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REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA NIT. 832.010.436-9 1 ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE CONTRATO. REFERENCIA: SUMINISTRO DE MATERIAL MÉDICO QUIRÚRGICO PARA EL SERVICIO DE CONSULTA EXTERNA, URGENCIAS Y DEMÁS PROGRAMAS DE PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA - CUNDINAMARCA. IDENTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN: De conformidad a lo establecido en el Acuerdo No. 021 del 2003, modificado mediante el Acuerdo No. 30 del 27 de noviembre de 2012, la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, es una Entidad de primer nivel de atención y constituye una categoría especial de Entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la Secretaria de Salud Municipal e integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud y sometida al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Artículo 194, 195 y 197 de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios. En estas condiciones la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, resulta ser una Entidad prestadora del servicio público de salud, que sirve a la población que habita en el Municipio, con énfasis, en la población pobre que no se encuentra cubierta con subsidios a la demanda y a la población afiliada a las administradoras del régimen subsidiado. Atendiendo adicionalmente a la población de régimen contributivo, población afiliada a administradoras de riesgos profesionales o beneficiarias de algún tipo de seguro (SOAT, seguros estudiantiles, entre otros). Así como personas sin ningún tipo de afiliación al SGSSS y que requieran atención en salud. En este sentido, la E.S.E debe contar con los insumos necesarios que le permita desarrollar su actividad asistencial de manera eficiente para garantizar a los usuarios la calidad y atención oportuna en la prestación del servicio, de acuerdo a los estándares aceptados en procedimientos y práctica profesional. 2. OBJETO A CONTRATAR 2.1 Tipo de contrato: Suministro. 2.2 Objeto: El suministro de materiales médico quirúrgicos para los servicios de consulta externa, urgencia, y demás programa de primer nivel de atención de la E.S.E. María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca. 3. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN 3.1 Plazo: El plazo de ejecución es decir el tiempo durante, el cual, el CONTRATISTA se compromete a cumplir con el objeto será de OCHO (08) meses, contados a partir de la suscripción del respectivo contrato. 3.2 Valor estimado del contrato: Para todos los efectos téngase en cuenta que para la contratación, previamente se realizó un estimativo de los gastos históricos de las actividades y acciones realizadas en la vigencia anterior. Estimado el costo del servicio arriba descrito, la Entidad dispuso un presupuesto por la suma de: CIENTO SESENTA MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 160.000.000 M/cte.). El contrato para el suministro de materiales médico quirúrgicos para los diferentes servicios asistenciales de la Entidad, se pagará con recursos propios, respaldado por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2015000155 del 30 de enero de 2015. 3.3 Forma de pago: El costo del suministro de materiales médico quirúrgicos, se cancelaran de manera mensual, conforme al pedido realizado, la respectiva factura se cancelara treinta (30) días después de su radicación, o de conformidad a lo pactado, previo el cumplimiento de las normas legales vigentes.

ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE CONTRATO · 3.3 Forma de pago: El costo del suministro de materiales médico quirúrgicos, se cancelaran de manera mensual, conforme al pedido

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NIT. 832.010.436-9

1

ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE CONTRATO.

REFERENCIA: SUMINISTRO DE MATERIAL MÉDICO QUIRÚRGICO PARA EL SERVICIO DE CONSULTA EXTERNA, URGENCIAS Y DEMÁS PROGRAMAS DE PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA - CUNDINAMARCA. IDENTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN: De conformidad a lo establecido en el Acuerdo No. 021 del 2003, modificado mediante el Acuerdo No. 30 del 27 de noviembre de 2012, la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, es una Entidad de primer nivel de atención y constituye una categoría especial de Entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la Secretaria de Salud Municipal e integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud y sometida al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Artículo 194, 195 y 197 de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios. En estas condiciones la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, resulta ser una Entidad prestadora del servicio público de salud, que sirve a la población que habita en el Municipio, con énfasis, en la población pobre que no se encuentra cubierta con subsidios a la demanda y a la población afiliada a las administradoras del régimen subsidiado. Atendiendo adicionalmente a la población de régimen contributivo, población afiliada a administradoras de riesgos profesionales o beneficiarias de algún tipo de seguro (SOAT, seguros estudiantiles, entre otros). Así como personas sin ningún tipo de afiliación al SGSSS y que requieran atención en salud.

En este sentido, la E.S.E debe contar con los insumos necesarios que le permita desarrollar su actividad asistencial de manera eficiente para garantizar a los usuarios la calidad y atención oportuna en la prestación del servicio, de acuerdo a los estándares aceptados en procedimientos y práctica profesional. 2. OBJETO A CONTRATAR 2.1 Tipo de contrato: Suministro. 2.2 Objeto: El suministro de materiales médico quirúrgicos para los servicios de consulta externa, urgencia, y demás programa de primer nivel de atención de la E.S.E. María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca. 3. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN 3.1 Plazo: El plazo de ejecución es decir el tiempo durante, el cual, el CONTRATISTA se compromete a cumplir con el objeto será de OCHO (08) meses, contados a partir de la suscripción del respectivo contrato. 3.2 Valor estimado del contrato: Para todos los efectos téngase en cuenta que para la contratación, previamente se realizó un estimativo de los gastos históricos de las actividades y acciones realizadas en la vigencia anterior. Estimado el costo del servicio arriba descrito, la Entidad dispuso un presupuesto por la suma de: CIENTO SESENTA MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 160.000.000 M/cte.). El contrato para el suministro de materiales médico quirúrgicos para los diferentes servicios asistenciales de la Entidad, se pagará con recursos propios, respaldado por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2015000155 del 30 de enero de 2015. 3.3 Forma de pago: El costo del suministro de materiales médico quirúrgicos, se cancelaran de manera mensual, conforme al pedido realizado, la respectiva factura se cancelara treinta (30) días después de su radicación, o de conformidad a lo pactado, previo el cumplimiento de las normas legales vigentes.

