Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    1/15

    ESTUDIO SOBRE EL FONDO DE COMERCIO EN VENEZUELA

    Autores:

    Adriannys R. Crespo C.I 22.274.006

    Beatriz E. Santana C.I. 7.435.478

    UNIVERSIDAD FERMIN TORO

    VICERECTORADO ACADEMICO

    FALCULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

    ESCUELA DE DERECHO

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    2/15

    Resumen

    El fondo de comercio no es un bien intangible, homogneo y estable como uninmueble. Es un compuesto de elementos variables en nmero segn el objeto de laexplotacin, y en valor segn el grado de poder de atraccin sobre la clientela, que esel elemento esencial, aunque frgil, del fondo de comercio. El Fondo de comercio unanaturaleza incorporal, anloga a la propiedad literaria y artstica o a las patentes ymarcas de fbrica, que carecen de apoyo material real y son el fruto de una actividadque desemboca en una creacin: invencin, signos distintivos. Los elementos delfondo de comercio se pueden dividir en dos grupos: los elementos incorporales y loselementos corporales. La nocin de fondo de comercio sigue siendo una nocin

    emprica, an cuando es evidente que los distintos elementos capaces de retener unaclientela deben estar unidos para tener un valor venal superior al que tendra cada unode ellos si fuese objeto de transacciones separadas. No se trata en manera alguna deuna unin de derecho de los diversos elementos que componen el fondo decomercio.

    Palabra Clave: Clientela, Comercio, elementos, propiedad, inmuebles, muebles, patente

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    3/15

    Summary

    Goodwill is an intangible, homogeneous and stable like a property. It is a composite

    number of variables such as the purpose of the operation, and in value according to the

    degree of attractiveness for customers, that is, if fragile, essential element of goodwill. The

    Goodwill one, analogous to the literary and artistic property or patents and brands that lackreal material support and are the result of an activity that leads to a creation intangible

    nature invention logos. The elements of goodwill can be divided into two groups: the fixed

    assets and bodily elements. The notion of goodwill remains an empirical notion, although it

    is clear that the different elements capable of retaining a customer must be united to have a

    higher market value that would each if the subject of separate transactions. It is not in any

    way a union "law" of the various elements that make up the goodwill.

    Keyword: Clientele, Trade items, property, personal property, patent

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    4/15

    Introduccin

    Este estudio constituye una aproximacin conceptual al fondo de comercio y unexamen profundo de su tratamiento. El fondo de comercio, tambin denominadocrdito mercantil o plusvala comprada, probablemente sea el elemento del balancems complejo desde un punto de vista conceptual, dado que normalmente se justificaen la existencia de mltiples elementos que no pueden reconocerse separadamentepero en los que la entidad ha invertido determinados flujos de efectivo, ya sea en elmomento de la adquisicin de otra entidad en una combinacin de negocios o a lolargo de una serie de ejercicios, durante los que dichos elementos irreconocibles sehan generado. Se estudia el reflejo del fondo de comercio, tanto el generadointernamente como el adquirido en una combinacin de negocios,

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    5/15

    Clientela

    Primeramente el trmino de clientela es el ms influyente para la determinacindel fondo de comercio, es por ello que pudiramos decir que es parte de unaestrategia de negocio centrada en el cliente. Una parte fundamental de su idea es,precisamente, la de recopilar la mayor cantidad de informacin posible sobre losclientes, para poder dar valor a la oferta. La empresa debe trabajar para conocer lasnecesidades de los mismos y as poder adelantar una oferta y mejorar la calidad en laatencin.

    Cuando hablamos de mejorar la oferta nos referimos a poder brindarles solucionesa los clientes que se adecuen perfectamente a sus necesidades, y no como rezanmuchos opositores a esta disciplina generarles nuevas necesidades.

    Por lo tanto, se hace referencia a una estrategia de negocio basada principalmenteen la satisfaccin de los clientes, pero tambin a los sistemas informticos que dansoporte a esta estrategia.

