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ESTUDIO DE SEGURIDAD
Obra: REHABILITACIÓN DE
CUBIERTAS Y CONSOLIDACIÓN DE
MUROS DEL PALACIO
ALDAPEBEITIA
ELORRIO
Marzo 2013
ESTUDIO DE SEGURIDAD Pág.2
Rehabilitación de Cubiertas y Consolidación de Muros del Palacio Aldapebeitia. Elorrio
MEMORIA ............................................................................................................... 7
1. DATOS GENERALES .............................................................................................................................. 8 1.1. Denominación ............................................................................................................................. 8 1.2. Promotor ..................................................................................................................................... 8 1.3. Proyectista .................................................................................................................................. 8 1.4. Autor Estudio de Seguridad ........................................................................................................ 8
2. DESCRIPCIÓN DE OBRA ......................................................................................................................... 8 2.1. Descripción General de la Obra .................................................................................................. 8 2.2. Emplazamiento ........................................................................................................................... 9 2.3. Número de trabajadores ............................................................................................................ 9 2.4. Plazo de Ejecución ...................................................................................................................... 9 2.5. Servicios Existente, Afectados ..................................................................................................... 9 2.6. Entorno Físico ............................................................................................................................. 9 2.7. Condiciones climáticas y ambientales ...................................................................................... 10
3. JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL .............................................................................................................. 10 3.1. Justificación del Estudio de Seguridad y Salud .......................................................................... 10 3.2. Objetivos del Estudio de Seguridad .......................................................................................... 10
4. DEBERES, OBLIGACIONES Y COMPROMISOS ............................................................................................. 11 5. PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA DE ESTA OBRA ............................................................... 12 6. ORGANIZACIÓN PREVENTIVA EN LA OBRA ............................................................................................... 13
6.1. Organización de la Actividad Preventiva de los Contratistas ................................................... 13 6.2. Libro de Incidencias .................................................................................................................. 13 6.3. Libro de Visitas de Inspección de Trabjao ................................................................................. 13 6.4. Paralización de trabajos ........................................................................................................... 14 6.5. Formación en Seguridad y Salud ............................................................................................... 14 6.6. Comunicación de Apertura de Centro de Trabajo ..................................................................... 14 6.7. Libro de Subcontratación .......................................................................................................... 15 6.8. Coordinación de Actividades Empresariales ............................................................................. 16 6.9. Recursos Preventivos ................................................................................................................ 17
7. CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD .............................................................................................. 21 7.1. Agentes Físicos.......................................................................................................................... 21 7.2. Agentes Químicos ..................................................................................................................... 24 7.3. Agentes Biológicos .................................................................................................................... 30 7.4. Agentes Psicosociales ............................................................................................................... 31 7.5. Riesgos derivados de las Exigencias del Trabajo ...................................................................... 33 7.6. Almacenamiento de Productos Peligrosos................................................................................ 35 7.7. In itinere .................................................................................................................................... 39
8. PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS ........................................................................................................ 40 8.1. Análisis de los métodos de ejecución, materiales y equipos a utilizar ...................................... 40 8.2. Identificación de riesgos y evaluación de eficacia de las protecciones técnicas y medidas preventivas .......................................................................................................................................... 40
8.2.1. Método empleado en la evaluación de riesgos ................................................................................ 40 8.3. Objetivos prevencionistas ......................................................................................................... 42 8.4. Actuaciones Previas .................................................................................................................. 42 8.5. Condiciones de los accesos y vías de acceso a la obra .............................................................. 42 8.6. Conducciones enterradas.......................................................................................................... 42
Electricidad ................................................................................................................................................... 42 Gas ............................................................................................................................................................... 43 Saneamiento ................................................................................................................................................ 43
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Abastecimiento de agua ............................................................................................................................... 44 Alumbrado público ....................................................................................................................................... 44
8.7. Trabajos en presencia de líneas eléctricas aéreas .................................................................... 45 Cerramiento de Obra ................................................................................................................................... 46 Prevención de riesgos a terceros ................................................................................................................. 46 Señalización .................................................................................................................................................. 47 Recepción de Materiales (Acopios, Descarga, Movimiento, etc.) ................................................................ 47
8.8. Instalaciones provisionales de obra .......................................................................................... 49 8.9. Energías de la obra ................................................................................................................... 50
Aire comprimido........................................................................................................................................... 50 Combustibles líquidos (Gasóleo y Gasolina) ................................................................................................. 50 Electricidad ................................................................................................................................................... 51 Esfuerzo humano ......................................................................................................................................... 52
8.10. Unidades de Obra.................................................................................................................. 53 Normas Generales Preventivas de la Obra ................................................................................................... 53 Replanteo, Topografía .................................................................................................................................. 55 Instalaciones Provisionales Para el Acopio de Materiales ............................................................................ 57 Grupo Electrógeno ....................................................................................................................................... 61 Instalación Grúa Torre .................................................................................................................................. 62 Montaje, mantenimiento y Desmontaje de Andamio Tubular, Marquesina y Red Mosquitera ................. 66 Neutralización, Desvío, Sujeción y Reposición de Servicios ......................................................................... 71 Trabajos con Conducciones Subterráneas Afectadas ................................................................................... 73 Demolición, Desmontaje .............................................................................................................................. 79 Demolición de pavimento ............................................................................................................................ 84 Desmantelamiento de la Cubierta ................................................................................................................ 87 Consolidaciones - Apeos - De estructuras .................................................................................................... 89 Instalación de medios de protección colectiva ............................................................................................ 90 Instalación de medios de evacuación de escombros ................................................................................... 91 Demolición forjado - Vigas madera .............................................................................................................. 92 Demolición, Desmontaje Fachadas .............................................................................................................. 94 Movimiento de Tierras, Excavaciones, Rellenos, etc. ................................................................................... 98 Estructura de Madera ................................................................................................................................ 102 Estructura Metálica .................................................................................................................................... 107 Cubiertas Inclinadas, Lucernarios ............................................................................................................... 109 Trabajo en Fachadas ................................................................................................................................... 111 Albañilería .................................................................................................................................................. 113 Enfoscados y Enlucidos............................................................................................................................... 