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3.4 Lugar de ejecución: El objeto de lo contratado se prestara en las instalaciones de la E.S.E. MARIA AUXILIADORA ubicada en el Municipio de Mosquera, Cundinamarca, en la Calle 2 No. 3-14, Calle 1 No. 1-19 Este, zona centro. Y en el lugar que previamente disponga la entidad. 3.5 Supervisión: El supervisor del cumplimiento estricto del objeto de la contratación será el funcionario de planta que para el efecto designe el Gerente. 4. ASPECTOS TÉCNICOS La E.S.E. María Auxiliadora, como entidad prestadora de servicios de salud, requiere contar con los siguientes insumos medico quirúrgicos, así:

ITEM DESCRIPCIÓN U.MEDIDA

1 ACEITE MINERAL, GALON X 3.750 ML. GALON

2 ACIDO POLIGLICOLICO 2-0; 4-0; Y 6-0 SOBRE

3 ADAPTADOR (P.R.N.ADAPTER) UNIDAD

4 AGUA DESTILADA EN GARRAFA DE 5 gls. DESMINERALIZADA NO INY.

GARRAFA

5 AGUJA HIPODÉRMICA, CALIBRE No. 21 X 1 CAJA X 100

6 AGUJA HIPODÉRMICA, CALIBRE No. 21 X 1 ½ CAJA X 100

7 AGUJA HIPODÉRMICA, CALIBRE No. 23 X 1 CAJA X 100

8 ALGODON ABSORBENTE, ROLLO X 454

GRAMOS

9 APLICADORES DE MADERA CON ALGODON, CAJA X 1000

(EN BOLSITAS x 20 UN)

10 BAJALENGUAS EN MADERA CAJA X 500

11

BLUSA LARGA CIRUGIA, DESECHABLE, (NO ESTERIL), CONFECCIONADA EN MATERIAL S.M.S. QUIRURGICO, MANGA LARGA, PUNO RESORTADO, EN ALGODON, COLOR AZUL PASTEL

UNIDAD

12 BATA PACIENTE ADULTO, DESECHABLE, (NO ESTERIL), CONFECCIONADA EN MATERIAL BONLAM, QUIRURGICO, AZUL PASTEL, PRESENTACIÓN EMPAQUE INDIVIDUAL.

UNIDAD

13 BOLSA DE DRENAJE URINARIO "CYSTOFLO", REF: MRD 2926, TAMAÑO ADULTO, CAPACIDAD 2000 ml.

UNIDAD

14 BOLSA PARA ORINA, NIÑOS, CAJA x 50 UN.

15 EQUIPO (BURETROL) REF: ARC-7503 PARA ADMINISTRAR SOLUCIONES EN FORMA VOLUMETRICA (150 cc)

UNIDAD

16 CAMPO 0.45 X 0.45 m. DESECHABLE, (ESTERIL) QUIRURGICO, CAMPO AMBIERTO, COLOR AZUL PASTEL.

PQT X 6 UN.

17 CAMPO 0.45 X 0.45 m. DESECHABLE, (NO ESTERIL) QUIRURGICO, CAMPO CERRADO, COLOR AZUL PASTEL.

PQT X 6 UN.

18 CANULA GUEDELL Y/O MAYO, No. 0, PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

19 CANULA GUEDELL Y/O MAYO, No.1, PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

20 CANULA GUEDELL Y/O MAYO, No.2, PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

21 CANULA GUEDELL Y/O MAYO, No.3, PLASTICA, ESTERIS, DESECHABLE.

UNIDAD

22 CANULA GUEDELL Y/O MAYO, No.4, PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

23 CANULA GUEDELL Y/O MAYO No.5, PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

24 CANULA NASAL PARA OXIGENO, TAMAÑO: PEDIATRICA, LONGITUD: 210 CMS.

UNIDAD

25 CANULA NASAL PARA OXIGENO, CON ENTRADAS NASALES RECTAS, TAMAÑO: ADULTO, LOGITUD: 210 CMS.

UNIDAD

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ITEM DESCRIPCIÓN U.MEDIDA

26 CATGUT CROMADO # 2/0 CON AGUJA HR27, GASTROINTESTINAL. SIMILAR (SH) (T5) (HR26). HEBRA X 75 CM. REF: 312 SIMPLE.

UNIDAD

27 CATGUT SIMPLE # 3/0 CON AGUJA HR27, GASTROINTESTINAL. SIMILAR (SH) (T5) (HR26), HEBRA X 75 CM. REF: 311 SIMPLE.

UNIDAD

28 PROLENE 2/0 AGUJA CURVA UNIDAD

29 PROLENE 3/0 AGUJA CURVA UNIDAD

30 PROLENE 4/0 AGUJA CURVA UNIDAD

31 PROLENE 5/0 AGUJA CURVA UNIDAD

32 PROLENE 6/0 AGUJA CURVA UNIDAD

33 SEDA 2/0 AGUJA CURVA UNIDAD

34 SEDA 3/0 AGUJA CURVA UNIDAD

35 CAUCHO PARA TORNIQUETE DE 3X5 mm X MTR METRO

36 CINTA CONTROL ESTERILIZACION A VAPOR, ROLLO DE 3/4, ANCHO X 60 YARDAS LONGITUD.

ROLLO

37 ESPECULOS PARA OTOSCOPIO, EN POLIPROPILENO REF: 24400U, SET DE 4 PIEZAS (DE 2.5-3.0-4.0-5.0 mm)

SEDX 4

38 CUELLO ORTOPEDICO DURO TALLA L UNIDAD

39 CUELLO ORTOPEDICO DURO TALLA M UNIDAD

40 CUELLO ORTOPEDICO DURO TALLA S UNIDAD

41 CUELLO ORTOPE THOMAS BLANDO TALL L UNIDAD

42 CUELLO ORTOPE THOMAS BLANDO TALL M UNIDAD

43 CUELLO ORTOPE THOMAS BLANDO TALL S UNIDAD

44 DELANTAL PLASTICO DESECHABLE UNIDAD

45 ELECTRODOS PARA MONITOREO GENERAL REF: 31050522, TAMAÑO ADULTO.

PQTE X 100

46 ELECTRODO PARA MONITOREO GENERAL REF: ES40281 TAMAÑO NEONATAL.

PQTEX 30

47 EQUIPO PARA BOMBA DE INFUSION UNIDAD

48

ESPARADRAPO DE TELA TIPO HOSPITALARIO, EN TELA DE ALGODÓN CON SOPORTE EN LATEX, OXIDO DE ZINC Y LANOLINA. NO HIPOALERGICO, PRESENTACION: TUBO X 5 UNIDADES SURTIDAS ( 1 ROLLO DE 1"/2 ROLLOS DE 2"/1 ROLLO DE 3"/1 ROLLO DE 4").

TUBO

49 ESPECULO VAGINAL, DESECHABLE, TAMAÑO: S.M.L. TRANSPARENTE, LIGRE GERMENES PATOGENOS PARA LA CAVIDAD VAGINAL

UNIDAD

50

SUPERKIT PARA TOMA DE CITOLOGIA, COMPUESTO DE: ESPECULO VAGINAL DESECHABLE ESTÁNDAR, ESPATULA "AYRE" CITOCEPILLO ENDOCERVICAL Y EXOCERVICAL, LAMINA PORTA OBJETO DE VIDRIO, ESTUCHE DE LAMINA.

