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ESTADO DE GUANAJUATO
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
1Guanajuato, Guanajuato, a 19 diez y nueve de mayo de
2009 dos mil nueve. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
de 200B, el
ificación, que en
de éste Órgano
V 1S T O S los autos del procedimiento disciplinario
número1231200B, instruido en contra del Licenciado José Juan
en León,
la misma fecha asentó el
""-.C::' . '~,_ Villagómez Amezquita, Juez Cuarto Penal de Partido:.R)!i.. 1;"':1 ." ••.
D0, . Guanajuato, por la comisión de hechos susceptibles de constituirI~'ja;ff¡s administrativas éh el ejercicio de sus (unciones, a fin de
~$~;r~~~lver sobre la acredita 'ón de las mis~~s y la consecuente
existencia o no de la respons ilidad admihistrativa del servidor, . ,1público aludido y; - - - - ~..,- - - - -.., - - - ...-!--------------__
b:'. ,'SI'~~..:..
Colegiado, en el sentido de que trans urrJdo el término concedido al
Licenciado José Juan Villagómez Amezquita, para que remitiera el
informe que se le había solicitado, no lo había hecho, acordó iniciarde oficio procedimiento disciplinario en contra del precitado servidor
público, por el siguiente hecho: '" Por no remitireneltérmino señalado en el auto de 3 tres de junio
del año en curso, emitido,en el presente expediente, el informe que le fuesolicitado por éste Órgano Colegiado mediante oficio 1121 de la fecha antescitada, mismo"qúefue recibido por el mencionado servidor público el día 1oprimero deduliodel presente año, por lo que el término de 3 tres días que sele conceCliópara remitir el aludido informe feneció el 4 cuatro de julio de ésteaño",
Por lo que se solicitó al mencionado servidor público rindiera
su informe en relación al hecho por el cual se le inició el presente
procedimiento disciplinario. También se pidió a la Directora Generalwww.poderjudicial-gto.gob.mx
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
2de Administración remitiera la hoja de servicio del aludido
funcionario judicial e informara el sueldo mensual bruto que
percibe. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - _
SEGUNDO.- El 2 de diciembre de 2008, se agregó al
presente expediente la hoja de servicios del Licenciado José Juan
Villagómez Amezquita, con la que se le dio vista para que
manifestara lo que a su interés conviniera. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
TERCERO.- Se tuvo al Licenciado José•.i;
'.Villagómez Amézquita, rindiendo su informe en forma extemporánea. .
CUARTO.- Concluido el trámite del
procedimiento disciplinario, en fecha 28 de abril de 2009, el Consejo
del Poder Judicial del Estado turnó el expediente al Consejero
Licenciado José Luis Aranda Galván para la elaboración del
proyecto de resolución correspondiente; mismo que se presentó el día
11 de mayo del mismo año, dentro del plazo legal, y, - - - - - - - - - - - -
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Conforme al artículo 123 de la
Constitución Política para el Estado de Guanafuato los serVidores
públicos del Poder Judicial del Estado son responsables por los
delitos que cometan y por las faltas administrativas en que incurran,
en los términos que señalan las leyes.- - - - - - - - - - - - - - -- - - - - --
•
ESTADO DE GUANAJUATO
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
¡~./,:;..~~~"',M,v'CUARTO.- Para aR'lic~r{una sanClOn disciplinaria es (\\ /
ecesario la observancia dell?Á~diif;}t de legalidad, es decir, que la yl"m.i);:m!
onducta del servidor públ:iéo,';ijé,rcontra de quien Se instauró el. Áif'Yifmi'i'Yrocedimiento disciplina7do,¡.erzcuadreen alguno de los supuestos que¡¡mi.'ji/" .
/-,n.¡,"ve contienen en los plrtículos 151 y/o 152 de la Ley Orgánica del
¿ji ,Voder Judicial del¡~estádo, en virtud de lo cual deben analizarse los
,~,,:!!::clJ!21...:lg~:mo base: las constancias que integran el presente
rocedimiento disciplinario y; el oficio 1121, de 3 de junio de 2008,
ue suscribe el Secretario General del Consejo.