    Las relaciones de clientela, squito y vasallaje son los vnculos que se establecenentre una persona y otra ms poderosa. Sus caractersticas, as como sus nombres,variaron segn las circunstancias de tiempo y lugar, teniendo siempre en comn elcompromiso mutuo de brindar prestaciones, diferentes segn se trate del dbil (engeneral trabajo) o del poderoso (en general proteccin o beneficios econmicos)

    Fondo de comercio

    El fondo de comercio puede definirse como una entidad jurdica compuesta deelementos orgnicos que el comerciante agrupa con vistas a constituir una clientelanecesaria para la explotacin comercial. Esos elementos a la vez de orden material(mercaderas, mobiliarios y herramientas) y de orden incorporal (nombre comercial,ensea, derecho al alquiler, patentes, marcas de fbrica, diseos y modelos). Esoselementos, unidos por una aplicacin comn a la formacin de una clientela,considerada como un elemento, proporcionan una base al fondo de comercio, que seconvierte en una entidad jurdica, diferenciada de los elementos que la componen.

    Composicin del Fondo de Comercio

    El fondo de comercio no es un bien intangible, homogneo y estable como uninmueble. Es un compuesto de elementos variables en nmero segn el objeto de laexplotacin, y en valor segn el grado de poder de atraccin sobre la clientela, que esel elemento esencial, aunque frgil, del fondo de comercio.

    Los elementos del fondo de comercio se pueden dividir en dos grupos: loselementos incorporales y los elementos corporales.

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    6/15

    Elementos incorporales.

    Unos, que son la base de la explotacin, dan su verdadero valor al fondo; por logeneral se ceden con l porque constituyen su substancia. Otros ordinariamentederechos y obligaciones difcilmente separables. Estara constituido por la mercancadel establecimiento comercial que se encuentra a la venta tanto en los anaqueles comoen sus depsitos; las estanteras, sus computadoras, cajas registradoras, neveras, enfin, todos aquellos bienes muebles que permita que se lleve a cabo la actividadcomercial.

    Elementos Corporales

    Por oposicin a los elementos incorporales, constitutivos del monopolio de la

    clientela conferido a quien lo explota, los elementos corporales se presentan comosecundarios en razn de su carcter fungible. Unos se refieren al material y a lasherramientas y otros a las mercaderas.

    Material y herramientas. Designan los objetos mobiliarios destinados a laexplotacin. Su valor comercial es grande en la industria y en ciertos comercios.

    El material slo constituye un elemento del fondo de comercio si el vendedor eslocatario del inmueble en el cual ejerce su comercio. Por lo tanto, en caso de cesindel fondo, el propietario puede retener el material en su totalidad o en parte.

    Mercaderas. Son todos los objetos que el comerciante destina a la venta. En elcomercio mayorista y minorista se distinguen las mercaderas en almacn y endepsito, y en la industrias materias primas, los objetos semi-elaborados y losfabricados, pero estas distinciones no ofrecen inters jurdico alguno. Cualquiera quesea su calificacin en la prctica, las mercaderas forman parte del fondo y soncedidas con l, salvo estipulacin en contrario. En caso de cesin, las mercaderas sonobjeto de una valuacin distinta de los dems elementos del fondo.

    Naturaleza Jurdica del Fondo de Comercio

    La nocin de fondo de comercio sigue siendo una nocin emprica, an cuando es

    evidente que los distintos elementos capaces de retener una clientela deben estarunidos para tener un valor venal superior al que tendra cada uno de ellos si fueseobjeto de transacciones separadas. No se trata en manera alguna de una unin de

    derecho de los diversos elementos quecomponen el fondo de comercio.

    Hay que explicar cmo un conjunto de elementos diversos, incorporales ycorporales, pueden constituir una entidad. La demostracin de que los elementos sehallan unidos por un destino comn no basta, o parece no bastar, para captar lanaturaleza jurdica de ese conjunto que es el fondo de comercio.