KIT

51 FIJADOR PARA CITOLOGIA, PELICULA TRANSPARENTE DE SECAMIENTO RAPIDO, SOLUBLE EN AGUA. PRESENTACIÓN: SPRAY DE 160 CM3.

FRASCO

52 GASA HOSPITALARIA POR 36 PULGADAS X 100 YARDAS. ROLLO

53 GORRO DESECHABLE DE 17 GRAMOS UNIDAD

54 GUANTE ESTERIL PARA CIRUGIA No. 6 ½ PAR

55 GUANTE ESTERIL PARA CIRUGIA No. 7 PAR

56 GUANTE ESTERIL PARA CIRUGIA No. 7 ½ PAR

57 GUANTE PARA EXAMEN NO ESTERIL TAMAÑO: PEQUEÑO, MEDIANO, GRANDE.

CJ X 100

58

RECOLECTOR (REPUESTO) DE ELEMENTOS PUNZOCORTANTES. CATARACTERISTICAS: COLECTOR DESECHABLE PARA USO CON EL SISTEMA "GUARDIAN" CAPACIDAD: 1.5 LITROS.

UNIDAD

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ITEM DESCRIPCIÓN U.MEDIDA

59 CUCHILLA PARA BISTURI, No. 15 CAJA X 100 UNIDAD

60 CUCHILLA PARA BISTURI, No. 22 CAJA X 100 UNIDAD

61 HUMIDIFICADORES PARA OXIGENO UNIDAD

62

JERINGA PARA TUBERCULINA 1 ml CON AGUJA DE 25 X 5/8, REF: 302579 ESPECIAL PARA VACUNACIÓN TRIPLE VIRAL (SARANPION, RUBEOLA, PAROTIDITIS) ESTERIL, DESECHABLE, TRES PARTES, LIBRE DE PIROGENOS, CON EMBOLO DE CAUCHO QUE PERMITE QUE RESBALE MAS SUAVE DENTRO DEL BARRIL Y EVITE LA FILTRACIÓN DE AIRE. CAJA X 100 UNIDADES.

UNIDAD

63 JERINGA PLASTICA DE 3 ml 21 X 1 1/2", TRES PARTES, PRESENTACIÓN: CAJA X 100.

UNIDAD

64 JERINGA PARA INSULINA DE 1 ml CON AGUJA REMOVIBLE DE 27 X 1/2, ESTERIL, DESECHABLE, TRES PARTES, CON EMBOLO DE CAUCHO, PRESENTACIÓN: CAJA X 100 UNIDADES.

UNIDAD

65 JERINGA PLASTICA DE 3 ml CON AGUJA DE UNIDAD

66

JERINGA PARA TUBERCULINA 1 ml CON AGUJA DE 26 X 3/8, ESPECIAL PARA VACUNACIÓN CONTRA BCG (TUBERCULOSIS), ESTERIL, DESECHABLE, TRES PARTES, PRESENTACIÓN: CAJA X 100 UN.

UNIDAD

67 JERINGA PLASTICA DE 10 ml CON AGUJA DE 21 X 1 1/2". UNIDAD

68 JERINGA PLASTICA DE 2 ml CON AGUJA DE 21 X 1 1/2". UNIDAD

69 JERINGA PLASTICA DE 20 ml CON AGUJA DE 21 X 1 1/2" PRESENTACIÓN: CAJA X 80

UNIDAD

70 JERINGA PLASTICA DE 3 ml CON AGUJA DE 23 X 1, REF: 302542 PRESENTACIÓN CAJA X 100

UNIDAD

71 JERINGA PLASTICA DE 5 ml CON AGUJA DE 21 X 1 1/2". UNIDAD

72

MICRONEBULIZADOR (COMPLETO), TAMAÑO ADULTO, COMPUESTO DE KIT DE NEBULIZACION CON MASCARILLA TIPO AEROSOLTERAPIA, MICRONEBULIZADOR Y MANGUER DE 201 CMS. DE LONGITUD.

UNIDAD

73

MICRONEBULIZADOR (COMPLETO) TAMAÑO: PEDIATRICO COMPUESTO DE: KIT DE NEBULIZACIÓN CON MASCARILLA TIPO AEROSOLTERAPIA, MICRONEBULIZADOR Y MANGUERA DE 210 CMS. DE LONGITUD.

UNIDAD

74 EQUIPO DE VENOCLISIS, MACROGOTEO CON AGUJA, REF: MRC-0012.

UNIDAD

75 MANILLA BRAZALETE DE IDENTIFICACION DE PACIENTE, TAMAÑO ADULTO, BROCHE BLANCO.

UNIDAD

76 MANILLA BRAZALETE DE IDENTIFICACION DE PACIENTE, PARA NIÑAS, BROCHE ROSADO.

UNIDAD

77 MASCARILLA PARA OXIGENO CON MANGUERA TAMAÑO ADULTO, EXTENSIÓN MANGUERA 200 CMS.

UNIDAD

78 MASCARILLA PARA OXIGENO CON MANGUERA, TAMAÑO: PEDIATRICO, EXTENSIÓN MAGUERA DE 200 CMS.

UNIDAD

79 MASCARILLA TIPO VENTURY, (KIT) PARA USO EN ADULTOS. UNIDAD

80 MASCARILLA TIPO VENTURY, (KIT) PARA USO PEDIATRICO. UNIDAD

81 EQUIPO DE MICROGOTEO SIN AGUJA, UNIDAD

82 ESPARADRAPO DE 1" x 10 YARDAS, COLOR PIEL, CAJA X 12 ROLLOS

ROLLO

83 NIPLE CON TUERCA, CARACTERISTICAS: FABRICADO EN P.V.C. COLOR VERDE, CON CONEXIÓN UNIVERSAL PARA ACCESORIOS DE OXIGENOTERAPIA.

UNIDAD

84 PAPEL KRAFF DE 15" ROLLO

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ITEM DESCRIPCIÓN U.MEDIDA

85 PAPEL TERMORREACTIVO, CUADRADO EN ROLLO DE 50 mm. DE ANCHO X 30 MTS.

UNIDAD

86

PAPEL TERMORREACTIVO REF: UPP-110S USO: PARA IMPRESORAS GRAFICAS DIGITALES SONY MODELO UP-D897 CARACTERISTICAS: TIPO I, NORMAL, ESPECIFICACIONES TECNICAS: MEDIDAS: 110 mm X 20mm.

