83
EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE SANTURTZI SOLICITUD DE INICIO Leioa, enero de 2017

EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

  • Upload
    others

  • View
    9

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA DE LA

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE SANTURTZI

SOLICITUD DE INICIO

Leioa, enero de 2017

Page 2: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2

HOJA DE FIRMAS

Título: Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada; Solicitud de inicio de la

modificación puntual del PGOU del municipio de Santurtzi.

Referencia de proyecto: PM-024

Cliente: Ayuntamiento de Santurtzi

Estado de revisión: 0

Fecha de edición: Enero 2017

Redactado por: Merey Trade., cuyo domicilio social está en Ribera de Axpe 50, Edificio

Udondo, 48950-Erandio (Vizcaya). Tf: 944315469

Román Monasterio DNI: 14845755Z

Ingeniero Industrial

Begoña López DNI: 22745639L

Licenciada en Ciencias Ambientales

Ingeniera técnica en Gestión de Aguas

Page 3: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 3

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................... 6

2. CONTENIDO DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ............ 8

3. MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ................................................................. 9

4. OBJETIVO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL ............................................................. 11

5. ALCANCE Y CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Y DE SUS

ALTERNATIVAS ......................................................................................................... 14

5.1. ANTECEDENTES .............................................................................................. 14

5.2. ESTADO ACTUAL DEL ÁMBITO ....................................................................... 15

5.3. MODIFICACIÓN PUNTUAL PROPUESTA ......................................................... 16

6. RESUMEN DE LOS MOTIVOS DE LA SELECCIÓN DE LAS ALTERNATIVAS

CONTEMPLADAS ...................................................................................................... 19

7. DESARROLLO PREVISIBLE DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL .................................... 21

8. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS PLANES SECTORIALES Y TERRITORIALES

CONCURRENTES ....................................................................................................... 22

8.1. DIRECTRICES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO........................................... 22

8.2. PLAN TERRITORIAL PARCIAL DEL ÁREA FUNCIONAL DE BILBAO METROPOLITANO ........................................................................................... 24

8.3. PLAN TERRITORIAL SECTORIAL AGROFORESTAL ........................................... 25

8.4. PLAN TERRITORIAL SECTORIAL DE ORDENACIÓN DE LOS MÁRGENES DE RÍOS Y ARROYOS ............................................................................................ 26

8.5. PLAN TERRITORIAL SECTORIAL DE ORDENACIÓN DE ZONAS HÚMEDAS DE LA CAPV ..................................................................................................... 27

8.6. PLAN TERRITORIAL SECTORIAL DE ORDENACIÓN DE PROTECCIÓN Y ORDENACIÓN DEL LITORAL ............................................................................ 28

8.7. IDENTIFICACIÓN DE OTROS PLANES CON INCIDENCIA EN EL ÁMBITO DE ESTUDIO ......................................................................................................... 28

8.8. LEY 2/2006, DE 30 DE JUNIO, DE SUELO Y URBANISMO ............................... 29

9. CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ANTES DEL

DESARROLLO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL ....................................................... 32

9.1. SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO ..................................................................... 32

9.2. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS VARIABLES BIOLÓGICAS ................ 33 9.2.1. Vegetación ............................................................................................................. 33 9.2.2. Hábitats de Interés Comunitario ........................................................................... 35

Page 4: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 4

9.2.3. Hábitats Eunis ........................................................................................................ 37 9.2.4. Fauna ..................................................................................................................... 38 9.2.5. Fauna de Especial Interés ...................................................................................... 39

9.3. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS VARIABLES FÍSICAS ........................ 39 9.3.1. Geología ................................................................................................................. 39 9.3.2. Geomorfología ....................................................................................................... 39 9.3.3. Hidrología .............................................................................................................. 40 9.3.4. Clima ...................................................................................................................... 41

9.4. PROCESOS Y RIESGOS AMBIENTALES............................................................. 41 9.4.1. Ruido ...................................................................................................................... 41 9.4.2. Suelos potencialmente contaminados .................................................................. 46 9.4.3. Inundabilidad ......................................................................................................... 50 9.4.4. Vulnerabilidad de acuíferos ................................................................................... 50

9.5. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS VARIABLES ESTÉTICAS Y CULTURALES ................................................................................................... 51

9.5.1. Paisaje .................................................................................................................... 51 9.5.2. Patrimonio cultural ................................................................................................ 52

9.6. UNIDADES AMBIENTALES HOMOGÉNEAS ..................................................... 52

9.7. VALORACIÓN DE POSIBLE AFECCION A RED NATURA 2000 .......................... 53

10. EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES ...................................................................... 54

10.1. INTRODUCCIÓN Y ANÁLISIS PRELIMINAR DE LOS IMPACTOS PREVISIBLES .................................................................................................... 54

10.2. METODOLOGÍA .............................................................................................. 55 10.2.1. Identificación de Impactos .................................................................................... 55 10.2.2. Valoración de Impactos ......................................................................................... 56

10.3. EFECTOS AMBIENTALES DE LAS ACTUACIONES DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL. VALORACIÓN ................................................................................ 59

10.3.1. Ocupación y usos del suelo .................................................................................... 59 10.3.2. Movimiento de tierras por excavaciones .............................................................. 59 10.3.3. Emisiones a la atmósfera ....................................................................................... 60 10.3.4. Impacto acústico .................................................................................................... 61 10.3.5. Generación de residuos ......................................................................................... 61 10.3.6. Vertidos accidentales............................................................................................. 62 10.3.7. Aumento/modificación del consumo de recursos ................................................. 63

11. PROPUESTA DE MEDIDAS PREVENTIVAS, CORRECTORAS Y COMPENSATORIAS .... 65

11.1. MEDIDAS GENERALES PARA LA FASE DE DESARROLLO DE LAS OBRAS EN LAS EDIFICACIONES AFECTADAS ............................................................... 65

11.2. MEDIDAS SOBRE EL MOVIMIENTO DE TIERRAS............................................. 67

11.3. MEDIDAS PARA LAS EMISIONES ATMOSFÉRICAS .......................................... 68

11.4. MEDIDAS PARA EL IMPACTO ACÚSTICO ........................................................ 69

11.5. MEDIDAS PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS ................................................... 70 11.5.1. Residuos de construcción y demolición (RCD’s) .................................................... 70 11.5.2. Gestión de otro tipo de residuos ........................................................................... 72

12. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS PREVISTAS PARA EL SEGUIMIENTO

AMBIENTAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL ......................................................... 73

Page 5: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 5

12.1. OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE SUPERVISIÓN .............................................. 73

12.2. CONTROLES SOBRE LOS OBJETIVOS DE LAS OBRAS ...................................... 74

12.3. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO EN FASES PREVIAS A LA EJECUCIÓN ............................................................................... 75

12.3.1. Control de autorizaciones ...................................................................................... 75 12.3.2. Control de las instalaciones auxiliares de obra...................................................... 76

12.4. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO EN FASES DE EJECUCIÓN ..................................................................................................... 76

12.4.1. Ocupación y usos del suelo .................................................................................... 76 12.4.2. Asesoría ambiental durante la ejecución de las obras .......................................... 77 12.4.3. Controles sobre los objetivos de las obras ............................................................ 77 12.4.4. Control de la calidad de la obra ............................................................................. 77 12.4.5. Manual de Buenas Prácticas Ambientales ............................................................. 78 12.4.6. Control sobre el movimiento de tierras................................................................. 79 12.4.7. Control sobre la generación y gestión de residuos ................................................ 79 12.4.8. Control de la contaminación atmosférica.............................................................. 80 12.4.9. Control de la contaminación acústica .................................................................... 81

12.5. CONTROL DOCUMENTAL DEL PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL ................. 81

13. ANEXOS .................................................................................................................... 83

13.1. ANEXO I: CARTOGRAFÍA AMBIENTAL

13.2. ANEXO II: PLANOS DEL MAPA DE RUIDO DE SANTURTZI

Page 6: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 6

1. INTRODUCCIÓN

La Evaluación Ambiental Estratégica introduce la variable ambiental en la toma de

decisiones sobre los planes de ordenación territorial con incidencia significativa en el

medio ambiente.

Esta técnica, se ha venido manifestando como la forma más eficaz para evitar impactos

sobre la naturaleza, internalizando las externalidades ambientales generadas por la

ordenación urbanística del territorio, al poder elegir, entre las diferentes alternativas

posibles, aquella que mejor salvaguarde los valores ambientales desde su perspectiva

global y teniendo en cuenta todos los efectos derivados de las actuaciones

proyectadas.

El marco normativo que inicialmente acogió este procedimiento fue el Real Decreto

Legislativo 1302/1986 de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, así como el

Real Decreto 1131/1988 de 30 de septiembre que desarrollaba reglamentariamente el

anterior. Posteriormente se publicó el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero,

por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental

de proyectos.

La Unión Europea, consideró insuficientes los diferentes sistemas de evaluación

ambiental vigentes en los Estados miembros, porque no incluían los planes y

programas fundamentales que establecen el marco de las posteriores decisiones de

autorización de proyectos. En este sentido se redactó la Directiva 2001/42/CE del

Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la evaluación de los efectos de

determinados planes y programas en el Medio Ambiente.

La Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y

programas en el medio ambiente transpuso la citada Directiva, introduciendo así un

Page 7: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 7

instrumento de prevención que permitió integrar los aspectos ambientales en la toma

de decisiones de planes y programas públicos.

En el ámbito autonómico, la Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente del

País Vasco, establece un procedimiento de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental

de los planes relacionados en el Anexo I A).

Por otro lado, el Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el

procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas, establece

el marco de aplicación de la Evaluación Ambiental Estratégica de planes y programas y

desarrolla las competencias propias de la CAPV en esta materia.

Actualmente, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental unifica en

una sola norma la Ley 9/2006, de 28 de abril y el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11

de enero, así como las modificaciones posteriores al texto refundido, estableciendo el

procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para las

modificaciones de los Planes de Ordenación Urbana.

Este será el marco normativo por el que se regulará el procedimiento de evaluación

ambiental estratégica simplificada de la Modificación PGOU de Santurtzi para

modificar el artículo 2.2.6.

Page 8: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 8

2. CONTENIDO DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA

En base a lo establecido en el artículo 29 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, el

presente documento ambiental estratégico se estructura teniendo en cuenta el

siguiente contenido:

Motivación de la aplicación del procedimiento de evaluación ambiental

estratégica simplificada.

Objetivos de la modificación puntual.

Alcance y contenido de la modificación puntual y de sus alternativas.

Desarrollo previsible de la modificación puntual.

Resumen de los motivos de la selección de las alternativas contempladas.

Efectos previsibles sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes.

Caracterización de la situación del medio ambiente antes del desarrollo de la

modificación puntual.

Efectos ambientales previsibles.

Medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, corregir

cualquier efecto negativo relevante en el medio ambiente de la aplicación de la

modificación puntual, tomando en consideración el cambio climático.

Descripción de las medidas previstas para el seguimiento ambiental de la

modificación puntual.

Page 9: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 9

3. MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA

La Evaluación Ambiental Estratégica de la Modificación Puntual del PGOU de Santurtzi

objeto de estudio, queda actualmente regulada por la Ley 21/2013 de evaluación

ambiental.

En el artículo 6 del mismo, se define el ámbito de aplicación de la evaluación ambiental

estratégica, de manera que:

1. Serán objeto de una evaluación ambiental estratégica ordinaria los planes y

programas, así como sus modificaciones, que se adopten o aprueben por una

Administración pública y cuya elaboración y aprobación venga exigida por una

disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Ministros o del

Consejo de Gobierno de una comunidad autónoma, cuando:

a. Establezcan el marco para la futura autorización de proyectos

legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental y se refieran a

la agricultura, ganadería, silvicultura, acuicultura, pesca, energía,

minería, industria, transporte, gestión de residuos, gestión de recursos

hídricos, ocupación del dominio público marítimo terrestre, utilización

del medio marino, telecomunicaciones, turismo, ordenación del

territorio urbano y rural, o del uso del suelo; o bien,

b. Requieran una evaluación por afectar a espacios Red Natura 2000 en los

términos previstos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio

Natural y de la Biodiversidad.

c. Los comprendidos en el apartado 2 cuando así lo decida caso por caso el

órgano ambiental en el informe ambiental estratégico de acuerdo con

los criterios del anexo V.

d. Los planes y programas incluidos en el apartado 2, cuando así lo

determine el órgano ambiental, a solicitud del promotor.

Page 10: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 10

2. Serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada:

a. Las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en

el apartado anterior.

b. Los planes y programas mencionados en el apartado anterior que

establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida extensión.

c. Los planes y programas que, estableciendo un marco para la

autorización en el futuro de proyectos, no cumplan los demás requisitos

mencionados en el apartado anterior.

La Modificación Puntual que se plantea Santurtzi, queda en un principio afectada por

la evaluación simplificada, al considerarse una modificación menor de un plan, y no

cumple con los demás requisitos mencionados en el apartado 1.