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    7/15

    En la bsqueda de un catalizador, es decir, de la explicacin causal, las opinionesse han dividido, tanto en jurisprudencia cuanto en doctrina. Es importante conocerlas

    para definir la naturaleza jurdica del fondo de comercio en sus aplicaciones prcticas.Los autores se dividen en dos grupos. Unas veces toman en consideracin la reuninde los elementos que componen el fondo, considerado como una universalidad yotras, tienen en cuenta la naturaleza de los elementos que lo integran, para definirlocomo un derecho de propiedad incorporal de naturaleza mobiliaria.

    Teora de la Universalidad. Ciertos autores consideran el fondo de comercio comouna verdadera entidad que califican de universalidad jurdica; constituye unpatrimonio afectado a una explotacin comercial, distinto del patrimonio delcomerciante, propietario del fondo. Otros autores estiman que el fondo constituye unasimple universalidad de hecho cuyos elementos se encuentran unidos ms por lazos

    econmicos que jurdicos.Universalidad jurdica. Los bienes incorporales y corporales que integran el fondo

    de comercio, estn unidos por una afectacin comn que confiere el carcter deentidad jurdica al conjunto por ellos formado. Su base no resulta de la personalidadjurdica, que no se concede al fondo de comercio al fondo de comercio, sino de laconstitucin de un patrimonio de afectacin, cuyos elementos se hallan reunidos porun destino idntico, a semejanza de los que dan origen a las fundaciones en derechocivil. Ante la carencia de personalidad jurdica, estas ltimas existen y funcionansobre al base, nicamente, de una masa de bienes afectados a una obra. El activoestara afectado al pago del pasivo, de suerte que los acreedores comerciales sepagaran antes que los acreedores personales del comerciante.

    Las objeciones desaparecen completamente cuando el fondo de comercio es unfondo social. Todos los bienes afectados al comercio integran el patrimonio de lasociedad. Los bienes sociales pueden estar esencialmente constituidos por el fondo decomercio, solucin cada vez ms frecuente en la prctica y admitida por la legislacinen Alemania, donde el fondo de comercio tiene personalidad jurdica.

    El activo responde por el pasivo, lo que no se admite en derecho francs cuandono hay obligacin de constituir una sociedad. Precisamente para suprimir esaobjecin se ha elaborado la teora de la universalidad de hecho.

    Universalidad de hecho. El fondo de comercio no es sino la reunin puramente dehecho entre bienes unidos por un lazo econmico nacido de su destino comn. Cadauno de esos elementos conserva su individualidad; no se funden en un patrimonioparticular, lo que excluye un activo y un pasivo propios del fondo de comercio.

    Esta teora concuerda con el estado actual del derecho positivo. Por una parte, elderecho de prenda de los acreedores comerciales es general; comprende todo elpatrimonio del comerciante. Y por otra, el adquiriente de un fondo de comercio no se

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    8/15

    convierte en titular de los crditos comerciales ni est obligado por las deudascomerciales del vendedor. Esta teora no permite explicar por qu el fondo de

    comercio puede ser objeto de operaciones jurdicas como entidad real, siendo as quelos elementos que lo componen pueden disociarse y ser vendidos separadamente acapricho del propietario.

    Concepto de propiedad incorporal de naturaleza mobiliaria.

    Propiedad incorporal. Se emplea la expresin propiedad del fondo de comercio

    para designar el derecho del comerciante sobre su explotacin, por analoga con elderecho del propietario sobre el fundo de tierra. Pero a diferencia de este ltimo, el

    derecho del comerciante sobre su fondo carece de apoyo material verdadero, auncuando su explotacin se produzca en un inmueble o en un lugar convenido con unmnimo de instalaciones, lo que confiere cierta estabilidad. Pero slo hay fondo decomercio si la actividad es comercial.

    Si bien se trata de una propiedad, sta es, sin embargo, de naturaleza particular. Esel resultado de una actividad que se asemeja a la creacin intelectual anloga a unainvencin. La actividad creadora del comerciante no slo es el origen de la formacinde los diversos elementos de la explotacin sino el de su reunin en un conjunto en elcual se funden.

    Estos caracteres fundamentales confieren al fondo de comercio una naturalezaincorporal, anloga a la propiedad literaria y artstica o a las patentes y marcas defbrica, que carecen de apoyo material real y son el fruto de una actividad quedesemboca en una creacin: invencin, signos distintivos.

    Igual que toda propiedad incorporal, el fondo de comercio no se analizaglobalmente como un derecho de clientela sino como una suma de diversos derechosde clientela, reunidos por el comerciante que los ha creado y conservado mediante laexplotacin. Esta no se aparta completamente de la nocin de trabajo, porque elcomerciante pierde su clientela y al mismo tiempo su fondo, si no lo explota. Estaasimilacin a una propiedad incorporal corresponde, por otra parte, a la naturalezaincorporal de los elementos esenciales que lo componen y de los cuales l es la suma.

    Naturaleza mobiliaria del fondo de comercio. La jurisprudencia ha resuelto que laspropiedades incorporales son bienes muebles y ha asimilado a ellas el fondo decomercio. Su naturaleza mobiliaria ha podido, por ejemplo, ser invocada por losrematadores para sustraer a los notarios el derecho a vender los fondos de comercioen subasta.

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    9/15

    El fondo de comercio est sometido a las mismas reglas que los bienes muebles,en materia de regmenes matrimoniales y de sucesiones. El fondo posedo por el

    esposo en el momento del matrimonio, entra en la masa comn bajo el rgimen decomunidad legal, en tanto que sera un bien propio si estuviese calificado deinmueble.

    Razn de la estabilidad de la clientela, el fondo de comercio objeto de unapignoracin, puede representar una seguridad de tal manera que inspire, a veces, lamisma confianza que la ofrecida por un inmueble. Por otro lado, en razn de sunaturaleza incorporal, no le es aplicable la regla en materia de mueble, la posesinvale ttulo. Finalmente, en caso de conflicto entre dos adquirientes, se toma en

    consideracin la fecha de los contratos, no la posesin, para solucionarlo.

    Un fondo de comercio al que no se halla vinculada clientela alguna, pierde sucalificacin jurdica. La jurisprudencia saca la consecuencia de que no puede habercesin, locacin o aporte a sociedad de un fondo cuando su propietario conserva laclientela o si esta ha desaparecido.

    Asimismo la jurisprudencia establece que no existe fondo cesible faltandoclientela cesible. Aunque algunos autores equivocadamente identifican el fondo decomercio con el derecho a la clientela, sta, elemento necesario de aqul, no es, sinembargo, suficiente.

    De forma general, se podra decir que una empresa en funcionamiento puede valer

    ms que la suma algebraica de los elementos que componen su patrimonio, en cuyocaso el fondo de comercio recogera este sobre valor, que puede ser derivado de unaserie de factores determinantes como la clientela de una empresa, su eficiencia, lareputacin, el prestigio, la marca, la ubicacin o la organizacin, entre otros. En laadquisicin de un negocio, ya sea de una estacin de servicio u otro, se suele pagareste fondo de comercio, o sobre valor del negocio sobre los elementos que locomponen.

    Por otra parte, es principalmente en materias de contabilidad y fiscalidad donde elconcepto del fondo de comercio adquiere importancia.

    Venta de Fondo de Comercio.

    La norma dice que cuando dos personas tienen inters en transferir un fondo decomercio, tras firmar el boleto de compraventa y acordar el monto de la reserva -, elvendedor debe anunciar previamente el acto de transferencia durante 5 das en elBoletn Oficial del lugar en cuestin y en dos diarios de circulacin masiva. En

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    10/15

    ambos deben figurar los datos personales del comprador y del vendedor y laubicacin y clase de establecimiento por transferir.

    Adems de la publicacin de los edictos, el vendedor debe entregar al posiblecomprador la lista con todos los crditos que adeuda, nombre y domicilio de losacreedores y los montos a pagar.

    Por el trmino de diez das despus de la ltima publicacin el escribano orematador retiene el dinero del depsito para el caso que aparezca algn acreedor conintencin de extraer de ah su parte. Segn la ley de fondo de comercio, dicho montodebe depositarse en una cuenta especial abierta a tal efecto en el banco, pero laprctica indica que la suma retenida queda en manos del rematador o escribanodurante ese perodo.

    Cuando se pretende vender un Fondo de Comercio se debe tener en cuenta queeste forma una Universalidad de Bienes cuyos elementos constitutivos son: El puntoy la Clientela todo lo cul debe ser mencionado en el documento de Compra-venta yaque esa Universalidad Patrimonial conjuga un sin nmero de elementos tan variadoscomo: Derechos Comerciales ,Patrimonio Moral, Marcas, Patentes, Licencias,Regalas, Activo Fijo, Circulante y otros que debe ser soportados en un InventarioAnexo al contrato debidamente firmado por el Vendedor del Fondo de Comercioamn de un Estado General de ganancias y de perdidas pues existe o ms subsiste unaResponsabilidad Solidaria frente a los Terceros los cuales son:

    Trabajadores (Opera la Sustitucin de Patrono)

    Acreedores cuya obligacin no sea debidamente satisfecha.

    Contratos de Seguros pasan al adquirente en forma idntica existiendo la obligacinde Notificacin Formal a la Aseguradora

    Es de hacer notar que si no se hacen las publicaciones de Ley continuaran siendoresponsables frente a los terceros en forma solidaria y en cuanto al Vendedor se leobliga a otorgar una garanta de no restablecimiento en el mismo negocio y rea sopena de incurrir en competencia desleal (Garanta de Eviccin) todo lo que no constecomo parte de la venta en forma expresa quedar fuera de la enajenacin del Fondode Comercio.

    Requisitos para la enajenacin de fondo de comercio

    En el artculo 152, expresa: "Cuando no se hayan cumplido los requisitosexpresados en encabezamiento del artculo anterior; el adquirente del fondo decomercio es solidariamente responsable con el enajenante frente a los acreedores deeste ltimo".

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    11/15

    Incurre en la misma responsabilidad el adquirente frente a los acreedores delenajenante cuyos crditos reclamados durante el lapso de las publicaciones no

    hubieren sido pagados o garantizados, siempre que ellos hubieren hecho sureclamacin durante el trmino sealado.

    De tal manera que, en primer trmino, para que sea obligatorio el cumplimiento deesta formalidad, debe tratarse de una enajenacin de un fondo de comercio, la cualconsista, bien en su enajenacin como firma de comercio, o la de sus existencias, seanya en su totalidad o una parte de ellas, pero siempre sometidos estos contratos a quehagan cesar los negocios de su dueo o dueos.

    Es decir, que mientras el acto de enajenacin no conlleve la extincin de losnegocios que el dueo hace mediante el fondo de comercio, no se configura en s laenajenacin propiamente dicha de un fondo de comercio- Es la cesacin de los

    negocios y no la venta en s de sus existencias, lo que conduce en ltimo momento ala enajenacin de un fondo de comercio.

    Pactado el contrato de enajenacin, el mismo se regir por las disposicionesparticulares del contrato celebrado. As, si se trata de un contrato de venta por lasnormas comerciales y civiles que rigen al contrato de venta, lo mismo si se trata de unaporte, etc. Ello significa entonces, que el cumplimiento de las formalidades previstasen el artculo que comentamos, no incide para la formalizacin del contrato. Elcontrato se perfecciona de acuerdo con su naturaleza. El cumplimiento de estapublicidad es con relacin a los terceros que inciden al misino tiempo en lasrelaciones entre el enajenante y el adquiriente.

    Durante el lapso de las publicaciones hechas en las formas prescritas, losacreedores del enajenante, aun los de plazo no vencido, pueden pedir el pago de suscrditos o el otorgamiento de garanta para el pago. Es decir, los acreedores delenajenante y no del fondo de comercio, pueden pedir el pago de sus crditos. Estosacreedores pueden ser civiles o comerciantes, todo ello en virtud de la universalidaddel patrimonio. Las deudas cuyo plazo an no se ha vencido para hacerlas efectivas, alos efectos de la enajenacin se consideran entonces de plazo vencido.

    La reclamacin, lo lgico es que se haga en primer trmino directamente contra eldeudor inmediato (enajenante) y en segundo lugar, ante el adquiriente (deudormediato). Planteado el pedimento del pago de los referidos crditos, es obligatoria su

    solucin, ya que de lo contrario, produce una responsabilidad solidaria del adquirentefrente al acreedor.

    Irregularidades que ocurren cuando no existe acuerdo argumentados en la

    compra y venta de fondo de comercio

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    12/15

    Resumen de sentencia Sala de Casacin Civil, Ponencia del Magistrado: ANTONIORAMREZ JIMNEZ. Exp. N 2007-000582, Publicada , diecisiete (17) das del mes

    de abril de dos mil ocho.Este Tribunal observa, siguiendo la mejor doctrina, que hoy en da sepatentiza la necesidad de la conformacin independiente de la cesin decontrato como figura netamente diferenciada de la transmisin de crditos ydeudas particulares. En efecto, la dogmtica moderna ha resaltado que losefectos del contrato no se circunscriben a la produccin de crditos y deudas,pues al lado de stos surgen a favor de las partes contratantes ciertos poderesintermedios entre los derechos subjetivos y las simples facultades jurdicas que, careciendo del elemento pretensin, permiten, no obstante, influirsobre situaciones jurdicas preexistentes, mudndolas, extinguindolas ocreando otras nuevas mediante propia actividad unilateral (acto real, negociojurdico, instancia judicial o recurso administrativo). Son los llamadosderechos del poder jurdico, derechos potestativos, derechos de formacin oderechos de modificacin jurdica, tales como los derechos de impugnacin,rescisin, de resolucin, de revocacin, derechos de apropiacin, etc.

    Por tanto, aunque una de las partes contratantes de un determinado contratotransfiera a un tercero todos los crditos existentes a su favor y haga que porste se asuman todas las deudas obrantes a su cargo, no por ello habr logradoque el contrato pase en su totalidad al extrao; es decir, ste no lo sustituirntegramente en su posicin de parte contractual, pues los derechospotestativos fundados e inherentes a dicha posicin, as como las facultades

    unidas a la misma, continuarn operando todava entre los contratantesoriginarios. Tendremos, pues, ms que una genuina sucesin en el contrato, laaccesin o adhesin de un tercero a un contrato que permanece centradotodava en los sujetos que inicialmente lo concluyeron.

    Adicionalmente, este Tribunal debe observar que la asuncin de deuda poracto unilateral del deudor no existe en nuestro ordenamiento ni en ningnotro, porque no siendo indiferente al acreedor la concreta persona del deudor,es obvio que har falta su asentimiento para que el antiguo deudor salga de larelacin y en su lugar se coloque uno nuevo; aparte de que cuando el deudorconviene con el que asume la deuda que ste ocupe su lugar en la misma

    relacin obligatoria, est en el fondo disponiendo del derecho de crdito delacreedor al imprimirle un cambio de direccin, ya que el acreedor habr dedirigirse en lo futuro contra el asumente y no en contra del primitivo deudor,modificacin subjetiva de la obligacin; y como sucede en todo acto dedisposicin de derechos ajenos, semejante actuacin solo ser eficaz cuandoprecisamente el acreedor la ratifique, confirme o apruebe.

    En el caso de autos tenemos que TAMAYO aleg haber celebrado en el aode 1959 con LUSTRILLO, C.A. un contrato de distribucin de los productos

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    13/15

    de la marca ESPONJAS LUSTRILLO, por el cual sta obtendra unacomisin equivalente al 25% del monto total de las ventas mensuales de la

    marca ESPONJAS LUSTRILLO, lo que permaneci en el tiempo, inclusiveen la oportunidad en que BON BRILL, adquiri de LUSTRILLO el fondo decomercio, contrato que se trasmiti a la hoy demandada por efecto de laenajenacin que del fondo de comercio hiciera BON BRIL a CLOROX..

    Como podemos evidenciar algunos contratos s se transmiten directamente porparte del vendedor del fondo de comercio al adquirente, pero por otra parte, cuandoexcluye o no indica ni seala la razn para ello, ni para establecer la diferenciarespecto de aquellas relaciones contractuales que deben transmitirse; incurre en elvicio de inmotivacin, mucho ms cuando se est analizando la falta de cualidadalegada por algunas de las partes, que constituye una defensa perentoria en unacontroversia, como esta.

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    14/15

    Conclusin

    El fondo de comercio es, en general, el valor que tiene una empresa por encima desu valor contable o por encima del valor contable ajustado. El fondo de comerciopretende representar el valor de los elementos inmateriales de la empresa, que nuncaaparece reflejado en el balance pero en cambio aporta una ventaja respecto a otrasempresas del sector (calidad de cartera, imagen, marca y confianza del pblico,posicionamiento de mercado, liderazgo en el sector, etc.) y es por tanto un valor aaadir al activo neto si se quiere efectuar una valoracin correcta. El problema surgeal tratar de calcular su valor, ya que su medicin supone incorporar elementos decarcter subjetivo y no existe uniformidad metodolgica para su clculo.

    Ahora bien, el propietario del inmueble no puede disponer libremente de ningunode aquellos bienes y derechos que hacen parte del fondo sin la previa y expresaautorizacin del propietario de ste, so pena de incurrir en alguno de los supuestos delartculo 1185 del Codito Civil en concordancia a aquella parte de la doctrinamercantil que ha tratado la figura o institucin de la "Competencia Desleal". Porsupuesto tambin, a las disposiciones legales relativas al Fondo de Comercio.

    La terminacin o vencimiento del contrato (de arrendamiento) no otorga alpropietario del inmueble de ninguna forma el derecho a hacer uso de los elementosdel fondo sin el consentimiento de su titular

  • 7/25/2019 Estudio Sobre El Fondo de Comercio en Venezuela

    15/15

    Referencias Bibliogrficas

    Cdigo de Comercio (1955). Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela Nmero475 (Extraordinaria) de fecha 21 de Diciembre de 1955

    http://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-comercio2.shtml#ixzz3zaZcfkM8

    http://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-comercio2.shtml#ixzz3zbpJQerX

    Pag Tribunal Supremo de Justicia

    http://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-%20%20%20%20%20%20%20%20%20comercio2.shtml#ixzz3zaZcfkM8http://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-%20%20%20%20%20%20%20%20%20comercio2.shtml#ixzz3zaZcfkM8http://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-%20%20%20%20%20%20%20%20%20comercio2.shtml#ixzz3zaZcfkM8http://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-comercio2.shtml#ixzz3zbpJQerXhttp://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-comercio2.shtml#ixzz3zbpJQerXhttp://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-comercio2.shtml#ixzz3zbpJQerXhttp://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-comercio2.shtml#ixzz3zbpJQerXhttp://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-comercio2.shtml#ixzz3zbpJQerXhttp://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-%20%20%20%20%20%20%20%20%20comercio2.shtml#ixzz3zaZcfkM8http://www.monografias.com/trabajos60/fondo-comercio/fondo-%20%20%20%20%20%20%20%20%20comercio2.shtml#ixzz3zaZcfkM8