UNIDAD

87 PARA ELECTROCARDIOGRAFO DE 1 CANAL Y CUADRO CODIGO 2909001

CUADRADO

88 PAPEL Z REF: 406021 PARA ELECTROCARDIOGRAFO MARCA WELCHALLYN

UNIDAD

89 PAPEL TERMORREACTIVO, REF: 25915202 PARA MONITOR FETAL, PAQUETE EN "Z" DE: 150 mm X 15 MTS.

UNIDAD

90

POLAINAS SENCILLAS, DESECHABLES, (NO ESTERIL) CONFECCIONADAS EN MATERIAL BONLAM QUIRURGICO, 40 Gr. BOTA RESORTADA COLOR AZUL, PRESENTACION PAQUETE X 10 PARES.

PAR

91 CAJAS PLASTICAS, PARA RECOLECCION DE COPROLOGICO UNIDAD

92 FRASCO PLASTICO P/RECOLECCION DE ORINA UNIDAD

93 SABANA DE 2.20 X 0.90 m. DESECHABLE (NO ESTERIL) CONFECCIONADA EN MATERIAL BONLAM QUIRURGICO, COLOR AZUL PASTEL.

UNIDAD

94 SURGISILK SEDA NEGRA TRENZADA # 2/0 CON AGUJA TS24, CUTICULAR O CIRUGIA PLASTICA SIMILAR (FS) (CE6) (DS24), HEBRA X 45 CMS. REF: 651 F.

SOBRE

95 SURGISILK SEDA NEGRA TRENZADA # 3/0 CON AGUJA TS24, CUTICULAR O CIRUGIA PLASTICA SIMILAR (FS1) (CE6) (DS24) HEBRA X 45 CM REF: 650 F.

SOBRE

96 CATETER FOLEY (SONDA) No. 10 X 3 cc. PEDIATRICA, DE DOS VIAS.

UNIDAD

97 CATETER FOLEY (SONDA) No. 20 X 5 cc. DE DOS VIAS. UNIDAD

98 CATETER FOLEY (SONDA) No. 22 X 5 cc. DE DOS VIAS. UNIDAD

99 CATETER FOLEY (SONDA) No. 12 X 5 cc. DE DOS VIAS. UNIDAD

100 CATETER FOLEY (SONDA) No. 14 X 5 cc. DE DOS VIAS. UNIDAD

101 CATETER FOLEY (SONDA) No. 16 X 5 cc. DE DOS VIAS. UNIDAD

102 CATETER FOLEY (SONDA) No. 18 X 5 cc. DE DOS VIAS. UNIDAD

103 CATETER FOLEY (SONDA) No. 8 X 3 cc. PEDIATRICA DE DOS VIAS.

UNIDAD

104 CATETER (SONDA) LEVIN NASOGASTRICA No.8 LARGO: 85 CMS, CON MARCAS 11 18 22 PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

105 CATETER (SONDA) LEVIN NASOGASTRICA No.10 LARGO: 85 CMS, CON MARCAS 11 18 22.

UNIDAD

106 CATETER (SONDA) LEVIN NASOGASTRICA No.12 LARGO: 85 CMS, CON MARCAS 11 18 22

UNIDAD

107 CATETER (SONDA) LEVIN NASOGASTRICA No.14 LARGO: 85 CMS. CON MARCAS 11 18 22

UNIDAD

108 CATETER (SONDA) LEVIN NASOGASTRICA No.16 LARGO: 85 CMS, CON MARCAS 11 18 22

UNIDAD

109 CATETER (SONDA) LEVIN NASOGASTRICA No.18 LARGO: 85 CMS. CON MARCAS 11 18 22

UNIDAD

110 CATETER (SONDA) NELATON No.6, DE 40 cms PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

111 CATETER (SONDA) NELATON No.8, DE 40 cms PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

112 CATETER (SONDA) NELATON No.10, DE 40 cms PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

113 CATETER (SONDA) NELATON No.12, DE 40 cms PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

114 CATETER (SONDA) NELATON No.14, DE 40 cms PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

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ITEM DESCRIPCIÓN U.MEDIDA

115 CATETER (SONDA) NELATON No.16, DE 40 cms PLASTICA, ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

116 CATETER (SONDA) NELATON No.18, DE 40 cms PLASTICA , ESTERIL, DESECHABLE.

UNIDAD

117 TAPABOCAS CON CAUCHO CAJA X 50 UNIDADES CAJA

118 TERMOMETRO ORAL UNIDAD

119 TERMOMETRO DIGITAL UNIDAD

120

TIRAS REACTIVAS GLUCOMETRO CONTOUR TS, REF: 1823, TIRA REACTIVA PARA EL ANALISIS DE GLUCOSA EN SANGRE CAPILAR, VENOSA, ARTERIAL Y NEONATAL CON EL MEDIDOR "CONTOUR TS" PRESENTACIÓN: FRASCO X 50 TIRAS.

CAJA

121 ESPARADRAPO DE 1" x 10 YARDAS, PLASTICO, CAJA X 12 ROLLOS.

CAJA

122 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE : 2.0 mm SIN BALON, PEDIATRICA.

UNIDAD

123 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE : 2.5 mm SIN BALON, PEDIATRICA.

UNIDAD

124 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE : 3.0 mm SIN BALON, PEDIATRICA.

UNIDAD

125 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE : 3.5 mm SIN BALON, PEDIATRICA.

UNIDAD

126 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE : 4.0 mm SIN BALON, PEDIATRICA.

UNIDAD

127 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE : 4.5 mm SIN BALON, PEDIATRICA.

UNIDAD

128 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE : 5.0 mm CON BALON, PEDIATRICA.

UNIDAD

129 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE : 5.5 mm CON BALON, PEDIATRICA.

UNIDAD

130 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE: 6.0 mm CON BALON DE BAJA PRESIÓN Y ALTO VOLUMEN.

UNIDAD

131 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE: 6.5 mm CON BALON DE BAJA PRESION Y ALTO VOLUMEN.

UNIDAD

132 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE: 7.0 mm CON BALON DE BAJA PRESIÓN Y ALTO VOLUMEN.

UNIDAD

133 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE: 7.5 mm CON BALON DE BAJA PRESIÓN Y ALTO VOLUMEN.

UNIDAD

134 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE: 8.0 mm CON BALON DE BAJA PRESION Y ALTO VOLUMEN.

