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ESQUEMA DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
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ESQUEMA DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Acta de infracción (se notifica al supuesto responsable en los
10 días hábiles siguientes a la fecha del acta)
Si alegaciones No alegaciones
Plazo: 15 días hábiles desde la notificación Continuará el procedimiento
del acta. hasta dictar resolución (previa
Ante: órgano competente para resolver el audiencia al presunto responsable)
expediente.
Acompañando la prueba que se estime
pertinente.
El Jefe de la Unidad Especializada de Seguridad Social:
- PODRÁ recabar informe ampliatorio (se emitirá en 15 días por el Inspector o
Subinspector que practicó el Acta)
- DEBERÁ recabar informe ampliatorio si:
-en las alegaciones se invocan hechos o circunstancias distintos
a los consignados en el acta
- insuficiencia del relato fáctico del acta
- indefensión por cualquier causa
- Apertura del período de prueba:
Tras la instrucción y antes de la propuesta de resolución: si de las diligencias
practicadas se desprende:
- invocación o concurrencia de hechos distintos a los reseñados en el acta,
el órgano competente para resolver el expediente, dará audiencia al supuesto
responsable por 8 días (con vista de lo actuado). Cabe formular nuevas alegaciones por
3 días. Tras ellos: vista para realizar propuesta de resolución.
Remisión de la propuesta de resolución y expediente administrativo al órgano
competente con antelación mínima de quince días al del vencimiento del plazo para
dictar resolución .