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ESQUEMA DE CONTRALORÍA SOCIAL 2020 ID: Nombre: Estado: PENSIÓN PARA EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

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ESQUEMADE CONTRALORÍA SOCIAL

2020

ID:

Nombre:

Estado:

PENSIÓN PARAEL BIENESTARDE LAS PERSONASADULTAS MAYORES

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PENSIÓN PARAEL BIENESTARDE LAS PERSONASADULTAS MAYORES

MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZSECRETARIA DE BIENESTAR

ARIADNA MONTIEL REYESSUBSECRETARIA DE BIENESTAR

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PENSIÓN PARAEL BIENESTARDE LAS PERSONASADULTAS MAYORES

CONTENIDO

Presentación ...............................................................................................1

Contingencia ...............................................................................................1

Características operativas ......................................................................2

Entrega de la pensión ..............................................................................4

Coordinación ...............................................................................................5

Difusión .........................................................................................................5

Organización, Capacitación y Asesoría .............................................6

Seguimiento ................................................................................................7Informes ....................................................................................................7Quejas y denuncias ...............................................................................7

Directorio ......................................................................................................8

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1PENSIÓN PARAEL BIENESTARDE LAS PERSONASADULTAS MAYORES

PRESENTACIÓN

Conforme a lo establecido en los artículos 41 fracción XI, 67 y 68 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social(http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgds/LGDS_orig_20ene04.pdf), así como en las disposiciones Novena y Décimo Quinta de los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social (https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/f ile/159454/2016_10_28_MAT_sfp_Lineamientos_CS.pdf) actualmente Programas Integrales para el Desarrollo de la Secretaría de Bienestar, acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para la coordinación e implementación de los Programas Integrales para el Desarrollo, enero 11 de 2019, en el Diario Oficial de la Federación (https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5548010&fecha=11/01/2019), en donde se establecen las bases conforme a las cuales se promoverá y operará la Contraloría Social, así como lo dispuesto en el numeral 9.2 de las Reglas de Operación 2020 del Programa Pensión para el bienestar de las Personas Adultas Mayores (PPBAM) (https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583304&fecha=31/12/2019), en el cual se establece el carácter obligatorio que promueve la participación de las Personas Beneficiarias y Auxiliares incorporados al programa, a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.

De tal manera que, en observancia a lo dispuesto en la normatividad, se elabora el presente documento, cuyo objetivo es establecer los lineamientos y disposiciones mínimas referentes a la planeación, operación y el seguimiento de las actividades de Contraloría Social.

CONTINGENCIA

El tema de salud, específicamente la contingencia debido al Covid-19, ha trastocado las relaciones sociales que se venían desarrollando, en todos los ámbitos, no solo de la vida nacional, sino mundial. Esta nueva etapa, que de acuerdo con los expertos durará algún tiempo, requiere que todos los Programas y quehaceres de la sociedad, modifiquen las formas de participación colectiva que se venían implementando. En este sentido, la creación de Comités de Contraloría Social y su importante labor de supervisión y vigilancia, deben de adecuarse a los nuevos lineamientos y ordenamientos, que en tiempo y forma nos hagan llegar las autoridades de Salud competentes, mediante los comunicados o el Diario Oficial de la Federación, lo anterior, con el fin de salvaguardar la integridad de los ciudadanos que participen.

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CARACTERÍSTICAS OPERATIVAS

La Secretaría de Bienestar cuenta con el Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores (PBPAM), cuyo objetivo es contribuir al bienestar de la población adulta mayor, indígena de 65 años o más y no indígena de 68 años o más, a través del otorgamiento de una pensión no contributiva, con el fin de contar con garantía y acceso al derecho de protección social y a una mejor calidad de vida. El Programa atiende a personas adultas mayores mexicanas o con 25 años de residencia en el país, ubicadas en el territorio nacional, en las 32 entidades federativas y opera de acuerdo a las Reglas de Operación (ROP 2020), publicadas en el diario oficial de la Federación con fecha de 31 de diciembre del año 2019, mismas que pueden encontrarse en la siguiente liga:

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583304&fecha=31/12/2019.