UNIDAD

135 SONDA ENDOTRAQUEAL PLASTICA DE: 8.5 mm CON BALON DE BAJA PRESION Y ALTO VOLUMEN.

UNIDAD

136 VENDA DE ALGODON DE " 3 X 5 " YARDAS PARA USO EN ORTOPEDIA.

UNIDAD

137 VENDA DE ALGODON DE " 4 X 5 " YARDAS PARA USO EN ORTOPEDIA.

UNIDAD

138 VENDA DE ALGODON DE " 5 X 5 " YARDAS PARA USO EN ORTOPEDIA.

UNIDAD

139 VENDA DE ALGODON DE " 6 X 5 " YARDAS PARA USO EN ORTOPEDIA.

UNIDAD

140 VENDAS DE GASA DE 3 X 5 YARDAS, UNIDAD

141 VENDAS DE GASA DE 4 x 5 YARDAS, UNIDAD

142 VENDAS DE GASA DE 5 x 5 YARDAS, UNIDAD

143 VENDAS DE GASA DE 6 x 5 YARDAS UNIDAD

144 VENDA DE YESO DE : 3" x 5 YARDAS UNIDAD

145 VENDA DE YESO DE : 4" x 5 YARDAS UNIDAD

146 VENDA DE YESO DE : 5" x 5 YARDAS UNIDAD

147 VENDA DE YESO DE : 6" x 5 YARDAS UNIDAD

148 VENDA ELASTICA DE " 3 X 5 " YARDAS UNIDAD

149 VENDA ELASTICA DE " 4 X 5 " YARDAS UNIDAD

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ITEM DESCRIPCIÓN U.MEDIDA

150 VENDA ELASTICA DE" 5X5" YARDAS UNIDAD

151 VENDA ELASTICA DE " 6 X 5 " YARDAS UNIDAD

152 CONJUNTO PIJAMA PANTALON Y BLUSA DESECHABLE. UNIDAD

153 CATETER INTRAVENOSO No.20 X 1 1/4 JELCO UNIDAD

154 CATETER INTRAVENOSO No .16 X 1 ¼ UNIDAD

155 CATETER INTRAVENOSO No.18 X 1 ¼ UNIDAD

156 CATETER INTRAVENOSO No. 22 X 1" UNIDAD

157 CATETER INTRAVENOSO No.24 X 3/4" UNIDAD

158 INDICADOR QUIMICO A VAPOR X 240 TIRAS CAJA

159 PAPEL CREPADO DE 54 cm X 100 mts ROLLO

160 EQUIPO RADIOPACK O EQUPO BOMBA DE INFUSION OPACO UNIDAD

161 SONDA DE SUCCION No 8 AL 18 UNIDAD

162 EXTENCION DE ANESTESIA GOTAPLAST UNIDAD

163 FERULAS INMOBILIZACIÓN ESTREMIDADES

164 FERULAS NEUMATICAS (INFLABLES), PARA INMOVILIZACION DE EXTREMIDADES REF: SP7645

KIT X 6

165 MASCARA LARINGEA PEDIATRICA No. 1/ 1.5/ 2/2.5 UNIDAD

166 MASCARA LARINGEA ADULTO No 3 / 4 / 5 UNIDAD

167 MASCARA DE OXIGENO CON RESERVORIO ADULTO UNIDAD

168 MASCARA DE OXIGENO CON RESERVORIO PEDIATRICO UNIDAD

169 PLEUROVAC SISTEMA DE DRENAJE TORAXICO (TORACIL) DE UNA CAMARA.

UNIDAD

170 YELCO No.14 X 2" UNIDAD

171 TAPABOCAS DE ALTA EFICIENCIA N-95 UNIDAD

172 GUIA DE ENTUBACION PEDIATRICA UNIDAD

173 GUIA DE ENTUBACION ADULTO UNIDAD

174 INHALOCAMARA PEDIATRICA UNIDAD

175 INHALOCAMARA ADULTO UNIDAD

176 EQUIPO BOMBA NIPRO UNIDAD

177 GANCHO PARA CORDON UMBILICAL UNIDAD

Estos insumos deberán ser suministrados por la persona natural o jurídica seleccionada por la E.S.E. La ejecución de respectivo contrato deberá observar lo siguiente:

Trámite para pedidos: Con base en las necesidades del servicio y por medio de requisición u órdenes de suministro generadas por el supervisor del contrato, se indicará por escrito la relación y cantidades de productos a proveer como mínimo, mensualmente por el Contratista; para lo cual el proveedor contará con máximo 3 días hábiles para realizar la respectiva entrega en los sitios en donde le indique el supervisor del contrato, que en todo caso será en cualquiera de las sedes de la E.S.E. en el Municipio de Mosquera.

Fechas de vencimiento: La fecha de vencimiento del Material Médico Quirúrgico a suministrar no podrá ser inferior a tres (3) años, contados a partir de la fecha en que sean entregados a La E.S.E. Cuando el Material Médico Quirúrgico se produce con una vida útil inferior o igual a los tres (3) años, la fecha de vencimiento de este Material Médico Quirúrgico, al momento de la entrega, no podrá ser inferior al 75% de su vida útil.

Empaque comercial: El Material Médico Quirúrgico debe ser suministrado en la presentación comercial ofertada en la “propuesta técnica y oferta económica.”

Marcación de Material Médico Quirúrgico: El Material Médico Quirúrgico entregado a La E.S.E. deberá estar marcado con la leyenda “USO INSTITUCIONAL”, salvo que por situaciones de necesidad o urgencia, el supervisor del contrato, previo concepto de la gerencia, lo autorice por escrito. El tiempo requerido para la marcación debe ser tenido en cuenta para la programación de despachos.

Devoluciones: Por medidas sanitarias: Igualmente, el contratista, se compromete a recibir y reponer el Material Médico Quirúrgico que sea objeto de medidas sanitarias de seguridad tomadas por la E.S.E. o por las entidades de salud correspondientes, dentro de los 15 días

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siguientes a la notificación de NO CONFORMIDAD por esta causa. El proponente se obliga a recoger el Material Médico Quirúrgico objeto de esta medida de devolución por su cuenta y sin costo alguno para la E.S.E., en el punto donde fueron entregados.

Recepción Técnica: Durante la ejecución del contrato se deberá garantizar el cumplimiento sobre las especificaciones técnicas establecidas para la conservación y seguridad acorde a la naturaleza química y/o biológica del Material Médico Quirúrgico.

Aspectos Técnicos de los productos: Los productos a suministrar deben cumplir las normas y reglamentaciones que regulen la materia, vigentes a la fecha de la publicación de los pliegos y relacionadas para los materiales médico quirúrgicos a adquirir. Así como lo dispuesto en las normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan y de los requisitos exigidos en los pliego de condiciones y ofertados por el proponente.

1. El material ofertado debe cumplir como mínimo con las especificaciones técnicas

solicitadas. 2. El proponente está obligado a ofertar materiales nuevos (sin uso). 3. Los empaques de los productos ofrecidos deben ser originales de fábrica, con las

etiquetas o rótulos íntegros, perfectamente legibles y con instrucciones de uso y manejo. Es requisito para la entrega del elemento y recepción a satisfacción de todos y cada uno de los productos.

