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ESTUDIO ACÚSTICO PREOPERACIONAL CONFORME A LA INSTRUCCIÓN TÉCNICA 3 DEL DECRETO 6/2012 DEL PROYECTO
DE NAVE INDUSTRIAL DE“ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS. GESTIÓN DE RESIDUOS” Local 3, Puerta 05, Zona Pescadería,
Puerto de Málaga (Málaga)
SOLICITADO POR:
PROPIEDAD: SERVMAR BALEAR, S.L. C.I.F. Nº: B07432768 DOMICILIO: Camino de San Carlos s/n. Dique del Oeste LOCALIDAD: Palma de Mallorca C.P.: 07015 ISLAS BALEARES
REALIZADO POR EL INGENIERO TECNICO INDUSTRIAL: ALVARO GONZALEZ GONZALEZ COLEGIADO Nº 4.122 DEL COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TECNICOS INDUSTRIALES DE MALAGA C/ DEL RIO, 9 1ºA 29700 VELEZ MALAGA. MALAGA TLF: 952 549 782 FAX: 951 284 511 E-MAIL: [email protected]
EXPEDIENTE A015717.01
INFORME ACÚSTICO A015817.01
AGITEC | C/ DEL RIO, 9 1ºA. 29700 VELEZ MALAGA, MALAGA | TLF: 952 549 782 – FAX: 951 284 511 E-mail: [email protected] | Web: www.agitec.es
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INDICE
DOCUMENTO Nº 1 MEMORIA Y ANEXOS
DOCUMENTO Nº 2 PLANOS
DOCUMENTO 1
MEMORIA Y ANEJOS
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ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN .............................................................................. 3
2. ESTUDIO Y ANALISIS DEL TERRITORIO AFECTADO .............................. 4
3. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDAD. HORARIO DE FUNCIONAMIENTO ........ 8
4. DESCRIPCIÓN DE LAS EDIFICACIONES E INSTALACIONES. FOCOS DE RUIDO ............................................................................................ 10
5. NORMATIVA APLICABLE SOBRE RUIDO ............................................. 12
6. EVALUACIÓN DEL ESTADO PREOPERACIONAL ................................. 18
7. PREDICCIÓN DEL ESTADO OPERACIONAL ....................................... 33
8. ANÁLISIS DEL IMPACTO ACÚSTICO .......... ¡Error! Marcador no definido.4
9. DEFINICIÓN DE MEDIDAS CORRECTORAS A IMPLANTAR .................. 41
10. PROGRAMACION DE MEDICIONES ACÚSTICAS ............................... 45
11. CONCLUSIONES ............................................................................. 46
ANEXO .................................................................................................. 47
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1. INTRODUCCIÓN
Se realiza el presente estudio acústico tras la solicitud por parte de la propiedad, la sociedad SERVMAR BALEAR, S.L. para la tramitación del expediente de autorización ambiental unificada de unas instalaciones para la gestión de residuos en el Puerto de Málaga.
Este documento se ha realizado siguiendo los contenidos básicos fijados en la Instrucción Técnica 3 del Decreto 6/2012 para la elaboración de estudios acústicos preoperacionales.
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2. ESTUDIO Y ANALISIS DEL TERRITORIO AFECTADO
Los terrenos objeto del presente Estudio Acústico se localizan en su totalidad dentro del término municipal de Málaga, que se sitúa en el sureste de la provincia de Málaga.
Figura 1. Plano de situación del Término Municipal de Málaga
Málaga es una ciudad y un municipio de España, capital de la provincia homónima y ubicada en la comunidad autónoma de Andalucía. Con una población de más de medio millón de habitantes en 2016, Málaga es la sexta ciudad más poblada de España, la segunda de Andalucía y la número cuarenta y seis de la Unión Europea, así como la mayor de entre las que no son capitales autonómicas. Además, es la zona urbana más densamente poblada de la conurbación formada por el conjunto de localidades que se sitúan a lo largo de 160 km de la Costa del Sol1 y el centro de un área metropolitana, que sobrepasa sus límites municipales, abarcando otros 12 municipios que suman casi 1 millón de habitantes censados. Se estima, no obstante, que Málaga es la quinta área metropolitana de España, donde viven más de 1 millón de personas. Está situada en el extremo oeste del mar Mediterráneo y en el sur de la península ibérica, a unos 100 km al este del estrecho de Gibraltar. Su término
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municipal ocupa una extensión de 398,25 km² que se extienden sobre los Montes de Málaga y el Valle del Guadalhorce. La ciudad está situada en el centro de una bahía rodeada de sistemas montañosos. Dos ríos, el Guadalmedina y el Guadalhorce, la atraviesan desembocando en el Mediterráneo. Fundada por los fenicios en el siglo VIII a. C., lo que la convierte en una de las ciudades más antiguas de Europa, Málaga fue un municipio primero federado y luego de derecho latino del Imperio romano, y una próspera medina andalusí cuatro veces capital de su propio reino, que fue incorporada a la Corona de Castilla en 1487. Durante el siglo XIX la ciudad experimentó una destacable actividad industrial y revolucionaria que la situó como primera ciudad industrial de España y la hicieron merecedora de los títulos «Siempre denodada» y «La primera en el peligro de la libertad», el escenario de uno de los episodios más sangrientos de la Guerra Civil Española y protagonista de la explosión del boom turístico de las décadas de 1960 y 1970, Málaga constituye en la actualidad un notable centro económico y cultural, y un importante nodo de comunicaciones en el litoral mediterráneo. El Puerto de Málaga es un puerto marítimo español que se encuentra en la Bahía de la ciudad, en el sur de la Península Ibérica, en el Mediterráneo occidental.