A continuación, se presentan los numerales en donde se establecen los Criterios y Requisitos que estipulan las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores para el ejercicio fiscal 2020:

3.3 Criterios y Requisitos para el Registro3.3.1 Criterios de Elegibilidad

CRITERIOS REQUISITOS

Personas adultas mayores indígenas de 65 años o más de edad, mexicanas que residan en la República Mexicana y en los municipios o localidades Catalogados como indígenas.

1. Tener 65 años o más de edad.2. Residir en la República Mexicana.3. Domicilio en los municipios o

localidades catalogados como indígenas.

Personas adultas mayores no indígenas de 68 años o más de edad, mexicanas o con 25 años de residencia permanente en el país.

4. Tener 68 años o más de edad.5. Residir en la República Mexicana.

Las personas adultas mayores de 65 a 67 años de edad, inscritas en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores a diciembre del 2019.

6. Estar en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores, al mes de diciembre del ejercicio fiscal 2019.

7. Que estén incorporados en el Padrón de Beneficiarios.

Aclaración: Para las Personas Adultas Mayores Indígenas de 65 años o más de edad, el domicilio deberá pertenecer a los Municipios o Localidades A y B, de acuerdo con la clasificación del Insti-tuto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), disponibles en las ligas electrónicas: https://www.gob.mx/bienestar/documentos/catalogo-de-municipios-indigenas-a-y-b-2020?state=published y https://www.gob.mx/bienestar/documentos/catalogo-de-localidades-indigenas-a-y-b-2020?sta-te=published

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3PENSIÓN PARAEL BIENESTARDE LAS PERSONASADULTAS MAYORES

3.3.2 Requisitos de acceso

Cumplir con los criterios de elegibilidad y presentar original para cotejo los siguientes documentos comprobatorios:

Personas Adultas Mayores Indígenas de 65 años o más de edad, mexicanas que residan en la República Mexicana.Requisitos:1. Que habiten en uno de los municipios o localidades catalogados como

indígenas. (Fuente Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas).2. Documento de Identificación vigente:

» Credencial para votar. - En caso de no contar con este documento, puede presentar pasaporte vigente o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.

3. Clave Única de Registro de Población (CURP).4. Comprobante de domicilio expedido con máximo 6 meses a la fecha

del trámite; a falta de documento, protesta de decir verdad ante dos testigos.

Personas Adultas Mayores No Indígenas de 68 años o más de edad, mexicanas o con 25 años de residencia permanente en el país.Requisitos:1. Documento de Identificación vigente:

» Credencial para votar. - En caso de no contar con este documento, puede presentar pasaporte vigente o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.

2. Clave Única de Registro de Población (CURP).3. Comprobante de domicilio expedido con máximo 6 meses a la fecha

del trámite; a falta de documento, protesta de decir verdad ante dos testigos.

Personas Adultas Mayores de 65 a 67 años de edad, inscritas en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores, activos a diciembre del ejercicio fiscal 2019.Requisito:1. Estar activos en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para

Adultos Mayores, al mes de diciembre del ejercicio fiscal 2019

3.4 Criterios de Priorización:

Se dará atención prioritaria a las personas que habitan en zonas de población mayoritariamente indígena, zonas con alto o muy alto grado de marginación o zonas con altos índices de violencia.

El orden de incorporación de las personas adultas mayores se realizará conforme a la fecha de registro y a la disponibilidad presupuestal.

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3.5 Características de los Apoyos (Tipos y Montos de Apoyo).

El monto de la Pensión será de $1,310.00 (Mil trescientos diez pesos 00/100 M.N.) mensuales pagaderos bimestralmente de acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación autorizado para el año 2020, el cual, se actualizará a partir del año 2021, para aquellas personas beneficiarias incorporadas en el Padrón de Beneficiarios y que no se encuentren en algún supuesto de suspensión, baja o retención de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación.

APOYOS ECONÓMICOS DIRECTOS

DESCRIPCIÓN MONTO DEL APOYO POBLACIÓN OBJETIVO

Apoyo económico mensual.

Entrega bimestral.$1,310.00 M.N.

2. Personas adultas mayores indígenas de 65 años o más de edad, mexicanas que residan en la República Mexicana y en los municipios o localidades catalogados como indígenas.

3. Personas adultas mayores no indígenas de 68 años o más de edad, mexicanas o con 25 años de residencia permanente en el país.

