Upload
others
View
2
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
ESTÁNDARES DEL DERECHO INTERNACIONAL SOBRE
PROYECTILES DE IMPACTO CINÉTICO
PIETRO SFERRAZZAPROF. FACULTAD DE
DERECHO UNAB
SUMARIO
• Excesiva cantidad de víctimas
• Gravedad de las lesiones
I. La situación chilena es preocupantemente anómala
II. El uso de las escopetas antidisturbios debe cumplir los estándares internacionales de DDHH
III. El uso de escopetas antidisturbios ha infringido el Derecho internacional
¿QUÉ TIPO DE
ARMAMENTO SON
LAS ESCOPETAS
ANTIDISTURBIOS?
Arma menos letal
No pretende matar o
generar lesiones
irreversibles, sino efectos
temporales y reversibles
Dispara proyectiles
de impacto cinético
Transferencia de energía
cinética desde un arma
hacia el cuerpo de un
sujeto
I. ANOMALÍA DE LA SITUACIÓN CHILENA
CIFRAS DE VÍCTIMAS DE PROYECTILES DE IMPACTO CINÉTICO
FUENTE: INDH (18/2/2020)
Heridas
oculares
445
Heridas por
balín
190
Heridas por
perdigón
1681
ACNUDH, INDH, AI:
Puede suponerse que muchosperdigones fueron disparados desdecorta distancia y hacia la partesuperior del cuerpo
Se afectaron sujetos especialmenteprotegidos (periodistas; defensoresde derechos humanos; niñas, niños yadolescentes; personal de losservicios de salud; integrantes de laCruz Roja)
ACNUDH:
Recomendó la suspensión de uso
FUENTE:
INDH,
INFORME
ANUAL 2019
FUENTE:
INDH,
INFORME
ANNUAL 2019
¿QUÉ SUCEDE EN EL RESTO DEL MUNDO?FUENTE: HAAR ET. AL. “DEATH, INJURY AND DISABILITY FROM KINETIC IMPACT PROJECTILES IN CROWDCONTROL SETTINGS: A SYSTEMATIC
REVIEW”, BMJ OPEN, 7, 2019, 1-9
Cifras de víctimas
Lesiones por PIC con
metal
1219 (63% del total)
Incapacidades
permanentes por PIC
con metal
237 (79% de
incapacidades
permanentes)
Cifras sobre lesividad de PIC con metal
Total de lesiones 1931
Incapacidades
permamentes
300 (15,5% del total)
Lesiones oculares 261 (87% de
incapacidades
permanentes)
II. EL USO DE LAS ESCOPETAS ANTIDISTURBIOS DEBE
CUMPLIR LOS ESTÁNDARES INTERNACIONALES DE DDHH
SOBRE EL USO DE LA FUERZA
A. SISTEMA INTERAMERICANO
B. SISTEMA UNIVERSAL
A. SISTEMA INTERAMERICANO
1. Obligaciones generales
2. Principios generales sobre uso de la
fuerza
LAS OBLIGACIONES GENERALES SON APLICABLES AL USO DE LA
FUERZA
Respetar
• No se deben
violar DDHH
en el ejercicio
del uso de la
fuerza
Garantía
• Prevenir
violaciones
por uso de la
fuerza
• Investigar las
violaciones
• Procesar y
sancionar a
los
responsables
Adecuación del
ordenamiento
jurídico interno
• Estándares
interamericanos
sobre uso de la
fuerza
Reparación
integral
• Perspectiva
centrada en
las víctimas
• Restitución,
Indemnización
, satisfacción,
garantías de
no repetición,
rehabilitación
2. PRINCIPIOS GENERALES SOBRE USO DE LA FUERZA
• 1. Protocolos deben contar con marco jurídico
adecuado (legal)
• 2. Uso de fuerza debe perseguir objetivo legítimo:
protección DDHH de las personas
i. Legalidad
• Uso de fuerza solo procede frente inexistencia
de medios menos gravosos
ii. Absoluta
necesidad
• Uso diferenciado y progresivo de fuerza en
relación al grado de
cooperación/resistencia/agresióniii. Proporcionalidad
B. SISTEMA UNIVERSAL
1. Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la
ley (1979)
2. Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego
por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (1990)
3. Guía de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre Armas Menos
Letales para el cumplimiento de la Ley (2019)
GUÍA DE DERECHOS HUMANOS DE NACIONES UNIDAS SOBRE
ARMAS MENOS LETALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY (2019)
i. Principios generales sobre uso de armas menos letales
ii. Estándares específicos sobre tipos de armas
I. PRINCIPIOS GENERALES
i. Legalidad
• Normas legales o administrativas, claras y
accesibles
ii. Precaución
• Entrenamiento y capacitación
I. PRINCIPIOS GENERALES
iii. Necesidad
• Uso excesivo puede equivaler a trato cruel, inhumano y degradante
iv. Proporcionalidad
v. Accountability (rendición de cuentas)
• Investigación, Procesamiento, Sanción
• Reparación
II. ESTÁNDARES ESPECÍFICOS SOBRE PROYECTILES DE IMPACTO CINÉTICO
• Amenaza inminente de lesión de un policía u otra
persona
i. ¿Cuándo
usarlos?
• Apuntando al abdomen bajo o las piernas
• Prohibición de apuntar al torso o la cabeza
ii. ¿Cómo
usarlos?
• Capacidad de golpear a un individuo dentro de un
diámetro de 10 centímetros del punto objetivo
designado
iii. ¿Qué tan
precisos?
III. EL USO DE LAS ESCOPETAS ANTIDISTURBIOS HA
INFRINGIDO EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
¿QUÉ NORMAS INTERNAS REGULAN EL USO DE LA FUERZA?
1. Constitución Política de la
República
2. LOC de Carabineros de Chile Nº
18.691
3. Normativa administrativa
(Protocolos)
1. CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LA
REPÚBLICA
ART. 101
• Seguridad nacional
Fuerzas Armadas
• Orden público
Fuerzas de Orden y Seguridad
2. LOC DE CARABINEROS DE CHILE Nº 18.691
Función Orden público
(art. 1)
Uso de
la fuerza
A solicitud de
autoridad judicial
o administrativa
(art. 4)
3. NORMATIVA ADMINISTRATIVA (PROTOCOLOS)
1. DS 1364 Ministerio del Interior, 2018: Reglamento que
Establece disposiciones relativas al uso de la fuerza en lasintervenciones policiales para el mantenimiento del ordenpúblico
2. Circular 1832 Ministerio del Interior: Uso de laFuerza
3. Orden General 2635 de Carabineros: Protocolospara el Mantenimiento del Orden Público
3. ORDEN GENERAL 2635 DE CARABINEROS:
PROTOCOLOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO
• PIC entre otras armas
1. Estándares específicos según tipo de armas
• Lícitas
• Ilícitas
2. Clasificación de las manifestaciones
• 5 niveles según grado de resistencia o cooperación
3. Niveles de fuerza
1. ESTÁNDARES ESPECÍFICOS SOBRE ESCOPETAS ANTIDISTURBIOS
Perdigón de goma: cartucho calibre 12 mm. que mantiene como
proyectil 12 postas de goma endurecida, de material de caucho
Finalidad: tutelar la integridad de Carabineros o de otras personas
Manipulación: usuario debidamente calificado
Decisión sobre el uso: distancia, características del lugar y
presencia de sujetos especialmente protegidos
De haber lesionados: prestar asistencia al afectado y dar cuenta a
superior jerárquico
2. ¿EN QUÉ MANIFESTACIONES PUEDE USARSE LA FUERZA Y POR
ENDE LOS PIC?
Ilícitas
Violentas
• Contravención de las instrucciones
de la autoridad policial; y
• Vulneración de derechos de
terceros
Agresivas
• Daños
• Agresión a policía o personas
3. ¿EN QUÉ NIVELES DE FUERZA PUEDEN USARSE PIC?
Nivel de fuerza Nivel de reacción
Nivel 4: uso de armas no letales Agresión activa
El controlado intenta agredir al Carabinero para
resistir el control o evadirlo. La amenaza no pone en
riesgo vidas
Nivel 5: uso de armas potencialmente letales Agresión potencialmente letal
Ataque con armas o tácticas lesivas graves o
potencialmente letales
CONCLUSIONES
ESTÁNDAR INTERNACIONAL INFRACCIÓN
LEGALIDAD REGULACIÓN EN NORMA ADMINISTRATIVA, NO
LEGAL
PRECAUCIÓN 1) DESCONOCIMIENTO SOBRE ENTRENAMIENTO
2) PRESENCIA DE METAL EN PERDIGONES
NECESIDAD 1) EXCESIVA GRAVEDAD DE LESIONES
2) SE HA APUNTADO A LA PARTE ALTA DEL
CUERPO Y SE HA DISPARADO DESDE CORTA
DISTANCIA
PROPORCIONALIDAD SÓLO PUEDEN USARSE PARA EVITAR LESIONES
GRAVES O MUERTE
PRECISIÓN EFECTO INDISCRIMINADO, AFECTÁNDOSE INCLUSO
A SUJETOS PROTEGIDOS