Page 11: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 11

4. OBJETIVO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL

El Ayuntamiento de Santurtzi desea tramitar una Modificación Puntual del Plan

General de Ordenación Urbana. Esta Modificación consiste en la modificación del

artículo 2.2.6 de dicho PGOU tal como se estableció en el acuerdo plenario de 30 de

junio de 2016.

Hasta la fecha el artículo 2.2.6 referente a las ordenanzas municipales del Plan General

de Ordenación Urbana de Santurtzi dicta que las ordenanzas municipales son normas

de carácter general que establecen ciertos aspectos generales relacionados con la

aplicación del planeamiento urbanístico y los usos de suelo establecidos en

competencia ordinaria municipal.

El artículo 2.2.6. recoge asimismo, que a la hora de cambiar dichas ordenanzas

municipales se deberá tener en cuenta el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y por

ello el Ayuntamiento de Santurtzi sería el responsable de su aprobación definitiva.

La modificación que se plantea ampliaría dicho artículo y abarcaría la posibilidad de

realizar expropiaciones en caso de observar el incumplimiento del deber de actualizar

en las edificaciones de uso predominantemente residencial y en los términos

requeridos por la ordenación urbanística, los servicios e instalaciones precisos para

hacer efectiva la accesibilidad prevista por la legislación sectorial, todo ello en los

términos del artículo 177.j de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo de la

Comunidad Autónoma Vasca y normativa aplicable.

Con carácter general, esta Ordenanza es de aplicación a los inmuebles existentes, que

cumplan con todas las siguientes condiciones:

Page 12: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 12

a) Estar destinado a uso preferentemente residencial, terciario o equipamental,

sin perjuicio de la existencia en los mismos de otros usos de carácter

complementario, sean o no auxiliares de las viviendas.

b) No estar incluidos en el régimen del artículo 101 de la Ley vasca de Suelo y

Urbanismo 2/2006 de 30 de junio, (edificios incluidos en el régimen de fuera de

ordenación del Plan General de Ordenación Urbana de Santurtzi o

disconformes con el planeamiento urbanístico).

c) Contar con dificultades de accesibilidad, que justifiquen la aplicación de la

normativa de accesibilidad en vigor.

Del mismo modo, las obras y actuaciones proyectadas para resolver los problemas de

accesibilidad pueden incidir en:

a) Locales y espacios, viviendas o partes de los mismos, situados en el interior de

las edificaciones en las que se ubican las citadas viviendas, tanto sobre como

bajo rasante, cualquiera que sea el uso al que se destinen.

b) Locales y espacios, o partes de los mismos, ubicados en otras edificaciones

complementarias de las anteriores, situadas en la misma parcela vinculada a las

citadas edificaciones en las que se ubican las referidas viviendas.

c) Terrenos no edificados integrados en la parcela vinculada a la referida

edificación.

d) Terrenos exteriores y ajenos a la citada parcela, colindantes tanto con ésta

como con la edificación de la que formen parte las viviendas con dificultades de

acceso.

De esta forma, la presenta modificación únicamente afectaría al suelo urbano del

municipio de Santurtzi, quedando excluido el suelo urbanizable ya que en el mismo

únicamente se permite uso residencial asociado a uso agropecuario.

Page 13: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 13

El único fin de la modificación es hacer efectiva la accesibilidad prevista por el artículo

177.j de la Ley 2/2006.

Page 14: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 14

5. ALCANCE Y CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Y DE SUS

ALTERNATIVAS

5.1. ANTECEDENTES

La Modificación Puntual del PGOU de Santurtzi pretende dar cumplimiento al acuerdo

del Ayuntamiento Pleno adoptado de fecha 30 de junio de 2016 y aprobar

definitivamente una nueva Ordenanza que promocione la accesibilidad de viviendas

ubicadas en las edificaciones residenciales, equipamientos y locales de uso terciario.

Atendiendo a los antecedentes, se debe citar que, el Ayuntamiento de Santurtzi

aprobó definitivamente, mediante acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2009, la

Ordenanza para la promoción de la accesibilidad a las viviendas y locales comerciales.

La aplicación de la misma ha resultado de gran utilidad y ha contribuido a la promoción

de la accesibilidad en muchas edificaciones del municipio. La experiencia acumulada

en estos años hace aconsejable no obstante, realizar algunas modificaciones que

contribuyan a agilizar la tramitación del expediente, ajustar algunos parámetros de

carácter técnico y modificar los preceptos relativos a la expropiación para la ejecución

de obras de accesibilidad.

La primera cuestión citada, agilización de la tramitación del expediente, se producirá

con la eliminación del trámite de exposición pública por periodo mínimo de 20 días,

previa publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia, que se aplicaba a todo

expediente de tramitación de licencia de obra incluidas en el ámbito de aplicación de

la Ordenanza y que entendemos sólo generaba una dilación excesiva del expediente.

El trámite de exposición pública sí se aplicará, por imperativo legal, cuando deba

tramitarse una expropiación.

Page 15: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 15

Asimismo, se han ajustado parámetros de carácter técnico y se han precisado

cuestiones que ofrecen una mayor seguridad y concreción en aspectos como las

medidas correctoras a imponer.

Además, tras la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2

de Bilbao, de fecha 28 de diciembre de 2015, se ha alterado la regulación de la

expropiación de bienes y derechos para la ejecución de obras de promoción de la

accesibilidad. En este Fallo, se determina que la tramitación por parte del

Ayuntamiento de la expropiación de bienes para esta finalidad, requiere de la

previsión expresa en el Plan General de Ordenación Urbana de la aplicación de la

expropiación por inobservancia del deber de actualizar las edificaciones de uso

predominantemente residencial para hacer efectiva la accesibilidad prevista en la

legislación sectorial aplicable y, en consecuencia la declaración de utilidad pública de

las obras de accesibilidad y la necesidad de ocupación de bienes y derechos afectados

a los fines de expropiación o imposición de servidumbres.

Por todo lo anterior, la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana

del municipio de Santurtzi para modificar el artículo 2.2.6 tiene como objetivo abarcar

la posibilidad de expropiación por inobservancia del deber de posibilitar y garantizar la

accesibilidad, en los términos de la normativa sectorial correspondiente, a las

viviendas ubicadas en las edificaciones residenciales, equipamentales y de uso terciario

existentes en la ciudad, mediante la ejecución de obras o implantación de instalaciones

necesarias para ello, tales como ascensores, plataformas, salvaescaleras, rampas, etc.

5.2. ESTADO ACTUAL DEL ÁMBITO

El Plan General de Ordenación Urbana de Santurtzi recoge en el artículo 2.2.6 de su

normativa, aprobado por Orden foral nº 140/1998, de 12 de marzo, todavía vigente,

que se consideran Ordenanzas municipales todas aquellas disposiciones de carácter

Page 16: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 16

general y de competencia ordinaria municipal que regulan algunos aspectos

relacionados con la aplicación del planeamiento urbanístico y usos del suelo, las

actividades, las obras y los edificios, tanto las que se dicten en cumplimiento de lo

dispuesto en el Plan General como complemento del mismo, como las que apruebe el

Ayuntamiento en el ejercicio de las competencias que la legislación le otorga.

Su modificación o revisión, ordinariamente, no implicará la del Plan General y se

tramitará con arreglo al procedimiento establecido por el artículo 49 de la Ley

Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 7/85, de 2 de abril y, en consecuencia,

su aprobación definitiva corresponderá al Ayuntamiento de Santurtzi.

5.3. MODIFICACIÓN PUNTUAL PROPUESTA

Como ya se ha comentado a lo largo del documento, la propuesta de modificación

conlleva la ampliación del artículo 2.2.6 del Plan General de Ordenación Urbana de

Santurtzi con el fin de dar mandato a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo nº 2 de Bilbao de 28 de diciembre de 2015, y prever de esta forma la

posibilidad de expropiación por inobservancia del deber de actualizar en las

edificaciones de uso predominantemente residencial y en los términos requeridos por

la ordenación urbanística, los servicios e instalaciones precisos para hacer efectiva la

accesibilidad prevista por la legislación sectorial.

Con este fin el artículo 2.2.6 del PGOU recogería el siguiente contenido (aparecen

subrayados los aspectos que se propone modificar, para una diferenciación más fácil):

“Artículo 2.2.6.- Ordenanzas municipales:

1. “A los efectos de estas Normas, se consideran Ordenanzas municipales todas

aquellas disposiciones de carácter general y de competencia ordinaria

Page 17: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 17

municipal, que regulan algunos aspectos relacionados con la aplicación del

planeamiento urbanístico y usos del suelo, las actividades las obras y los

edificios, tanto las que se dicten en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan

General como las que apruebe el Ayuntamiento en el ejercicio de las

competencias que la legislación le otorga. Su modificación o revisión,

ordinariamente, no implicará la del Plan General y se tramitará con arreglo al

procedimiento establecido por el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases de Régimen Local, y, en consecuencia, su aprobación

definitiva corresponderá al Ayuntamiento de Santurtzi.

2. En concreto, se prevé la posibilidad de expropiación por inobservancia del deber

de actualizar en las edificaciones de uso predominantemente residencial y en

los términos requeridos por la ordenación urbanística, los servicios e

instalaciones precisos para hacer efectiva la accesibilidad prevista por la

legislación sectorial, todo ello en los términos del artículo 177.j de la Ley

2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma

Vasca y normativa aplicable. Para ello se aprueba la correspondiente ordenanza

municipal de desarrollo y se seguirán los trámites recogidos en la normativa

vigente.

A estos efectos, y en aras a dar cumplimiento al artículo 45.a) del Decreto

105/2008 , de 3 de junio, de medidas urgentes en desarrollo de la Ley 2/2006

antes citada, o normativa que le sustituya, la aprobación del proyecto para

realizar dichas obras con la finalidad de hacer efectiva la accesibilidad de

edificaciones de uso predominantemente residencial, la cual se entenderá

efectuada con la resolución de concesión de licencia de obras, implicará la

declaración de utilidad pública de dichas obras y la necesidad de ocupación de

los terrenos y demás bienes y derechos afectados, a los fines de expropiación,

Page 18: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 18

ocupación temporal con motivo de obras o imposición de servidumbres con

motivo del interés social en dicha expropiación.””

Page 19: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 19

6. RESUMEN DE LOS MOTIVOS DE LA SELECCIÓN DE LAS ALTERNATIVAS

CONTEMPLADAS

En este apartado se analiza la alternativa 0 o de no actuación, frente a la propuesta de

ordenación de la Modificación Puntual:

Alternativa 0:

Supondría dejar las áreas de las zonas urbanas de acuerdo a lo que indica el PGOU

actualmente y teniendo en consideración lo que dice el artículo 2.2.6 de Ordenanzas

municipales:

“A los efectos de estas Normas, se consideran Ordenanzas municipales todas aquellas

disposiciones de carácter general y de competencia ordinaria municipal, que regulan

algunos aspectos relacionados con la aplicación del planeamiento urbanístico y usos

del suelo, las actividades, las obras y los edificios, tanto las que se dicten en

cumplimiento de lo dispuesto en el Plan General como complemento del mismo, como

las que apruebe el Ayuntamiento en el ejercicio de las competencias que la legislación

le otorga.

Su modificación o revisión, ordinariamente, no implicará la del Plan General y se

tramitará con arreglo al procedimiento establecido por el artículo 49 de la Ley

Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 7/85, de 2 de abril y, en consecuencia,

su aprobación definitiva corresponderá al Ayuntamiento de Santurtzi”.

Alternativa Propuesta:

La alternativa propuesta es la descrita en el apartado 5.3 modificación puntual

propuesta del presente documento.

Page 20: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 20

El párrafo añadido prevé la posibilidad de expropiación urbanística para llevar a cabo la

ejecución de obras o implantaciones necesarias para garantizar la accesibilidad tales

como ascensores, plataformas, salvaescaleras o rampas (siguiendo los términos del

artículo 177.j de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo de la CAPV), así como considerar

que la obtención de licencia de obras para la instalación de ascensores implicará la

declaración de utilidad pública de dichas obras y la necesidad de ocupación de los

terrenos, bienes y derechos afectados a los fines de la expropiación u ocupación

temporal (siguiendo el artículo 45. a del Decreto autonómico 106/2008), tratándose de

un pronunciamiento general exigido por la normativa urbanística.

Page 21: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 21

7. DESARROLLO PREVISIBLE DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL

El desarrollo previsible de la modificación del artículo 2.2.6 del PGOU de Santurtzi

implica simplemente posibilitar y garantizar la accesibilidad a las viviendas ubicada en

las edificaciones residenciales, equipamentales y de uso terciario existentes en la

ciudad, mediante la ejecución de obras o la implantación de instalaciones necesarias

para ello, tales como ascensores, plataformas, salvaescaleras, rampas, etc.

