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Explosivos-Aspectos Legales 1.- SISTEMA DE CONTROL -La DICSCAMEC, órgano dependiente del Ministerio del Interior, es el ente oficial encargado del control de la fabricación, comercialización, uso, posesión, transporte, almacenaje y destrucción de explosivos de uso civil y conexos, así como de aplicar las sanciones respectivas y expedir las autorizaciones y licencias previa opinión del MTC, CCFFAA y PRODUCE según el caso. -El CCFFAA, ve lo de la seguridad nacional,el MTC transporte y PRODUCE lo industrial.

Explosivos-Aspectos Legales

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2.- NORMAS LEGALES Y ALCANCES

Los dispositivos básicos para control de explosivos son:

-DS 019-71-IN- Rgto de Control de Explosivos de Uso

Civil.

-DL 25707 y su Rgto que declara en emergencia lo

relacionado con explosivos de uso civil

-DS 021-2008-MTC Rgto Nacional de Trasnporte

Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos

-Ley 28627 Potestad Sancionadora de Discamec

-D Leg 867

Page 3: Explosivos-Aspectos Legales

-El Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil entró en vigencia

en 1971, reemplazó al antiguo reglamento de 1909, pero en la

actualidad se encuentra desfasado y genera vacíos no obstante que

muchos artículos han sido dejados sin efecto, pues el escenario actual

dista mucho del que sustentó el manual español que sirvió de base

para su confección pues data de los años 30 del siglo pasado.

-El Decreto Ley 25707 se dio en el contexto de la estrategia

antisubversiva y fue la inevitable respuesta al atentado del jirón Tarata

en Miraflores el año 1992.Introduce algunas precisiones importantes

pero sin modificar mucho el Reglamento de Control de Explosivos de

Uso Civil, siendo lo mas relevante lo relativo al comercio de estos

productos que es permitido únicamente a los fabricantes y a las

operaciones de comercio exterior .

-Ley 28627, establece la tabla de sanciones y el D Leg 867 hace algunas

precisiones.

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3. CLASES DE USUARIOS DE EXPLOSIVOS:

Son dos y se vinculan a las autorizaciones Global y Eventual emitidas

por DICSCAMEC, que se tramitan en base a los requisitos del TUPA:

-USUARIO PERMANENTE : Persona o entidad que requiere usar

explosivos en forma constante como la explotación minera.Gestiona

ante Dicscamec una AUTORIZACION GLOBAL, previa obtención del

Certificado de Operación Minera en el MEM y opinión del

CCFFAA.Dura un semestre y no es renovable: Ene-Jun y Jul-Dic.

-USUARIO EVENTUAL: Persona o entidad que requiere usar

explosivos en forma temporal. Ej: construcción de carreteras y otras

obras , labores de desarrollo o exploración minera, así como

prospección de hidrocarburos. Gestiona ante Dicscamec su

AUTORIZACION EVENTUAL con opinión del CCFFAA. Dura 45 días y

se renueva indefinidamente previa sustentación.

Page 5: Explosivos-Aspectos Legales

4.- CONSIDERACIONES DE BASE:

• Los explosivos solo se emplean en el lugar que señala la

autorización global o eventual, bajo responsabilidad exclusiva del

titular de la misma. La violación de esta norma genera la

aplicación de una sanción.

• Solo pueden adquirir, transportar, poseer, almacenar, usar y

destruir explosivos las personas o entidades que cuenten con

una autorización global o eventual vigente emitida por

Dicscamec.

• El almacenaje de explosivos se realiza únicamente en polvorines

o silos con autorización vigente de DICSCAMEC. La ubicación

de este material en otro lugar constituye infracción grave y da

lugar a la sanción respectiva.

• Para transportar material adquirido se debe presentar la guía de

tránsito y la Autorización Global o Eventual vigente.