3SEGUNDO.- El Consejo del Poder Judicial del Estado
e Guanajuato, atento lo dispuesto en los artículos 83 y 90 fracción
de la Constitución Política del Estado; 27, 28 fracción XIIL 36
racción IL 149, 151, 152, 153 Y 154 de la Ley Orgánica del Poder
_ uaicial del Estado, es competente para conocer de las posibles faltas
~';~~~~,.dministrativas cometidas por los servidores públicos del Poder~;,~''',2:(:\.. . '" /~t«;;,'<~",~(ilclal del Estado en el ejerCIClOde susfunclOnes.- - - - - - - - - - - - - "
jí~¡¡)~, ~">,~ Ir; ';- /
ilij~~;:;/~f:l TERCERO.'" ..•..••..e;prosedimiento disélplinariCY.$.e"inició
~;i?:;:~e oficioen contradel ii,encl ! ~'!6sljjhnl¿ag~,:,e; Amezquita,uezCuartoPenaldePar!idoenf' -n,Gtojpgr l~que se encuentraatisfecho el requisito de procedibilida que r;¡ludeel artículo 153
e la Ley Orgánica del Ppder .Judicial d 1Es, o, por ser ésta una de
:rf:m:i:t:r q:;:;~i~;lf:~~:l;~tt~o::s;~¡:;A~jij.,)\....... .;s;::...,.í... ii.¡>~.r ....,¿,, i/
studio defiondo dekasl2ñtB.~~".-....]:;;~jl- _,.2', !~.~~ - - - - - -" ;.J¿i0/
www.poderjudicial-gto.gob.mx
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
4Por razón de método, primero se analizaran los hechos
que se atribuyen como falta administrativa para determinar si los
mismos materializan o no falta, y posteriormente se realizará el
pronunciamiento relativo a la acreditación o no de la
responsabilidad del servidor público implicado.
Para resolver lo que en derecho corresponde obran las
siguientes pruebas:
,,;,/¿fr'.
Las constancias que integran el presente procedimientQ':;"....'~disciplinario 123/2008, de las que se demuestra:
Que en 3 de junio de 2008, este Consejo del pOde;'~
Judicial no admitió la denuncia presentada por el Licenciado José
Juan Villagómez Amezquita, sin embargo, acordó requerirlo para
que aclarara los hechos que atribuía como falta administrativa a la
C. María Esther Mendoza MartÍnez, requerimiento que se le formuló
al referido funcionario en los siguientes términos:"Por recibido el oficio 755 de 7 siete de abril del año que
transcurre, suscrito por el Lic. José Juan Villagómez Amezquita, Juez CuartoPenal de Partido en León, Gto, al que acompaña acta administrativa de lamisma fecha; a través del cual denuncia hechos que pudieran s~rconstitutivos de falta administrativa por parte de María Esther MendozaMartínez, Oficial Judicial "B" del Juzgado antes mencionado. Fórmese elexpediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno bajo el númerode orden que le corresponda.
No se admite la denuncia interpuesta por el Lic. José JuanVillagómez Amézquita, por se notoriamente improcedente, toda vez que noanexa a su escrito de cuenta constancias con las que acredite la existenciade las posibles infracciones administrativas que señala y que haganpresumir la responsabilidad de la servidora pública denunciada en sucomisión , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 153 de la LeyOrgánica del Poder Judicial del Estado.
Además de la lectura de la referida acta administrativa se advierteque existen contradicciones en cuanto a su levantamiento y hechos que seimputan a María Esther Mendoza Martínez, Oficial Judicial "B" del Juzgadoantes mencionado, toda vez que en el primer párrafo de la misma se señalaque se levantó a las 10:20 diez horas veinte minutos del día 7 siete de abrildel año 2008 dos mil ocho y en el segundo párrafo se afirma que hasta las15:00 quince horas del mismo día se hizo presente en el Juzgado la
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Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
5servidora pública denunciada, la que después de no acatar las indicacionesde la secretaria de acuerdos de dicho tribunal se retiró sin dar explicaciones;asimismo, del párrafo tercero de la mencionada acta se infiere que lasconductas que se atribuyen a la funcionaria judicial denunciada tuvieronlugar el 13 trece de marzo del presente año, a pesar de que en los dosprimeros párrafos se expuso que los hechos sucedieron el 7 siete de abrildel año que transcurre; por último, en el párrafo cuarto del referidodocumento se precisa que se dio el uso de la voz a la Oficial Judicial MarIaEsther Mendoza Martlnez, siendo que del contenido de la misma se advierte
_ . que dicha servidora pública se hizo presente hasta las 15:00 horas del dla 7siete de abril del 2008 dos mil ocho y la acta administrativa se inició a las
~ n;-".~. 10:20 diez horas con veinte minutos del citado dla; motivo por el cual, no es~ ~n. posible instaurar procedimiento disciplinario en contra de MarIa Esther\oO$L"<~'1-í:, Mendoza Martlnez.
. "\6 Sin embargo, a ef~cto ..de determinar si los hechos1~ den~nciados.ma¡~'¡;¡afC'",~;no~.fa'lta'a(h~~iñ,istra~~va~~~Cluiérase:aILic../ /';£Jose Juan Vlllagomez,ezqulta, Juez Cuarto'PenaLde"Partldo en.
~I ';; León, Guanajuato, para q e dentro debplazo de 3 tres días hábiles' /~ . (j)i/ contados a partir del !sig . nte a,I./énqllereciba\ el reque~imiento//~.iJ~'~/ respectivo, rind~ infornl~ a es •.9(gano/~olegiadoen el que/aélar~los...;,.~r hechos que atrlbuyen:,a la.cl da.Maria Esther.Mendoza Martlnez;
señalando de manera precisa;e día en que esta!serviCtorapúbtkaregistró su entradaa laboresys~r iró~el juzgado sin presentatsealabo~a~,en.virtud de l~s.cont~adicEi.és en que i~cu.rrió ery'~ actaadministrativa de cuentay a la~que ha cho referenciaen/el parrafoque antecede, debiendo remitir copia ce . 'cada de las oónstanciasqueacreditensus afirmélciones.(Lo resaltado c letra negr".raes nuestro)
J., \ / ¡ / /'1
El .anterio~.~~rJ(}¡,,~e ~&~"de c/f;fi/delicenciado José Juan1V¡¡lag{F¡ite~Am¿~quit~~ eaiánté~ lci61121,
c:: l., .,¡,_. ~,.' .•• -"~ l~"'J",l '~~"%'..J~.¡J"
de 3 de junio de 2008, suscrito ~~G.:~'I~Seeta'" -' eneral de éste
Consejodel Poder Judicial, d~~~r;X el expediente
• aludido,medianteel cual ta~~~¡;s~/le requiriópara que aclarara
los hechos que atribuia¡.~,o:fltta administrativaa la Oficial
Judicial, María Esther Mr¡~.~?i,~¡;Martínez.
i¡,;"II!I\;"'{t¡I')";/r,.;, ." Tambié.,.(':yb;a agregada COpla de la factura de
~~orr~~;;:;;~l que se remitió a los juzgados penales ymenores ae Lean, Guanajuato, de la que en lo que interesa, se
desprende que el sobre que contenía el oficio 1121, relativo al
rocedimiento disciplinario 123/2008, dirigido al Licenciado José
Juan Villagómez Amezquita, le fue entregado el primero de julio de
2008.www.poderjudicial-gto.gob.mx
"CERTIFICACIÓN.- Guanajuato, Guanajuato a 2 dos deseptiembre del 2008 dos mil ocho, el suscrito Licenciado FRANCISCOJAVIER ZAMORA ROCHA, Secretario General del Consejo del PoderJudicial del Estado, hace constar que habiendo transcurrido el término de 3tres días hábiles que le fuera concedido al Licenciado José Juan VillagómezAmezquita, Juez Cuarto Penal de Partido en León, Guanajuato, para queremitiera el informe que le fue solicitado en el presente procedimientodisciplinario no se ha recibido ningún escrito que lo contenga. Doy fe".
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
6
Asimismo, obra certificación de 2 de septiembre de 2008,
levantada por el Licenciado Francisco Javier Zamora Rocha,
Secretario General del Consejo del Poder Judicial, en la que hizo
constar que el Licenciado José Juan Villagómez Amezquita no había
dado respuesta al requerimiento que se le efectuó, pues literalmente .
asentó:
;f1l<:,..;¡,,".4.1';" .
;{ :~I'~'!~ :'Qo,,""'.
Como consecuencia de la certificación aludida e~"'~
párrafo que antecede en la misma fecha 2 de septiembre de 2008, se
acordó iniciar de oficio procedimiento disciplinario en contra del
Licenciado José Juan Villagómez Amezquita, asimismo se le volvió a
requerir para que rindiera el informe solicitado respecto a la omisión
que se le imputa, lo que se hace en los siguientes términos:" Por no remitir en el término señalado en el auto de 3 tres de junio
del año en curso, emitido en el presente expediente, el informe que le fuesolicitado por éste Órgano Colegiado mediante oficio 1121 de la fecha antescitada, mismo que fue recibido por el mencionado servidor público el día 10
primero de julio del presente año, por lo que el término de 3 tres días que sele concedió para remitir el aludido informe feneció el 4 cuatro de julio de ésteaño ....Por último, requiérase al Licenciado José Juan Villagómez Amezquitapara que rinda el informe que le fue solicitado mediante oficio 1121 de 3 tresde junio del año en curso, en el término de 3 tres días hábiles contados apartir del siguiente al en que reciba el requerimiento respectivo, apercibidoque de no hacerlo se iniciara de nueva cuenta procedimiento disciplinario ensu contra y se hará acreedor a una multa de 10 días de salario mínimogeneral vigente, conforme al artículo 56 del Código de ProcedimientosCiviles aplicado supletoriamente a la Ley Orgánica del Poder Judicial delEstado.".
Con escrito recibido el 8 de diciembre de 2008, en la
Oficina de Trámite de Quejas Administrativas de este Poder Judicial,
•
ESTADO DE GUANAJUATO
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
7el precitado Licenciado Villagómez Amezquita, rindió el informe que
lefue solicitado.
'creditar la existencia de la faltaTambién,
administrativa, obra. cta confesión del. Licenciado José Juan4'1f~¡,
Villlagómez, pur:ts~:'t rindió su informe dentro del término que se let{~'¡"
conced~~.,f:4ii~crea la presunción de ser ciertos los hechos que seIf'_~"""""~~ _."',"-... .-JI''''''''- fi-
le atribuyen como falta administrativa, lo anterior de acuerdo a lo
establecido en los artículos 98 y 99 del Código de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria a la Ley Orgánica del Poder Judicial
del Estado.
A las anteriores constancias este Consejo del Poder
Júdicial les concede pleno valor probatorio de conformidad con lo
. ~I ro establecido en los artículos 132 y 207 del Código de Procedimientos~t{~
~\ r¿;:::;~~~~CI::i::;I~;F~:;;r~:~;;;;;~C;~:~n~::: !~~::~-'A admltlO la denuncl¡ai'Ji!, uladp¡éPP!0:'f,l¡ij,!cenclado.lose Juan
~ .;:)~t,"":'-:-:, f.} /_~:.~.i,,:'::::'\'?~.i~.?ti/~~}y';'::~,-:'-:'~::'>~'::'é:'\~<' 1"iT,oJ Villagómez Amezquita én:con'tr"del(;¡"Oft/ciálJi,¡dicialAMaría Esther
I:;f.>~;;~i,ir ':';ji' y l3~:L~~::;J,lAf , 'iJMendoza Martínez, sin'e112bargo, se ag'brdó/req1;letirze, para que
, '. .A;'{'?,;// ,,'/aclarara los hechos . . . . i1l0"j!Jltq/adrhinistpfJtiva a/la
l"./ I'..l" J / '
precitada Oficial Judic',:en 2 de s tie.(rzbrf!!del '£ismo' año, él",',l.lil ••! / ~. .
Secretario General de . ",,"ii\\onsejo hiz,.~'::"'ó~starque f7l servidor,,\t":'::;)_::-.:/,~::'-,j\, .,:ti,-:::L>: .."." ._' ,_,~. .'
público sujeto al proC1:~~i~I~O~:CiPI{;;~~flq ',e n~fJduga, .omitiódar respuesta a qiclli!\/;'r:f!Q4?kimig";;¡,'l,r~un.s'hq.'~ ue sirvió de". __~._ ...,."u._.,~~~~: ~'¡;0 ...t,....... v
fundamentó para iniciar de oficit/ipr;oéedi ieiÚ(j:-;'. ciplinario en
contra del aludido licenciado vint"~Wl Am z ita, ante el desacato C\al requerimiento que se le hab. Ctlizado.•
• www.poderjudicial-gto.gob.mx
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
8
Lo anterior, sin lugar a dudas materializa falta
administrativa al no acatar una orden dada por este Órgano
Colegiado, la que incluso era trascendental para la investigación de
irregularidades que el mismo Licenciado José Juan Villagómez
había denunciado, por lo que al no dar respuesta, su omisió~ pudo
fomentar impunidad de una conducta que imputaba como irregular ala servidora pública adscrita al juzgado del cual es titular.
También, quedó demostrado que en fecha 2 de
septiembre de 2008, nuevamente se acordó requerir al Licenciado,'
José Juan Villagómez Amezquita, para que rindiera informe en el que
aclarara los hechos que atribuía como falta administrativa a la
Oficial Judicial María Esther Mendoza MartÍnez, requerimiento al
que dió cumplimiento hasta el 8 de diciembre del citado año, al
entregar el oficio correspondiente en la Oficina de Trámite de
Procedimientos Administrativos de este Poder Judicial.
Ahora bien, no se requiere de mayor inferencia para
concluir que con la conducta omisa del Licenciado Villagómez
Amezquita, consistente en no dar respuesta, dentro del término
concedido, al requerimiento que se le realizó para que aclarara
hechos que atribuía como falta administrativa a una. servidora
pública, se materializó su falta administrativa, pues es obligación de
todo servidor público dar cabal cumplimiento a los requerimientos
que este Consejo del Poder Judicial les hace con motivo del trámite
de los procedimientos disciplinarios, lo que debe de realizarse dentro
,/
•
•
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
<,,:'~---~F.{.'
9de los términos legales o dentro de los términos concedidos, pues ello
redunda en una impartición de justicia pronta y expedita, y el no
hacerlo en esa forma, se traduce en una conducta irregular que
engasta en la descripción que el legislador ha realizado como falta
administrativa, prevista en el artículo 151, fracción VII, de la Ley
Orgánica del Poder Judicial del Estado, que a la letra dice: " Todo
había
Villagómez
formulado .
,,' ;)J:{
han quedado transcritos y val ?is en 1 individual, de su enlace,1
lógico y natural, y ahora vq o ..:.?1osen su conjunto, de conformidad.. ' ....'."',/
con lo establecido en losf.' '''.'cillos98, 99, 132, 206 y 207 del Código
de Procedimientos CillJ.e.,ae aplicación supletoria a la Ley Orgánica~--':';',;://....:...v
del Poder Judi;g.i¿{¡d¿lEstado, son eficaces para demostrar que el.......q",/
Licencjatjó5:;¡ó;é Juan Villagómez Amezquita no dio puntual'0_,,,,,::.'_' .. ,,~~'--.'i:,;i. ',_
<, •.• ' ".,,....
servidor público del Poder Judicial tendrá las siguientes obligaciones: ..."