Por lo tanto el desarrollo previsible de la modificación puntual es prever la posibilidad

de expropiación por inobservancia del deber de actualizar en las edificaciones para

hacer efectiva la accesibilidad.

Page 22: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 22

8. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS PLANES SECTORIALES Y TERRITORIALES

CONCURRENTES

Se analiza a continuación, las interacciones de la modificación puntual con aquellos

planes territoriales que pueden establecer condicionantes a la misma.

8.1. DIRECTRICES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Mediante Decreto 28/1997, de 11 de Febrero, se aprueban definitivamente las

directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Posteriormente, mediante Orden de 24 de febrero de 2012 se aprueba inicialmente la

Modificación de las DOT como consecuencia de su reestudio, y mediante Orden de 4

de junio de 2014 se aprueba inicialmente la Modificación de las DOT en lo relativo a la

Cuantificación Residencial.

Las DOT establecen los ejes básicos de actuación futura sobre el medio ambiente, los

recursos naturales, el paisaje, los espacios urbanos, industriales y rurales, las

infraestructuras y equipamientos y nuestro gran patrimonio histórico y cultural.

Las DOT constituyen la base de referencia para el desarrollo armónico y coordinado de

la CAPV y se fundamentan en criterios de interconexión e integración, de tal manera

que los planes territoriales y sectoriales, así como el planeamiento municipal, no sean

elaborados de forma independiente entre sí, sino que todos persigan objetivos

coherentes, con una visión global y no particular o contradictoria con el entorno o con

el resto de la Comunidad.

Los objetivos ambientales fundamentales de las DOT son:

1. Utilizar racional e intensivamente el suelo.

Page 23: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 23

2. Evitar la segregación y dispersión urbana.

3. Preservar del desarrollo urbano y de la intervención antrópica los elementos de

interés naturalístico existentes en el territorio.

4. Reducir los costes y efectos negativos de la movilidad.

Las Directrices consolidan el ámbito comarcal a nivel de ordenación territorial, y en

nuestro caso, delimitan el Área Funcional de Bilbao Metropolitano, como un marco

apropiado de actuación para propuestas de escala comarcal.

La modificación puntual planteada conlleva la ampliación del artículo 2.2.6 del PGOU

de Santurtzi para determinar y regular los criterios y medidas de intervención que

posibiliten y garanticen la accesibilidad en viviendas ubicadas en las edificaciones

residenciales, equipamentales y de uso terciario existentes en la ciudad.

En este sentido, supone un uso racional del suelo, con un amplio beneficio social, en

clara consonancia con los dos primeros objetivos ambientales de las DOT:

La modificación puntual supone el mantenimiento del uso del suelo urbano

existente.

Esto evita ocupar nuevos suelos y por tanto, la segregación urbanística.

Por otra parte, las DOT no identifican elementos de interés naturalístico en los ámbitos

de la modificación. Tampoco los identifican otros instrumentos de ordenación y

protección del medio ambiente. Por tanto, la modificación no afecta a elementos de

interés naturalístico y no contribuye a su deterioro.

Page 24: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 24

8.2. PLAN TERRITORIAL PARCIAL DEL ÁREA FUNCIONAL DE BILBAO

METROPOLITANO

El Plan Territorial del Bilbao Metropolitano es el instrumento de ordenación territorial

que sirve para definir la estructura y regular el Modelo Territorial para el Área

Funcional del Bilbao Metropolitano.

El PTP fue aprobado mediante Decreto 179/2006, de 26 de septiembre, y tiene como

objetivo general el logro de una postura activa y comprometida con el medio físico y la

transformación del espacio urbano y la nueva actividad económica, coordinando

acciones en un horizonte temporal de 16 años, para garantizar el desarrollo sostenible

del Área Funcional.

Para el logro de sus objetivos generales, el PTP establece un Modelo Territorial que

recoge la ordenación del medio físico, a través de una serie de categorías de

actividades primarias o de protección, y las propuestas tanto para residencia o

actividades económicas, como para equipamientos y grandes infraestructuras en los

suelos artificializados o por artificializar.

En cuanto a las afecciones del Modelo Territorial para el Municipio de Santurtzi, en el

marco del medio físico, destaca el macizo del Serantes con una Especial Protección de

Interés Naturalístico en una gran Área, que además tiene el condicionante

superpuesto de riesgo de erosión. El ámbito de la modificación Puntual propuesta para

ampliar el artículo 2.2.6. no coincide con esta área.

Por lo que se refiere a las Acciones Estructurantes concretas que afectan al Municipio

de Santurtzi, se citan:

El Corredor Ballonti entre Barakaldo y la CN-634 en Abanto y Zierbena (AE-4).

Page 25: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 25

El acceso de mercancías al Puerto Exterior (AE-13).

Línea ferroviaria Abanto-Santurtzi y tranvía por la ría Paseo Metropolitano (AE-

14).

Culminación línea 2 del Metro hasta Kabiezes (AE-16).

Recorridos ciclables o peatonales a través de la Malla Verde.

El Parque de Ribera borde del puerto pesquero hasta Portugalete (AE.20).

La Modificación Puntual propuesta no interactúa con ninguna de estas acciones.

En cuanto a las operaciones estratégicas planteadas en el Modelo Territorial,

únicamente afectan al suelo municipal las ampliaciones del Puerto, y el corredor de

Actividades económicas de la margen izquierda (OE-9).

Por lo que se refiere a la oferta de suelo residencial planteada en el año 1979 nuevas

viviendas para el periodo de 8 años, queda obsoleta a la vista de la cuantificación

residencial propuesta en la Modificación de las DOT que asciende a 2324 nuevas

viviendas.

Mediante la ampliación del artículo 2.2.6 que se propone en esta modificación, se

garantizará la accesibilidad a las viviendas ubicadas en las edificaciones residenciales,

equipamentales y de uso terciario existentes en la ciudad. Por lo tanto, y en vista de lo

descrito, la Modificación Puntual propuesta es acorde con el PTP.

8.3. PLAN TERRITORIAL SECTORIAL AGROFORESTAL

Mediante Decreto 177/2014, de 16 de septiembre, se aprueba definitivamente el Plan

Territorial Sectorial Agroforestal de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Page 26: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 26

El PTS Agroforestal es un instrumento de ordenación territorial, que, por un lado,

sugiere y canaliza actividades encaminadas a la planificación y gestión de los usos

agroforestales, acogiéndolas en un marco de planeamiento global del territorio, y, por

otro, defiende los intereses del sector agroforestal frente a otro tipo de usos. Todo ello

de acuerdo con el objetivo establecido en el artículo 12 de la Ley 17/2008 de Política

Agraria y Alimentaria de promover un uso continuado y adecuado del suelo agrario

ligado a la actividad agraria y acorde con las demandas de la sociedad.

Este Plan habitualmente adquiere especial relevancia en la ordenación del suelo no

urbanizable. En este sentido, la interacción entre la modificación puntual del artículo

2.2.6 del PGOU del municipio de Santurtzi y el PTS Agroforestal es nula, dado que se

trata de un suelo urbanizado en su totalidad.

El PTS Agroforestal cataloga casi la totalidad del suelo ocupado por la modificación

como residencial, industrial, equipamientos e infraestructuras.

El resto de los condicionantes adicionales vienen ordenados por el PTS de Litoral de la

Comunidad Autónoma del País Vasco.

En este sentido, el PTS Agroforestal no plantea limitaciones ni condicionantes al

planeamiento propuesto.

8.4. PLAN TERRITORIAL SECTORIAL DE ORDENACIÓN DE LOS MÁRGENES DE RÍOS Y

ARROYOS

Aprobado por Decreto 415/1998, de 22 de diciembre, en este Plan se analizan los ríos y

arroyos en función de una triple vertiente: la componente medioambiental, la

componente hidráulica y la componente urbanística.

Page 27: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 27

El ámbito de actuación de la Modificación Puntual del artículo 2.2.6. del PGOU de

Santurtzi equivale a todo el suelo urbano del municipio. Al sur del área mencionada se

encuentra el río Molinos, cartografiado dentro del PTS de ríos y arroyos; ver ¡Error! No

se encuentra el origen de la referencia..

La componente hidráulica lo clasifica como 1<C≤10km2. Según la componente

medioambiental, dicho río forma un margen con necesidad de recuperación y la

componente urbanística lo clasifica como margen en ámbito desarrollado.

De cualquier forma, las modificaciones que se harían en un supuesto caso de aprobar

la ampliación del artículo 2.2.6 del PGOU de Santurtzi no afectarían al PTS de ríos

debido a que las obras que se llevarían a cabo se desarrollarían en viviendas de uso

residencial existentes.

8.5. PLAN TERRITORIAL SECTORIAL DE ORDENACIÓN DE ZONAS HÚMEDAS DE LA

CAPV

El Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas del País Vasco fue aprobado por el

Consejero del Gobierno Vasco mediante el Decreto 160/2004, de 27 de julio. Con

Orden de 27 de mayo de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del

territorio se aprobó inicialmente la 1ª modificación del PTP de zonas húmedas de la

CAPV.

El PTS en su artículo 5 establece diferentes grupos de zonas húmedas.

El área objeto de estudio de la modificación no coincide con el ámbito del PTS de zonas

húmedas.

Page 28: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 28

8.6. PLAN TERRITORIAL SECTORIAL DE ORDENACIÓN DE PROTECCIÓN Y

ORDENACIÓN DEL LITORAL

El PTS de protección y Ordenación del Litoral de la C.A.P.V. fue aprobado

definitivamente por Decreto 43/2007, de 13 de marzo, y publicado en el BOPV Nº 65

de 2 de abril de 2007.

El área objeto de estudio de la ampliación del artículo 2.2.6. del Plan General de

Ordenación Urbana de Santurtzi coincide con las parcelas indicadas como suelo

urbano dentro del PTS Litoral. Ver ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia..

Por lo tanto, no tiene interacción con las zonas incluidas dentro de las categorías de

ordenación establecidas por el plan:

Especial Protección. Incluye las subcategorías de Especial Protección Estricta y

Especial Protección Compatible.

Mejora Ambiental. Incluye las subcategorías de Áreas de Mejora de

Ecosistemas y Áreas Degradadas a Recuperar.

Forestal

Agroganadera y Campiña

Zonas de Uso Especial. Playas Urbanas.

8.7. IDENTIFICACIÓN DE OTROS PLANES CON INCIDENCIA EN EL ÁMBITO DE

ESTUDIO

Los ámbitos incluidos en la Modificación Puntual del PGOU de Santurtzi no coinciden

con los siguientes espacios de protección ambiental:

Espacios Integrados en la Red Natura 2000

Page 29: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 29

Parques Naturales y Biotopos Protegidos

Humedales designados de Importancia Internacional en la CAPV (Convenio

RAMSAR)

Corredores Ecológicos

Áreas de interés especial para la fauna o la flora amenazadas.

8.8. LEY 2/2006, DE 30 DE JUNIO, DE SUELO Y URBANISMO

Con la ampliación del artículo 2.2.6. del Plan General de Ordenación Urbana del

municipio de Santurtzi solamente se intenta abarcar la posibilidad de realizar

expropiaciones urbanísticas para poder llevar a cabo la instalación de ascensores

siguiendo los términos del artículo 177.j. de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y

Urbanismo de la Comunidad Autónoma Vasca.

Dicho artículo enumera los supuestos en los cuales sería posible aplicar una

expropiación por motivos urbanísticos, siendo el apartado j el referente a la

inobservancia de los deberes de actualizar, en las edificaciones de uso

predominantemente residencial y en los términos requeridos por la ordenación

urbanística, los servicios e instalaciones precisas para hacer efectiva la accesibilidad

prevista por la legislación sectorial pertinente.

También explica que en el último caso, la administración expropiante será el

ayuntamiento correspondiente, y el beneficiario la comunidad de propietarios o quien

ostente una mayoría suficiente para ejecutar las obras en cuestión.

Además, el beneficiario deberá solicitar la expropiación acreditando que promueve un

proyecto que cuenta, o es susceptible de contar, con licencia municipal y la

imposibilidad de inicio de las obras por no disponer de la totalidad de los bienes y

derechos afectados.

Page 30: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 30

Cabe destacar que la Modificación Puntual propuesta no está dentro de ninguno de los

supuestos de revisión total o parcial del Plan General de Ordenación Urbana del

municipio de Santurtzi siguiendo el artículo 33 del Decreto 105/2008 de Medidas

Urgentes en desarrollo a la Ley 2/2006 en relación con su artículo 102.

El artículo 102 de la Ley 2/2006 dicta el concepto y la procedencia de la revisión de los

planes de ordenación urbanística y explica que la reconsideración total de la

ordenación establecida por los planes urbanísticos y, en todo caso, de la ordenación

estructural de los planes generales, precisa su revisión.

Dicha revisión podría ser parcial, cuando justificadamente se circunscriba a una parte

del territorio ordenado por el plan o de sus determinaciones, que forme un conjunto

homogéneo, o de ambas a la vez.

