requiere la participación de al menos 1/3 de los integrantes de cada estamento.
¿Cómo en un claustro general de la UV se podría materializar la presencia de 1/3 de sus estudiantes
para tomar una decisión?
b. Académico c. Funcionarios no académicos d. Estudiantil
Facultad Escuela o Instituto
SE REPLICA LO MISMO QUE A NIVEL CENTRAL:
CLAUSTRO ACADÉMICO DE FACULTAD Y DE ESCUELA ELIGE A SUS RESPECTIVAS
AUTORIDADES UNIPERSONALES.
CLAUSTRO DE FACULTAD Y DE LA UNIDAD ACADÉMICA BÁSICA:
- Designa representantes en Consejos Normativos - Son convocados por la autoridad unipersonal
respectiva y por el Consejo Normativo respectivo de manera extraordinaria.
Podrán auto convocarse por iniciativa de un tercio ponderado de sus miembros
SE REPLICA LO MISMO QUE A NIVEL CENTRAL
CONTROL ECONÓMICO
Y FINANCIERO
CONSEJO ECONÓMICO Y FINANCIERO Integrantes: Vicerrector administrativo que lo preside, un académico de las dos mas altas jerarquías (horas y grado), funcionario no académico elegido por Consejo Universitario, 2 decanos elegidos por todos los decanos, y 2 profesionales designados por el Presidente de la República sin vínculo contractual con la universidad, ni que ocupen cargo en otra universidad de la región. Duran 4 años, menos los designados por el presidente, y decanos cuando cesen sus funciones naturales.
CENTRALIZADO EN EL CONSEJO NORMATIVO SUPERIOR
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Rector preside, 2 personas designadas por el Presidente de la Republica, 2 personas destacadas de la comunidad designados por el Consejo Universitario a propuesta del Consejo Regional de Valparaíso, y 3 personas designadas por el Consejo Universitario por 2 tercios de los votos ponderados
VARIOS
COMITÉ ACADÉMICO ESTUDIANTIL: No profundiza en su composición ni atribuciones, pero dice que existirá en cada unidad académica.
Organigrama actual de la Universidad de Valparaíso: Ver en: http://corporativo.uv.cl/index.php/component/content/article/75-estructura-organica