Gestionado por la Autoridad Portuaria de Málaga, es un puerto comercial, de pasajeros, de cruceros, deportivo y pesquero. La temperatura media anual es de 19 °C. Con precipitaciones bajas (469,2 mm de promedio anual), produciéndose principalmente entre noviembre y marzo, ambos inclusive. Los vientos reinantes son SE y SO y dominante SE, de velocidad poco elevada en general. La presión media anual es de 760,6 mm.
Desde 1998 se encuentra en un profundo proceso de remodelación, enmarcado dentro del proyecto denominado Plan Especial del Puerto de Málaga. Dicho proyecto le ha permitido dar un uso ciudadano al puerto creando un profuso palmeral, una extensa superficie comercial y de restauración, albergar el museo Centro Pompidou de Málaga y una avanzada
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terminal de cruceros que han situado a Málaga como un puerto líder de España en recepción de cruceristas en el Mediterráneo.
Las instalaciones proyectadas se incluyen en una nave ubicada en el local 3, puerta 5, zona pescadería del Puerto de Málaga, que presenta otras naves similares a ambos lados, una fachada principal por la que se accede y una trasera cerrada. A continuación se indica su posición, adjuntándose un plano co mayor detalle a nivel global de su ubicación.
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En las inmediaciones hay actividades de características similares con un suelo de uso eminentemente industrial y/o comercial. La calificación del suelo es “COMUNICACIONES”.
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3. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDAD. HORARIO DE FUNCIONAMIENTO
Se trata de una instalación industrial para el almacenamiento temporal de residuos oleosos procedentes de los buques, denominados residuos MARPOL-1, así como otros tipos de residuos generados en los buques que se detallan a continuación:
Código LER Tipos de residuos peligrosos Cantidad
(Tm)
150111 Envases metálicos, incluidos los recipientes a presión vacíos, que contienen una matriz sólida y porosa peligrosa (aerosoles).
0,050
150202 Absorbentes, materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite no especificados en otra categoría), trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas.
0,100
O80111 Residuos de pintura y barniz que contiene disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas.
0,100
150110 Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas (plástico).
0,200
150110 Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas (metálico
0,200
150202 Absorbentes, materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite no especificados en otra categoría), trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas.
0,100
160603 Pilas que contienen mercurio. 0,020
160601 Baterías de plomo. 0,200
160403 Otros residuos explosivos (señales de socorro caducadas). 0,000
200121 Tubos fluorescentes y otros residuos que contiene mercurio. 0,100
O80317 Residuos de tóner de impresión que contienen sustancias peligrosas.
0,020
160604 Pilas alcalinas (excepto 160603) 0,020
200135 Equipos eléctricos y electrónicos desechados distintos de los especificados en los códigos 200121 y 200123 que contienen componentes peligrosos.
0,100
O90105 Soluciones de blanqueo y soluciones de blanqueo-fijado. 0,100
O90111 Cámaras de un solo uso con pilas o cumuladores incluidos en los códigos LER 160601, 160602 y 160603.
0,100
160504 Gases en recipientes a presión (incluidos halones) que contienen sustancias peligrosas.
0,100
170204 Vidrio, plástico y madrea que contienen sustancias peligrosas o están contaminados por ellas.
0,100
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170409 Residuos metálicos contaminados con sustancias peligrosas. 0,100
170410 Cables que contienen hidrocarburos, alquitrán de hulla y otras sustancias peligrosas.
0,500
170503 Tierra y piedras que contienen sustancias peligrosas. 1,000
180103 Residuos cuya recogida y eliminación es objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones.
0,050
200113 Disolventes 0,200
200119 Plaguicidas. 0,050
200123 Equipos desechados que contienen clorofluorocarburos. 0,100
200127 Pinturas, tintas, adhesivos y resinas que contienen sustancias peligrosas.
0,200
200129 Detergentes que contienen sustancias peligrosas. 1,000
200125 Aceites y grasas comestibles. 1,000
Código LER Tipos de residuos no peligrosos Cantidad
(Tm)
200101 Papel y cartón 0,200
200102 Vidrio 0,200
200139 Plásticos 0,100
200138 Madera 0,100
200108 Residuos biodegradables de cocina y restaurantes 0,100
200110 Ropa 0,500
200111 Tejidos 0,050
200140 Metales 0,500
200141 Residuos de deshollinado de chimeneas 2,000
• 130402 Aceites de sentina recogida en muelles
• Sandach categoría 1
El residuo MARPOL-1 es una emulsión de hidrocarburos y aceites en agua de mar, procedente generalmente de las sentinas de los barcos y otras operaciones de mantenimiento y limpieza.