Los planes urbanísticos se revisarán en todo caso en los plazos que en ellos se

establezcan y cuando se produzcan los supuestos o circunstancias previstos por ellos a

tal efecto o lo requieran los instrumentos de ordenación del territorio cuyas

determinaciones fueran vinculantes.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, y cuando razones de urgencia o de

excepcional interés público exijan la adaptación de los planes urbanísticos a los

instrumentos de ordenación del territorio, el órgano foral del territorio histórico, a

iniciativa propia o a requerimiento de la consejera o consejero competente en materia

de ordenación del territorio de la Administración de la Comunidad Autónoma del País

Vasco y con audiencia del ayuntamiento afectado, podrá disponer la revisión del plan

general o de otros planes urbanísticos concretos, fijando a las entidades municipales

plazos adecuados al efecto y para la adopción de las medidas pertinentes, incluidas las

de índole presupuestaria.

Page 31: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 31

Por último destacar que el mero transcurso de los plazos fijados sin que se hayan

llegado a incoar los correspondientes procedimientos habilitará al órgano foral del

territorio histórico para proceder a la elaboración técnica de la revisión omitida, en

sustitución del ayuntamiento correspondiente, previo requerimiento y audiencia a

este último.

Page 32: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 32

9. CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ANTES DEL

DESARROLLO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL

A continuación se procede a desglosar los principales condicionantes ambientales que

definen el ámbito de estudio de la modificación puntual.

Cabe definir el punto de partida del análisis ambiental, ya que los emplazamientos

objeto de la modificación son las equivalentes a las zonas urbanas, áreas en las que

predomina el uso residencial del suelo. Dicha área será la que condicione el análisis de

los elementos ambientales presentes.

9.1. SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

En la siguiente imagen se puede ver el emplazamiento objeto de la modificación.

Imagen 1 Zonas objeto de modificación del PGOU de Santurtzi.

Page 33: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 33

Se trata del total del suelo urbano del municipio de Santurtzi debido a que la

modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana sólo afecta a viviendas

de uso predominantemente residencial. Por este motivo no se ve la necesidad de

incluir el suelo urbanizable, ya que en el mismo únicamente se permite uso residencial

asociado a uso agropecuario.

9.2. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS VARIABLES BIOLÓGICAS

9.2.1. Vegetación

Desde el punto de vista biogeográfico y debido tanto a su localización como a sus

características climatológicas generales, el municipio de Santurtzi se encuentra

encuadrado en la Región Eurosiberiana, Superprovincia Atlántica, Subprovincia

Cántabro-Euskalduna, Sector Cántabro-Euskaldun (Rivas y col., 1987).

La situación actual de la flora existente es extraordinariamente diferente respecto a la

situación potencial de la misma. Ello se debe a la intervención humana a través de

procesos urbanizadores que dominan por completo la zona de estudio.

La situación del emplazamiento es de una ausencia casi total de vegetación natural.

Así, tal y como está documentado en la cartografía disponible, la zona urbana de

Santurtzi está compuesta en su mayoría por vegetación ruderal nitrófila con pequeños

espacios en los que se puede observar la presencia parques urbanos y jardines y

prados y cultivos atlánticos.

o Vegetación Ruderal Nitrófila

Se cartografían en esta unidad las zonas totalmente alteradas o humanizadas, como

poblaciones, grandes vías de comunicación, canteras y minas, escombreras, complejos

Page 34: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 34

industriales, baldíos, etc. Comprende un numeroso y heterogéneo grupo de plantas

adaptadas a vivir en bordes de caminos y carreteras, viejos muros, y tapias, terrenos

removidos, etc.

Asociado a estas zonas humanizadas con vías de comunicación está la vegetación

ruderal-nitrófila. Comprende un numeroso y heterogéneo grupo de plantas adaptadas

a vivir en bordes de caminos y carreteras, tales como: Oxalis latifolia, Stellaria media,

Veronica persica, Senecio vulgaris, Capsella rubella, Euphorbia helioscopia, Cardamine

hirsuta, etc.

o Prados y cultivos atlánticos

Se incluyen en esta unidad, todos los pastos y prados de uso ganadero y las huertas y

cultivos inmersos en los mismos. Es un tipo de vegetación con un único estrato

herbáceo, apareciendo de forma esporádica algún que otro ejemplar arbustivo

proveniente de las unidades adyacentes.

Son formaciones no naturales provenientes de la tala y quema de los robledales que se

desarrollaban en la zona para así crear grandes extensiones donde alimentar al

ganado. La composición florística de éstos varía en función del uso que de él se haga, si

se utiliza sólo como pasto o, además, se siega alguna vez al año, si se abona, etc.

Las especies más comunes que viven en esta formación son: Linum bienne (lino),

Plantago media (llantén mediano), Stachys officinalis (betónica), Polygala vulgaris,

Briza media (cedacillo), Brachypodium pinnatum, Leucanthemum vulgare (margarita

mayor), Lotus corniculatus (cuernecillo), Trifolium pratense (trébol), T. repens,

Rhinanthus mediterraneus (cresta de gallo), Dactylis glomerata, Lolium perenne

(raigrás), Holcus lanatus, Poa annua, Asphodelus albus (gamón), Daucus carota

Page 35: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 35

(zanahoria silvestre), Anthylis vulneraria (vulneraria), Cynosurus cristatus, Agrostis

capillaris, Ranunculus sp., etc.

Como elementos enriquecedores del paisaje y la biodiversidad, aparecen en esta

unidad hileras de vegetación arbórea y/o arbustiva autóctona (setos), que representan

los vestigios de la vegetación que dominaba en la zona. Están situadas en los bordes de

parcelas agrícolas, caminos o cursos de agua de pequeña entidad, abundantes en la

zona de campiña. Están formadas principalmente por robles (Quercus robur) y alisos

(Alnus glutinosa) en el estrato arbóreo y sauces (Salix sp.), avellanos (Corylus avellana),

cornejos (Cornus sanguinea) y saúcos (Sambucus nigra) en el estrato arbustivo.

9.2.2. Hábitats de Interés Comunitario

La Directiva 92/43/CEE o Directiva Hábitats, relativa a la conservación de los hábitats

naturales y de la fauna y flora silvestres, modificada por la Directiva 97/62/CEE,

enumera en su anexo I los hábitats naturales considerados como de interés

comunitario.

La Directiva Hábitats define hábitat natural de interés comunitario como aquella zona

terrestre o acuática diferenciada por sus características geográficas, abióticas y

bióticas, tanto si son totalmente naturales como seminaturales, y que cumplen alguna

de las siguientes características:

Se encuentran en peligro de desaparición en su área de distribución natural

dentro de la Unión Europea. Estos son los llamados “hábitats naturales

prioritarios” y es de especial relevancia su conservación a causa de la

importancia de la proporción de su área de distribución natural incluida en su

territorio.

Page 36: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 36

Presentan un área de distribución reducida a causa de su regresión o a causa

de tener un área reducida por propia naturaleza.

Son ejemplos representativos de una o varias de las seis regiones

biogeográficas en qué se encuentra dividida la UE, es decir la alpina, la

atlántica, la boreal, la continental, la macaronésica y la mediterránea.

En la zona de estudio se identifican dos tipos de hábitats clasificados dentro de la

directiva con los códigos 6010 y 4040, es decir, zonas de prados pobres de siega de

baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis) y brezales secos costeros.

o 6010. Zonas de Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis,

Sanguisorba officinalis)

Los prados de siega son formaciones herbáceas que se mantienen verdes todo el año,

caracterizando el paisaje vegetal de la zona de campiña atlántica. El conjunto florístico

de los prados es bastante simple, aunque rara vez hay dos prados con la misma

composición florística debido a las variaciones en su manejo.

Suelos profundos, con reserva de agua pero no encharcados (en estos casos se

drenan), ricos en nutrientes y, sobre todo, en materia orgánica (procedente del

abonado orgánico) caracterizan y propician el desarrollo de los prados de siega.

Constituyen una de las etapas finales en las series dinámicas de varios bosques de

frondosas, mayoritariamente robledales, fresnedas y bosques ribereños. De forma

marginal se instalan también en terrenos potenciales de encinar cantábrico, así como

en el límite altitudinal inferior del dominio de los hayedos.

Page 37: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 37

o 4040. Brezales secos costeros

Formaciones leñosas bajas, de forma almohadillada, adaptadas a la sequedad

ambiental provocada por los fuertes vientos que soplan desde el mar. Se sitúan

generalmente en la parte superior de los acantilados costeros, donde forman una

banda estrecha, entremezclándose con la vegetación propia de dichos acantilados, de

manera que siempre aparecen algunas plantas adaptadas a la salinidad ambiental

entre las matas propias de los brezales.

Pueden instalarse lo mismo sobre sustratos calcáreos que sobre materiales silíceos,

pero siempre bajo la influencia marina, manifestada por una cierta salinidad. Debido a

ello no se alejan de la línea de costa, limitándose a la banda donde más se nota el

influjo de la bruma marina. El fuerte viento de la costa es también un factor

condicionante que, unido a las pronunciadas pendientes y al escaso y rocoso suelo,

imposibilita el asentamiento de bosques climácicos. El suelo se mantiene seco por el

drenaje propiciado por las pendientes y el sustrato rocoso.

Son comunidades permanentes, ejemplo muy claro de tipos de vegetación adaptados

a espacios abiertos por causas naturales, de los que la línea costera es un prototipo.

9.2.3. Hábitats Eunis

El European Nature Information System (EUNIS, 1997) nace de la mano de la Agencia

Europea de Medioambiente (EEA) y la Red de Observación de Información Ambiental

Europea (EIONET), y ha sido desarrollado y es gestionado por el Centro Temático

Europeo de la Biodiversidad y la Protección de la Naturaleza (ETC/NPB en París) con el

objetivo de desarrollar un marco comprensible para la clasificación y descripción de los

hábitats de Europa.

Page 38: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 38

En función de esta clasificación, la zona de estudio se cartografía en base a los límites

establecidos en el mapa de vegetación. El área que abarca la modificación del artículo

2.2.6 contiene el hábitat identificado en Eunis con el código J1, construcciones de

pueblos y ciudades de alta densidad, en su mayoría. Aunque también pueden

observarse pequeñas zonas de I2.2, pequeños parques y jardines ornamentales y

E2.11, prados pastados y pastos no manipulados.

9.2.4. Fauna

La composición específica de la fauna que habita en un determinado territorio está

condicionada en primer lugar por la región biogeográfica en la que se encuentra, y en

segundo lugar por las características particulares de ese territorio, tanto en lo que se

refiere al medio físico (clima, topografía, hidrografía, etc.) como a la cubierta vegetal.

En el ámbito de estudio de la modificación puntual del PGOU de Santurtzi, el hábitat

faunístico se encuentra muy alterado respecto al potencial, dadas las actividades

existentes, los asentamientos urbanos, las infraestructuras, etc.

Las comunidades faunísticas y la potencial presencia de las mismas en un determinado

territorio está estrechamente ligado al tipo de unidades de vegetación existentes en él,

debido, por una parte, a la relación que los vertebrados terrestres mantienen con la

vegetación y muy especialmente con la estructura de la misma. En consecuencia,

existe una tendencia acentuada de los vertebrados por ocupar los hábitats de forma

preferente y por establecer relaciones ecológicas entre las especies que los ocupan.

Por tanto, los potenciales hábitats faunísticos de la zona de estudio se encuentran

actualmente muy alterados, con una intensa presión urbanística que condiciona

enormemente la presencia de especies faunísticas en la zona. En todo caso, las

Page 39: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 39

comunidades faunísticas esperables en el ámbito de estudio son las asociadas a

comunidades de áreas urbanas.

9.2.5. Fauna de Especial Interés

En el ámbito de estudio no se identifican especies de interés.

9.3. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS VARIABLES FÍSICAS

9.3.1. Geología

Geológicamente y a escala municipal, Santurtzi se encuentra en las estribaciones

occidentales de los Pirineos, dentro de la Cuenca Vasco-Cantábrica, más

concretamente dentro del Arco Vasco, uno de los cuatro dominios estructurales en los

cuales se estructura la citada cuenca.

En cuanto a su estructura geológica, Santurtzi se localiza en el flanco sur del Sinclinorio

de Bizkaia, con estructuras y series de orientación SE-NO.

Litológicamente, las parcelas objeto de estudio por la modificación del artículo 2.2.6.

del PGOU se encuentran sobre calizas y alternancia de margocalizas, margas calizas y

calcarenitas así como depósitos antropogénicos y rocas ígneas.

9.3.2. Geomorfología

La Geomorfología abarca la descripción, análisis y explicación de las formas y procesos

modeladores del relieve terrestre, continental y marino.

Page 40: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 40

Geomorfológicamente, la gran mayoría de las parcelas objeto de estudio debido a la

modificación del artículo 2.2.6. del PGOU del municipio de Santurtzi se sitúan en áreas

sin información geomorfológica, excepto dos parcela pequeñas situadas una al sur y la

otra al norte de la zona de estudio del municipio, que se encuentra sobre escombreras

y rellenos y otra zona que está clasificada como cantera.