118 Solados ....................................................................................................................................................... 120 Carpintería de Madera ............................................................................................................................... 122 Carpintería Metálica ................................................................................................................................... 125 Montaje de Vidrio ...................................................................................................................................... 126 Pintura y Barnizado .................................................................................................................................... 129 Redes de infraestructura ............................................................................................................................ 131 Instalación Eléctrica.................................................................................................................................... 136 Instalaciones de Fontanería, Canalones, Aparatos Sanitarios, etc ............................................................. 138 Instalaciones de los Ascensores o de los Montacargas .............................................................................. 142 Mobiliario – Equipamiento (Desmontaje y Montaje) ................................................................................. 144 Alumbrado Público ..................................................................................................................................... 148 Limpieza de superficies a presión y manualmente..................................................................................... 152 Limpieza de fosa séptica ............................................................................................................................ 154
8.10.1. Servicios sanitarios y comunes de los que está dotado este centro de trabajo ......................... 156 Servicios Higiénicos .................................................................................................................................... 156 Vestuario .................................................................................................................................................... 157 Comedor ..................................................................................................................................................... 157 Botiquín ...................................................................................................................................................... 158
9. EQUIPOS TÉCNICOS .......................................................................................................................... 159
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9.1. Maquinaria de obra ................................................................................................................ 159 Retroexcavadora Mixta, Pala Cargadora, etc. ............................................................................................ 159 Camión de limpieza fosa séptica ................................................................................................................ 160 Pisones mecánicos ..................................................................................................................................... 161 Pequeñas Compactadoras – Compactadora Manual ................................................................................. 162 Mini Dumper .............................................................................................................................................. 163 Camión de Transporte ................................................................................................................................ 164 Camión Hormigonera ................................................................................................................................. 165 Hormigonera Eléctrica o Con Motor de Explosión ..................................................................................... 167 Grúa Torre .................................................................................................................................................. 168 Grúa Autopropulsada ................................................................................................................................. 170 Camión Grúa .............................................................................................................................................. 172 Maquinillo .................................................................................................................................................. 173 Plataforma elevadora ................................................................................................................................. 174 Compresor .................................................................................................................................................. 176 Máquinas Herramientas ............................................................................................................................. 177 Martillo Electroneumático ......................................................................................................................... 178 Motosierra.................................................................................................................................................. 179 Taladros ...................................................................................................................................................... 180 Sierra Eléctrica ............................................................................................................................................ 181 Sierra Radial/Amoladora/Rotaflex ............................................................................................................. 182 Pistola de Pintura ....................................................................................................................................... 183 Cortadora de Material Cerámico ................................................................................................................ 184 Cortadora de Pavimentos ........................................................................................................................... 184 Pistola Fija-Clavos ....................................................................................................................................... 185 Mesa de Sierra Circular .............................................................................................................................. 186 Vibrador ..................................................................................................................................................... 188 Soldadura ................................................................................................................................................... 189 Soldadura Oxiacetilénica y Oxicorte ........................................................................................................... 189 Soldadura por Arco Eléctrico ...................................................................................................................... 191 Herramientas Manuales ............................................................................................................................. 193 Equipos Láser de Nivelación ....................................................................................................................... 194 Cepilladoras Metálicas ............................................................................................................................... 195 Proyectadora de Yeso, Hormigón y Cemento ............................................................................................ 196 Batidor – Mezclador Eléctrico portátil ....................................................................................................... 196 Máquinas de proyectar agua y arena ......................................................................................................... 197
9.2. Medios auxiliares .................................................................................................................... 199 Contenedores ............................................................................................................................................. 199 Andamios ................................................................................................................................................... 200 Andamios Tubulares ................................................................................................................................... 204 Andamios Tubulares Con Ruedas, Torres de Acceso .................................................................................. 207 Andamios de Borriquetas ........................................................................................................................... 208 Pasarelas .................................................................................................................................................... 212 Evacuación de Escombros .......................................................................................................................... 212 Carretilla o Batea General .......................................................................................................................... 213 Puntales ...................................................................................................................................................... 214 Accesorios de Elevación ............................................................................................................................. 214
10. PREVISIONES INFORMACIONES TRABAJOS POSTERIORES .......................................................................... 216 10.1. Análisis de riesgos en la edificación .................................................................................... 216
11. PRECAUCIONES, CUIDADOS Y MANUTENCIÓN ........................................................................................ 218 11.1. Cimentaciones y contenciones ............................................................................................ 218 11.2. Estructuras .......................................................................................................................... 219 11.3. Cerramientos ....................................................................................................................... 219 11.4. Cubiertas ............................................................................................................................. 219 11.5. Particiones ........................................................................................................................... 220
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11.6. Carpintería .......................................................................................................................... 220 11.7. Defensas .............................................................................................................................. 220 11.8. Revestimientos de paramentos y techos ............................................................................. 220 11.9. Revestimientos de suelos y escaleras .................................................................................. 221 11.10. Instalaciones eléctricas, etc. ............................................................................................ 221 11.11. Instalaciones de fontanería ............................................................................................. 221 11.12. Instalaciones de evacuación ............................................................................................ 222
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES .............................................................. 223
12. CONDICIONES GENERALES ................................................................................................................. 224 13. PRINCIPIOS MÍNIMOS DE SEGURIDAD Y SALUD APLICADOS EN LA OBRA ....................................................... 224
