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ESQUEMAS DE REGULACION Y SUPERVISION: CASOS Universidad de Los Andes 2013

Esquemas de regulacion y supervision casos

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ESQUEMAS DE REGULACION Y SUPERVISION: CASOS

Universidad de Los Andes

2013

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¿CÓMO SE ADELANTÓ LA CREACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA EN COLOMBIA? 1

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Justificación:���Motivos que justificaron la integración del supervisor financiero:

!   Eliminación de arbitrajes regulatorios y de supervisión.

!   Mejora en la supervisón de grupos financieros eliminando

duplicidades de supervisión.

!   Racionalizar costos de supervisión.

!   Prevención al lavado de activos.

!   Equilibrios de poder (check and balances).

!   Protección al consumidor y Conduct of Business.

!   Facilitar cooperación nacional e internacional.

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Características de los mercados locales: ���Antes de la integración, los mercados locales se caracterizaban por:

! Deuda pública: En 1995 en deuda pública los EC tenían 3.7

billones de pesos (35%). A 2005 (julio) era de 27 billones (69.6

% del portafolio). Incremento de un 1976%. La deuda distinta a

la pública pasó del 65% al 30.4% del portafolio.

! Mercado de renta fija: En 1997 los promedios diarios transados

no superaban los 2 billones. A junio de 2005 el promedio

diario se acercó a los 12 billones.

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Características de los mercados locales: ���… antes de la integración, los mercados locales se caracterizaban por:

! Composición de los ingresos: En 1995 ascendieron a 12.1

billones para los EC, 67.5% de intereses (8.2 billones). En 2005

(julio), con ingresos de 22 billones los intereses pasaron al

40.5% (8.9 billones). Los ingresos distintos de intereses pasaron

del 32.5% al 59.5%. Incremento de ingresos por intereses de

sólo el 9%, los otros un 234%.

! Inversionistas institucionales: En 1995 el portafolio de II llegaba

a los 10 billones. En 2004 ascendió a 60 billones.

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Características de los mercados locales: ���… antes de la integración, los mercados locales se caracterizaban por:

! Portafolio de inversiones: En 1995 el portafolio de inversiones

de los EC era del 8,6% de los activos, en 2005 (julio) era del

32,1% (38.8 billones). Incremento de un 894%.

! Mercado de divisas: En enero de 2001 tenía promedios diarios

de casi USD150 millones en casi 200 operaciones. A

septiembre de 2004 pasó los USD600 millones en más de

700 operaciones.

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Etapas:���Un proceso como el propuesto abarca las siguientes etapas:

!   Etapa inicial o conceptual.

!   Etapa de planeación.

!   Etapa de producción.

!   Etapa de evaluación.

!   Etapa de implementación.

ð Modelos de R y S.

ð Facultades.

ð Grupos de trabajo.

ð Análisis de expertos.

ð Expedición de normas.

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Modelo de RyS Vigente:

Regulación Supervisión

Enfoque Institucional, funcional y por objetivos

SB: Institucional SV: Funcional SF: Institucional + Funcional

Esquema Múltiples autoridades Twin Peaks Única Autoridad

Autoridad Banca central y gobierno central

Gobierno central

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Facultades constitucionales: ���Las facultades constitucionales invocadas fueron:

!   Constitución Política 189(15): competencia del

Presidente, como suprema autoridad administrativa, para

fusionar entidades u organismos administrativos nacionales de

conformidad con la ley.

!   Constitución Política 189(16): competencia del

Presidente, como suprema autoridad administrativa, para

modificar la estructura de los organismos administrativos

nacionales.

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Facultades legales:���Las facultades de orden legal invocadas fueron:

!   Ley 790/2002 2(b)(d): competencia del Presidente para

disponer la fusión de entidades u organismos administrativos

del orden nacional por:

n  Razones de austeridad fiscal o de eficiencia administrativa;

n  Duplicidad de funciones con otras entidades del orden nacional;

!   Ley 4/1992: competencia del Presidente para fijar el régimen

salarial y prestacional de los empleados públicos y trabajadores

oficiales.

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Facultades legales:���Las facultades de orden legal invocadas fueron:

!   Ley 489/1998 (54): competencia del Gobierno Nacional para variar, transformar o renovar la organización o estructura de los ministerios, departamentos administrativos y demás entidades u organismos administrativos nacionales.

!   Ley 964/2005 (74): dispone que en caso de fusión, los objetivos, entidades vigiladas, funciones y facultades asignadas a las Superintendencias en el EOSF, se entenderán trasladadas en su integridad a la entidad resultante. Así mismo, percibirá las contribuciones actuales.

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Las otras etapas:���Algunos de los temas de la agenda fueron:

!   Reconocimiento de los principios de regulación y supervisión

particulares a cada actividad.

! Discusión pública.

! Diagnóstico de la situación actual.

!   Determinación de los costos.

!   Aspectos laborales y presupuestales.