9.3.3. Hidrología

Como anteriormente se ha indicado, la zona objeto de estudio por la modificación del

artículo 2.2.6. del Plan General corresponde al suelo clasificado como zona urbana del

municipio de Santurtzi, siendo en su mayoría un entorno fuertemente alterado.

Solamente el rio Molinos pasaría por la zona objeto de estudio.

Imagen 2 . Red fluvial general.

Page 41: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 41

9.3.4. Clima

El clima de Santurtzi, por su situación geográfica, pertenece a una de las variantes del

clima templado, al oceánico. Este clima se caracteriza por tener un reparto de

precipitaciones bastante regular durante todo el año y por la moderación de las

temperaturas. Generalmente no se suelen registrar grandes oscilaciones térmicas

estacionales. El municipio en cuestión está sometido casi todo el año a las borrascas

atlánticas, el tiempo es variable, con cielo nuboso (más del 65% de los días), y alta

humedad relativa, superior al 75-80 %.

Cuenta con abundantes precipitaciones distribuidas en más de 150 días, con un

máximo invernal; incluso en verano ningún mes es inferior a 30 mm. Santurtzi se

encuentra pluviométricamente hablando entre las isoyetas de los 1100-1200 mm. de

precipitaciones anuales.

9.4. PROCESOS Y RIESGOS AMBIENTALES

9.4.1. Ruido

Al objeto de conocer la situación acústica del municipio de Santurtzi, en abril de 2014

se elaboró el Mapa Acústico de Ruido del municipio, mapa cuyo objetivo principal es el

de conocer el grado de exposición al ruido en el municipio, dando respuesta a las

exigencias de la Directiva 2002/49/CE y la Ley 37/2003 del Ruido.

En lo que respecta a la zonificación acústica, esto es los valores a cumplir, las tipologías

de áreas acústicas en función del uso predominante de suelo, y según lo establecido en

el Decreto 213/2012 de contaminación acústica de la CAPV que presentan en el área

de estudio, tal y como puede verse en el Plano de zonificación acústica (¡Error! No se

encuentra el origen de la referencia.), son las siguientes:

Page 42: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 42

Imagen 3. Zonificación acústica del municipio de Santurtzi.

Así, las áreas de estudio se encuentran asociadas a las siguientes áreas acústicas:

- A) Sector terciario con predominio del suelo de uso residencial.

- B) Sector terciario con predominio de suelo de uso industrial.

- E) Sector terciario con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural.

- G) Sector terciario afectados a sistemas generales de infraestructuras del

transporte que los reclamen.

De esta forma, los objetivos de calidad acústica para estas áreas definidas serían los

siguientes:

Page 43: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 43

TIPO DE ÁREA ACÚSTICA ÍNDICES DE RUIDO

Ld Ln

A) Ámbitos/Sectores del territorio con predominio del suelo de uso residencial.

65 55

B) Ámbito/Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial.

75 65

E) Ámbitos/Sectores del territorio con de suelo de uso sanitario, docente y cultural.

60 50

G) Ámbitos/Sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras del transporte que los reclamen.

(1) (1)

(1) Serán en su límite de área los correspondientes a la tipología de zonificación del área con la que colinden.

Tabla 1. Objetivos de calidad acústica en el área de estudio.

Estos objetivos de calidad acústica son aplicables a áreas urbanizadas existentes.

Según lo establecido en el Decreto 213/2012 estos niveles de ruido serán aplicables

siempre en el exterior de las edificaciones, teniendo que cumplir siempre en el interior

de las mismas lo establecido en los sectores A) Ámbitos/Sectores del territorio con

predominio del suelo de uso residencial; B) Ámbito/Sectores del territorio con

predominio de suelo de uso industrial; E) Ámbitos/Sectores del territorio con de suelo

de uso sanitario, docente y cultural; y G) Ámbitos/Sectores del territorio afectados a

sistemas generales de infraestructuras del transporte que los reclamen.

USO DEL EDIFICIO TIPO DE RECINTO ÍNDICES DE RUIDO

Ld Le Ln

Viviendas o uso residencial

Estancias 45 45 35

Dormitorios 40 40 30

Educativo o cultural Aulas 40 40 40

Salas de lectura 35 35 35

Tabla 2. Objetivos de calidad acústica para ruidos aplicables al espacio interior habitable de edificaciones destinadas a viviendas, usos residenciales, educativos o culturales.

A continuación, se presentan los mapas de ruido del citado estudio, mapas para cuya

elaboración se han tenido en cuenta todos los focos emisores de ruido del municipio, y

en los que se pueden observar los niveles de ruido actuales a los que se encuentran

Page 44: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 44

sometidos las parcelas afectadas por la presente modificación puntual, ver ¡Error! No

se encuentra el origen de la referencia..

Imagen 4. Mapa de Ruido Total a 4m Lden

Page 45: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 45

Imagen 5.Mapa de Ruido Total a 4m Ln

Según los resultados se puede observar que los niveles sonoros en el entorno de la

zona clasificada como territorio con predominio de uso industrial, área B, se encuentra

en valores que rondan los 60-65dBA y 65-70dBA en toda su zona durante el día,

exceptuando las zonas próximas a las carreteras, donde se llega a alcanzar niveles

sonoro de 70-75dBA o superiores.

Sin embargo, la cartografía nocturna muestra que dicho niveles disminuyen durante la

noche teniendo unas máximas de 50-55dBA en una pequeña zona, mientras que el

resto de los valores se encuentran en 50-55dBA.

El área clasificada como A) Ámbitos/Sectores del territorio con predominio del suelo

de uso residencial, muestra niveles sonoros situados en torno a los 55-60dBA en todo

el territorio durante el día. A excepción de los márgenes de las carreteras donde la

Page 46: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 46

media se sitúa en 70-75dBA. Durante la noche los niveles sonoros cercanos a las

carreteras disminuyen y se sitúan en torno a 55-60dBA.

A las zonas clasificadas como suelos con predominio sanitario, docente y cultural les

sucede lo mismo que a las zonas residenciales, debido a la proximidad de la

localización entre ambas zonas.

Finalmente, el suelo urbano clasificado como territorio afectado con sistemas

generales de infraestructuras de transporte en la zonificación acústica, ronda 55-

60dBA durante el día mientras que dichos niveles son un poco menores durante la

noche, 50-55dBA.

9.4.2. Suelos potencialmente contaminados

Imagen 6 Emplazamientos suelos potencialmente contaminados

Page 47: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 47

Tras consultar el Inventario de Suelos con Actividades Potencialmente Contaminantes

elaborado por IHOBE, Imagen 6, se observa que en el ámbito de estudio, se encuentran

79 parcelas inventariadas que corresponden a antiguas zonas industriales y vertederos.

A continuación, se listan dichas parcelas.

CÓDIGO USO SUPERFICIE (m2)

48082-00066 Vertedero 111237,86

48082-00067 Vertedero 62890,2

48082-00064 Vertedero 1510,76

48082-00065 Vertedero 23436,02

48082-00113 Industrial 580,89

48082-00009 Industrial 73,88

48082-00124 Industrial 645,02

48082-00123 Industrial 669,92

48082-00122 Industrial 723,1614,94

48082-00121 Industrial 1614,94

48082-00120 Industrial 5758,21

48082-00119 Industrial 2369,1

48082-00118 Industrial 1727,7

48082-00117 Industrial 3359,16

48082-00116 Industrial 7609,74

48082-00115 Industrial 116,09

48082-00114 Industrial 145,3143,77

48082-00112 Industrial 143,7

48082-00111 Industrial 146,22

48082-00110 Industrial 157.63

48082-00109 Industrial 160.4

48082-00108 Industrial 117.49

48082-00107 Industrial 122.57

48082-00106 Industrial 258.57

48082-00105 Industrial 258.57

48082-00104 Industrial 162.12

48082-00103 Industrial 140.94

48082-00102 Industrial 123.9

48082-00098 Industrial 120.72

48082-00097 Industrial 169.57

48082-00095 Industrial 199,65

48082-00093 Industrial 292,99

48082-00092 Industrial 470,15

48082-00089 Industrial 133,33

48082-00087 Industrial 119,81

Page 48: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 48

CÓDIGO USO SUPERFICIE (m2)

48082-00086 Industrial 130,17

48082-00085 Industrial 409,26

48082-00083 Industrial 215,87

48082-00082 Industrial 107,39

48082-00066 Industrial 84029,9

48082-00019 Industrial 1366,67

48082-00063 Industrial 1096,92

48082-00062 Industrial 436,73

48082-00059 Industrial 550,21

48082-00057 Industrial 1819,6

48082-00055 Industrial 608,46

48082-00053 Industrial 167734,41

48082-00051 Industrial 13091,10

48082-00049 Industrial 614,64

48082-00048 Industrial 442,3

48082-00047 Industrial 368,58

48082-00046 Industrial 304,78

48082-00045 Industrial 784,52

48082-00036 Industrial 26777,98

48082-00034 Industrial 818,70

48082-00033 Industrial 1143,19

48082-00028 Industrial 131229,5

48082-00024 Industrial 3348,02

48082-00023 Industrial 3212,7

48082-00022 Industrial 770,67

48082-00021 Industrial 2923,7

48082-00020 Industrial 2329,9

48082-00018 Industrial 340,67

48082-00017 Industrial 1311,57

48082-00016 Industrial 91,36

48082-00015 Industrial 379,99

48082-00014 Industrial 678,54

48082-00013 Industrial 207

48082-00012 Industrial 189,72

48082-00011 Industrial 406,8

48082-00010 Industrial 220,75

48082-00008 Industrial 250,76

48082-00007 Industrial 268,12

48082-00006 Industrial 507,54

48082-00005 Industrial 157,17

48082-00004 Industrial 280,56

48082-00003 Industrial 216,41

48082-00002 Industrial 230,55

Page 49: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 49

CÓDIGO USO SUPERFICIE (m2)

48082-00001 Industrial 467,42

48082-00134 Industrial 25953,79

Tabla 3 Parcelas catalogadas en el inventario de suelos con actividades potencialmente contaminantes del suelo.

Page 50: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 50

9.4.3. Inundabilidad

Consultada la base cartográfica de la Agencia Vasca del Agua (URA), no se cartografían

dentro de los límites de la modificación, avenidas de 10, 100 y 500 años de periodo de

retorno. De esta forma, en el ámbito de estudio no se observan riesgos de

inundabilidad.

9.4.4. Vulnerabilidad de acuíferos

El mapa de vulnerabilidad de los acuíferos frente a la contaminación, muestra el riesgo

potencial a la contaminación por vertidos. También mide la vulnerabilidad por la

propia capacidad productiva del acuífero y la permeabilidad física del sustrato.

Como se puede observar en la Cartografía Ambiental publicada por el Gobierno Vasco,

la mayor parte de área de estudio cuenta con una vulnerabilidad baja, muy baja o

incluso, no tiene vulnerabilidad apreciable (Imagen 7).

Page 51: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 51

Imagen 7 Vulnerabilidad de acuíferos

9.5. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS VARIABLES ESTÉTICAS Y CULTURALES

9.5.1. Paisaje

La zona de estudio, entra dentro de la región paisajística atlántica, siendo el dominio

geomorfológico el fluvial.

La descripción del paisaje de una zona, se basa principalmente en dos aspectos: las

unidades de paisaje intrínseco y las cuencas visuales. Las primeras son áreas que

aparecen como relativamente homogéneas desde puntos de vista perceptuales y

funcionales. En general, las unidades base están asociadas a factores naturales tales

como, cuencas, configuración topográfica, estructuras geomorfológicas, etc. Las

Page 52: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 52

cuencas visuales son áreas visualmente auto contenidas desde diferentes puntos de

visión.

Las unidades intrínsecas de paisaje que se consideran en la escala del término

municipal de Santurtzi son urbano en dominio antropogénico y mosaico periurbano en

dominio fluvial.

De esta forma, las unidades paisajísticas que dominan en la zona de estudio son de

carácter antropogénico y urbano.

Asimismo, no existe en el paisaje del área de estudio ningún elemento catalogado

como de interés paisajístico especial.

9.5.2. Patrimonio cultural

En los límites de la modificación propuesta se identifican dos elementos del patrimonio

cultural: el ayuntamiento de Santurtzi y la Iglesia de San Jorge.

La modificación y sobre todo, su desarrollo posterior, deberán atenerse a lo

establecido en la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural del País Vasco.

9.6. UNIDADES AMBIENTALES HOMOGÉNEAS

La modificación puntual abarca un entorno perfectamente delimitado, constituyendo

un sistema cerrado, limitando su consideración como unidad ambiental homogénea. El

entorno se caracteriza por un carácter antropizado, en un medio dominado por

edificaciones residenciales, equipamientos y locales de uso terciario. Los límites de la

modificación definen un emplazamiento donde no concurren elementos suficientes

como para formar unidades ambientales homogéneas propiamente dichas.

