Upload
elsaelsita22
View
1.111
Download
1
Embed Size (px)
Citation preview
ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS
DEL CENTRO ESCOLAR
ESTRUCTURA ORGÁNICA DE UN CENTRO
ORGANOS DE GOBIERNO ORGANOS DE
REPRESENTACIÓN
ORGANOS DE
COORDINACIÓN DOCENTE
UNIPERSONALES
(E.D)
COLEGIADOS
-DIRECTOR
-JEFE DE ESTUDIOS
- SECRET.
CLAUSTRO
DE
PROFES.
CONSEJO
ESCOLAR
ASOCIACIONES
PADRES
DE
ALUMNOS
ALUMNOS
-TUTORES
-EQUIPOS DE CICLO
-DEPARTAMENTOS
-COMISIÓN DE
COORDINACIÓN
PEDAGÓGICA (C.C.P.)
- EQUIPO DOCENTE
JMGB
Referencia de la LOE a órganos de gobierno y
coordinación docente
• La LOE regula en su Título V, Capítulos III y IV, los órganos colegiados
de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos, así
como la dirección de los mismos.
(Artículos 126 a 139). Concretamente:
• Consejo Escolar, composición y competencias.
• Claustro, composición y competencias.
• Se menciona a los órganos de coordinación docente que serán
regulados por las administraciones educativas.
• Se denomina al equipo directivo como órgano ejecutivo y se presta
especial atención al Director, detallando sus competencias, proceso de
selección, evaluación y reconocimiento.
JMGB
COMPONENTES
Miembros natos Miembros elegidos
Director Profesores Representante
organizaciones
empresariales
Jefe de Estudios Padres de alumnos Representante del
personal de atención ed.
complementaria
Secretario (con voz y sin
voto)
Representante PAS Persona que impulse
medidas para fomentar la
igualdad entre H y M
Representante Ayto. Alumnos (1º ESO)
CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO
JMGB
COMPETENCIAS
Aprobar y evaluar la PGA sin perjuicio de las competencias del claustro
Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados
por los candidatos
Participar en la selección del director
Decidir sobre la admisión de alumnos
Conocer la resolución de conflictos de disciplina
Analizar y valorar el funcionamiento del centro y la evolución del rendimiento
escolar
CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO
CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO
• ES EL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN DE LOS DIFERENTES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
• UN REPRESENTANTE DE LOS PADRES SERÁ DESIGNADO POR LA A.M.P.A.
• LOS ALUMNOS DE PRIMARIA ESTARÁN REPRESENTADOS CON VOZ PERO SIN VOTO EN LAS CONDICIONES QUE ESTABLEZCA EL P.E.C.
CONSEJO ESCOLAR.
REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO.
• EN DÍA Y HORA POSIBLE PARA TODOS SUS MIEMBROS
• EN CONVOCATORIAS ORDINARIAS, ORDEN DEL DÍA Y DOCUMENTACIÓN CON UNA SEMANA DE ANTELACIÓN
• EN CONV. EXTRAORDINARIAS CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE 48 H.
CONSEJO ESCOLAR.
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO.
• UNA VEZ AL TRIMESTRE, SIEMPRE
QUE LO CONVOQUE EL DIRECTOR, O
CUANDO LO SOLICITE AL MENOS UN
TERCIO DE SUS MIEMBROS.
• LA ASISTENCIA SERÁ OBLIGATORIA
PARA TODOS SUS MIEMBROS
CONSEJO ESCOLAR. COMISIONES
• COMISIÓN DE CONVIVENCIA
• COMISIÓN ECONÓMICA
• COMISIÓN DEL COMEDOR ESCOLAR
• COMISIÓN DE GRATUIDAD DE LIBROS
• COMISIÓN PERMANENTE
• TODAS LAS QUE SE ESTIMEN OPORTUNAS
CONSEJO ESCOLAR.
ELECCIÓN Y RENOVACIÓN
• PROCEDIMIENTO DURANTE EL
PRIMER TRIMESTRE DEL CURSO, POR
MITADES CADA DOS AÑOS DE CADA
UNO DE LOS SECTORES
REPRESENTADOS.