13.1. Disposiciones mínimas generales relativas a los lugares de trabajo en la obra ................. 224 13.2. Disposiciones mínimas específicas relativas a los puestos de trabajo en la obra en el interior de los locales ..................................................................................................................................... 227 13.3. Disposiciones mínimas específicas relativas a los puestos de trabajo en la obra en el exterior de los locales ..................................................................................................................................... 228
14. PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL DE ACCESO DE PERSONAL A LA OBRA .................................................. 231 15. CONDICIONES LEGALES ..................................................................................................................... 231
15.1. Normas y reglamentos que se ven afectados y que deberán ser tenidos en cuenta durante su ejecución ....................................................................................................................................... 231 15.2. Obligaciones específicas para la obra proyectada .............................................................. 236 15.3. Estudio de seguridad y salud y estudio básico de seguridad ............................................... 238 15.4. Coordinador de seguridad y salud ....................................................................................... 239 15.5. Obligaciones en relación con la seguridad específicas para la obra proyectada relativas a contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos ................................................................. 239 15.6. Obligaciones En Materia De Seguridad Y Salud Que Deben Desarrollar Cada Una De Las Diferentes Personas Que Intervienen En El Proceso Constructivo: .................................................... 241 15.7. Requisitos respecto a la calificación profesional, formación e información preventiva, consulta y participación del personal de obra .................................................................................. 245
16. VIGILANCIA DE LA SALUD ................................................................................................................... 246 16.1.1. Accidente laboral ........................................................................................................................ 246 16.1.2. Plan de vigilancia médica ............................................................................................................ 247
17. CERTIFICACIONES ............................................................................................................................ 247 17.1. Precios contradictorios ........................................................................................................ 248
18. LIBRO INCIDENCIAS .......................................................................................................................... 248 18.1. Paralización de trabajos ...................................................................................................... 248
19. CONDICIONES TÉCNICAS ................................................................................................................... 248 19.1. Requisitos de los servicios de higiene y bienestar, locales de descanso, comedores y primeros auxilios ............................................................................................................................... 248 19.2. Requisitos de los equipos de protección individual y sus elementos complementarios ...... 250
19.2.1. Condiciones técnicas de los epis ................................................................................................ 250 19.3. Requisitos de los equipos de protección colectiva............................................................... 264
19.3.1. Condiciones técnicas de las protecciones colectivas .................................................................. 264 19.4. Requisitos de la señalización en materia de seguridad y salud, vial, etc. ........................... 266 19.5. Requisitos de utilización y mantenimiento de los útiles y herramientas portátiles ............ 267 19.6. Requisitos de utilización y mantenimiento de los medios auxiliares ................................... 268 19.7. Requisitos de utilización y mantenimiento de la maquinaria ............................................. 269 19.8. Requisitos para la correcta instalación, utilización y mantenimiento de las instalaciones provisionales ...................................................................................................................................... 270
19.8.1. Requisitos de las instalaciones eléctricas ................................................................................... 270 19.9. Requisitos de materiales y otros productos, sometidos a reglamentación específica ........ 271
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20. TRATAMIENTO DE RESIDUOS .............................................................................................................. 271 20.1.1. Normas y contenidos técnicos de tratamientos de residuos...................................................... 271 20.1.2. Normas y contenidos técnicos de tratamientos de materiales y substancias peligrosas ........... 272
21. TRABAJOS CON RIESGOS ESPECIALES .................................................................................................... 272 22. PLAN DE EMERGENCIA ..................................................................................................................... 272
22.1. Evaluación del riesgo........................................................................................................... 272 22.2. Normativa de aplicación ..................................................................................................... 274 22.3. Medios de protección .......................................................................................................... 274 22.4. Planes de actuación ............................................................................................................ 275
22.4.1. Procedimientos de salvamento .................................................................................................. 275 22.5. Actuaciones específicas ....................................................................................................... 276
22.5.1. Accidente laboral ........................................................................................................................ 281 22.5.2. Actuaciones en caso de emergencia. ......................................................................................... 282 22.5.3. Actuaciones en caso de riesgo grave .......................................................................................... 282 22.5.4. Actuaciones en caso de riesgo inminente .................................................................................. 283
22.6. Implantación ....................................................................................................................... 283 22.7. Diagramas de actuación ..................................................................................................... 283
22.7.1. Actuaciones en caso de accidente .............................................................................................. 284 22.7.2. Actuaciones en caso de emergencia .......................................................................................... 285 22.7.3. Emergencia colectiva por incendio ............................................................................................. 286
PRESUPUESTO ...................................................................................................... 287
PLANOS ................................................................................................................ 296
23. PLANOS DETALLE ............................................................................................................................ 297
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Rehabilitación de Cubiertas y Consolidación de Muros del Palacio Aldapebeitia. Elorrio
MEMORIA
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Rehabilitación de Cubiertas y Consolidación de Muros del Palacio Aldapebeitia. Elorrio
1. Datos generales
1.1. Denominación
Rehabilitación de cubiertas y consolidación de muros del Palacio Aldapebeitia. Elorrio.
1.2. Promotor
Elorrioko Udala-Ayuntamiento de Elorrio
C.I.F. P-4803900-B
1.3. Proyectista
Silvia Urrutxi Arkarazo, colegiada nº 2.379
N.I.F. 30.642.603-W
1.4. Autores Estudio de Seguridad
Iñaki Almodóvar Pérez
Ingeniero Técnico de Minas
30634499v
Jon Odriozola Castillo
Arquitecto Técnico
78909045R
2. Descripción de Obra
2.1. Descripción General de la Obra
Palacio
La imagen exterior del Palacio será mejorada con la reparación de las fisuras y grietas,
incluso en dinteles, y revoco de la parte de mampostería y eliminándose todos los elementos
degradantes como cableado, pararrayos, etc.
La cubierta mantendrá su cota original, quedando elevada en 15 cm debido al paquete de
cubierta que incluye aislamiento y estará acabada en teja cerámica curva, procediéndose a
la incorporación de aislamiento e impermeabilización adicional.
El elemento “txoritoki” será nuevamente levantado respetando el sistema de construcción
tradicional del mismo. No se realizarán chimeneas debido a que se desconoce el uso, y
consecuentemente la distribución interior final del edificio.
El entramado de madera existente se mantiene en su forma y sistema constructivo actual,
sustituyéndose y/o consolidándose con técnicas de resinas e injertos, las piezas necesarias.
Interiormente el edificio mantendrá únicamente las particiones de más antigua traza,
dejando al descubierto al máximo su estructura de madera.
Anexo
El edifico adosado al palacio denominado anexo, una vez reedificado ocupará la misma
planta solar que el original, y el número de plantas será de baja + una, con un levante
parcial de una segunda planta por su fachada principal, de modo que sirva de desembarco
del ascensor previsto en el callejón para garantizar la accesibilidad al conjunto.
Los muros serán de mampostería en la altura original, mientras que el levante de la parte
delantera se realizará con entramado de madera y vidrio.
La cubierta será a dos alturas con la evacuación de las aguas hacia el lado posterior.
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Serán ejecutados nuevos forjados interiores en previsión de un futuro.
Se incorporará un ascensor que de servicio a ambos cuerpos, y la adaptación del número de
plantas del anexo a las del Palacio para mejora de la accesibilidad.
2.2. Emplazamiento El edificio se sitúa dentro del Casco Histórico de la Villa de Elorrio, dando su fachada
principal (suroeste) a la calle Urarka.
2.3. Número de trabajadores
La estimación de mano de obra en punta de ejecución, simultáneamente, es de 10
trabajadores.
2.4. Plazo de Ejecución
El plazo de ejecución será de 6 meses, a partir del acta de replanteo.
2.5. Servicios Existente, Afectados
Palacio
El edificio dispone de acometida de agua potable, situada en la parte baja del muro del
callejón, así como de la instalación interior para este servicio, hoy en día en desuso.
Existe una red de evacuación de aguas residuales interior para todos los locales húmedos.
La evacuación de aguas pluviales se resuelve por las fachadas principal y posterior, mientras
que la de aguas residuales, atraviesan el solar en sentido noreste por el callejón hacia la
parte posterior del edificio.
El edificio carece en la actualidad de suministro eléctrico, aunque existe una acometida en la
parte izquierda de la fachada principal junto al callejón. Así mismo, existe una instalación
interior obsoleta, pues responde a los usos anteriores.
Anexo
Se dispone de acometida de agua potable, procedente de la acometida situada en la parte
baja del muro del callejón, por otro lado, tanto el cuerpo de aseos como la planta primera
disponen de instalación de fontanería.
Existe una red de evacuación de aguas residuales interior para todos los locales húmedos.
La evacuación de aguas pluviales se resuelve por cada una de las fachadas, mientras que la
de aguas residuales, atraviesa la planta en sentido noreste desde el callejón hacia la parte
posterior.