Page 53: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 53

En todo caso, la modificación puntual se integra en una unidad perteneciente al

sistema urbano, en los que se incluyen los núcleos de población y de comunicaciones

desarrollados.

9.7. VALORACIÓN DE POSIBLE AFECCION A RED NATURA 2000

El ámbito de estudio no interacciona con ningún elemento de la Red Natura 2000.

Page 54: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 54

10. EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES

10.1. INTRODUCCIÓN Y ANÁLISIS PRELIMINAR DE LOS IMPACTOS PREVISIBLES

La modificación puntual actúa sobre el suelo urbano. En concreto, como ya se ha

comentado en apartados anteriores la presente modificación consiste en modificar el

artículo 2.2.6 de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de

Santurtzi para posibilitar la expropiación por inobservancia del deber de actualizar en

las edificaciones de uso predominantemente residencial y en los términos requeridos

por la ordenación urbanística, los servicios e instalaciones precisos para hacer efectiva

la accesibilidad prevista por la legislación sectorial, todo ello en los términos del

artículo 177.j de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo de la Comunidad

Autónoma Vasca y normativa aplicable.

La modificación puntual no supone la ocupación de nuevo suelo no artificializado, por

lo que no se generan los impactos más importantes comúnmente asociados a los

instrumentos de ordenación urbanística, en la concepción de crecimiento urbano. La

modificación se ejerce sobre suelo urbano consolidado, en el que en todo caso incide

sobre desarrollos urbanos existentes. Quedan descartados en este sentido, las

afecciones propias de entornos naturales en suelo no urbanizables, tales como la

afección a hábitats, vegetación, fauna, afección sectorial agraria, etc., al no

interaccionar la modificación puntual con este tipo de elementos ambientales.

Por lo tanto, los únicos impactos ambientales que se prevén serían los derivados de las

posibles obras de remodelación de los edificios afectados, obras que en cualquier caso,

serían desarrolladas en un futuro a posteriori de la presente modificación.

Page 55: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 55

Por otra parte, el hecho de que la modificación posibilite la instalación de servicios e

instalaciones para hacer efectiva la accesibilidad conllevaría un impacto social positivo

al municipio de Santurtzi.

Se describen a continuación los principales impactos previsibles en el desarrollo futuro

de obras de remodelación.

1. Ocupación y usos del suelo.

2. Movimiento de tierras por excavaciones.

3. Emisiones a la atmósfera

4. Impacto acústico.

5. Generación de residuos.

6. Vertidos accidentales.

7. Aumento/modificación del consumo de recursos

10.2. METODOLOGÍA

10.2.1. Identificación de Impactos

La identificación de Impactos ambientales se realiza mediante el cruce de las

informaciones elaboradas en capítulos anteriores en relación a la modificación (y sus

acciones) y al medio sobre el que se produce.

Para cada uno de las variables estudiadas, la identificación de impactos supone:

- Describir justificadamente el impacto eventualmente producido por las

acciones de proyecto sobre el elemento considerado.

- Diferenciar el signo global del impacto producido (Positivo o Negativo).

Page 56: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 56

10.2.2. Valoración de Impactos

En segundo lugar, se realiza una caracterización de los impactos generados de acuerdo

a los atributos o conceptos técnicos definidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de

evaluación ambiental. El proceso concluye con la valoración de los impactos

detectados y su clasificación de acuerdo a lo dispuesto en dicha Ley.

Para la caracterización de los impactos, se han seguido los siguientes criterios:

Intensidad

Notable: Aquel que se manifiesta como modificación del medio ambiente, de

los recursos naturales, o de sus procesos fundamentales de funcionamiento,

que produzca o pueda producir en el futuro repercusiones apreciables en los

mismos; se excluyen por tanto los efectos mínimos.

Mínimo: Aquel que puede demostrarse que no es notable.

Carácter

Positivo: Cuando la alteración producida respecto al estado inicial resulta

beneficiosa.

Negativo: Cuando la alteración producida respecto al estado inicial resulta

perjudicial.

Tipo

Directo: Cuando algún elemento o proceso del medio es directamente afectado

por la alteración.

Indirecto: Cuando los efectos producidos por una actuación se manifiestan

como resultado de una serie de procesos.

Page 57: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 57

Efecto

Simple: aquel que se manifiesta sobre un solo componente ambiental, o cuyo

modo de acción es individualizado.

Acumulativo: aquel que al prolongarse en el tiempo la acción del agente

inductor, incrementa progresivamente su gravedad.

Sinérgico: aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia

simultánea de varios agentes supone una incidencia ambiental mayor que el

efecto suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente.

Asimismo, se incluye en este tipo aquel efecto cuyo modo de acción induce en

el tiempo la aparición de otros nuevos.

Persistencia

Temporal: Cuando el tiempo desde que se produce la alteración hasta que

cesa, puede ser medido.

Permanente: Cuando la alteración es continúa en el tiempo.

Reversibilidad

Reversible: Cuando es posible un retorno a la situación inicial.

Irreversible: Cuando la alteración es tal, que sin la intervención humana es

imposible la vuelta a la situación inicial.

Recuperabilidad

Recuperable: Cuando tras producirse una alteración es posible la vuelta a la

situación inicial, bien de forma natural o por aplicación de medidas

correctoras.

Irrecuperable: No es posible la vuelta a la situación inicial ni siquiera con la

aplicación de medidas correctoras.

Page 58: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 58

Momento (periodo en el que se manifiesta la alteración)

Irregular: Cuando el momento en que se producirá el impacto, no es previsible.

Periódico: aquel que se manifiesta con un modo de acción intermitente y

continua en el tiempo.

Continuo: Cuando los efectos se presentan de forma invariable

Discontinuo: Cuando los efectos no se manifiestan de forma constante.

Extensión

Localizado: Cuando el área susceptible de ser afectada se puede delimitar

Extensivo: Cuando el área de influencia no puede ser delimitado, ya sea por las

condiciones del terreno o por la naturaleza del elemento impactado.

Valoración de impactos

IMPACTO AMBIENTAL COMPATIBLE: Aquel cuya recuperación es inmediata

tras el cese de la actividad y no precisa prácticas protectoras o correctoras.

IMPACTO AMBIENTAL MODERADO: Aquel cuya recuperación no precisa

prácticas protectoras o correctoras intensivas, y en el que la consecución de

las condiciones ambientales iniciales requiere cierto tiempo.

IMPACTO AMBIENTAL SEVERO: Aquel en el que la recuperación de las

condiciones del medio exige la adecuación de prácticas protectoras o

correctoras y en el que, aún con esas medidas, aquella recuperación precisa un

periodo de tiempo dilatado.

IMPACTO AMBIENTAL CRÍTICO: Aquel cuya magnitud es superior al umbral

aceptable. Con él se produce una pérdida permanente de la calidad de las

condiciones ambientales, sin posible recuperación, incluso con la adopción de

medidas protectoras o correctoras.

Page 59: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 59

10.3. EFECTOS AMBIENTALES DE LAS ACTUACIONES DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL.

VALORACIÓN

10.3.1. Ocupación y usos del suelo

Como ya se ha comentado anteriormente, la modificación puntual del artículo 2.2.6.

no supondrá un aumento de la ocupación de suelo nuevo debido a que se desarrollara

en viviendas ya existentes, limitando el consumo de suelo, recurso limitado y no

renovable que representa el soporte de muchos de los recursos naturales de un

territorio.

De esta forma el impacto esperable por las obras de accesibilidad en las viviendas de

uso residencial afectados en lo que respecta a la ocupación de suelos en áreas ya

edificadas y colmatadas como son las que nos ocupan, se considera como un impacto,

mínimo, negativo, directo, simple, permanente, localizado, irreversible, irrecuperable,

continuo. El impacto se considera COMPATIBLE.

10.3.2. Movimiento de tierras por excavaciones

Las posibles obras de instalación de ascensores podrían requerir de movimientos de

tierras por excavaciones durante su ejecución.

En esta fase de desarrollo es cuando potencialmente se generarían los principales

impactos sobre el medio receptor, aunque tratándose de viviendas ya existentes el

entorno está ya altamente urbanizado.

De todas formas, los proyectos técnicos, en su caso, preverían el acopio y reutilización

de los sobrantes procedentes de las excavaciones para su posterior rellenado y

siempre dirigiendo las actuaciones a la consecucion de un balance de tierras lo más

Page 60: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 60

neutro posible. No obstante, el desarrollo de las obras podría provocar la generación

de sobrantes.

Por otro lado, el movimiento y acopio de tierras, pueden generar impactos asociados a

una mala previsión de ejecución y temporalidad, produciendo vertidos a los drenajes

que redundarán en la alteración de la calidad de las aguas de escorrentía superficial

produciendo turbidez de aguas y aumento de partículas en suspensión.

El impacto producido durante el movimiento de tierras es de una intensidad mínima,

de carácter significativo, negativo, directo, simple, temporal, reversible, recuperable,

continuo y localizado, que precisa de medidas correctoras y compensatorias para su

minimización. Se valora como un impacto COMPATIBLE teniendo en cuenta las

dimensiones consideradas frente a la modificación puntual de este ámbito.

10.3.3. Emisiones a la atmósfera

Este impacto estaría asociado a la fase de ejecución de las posibles obras para

garantizar la accesibilidad y sería producido por la maquinaria empleada en los

trabajos de construcción que emite componentes como CO2, CO o NOx y produce un

aumento de partículas en suspensión (principalmente polvo y partículas derivadas del

movimiento de tierras y tráfico de camiones).

Se considera un impacto negativo, directo, acumulativo, temporal, reversible,

recuperable, irregular y extensivo. Este impacto se considera COMPATIBLE por la

magnitud de las obras.

Page 61: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 61

10.3.4. Impacto acústico

La modificación que nos ocupa no va a generar ningún impacto acústico, debido

nuevamente a que se trata de la modificación de un artículo del PGOU con el fin de

posibilitar la accesibilidad prevista por la legislación sectorial.

Nuevamente, a la hora de hablar de impactos nos referimos a los que pueden causar,

en su caso, las futuras obras de remodelación de los edificios con el fin de garantizar la

accesibilidad.

En las obras, la calidad acústica del ámbito de la modificación también se vería

reducida por el trasiego de maquinaria y personal.

Los efectos por incremento de la presión sonora en fase de obras son puntuales y

temporales, limitados en el tiempo. El cumplimiento de estrictos horarios de trabajo y

el seguimiento ambiental de las obras, garantizan minimizar molestias en el entorno

de las actuaciones.

Estos efectos del incremento de la presión sonora en fase de obras son mínimos,

negativos, directos, simples, temporales, extensivos, reversibles y recuperables y

periódicos.

Considerando las características de las obras, el impacto ambiental generado se

considera COMPATIBLE.

10.3.5. Generación de residuos

En una fase de ejecución de obras para garantizar la accesibilidad, se producirá un

aumento en la generación de residuos, producido por el propio desarrollo de las obras,

Page 62: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 62

los medios y recursos utilizados para la consecución de las mismas y la utilización del

material de construcción, siendo el medio físico receptor de las afecciones.

Se trata del impacto generado por la producción tanto de residuos inertes y asimilables

a los residuos sólidos urbanos, como residuos peligrosos procedentes del

mantenimiento de la maquinaria y los generados en la obra.

Durante la fase de obras, sería necesario que el contratista realizara un inventario de

los residuos, y que prevea su retirada selectiva, asegurando su envío a gestores

autorizados.

Para ello, se llevará a cabo un plan que refleje cómo se realizará la gestión de residuos,

constituyendo parte integrante del proyecto de ejecución de la obra. Este plan, tendrá

especial consideración con la generación de residuos en la fase de excavación y

movimiento de tierras.

Este impacto está ligado a cualquier obra que se ejecute. Por tanto, es preciso adoptar

medidas preventivas, así como de vigilancia y seguimiento, para controlar la

generación de residuos y documentar su correcta gestión posterior.

Los residuos generados durante la fase de obras constituyen un impacto negativo,

directo, acumulativo, temporal, reversible, recuperable, irregular y extensivo, que

precisa de medidas preventivas. Aun así, teniendo en cuenta el tipo de obras a realizar,

se valora como un impacto COMPATIBLE.

10.3.6. Vertidos accidentales

Es necesario señalar que en las inmediaciones de las parcelas afectadas por la

modificación existe el curso del río Molino.

Page 63: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 63

No se ha identificado ningún impacto sobre la disponibilidad del recurso agua, puesto

que las acciones que conllevan un consumo de agua no suponen la detracción de un

volumen importante de agua que influya en el abastecimiento de la población o en la

utilización del agua para otros usos.

Por estos motivos el impacto sobre las aguas superficiales se considera DESPRECIABLE.

