Estatuto Federación Ecuatoriana de Sociólogos

Embed Size (px)

Citation preview

  • 8/19/2019 Estatuto Federación Ecuatoriana de Sociólogos

    1/8

    FES -II ENCUENTRO DE MACHALA, 23 DE JULIO DEL 2005-

    ESTATUTO DE LA FEDERACION ECUATORIANA DE SOCIOLOGOS

    CAPITULO I.- CONSTITUCIÓN, DOMICILIO, FINES Y MEDIOS

    Art. 1.- Mediante el presente Estatuto y con el objeto de lograr sus fines institucionales,Co!t"t#$%!%  &' F%(%r')"* E)#'tor"'' (% So)"*&o+o!, FES,  como entidad jurídica de derecho privado, con patrimonio propio, jurisdicción en el territorio nacionale integrada por todos los Colegios Provinciales legalmente constituidos en el país ysus respectivos miembros.

    La FES tendr una duración indefinida y un n!mero de socios ilimitado, contar condomicilio principal y podr disolverse de acuerdo al Estatuto y la Ley.

    Art. 2.- El domicilio principal de la FES ser rotativo y se ubicar en la ciudad sede del ColegioProvincial al "ue pertene#ca el Presidente en funciones, allí sesionar regularmente el$irectorio %acional o donde el $irectorio %acional lo resuelva.

    Art. 3.-.-El objetivo fundamental de la FES, ser el mejoramiento profesional, científico, t&cnicoy general de sus asociados a trav&s de aplicación y vigencia plena de la Ley deEjercicio Profesional del 'ociólogo y su (eglamento )eneral, así como de su gestiónadministrativa.

    Art. .- La FES, como tal no podr intervenir en asuntos ajenos o e*tra+os a los fines para los"ue fue creada.

    Art. 5.- La FES, regular sus actividades de conformidad con los siguientes principios

    a) (espeto de la Ley y la -usticia b)  /dhesión y retiro voluntarioc) %o partidismo políticod) Libertad y tolerancia política y religiosae) 0gualdad de derechos de los sociosf) Participación activa de los asociadosg) Control democrtico de sus organismosh) $erecho a la superación de los asociadosi) 1nión y solidaridad entre los socios y j) 2ransparencia en las gestiones institucionales.

    Art. /.- Los fines de la FES son los siguientes

    a. R%'&"'r  todas las acciones necesarias para la e*pedición legal y la aplicación plenade la Ley de Ejercicio Profesional del 'ociólogo

    b. Tr'''r  por el mejoramiento de la situación profesional, gremial y general de lossociólogos a trav&s de la normatividad jurídica pertinente y las acciones pertinentes"ue adopte el organismo

    c. L#)'r   por el reconocimiento de la profesión de 'ociólogo como una de lasprofesiones fundamentales en el desarrollo del país "ue contribuyen al desarrollohumano

    d. Co!t"t#"r  a la FES en un referente en la discusión de los temas de trascendenciadel país y particularmente los temas sociales y sociológicos

    e. I4#&!'r  el fortalecimiento de los respectivos Colegios Provinciales como una delas formas de apoyar la superación de los 'ociólogos en cada jurisdicción

    f. Cotr"#"r  a la elevación del nivel profesional, acad&mico y científico de la profesiónde 'ociólogo

    g. 6"+"&'r  "ue se cumpla la ocupación de cargos p!blicos y de organi#aciones del reasocial por profesionales 'ociólogos debidamente capacitados

    ESTATUTO DE LA FEDERACIÓN ECUATORIANA DE SOCIÓLOGOS. DIRECTORIO 200-2005. 3

  • 8/19/2019 Estatuto Federación Ecuatoriana de Sociólogos

    2/8

    FES -II ENCUENTRO DE MACHALA, 23 DE JULIO DEL 2005-

    h. 6%&'r  por el respeto de la profesión del sociólogo e intervenir en su defensa en loscasos en los "ue sea necesario

    i. Los dems fines permitidos por la ley "ue contribuyan al mejoramiento efectivo dela situación profesional del sociólogo.

    Art. 7.- Para la consecución de los fines antes mencionados, la FES utili#ar todos los medioslícitos y adecuados a su alcance, y particularmente los siguientes

    a. Participación activa y permanente en la defensa de los derechos sociales de losciudadanos

    b. $ifusión de la Legislación profesional del sociólogo, así como las actividades de susorganismos

    c. 4rgani#ar congresos nacionales e internacionales, jornadas sociológicas científico5culturales, cursos para graduados, seminarios, simposiums y otros eventos.

    d. 0ntervenir con las 1niversidades e instituciones del país para el mejoramientoacad&mico de la profesión y del sistema educativo, especialmente a trav&s deldise+o de programas de estudios adecuados y la organi#ación de estudios de cuarto

    nivel como maestrías, etce. 0mpulsar y coordinar con la Presidencia de la (ep!blica, la 'ecretaría )eneral de la /dministración P!blica, la 'ecretaría de Estado de $esarrollo 6umano, el Consejo%acional de Moderni#ación, el 7ondo de 'olidaridad, la 'ecretaría 2&cnica del7rente 'ocial, los Ministerios, y dems organismos sociales vinculados a actividadesde investigación, planificación y desarrollo de obras sociales donde intervengan demanera preferente sociólogos.