En la actualidad no se dispone de suministro eléctrico, aunque existe una acometida en la
parte izquierda de la fachada principal junto al callejón y una instalación eléctrica interior.
2.6. Entorno Físico
La parcela sobre la que se asienta, está delimitada por la calle peatonal Urarka, el espacio
público trasero (parque y aparcamiento) y el patio abierto orientado al sureste
(mínimamente urbanizado).
El edificio se sitúa de forma casi exenta, compartiendo medianera parcialmente con el nº 6
de la misma calle, denominado Aldapebeitia Txikia, también de propiedad municipal.
Dispone de accesos en planta baja desde todas las fachadas y acceso a la planta primera
desde el jardín posterior (noreste).
El edificio está relacionado directamente con los espacios libres exteriores, en sus cuatro
fachadas.
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2.7. Condiciones climáticas y ambientales
Por la duración prevista de la obra, la fecha de inicio y las condiciones climatológicas
habituales en la zona para el periodo previsto, no son de prever que las condiciones
climatológicas puedan suponer un riesgo añadido.
No obstante, hay que especificar determinadas situaciones:
Con carácter general, se suspenderán los trabajos en el exterior de la obra, cuando
las condiciones climatológicas sean adversas (Nieve, Vientos fuertes, Granizo,
Tormentas eléctricas, Lluvia, Niebla, etc.).
3. Justificación documental 3.1. Justificación del Estudio de Seguridad y Salud
Para dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el Capítulo II del RD 1627/97 en el
que se establece la obligatoriedad del Promotor durante la Fase de Proyecto a que se
elabore un Estudio de Seguridad y Salud al darse alguno de estos supuestos :
a) Que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o
superior a 75 millones de pesetas (450.759,08 €).
b) Que la duración estimada sea superior a 30 días laborales, empleándose en algún
momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.
c) Que el volumen de mano de obra estimada, entendiéndose por tal la suma de los
días de trabajo del total de los trabajadores en la obra sea superior a 500.
d) las obras de túneles, galería, conducciones subterráneas y presas.
A la vista de los valores anteriormente expuestos y dadas las características del proyecto
objeto, al no cumplir los supuestos anteriores, se deduce que el promotor queda obligado a
que se elabore un Estudio de Seguridad y Salud, el cual se desarrolla en este documento.
3.2. Objetivos del Estudio de Seguridad
De acuerdo con las prescripciones establecidas por la Ley 31/1995, de Prevención de
Riesgos Laborales, y en el RD 1627/97, sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud
en las Obras de Construcción, el objetivo de esta Memoria de este Estudio de Seguridad y
Salud es marcar las directrices básicas para que la empresa contratista mediante el Plan de
seguridad desarrollado a partir de este Estudio, pueda dar cumplimiento a sus obligaciones
en materia de prevención de riesgos laborales.
En el desarrollo de esta Memoria, se han identificado los riesgos de las diferentes
Unidades de Obra, Máquinas y Equipos, evaluando la eficacia de las protecciones
previstas a partir de los datos aportados por el Promotor y el Proyectista.
Se ha procurado que el desarrollo de este Estudio de Seguridad, esté adaptado a las
prácticas constructivas más habituales, así como a los medios técnicos y tecnologías del
momento. Si el Contratista, a la hora de elaborar el Plan de Seguridad a partir de este
documento, utiliza tecnologías novedosas, o procedimientos innovadores, deberá
adecuar técnicamente el mismo.
Este Estudio de Seguridad y Salud es el instrumento aportado por el Promotor para dar
cumplimiento al Artículo 7 del RD 171/2004, al entenderse que la "Información del
empresario titular (Promotor) queda cumplida mediante el Estudio de Seguridad y Salud,
en los términos establecidos en los artículos 5 y 6 del RD 1627/97".
Este "Estudio de Seguridad y Salud" es un capítulo más del proyecto de ejecución, por
ello deberá estar en la obra, junto con el resto de los documentos del Proyecto de
ejecución.
Este documento no sustituye al Plan de Seguridad.
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4. Deberes, obligaciones y compromisos
Según los Arts. 14 y 17, en el Capítulo III de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se
establecen los siguientes puntos:
1. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud
en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario
de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Este deber de protección
constituye, igualmente, un deber de las Administraciones Públicas respecto del personal a su
servicio. Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia
preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de
su estado de salud, en los términos previstos en la presente Ley, forman parte del derecho
de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
2. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y
la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención
de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la
protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se
recogen en los artículos correspondientes en materia de evaluación de riesgos, información,
consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia
y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una
organización y de los medios necesarios en los términos establecidos en el Capítulo IV de la
presente Ley.
El empresario desarrollará una acción permanente con el fin de perfeccionar los niveles de
protección existentes y dispondrá lo necesario para la adaptación de las medidas de
prevención señaladas en el párrafo anterior a las modificaciones que puedan experimentar
las circunstancias que incidan en la realización del trabajo.
3. El empresario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre
prevención de riesgos laborales.
4. Las obligaciones de los trabajadores establecidas en esta Ley, la atribución de funciones
en materia de protección y prevención a trabajadores o Servicios de la empresa y el recurso
al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención
complementarán las acciones del empresario, sin que por ello le eximan del cumplimiento de
su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, en su caso,
contra cualquier otra persona.
5. El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer
en modo alguno sobre los trabajadores.
Equipos de trabajo y medios de protección.
1. El empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo
sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal
efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos.
Cuando la utilización de un equipo de trabajo pueda presentar un riesgo específico para la
seguridad y la salud de los trabajadores, el empresario adoptará las medidas necesarias con
el fin de que:
a) La utilización del equipo de trabajo quede reservada a los encargados de dicha
utilización.
b) Los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación sean
realizados por los trabajadores específicamente capacitados para ello.
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2. El empresario deberá proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual
adecuados para el desempeño de sus funciones y velar por el uso efectivo de los mismos
cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios. Los equipos de
protección individual deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan
limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas,
métodos o procedimientos de organización del trabajo.
5. Principios básicos de la actividad preventiva de esta
obra
De acuerdo con los Arts. 15 y 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se establece
que:
1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto
en el capítulo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales:
a) Evitar los riesgos.
b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
c) Combatir los riesgos en su origen.
d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de
los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de
trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y
repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.
f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la
técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones
sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
2. El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores
en materia de seguridad y salud en el momento de encomendarles las tareas.
3. El empresario adoptará las medidas necesarias a fin de garantizar que solo los
trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las
zonas de riesgo grave y específico.
4. La efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias
no temerarias que pudiera cometer el trabajador. Para su adopción se tendrán en cuenta los
riesgos adicionales que pudieran implicar determinadas medidas preventivas; las cuales solo
podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos sea sustancialmente inferior a la de
los que se pretende controlar y no existan alternativas más seguras.