El horario previsto para el desarrollo de la actividad puede ser las 24 horas en función de la demanda del servicio. Por tanto, la actividad está enmarcada dentro del horario día-tarde-noche, a efectos de la valoración de los niveles límite de emisión de ruidos.
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4. DESCRIPCIÓN DE LAS EDIFICACIONES E INSTALACIONES. FOCOS DE RUIDO
4.1. EDIFICACIONES E INSTALACIONES
La estructura portante de la nave, está compuesta por vigas IPN, totalmente
ejecutada, con techo de panel tipo sándwich de 83 mm de espesor.
Los cerramientos del establecimiento están ejecutada mediante fábrica de bloques huecos de hormigón gris estándar de 40x20x20 cm. para revestir.
La tabiquería interior destinada a oficinas, almacén y aseo se proyecta con tabique de ladrillo hueco doble, tomado con mortero de cemento de dosificación 1:3 y un espesor total de 10 cm, medido sin deducir huecos, enlucido en yeso y mortero
Todos los cerramientos medianeros verticales se encuentran sin enlucir. Los paramentos interiores de la zona oficina irán guarnecidos en yeso fino YF de 3mm de espesor en paramentos verticales y horizontales, protegido previamente todos los elementos metálicos que puedan haber quedado en contacto con el guarnecido.
En los casos en los que las paredes no estén cubiertas o tapadas con muebles o remantes ornamentales, estarán pintadas con pintura plástica lavable. El aseo está alicatado hasta el techo.
La carpintería exterior y acceso al interior de la nave desde la dependencia de la oficina será por puertas de seguridad de acero galvanizado en color a elegir, asegurando su estanqueidad con un sellado perimetral con un aislamiento mínimo de 30 dBA.
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4.2. FOCOS DE RUIDO
Las principal, por no decir única relevante, fuente sonora es la bomba del
depósito. El nivel sonoro estimado es de 72 dBA.
Detalle del montaje proyectado de la bomba
Como otros focos ruidosos, además de la actividad propia de la nave con la
carga y descarga, conversaciones del persona, etc., son el equipo de ofimática
que se tenga en la oficina (ordenador, impresora, etc.).
En total se asimilará la actividad a un tipo 1, conforme al Artículo 33 del
Decreto 6/2012, con un nivel sonoro máximo de 85 dBA.
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5. NORMATIVA APLICABLE SOBRE RUIDO
5.1. REQUISITOS LEGALES
La normativa vigente en materia de ruidos y vibraciones que afectan la presente actividad es la siguiente:
Europea: - Directiva 2002/49/CE, del Parlamento Europeo y el Consejo, de 25 de junio de 2002 sobre Evaluación y Gestión del Ruido Ambiental
Estatal:
Ley 37/2003, de ruido, de 17 de noviembre Real Decreto 1513/2005 Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre Real Decreto 1038/2012, de 06/07/2012, por el que se modifica el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
Autonómica: - Decreto 6/2012, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra
la contaminación Acústica en Andalucía. - Ley 7/2007, de Gestión Integral de la Calidad Ambiental
Municipal:
- Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de Ruido y Vibraciones del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, B.O.P nº 93 de fecha 18/05/09 (no adaptadas al Decreto 6/2012 pero si al RD 1367/2007)
De forma detallada, para el presente caso, se extractan los Artículos del Decreto 6/2012 que le son de aplicación en función del uso de la parcela según la Zonificación Acústica establecida por la ciudad de Málaga.
Artículo 7. Clasificación de las áreas de sensibilidad acústica.
A efectos de la aplicación del presente Reglamento, y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, los Ayuntamientos deberán contemplar, al menos, las áreas de sensibilidad acústica clasificadas de acuerdo con la siguiente tipología:
• Tipo a. Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial.
• Tipo b. Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial.
• Tipo c. Sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos.
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• Tipo d. Sectores del territorio con predominio de suelo de uso característico turístico o de otro uso terciario no contemplado en el tipo c.
• Tipo e. Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requieran de especial protección contra la contaminación acústica.
• Tipo f. Sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que los reclamen.
• Tipo g. Espacios naturales que requieran una especial protección contra la contaminación acústica.
Artículo 9. Objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas de sensibilidad acústica.
Tabla I. Objetivo de calidad acústica para ruidos aplicables a áreas urbanizadas existentes, en decibelios acústicos con ponderación A (dBA)
Tipo de área acústica Índices de ruido
Ld Le Ln
a Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial
65 65 55
b Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial
75 75 65
c Sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos
73 73 63
d Sectores del territorio con predominio de suelo de uso característico turístico o de otro suelo terciario no contemplado en el tipo c
70 70 65
e Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera de especial protección contra contaminación acústica
60 60 50
f Sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que los reclamen
Sin determinar
Sin determinar
Sin determinar
g Espacios naturales que requieran una especial Sin Sin Sin
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Tabla I. Objetivo de calidad acústica para ruidos aplicables a áreas urbanizadas existentes, en decibelios acústicos con ponderación A (dBA)
Tipo de área acústica Índices de ruido
Ld Le Ln
protección contra la contaminación acústica determinar determinar determinar
Artículo 10. Cumplimiento de los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas de sensibilidad acústica.