    CAPITULO II .- DE LOS SOCIOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES 

     Art. 8.-   'on socios de la FES todos los sociólogos del Ecuador, afiliados a uno de los Colegios

    Provinciales y los "ue en el futuro cumplan con este re"uisito. Art. 8.-  La FES estar integrada por las siguientes clases de socios

    a8 'ocios /ctivosb8 'ocios Colaboradores o adherentesc8 'ocios 6onorarios yd8 'ocios 9italicios.

    Art. 10.- SOCIOS ACTI6OS  son los 'ociólogos "ue pertenecen a uno de los ColegiosProvinciales del país, el mismo "ue se encuentre al día con sus cuotas económicaspara con la FES y tienen los siguientes derechos y deberes

    DERECHOS9a8 Ejercer libremente su profesión dentro del marco de la Constitución y lasLeyes

    b8 )arantía de la defensa del ejercicio profesional, de la vida, de la libertadindividual, la integridad física y psí"uica y el libre ejercicio profesional

    c8 (espeto a la dignidad y el decoro de su ejercicio profesionald8 Elegir y ser elegido como directivo de la FES, seg!n sus normas electorales e

    integrar sus Comisionese8 Participar activamente de la vida institucional de la FES:f8 7ormular las propuestas, consultas, sugerencias, "uejas y denuncias "ue

    creyere convenienteg8 Participar en el estudio y desarrollo de proyectos de investigación de la

    'ociología

    ESTATUTO DE LA FEDERACIÓN ECUATORIANA DE SOCIÓLOGOS. DIRECTORIO 200-2005. :

  • 8/19/2019 Estatuto Federación Ecuatoriana de Sociólogos

    3/8

    FES -II ENCUENTRO DE MACHALA, 23 DE JULIO DEL 2005-

    h8 /cceder a la información sobre la actividad del $irectorio de la FES y conocer las ra#ones de sus actividades.

    DE;ERESa8 (espetar y hacer respetar La Ley de Ejercicio Profesional del 'ociólogo, el

    presente (eglamento, el Código de ;tica y las resoluciones y las normasestablecidas

    b8 Poner en conocimiento del órgano competente a"uellos actos o situaciones"ue implicaren una agresión al respeto y consideraciones debidas al'ociólogo, su Ley, Estatuto y Código de ;tica

    c8 $esempe+ar los cargos y tareas para los "ue fuera elegido o designado conprobidad, decoro y dignidad profesional

    d8 Consignar en la documentación profesional su acreditación de matriculadomediante la mención de su n!mero de registro profesional

    e8 Mantener actuali#ado el domicilio real y profesional, lo "ue ser e*igible parael abono de las cuotas establecidas

    f8 Pagar toda obligación pecuniaria "ue se estable#ca

    g8 Poner en conocimiento del $irectorio %acional los perjuicios de lasincompatibilidades o impedimentos legales dentro de los treinta 8 díassubsiguientes de producirse

    h8 Mantenerse informado por medio de las comunicaciones institucionales, sinpoder alegar desconocimiento de la normativa.

    Art. 11.- En caso de incumplimiento de la Ley de Ejercicio Profesional del 'ociólogo por partede personas jurídicas, de carcter p!blico o privado, corresponder al $irectorio de laFES tomar las medidas correspondientes.

    Art. 12.- SOCIOS COLA;ORADORES O ADHERENTES  son las personas naturales o jurídicas, nacionales o e*tranjeras "ue a partir de la Constitución Legal de la FES,

    soliciten por escrito su ingreso a la 7ederación comprometi&ndose a aportar a la FESsu colaboración personal, profesional o 0nstitucional, y "ue sean aceptados como talespor el $irectorio %acional de conformidad a este Estatuto y su reglamento interno.

    Art.13.-  SOCIOS HONORARIOS  'on las personas naturales o jurídicas "ue habiendoprestado servicios relevantes o e*cepcionales a la 7ederación, sean admitidaslegalmente como tales por el $irectorio %acional, por su propia iniciativa o por peticiónde por lo menos ? socios "ue justificaran por escrito el fundamento de su solicitud.$ichos ingresos debern ser conocidos en la siguiente /samblea %acional.

    Art.1.-  SOCIOS 6ITALICIOS 'on los e* presidentes de la FES, en la forma establecida enestos estatutos y regulada en el respectivo reglamento.

    Art. 15.- DERECHOS DE LOS SOCIOS ACTI6OS  La afiliación a cual"uiera de los ColegiosProvinciales, otorga al matriculado todos los derechos y obligaciones fijadas por la Leyde Ejercicio Profesional del 'ociólogo, por este (eglamento y por el Código de ;ticade la FES.