5. Podrán concertar operaciones de seguro que tengan como fin garantizar como ámbito de
cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa respecto de sus
trabajadores, los trabajadores autónomos respecto a ellos mismos y las sociedades
cooperativas respecto a sus socios cuya actividad consista en la prestación de su trabajo
personal.
Evaluación de los riesgos.
1. La acción preventiva en la empresa se planificará por el empresario a partir de una
evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, que se
realizará, con carácter general, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad, y en
relación con aquellos que estén expuestos a riesgos especiales.
Igual evaluación deberá hacerse con ocasión de la elección de los equipos de trabajo, de las
sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo. La
evaluación inicial tendrá en cuenta aquellas otras actuaciones que deban desarrollarse de
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conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de riesgos específicos y
actividades de especial peligrosidad. La evaluación será actualizada cuando cambien las
condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera
necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido. Cuando el
resultado de la evaluación lo hiciera necesario, el empresario realizará controles periódicos
de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de sus
servicios, para detectar situaciones potencialmente peligrosas.
2. Si los resultados de la evaluación prevista en el apartado anterior lo hicieran necesario, el
empresario realizará aquellas actividades de prevención, incluidas las relacionadas con los
métodos de trabajo y de producción, que garanticen un mayor nivel de protección de la
seguridad y la salud de los trabajadores. Estas actuaciones deberán integrarse en el
conjunto de las actividades de la empresa y en todos los niveles jerárquicos de la misma.
Las actividades de prevención deberán ser modificadas cuando se aprecie por el empresario,
como consecuencia de los controles periódicos previstos en el apartado anterior, su
inadecuación a los fines de protección requeridos.
3. Cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores o cuando, con
ocasión de la vigilancia de la salud prevista en el artículo 22, aparezcan indicios de que las
medidas de prevención resultan insuficientes, el empresario llevará a cabo una investigación
al respecto, a fin de detectar las causas de estos hechos.
6. Organización Preventiva en la obra
6.1. Organización de la Actividad Preventiva de los Contratistas
Las empresas que intervengan en la ejecución de las obras deberán indicar, además de la
modalidad preventiva elegida según la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y el
Real Decreto 39/1997, por el que por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de
Prevención, modificado por el Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, y el Real Decreto
1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de
seguridad y salud en las obras de construcción, el Recurso Preventivo en materia de
seguridad y salud en la obra, así como cuantos documentos de prevención le exija la
contrata principal durante el desarrollo de la obra.
El Artículo 13 del Real Decreto 1627/97 regula las funciones de este documento.
6.2. Libro de Incidencias Existirá con fines de control y seguimiento del plan de seguridad, que constará de hojas por
duplicado, habilitado al efecto.
El libro de incidencias será facilitado por:
El Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el plan de
seguridad y salud.
La Oficina de Supervisión de Proyectos u órgano equivalente cuando se trate de obras de
las Administraciones públicas.
El libro de incidencias, que deberá mantenerse siempre en la obra, estará en poder del
coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no
fuera necesaria la designación de coordinador, en poder de la dirección facultativa. A dicho
libro tendrán acceso la dirección facultativa de la obra, los contratistas y subcontratistas y
los trabajadores autónomos, así como las personas u órganos con responsabilidades en
materia de prevención en las empresas intervinientes en la obra, los representantes de los
trabajadores y los técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en
el trabajo de las Administraciones públicas competentes, quienes podrán hacer anotaciones
en el mismo.
6.3. Libro de Visitas de Inspección de Trabjao
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Las empresas están obligadas a tener en cada centro de trabajo y a disposición de los
funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, un Libro de Visitas, con sujeción
al modelo y requisitos que se establecen en la presente Resolución.
El Libro de Visitas deberá estar permanentemente a disposición de los Inspectores de
Trabajo y Seguridad Social y de los Subinspectores de Empleo y Seguridad Social.
Las empresas que cuenten con centros de trabajo con permanencia inferior a treinta días en
los que empleen seis o menos trabajadores no están obligadas a disponer de Libro de Visitas
propio de dichos centros, utilizándose a tales efectos el del centro en que se encuentre
domiciliada la empresa en la provincia de que se trate.
6.4. Paralización de trabajos
Sin perjuicio de lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 21 y en el artículo 44 de la Ley
de Prevención de Riesgos Laborales, cuando el Coordinador en materia de Seguridad y Salud
durante la ejecución de la obra o cualquier otra persona integrada en la Dirección Facultativa
observase incumplimiento de las medidas de Seguridad y Salud, advertirá a la Empresa
Principal (Contratista) de ello, dejando constancia de tal incumplimiento, y quedando
facultado para, en circunstancias de riesgo grave e inminente para la Seguridad y Salud de
los trabajadores, disponer la paralización de los tajos o, en su caso, de la totalidad de la
obra.
6.5. Formación en Seguridad y Salud
La formación en prevención de accidentes, será un aspecto de preferente consideración y
tratamiento, en orden a conseguir un adecuado nivel de seguridad. Es evidente que para
que el trabajador opere de forma adecuada ante situaciones de riesgo, ha de saber y será
preciso tener constancia, que sabe que existe esa situación potencial.
La formación en prevención no solo tendrá en cuenta este punto importante como objetivo,
sino que se orientara hacia el perfeccionamiento y mejora del adiestramiento personal,
considerando que es fundamental que el trabajador conozca las características de su trabajo
mediante la adecuada capacitación técnica para desarrollarla.
Los mandos, a todos los niveles, en sus contactos diarios con el personal, tendrán en cuenta
los aspectos de seguridad que deben ser manifestados e integrados en los mismos, para
lograr una mejor formación y capacitación de ese personal, dando al concepto de seguridad
integrada en el trabajo un contenido real para conseguir una prevención de riesgos más
eficaz.
Para lo cual:
Todo el personal debe recibir, al ingresar en obra, una exposición de los métodos de
trabajo y los riesgos que estos pudieran entrañar, conjuntamente con las medidas de
seguridad que deberá emplear.
Eligiendo al personal más cualificado, se impartirán cursillos de socorrismo y primeros
auxilios, de forma que todos los tajos dispongan de algún socorrista.
Antes del comienzo de nuevos trabajos específicos, se instruirá a las personas que en ellos
intervengan, sobre los riesgos que van a encontrar y el modo de evitarlos.
Se impartirán cursos de seguridad e higiene en el trabajo al personal de la obra tal y como
indica la normativa.