Page 6: Explosivos-Aspectos Legales

• Producido un siniestro o incidente con explosivos, se da cuenta

inmediatamente a DICSCAMEC, se sienta la denuncia policial,

para luego presentar un informe completo indicando entre otras

cosas los daños ocasionados y sus posibles causas.

• Lo anterior incluye toda pérdida o robo de explosivos, caso en

que se procede como se indica en el punto anterior

• La destrucción de explosivos , se realizará con autorización de la

DICSCAMEC y en presencia de un delegado de esta

dependencia. Esta actividad debe estar cargo de personal

capacitado y autorizado, bajo responsabilidad del propietario de

los explosivos.

Page 7: Explosivos-Aspectos Legales

• Solo se puede transportar, almacenar y comercializar explosivos

contenidos en envases originales de fábrica en buen estado y

con sellos intactos.

• El envase deteriorado por alguna razón, debe ser destruido

y el explosivo se coloca en un envase en buen estado para

continuar almacenándolo.

• Una vez concluido el uso de explosivos o vencida la autorización

global , se da cuenta a DICSCAMEC vía documento, poniendo a

su disposición el material explosivo sobrante que se detalla en

inventario validado por la autoridad policial mas próxima o por

DICSCAMEC , quien determinará su destino final( donación o

destrucción)

Page 8: Explosivos-Aspectos Legales

• Se procede igualmente cuando se trate de una obra, realizada al

amparo de una autorización eventual.

• El uso e incluso la destrucción de explosivos, así como cualquier

otra actividad realizada con estos, estará a cargo de personal

experimentado que cuente con carné de manipulador vigente

expedido por la DICSCAMEC.

• Al término de cada jornada de labor con empleo de explosivos,

es recomendable verificar la no posesión de explosivos por parte

del personal que concluyó su jornada o turno de trabajo,

verificando que todo el material no empleado, retorne al polvorín.

Page 9: Explosivos-Aspectos Legales

• Al final de cada mes, se presentará a DICSCAMEC o a la

delegación mas cercana de esta, el Cuadro de Control Mensual

de Explosivos y conexos, en el que figurarán todos los

movimientos de ingreso y salida del polvorín durante el mes,

conforme al formato que señala el Reglamento.

• Adicionalmente, se deben archivar adecuadamente las facturas,

guías de remisión, autorizaciones y actas de recepción de cada

ingreso.

• Es recomendable, que al final de cada jornada, los explosivos

deteriorados se destruyan, ello cuando se trate de pequeñas

cantidades , pues en caso contrario se debe solicitar la presencia

de un inspector de DICSCAMEC. Esta actividad debe estar

siempre a cargo de personal capacitado y autorizado.

Page 10: Explosivos-Aspectos Legales

• La destrucción de explosivos debe hacerse por quemado o

detonación.La de iniciadores debe ser por detonación. En ambos

casos en lugar lo suficientemente apartado y de acceso restringido.En

caso de recurrir a la detonación, el material se deposita en hoyos de no

menos de 1.5 m de profundidad para luego recubrirlo con una capa de

tierra de mas de 1 m de espesor libre de material suceptible de ser

proyectado

• Luego de la destrucción, se debe hacer un inspección al lugar para

verificar que no queden explosivos o accesorios que no hayan sido

eliminados y puedan ser recogidos.

• Los explosivos deteriorados o en desuso no deben almacenarse

indefinidamente y deben ser destruidos , estando terminantemente

prohibido enterrarlos o arrojarlos , incluso en un lugar apartado

.Tampoco se debe intentar emplearlos.

Page 11: Explosivos-Aspectos Legales

• Al llegar los explosivos a su destino, la descarga del vehículo debe

ser inmediata y total, salvo que las condiciones atmosféricas no lo

permitan .La responsabilidad de esta la establece también el DS-

021-2008 MTC.

• El transporte de explosivos se hace en vehículos autorizados y con

la custodia policial y guía de tránsito. En el punto de llegada se

dará cuenta de cualquier vehículo que llegue sin custodia o con

alguna anomalía al respecto.