    Art.1/.-  'e pierde la afiliación por las siguientes causasa8 Por e*presa voluntad de desafiliaciónb8 Por e*pulsiónc8 Por muerte

    ESTATUTO DE LA FEDERACIÓN ECUATORIANA DE SOCIÓLOGOS. DIRECTORIO 200-2005. =

  • 8/19/2019 Estatuto Federación Ecuatoriana de Sociólogos

    4/8

    FES -II ENCUENTRO DE MACHALA, 23 DE JULIO DEL 2005-

    CAPITULO III.- DE LA ESTRUCTURA ORGANICA y FUNCIONAL

    Art. 17.5 La FES, est integrada por los siguientes organismos

    a. La /samblea %acionalb. El $irectorio %acional

    c. Los Colegios Provinciales de 'ociólogosd. El 2ribunal de 6onor 

    CA

  • 8/19/2019 Estatuto Federación Ecuatoriana de Sociólogos

    5/8

    FES -II ENCUENTRO DE MACHALA, 23 DE JULIO DEL 2005-

    la mitad mas uno de los votos e*cepto cuando se trate de reformas a los estatutos,en cuyo caso se re"uerir una mayoría de las dos terceras partes de los asistentes.

    .

    CA

  • 8/19/2019 Estatuto Federación Ecuatoriana de Sociólogos

    6/8

    FES -II ENCUENTRO DE MACHALA, 23 DE JULIO DEL 2005-

    b8 2odas las dems "ue le faculten el estatuto y el reglamento.

    Art. 30.-  DEL SECRETARIO'us deberes y atribuciones sona8 Llevar las actas de las sesiones de la /samblea %acional y del $irectorio

    %acional remitir copias de &stas !ltimas a los Colegio de 'ociólogosProvinciales

    b8 4rgani#ar y despachar la correspondencia de la FES.c8 Certificar con su firma las resoluciones y acuerdos de la 7ederación.d8 Las dems "ue le correspondan por su función

    Art. 31.- DEL TESORERO'us deberes y atribuciones sona8 Presentar el Plan Económico anual al Presidente de la FES  a fin de ser 

    aprobado por el $irectorio %acional.b8 (esponder por el control económico de la 7ederación.c8 Presentar el informe económico de la FES al $irectorio %acional, cuando &ste lo

    solicitare, yd8 Las dems "ue le correspondan por su función.

    Art. 32.- DEL SINDICOEl síndico ser designado por el $irectorio %acional y debiendo ser necesariamente /bogado o $octor en -urisprudencia en ejercicio de la profesión,'us deberes y atribuciones sona8 /sesorar al Presidente de la 7ederación, al $irectorio %acional y la /samblea en

    los asuntos jurídicos de su competencia.b8 0ntervenir jurídica y profesionalmente en los asuntos de sus funciones y en

    a"uellos de la misma naturale#a "ue sean re"ueridos por el Presidente de la

    FES.c8 0ntervenir con vo# informativa en las sesiones del $irectorio %acional.

    Art. 33.-  DE LOS 6OCALESPara ser 9ocal, se re"uiere ser socio activo, ecuatoriano de nacimiento y estar enuso de sus derechos sus deberes y atribuciones son lossiguientes

    a8 0ntegrar las comisiones para las "ue sea designado por el $irectorio.b8 (eempla#ar interinamente en su orden de elección al 9icepresidente, en

    caso de ausencia temporal o impedimento de &ste. yc8 Las dems "ue correspondan a su función como vocal del organismo y "ue

    se especifi"uen en el reglamento

    CA

  • 8/19/2019 Estatuto Federación Ecuatoriana de Sociólogos

    7/8

    FES -II ENCUENTRO DE MACHALA, 23 DE JULIO DEL 2005-

    Art. 35.-  Los 'ociólogos residentes en una misma provincia, "ue por su n!mero no pudierenorgani#ar un Colegio Provincial, podrn afiliares al de la provincia cuya capital seencuentre ms cerca al lugar de su residencia o al de la provincia donde ejer#an suactividad profesional.

    Art. 3/.-  La afiliación se la har en un sólo Colegio provincial, sin embargo se podr solicitar su cambio temporal o afiliación a otro Colegio Provincial en casos de cambio dedomicilio u otra causa justificada, sin perder sus derechos de antigedad como socioni ser borrado de los registros del anterior, salvo "ue su cambio ya sea definitivo.

    Art. 37.-  2odos los sociólogos, a fin de go#ar de los derechos de la calidad de socio comorespaldo profesional y gremial y cumplir las disposiciones de la Ley de EjercicioProfesional del 'ociólogo, deber estar afiliado necesariamente a uno de losColegios Provinciales de su domicilio, o donde ejer#a su actividad profesional.

    CA

  • 8/19/2019 Estatuto Federación Ecuatoriana de Sociólogos

    8/8

    FES -II ENCUENTRO DE MACHALA, 23 DE JULIO DEL 2005-

    CA