6.6. Comunicación de Apertura de Centro de Trabajo
En cumplimiento del Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios
de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley
32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción
y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones
mínimas de seguridad y salud en obras de construcción y la Orden TIN/1071/2010, de 27 de
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abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de
reanudación de actividades en los centros de trabajo, el contratista, antes de comenzar sus
trabajos en la obra en cuestión, comunicará en la Delegación de Trabajo la correspondiente
apertura del centro de trabajo y entregará al Coordinador de Seguridad y Salud una copia
del mismo.
6.7. Libro de Subcontratación
El contratista, con carácter previo a la subcontratación con un subcontratista o trabajador
autónomo de parte de la obra que tenga contratada, deberá obtener un Libro de
Subcontratación habilitado que se ajuste al modelo que indicado en la RESOLUCIÓN de 17
de septiembre de 2007, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se hace
público en forma bilingüe el modelo de Libro de Subcontratación regulado en el Real Decreto
1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre,
reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
El Libro de Subcontratación será habilitado por la autoridad laboral correspondiente al
territorio en que se ejecute la obra. La habilitación consistirá en la verificación de que el
Libro reúne los requisitos establecidos en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por
el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en
el Sector de la Construcción.
En el caso de que un contratista necesite la habilitación de un segundo Libro para una
misma obra de construcción, deberá presentar a la autoridad laboral el Libro anterior para
justificar el agotamiento de sus hojas o su deterioro. En los casos en que haya sido
requerida la aportación del Libro a un proceso judicial, se solicitará a la autoridad laboral la
habilitación de una copia legalizada del mismo con carácter previo a la remisión del original
al órgano jurisdiccional.
En caso de pérdida o destrucción del Libro anterior u otra circunstancia similar, tal hecho se
justificará mediante declaración escrita del empresario o de su representante legal
comprensiva de la no presentación y pruebas de que disponga, haciéndose constar dicha
circunstancia en la diligencia de habilitación; posteriormente el contratista reproducirá en el
nuevo Libro las anotaciones efectuadas en el anterior.
El contratista deberá llevar el Libro de Subcontratación en orden, al día y con arreglo a las
disposiciones contenidas en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, y en el l Decreto 1109/2007,
de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la
subcontratación en el Sector de la Construcción.
En dicho Libro el contratista deberá reflejar, por orden cronológico desde el comienzo de los
trabajos, y con anterioridad al inicio de estos, todas y cada una de las subcontrataciones
realizadas en la obra con empresas subcontratistas y trabajadores autónomos incluidos en el
ámbito de ejecución de su contrato, conteniendo todos los datos que se establecen en el
modelo incluido en se hace público en forma bilingüe el modelo de Libro de Subcontratación
regulado en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley
32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la
Construcción.
El contratista deberá conservar el Libro de Subcontratación en la obra de construcción hasta
la completa terminación del encargo recibido del promotor. Asimismo, deberá conservarlo
durante los cinco años posteriores a la finalización de su participación en la obra.
Con ocasión de cada subcontratación, el contratista deberá proceder del siguiente modo:
a) En todo caso, deberá comunicar la subcontratación anotada al coordinador de seguridad y
salud, con objeto de que éste disponga de la información y la transmita a las demás
empresas contratistas de la obra, en caso de existir, a efectos de que, entre otras
actividades de coordinación, éstas puedan dar cumplimiento a lo dispuesto n artículo 9.1 de
la Ley 32/2006, de 18 de octubre, en cuanto a la información a los representantes de los
trabajadores de las empresas de sus respectivas cadenas de subcontratación.
b) También en todo caso, deberá comunicar la subcontratación anotada a los representantes
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de los trabajadores de las diferentes empresas incluidas en el ámbito de ejecución de su
contrato que figuren identificados en el Libro de Subcontratación.
c) Cuando la anotación efectuada suponga la ampliación excepcional de la subcontratación
prevista en el artículo 5.3 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, además de lo previsto en las
dos letras anteriores, el contratista deberá ponerlo en conocimiento de la autoridad laboral
competente mediante la remisión, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a su
aprobación por la dirección facultativa, de un informe de ésta en el que se indiquen las
circunstancias de su necesidad y de una copia de la anotación efectuada en el Libro de
Subcontratación.
Al Libro de Subcontratación tendrán acceso el promotor, la dirección facultativa, el
coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución de la obra, las empresas y
trabajadores autónomos intervinientes en la obra, los técnicos de prevención, los delegados
de prevención, la autoridad laboral y los representantes de los trabajadores de las diferentes
empresas que intervengan en la ejecución de la obra. A continuación se incluye el modelo en
forma bilingüe del Libro de Subcontratación regulado en el Real Decreto 1109/2007, de 24
de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la
subcontratación en el Sector de la Construcción, publicado por la RESOLUCIÓN de 17 de
septiembre de 2007, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se hace público
en forma bilingüe el modelo de Libro de Subcontratación regulado en el Real Decreto
1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre,
reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
6.8. Coordinación de Actividades Empresariales
Según se establece en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, artículo 24:
Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más
empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de
riesgos laborales. A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en
cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales y la información sobre los mismos a
sus respectivos trabajadores, en los términos previstos en el Real Decreto 171/2004, que
desarrolla el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que
aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la
información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro
de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre
las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores.
Los deberes de cooperación y de información e instrucción serán de aplicación respecto
de los trabajadores autónomos que desarrollen actividades en dichos centros de trabajo.
En caso de que se produzca una subcontratación de alguno o algunos de los trabajos a
realizar la empresa contratista, deberá dar conocimiento de los contenidos de la Evaluación
de Riesgos Específica, al menos en la parte de la obra que se subcontrata y velar por el
cumplimiento del mismo.
En el momento de la entrega de la Evaluación de Riesgos Específica, que será previo al
comienzo de los trabajos, se deberá dejar constancia escrita de ello.
Asimismo, se deberá levantar un “acta escrita” de las todas las reuniones de coordinación
y/o de seguridad que se efectúen en la obra.
Además, en el momento de la subcontratación de los trabajos, la empresa contratista se
asegurará que las empresas subcontratadas cumplen con los preceptos establecidos en la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales recopilando para ello, la siguiente documentación
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entregada por cada subcontrata:
Certificado de que la empresa subcontratista tiene establecido un “Sistema Preventivo”
en su empresa, de acuerdo a las modalidades recogidas en el Real Decreto 39/1997
Reglamento de los Servicios de Prevención.
Certificado de que los trabajadores de la empresa subcontratada o trabajadores
autónomos han recibido la formación e información necesaria sobre el contenido de la
Evaluación de Riesgos Específica de la obra, así como de los riesgos derivados de su
actividad.
Justificantes de que todos los trabajadores de la empresa subcontratada o trabajadores
autónomos han pasado, con resultado de APTO, el correspondiente reconocimiento
específico para el puesto de trabajo desempeñado
Justificantes de que todos los trabajadores presentes en obra han recibido los Equipos de
Protección Individual adecuados a las tareas a desarrollar.