4. El tipo y la calidad del material del empaque deben ser adecuados para proteger el producto en las condiciones extremas de temperatura y humedad, así como durante el transporte, almacenamiento y uso del producto. Es requisito para la entrega del elemento y recepción a satisfacción de todos y cada uno de los productos.

5. Los empaques de los productos ofrecidos deben ser originales de fábrica, con las etiquetas o rótulos íntegros, perfectamente legibles.

6. La fecha de vencimiento del Material Médico Quirúrgico a suministrar no podrá ser inferior a tres (3) años, contados a partir de la fecha en que sean entregados a La E.S.E.

7. El Material Médico Quirúrgico entregado a La E.S.E. deberá estar marcado con la leyenda “USO INSTITUCIONAL”.

5. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA En desarrollo del objeto contractual, el contratista se obliga para con la E.S.E. María Auxiliadora, a cumplir con las siguientes obligaciones:

Cumplir con el objeto del contrato dentro de los plazos establecidos y en la propuesta presentada por EL CONTRATISTA.

Realizar el suministro con la debida diligencia y cuidado, protegiendo siempre los intereses de LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA en todos los asuntos a él encomendados y que se puedan derivar del objeto contractual.

Responder a LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA por cualquier daño y/o perjuicio que se pueda presentar en desarrollo del objeto contratado

Cuidar y dar buen uso de los elementos que sean asignados para el desarrollo de las actividades, manteniendo orden y aseo al sitio donde se ubique e informar cualquier anomalía.

Resolver todas las consultas que LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA formule acerca del objeto contratado.

Constituir las garantías que se llegaren a exigir.

Suministrar con diligencia y calidad los informes a que haya lugar.

Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y en tratamientos.

Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte de LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA.

Cumplir con los aportes a los Sistemas Generales de Seguridad Social y aportes Parafiscales, en los términos de la Ley 789 de 2002, el Decreto 1703 de 2002 y demás normas concordantes

6. OBLIGACIONES DE LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA

Pagar en los términos establecidos en este contrato el precio convenido por la prestación de los servicios por parte del EL CONTRATISTA.

Prestar la colaboración necesaria para que los trabajos contratados se realicen en las mejores condiciones.

Ejercer la supervisión y control para que se cumplan los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato.

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Resolver las peticiones presentadas por el CONTRATISTA en los términos consagrados por la Ley.

Expedir y tramitar los certificados de cumplimiento del objeto contractual.

Pronunciarse sobre los documentos que someta EL CONTRATISTA a su consideración, de acuerdo con el contrato.

7. MODALIDAD DE SELECCIÓN Teniendo en cuenta la naturaleza y valor del objeto que se pretende contratar, se debe acudir al procedimiento de Selección Abreviada por Subasta Inversa, conforme a lo establecido en el artículo 30 del Manual Interno de Contratación, Acuerdo No. 004 de 2014. 8. EXPERIENCIA Como experiencia mínima, el proponente deberá acreditar tener inscritos en el RUP DOS (02) contratos cuyo valor sumado sea igual o superior al 150% del valor del presupuesto oficial y en donde cada uno de ellos se encuentre clasificado en por lo menos SEIS códigos UNSPSC del listado que se describe a continuación:

SEGMENTO FAMILIA CLASE

42 13 15

42 13 17

42 31 15

42 13 22

42 14 15

42 14 26

42 14 26

42 15 25

42 22 22

42 29 49

42 31 22

En el caso de consorcios y uniones temporales cualquiera de los integrantes podrá aportar la experiencia. En el caso de que los contratos hayan sido ejecutados en consorcio o uniones temporales se tomara el valor del contrato en forma porcentual de acuerdo al porcentaje de participación del proponente. 9. REQUISITOS HABILIITANTES PARA PARTICIPAR Y DOCUMENTOS PARA

ACREDITARLOS Son requisitos para participar y verificar: La capacidad jurídica, financiera y técnica mínima. Los requisitos jurídicos y financieros, no tienen puntaje, pero son verificables por los evaluadores, quienes constatarán el cumplimiento de los mismos teniendo en cuenta lo exigido por la empresa en los Pliegos de Condiciones. Si los proponentes no cumplen con estos requisitos, el ofrecimiento será rechazado 9.1 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES El proponente deberá encontrarse inscrito y clasificado en el Registro Único de Proponentes RUP. En caso de consorcios y uniones temporales este documento deberá ser aportado por cada uno de los integrantes de la figura asociativa.

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9.2 INDICADORES FINANCIEROS A VERIFICAR. LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA., evaluará la capacidad financiera y patrimonial del proponente que asegure a la entidad la ejecución sin riesgos económicos del objeto a contratar, para lo cual debe cumplir con los indicadores financieros solicitados. La información financiera será tomada directamente de los rubros y/o cuentas relacionadas en el Registro Único De Proponentes para lo cual la información allí consignada deberá estar vigente y en firme. Para que la propuesta sea admitida, se deben cumplir los siguientes indicadores: 9.2.1 Índice de Liquidez Tener un Índice De Liquidez mayor o igual a 1.5 el cual se obtiene de la siguiente fórmula: Índice De Liquidez (Activo Corriente / Pasivo Corriente): > ó = a: (1.5) En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el índice de liquidez se calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así: (AC1*%P1) + (AC2*%P2) + (AC…N*%P…N) / (PC1*%P1) + (PC2*%P2) + ( PC…N*%P…N) Donde: AC1= Activo corriente integrante 1, 2…N %P1= Porcentaje de Participación Integrante 1, 2….N PC1= Pasivo corriente Integrante 1, 2…N 9.2.2 Índice de Endeudamiento Tener un Índice De Endeudamiento menor o igual al CINCUENTA por ciento (50%), el cual se obtiene de la siguiente fórmula: Índice De Endeudamiento (Pasivo Total / Activo Total) x 100: < ó = a: (50%) En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el Índice de Endeudamiento se calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así: (PT1*%P1) + (PT2*%P2) + (PT…N*%P…N) / (AT1*%P1) + (AT2*%P2) + (AT…N*%P…N) Donde: PT1= Pasivo Total integrante 1, 2….N %P1= Porcentaje de Participación Integrante 1, 2….N AT1= Activo Total Integrante 1, 2….N 9.2.3 Razón de Cobertura

Tener una Razón De Cobertura De Intereses mayor o igual a DOS ( 2 ), la cual se obtiene de la siguiente fórmula: Razón De Cobertura De Intereses (Utilidad Operacional / Gastos De Intereses): > ó = a: ( 2 ) En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, la Razón De Cobertura De Intereses se calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así: (UO1*%P1) + (UO2*%P2) + (UO…N*%P…N) / (GI1*%P1) + (GI2*%P2) + (GI…N*%P…N) Donde: UO1= Utilidad Operacional integrante 1, 2….N %P1= Porcentaje de Participación Integrante 1, 2….N GI1= Gastos De Intereses Integrante 1, 2….N Cuando el proponente no cumpla con los requisitos financieros solicitados, la propuesta será evaluada como NO HABILITADA para seguir siendo evaluada.

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9.3 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA., evaluará la capacidad organizacional del proponente la cual será tomada directamente de la información relacionada en el Registro Único De Proponentes para lo cual la información allí consignada deberá estar vigente y en firme. Para efectos de los proponentes deberán cumplir con la siguiente capacidad organizacional: 9.3.1 Rentabilidad del Patrimonio Tener una Rentabilidad Del Patrimonio mayor o igual a (10%) el cual se obtiene de la siguiente fórmula: Rentabilidad Del Patrimonio = (Utilidad Operacional / Patrimonio) X 100 > o = a: ( 10%) En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, la Rentabilidad Del Patrimonio se calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así: (UO1*%P1) + (UO2*%P2) + (UO…N*%P…N) / (PT1*%P1) + (PT2*%P2) + (PT…N*%P…N) Donde UO1 = Utilidad Operacional integrante 1, 2 …..N %P1 = Porcentaje de Participación Integrante 1, 2 ….N PT1 = Patrimonio Integrante 1, 2 ….N 9.3.2 Rentabilidad del Activo Tener una Rentabilidad Del Activo mayor o igual a (5%) el cual se obtiene de la siguiente fórmula: Rentabilidad Del Activo = (Utilidad Operacional / Activo Total) X 100 > o = a: (5 %) En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, la Rentabilidad Del Activo se calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así: (UO1*%P1) + (UO2*%P2) + (UO…N*%P…N) / (AT1*%P1) + (AT2*%P2) + (AT…N*%P…N) Donde UO1 = Utilidad Operacional integrante 1, 2 …..N %P1 = Porcentaje de Participación Integrante 1, 2 ….N AT1 = Activo Total Integrante 1, 2 ….N Cuando el proponente no cumpla con los requisitos de capacidad organizacional solicitados, la propuesta será evaluada como NO HABILITADA para seguir siendo evaluada. Para verificar la capacidad financiera y organizacional de los proponentes extranjeros, estos deben presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normativa vigente del país de origen: (i) Balance general (ii) Estado de resultados

Los anteriores documentos también deben ser presentados utilizando el Plan Único de Cuentas para Colombia (PUC).

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10. DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA:

El Proponente deberá anexar de igual forma los siguientes documentos:

R.U.T

Fotocopia de la cédula de ciudadanía del proponente persona natural, del representante legal de la persona jurídica o de cada uno de los integrantes y/o representantes de la figura asociativa.

De conformidad con lo establecido en la Ley 1238 de 2008 y la Resolución No. 464 del 13 de Noviembre de 2008 expedida por el Procurador General De La Nación, la entidad verificará la ausencia de antecedentes disciplinarios del proponente. No obstante lo anterior, el proponente puede allegar el respectivo certificado junto con su propuesta.

De conformidad con lo establecido en la Circular No. 005 del 25 de Febrero de 2008 expedida por el Contralor General De La República, según la cual: “(…) la obligación de comprobar la información contenida en el Boletín De Responsables Fiscales corresponde a la administración pública y no a los particulares…”, la entidad llevará a cabo esta verificación a fin de determinar si el proponente está o no incluido en este boletín. No obstante lo anterior, el proponente puede allegar el respectivo certificado junto con su propuesta.

De conformidad con lo establecido en el artículo 94 del Decreto - Ley 019 de 2012, la entidad verificará la ausencia de antecedentes judiciales del proponente. No obstante lo anterior, el proponente puede allegar el respectivo certificado junto con su propuesta.

11. DOCUMENTOS Y ASPECTOS TÉCNICOS.

El proponente deberá presentar dentro de su propuesta: 1. Declaración de que el material objeto de adquisición no se encuentra en etapa de experimentación. 2. Registro Sanitario y Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura: El oferente deberá anexar a su propuesta, respecto de los ítems que oferte, copia del Registro Sanitario (RS) correspondiente y del Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura. El Material Médico Quirúrgico, ofertado a LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA deberá tener vigente el Registro Sanitario durante el plazo de ejecución del contrato que se pretende celebrar. Cuando el Registro Sanitario se encuentre en trámite de renovación o modificación, se debe anexar la copia de las respectivas autorizaciones o de las solicitudes efectuadas ante el INVIMA, conforme lo establecen los artículos 17 y 18 del Decreto 677 de 1995 del Ministerio de Salud (hoy Ministerio de la Protección Social), así como la copia del Registro Sanitario vencido. No se tendrán en cuenta los documentos de solicitud de renovación que estén radicados por fuera de los términos de tiempo establecidos en el Decreto 677 de 1995. En todo caso, se deberá anexar copia de los registros sanitarios. 3. Declaración firmada por el proponente en la cual indique que los insumos y la ejecución del contrato se ajustan a las especificaciones técnicas mínimas. 12. GARANTÍA.

El CONTRATISTA constituirá a su costo y a favor de la CONTRATANTE garantía única otorgada por una Compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, en donde el beneficiario sea la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA y la cual debe contemplar los siguientes amparos:

De seriedad de la oferta: Para precaver los perjuicios que se presenten en caso de que el oferente seleccionado no se allane a la celebración del respectivo contrato. Su cuantía corresponderá al 10% del valor de la oferta o del presupuesto oficial y una duración de tres (3) meses contados a partir del cierre de la invitación.

Cumplimiento del Contrato: Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacte en el contrato. Su cuantía no será inferior al 10% del valor del contrato y su vigencia será igual a la del plazo total del contrato y seis (6) meses más.

Calidad y correcto funcionamiento de los bienes: Para precaver las eventualidades que uno o varios bienes de los contratados no reúnan las especificaciones o calidades exigidas

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para la contratación o que no sean aptos para los fines para los cuales fueron adquiridos, así como precaver también los vicios de fabricación y la calidad de los materiales o componentes. Su cuantía no será inferior al 30% del valor del contrato y su vigencia será mínimo de doce (12) meses contados a partir del recibo o aceptación final.

De responsabilidad civil extracontractual: Para asegurar el pago de los perjuicios que el contratista ocasione a terceros por razón de la ejecución del contrato. Su cuantía no será inferior al 5% del valor del contrato y en ningún caso inferior a 200 SMLMV al momento de la expedición de la póliza y su vigencia se otorgará por todo el periodo de ejecución del contrato.