4. Personas adultas mayores de 65 a 67 años de edad, inscritas en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores, activos a diciembre del ejercicio fiscal 2019.

Apoyo económicode Pago de

Marcha por única ocasión.

$1,310.00 M.N.

Se otorga al representante o adulto auxiliar de la persona adulta mayor fallecida, perteneciente al Padrón de Beneficiarios.

ENTREGA DE LA PENSIÓN

La entrega de la Pensión se realiza de marera directa en las Mesas de Atención, en las Ventanillas de las sucursales de Telecomm y depósitos bancarios de manera bimensual.

Las Mesas de Atención se instalan en localidades ubicadas en puntos de convergencia de las comunidades aledañas, para facilitar la entrega de la Pensión, que se proporciona de manera directa al presentarse el Beneficiario con su identificación oficial.

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5PENSIÓN PARAEL BIENESTARDE LAS PERSONASADULTAS MAYORES

Para el pago en Ventanilla en sucursales de Telecomm, se entrega al Beneficiario una Orden de Pago con la cual podrá cobrar al presentarse con su identificación oficial.

Para el pago de la pensión por medio de pago bancarizado, se realiza un depósito a la cuenta del beneficiario de manera bimensual.

COORDINACIÓN

La Instancia Normativa del Programa Pensión para el bienestar de las Personas Adultas Mayores entregará a cada una de las Representaciones Federales del Programa en las sedes de las Delegaciones de Programas para el Desarrollo de la Secretaría de Bienestar (Coordinadores del Programa)los documentos normativos: el Esquema de Contraloría Social, la Guía Operativa, y el Programa Anual de Trabajo (PATCS), autorizados por la Secretaría de la Función Pública (SFP), ya cargados en el Sistema Informático de Contraloría Social, estos documentos rectores establecen las actividades a realizar y los compromisos que se deben asumir por parte de todos los actores que participan en el proceso.

En base al Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social (PATCS), cada entidad federativa, realizará su Programa Estatal de Trabajo, que contemplará las actividades de planeación, promoción y seguimiento, conforme a los acuerdos y lineamientos de Contraloría Social, mismo que enviará a la Instancia Normativa para su validación; una vez validado, el Coordinador del Programa subirá dicho documento al Sistema Informático de Contraloría Social (SICS). Es importante destacar, que las Representaciones Federales podrán solicitar el apoyo de los Órganos Estatales de Control (OEC), para llevar a cabo de manera conjunta actividades de difusión y capacitación de la Contraloría Social, de acuerdo con los objetivos planteados en el Esquema de Contraloría Social, la Guía Operativa y al Programa Estatal de Trabajo.

DIFUSIÓN

La difusión de la información relacionada con el Programa, así como de los procedimientos para la promoción y operación de los Comités de Contraloría Social del PPBPAM, se llevará a cabo a través de:

• Trípticos• Carteles • Capacitación y Asesoría por medio de videoconferencias o llamadas

telefónicas. • Otros (en caso de que aplique)

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Los alcances en la impresión y distribución del material de difusión están determinados por la cantidad de recursos con lo que se cuenta.

Los materiales producidos por la Instancia Normativa serán enviados a la unidad correspondiente dentro de la Secretaría de Bienestar para su validación.

Las Representaciones Federales con sede en las Delegaciones de Programas para el Desarrollo, en cada entidad federativa, realizarán la promoción a través de:

• Asambleas• Visitas domiciliarias • Trípticos• Carteles, entre otros

En caso de que las Representaciones Federales, diseñen y/o elaboren materiales de difusión y capacitación, éstos deberán ser enviados a la Instancia Normativa para su validación (lo anterior en fundamento a la disposición Décima, fracción I de los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.).

ORGANIZACIÓN, CAPACITACIÓN Y ASESORÍA

La Instancia Normativa del Programa, diseñará propuestas de capacitación en materia de Contraloría Social, organizará e impartirá sesiones a distancia (videoconferencias o llamadas telefónicas), para las Representaciones Federales en los 32 estados, con el objetivo de brindar apoyo para la ejecución de las actividades de Contraloría Social. La capacitación y asesoría de las Personas Beneficiarias y Auxiliares incorporados al programa y Personal Bienestar, estará centrada en tres temas principalmente:

IV. Conocimiento de las Reglas de Operación 2020: Las Representaciones Federales brindaran información del marco normativo sobre el cual se rige el Programa.