Un listado de los trabajadores presentes en obra, en los que conste quién está autorizado
para el manejo de maquinaria específica, maquinaria móvil, etc.
Una relación de equipos de trabajo que van a intervenir en la obra, junto a un documento
acreditando la adecuación del equipo a los requisitos establecidos por el Real Decreto
1215/1997 o su cumplimiento del Real Decreto 1435/92 o del Real Decreto 1644/2008
(según su fecha de comercialización o puesta en marcha) y por tanto, disposición del
marcado CE.
Se entregará a las empresas subcontratistas y/o trabajadores autónomos, en caso de que
el trabajo lo requiera, un Permiso de Trabajo para realizar trabajos especiales (normalmente
será exigible cuando se efectúen soldaduras, cuando se trabaje en espacios confinados, en
atmósferas explosivas, trabajos en tuberías, equipos de trabajo, etc., con presencia de
contaminante químicos, trabajos en altura...).
La presencia de los recursos preventivos en obra, se aplicará a cada contratista. Su
presencia tendrá como objeto vigilar el cumplimiento de las medidas incluidas en la
Evaluación de Riesgos Específica, comprobando su eficacia. Tendrán la capacidad y los
medios necesarios, y ser suficientes para vigilar el cumplimiento de las actividades
preventivas.
6.9. Recursos Preventivos
Según la ley 54/2003 la presencia de los recursos preventivos en las obras de construcción
será preceptiva en los siguientes casos:
a) Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o
la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o
simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos
de trabajo.
La presencia de recursos preventivos de cada contratista será necesario cuando, durante
la obra, se desarrollen trabajos con riesgos especiales, tal y como se definen en el real
decreto 1627/97.
b) Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados
como peligrosos o con riesgos especiales.
Relación no exhaustiva de los trabajos que implican riesgos especiales para la
seguridad y la salud de los trabajadores. RD 1627/97 (Anexo II).
1. Trabajos con riesgos especialmente graves de sepultamiento, hundimiento o caída de
altura, por las particulares características de la actividad desarrollada, los
procedimientos aplicados, o el entorno del puesto de trabajo.
2. Trabajos que requieran montar o desmontar elementos prefabricados pesados.
c) Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones
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de trabajo detectadas.
Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de
Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
Presencia de los recursos preventivos.
De conformidad con el artículo 32 bis de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales, la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria en los siguientes casos:
a) Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados, en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos
de trabajo.
b) Cuando se realicen las siguientes actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales:
1. Trabajos con riesgos especialmente graves de caída desde altura, por las particulares características de la actividad desarrollada, los procedimientos aplicados, o el entorno del puesto de trabajo.
2. Trabajos con riesgo de sepultamiento o hundimiento.
3. Actividades en las que se utilicen máquinas que carezcan de declaración CE de conformidad por ser su fecha de comercialización anterior a la exigencia de tal declaración con carácter obligatorio, que sean del mismo tipo que aquellas para las que la normativa sobre comercialización de máquinas requiere la intervención de un organismo notificado en el procedimiento de certificación, cuando la protección del
trabajador no esté suficientemente garantizada no obstante haberse adoptado las
medidas reglamentarias de aplicación. 4. Trabajos en espacios confinados. A estos efectos, se entiende por espacio confinado
el recinto con aberturas limitadas de entrada y salida y ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables o puede haber una atmósfera deficiente en oxígeno, y que no está concebido para su ocupación continuada por los trabajadores.
5. Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas.
La presencia se llevará a cabo por cualesquiera de las personas previstas en los apartados 2 y 4 del artículo 32 bis de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, debiendo el empresario facilitar a sus trabajadores los datos necesarios para permitir la identificación de tales personas.
La ubicación en el centro de trabajo de las personas a las que se asigne la presencia deberá permitirles el cumplimiento de sus funciones propias, debiendo tratarse de un emplazamiento seguro que no suponga un factor adicional de riesgo, ni para tales personas ni para los trabajadores de la empresa, debiendo permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la situación que determine su presencia.
La presencia es una medida preventiva complementaria que tiene como finalidad vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas en relación con los riesgos derivados de la situación que determine su necesidad para conseguir un adecuado control de dichos riesgos.
Dicha vigilancia incluirá la comprobación de la eficacia de las actividades preventivas previstas en la planificación, así como de la adecuación de tales actividades a los riesgos que
pretenden prevenirse o a la aparición de riesgos no previstos y derivados de la situación que
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l31-1995.html#a32bhttp://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l31-1995.html#a32bhttp://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l31-1995.html#a32bhttp://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l31-1995.html#a32b
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determina la necesidad de la presencia de los recursos preventivos.
Cuando, como resultado de la vigilancia, se observe un deficiente cumplimiento de las actividades preventivas, las personas a las que se asigne la presencia:
a) Harán las indicaciones necesarias para el correcto e inmediato cumplimiento de las actividades preventivas.
b) Deberán poner tales circunstancias en conocimiento del empresario para que éste adopte las medidas necesarias para corregir las deficiencias observadas si éstas no hubieran sido aún subsanadas.
Cuando, como resultado de la vigilancia, se observe ausencia, insuficiencia o falta de adecuación de las medidas preventivas, las personas a las que se asigne la presencia
deberán poner tales circunstancias en conocimiento del empresario, que procederá de manera inmediata a la adopción de las medidas necesarias para corregir las deficiencias y a la modificación de la planificación de la actividad preventiva y, en su caso, de la evaluación de riesgos laborales.
La Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, estableció un Criterio
Técnico que determina una serie de pautas de actuación en referencia a las circunstancias
que, a título enunciativo y no exhaustivo, puedan dar lugar al requerimiento de la presencia
de recursos preventivos por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; todo ello
con objeto de propiciar una acción inspectora homogénea, que limite posibles
interpretaciones subjetivas dispares.
LISTADO INDICATIVO DE ACTIVIDADES, OPERACIONES Y PROCESOS QUE PUEDEN
DAR LUGAR A LA PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS REFERENCIA LEGAL
FUNDAMENTO O ANTECEDENTE
ASCENSORES Y MONTACARGAS
Los trabajos de instalación, mantenimiento y reparación de los mismos, que impliquen el
manejo manual de cargas con una masa superior a 30 Kg o que impliquen la instalación o
retirada de elementos y aparatos con una masa superior a 50 kg, o que supongan la
instalación de cables de tracción de los equipos, deberán ser efectuados por al menos 2
trabajadores.
El resto de los trabajos de instalación de cabinas y otros elementos que impliquen que los
trabajadores se sitúen sobre ellas no podrán ser efectuados por un trabajador en solitario,
debiendo ubicarse el 2º trabajador en un emplazamiento seguro. Asimismo, en tales
trabajos y en los de reparación y mantenimiento podrá exigirse la presencia de recursos
preventivos, mediante una supervisión directa o indirecta, en los siguientes casos:
a) Cuando las condiciones del trabajo impliquen la utilización de un equipo de protección
individual respiratorio o, por no disponerse o ser insuficiente la protección colectiva
adecuada, (barandillas, etc.) deba utilizarse un equipo de protección individual contra
caídas de altura, salvo que en este último caso el equipo esté provisto de un dispositivo
de arnés y limitador de caída a menos de un metro.
b) Cuando el trabajo exija la presencia de un trabajador sobre el techo de la cabina de un
ascensor o de un montacargas, durante el desplazamiento del mismo en sentido
ascendente.
c) O cuando los trabajos sean efectuados en el foso y uno o varios de los aparatos que
circulen en el mismo hueco no estén puestos a tierra (normalmente se exige que los
aparatos en batería se hallen separados físicamente en distintos huecos).
Cuando los aparatos presenten un riesgo por circular simultáneamente en el mismo foso
donde se desarrollan los trabajos, los aparatos elevadores deben estar dotados de un
sistema de parada de su funcionamiento en el foso (Kit paro en foso).
ESPACIOS CONFINADOS
Trabajos realizados en espacios confinados, entendiendo por tales aquellos lugares o zonas
de trabajo donde en su interior, puede producirse una acumulación de gases peligrosos o la
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creación de una atmósfera con escasez de oxígeno o la acumulación de productos tóxicos.
En estos casos, el acceso a dichos lugares estará restringido, estando permitido sólo para
trabajadores cualificados y autorizados, siendo obligatorio contar con un procedimiento de
trabajo por escrito, y la supervisión mediante recursos preventivos.
A tales efectos, se incluyen especialmente dentro de este concepto las galerías de servicio,
los fosos, túneles y alcantarillas; los silos, tanques, tinajas, recipientes, contenedores,
cisternas y calderas de vapor, tolvas de almacenamiento o de mezcla, así como los
vertederos y depósitos de aguas residuales, y cualquier otra zona interior de trabajo donde
se produzcan procesos de fermentación o estén presentes vapores o gases nocivos.
CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS
a) Trabajos con riesgo de caída de altura
En los trabajos, operaciones y procesos referidos a obras de construcción tanto de
edificación como de obras públicas, así como los referidos a mantenimiento, reparación
y limpieza de edificios, con riesgo de caída de altura desde más de 6 metros, o cuando,
siendo la altura inferior a 6 m., pero superior a 2 metros, la protección de un trabajador
no pueda ser asegurada totalmente sino mediante la utilización de un equipo de
protección individual contra el referido riesgo (arnés, etc.),
b) Montaje, desmontaje y transformación de andamios
Los andamios deberán ser montados, desmontados o modificados sustancialmente, bajo
la dirección y supervisión de una persona con formación universitaria o profesional
habilitante, en el caso de andamios complejos que exijan plan de montaje, o por un
trabajador con experiencia, en los demás casos.
Se consideran especialmente complejos los siguientes:
Andamios colgados y plataformas suspendidas de nivel variable, instalados
temporalmente sobre un edificio o una estructura para tareas específicas y plataformas
elevadoras sobre mástil.
Andamios constituidos con elementos prefabricados (tanto modulares como
multidireccionales) apoyados sobre terreno natural, soleras de hormigón, forjados,
voladizos u otros elementos estructurales cuya altura, desde el nivel inferior de apoyo
hasta la coronación de la andamiada exceda de 6 metros, o dispongan de elementos
horizontales que salven vuelos y distancias superiores entre apoyos de más de 8
metros. Se exceptúan los andamios de caballetes o borriquetas
Andamios y torres de trabajo móviles en los que los trabajos se efectúen a más de 6
metros de altura desde el punto de operación hasta el suelo.
APARATOS Y MAQUINARIA DE OBRA
a) Equipos de trabajo automotores
En los casos de conducción de equipos de trabajo automotores que deban ejecutar una
maniobra, especialmente de retroceso, en condiciones de visibilidad insuficiente, o cuando
concurra en un espacio limitado la interacción de diversa maquinaria automotora con
trabajadores a pie deberá asignarse la presencia de recursos preventivos y de un encargado
de las señales con presencia a pie en las cercanías de los vehículos para señalización de las
maniobras.
b) Equipos de elevación de cargas
Cuando se utilicen equipos de elevación de cargas en una obra de construcción estando
trabajadores desarrollando sus labores en la proximidad de la izada, los operadores de los
equipos deberán tomar medidas para evitar la presencia de trabajadores bajo las cargas
suspendidas, prohibiéndose el paso de las cargas por encima de lugares de trabajo ocupados
por los trabajadores.
Si ello no fuera posible por no poder garantizarse la correcta realización de los trabajos de
otra manera, y el especio libre entre los elementos móviles del equipo y la zona de trabajo
ocupada por los trabajadores fuera inferior a 2 metros, deberá asignarse la presencia de
recursos preventivos y de un trabajador encargado de las señales. La misma medida se
ESTUDIO DE SEGURIDAD Pág.21
Rehabilitación de Cubiertas y Consolidación de Muros del Palacio Aldapebeitia. Elorrio
adoptará cuando el operador del equipo de elevación de cargas no pueda observar el
trayecto completo de la misma.
CARRETILLAS AUTOMOTORAS DE MANUTENCIÓN CON CONDUCTOR A BORDO
Cuando la visibilidad no sea suficiente para permitir al conductor realizar las maniobras del
vehículo con seguridad, la conducción deberá ser guiada a través de un encargado de
señales debidamente adiestrado; en todo caso, la maniobra de marcha atrás será realizada
a velocidad reducida.
ELECTRICIDAD
a) Trabajos con instalaciones en tensión (alta y media tensión)
El procedimiento empleado para trabajos realizados en tensión en este caso, se ajustará a lo
siguiente:
las maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones o en proximidad de instalaciones en
explotación o continuidad de suministro eléctrico, se realizarán bajo la supervisión y
vigilancia de un jefe de trabajo, que será el trabajador cualificado que pueda asumir las
funciones de presencia de recursos preventivos directo de los mismos. Si la amplitud de
la zona no le permitiera una vigilancia permanente, deberá estar asistido por ayudantes
cualificados.
El jefe de trabajo o supervisor deberá estar comunicado directamente con el responsable
de las instalaciones, a fin de adecuar las condiciones de la instalación a las exigencias
del trabajo.
b) Trabajos en proximidad de elementos en tensión
Los trabajos que se realicen en proximidad a elementos en tensión se llevarán a cabo según
lo dispuesto en el Anexo V del R.D. 614/2001, o se considerarán como trabajos en tensión
Los trabajos serán realizados bajo la vigilancia o su