COMPOSICIÓN DEL CLAUSTRO
• SERÁ PRESIDIDO POR EL DIRECTOR
• ESTARÁ INTEGRADO POR LA
TOTALIDAD DE LOS PROFESORES
QUE INTEGRAN EL CENTRO EN ESE
MOMENTO.
JMGB
COMPETENCIAS
Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración
de los proyectos del centro y de la PGA
Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de
los proyectos
Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de
alumnos
Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados
por los candidatos y participar en la selección del mismo
Analizar y valorar el funcionamiento general del centro y la evolución del
rendimiento escolar
Conocer la resolución de conflictos disciplinarios
CLAUSTRO DE PROFESORES
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL
CLAUSTRO
• SE REUNIRÁ COMO MÍNIMO UNA VEZ AL TRIMESTRE, Y SIEMPRE QUE LO CONVOQUE EL DIRECTOR O UN TERCIO DE SUS MIEMBROS
• SERÁ PRECEPTIVA UNA SESIÓN A PRINCIPIO DE CURSO Y OTRA AL FINAL DEL MISMO.
• LA ASISTENCIA ES OBLIGATORIA PARA TODOS SUS MIEMBROS.
ÓRGANOS UNIPERSONALES
EL EQUIPO DIRECTIVO
• EL DIRECTOR.
Se ocupa de los aspectos de carácter organizativo, representativo y de gestión. – FUNCIONES:
• Toma de decisiones
• La programación y evaluación de los procesos y resultados
• La comunicación
• La coordinación intra y extraescolar
• La solución de conflictos
ÓRGANOS UNIPERSONALES
EL EQUIPO DIRECTIVO
• EL JEFE DE ESTUDIOS
Asume las competencias pedagógicas del Equipo Directivo, respondiendo a las siguientes funciones: – Función académica
– Función planificadora-temporal y de agrupamiento de alumnos
– Funciones orientadoras
– Funciones de coordinación docente
– Funciones convivenciales y disciplinarias.
ÓRGANOS UNIPERSONALES
EL EQUIPO DIRECTIVO
• El J.E. será maestro funcionario definitivo en el centro, designado por el Director, comunicado a la comisión de selección y nombrado por el/la Delegado/a Provincial.
• La duración de su mandato será la del Director.
• Podrá cesar por renuncia motivada, cese del director, traslado, excedencia, a propuesta del Director o por incumplimiento grave de sus funciones
• Podrá ser sustituido provisionalmente por el profesor que designe el Director.
ÓRGANOS UNIPERSONALES
EL EQUIPO DIRECTIVO
• EL SECRETARIO
Requiere dedicación, orden, sistematicidad y honradez personal. Los sectores en los que se desenvuelve su gestión son: – Legislación
– Documentación administrativa y académica
– Funciones de custodia y organización de recursos y medios didácticos
– Gestión económica
– Información y atención al público
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
• EQUIPOS DE CICLO
Todos los maestros que imparten docencia en él, y se encargan de organizar y desarrollar las enseñanzas propias del ciclo, bajo la supervisión del jefe de estudios. Deben elaborar las Programaciones Didácticas y mantener actualizada la metodología. Organizan todas las actividades complementarias y extraescolares. Cada ciclo estará dirigido por un Coordinador, para cada curso, que será un maestro definitivo con docencia en ese ciclo
• COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
Estará integrada por el Director, el Jefe de Estudios, los Coordinadores de Ciclo y el Orientador del Centro. Actuará de secretario el profesor de menor edad.
La Comisión de Coordinación Pedagógica y se reunirá con una periodicidad mensual. Celebrará, además, una sesión extraordinaria al comienzo de curso y otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren necesarias.
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
La Comisión de Coordinación Pedagógica deberá tener establecidas las directrices generales para la elaboración y revisión de las Programaciones Didácticas antes del comienzo de la elaboración de las mismas. Asimismo, la Comisión deberá establecer durante el mes de septiembre, y antes del inicio de las actividades lectivas, un calendario de actuaciones para la actuación con los alumnos de n.e.e.
• TUTORES
La tutoría y orientación de alumnos forma parte de la función docente. Cada grupo de alumnos tendrá un tutor designado por el Director a propuesta del Jefe de Estudios que coordinará el trabajo de todos.
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE