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REQUERIMIENTO DE ELEVACION A JUICIO. APERTURA A JUICIO. ADMISION DE PRUEBA. AUDIENCIA PRELIMINAR (Etapa Intermedia). Arts. 402/405, arts. 410/415, Ac. Gral. STJER Nº 15/11, Pto. 7, art. 11.- A.- OBJETO DE LA AUDIENCIA.- (CHAIA Ruben, "El proceso acusatorio", Delta Ed., 2011): 1.- La audiencia preliminar sirve para procurar que los juicios sean serios y fundados.- 2.- No hay control de fondo de la acusación. Solo fija los hechos y las pruebas que las partes harán valer en juicio.- 3.- Contralor de la constitucionalidad de la investigación (a requerimiento de partes).- 4.- Disponer medidas coercitivas o de injerencia.- 5.- Ejecutar prueba anticipada.- 6.- Propender a la realización de convenciones y acuerdos probatorios (art. CPPER).- 7.- Labor del Juez: modeladora y ordenatoria.- (BLANCO SUAREZ y otros, "LITIGACION ESTRATEGICA", Lexis Nexis, Chile, 2005) 1.- Controlar los fundamentos de la acusación (control Formal -MAIER- ).-

Etapa Intermedia Sinopsis Guia Para Audiencia

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REQUERIMIENTO DE ELEVACION A JUICIO.APERTURA A JUICIO. ADMISION DE PRUEBA.AUDIENCIA PRELIMINAR (Etapa Intermedia).Arts. 402/405, arts. 410/415, Ac. Gral. STJER N 15/11, Pto. 7, art. 11.- A.- OBJETO DE LA AUDIENCIA.- (CHAIA Ruben, "El proceso acusatorio", Delta Ed., 2011):1.-Laaudienciapreliminarsirveparaprocurarquelosjuiciossean serios y fundados.- 2.- No hay control de fondo de la acusacin. Solo fija los hechos y las pruebas que las partes harn valer en juicio.- 3.-Contralordelaconstitucionalidaddelainvestigacin(a requerimiento de partes).- 4.- Disponer medidas coercitivas o de injerencia.- 5.- Ejecutar prueba anticipada.- 6.- Propender a la realizacin de convenciones y acuerdos probatorios (art.CPPER).- 7.- Labor del Juez: modeladora y ordenatoria.- (BLANCOSUAREZyotros,"LITIGACIONESTRATEGICA",LexisNexis, Chile, 2005) 1.- Controlar los fundamentos de la acusacin (control Formal -MAIER-).- 2.-RevisinHorizontaldelasactuaciones(controlconstitucionala instancia de parte).- 3.- Fijar los hechos que habrn de ser objeto del pronunciamiento del Tribunal (Thema Decidendum).- 4.-EstablecercualessonlosHECHOSCONTROVERTIDOS,hechos sobre los que habr de recaer la prueba (Thema Probandum).- 5.-Establecercualserlapruebaqueenrelacinaesoshechosse producir en el Juicio (no entrar en el mrito de la pba., SI ANALIZAR la pertinencia, procedencia, admisibilidad de la pba.) 6.-EstablecercualessonlosHECHOSNOCOTROVERTIDOS(Hechos notoriosart.258CPPERosobreloscualessehanhechoacuerdos probatorios).- 7.- Rol proactivo del Juez. Agilizar el trmite (art. 13, 302 CPPER).- 8.- Depurar el procedimiento de los VICIOS FORMALES.- 9.-DepurarelprocedimientodeOTROSVICIOS(Nulidades,Exclusin de Pba. Ilcita).- B.- DESARROLLO DE LA AUDIENCIA.- 1.- El Juez verifica la presencia de las partes. 2.- El Juez realiza un resumen sobre el objeto de la audiencia.- 3.- El MPF formula el requerimiento.- A.- El Juez verifica el contenido de la acusacin (art.403 CPPER) 1.- Bajo sancin de nulidad (violacin dedefensa en juicio), la pieza debe contener: a.- Datos personales de imputado (Ne bis in idem, art. 1, inc. c) CPPER).- b.- Relacin del hecho.- circunstanciada, clara, especfica, precisa. Ojo Ppio. Congruencia (ver Aper. Causa yDeclaracin del imputado).- c.- Fundamentos de acusacin.- Motivo por el cual se quiere ir a juicio.- d) Calificacin legal.- 4.- El QUERELLANTE formula el requerimiento.- A.- El Juez verifica el contenido de la acusacin (art.403 CPPER).Idem que en ap. 3 (MPF).- NOTA:a.- Tuvo seis das dias hbiles (art. 141) paracontestar traslado.- b.- Opciones: b.1.- Formular acusacin.- b.2.- Ofrecer pruebas que crea restan producir.- 5.- Vista a la DEFENSA para que conteste.- A.- Oposicin (art. 404 CPPER).- a.- Sobreseimiento (art. 395/96/97).Admite apelacin (siempre que se haga lugar alsobreseimiento. Ver ZARZA (STJER de 11/3/09) y PICAZZO (Cam.Urug.10/7/12).- b.