Por otro lado, aunque la permeabilidad de las zonas afectadas fluctúa desde

impermeable hasta alta por fisuración, la vulnerabilidad a la contaminación de

acuíferos en baja, por ello la afección a las aguas subterráneas es muy improbable,

considerándose el impacto sobre las mismas DESPRECIABLE.

10.3.7. Aumento/modificación del consumo de recursos

El aumento de la actividad derivado de las modificación puntual que nos ocupa, obras

destinadas a garantizar la accesibilidad a las viviendas ubicada en las edificaciones

residenciales, equipamentales y de uso terciario existentes no generará a priori, un

incremento significativo en el consumo de recursos (generación de residuos,

necesidades energéticas y de abastecimiento de agua, etc.).

Aun así, la modificación conllevará un aumento de las necesidades de dotación de

aguas de consumo, electricidad, etc., que requerirá de la adecuación de los recursos y

equipamientos disponibles a las nuevas demandas existentes. Este hecho se considera

un impacto negativo.

Desde el punto de vista energético, la demanda de las nuevas actividades avanzarán

hacia una edificación y modelos productivos que impulse el uso de energías eficientes,

de bajo consumo y renovables, y reduzca el impacto ambiental, al objeto de

desarrollar un modelo de ciudad que aúne criterios urbanísticos con criterios de

Page 64: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 64

eficiencia energética y medioambiental. El impacto es negativo, directo, acumulativo,

sinérgico, reversible, recuperable y localizado, se valora como COMPATIBLE.

Page 65: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 65

11. PROPUESTA DE MEDIDAS PREVENTIVAS, CORRECTORAS Y COMPENSATORIAS

Este capítulo tiene como objeto definir y describir todas aquellas medidas tendentes a

evitar, minimizar o corregir los impactos negativos MODERADOS y COMPATIBLES

identificados en el capítulo anterior (situándolos en un nivel COMPATIBLE o NO

SIGNIFICATIVO), o a reponer los posibles elementos ambientales afectados.

De la misma forma, y en relación con los impactos COMPATIBLES o no significativos,

también se incluyen en este capítulo, referencias a aquellas buenas prácticas de

operación de posible aplicación, tendentes a minimizar o anular dichas afecciones, por

leves que sean en origen.

11.1. MEDIDAS GENERALES PARA LA FASE DE DESARROLLO DE LAS OBRAS EN LAS

EDIFICACIONES AFECTADAS

Se enumeran a continuación una serie de medidas de carácter general, aplicables a la

ejecución de cualquier tipo de obra, entendiendo que se tendrían que realizar obras

para poder garantizar la accesibilidad en edificaciones residenciales, equipamientos y

locales de uso terciario afectados por la presente modificación puntual.

Las actuaciones propuestas deben ser ambiciosas y posibilitar acciones que,

respondiendo a los objetivos ambientales señalados en el proyecto, contribuyan a

alcanzar una elevada protección del entorno.

Durante la fase de ejecución de las obras será necesario habilitar un punto limpio para

el correcto almacenamiento de residuos generados y estará habilitado sobre un

sistema que garantice la seguridad frente a vertidos o escapes accidentales.

Page 66: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 66

Se delimitará previo inicio a las obras, la zona destinada a acoger los elementos

auxiliares a la obra: punto limpio, zona de acopios temporales, señalizaciones, vallado,

etc.

Siempre que sea posible se procurará que el balance de tierras sea neutro, es decir,

que no haya excedentes significativos que deban depositarse fuera del ámbito ni

necesidades importantes de materiales de préstamo del exterior. Para ello, se preverá

el balance de tierras con un criterio de neutralidad sobre los aportes y los excedentes.

Se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 10.2 de la Ley 1/2005, de 4 de febrero,

para la prevención y corrección de la contaminación del suelo, sobre la obligación de

informar al ayuntamiento correspondiente y al órgano ambiental autonómico en caso

de detección de indicios de contaminación de un suelo, fundamentalmente durante los

trabajos de excavación.

Si al efectuarse movimientos de tierras se detectasen materiales arqueológicos o

yacimientos desconocidos, se actuará de acuerdo con lo estipulado en el artículo 48 de

la Ley de Patrimonio Cultural Vasco.

El proyecto se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero,

por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y

demolición y en el Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción

y gestión de los residuos de construcción y demolición.

Se deberá contar con un Plan de Obra en el que se detallen las fases y la sincronización

entre las distintas actuaciones. Se elaborará de manera que transcurra el menor

tiempo posible entre las excavaciones y la restauración de la zona afectada.

Page 67: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 67

Se deberá implantar un Manual de Buenas Prácticas en Obra para su utilización,

instruyendo al personal de la obra con relación a la misma. Dicho manual prestará

especial atención a aspectos tales como los movimientos de maquinaria y de tierras,

producción de polvo y ruido y su evitación y corrección, vertidos accidentales y gestión

de residuos.

Se mantendrán condiciones óptimas de limpieza en las zonas de obras y una vez

finalizadas, se llevará a cabo una campaña exhaustiva de limpieza con retirada de

restos de obra y desmantelado de todas instalaciones temporales. Los materiales

resultantes serán retirados y gestionados conforme a su naturaleza.

11.2. MEDIDAS SOBRE EL MOVIMIENTO DE TIERRAS

Con carácter previo al inicio de las obras, se realizará una delimitación precisa en

cartografía de detalle de los espacios ocupados por las obras. Dichas zonas deberán ser

acondicionadas por el contratista con objeto de minimizar los impactos ambientales

derivados de las distintas actividades que se pretendan desarrollar. Tanto la

delimitación como las características de estas áreas de instalación del contratista

deberán ser aprobadas por la Dirección de Obra.

Cada una de las zonas de obra se jalonará durante el replanteo de las diferentes fases

de la obra con objeto de minimizar las afecciones ambientales, realizándose una

señalización que delimite de forma precisa el área de afección máxima respecto de

cualquier actuación, elemento o instalación perteneciente a la obra.

El criterio a seguir debe ser que el balance de tierras sea neutro, es decir, que no haya

excedentes significativos que deban depositarse fuera del ámbito ni necesidades

importantes de materiales de préstamo del exterior. Este aspecto no será alcanzable

Page 68: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 68

en este caso, no obstante, el movimiento de tierras debe ser el mínimo posible,

utilizando los excedentes en la propia obra.

Los accesos de obra, las áreas de almacenamiento temporal de materiales de obra, de

acopios de materiales de préstamo y de residuos generados en la obra se ejecutarán,

en su conjunto, sobre la base de criterios de mínima afección ambiental.

11.3. MEDIDAS PARA LAS EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Con carácter general las medidas correctoras a efectos de minimizar los efectos de las

posibles obras sobre la calidad del aire tendrán como objetivo:

─ La prevención y corrección de las emisiones atmosféricas.

─ Máxima eficiencia energética de los desarrollos urbanísticos.

La ejecución de los proyectos adoptaría, con objeto de potenciar sistemas urbanos

eficientes desde el punto de vista energético, medidas referentes a la regulación de:

─ Soluciones constructivas eficientes para los edificios proyectados.

─ Requerimientos de iluminación de bajo consumo en espacios públicos.

─ Exigencia de instalaciones de rendimientos energéticos bajos.

─ Potenciación de equipamientos de obtención de energía a partir de energías

renovables.

Se adoptarán sistemas de iluminación de reducido impacto lumínico adecuado al

entorno circundante, de manera que se asegure la iluminación de los lugares comunes

y minimice la contaminación lumínica ascendente.

Page 69: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 69

Ya en fase de ejecución, se adoptarán medidas para limitar las emisiones atmosféricas

de partículas y gases.

Se procederá al riego de la calzada en aquellas áreas transitadas por vehículos de

obra y/o maquinaria pesada. Se regarán durante los periodos secos o siempre que

se considere necesario por las condiciones de trabajo.

Los vehículos de transportes de sobrantes, en su caso, irán cubiertos con lona, y su

carga será previamente regada superficialmente.

Se establecerá un proceso de limpieza periódica de los camiones y maquinaria

móvil que evite el arrastre de partículas por las vías de comunicación próximas,

evitando así la emisión de polvo en las inmediaciones.

Se limitará el número de vehículos trabajando en un entorno reducido, para que la

carga contaminante no presente valores significativos, estableciéndose los

oportunos controles para que la maquinaria cumpla la normativa vigente sobre

emisiones gaseosas y esté en una perfecta puesta a punto antes del inicio de las

obras.

Además, se efectuará revisión periódica y ajustada a la reglamentación técnica de

inspección de vehículos de cuantos vehículos y maquinaria está presente en obra,

con el fin de evitar emisiones contaminantes derivadas de deficiencias en dichos

vehículos.

11.4. MEDIDAS PARA EL IMPACTO ACÚSTICO

La utilización de maquinaria especializada en obras junto con el aumento del tráfico

rodado produciría un aumento temporal de la presión sonora en el entorno.

Por lo tanto, no puede obviarse que a cada una de las unidades componentes del

parque de maquinaria se le exija el cumplimiento de las normas sobre ruidos y

vibraciones establecidas en la legislación vigente, como el Real Decreto 212/2002, de

Page 70: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 70

22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a

determinadas máquinas de uso al aire libre y Real Decreto 524/2006, de 28 de abril,

por el que se modifica el Real Decreto 212/2002.

Asimismo, la Dirección de Obra deberá dar las órdenes oportunas para que se cumplan

los horarios de actividad previstos.

11.5. MEDIDAS PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS

De manera general, en atención a los principios jerárquicos sobre gestión de residuos,

prevalecerá el siguiente orden de prioridad para su gestión:

1. Prevención

2. Preparación para la reutilización

3. Reciclado

4. Otro tipo de valorización, incluida la valorización energética

5. Eliminación

Los residuos únicamente podrán destinarse a eliminación si previamente queda

debidamente justificado que su valorización no resulta técnica, económica o

medioambientalmente viable.

Todos los residuos generados deberán ser gestionados adecuadamente de acuerdo a

su tipología.

11.5.1. Residuos de construcción y demolición (RCD’s)

La gestión de los Residuos de Construcción y Demolición (RCD) se ajustará a las

directrices establecidas en el Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la

Page 71: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 71

producción y gestión de los residuos de construcción y demolición:

El proyecto técnico necesario para la ejecución de las obras de accesibilidad deberá

contener un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, que tendrá

el contenido mínimo señalado en el Anexo I del citado Decreto:

a) Una estimación de la cantidad, expresada en toneladas y en metros cúbicos,

de los residuos y materiales de construcción y demolición que se generarán en

la obra, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por

Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones

de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos, o

norma que la sustituya.

b) Las medidas para la prevención de residuos en la obra.

c) Las operaciones de valorización o eliminación a que se destinarán los residuos

que se generarán en la obra.

d) Las medidas para la separación de los residuos en obra.

e) La descripción de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo,

separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de

construcción y demolición dentro de la

f) Las prescripciones del pliego de prescripciones técnicas particulares del

proyecto, en relación con el almacenamiento, manejo, separación y, en su

caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y

demolición dentro de la obra.

g) Una valoración del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción

y demolición que formará parte del presupuesto del proyecto en un capítulo

independiente.

h) Un inventario de los residuos peligrosos que se generarán.

Page 72: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 72

Se deberá disponer de la documentación que acredite que los residuos de construcción

y demolición producidos han sido gestionados en los términos recogidos en este

Decreto y, en particular, en el estudio de gestión de residuos. La documentación

correspondiente a cada año natural deberá mantenerse durante los cinco años

siguientes.

Se presentará ante el Ayuntamiento el informe final de la gestión de residuos y

materiales de construcción y demolición con el contenido y alcance que se señala en el

artículo 6 y en el anexo III del Decreto.

11.5.2. Gestión de otro tipo de residuos

Residuos Inertes (RI): Este tipo de residuos se gestionarán acorde al Decreto

49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de residuos

mediante depósito en vertedero y la ejecución de los rellenos.

Depósito de residuos en vertedero: Se tendrán en cuenta las determinaciones

del Decreto 49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de

residuos mediante depósito en vertedero y la ejecución de los rellenos. El

Decreto tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a las

actividades de eliminación de residuos mediante depósito en vertedero en el

ámbito de la CAPV, regulando las clases de vertederos, los criterios y

procedimientos relativos a la admisión de residuos en los mismos, la

regulación para su correcta instalación, gestión y explotación, así como los

procedimientos de clausura y mantenimiento post-clausura.

Deberá darse prioridad a la Minimización, siguiendo por la Reutilización o el Reciclaje y

optando como última opción por el Vertido en instalación autorizada y adecuada a la

tipología del residuo o entrega a gestor autorizado.

Page 73: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 73

12. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS PREVISTAS PARA EL SEGUIMIENTO AMBIENTAL

DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL

El plan de vigilancia ambiental tiene por objeto asegurar que la aprobación de la

propuesta de actuación de la modificación no da lugar a impactos significativos

distintos de los previstos y asumidos. Por otra parte, también pretende verificar la

puesta en marcha y la eficacia de las medidas correctoras, preventivas y

compensatorias propuestas en el capítulo anterior con el fin de mitigar dichos

impactos.