Se considerará que se respetan los objetivos de calidad acústica establecidos en el artículo 9, cuando, para cada uno de los índices de inmisión de ruido, Ld, Le, o Ln, los valores evaluados conforme a los procedimientos establecidos en la Instrucción Técnica 2, cumplan en un periodo de un año, las siguientes condiciones:
• Ningún valor supera los valores fijados en las correspondientes tablas I o II del artículo 9.
• El 97% de todos los valores diarios no superan en 3 dB los valores fijados en las correspondientes tablas I o II.
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Por último, en cuanto a los niveles de inmisión de ruido procedentes de la actividad desarrollada, en caso de superar los 70 dBA, deberán cumplir los valores recogidos en la VII del Artículo 29 del Decreto 6/2012:
Tabla VII Valores límite de inmisión de ruido aplicables a actividades y a infraestructuras portuarias de
competencia autonómica o local (en dBA)
Tipo de área acústica
Índices de ruido
Lkd Lke Lkn
a Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial 55 55 45
b Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial 65 65 55
c Sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos
63 63 53
d Sectores del territorio con predominio de suelo de uso característico turístico o de otro uso terciario no contemplado en el tipo c
60 60 50
e Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera de especial protección contra contaminación acústica
50 50 40
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Donde:
Lkd: índice de ruido continúo equivalente corregido para el período diurno (definido en los índices acústicos de la IT1)
Lke: índice de ruido corregido para el período vespertino.
Lkn: índice de ruido corregido para el período nocturno.
No se superen los valores límites establecidos en la siguiente Tabla, evaluados a 1,5 m de altura y a 1,5 m del límite de la propiedad titular del emisor acústico.
Esta última tabla será la que se aplique a la actividad de la gestión de residuos (almacenamiento temporal), debiendo cumplir los valores para el período día-tarde de 65 dBA para el período día/tarde y 55 dBA para el período noche.
Ya que no hay objetivo de calidad para los colindantes, no se tendrán en cuenta para los cálculos, sólo se evaluarán los niveles de inmisión al exterior.
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5.2. ZONIFICACIÓN ACÚSTICA
La zona objeto de estudio tiene una superficie amplia y el uso que va a tener es totalmente homogéneo. Por este motivo en su totalidad se ha considerado como Sectores del territorio con predominio de suelo industrial conforme a los criterios para seleccionar el uso del suelo, recogidos en el Real Decreto 1367/2007, ya que establece un protocolo y directrices para la delimitación de áreas acústicas que pueden ser válidos para definir una base para la determinación final del uso a considerar.
Artículo 5. Delimitación de los distintos tipos de áreas acústicas.
[...]
4. La zonificación del territorio en áreas acústicas debe mantener la compatibilidad, a efectos de calidad acústica, entre las distintas áreas acústicas y entre estas y las zonas de servidumbre acústica y reservas de sonido de origen natural, debiendo adoptarse, en su caso, las acciones necesarias para lograr tal compatibilidad.
Si concurren, o son admisibles, dos o más usos del suelo para una determinada área acústica, se clasificará ésta con arreglo al uso predominante, determinándose este por aplicación de los criterios fijados en el apartado 1, del anexo V.
[...]
5. Hasta tanto se establezca la zonificación acústica de un término municipal, las áreas acústicas vendrán delimitadas por el uso característico de la zona.
ANEXO V. Criterios para determinar la inclusión de un sector del territorio en un tipo de área acústica.
1. Asignación de áreas acústicas.
1. La asignación de un sector del territorio a uno de los tipos de área acústica previstos en el artículo 7 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, depende del uso predominante actual o previsto para el mismo en la planificación general territorial o el planeamiento urbanístico.
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6. EVALUACIÓN DEL ESTADO PREOPERACIONAL
Para la evaluación del estado preoperacional se ha efectuado un plan de medida “in situ” en las inmediaciones de la zona portuaria, con una de medida de 24 horas en un una ubicación cuyas coordenadas son 36º 42´ 31” N y 4º 25´ 43” O, en la fachada de un edificio residencial próximo al puerto, tras lo que procedimos a determinar los índices acústicos Ld, Le y Ln mediante la aplicación de métodos de cálculo establecidos en el apartado 2 del Anexo II del Real Decreto 1513/2005. Estos niveles se asimilarán a los niveles de ruido de fondo.
Vista del sonómetro empleado para los muestreos sonoros
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Los equipos de medida que se han empleado cumplen con lo recogido en el artículo 37 del Decreto 6/2012:
Artículo 37. Equipos de medidas de ruidos y vibraciones.
1. A los instrumentos de medida y calibradores utilizados para la evaluación del ruido les serán de aplicación las disposiciones establecidas en la Orden de Ministerio de Fomento, de 25 de septiembre de 2007, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a la medición de sonido audible y de los calibradores acústicos. El plazo de validez de la verificación de los instrumentos de medida será de un año. La entidad que realice dicha verificación emitirá un certificado de acreditación de la misma de acuerdo con la Orden citada.
2. En la elaboración de estudios y ensayos acústicos, y para las certificaciones a que se refiere el artículo 49, se utilizarán para la medida de ruidos sonómetros o analizadores así como calibradores de tipo 1/clase 1, regulados en las normas técnicas citadas en el apartado 3.
3. Los instrumentos de medida utilizados para todas aquellas evaluaciones de ruido o aislamiento acústico, en las que sea necesario el uso de filtros de banda de octava o 1/3 de octava, deberán cumplir lo exigido para el grado de precisión tipo 1/clase 1 en las normas UNE-EN 61260:1997 y UNE-EN 61260/A1:2002, «Filtros de octava y de bandas de una fracción de octava».
4. En la evaluación de las vibraciones por medición se deberán emplear instrumentos de medida que cumplan las exigencias establecidas en la norma UNE-EN ISO 8041:2006, «Respuesta humana a las vibraciones. Instrumentos de medida».
5. Como regla general se utilizarán:
a) Sonómetros integradores-promediadores, con análisis estadísticos y detector de impulso, para medidas de inmisión y transmisión de ruidos.
b) Sonómetros con análisis espectral para medidas en bandas de tercios de octava, para medición de aislamientos acústicos, y de inmisión y transmisión de ruidos.
Sonómetro Integrador marca Svantek modelo 959
Calibrador sonoro marca BRUEL & KJAER modelo 4231
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AGITEC | C/ DEL RIO, 9 1ºA. 29700 VELEZ MALAGA, MALAGA | TLF: 952 549 782 – FAX: 951 284 511 E-mail: [email protected] | Web: www.agitec.es
20
Los resultados obtenidos en la medición de 24 horas han sido los siguientes (período de evaluación del 23 al 24 de Mayo de 2017 en las horas que se indican en la tabla):
TARDE
HORA Nivel sonoro (dBA)
22:54:00 60,6
22:44:00 63
22:34:00 64,9
22:24:00 66,8
22:14:00 66,9
22:04:00 64
21:55:00 63,4
21:45:00 64,5
21:35:00 67,3
21:25:00 68,3
21:15:00 66,6
21:05:00 63,9
20:55:00 64
20:46:00 66,9
20:36:00 65,3
20:26:00 63,8
20:16:00 67,8
20:06:00 63,9
19:56:00 64,3
19:47:00 61,8
19:37:00 63,6
19:27:00 62,6
19:17:00 67,9
19:07:00 68,2
Le = 64,8 dBA
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21
NOCHE
HORA Nivel sonoro (dBA)
6:56:00 56
6:46:00 53,1
6:37:00 51,9
6:27:00 51,6
6:17:00 53,2
6:07:00 62,9
5:57:00 48,6
5:47:00 51,2
5:37:00 63,3
5:28:00 56,5
5:18:00 57,8
5:08:00 47
4:58:00 49,2
4:48:00 53,1
4:38:00 56,8
4:29:00 50,5
4:19:00 59,1
4:09:00 51
3:59:00 55,3
3:49:00 56,5
3:39:00 53,9
3:29:00 54,7
3:20:00 50,6
3:10:00 54,8
3:00:00 55,7
2:50:00 50,5
2:40:00 57,1
2:30:00 55,5
2:21:00 53
2:11:00 50,3
2:01:00 51,9
1:51:00 57,8
1:41:00 58,1
1:31:00 56,1
1:21:00 57,4
1:12:00 60
1:02:00 63,1
0:52:00 59,4
0:42:00 57,4
0:32:00 61,8
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22
0:22:00 62,5
0:12:00 57,9
0:03:00 59,4
23:53:00 62
23:43:00 63,3
23:33:00 57,1
23:23:00 58,7
23:13:00 58,2
23:04:00 63,6
Ln = 56,1 dBA
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23
DÍA
HORA Nivel sonoro (dBA)
18:57:00 64,7
18:47:00 66,8
18:38:00 64,8
18:28:00 63,9
18:18:00 67,9
18:08:00 63,6
17:58:00 66,5
17:48:00 64,7
17:38:00 66
17:29:00 66,9
17:19:00 67,5
17:09:00 64,7
16:59:00 68,1
16:49:00 62,6
16:39:00 63,4
16:30:00 65,3
16:18:00 65,6
16:08:00 65,2
15:58:00 62,3
15:48:00 59,6
15:38:00 63,1
15:28:00 62,7
15:19:00 66,2
15:09:00 65,8
14:59:00 63,9
14:49:00 63,4
14:39:00 62,2
14:29:00 60,9
14:19:00 68,4
14:10:00 64
14:00:00 67
13:50:00 65,5
13:40:00 62,5
13:30:00 68,4
13:20:00 67,4
13:11:00 61
13:01:00 66,2
12:51:00 71,8
12:41:00 63,4
12:31:00 67
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24
12:21:00 66,5
12:11:00 66
12:02:00 64,7
11:52:00 63,4
11:42:00 64,5
11:32:00 63
11:22:00 64
11:12:00 64,4
11:03:00 65,6
10:53:00 66,6
10:43:00 59,7
10:33:00 66,5
10:23:00 61,9
10:13:00 62,3
10:03:00 63,1
9:54:00 62,2
9:44:00 65,6
9:34:00 61,8
9:24:00 61,7
9:14:00 60,4
9:04:00 67,7
8:54:00 58
8:45:00 58,7
8:35:00 61,9
8:25:00 57,1
8:15:00 51,3
8:05:00 56,9
7:55:00 65,8
7:46:00 63,2
7:36:00 57,3
7:26:00 63
7:16:00 61,7
7:06:00 61,6
Ld = 63,9 dBA
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Como estimación de los niveles preoperacionales, también nos apoyaremos en el Mapa Estratégico de Ruidos de ciudad de Málaga, y cuyos resultados son los siguientes:
Lden
Fuente: Visor oficial del mapa de ruido de Málaga. Área de Sostenibilidad Medioambiental del Ayuntamiento de Málaga.
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26
Lday
Fuente: Visor oficial del mapa de ruido de Málaga. Área de Sostenibilidad Medioambiental del Ayuntamiento de Málaga.
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Lnight
Fuente: Visor oficial del mapa de ruido de Málaga. Área de Sostenibilidad Medioambiental del Ayuntamiento de Málaga.
A continuación se recoge la modelización del Ldia, Ltarde y Lnoche en el estado preoperacional en base a toda la información de partida de la que se ha dispuesto, incluyendo la carretera A-7, así como los otros viales en las inmediaciones que no estaban contemplados en los mapas estratégicos de ruido.
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28
Ldia
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29
Ltarde
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Lnoche
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También se han modelizado los puntos en ambas fachadas de la nave obteniendo los siguientes valores:
reception
point:
punto 1 (Fachada portón acceso)
X =
2358,01
Y =
1294,68
Z =
1,50
Variant: Variant 0
Noise prediction Rating following Lden
Day (12h) Evening (4h) Night (8h) DEN
Elemen
t
Label L r,i L r L r,i L r L r,i L r L r,i L r
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
STRa00
1
VIAL 2 36,1 36,1 36,1 36,1 25,5 25,5 36,1 37,3
STRa00
2
VIAL 1 41,3 42,5 41,3 42,5 30,7 31,8 41,3 43,7
FLQa00
2
ZONA
CONTAINERS
34,4 43,1 34,4 43,1 24,4 32,5 34,4 44,3
Day (12h) Evening (4h) Night (8h) DEN
LV Total LV Total LV Total LV Total
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
43,1 43,1 32,5 44,3
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32
reception
point:
punto 2
X =
2379,92
Y =
1277,91
Z =
1,50
Variant: Variant 0
Noise prediction Rating following Lden
Day (12h) Evening (4h) Night (8h) DEN
Elemen
t
Label L r,i L r L r,i L r L r,i L r L r,i L r
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
STRa00
1
VIAL 2 34,7 34,7 34,7 34,7 24,1 24,1 34,7 35,9
STRa00
2
VIAL 1 44,3 44,8 44,3 44,8 33,7 34,1 44,3 46,0
FLQa00
2
ZONA
CONTAINERS
49,7 50,9 49,7 50,9 39,7 40,7 49,7 52,2
Day (12h) Evening (4h) Night (8h) DEN
LV Total LV Total LV Total LV Total
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
/dB(A
)
50,9 50,9 40,7 52,2
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7. PREDICCIÓN DEL ESTADO OPERACIONAL
Como ya se ha comentado, los posibles focos emisores de ruido detectados en el ámbito de actuación son los siguientes:
o Bomba del depósito. o Actividad de los trabajadores de la nave. o Actividad en las inmediaciones de la nave ajena a la actividad. o Ruido de tráfico en las vías de la ciudad circundantes al Puerto.
Por último, para los viales de la zona el tráfico se estima en 500 vehículos al día en estado actual (conteo de campo) con un porcentaje de vehículos pesados importante, con un incremento del 10% al poner en marcha la actividad. Para la determinación de los aforos finales y los niveles sonoros se ha usado la herramienta 2.5 de la WG-AEN (versión 2 de agosto de 2007).
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8. ANÁLISIS DEL IMPACTO ACÚSTICO
A continuación vamos valorar el impacto acústico que supondrían la modificación puntual de elementos en comparación con los límites legales.
Los valores a cumplir de los objetivos de calidad y niveles de inmisión se resumen en la siguiente tabla:
AREAS DE SENSIBILIDAD ACÚSTICA
Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial
NIVEL DE INMISÓN AL EXTERIOR DE RUIDO (Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial)
Tabla VII, Artículo 29
Lkd Lke Lkn
65 65 55
A continuación se va a exponer el impacto acústico previsto del complejo deportivo, y se comparará con los parámetros del anterior resumen de los valores límite que le son de aplicación.
Este trabajo se efectuará mediante la estimación de los niveles operacionales de los índices acústicos Ld y Le (Ln no es preciso ya que la actividad es diurna) mediante la aplicación de métodos de cálculo establecidos en el apartado 2 del Anexo II del Real Decreto 1513/2005, en la situación más desfavorable, considerando los efectos indirectos asociados a la actividad como tráfico inducido, operaciones de carga y descarga, instalaciones auxiliares, etc. El software de simulación empleado es IMMI en su versión 5.3, desarrollado por Wölfel (ver características en Anexo).
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35
Ldía
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36
Ltarde
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37
Lnoche
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Se ha modelizado también el nivel sonoro en ambas fachada de la actividad, siendo los resultados son los siguientes:
reception point:
punto 1 (fachada portón)
X = 2358,01
Y = 1294,68
Z = 1,50
Variant: Variant 0 Noise prediction Rating following Lden Day (12h) Evening (4h) Night (8h) DEN Element Label L r,i L r L r,i L r L r,i L r L r,i L r /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) STRa001
VIAL 2 36,1 36,1 36,1 36,1 25,5 25,5 36,1 37,3
STRa002
VIAL 1 41,3 42,5 41,3 42,5 30,7 31,8 41,3 43,7
FLQa002
ZONA CONTAINERS
34,4 43,1 34,4 43,1 24,4 32,5 34,4 44,3
FLQa003
nave servmar 52,8 53,2 52,8 53,2 52,8 52,8 52,8 59,3
Day (12h) Evening (4h) Night (8h) DEN LV Total LV Total LV Total LV Total /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) 53,2 53,2 52,8 59,3
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39
reception point:
punto 2
X = 2379,92
Y = 1277,91
Z = 1,50
Variant: Variant 0 Noise prediction Rating following Lden Day (12h) Evening (4h) Night (8h) DEN Element Label L r,i L r L r,i L r L r,i L r L r,i L r /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) STRa001
VIAL 2 34,7 34,7 34,7 34,7 24,1 24,1 34,7 35,9
STRa002
VIAL 1 44,3 44,8 44,3 44,8 33,7 34,1 44,3 46,0
FLQa002
ZONA CONTAINERS
49,7 50,9 49,7 50,9 39,7 40,7 49,7 52,2
FLQa003
nave servmar 51,1 54,0 51,1 54,0 51,1 51,5 51,1 58,6
Day (12h) Evening (4h) Night (8h) DEN LV Total LV Total LV Total LV Total /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) /dB(A) 54,0 54,0 51,5 58,6
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Como se puede observar en las anteriores simulaciones, en las inmediaciones de la nave objeto de estudio supone un leve incremento de la emisión sonora en la zona que afecta a los niveles de inmisión de ruido al exterior pero que está por debajo de los valores límite establecidos en la Tabla VII del Artículo 29 del Decreto 6/2012.
En cuanto a la emisión de ruido al exterior por paramentos, el valor obtenido es el siguiente:
CÁLCULO DEL NIVEL DE INMISIÓN DE RUIDO AL EXTERIOR
FRECUENCIA EN Hz 125 250 500 1000 2000 4000
AISLAMIENTO FACHADA 21 30 41 53 59 68
Frecuencia en Hz 125 250 500 1000 2000 4000
Espectro NPS * 72 74 77 79 80 77 85 dBAAislamiento proyectado ** 21 30 41 53 59 68NIVEL EMISION PREVISTO 51 44 36 26 21 9 51,9179859
VALOR EMISION TOTAL: 51,9 dB LÍMITE LEGAL: 65 dBA
CUMPLE
* Nivel desglosado por bandas para un nivel global de 85 dBA (actividad Tipo 1)** Calculado con INSUL 6,0
El cálculo del aislamiento medio se ha efectuado siguiendo el método que a continuación se detalla y con los valores de aislamiento acústico de cada elemento indicado en las páginas anteriores (parte ciega y vidrio):
Se observa igualmente el cumplimiento de los valores recogidos en la Tabla VII del Artículo 29 del Decreto 6/2012.
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9. DEFINICIÓN DE MEDIDAS CORRECTORAS A IMPLANTAR
Se realizará un adecuado mantenimiento preventivo de las instalaciones para garantizar el cumplimiento de las prescripciones sobre ruidos y vibraciones establecidas en el citado Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección de la Contaminación Acústica en Andalucía.
A la Bomba del depósito se le instalarán aisladores de caucho y acero de SENOR en forma de bancada con soporte rígido, y a las uniones entre conducciones se les instalarán aisladores de caucho de doble onda.
Como ya se ha comentado, en cuanto al material de cerramiento de los módulos, serán paneles tipo sandwich de 83 mm de espesor, con un aislamiento acústico similar al siguiente:
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En el caso de uso de maquinaria, las medidas correctoras que se pueden adoptar contra la emisión de ruidos son de tres tipos:
� Reducir la emisión mediante:
- Mantenimiento regular de la maquinaria para evitar las posibles vibraciones de elementos en mal estado.
- Insonorización de los equipos y empleo de revestimientos de goma para reducir el ruido por impactos con elementos metálicos.
- Instalación de silenciadores para la maquinaria móvil
- Utilización de motores eléctricos más silenciosos que los de tipo diesel.
� Aislar la fuente de emisión mediante:
- Colocación de carcasas en motores estáticos.
� Disponer barreras entre el emisor y el receptor mediante:
- Construcción de pantallas entre la fuente emisora y el receptor para atenuar el ruido.
Por último, en cuanto al aislamiento mínimo de fachada de los cerramientos (incluyendo puertas y ventanas) de las casetas en función del uso serán los siguientes:
• Oficina o asimilable: 30 dBA.
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10. PROGRAMACION DE MEDICIONES ACÚSTICAS
Con el objetivo de comprobar que las medidas adoptadas han sido correctas y que no se superan los límites establecidos en el Decreto 6/2012, se proponen los siguientes ensayos “in situ”:
Parámetro Momento de medida Características ¿Sería
necesaria la medida?
Justificación
Nivel de Inmisión de
Ruido al Exterior
Con la actividad en normal funcionamiento
Medición del nivel de emisión al exterior en la fachada de la nave
SI Determinar efectividad medidas adoptadas.
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11. CONCLUSIONES
Como resultado del estudio acústico efectuado, se concluye que es posible el desarrollo de Gestión de Residuos Peligrosos y No Peligrosos (Almacenamiento de productos químicos), sita en local 3 puerta 05, zona de pescadería, Puerto de Málaga (Málaga), cumpliendo los valores límite de inmisión de ruido establecidos en la Tabla VII del Artículo 29 del Decreto 6/2012, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la contaminación Acústica en Andalucía, para “sectores del territorio de suelo de uso industrial”, para el período día-tarde-noche, siendo precisa la determinación de los niveles de inmisión de ruido al exterior una vez ejecutadas las instalaciones.
En Málaga, a 10 de Julio de 2017
Juan Luis Puga Sánchez Licenciado en Ciencias Ambientales Colegiado nº. 456 COAMBA
Álvaro González González Ingeniero Técnico Industrial Colegiado nº. 4122 COPITI MÁLAGA
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ANEXO REPORTAJE FOTOGRÁFICO
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Vista desde la nave y de sus inmediaciones
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CARACTERÍSTICAS SOFTWARE SIMULACIÓN IMMI 5.3
Se trata de un programa para el cálculo y presentación de niveles de exposición al ruido ambiental, así como el asesoramiento y prognosis en relación a este.
Está escrito en C/C++ y se comunica de forma óptima con otras aplicaciones WINDOWS, tales como procesadores de texto, hojas de cálculo, programas de dibujo profesional como AUTOCAD, programas GIS y bases de datos. IMMI trabaja bajo entorno WINDOWS real con un interface de usuario sencillo, lo cual no impide que sea el programa más potente del mercado.
Este software no tiene limitación en cuanto al tamaño del proyecto o estudio. El límite práctico está condicionado solamente por el hardware. Dispone de hasta 40 modelos de cálculo implementados actualmente en IMMI, de entre los que se encuentran los recomendados por Ley de Ruido 37/2003 y el Real Decreto 1513/2005 para su uso en el territorio español.
Incorpora la tecnología PCSP (Parallel Controlled Software Processing), lo cual supone la posibilidad de trabajar paralelamente en un mismo proyecto o en varios mediante una red de ordenadores conectados entre sí.
Finalmente, una vez introducidos los datos nos ofrece una presentación gráfica en mapas horizontales, verticales y en fachada, tanto 2D como 3D, en más de 30 formatos distintos.
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Vista del modelo en 3D generado así como la simulación de niveles
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CERTIFICADOS DE VERIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA EMPLEADOS
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DOCUMENTO 2
PLANOS
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INDICE PLANO Nº 1. SITUACIÓN
PLANO Nº 2. DISTRIBUCIÓN INSTALACIONES
A015717.01JULIO-17A.G.G.
1SITUACIÓN
SERVMAR BALEAR, S.L.
ESTUDIO ACÚSTICO PREOPERACIONAL CONFORME A LAINSTRUCCIÓN TÉCNICA 3 DEL DECRETO 6/2012 DEL PROYECTO DENAVE INDUSTRIAL DE "ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOSQUÍMICOS. GESTIÓN DE RESIDUOS"LOCAL 3 PUERTA 05, ZONA PESCADERÍAPUERTO DE MÁLAGA. MÁLAGA
S/EEXPEDIENTEFECHADIBUJADO ESCALA
PROMOTOR
PLANO PLANO NºC/ del Río, 9 1ºA29700 Vélez MálagaTlf: 952 549 782Fax: 951 284 511Email: [email protected]
agitecConsultoría integral de ingenieríaEl Ingeniero Técnico Industrial:Álvaro González GonzálezColegiado: 4122
SITUACIÓN
Nave colindante
Nave colindante
Vial
Oficina
ALZADO
PLANTA
Aseo
Vestuario
Almacenamiento
Vial descarga
Zona acopio residuos peligrosos
Zona acopio residuos no peligrosos
A015717.01JULIO-17A.G.G.
2DISTRIBUCIÓN INSTALACIONES
SERVMAR BALEAR, S.L.
ESTUDIO ACÚSTICO PREOPERACIONAL CONFORME A LAINSTRUCCIÓN TÉCNICA 3 DEL DECRETO 6/2012 DEL PROYECTO DENAVE INDUSTRIAL DE "ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOSQUÍMICOS. GESTIÓN DE RESIDUOS"LOCAL 3 PUERTA 05, ZONA PESCADERÍAPUERTO DE MÁLAGA. MÁLAGA
S/EEXPEDIENTEFECHADIBUJADO ESCALA
PROMOTOR
PLANO PLANO NºC/ del Río, 9 1ºA29700 Vélez MálagaTlf: 952 549 782Fax: 951 284 511Email: [email protected]
agitecConsultoría integral de ingenieríaEl Ingeniero Técnico Industrial:Álvaro González GonzálezColegiado: 4122
Vial