- Cambio de calificacin legal. Solo se discute elcuando de ello dependa la libertad (art. 11, Ac.STJER N15/11).- Tener en cuenta: NO se discute la plataforma fctica ni la descripcin del hecho (exceptoviolacin de congruencia). SOLO DISCUTE encuadre legal.- c.- Produccin de prueba que hubiere ofrecidoanteriormente (y no hubiere sido admitida).- d.- Deducir excepciones (art. 24, ss y concs. CPPER) 1. Perentorias (Sobreseimiento y libertad) 2. Dilatorias (Archivo hasta superar obstculo formal).- Admite apelacin (ver trmite Excepciones).- B.- Sanear vicios formales.- C.- Plantear Nulidades.- Vista a la contraparte (ver trmite Art. 199 CPPER) D.- Salidas Alternativas: Probation o JuicioAbreviado (art. 11, Ac. Gral. STJER N 15/11).- E.- Contestar la acusacin.- F.- Pide la Divisin del Debate (410). Cesura de juicio. 6.- Ofrecimiento de EVIDENCIA. (art. 411).- A.- El MPF ofrece prueba.- B.- Idm QUERELLANTE.- C.- Idm DEFENSA.- D.- TEST de PERTINENCIA de la EVIDENCIA.- (CHAIA,RubnA.;"InstitucionesdelProcesoPenalAcusatorio",DeltaEd., Paran, 2012, p. 341) .- 1.- Permite VERIFICAR: a.- La EXISTENCIA de un HECHO DELICTIVO y susELEMENTOS OBJETIVOS y SUBJETIVOS.- b.- Quin es el AUTOR (intervino en el hecho... de qu modo?).- c.-EselimputadoRESPONSABLEporesehecho...enqu modo? d.- Existen circunstancias ATENUANTES y AGRAVANTES? e.- Debe imponrsele PENA... qu pena merece? f.- Se debe aplicar una MEDIDA DE SEGURIDAD... de qu tipo? 2.- Existen OTROS MEDIOS para verificar esos extremos?.- a.- SUPLANTAN al ofrecido (en qu medida puedo prescindirde l?.-) b.- Estos medios son de MEJOR CALIDAD... seCOMPLEMENTAN... se EXCLUYEN...- 3.- Se puede SOSTENER una TEORIA DEL CASO COHERENTE sinesa prueba?.- a.- La ELIMINACION de esa prueba TRUNCA la teora delcaso.- ARTICULO 253 CPPER. Prueba pertinente. Para que una medida de prueba sea admitida deber: 1.- referirse directa o indirectamente al objeto de la averiguacin 2.- ser til para el descubrimiento de la verdad. Elrganojudicialcompetentepodrlimitarlasmedidasdepruebaofrecidaspara demostrar un hecho o circunstancia, cuando: 1.- resulten manifiestamente superabundantes o impertinentes. Soninadmisiblesloselementosdepruebaobtenidosporunmedioprohibido, segn el criterio establecido en este CPPER- E.- NOTAS: a.- La regla es la aceptacin (el rechazo es soloexcepcional).- b.- No admitir la produccin de prueba impertinente,hechos que son de pblico y notorio, superabundante, dilatoria.- c.- Excluir prueba ilcita (vrg. fruto del rbolenvenenado).- d.- Testigos y Peritos: Sealar los hechos o losinformes que sobre los que sern examinados.- e.- Documental: Traerla o sealar donde est. f.- Explicar motivos o hechos que pretendeprobar.- g.- Dems prueba que estime pertinente.- h.- Anticipo de prueba (art. 412). Excepcional.Criterio restrictivo (SOLO se admite cuando la pba. no podrproducirseenlaaudiencia,olapba. fuera imposiblehacerseenlaaudiencia. Producida la prueba, eneldebateseincorporapor lectura).- C.-APERTURAAJUICIOyADMISIONDEPRUEBA(405y415 CPPER).- A.- Cumplidos los pasos ap. B (Desarrollo de laaudiencia), si no prosperan planteos opositores, el Juez: 1.- Dispondr la Remisin de la causa a Juicio Oral(mediante auto, art. 405 CPPER y art. 11, Ac.Gral. STJER N 15/11).- 2.- Admitir la evidencia (Art. 415 CPPER).- 3.- El auto de remisin es inapelable.- 4.- Apelaciones a sobreseimientos denegados, salidas alternativas denegadas: NOSONAPELABLES,puesnoseencuentran expresamenteprevistascomotales(art.502CPPER)ynocausan gravamenirreparableentantoimplicanlacontinuidaddel sometimientoaproceso,cuestinquepermitealimputadoenla instancia plenaria ejercer su defensa e interesar la absolucin.- 5. La resolucin que ordena la produccin de pba.que pida la Defensa o el Querellante en su rolopositor (art. 405 CPPER) es irrecurrible.- NOTA: CUIDADO con las cuestiones que el CPPERdeclara expresamente apelables (vrg.Sobreseimiento, Nulidades, Excepciones, etc.).- MARIANO SEBASTIAN MARTINEZ Juez de Garantas de C. del Uruguay 2013