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Estructura y Funcionamiento Del Estado Peruano
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ESCUELA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Curso: ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL ESTADO PERUANO. Alumno: ALEJANDRO RODRÍGUEZ VÁSQUEZ
ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL ESTADO PERUANO
El gobierno peruano está conformado por tres poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial
GOBIERNO NACIONAL o Es el ejercido por el Poder Ejecutivo de acuerdo a la Constitución Política y la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo. o Competencias Exclusivas:
Diseño de Políticas nacionales y sectoriales. Defensa, Seguridad Nacional y Fuerzas Armadas Relaciones Exteriores Orden Interno Justicia Moneda Banca y Seguros Tributación y Endeudamiento Público nacional. Régimen de Comercio y Aranceles Regulación y Gestión de la marina mercante y la aviación comercial Regulación de los servicios públicos de su responsabilidad Regulación y Gestión de la Infraestructura Pública de carácter y alcance nacional.
PODER LEGISLATIVO
o El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de cámara única. o El Congreso de la República es el órgano representativo de la nación, encargado de realizar
las funciones legislativas, de control político y las demás que establece la Constitución del Estado.
o Es unicameral y consta de 130 congresistas elegidos en forma directa.
o La función legislativa. Comprende el debate y la aprobación de reformas de la Constitución, de leyes y resoluciones legislativas, así como de su interpretación, modificación y derogación, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Constitución y el Reglamento del Congreso.
o Las funciones especiales del Congreso.
Es designar al Contralor General de la República, elegir al Defensor del Pueblo, así como a los miembros del Tribunal Constitucional, al Directorio del Banco Central de Reserva y ratificar al Presidente del Banco Central de Reserva y a la Superintendencia de Banca y Seguros.
PODER EJECUTIVO
o Ejerce las funciones administrativas orientadas a cumplir y hacer cumplir las leyes; mantener
la prestación de los servicios públicos y ejercer su capacidad normativa. o El Presidente de la República es el Jefe de Estado y personifica a la nación. Al Presidente le
corresponde la conducción del Poder Ejecutivo.
ESCUELA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Curso: ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL ESTADO PERUANO. Alumno: ALEJANDRO RODRÍGUEZ VÁSQUEZ
PODER JUDICIAL
o Es la potestad de administrar justicia y se ejerce a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución.
o Está integrado por: Órganos Jurisdiccionales: Corte Suprema, Cortes Superiores, Juzgados de Paz Letrados,
Juzgados de Paz y Juzgados Especializados Mixtos. Órganos que ejercen su gobierno y administración: Presidente de la Corte Suprema, Sala
Plena de la Corte Suprema, Consejo Ejecutivo, Gerencia general y el Consejo Ejecutivo Distrital.
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
o Son entidades que desarrollan funciones especializadas del Estado. Son personas jurídicas
de derecho público, creadas por la Constitución. o Son: Tribunal de Garantías Constitucionales, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional
de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Contraloría General de la República, Banco Central de Reserva del Perú, Superintendencia de Banca y Seguros, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Universidades, Defensoría del Pueblo.
GOBIERNO REGIONAL
o Emanan de la voluntad popular. o Son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y
administrativa en asuntos de su competencia, es ejercido por el órgano ejecutivo de la región, de acuerdo con las competencias, atribuciones y funciones que le asigna la Constitución.
GOBIERNO LOCAL
o Es una entidad básica de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elemento elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización.
o Gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.