VII. Guardar respeto y, subordinélcJÓn _I~gítimas con respecto a sus
superioresjerárqUic~s.~ut~ '¡md~~s~is~~~lé~ignesquééstosdictenen
el ejercicio de sus atribu~io:nes; relá~¡Ónc~n',et\:~iverso 152/racción;. . \., ...........'.> / \'Y/'j"<.i. . ...../- -- . -. I de la citada ley org~~i~a"fl~.dJce: 'j~/~r;;fa'itas~e'.!o~1servidores
públicosdel PoderJUdiC~~I\'la~SigUi..~'~:i;I'lncu~PI¡r lalobligaCIOnes
;:::::;~:ce;~~:::UI:~i10~!::~e~;Ch~;Zft,11::::~~::~'~~'~,~r'};"I. ,~\,,': ,¡
quedar demostrado qite.;#:, Licenciadó> Jo '~':'JA'. ',\ i1..' ..,
Amezquita no cumplioAil'COn.'el)",requerimientr~:/¿ . ,;, - ~~
¿11r¿~,,:~-
•
•cumplimiento al requerimiento que este Consejo del Poder Judicial
del Estado, le hizo mediante oficio número de fecha 3 de junio de
2008, en el cual se le pedía aclarará los hechos que atribuía como
falta administrativa a una oficial judicial adscrita al Juzgado en elwww.poderjudicial-gto.gob.mx
los siguientes términos:
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
10cual funge como titular, que le fue entregado el 1 de julio de 2008,
pues en fecha 2 de septiembre del mismo año, el Secretario General
de este Consejo del Poder Judicial, levantó certificación en el sentido
de que a pesar de haber transcurrido el término concedido al
precitado servidor público para que rindiera informe aclarando .los
hechos, no lo había remitido.
QUINTO.- Una vez declarada materializada falta
administrativa al no obedecer una orden dada por este Consejo del ,,?/",'
Poder Judicial, corresponde en turno realizar el pronunciamient(},,{. -~
relativo a la acreditación o no de la responsabilidad administrativa :'¿
del Licenciado José Juan Villagómez Amezquita, lo que se hace en,.o "'~
. '-;.,. -~.:-....
Los mismos elementos de prueba que sirvieron para
declarar acreditada la falta administrativa aludida, los que se dan
por reproducidos como si a la letra se insertaran, son igualmente
eficaces para demostrar que a pesar de que el Licenciado José Juan
Villagómes Amezquita, recibió en fecha 1 de julio de 2008, el oficio
con el que se le pedía rindiera informe en el que aclarara los hechos
que atribuía como falta administrativa a una oficial judicial adscrita
al juzgado del cual funge como Juez, no dió cumplimiento dentro del
término que para tal efecto se le había concedido, lo anterior se
infiere de las constancias que integran el presente procedimiento
disciplinario, en especial de la certificación que en fecha 2 de
septiembre de 2008, levantó el Licenciado Francisco Javier Zamora
Rocha, Secretario General de este Consejo del Poder Judicial, en la
que hizo constar que habiendo transcurrido el término concedido al
•
•
ESTADO DE GUANAJUATOProcedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
11aludido Licenciado Villagómez Amezquita, éste no había dado
respuesta, y esta afirmación es robustecida con la ficta confesión del
funcionario judicial de mérito, pues no rindió su informe dentro del
término concedido, circunstancia que ocasiona que se tengan como
ciertos los hechos, de tal suerte que lo expuesto lleva a este Órgano
c-_ Colegiado a declarar acreditada su responsabilidad administrativa. -q~;~.~ ..~~. \.,
. ,dad en que incurrió.- El
/'" ~."-~ •.....SEXTO:-. .ConseJ(jael~Poder. Judicial deLEstado-;:eofí
"\, ..' ,.,\.'t~.-~~T> /.-' //fundamento en los artÍyu s: 152 f';.acclól1;.VIl,,"155fracc~ón,/l, 156
fracción 1 y 158 de la L?y áfJba,det'p~de/Judiciar/d~¡ EStado,
procede a individualizq,."l~'<;;ni~i~tn¡~i!}ratjd/~able al
Licenciado José Juan v:illagp~~z7~qUitiÍ,/~ulzt / arto Penay~~
Partido en León, Guqrta~ukto,po laf~ Ión de la;H9r;áadministrativa precisad(l en1el, Consider~o~~arto de la)r~é~~e
resolución, tomando en guent~~~as SigUi,Át '/rcunstancIf;;:.~:/J.... '...." ...~:::...j.'.; .. ¿;9/.-''f' .._:;t"
.\. ~;:;",>".........-.;;,/."" " ..~-~_/ ••, 1 ~.
c_ -;-."'-~í/-1.- Gravedad de la respo.
i1 ..no dar cumplimiento a un requer m' nto efectuado en uso de sus
" ...•...Iatribuciones por este Consejo del/Poder Judicial, es considerada
j/" -""':'. /1, .._ /
como una falta de mínima gri.1{;edad, conforme a la punibilidad1 .../
prevista en la Ley Orgán-ica {jel Poder Judicial.