13. RIEGOS

13.1 Riesgos previsibles:

Se consideran como riesgos previsibles para el cumplimiento del contrato:

El incumplimiento con el desarrollo de las actividades contratadas

El desarrollo de actividades que se alejen del marco legal vigente, o del lleno de los requisitos exigidos por la ley.

El posible cambio de condiciones para la prestación del servicio o que exijan modificación y/o suspensión parcial o total de las actividades contratadas.

Daños a terceros por parte del contratista en el desarrollo de las actividades contratadas.

Sanciones recibidas por la institución por el incumplimiento de los requisitos legales exigidos, y no gestionados dentro del plazo de ejecución del contrato.

13.2 Riesgos no previsibles: La E.S.E. no contempla como riesgo previsible el incumplimiento por causas de fuerza mayor demostrables por parte del contratista, de eventos adversos de tipo natural o humano ocurridos en la zona geográfica de ejecución del contrato.

RIESGO OBSERVACIONES PROBABILIDAD

DE OCURRENCIA

IMPACTO EFECTO ASIGNACIÓN

ECONOMICO

Son aquellos que se derivan del comportamiento del mercado, tales como la fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimiento y especulación de los mismos, entre otros.

BAJO Medio - Alto Mayor costo de los

bienes

60% el contratista y 40% la empresa, lo anterior teniendo en cuenta que los contratistas cuentan con la experiencia que les permite mitigar el riesgo

sociales o políticos

Aquellos que se derivan por cambios de las políticas gubernamentales que sean probables y previsibles, tales como cambios en la situación política, sistema de gobierno y cambio en las condiciones sociales que tengan impacto en la ejecución del contrato. También suelen presentarse por fallas en la manera en que se relacionan entre sí, el Gobierno y la población, grupos de interés o la sociedad. Por ejemplo los paros, huelgas, actos terroristas

BAJO Medio - Alto Mayor costo de los bienes y retraso de

las mismas 100% empresa

Operacionales

Son aquellos riesgos asociados a la operatividad del contrato. Entre estos encontramos: la posibilidad de que el monto de la inversión no sea el previsto para cumplir el objeto del contrato. También se presenta la extensión del plazo, cuando los contratos se realizan en tiempos distintos a los inicialmente programados por circunstancias no imputables a las partes. Adicionalmente, se presenta por la posibilidad de no obtención del objeto del contrato como consecuencia de la existencia de inadecuados procesos, procedimientos,

BAJO Medio - Alto

Retraso en la entrega , mayor

costo de la mismas y desfinanciamiento del proyecto y no

ejecución del contrato

70% el contratista y 40% la empresa lo anterior teniendo en cuenta que el contratista, es el que cuenta con mayor experiencia y conocimiento de las variables que determinan el valor de la inversión y tendrá a su cargo las actividades propias del contrato

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parámetros, sistemas de información y tecnológicos, equipos humanos o técnicos sin que los mismos sean imputables a las partes

Financiero

Este riesgo tiene dos componentes básicos: el riesgo de consecución de financiación o riesgo de liquidez, y el riesgo de las condiciones financieras. El primero se refiere a la dificultad de conseguir los recursos financieros, ya sea en el sector financiero o el mercado de capitales, para lograr el objetivo del contrato. El segundo hace referencia a los términos financieros de dichos recursos, entre estos encontramos plazos, tasas, garantías, contragarantías, refinanciaciones entre otros

MEDIO - BAJO Alto

desfinanciamiento del proyecto y no

ejecución del contrato

100% el contratista, ya que en el recae la responsabilidad de analizar si cuenta con los recursos suficientes y con la capacidad financiera que le permita ejecutar el objeto del contrato y llevarlo a un feliz termino

Regulatorio

Son los posibles cambios regulatorios o reglamentarios que siendo previsibles, afecten el equilibrio contractual. Por ejemplo, cambios en las tarifas, mercados regulados, cambios en los regímenes especiales (regalías, pensional), designación de zonas francas, planes de ordenamiento territorial, expedición de normas de carácter técnico o de calidad, entre otros.

MEDIO - BAJO Bajo Mayor costo de los bienes y retraso de

las mismas 100% la empresa

De la naturaleza

Son los eventos causados por la naturaleza sin la intervención o voluntad del hombre, que aunque pueden ser previsibles por su frecuencia o diagnóstico están fuera del control de las partes. éstos se refieren a los hechos de la naturaleza que puedan tener un impacto sobre la ejecución del contrato, por ejemplo los temblores, inundaciones, lluvias, sequias, entre otros, siempre y cuando los mismos puedan preverse

MEDIO - BAJO Medio - Alto Retraso en los

bienes y mayor costo

50% la empresa y 50% el contratista, siempre y cuando existan formas que permitan demostrar que el contratista pudo mitigar el riesgo.

14. ESTUDIO JURÍDICO:

Conforme a lo plasmado en el artículo 30 del Acuerdo No. 004 del 2014 “Manual Interno de contratación” la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA podrá contratar por modalidad de contratación por Selección Abreviada por Subasta Inversa, “Para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes por subasta inversa, sin importar la cuantía de contratación…” Requerirá de igual forma, la existencia del Certificado de Disponibilidad Presupuestal, e igualmente el contratista deberá suscribir el respectivo contrato, en señal de aceptación así como también deberá contar con el Respectivo Certificado de Registro Presupuestal. De otro lado, el numeral 6 del artículo 195 la Ley 100 de 1993, el artículo 16 del Decreto No. 1876 de 1994, LA LEY 1122 DE 2007, y demás normas vigentes establecieron el régimen jurídico aplicable a la Empresas Sociales del Estado en materia contractual donde la Entidad se debe regir por el derecho privado, pero podrá discrecionalmente utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto general de contratación de la administración pública.

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Así mismo, dentro de los contratos se podrán incluir las modalidades, condiciones y, en general, las cláusulas o estipulaciones que las partes consideren necesarias y convenientes, siempre que no sean contrarias a la constitución, la ley o el orden público. 15. CONCLUSIONES DEL ESTUDIO: En consecuencia el Subgerente de la E.S.E. María Auxiliadora, hace constar que es conveniente y oportuno realizar la contratación del suministro de material médico quirúrgico para el servicio de medicina externa, urgencias y demás programas de primer nivel de atención de la E.S.E. Mosquera, Cundinamarca, 6 de febrero de 2015. Atentamente, CARLOS ALFONSO PABON Subgerente

Reviso. Dra. Paola Peluffo Arias – Asesor Jurídico Externo