!   Consejo Asesor y normas de check and balance.

!   Actividad de promoción del mercado.

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Nueva Superintendencia Financiera���Supervisión por riesgos y esquema matricial (críticas):

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¿CÓMO RESPONDIERON LAS AUTORIDADES DE ESTADOS UNIDOS A LA CRISIS FINANCIERA? 2

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Financial Stability Oversight Council:���Objetivos:

! Identificar y monitorear los riesgos excesivos para garantizar la

estabilidad del sistema financiero de EE.UU.

! Promover la disciplina del mercado.

! Facilitar la comunicación entre los reguladores financieros.

! Tiene la autoridad para dejar sin efecto ciertos reglamentos

financieros publicados por la Oficina de Protección al

Consumidor Financiero, si estas normas pondría en peligro la

estabilidad financiera.

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Office of Financial Research:���Objetivos:

! Mejorar la calidad de los datos financieros a disposición de

las autoridades

! Facilitar el análisis más robusto y sofisticado del sistema

financiero.

! Mantener una base de datos de los tipos de instrumentos

financieros y de las entidades financieras y las organizaciones.

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Bureau of Consumer Financial Protection:���Objetivos:

! Su función principal es hacer que los mercados para los

productos y servicios financieros de consumo funcionen para

los estadounidenses (sea una hipoteca, una tarjeta de crédito, o

cualquier otro producto financiero de consumo).

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Bureau of Consumer Financial Protection:���Funciones:

! Llevar a cabo la elaboración de normas, la supervisión y el cumplimiento de las leyes de protección al consumidor financiero.

! Restringir los actos o prácticas desleales, engañosas o abusivas. ! Resolver las quejas del consumidor.

! Promover la educación financiera.

! Investigar sobre el comportamiento del consumidor ! Monitorear los mercados financieros

! Hacer cumplir las leyes que prohíben la discriminación y el trato injusto.

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Otras agencias reestructuradas:

! Federal Deposit Insurance Corporation (FDIC)

! U.S. Securities and Exchange Commission (SEC)

! Comptroller of the Currency

! Federal Reserve (Fed)

! Securities Investor Protection Corporation

! Office of Thrift Supervision.

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¿CÓMO RESPONDIERON LAS AUTORIDADES EUROPEAS A LA CRISIS FINANCIERA? 3

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Banco Central Europeo:���Funciones y objetivos:

! Función de mantener la estabilidad financiera para toda la economía de la UE.

! Objetivo: detectar posibles vulnerabilidades y comprobar la capacidad de resistencia del sistema económico de la UE.

! Funciones: n  Vigilar y evaluar la estabilidad financiera; n  Vigilancia de las infraestructuras de mercado por parte del Eurosistema; n  Brindar asesoramiento; n  Fomentar la cooperación.

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Junta Europea de Riesgo Sistémico:���Funciones y objetivos:

! Función de supervisor macroprudencial del sistema financiero en la UE.

! Objetivo: prevenir y atenuar los riesgos sistémicos que podrían comprometer la estabilidad financiera de la UE.

! Funciones: n  Definir y reunir la información necesaria para su actuación;

n  Identificar los riesgos sistémicos y clasificarlos según su grado de prioridad;

n  Emitir alertas y hacerlas públicas en caso necesario; n  Proponer las medidas que hay que adoptar una vez identificados los

riesgos.

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Sistema de Supervisores Financieros:���Funciones y objetivos:

! Función de supervisor microprudencial del sistema financiero en la UE.

! Objetivo: mantener la estabilidad y unidad del mercado de servicios financieros de la UE.

! Funciones: n  Establecer un conjunto único de normas armonizado; n  Garantizar una aplicación coherente de las normas de la UE; n  Gestionar desacuerdos entre autoridades nacionales; n  Emitir recomendaciones en caso de infracción manifiesta; n  Establecer una cultura común de supervisión; n  Disponer de plenos poderes en relación con entidades específicas; n  Garantizar una respuesta coordinada ante situaciones de crisis; n  Recopilar información microprudencial;

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Esquema de supervisión financiera:���Competencia institucional asignada:

Autoridad Bancaria Europea (ABE)

• Entidades de crédito;

• Conglomerados financieros;

• Empresas de inversión;

• Entidades de pago;

• Entidades de dinero

electrónico.

Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ)

• Compañías de seguros y

reaseguros;

• Conglomerados;

• Fondos de pensiones;

• Intermediarios de seguros;

• Gobierno corporativo;

• Auditoría;

• Información financiera.

Autoridad Europea de Valores y Mercados

(AEVM)

• Sociedades que ofrecen

servicios de inversión;

• Gobierno corporativo;

• Auditoría de cuentas;

• Información financiera.

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¿Y CÓMO RESPONDIERON LOS CONSUMIDORES? 4

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¿Preguntas?

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Gracias

Juan Manuel Lopez

[email protected] @lopezleonjuan

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