/
/// "'//.-v,'''
~: _"/" ',.,/
.l!:''";- Circunstancias personales del servidor público y
I-n/'_ '.•
•
•.- condición socioeconómica.- De acuerdo con las constancias que
obran en el sumario, se trata de una persona que se desempeña como
Juez Cuarto Penal de Partido en León, Guanajuato y por ende debe
actuar diligentemente, con la obligación de cumplir oportunamente
www.poderjudicial-gto.gob.mx
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
12con los requerimientos de que son objeto. Aunque no existen mayores
elementos que permitan identificar la condición socioeconómica del
mismo, no pasa desapercibido que la plaza de Juez de Partido se
encuentra dentro de los puestos que se ubican en la parte alta del
catálogo correspondiente de la Dirección General de Administración
del Poder Judicial del Estado, con un salario digno.
111.- Nivel Jerárquico, los antecedentes y las
condiciones de la infractora.- Al 5 de julio de 2008, fecha en que /
cometió la falta administrativa que ha quedado precisada, el servidor ,'"
público de acuerdo a la información proporcionada en la hoja de
servicios, tenía una antigüedad de 11 años, 3 meses y 4 días, al(¿.d .
servicio del Poder Judicial del Estado, tiempo suficiente para ,4:.
considerar que estaba en' aptitud de cumplir corréctamente con las
reglas que regulan el actuar de los servidores públicos. Además, su
nivel de jerarquía es el máximo dentro de un órgano jurisdiccional.
De las constancias que obran en el presente procedimiento
administrativo se advierte que a dicho servidor público no se le ha
instruido con anterioridad procedimiento disciplinario.
IV.- Naturaleza del hecho y los medios empleados en su
ejecución.-, El servidor público no cumplió dentro del termino que se
le había concedido, con el requerimiento de que había sido objeto, es
decir se trata de una conducta de omisión en la que incurrió.
v.- Importancia del daño causado.- De las constancias
aportadas al presente procedimiento disciplinario no se desprende
que con el actuar del servidor público de mérito, se haya generado
•
•
ESTADO DE GUANAJUATOProcedimiento Disciplinario 123/2008
Ponente: Consejero Aranda Galván
13algún menoscabo patrimonial al Poder Judicial del Estado o a un
tercero.
VI.- Cargas de trabajo del órgano jurisdiccional de
adscripción.- No fue éste un factor que haya influido de manera~t--
Ef\..v, ~;:Rositiva o negativa en la comisión de la conducta aludida.~'M:;.~..t,\' ~." '~'\ /~~
;~)(:",~t". ..~"\ ••}<"f~
Jt u~toy legal::l:::;:cfa;;;~::ó:;j~rlb£~~~~7::éL~~-' 'habrá de hacerse efectiva u ve~~u~¿;;~;ee;tado la f1'ú"~.
s '/ s y/ J '1 ,f.)'j/ / .,...../ /;/'/
Por lo exp~estoyf: '-a¡j-c6ñ>;nt¡i1c.i~n y con apo!d!e .",•.••. í ¡'I/ ."'l.'/ademásen lo dispuestot(J:Ci!~Sartíc los2~'iUl5,37, 3VI7;~5:
149 y 150 de la Ley Orgqn(cac{r¿lPoder llJcpi del Estado~sé;;'~-i-. !s ,~" /! /}.?< •./
f \ "'"-',,, I ./ / .<.j". ~." "~ .. // -~..--./es\ ~<,'¡><...' ..-c~~;/...c--:,,"=-;~/
"./ ".,'. Ss' . 1 .'"~.... R.K .U:SjI(E' (\
PRIMERO.-El co/~40:~ 1 P llerJudicialdel Estado ~ue competente para conocer d,r¡.estepr edimiento disciplinario.- - -
! /•/
/SEGUNDO.-/Loshe~hos descritos en el Considerando
ff
Cuarto de la presen(éresolución, atribuidos al Licenciado José,J,.,,/'
Juan Villagómez 41nez~ita, Juez Cuarto Penal de Partido en León,//' ."'/
Guanajuato,. ::rnaúirializanfalta administrativa al no acatar un
'requerimiento dado por este Consejo del Poder Judicial en uso de
sus atribuciones; asimismo, está acreditada la responsabilidad
administrativa del precitado Licenciado Villagómez Amezquita, por
www.poderjudicial-gto.gob.mx
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
14lo que se le impone la sanción de AMONESTACION, la que habrá
de hacerse efectiva una vez que quede firme la presente resolución. -
TERCERO.- Una vez que cause estado, remítanse
copias de la presente resolución a la Dirección General de
Administración del Poder Judicial del Estado para que se agregue al
expediente personal del servidor público sancionado y en su
oportunidad archívese el expediente como asunto concluido. - - - - - -
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CUARTO.- Infórmese al servidor público sancionado el
derecho que tiene para interponer el recurso administrativo de \ o
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revisión contra la presente resolución, dentro del plazo de 5 cinco :-t;' .,lA'..•..~'
días hábiles siguientes al en que surta efectos la notificación, el que
resolverá el Supremo Tribunal de Justicia en Pleno. - - - - - - - - - - --
QUINTO.- Notifiquese PERSONALMENTE al
Licenciado José Juan Villagómez Amezquita. - - - - - - - - - - - - - - - - -
Así, lo resolvieron y firmaron los miembros del Consejo
del Poder Judicial del Estado, en sesión celebrada el 19 diez y nueve
de mayo de de 2009 dos mil nueve, por unanimidad de votos, de la
Consejera Magistrada: Villaseñor Garay, los Consejeros Pérez
Hernández, Hernández Cruz y Aranda Galván y la Presidenta del
Consejo Lic. Barajas Monjarás.- Fue ponente el Consejero Aranda
Galván.- El Secretario General que autoriza y da Fe.- - - - - - - - - - --
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ESTADO DE GUANAJUATO
Procedimiento Disciplinario 123/2008Ponente: Consejero Aranda Galván
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LA PRESIDENTA DEL CONSEJO
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Lic .