V. Conformación de Comités de Contraloría Social: Las Representaciones Federales serán responsables de constituir los Comités de Contraloría Social, mediante Asambleas Comunitarias, en ellas se realizará la Promoción y Operación de la Contraloría Social y, se proporcionará capacitación y asesoría a las y los integrantes del Comité sobre sus funciones y actividades, con respecto a la vigilancia para el buen funcionamiento del Programa y, la correcta aplicación de los recursos públicos que se otorgan a los beneficiarios (lo anterior en fundamento a la disposición Décima, fracción II de los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social).

VI. Procesos de control y vigilancia: Las Representaciones Federales realizarán y/o en su caso, asesorarán a las y los integrantes de los Comités de Contraloría Social, en el llenado de los formatos de Informes, Actas, Listas, Solicitudes de Información, Atención a Quejas y Denuncias.

Las Representaciones Federales serán las encargadas de replicar las capacitaciones recibidas por la Instancia Normativa, así como, proporcionar asesoría a los grupos e instancias de apoyo que estén colaborando en las actividades del mismo.

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7PENSIÓN PARAEL BIENESTARDE LAS PERSONASADULTAS MAYORES

SEGUIMIENTO

El seguimiento de las actividades de Contraloría Social, lo realizará el personal de las Representaciones Federales con sede en las Delegaciones de Programas para el Desarrollo de la Secretaría de Bienestar, en cada entidad federativa, mediante los siguientes instrumentos:

INFORMES:

Las Representaciones Federales recabarán los Informes de los Comités, mismos que serán capturados en el Sistema Informático de Contraloría Social (SICS), de acuerdo a lo establecido en la Guía Operativa vigente.

El Informe de actividades de promoción de Contraloría Social, se realizará con el fin de monitorear el cumplimiento de la promoción de la Contraloría Social, las Representaciones Federales enviarán a la Instancia Normativa, un Informe General, en donde indiquen las principales actividades de promoción de Contraloría Social realizadas durante el proceso, en el presente ejercicio fiscal.

QUEJAS Y DENUNCIAS:

El Programa realizará las acciones pertinentes para la captación y atención de las quejas y denuncias, además de colaborar con el Órgano Interno de Control y la Secretaría de la Función Pública, con la finalidad de dar a conocer las acciones implementadas para la atención de las quejas y denuncias, mediante el correo electrónico: [email protected] y la Plataforma: Ciudadanos Alertadores Internos y Externos de la Corrupción (para casos graves de corrupción que requieren de anonimato) y, https://alertadores.funcionpublica.gob.mx/ (lo anterior en fundamento a la disposición Décima, fracción III de los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social).

• Actividades para la promoción, difusión y operación de la Contraloría Social: La Instancia Normativa realizará el seguimiento de las actividades de Contraloría Social, a través de:

a) El registro de la información capturada en el Sistema Informático de Contraloría Social (SICS), por parte de las Representaciones Federales del Programa; dicha acción será realizada de manera periódica.

b) Elaboración del Informe General 2020, en el cual se señalará el trabajo y las acciones de mejora, derivado de las actividades de Contraloría Social en todo el país (lo anterior en fundamento a la disposición Décima, fracción IV de los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social).

A fin de fortalecer el Esquema de Contraloría Social, el Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar y los Órganos Internos de Control de los Organismos Sectorizados a la Secretaría de Bienestar, se podrán coordinar para colaborar en la difusión, capacitación y seguimiento de temas en materia de Contraloría Social.

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DIRECTORIO

ENLACES INSTANCIA NORMATIVA:

Carlos González TorresDirector General de Atención a Grupos [email protected]

Claudia Elena AguilaEnlace de Contraloría Social del Programa Pensión Para el Bienestar de las Personas Adultas [email protected]

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El presente manual es de uso exclusivo de la Secretaría de Bienestar, queda estrictamente prohibida su reproducción, copia, alteración, modificación o cualquier uso indebido de la información y demás contenido de este documento sin el permiso adecuado por escrito.

PENSIÓN PARAEL BIENESTAR

DE LAS PERSONASADULTAS MAYORES