ESTADO NACIONAL DE RESOLUCIÓN · PDF fileefecto el listado de las mismas, y recomendando, ... revocatoria de las matrículas, no dará lugar a la cancelación de las Partidas de Propiedad

Embed Size (px)

Citation preview

  • ESTADO PLURINACIONAL DE

    NACIONAL

    [COPIA LEGALIZADA

    nada

    DGAC

    RESOLUCIN ADMINISTRATIVA No. 2 6 La Paz,

    2 O ENE 2016

    VISTOS Y CONSIDERANDO:

    Que a travs de Resolucin Administrativa No. 624 de 2 de diciembre de 2014, la Direccin General de Aeronutica Civil, dispuso la Re matriculacin y Conciliacin de Datos Tcnicos de todas las aeronaves debidamente matriculadas en el Registro Aeronutico Nacional, proveyendo para el efecto el plazo de ciento sesenta (160) das hbiles, segn la programacin establecida por propia entidad.

    Que el pargrafo III del punto resolutivo Quinto de dicha Resolucin Administrativa. determina que las aeronaves que no sean presentadas por sus operadores o propietarios segn el . cronograma establecido, sern objeto de revocatoria de su Certificado de Matrcula.

    Que mediante Boletn Reglamentario No. DGAC/020/2015 DRAN-002/15 de 5 de marzo de 2015. la Direccin General de Aeronutica Civil comunic a los operadores areos nacionales el "CRONOGRAMA DE RE-MATRICULACIN AERONAVES BASE COCHABAMBA":g

    Que por medio de Informe DRAN/1824/2015 H.R.34960/2015 de 11 de diciembre de 2015. el Profesional III Registro Pblico de Aeronaves, inform que finalizado el proceso de Re matriculacin y revisados los documentos de las carpetas correspondientes a la Regional Cochabamba, se evidenci que existen aeronaves con relacin a las cuales dicho proceso no fue cumplido, debiendo procederse a la revocatoria de su Certificado de Matrcula, detallando al efecto el listado de las mismas, y recomendando, que una vez emitida la Resolucin Administrativa. se proceda a su remisin a las siguientes entidades. Administracin de Aeropuertos y Servicios Auxiliares de Navegacin Area ' AASANA", Servicios de Aeropuertos Boliviano Sociedad Annima "SABSA", Fuerza Especia! de Lucha Contra el Narcotrfico -FELCN", y Agencia Nacional de Hidrocarburos "ANH".

    Que a travs de Informe DRAN-0073/2016 HR-0966/2016 de 13 de enero de 2016, el Profesional III Registro Aeronutico Nacional, complement la informacin proporcionada, aclarando que la revocatoria de las matrculas, no dar lugar a la cancelacin de las Partidas de Propiedad. pues sobre estas pueden recaer embargos. anotaciones preventivas u otras acciones dispuestas por las Autoridades Competentes.

    Que el Informe Jurdico DJ/0082/2016 de 15 de enero de 2016, elaborado por la Profesional I en Gestin Jurdica, va el Director Jurdico, seala que de conformidad con el Informe DRAN/1824/2015, y las previsiones establecidas en el inciso g) del artculo 42 de la Ley No 290: de 29 de octubre de 2004. el numeral 37 del artculo 8 del Decreto Supremo No 28478 de 2 di-. diciembre de 2005 y la Resolucin Administrativa No. 624 de 2 de diciembre de 2014 corresponde a la Mxima Autoridad Ejecutiva de la Direccin General de Aeronutica Civil, emitir la Resolucin Administrativa por la que disponga la revocatoria de los Certificados de Matrcula de las aeronaves indicadas en el informe tcnico previamente referido.

    Que el inciso g) del artculo 42 de la Ley No. 2902 de 29 de octubre de 2004. establece que en el Registro Pblico de Aeronaves, a cargo de la Direccin General de Aeronutica Civil, se inscribir cualquier hecho o acto jurdico que pueda alterar o modificar la situacin jurdica de la aeronave.

    Que el numeral 37 del artculo 8 del Decreto Supremo No 28478 de 2 de diciembre de 2005, establece como una de las funciones de la Direccin General de Aeronutica Civil, la de inscribir los actos. contratos y/O resoluciones referidas a la propiedad de las aeronaves que transfieran. modifiquen o extingan Su derecho.

    Que de conformidad con el numeral 5) del artculo 14 del citado Decreto Supremo, es atribucin del Director Ejecutivo de la Direccin General de Aeronutica Civil. emitir Resoluciones Administrativas sobre asuntos de su competencia.

    POR TANTO:

    El Director Ejecutivo Interino de la Direccin General de Aeronutica Civil, en uso de las atribuciones conferidas por Ley;

  • Es copia fiel del original que cursa en el Archivo Central de la Direccin General de Aeronutica Civil - DGAC, por lo que se legaliza en cumplimiento de los Arts. 1311 del Cdigo Civil y 400 inc 2) de su procedimiento

    lavar A amani CHICO II ENCARGADO

    CENTRAL E NISTOF. rh,,.r.IAI Genere! de AconiuticA

    rdPIA LEGALIZADA,, DGAC

    RESUELVE:

    PRIMERO.- Disponer la revocatoria de los Certificados de Matrcula sealados a continuacin:

    No. Matricula Nombre o Razn Social

    Marca y Modelo No. de Serie No. de Certificado

    Antiguo 1262

    Base

    1 CP-1093 Luis e Ugarte Melea

    AEROCOMANDER 680F

    1035-51 Cochabamt

    CP-1211 Escue de Vuelo Areo Horizontes

    CESSNA 150M 15076590 283 Cochabamt

    3 CP-1249 Luis Aguirre

    TransOortes Areos Carm

    Moyano

    Virgen del

    CESSNA 150G

    DOUGLAS C-47

    15065617

    44-76656

    282

    _ 430

    Cochabamt

    4 CP-1419 Cochabamt

    CP-2578 COFU AT S.R.L. PIPER PA-25-235 255282 561 Cochabamt

    CP-2782 AND AVIA SERV

    LEADING ON ES S.R.L.

    CESSNA P206 P206-0058 1282 Cochabamt

    7 CP-2808 Leona Lenaz

    do Adriano elasco

    CESSNA 152 15284032 1498 Cochabamt

    CP-X2397 Ramir Camacho Marcelo Jacobowitz

    Martinez y

    David

    SKYSTAR KITFOX Ili 1133 1052 Cochabamt

    9 CP-X2414 Ramiro Martinez Camacho Avila

    MURPHY RENEGADE SPIRIT

    1004 1111 Cochabamt

    SEGUNDO - Instruir el cumplimiento de la presente Resolucin Administrativa a la Direccin del

    Registro Aeronutico Ncional.

    TERCERO.- Una vez ejecutada la presente Resolucin Administrativa, la misma deber ser puesta en conocimiento de Administracin de Aeropuertos y Servicios Auxiliares de Navegacin Area "AASANA". Servicios de Aeropuertos Boliviano Sociedad Annima "SABSA", Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotrfico "FELCN", y Agencia Nacional de Hidrocarburos "ANH

    Regstrese, comunquese y archvese

    Gut .M eyraO,Ane DIRECTOR EJ UTIVO s 1.

    Oltecrieri ~si s Amoblare CSA

    a

    a

    a

    a

    a a

    a

    a

    a