Las firmas que aparecen en esta hojacorresponden al Procedimiento Disciplinario 123/2008,aprobado en Sesión del Consejo del Poder Judicial
del Estado enlecha 19 de mayo de 2009.
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ESTADO DE GUANAJUATO
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En la Ciudad de Guanajuato" Guanajuato, siendo las /3<-'5'8del día XI5 de julio del 2009 dos mil nueve, la suscrita LicenciadaBárbara Cadenas González en funciones de Actuario del Consejo del PoderJudicial del Estado, quien me identifico con credencial expedida por el PoderJudicial a mi favor con número de folio 00005188, hago constar que meencuentro constituida en el domicilio ubicado en Calle Hacienda de Rochanúmero 6 seis, Colonia Ex Hacienda Santa Teresa, de esta Ciudad Capital,domicilio señalado por el Licenciado José Juan Villagómez Amezquita, paraoír y recibir notificaciones, cerciorada por los medios legales de ser el domiciliocor[ecto en virtud de que
qu, e requiero la presencia'.?l ~ ó
__ , para notificarle pers nalrnente, a ío ue m ien rne,entiendeque la persona requerida nose'e~º~ent el momentoFpéró~aquíse lereciben notificaciones, actoseguido;t ,r su~on,!úc!o'procedo anotificarle léf~esolución 'def1".éJiecinueve, de:M~yo dél año encurso, pronunciada por el Consejo;;delpoder Judicia¡'delEstado, funcionandoen Pleno, en sesión de la mi~ÍTJ:~fe9ha, por unanimidad de votos de laConsejera Magistrada: VillaseñOrG~ray: los Consejeros Pérez Hernández,Hernández Cruz y Aranda G~lvánii;y;; la Presidenta del Consejo BarajasMonjarás. Fue ponente el COhsej~ro;'Pérez Hernández, resolución emitida enel procedimiento disciplinéfri6 número 123/2008, Notificación que~ó ¡én ". ',i Jloper de~o.5e t' k/o,/¡;c2~c/e .41t/á//"~
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_____ ._,/_,quien recibe de conformidad la citada resolución en copiacertificada.,Conloanterior, se concluye la diligencia, levantándose la presenteacta ,pa'fá .•debida constancia legal y firmando al calce los que en ellaintervinieron.- Doy fe.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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ESTADO DE GUANAJUATO
Ce r t i f i e a ció n: El 20 veinte de agosto del 2009
dos mil nueve, el Licenciado Francisco Javier Zamora Rocha,
Secretario General del Consejo del Poder Judicial del Estado,
C E R T I F I C A que la resolución del citado Órgano Colegiado
,~ ."~mitida en el presente asunto se notificó al Licenciado José Juan
Vlllagómez Amézquita el 6 seis de julio del presente año, por lo
--.~ ,'queel plazo para impu' narla feneció el15 quince del mismo mes
~~y año,sinquehayainterpestorecursodereveob
' ':;,',."ttit.- .' ).'....r"~f'~p~;::
Guanajuato, Guanajuato, a 2 veinte de agosto del
2009 dos mil nueve.- - - - - - - - - - - - - -
Vista la certificación q e cede, de la que se
desprende que el fallo pronunci o por el Consejo del Poder
¡. Judicial del Estado en fecha 19 diecinueve de mayo del presente
año, no fue recurrido por el Licenciado José Juan Villagómez
Amézquita, por"lo~:ta~to,con fundamento en los artículos 168 de. " ~, :. . ':'
la Ley Orgánica' del Poder Judicial del Estado, 364, 365 fracción
" y 366 del Código de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria a la referida Ley Orgánica, se declara que ha causado
estado dicha resolución; en consecuencia, hágase efectiva la
sanción de amonestación al Licenciado Villagómez Amézquinta
14" que se le impuso en la referida determinación. - - - - - - - - - - - - - -
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Notifíquese.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Lo proveyó y firma la Licenciada María Raquel
Barajas Monjarás, Presidenta del Consejo del Pod dic' I del
Estado, que actúa con Secretario General tori
sgv
Razón.- Con fecha 20 veinte de agosto del 2009 dos mil nueve,
se gira el oficio 2252 al Licenciado José Juan Villagómez
Amézquita, informándole el contenido del auto que antecede y la
ejecución del procedimiento disciplinario.- Co~t~.- - - - -- - -- - -~' . ,.... . . \ S:;-.-::.
-- ..'", '~~/"'"--" ~- '~' .
.' '. ..••.. ':<,' ~.--
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~ 1I
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ESTADO DE GUANAJUATO
Lic. José Juan Villagómez AmézquitaCalle Hacienda de Rocha No. 6Col. Exhacienda Santa Teresa
. Guanajuato, Gto.
NÚMERO IEXPEDIE~2521
ASUNTOp.D. 123/2008Se informa que ha causadoestado la resolución de 19de mayo del 2009, por lo quese hace efectiva la sanciónde amonestación.
~. \~ ~ ..~: Me permito irTtmmarle que en esta fecha se declaró que
'-J' i: ¡causó estado la resolución pro unciada por el Consejo del Poder Judisial
:(, .'del Estado, dentro del procedimie to disciplinario citado al rubro, q.u~e le
~,. '. instruyó de oficio, por lo que s le hace efectiva la ~ción de
..r amonestación en el cargo, y se le ca ina para que e lo subsecuente
desempeñe sus funciones de acuerdo n los pr" cipios que rigen la
carrera judicial.
n t'. Guanajuato, Gto., ag s Odel 2009.
~-¿6~~.K.!~?¡\;~~..~ La Presidenta el Consejo'~'vy........".~y)\ del Poder Judicial del Estado.
rSi ;J' ,:. .' •... ~ -...¿;~\ . .~~, .. "uJ( ¿ . \ ::'~ . ;'-'''':'1 ..~;t:.~~:; ":, ;!. »~~.~... .' ',,/ '''.'' '.'.o <Íá,",' .;/1 li."t / / /~ . '-!::~~.;", ' .;. _.'~'::t e:J. J ,... / .*.IJ;~~.~.~;.~:...,.~:~~~<;)L' e B~raj~~;~o'njarás.-
/1 '~",'.""'J"..~:t.~~ _ -,- . .-" •• '."
,! •..~/~'---..•.•..•.
e.e.p. LRI. Carmen G. Alcalde Maycotte, Directora Gent~al de Administración del Poder Judicial delEstado.- Para su ejecución. !sgv
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~,ESTADO DE GUANAJUATO
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I~,f~a :z constituida en e.1domicilio indicado, procedo a tocar a la puerta,.', :f-J requiero su pres~ncia acudiendo a mi llamado¡~;r'f-jC(t¡ JOá1rl1'+- l-J r,~ \.)~., Orr()n u\-ey¡~ 1de co.,(Yf'yJ .---
~ C' p q 'n iO t c&-eJectTv Cdn fa !{ z-~(O3-74- ú fi---~@acaneuU2JQ()S)"í'I'O,5rO s:s. A:3 IC.QS d-L º/lJ',.ef\)er fl;.x. hi
be t.t C£ le m;rrl9a - ._- I-- - , -- // -,por lo que procecMa notificar Pj( -=b ry\0.;.Jcn Q .J(d~-nC;J...O ci.d -Jee.é JCQn \J \l "'~rkl. 2.0'd ¡
el auto que se contiene el oficio 2252 de~VEJ.NfE de AGOSTO del dosmil NUEVE, suscrito por la Licenciada M9f"\(Raquel Barajas MonjarásPresidenta del Consejo del Poder Judj6al ~Estado, emitido en elprocedimiento disciplinario núme~~23/2008, en el que se informaque en esta fecha se declar<Y~e.....-causo tado la resoluciónpronunciada por el Consejo qe(poéjer Judicial del Estado, dentro delmencionado procedimient~ciplinario que se le instruyó de oficiopor lo que se le hace efectiva la sanción de amonestación en el cargoy se le conmina para que en lo subsecuente desempeñe susfunciones de acuerdo con los principios que rigen la carrera judicial,al que se adjunta copia del auto de la misma fecha, notificándoleambos; notificación que dejo efl oocL.u-- ~ QrJ /w m..e o-hc.n&l.~ülen d (ce o¡~ I q ceo b-e- IM con fo-vrrL dad. _
______ - Con lo anterior, doy por terminada ladiligencias levantándose la presente acta para de Ida constancia legal yfirmando al calce únicamente la suscrita.- Doy fe - - - - - - - LA ACTUARIA
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