12.1. OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE SUPERVISIÓN

El Programa de Supervisión complementa las medidas preventivas y correctoras. Los

objetivos del Programa de Supervisión son:

─ Controlar la aplicación y evolución de las medidas preventivas y correctoras

adaptadas, y si éstas no son las correctas, aplicar medidas adicionales.

─ Detectar durante el desarrollo de la fase de implantación, la aparición de

aquellos impactos imprevisibles o de difícil evaluación en el momento de

redacción del estudio, y que ocasionalmente podrían requerir la adopción de

nuevas medidas.

─ Contrastar la metodología empleada para la redacción del Estudio, a través del

análisis del grado de ajuste entre el impacto que teóricamente generará la

actuación, de acuerdo con lo expuesto en la memoria, y el real, producido

durante la ejecución de las obras. Esto constituye una fuente de información

importante para actualizar o modificar los postulados previos de identificación

y corrección de impactos de cara a mejorar futuros informes.

Page 74: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 74

12.2. CONTROLES SOBRE LOS OBJETIVOS DE LAS OBRAS

La aplicación de los objetivos de las obras, implicará un seguimiento posterior de

distintos factores o parámetros ambientales para cada uno de los elementos que

integran el plan. Las principales variables del medio que pueden verse alteradas

durante el desarrollo del planeamiento y que deberán ser objeto de seguimiento son:

─ Efectos derivados de la ejecución de obras, en sus efectos constructivos y de

explotación.

─ Efectos sobre la calidad del aire, los residuos y los suelos.

El seguimiento se efectuará básicamente mediante la realización de estudios e

inspecciones de campo para asegurar que se cumplen los términos medioambientales

y las condiciones aplicadas a la modificación, así como para promover reacciones

oportunas a desarrollos no esperados con implicaciones ambientales. Por ello, se

recomienda que la vigilancia se lleve a cabo por un equipo de asesores expertos que

efectúen el seguimiento de los trabajos. Los resultados de este seguimiento deberán

recogerse en informes periódicos que permitan su posterior revisión y valoración

global, así como la obtención de conclusiones.

Durante el periodo de obras correspondientes al desarrollo de los objetivos de la

modificación puntual, se efectuará un estricto seguimiento y un control constante de

la evolución de los trabajos, con el objetivo de garantizar unos criterios de calidad

ambiental, evitando así alteraciones de magnitud superior a las estrictamente

necesarias.

Este seguimiento, a parte de las medidas propuestas en cada uno de los apartados que

se presentan a continuación, se ejercerá a partir de las siguientes medidas globales:

Page 75: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 75

─ Con anterioridad al inicio de los trabajos, se incorporarán las medidas

preventivas y correctoras propuestas en el presente documento de Evaluación

Ambiental Estratégica al Pliego de Prescripciones Particulares de las Obras.

─ Se estará en posesión de todos los permisos y autorizaciones necesarias para el

inicio de las obras y otorgados por las administraciones competentes.

─ Comprobación de que la superficie de actuación no excede de la proyectada.

─ Control sobre los siguientes aspectos constructivos:

Superficie construida

Accesos

Servidumbres

─ Control sobre la correspondencia de los objetivos ambientales de la

Modificación Puntual con otros planes, comprobando la generación de

sinergias y efectos acumulativos ambientales adversos en el municipio de

Santurtzi.

─ Control sobre la inducción de actividades incluidas o no en las previsiones de la

Modificación Puntual, comprobando si se producen impactos no previstos.

12.3. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO EN FASES PREVIAS A LA

EJECUCIÓN

Los controles y evaluación se centrarán principalmente en los aspectos que se recogen

en los siguientes apartados:

12.3.1. Control de autorizaciones

Antes del inicio de las obras, se comprobará la emisión de las correspondientes

notificaciones de comienzo de obra y petición de los permisos necesarios.

Page 76: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 76

Se tendrán en cuenta las consideraciones que provengan de los distintos organismos

notificados y se documentará la relación de autorizaciones que garanticen la correcta

ejecución de la modificación.

12.3.2. Control de las instalaciones auxiliares de obra

Se comprobará el correcto acondicionamiento de la zona de acopios y maquinaria y la

instalación de la zona de recogida y gestión de residuos.

12.4. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO EN FASES DE EJECUCIÓN

12.4.1. Ocupación y usos del suelo

Las medidas de seguimiento en este aspecto se proponen con el objetivo de valorar el

grado de transformación propuesta por la modificación, para así mantener la calidad

urbana.

Se fijarán los siguientes indicadores de control:

─ Registro de la evolución de la distribución de los usos reales del suelo en el

ámbito, para observar/controlar la evolución del suelo y su ocupación.

─ Los criterios de edificación establecidos por la modificación.

─ La constatación, a partir del inventario y catálogo de bienes, de que no existe

afectación del desarrollo urbanístico propuesto sobre los elementos de interés

para el municipio, independientemente de su figura de protección.

─ La limitación, en la medida de lo posible, de la ocupación de suelos en las

distintas fases de obras y de la superficie afectada por éstas.

─ Seguimiento y control de las actuaciones del planeamiento que puedan incidir

sobre la integridad urbanística colindante.

Page 77: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 77

12.4.2. Asesoría ambiental durante la ejecución de las obras

Se recomienda que la ejecución de las obras cuente con una asesoría ambiental al

objeto de verificar su correcta aplicación, controlando la adopción de medidas de

corrección, protección y restauración ambiental que se han descrito.

12.4.3. Controles sobre los objetivos de las obras

Se deberán realizar los siguientes controles respecto al cumplimiento de los objetivos

del proyecto:

- Comprobación de que la superficie de actuación no excede de la proyectada.

- Control sobre los siguientes aspectos constructivos:

Superficie de actuación

Generación y gestión de residuos

Afecciones al medio hídrico

Accesos y Servidumbres

Afección acústica

Ubicación de las zonas de acopios y elementos auxiliares de obra

- Control sobre la inducción de actividades incluidas o no en las previsiones del

proyecto de urbanización, comprobando si se producen impactos no previstos.

12.4.4. Control de la calidad de la obra

Se realizará un seguimiento sobre la ejecución de las obras para comprobar que se

llevan a cabo con el mayor cuidado posible.

Se pondrá especial atención a la ejecución del movimiento de tierras y su relación con

la gestión de suelos potencialmente contaminados, asimilándolas como la parte

Page 78: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 78

ambientalmente más delicada del proyecto. Esta ejecución contará con la supervisión

ambiental expresa de los trabajos, observándose la correcta realización de los mismos,

generación y gestión de residuos.

Se controlará que se mantienen limpias las zonas de actuación y que se utilizan las

áreas previstas para la recogida de residuos y el acopio de materiales.

Se tomarán las medidas oportunas en cada caso y se procederá a la limpieza o

restauración de las zonas afectadas.

12.4.5. Manual de Buenas Prácticas Ambientales

Se elaborará un manual de buenas prácticas ambientales. Este incluirá todas las

medidas tomadas por la Dirección de Obra y el Responsable Técnico de Medio

Ambiente para evitar impactos derivados de la gestión de las obras.

Entre otras determinaciones incluirá:

Prácticas de control de residuos generados. Se mencionarán explícitamente las

referentes a control de aceites usados, latas, envolturas de materiales de

construcción, etc.

Actuaciones que estén prohibidas, mencionándose explícitamente la

realización de hogueras, el vertido de aceites usados, escombros y basuras.

La realización de un Diario Ambiental de la Obra en el que se anotarán las

operaciones ambientales realizadas y el personal responsable de cada una de

esas operaciones y de su seguimiento. Corresponde la responsabilidad del

Diario al Responsable Técnico de Medio Ambiente.

Establecimiento de un régimen de sanciones.

Page 79: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 79

12.4.6. Control sobre el movimiento de tierras

Los movimientos de tierras a realizar serán llevados a cabo por personas instruidas en

la importancia medioambiental de esta tarea, de tal manera que se evitarán por todos

los medios los vertidos de escombros en las parcelas cercanas.

Se comprobará la adecuada realización de las operaciones de limpieza y

mantenimiento de vehículos y maquinaria en obra, en su caso.

Durante la fase de obras se asegurará una accesibilidad adecuada a las parcelas

colindantes a las afectadas por las obras.

Se vigilará el correcto estado y mantenimiento de la tierra vegetal hasta su utilización

para la restauración ambiental.

Se controlará la altura de los acopios, de manera que no superen los dos metros.

En caso de que fuera necesario, se llevará un control del balance de tierras propuesto

en el proyecto constructivo, de manera que se garantice que estas actuaciones se

ajustan a lo establecido en el mismo.

Se llevará un control sobre la idoneidad y el correcto funcionamiento de la zona de

acopios temporales de tierra vegetal y tierras de excavación.

12.4.7. Control sobre la generación y gestión de residuos

Se establecerán las instrucciones necesarias para el control y seguimiento de las

diversas actividades susceptibles de producir residuos de todo tipo durante la fase de

ejecución y los procedimientos para su gestión.

Page 80: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 80

Se controlarán los volúmenes retirados y la cantidad de residuos generados, llevando

un seguimiento y documentación de los documentos de aceptación de los gestores

autorizados y las cartas de seguimiento.

Se llevará un control de la correcta gestión de los residuos peligrosos y del

cumplimiento de la legislación vigente.

Se realizará el control periódico del estado del punto de recogida de residuos o Punto

limpio.

12.4.8. Control de la contaminación atmosférica

Para el seguimiento de las emisiones atmosféricas, producidas en su mayor parte por

el paso de maquinaria y trabajos de excavación, se realizarán visitas periódicas a todas

las zonas donde se localicen las fuentes emisoras.

En esas visitas se observará si se cumplen las medidas como:

Limpieza de las superficies donde potencialmente puede haber una cantidad

superior de polvo y que puede interactuar con las operaciones.

Vigilancia de las operaciones de carga, descarga y transporte del material.

Comprobar que se cubre el material transportado con lonas o plásticos.

Comprobar que se cubre y confina el material almacenado para evitar el

arrastre por acción erosiva del viento y la lluvia.

Toda maquinaria y vehículos utilizados en la obra tendrán la ficha de inspección

técnica de vehículos (ITV) actualizada.

Page 81: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 81

Se procederá al riego periódico de las zonas por las que estén transitando camiones o

maquinaria de obra, que serán más frecuentes en la estación más cálida y seca o en

días de fuerte viento.

12.4.9. Control de la contaminación acústica

Durante en desarrollo de las obras, se controlará especialmente las posibles afecciones

sonoras provocadas a las edificaciones aisladas del entorno del trazado.

También se establecerá un control y limitación del número de máquinas trabajando en

lugares puntuales.

También se respetará un horario de trabajo diurno para todas aquellas actividades de

obra que puedan causar impactos acústicos apreciables.

12.5. CONTROL DOCUMENTAL DEL PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

Archivo de medios materiales: Toda la documentación relativa a los medios

materiales que se utilicen en las obras deberá ser recopilada sistemáticamente

en un Archivo específico.

Diario de Seguimiento Ambiental: Se confeccionará un documento donde se

registrará toda la información sobre observaciones efectuadas, incidencias

producidas, acciones emprendidas y nivel de cumplimiento de las medidas

protectoras, correctoras y compensatorias.

Informes-resumen periódicos: Un resumen de las observaciones efectuadas, de

los resultados obtenidos y de las conclusiones y recomendaciones emitidas,

etc., por la Asesoría Ambiental deberán ser entregados mensualmente durante

la fase de obras y trimestral durante la fase de funcionamiento.

Page 82: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 82

Informe anual de Medidas Correctoras: Con el fin de reflejar la evaluación de la

eficacia de las medidas correctoras y su grado de implantación, se elaborará un

Informe Anual de Implantación de Medidas Correctoras.

El informe incluirá una propuesta de nuevas medidas correctoras en el caso de que se

haya constatado la producción de alguno de estos supuestos:

Que se haya comprobado la insuficiencia de las medidas correctoras ya

implantadas.

Que se hayan detectado nuevos impactos ambientales no previstos.

Que los avances tecnológicos producidos hasta la fecha permitan la aplicación

de procedimientos de corrección más eficaces.

Los resultados de los diferentes análisis e informes que constituyen el Plan de

Vigilancia Ambiental quedarán debidamente registrados en un informe final. Siempre

que se detecte cualquier afección al medio no prevista, de carácter negativo y que

precise una actuación para ser evitada o corregida, se emitirán informe con carácter

urgente aportando toda la información necesaria para actuar en consecuencia.

Page 83: EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ......EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi 2 HOJA DE FIRMAS Título:

EAE SIMPLIFICADA– MODIFICACIÓN PUNTUAL ART.2.2.6 PGOU SANTURTZI

PM-024 EAE SIMPLIFICADA-Santurtzi

13. ANEXOS