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IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS Y CRÉDITO FISCAL

Expo Sic Ion Del Impuesto General a Las Ventas y Credito Fiscal

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IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS

YCRÉDITO FISCAL

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IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS Es el impuesto al valor agregado, que

grava las ventas en el país de bienes muebles, la importación de bienes, la prestación o utilización de servicios en el país, los contratos de construcción y la primera venta de inmuebles que realice los constructores de los mismos.

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COMPOSICIÓN DEL IGV El IGV esta compuesto por dos partes

económicas: El 16% del monto gravado es el pago de

Impuesto General a las Ventas propiamente dicho.

Y el 2% del monto gravado es el Impuesto de Promoción Municipal.

Siendo en la actualidad un porcentaje del 18%

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EXONERACIONES DEL IGV Animales vivos, insumos para el agro,

productos alimenticios primarios, insumos vegetales para la industrial del tabaco, materias primas y productos intermedios para la industria textil, oro para uso no monetario, inmuebles destinado a sectores de escasos recursos económicos y bienes culturales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, vehículos automóviles a que se refiere las leyes N°26983 y 28091.

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En el caso de servicios, sólo podrá comprender aquellos cuya exoneración se base en razones de carácter social, cultural, de fomento a la construcción y vivienda, al ahorro e inversión en el país o de facilitación del comercio exterior.

A la primera venta de inmuebles que realicen los constructores cuyo valor no supere las 35 UIT (unidades impositivas tributarias), siempre que sean destinadas exclusivamente a vivienda y cumplan con las características técnicas que debía establecerse en una norma reglamentaria.

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CASO PRÁCTICOEXONERACIÓN POR LA VENTA DE UN INMUEBLE

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La empresa chispita S.A., nos indica que ha construido un edificio con cuatro departamentos, los mismos que cumplen con las disposiciones técnicas requeridas para que su primera venta se encuentre exonerada del impuesto General a las Ventas de acuerdo con lo previsto en el inciso b) del Apéndice I de la citada ley.

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SOLUCIÓN Al respecto, cabe recordar que mediante el

Decreto Legislativo Nº 980 se modificó el literal b) del Apéndice 1 del TUO de la ley del Impuesto General a las Ventas, estableciéndose la exoneración a la primera venta de inmuebles que realicen los constructores cuyo valor no supere las 35 UIT (unidades impositivas tributarias), siempre que sean destinadas exclusivamente a vivienda y cumplan con las características técnicas que debía establecerse en una norma reglamentaria.

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APLICACIÓN PRÁCTICAUna empresa constructora va a realizar la venta

de un departamento el mismo que cumple con las características técnicas para encontrarse exonerado, cuyo valor de venta es de S/. 110,000.00.

Comparación del Valor del Inmueble con el Valor Límite

Valor del Inmueble 110,000.00 Valor Límite exonerado 126,000.00 Del IGV 35UIT

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Como se puede observar el valor del inmueble no supera las 35 UIT por lo que esta venta se encuentra exonerada del IGV

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CRÉDITO FISCAL Es un derecho otorgado por los

organismos recaudadores(SUNAT), que sirve para reducir el pago de los impuestos mediante la adquisición de bienes o servicios que puede deducirse ante el estado al momento de realizar una reventa o la utilización del servicio.

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ADQUISICIONES QUE OTORGAN DERECHO AL CRÉDITO FISCAL Los insumos, materias primas, bienes

intermedios y servicios afectos. Los bienes de activo fijo. Los bienes adquiridos para ser vendidos. Bienes, servicios y contratos de

construcción cuyo uso o consumo sea necesario para la realización de las operaciones gravadas y que su importe sea permitido deducir como gasto o costo de la empresa.

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DOCUMENTOS QUE RESPALDAN EL CRÉDITO FISCAL

La documentación que sustenta el crédito fiscal, se puede dividir según el tipo de operación:

Por operaciones internas. Por operaciones externas. Por utilización de servicios.

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CASO PRÁCTICODETERMINACIÓN DEL CRÉDITO FISCAL

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La empresa SOL DE ORO S.A realiza las siguientes operaciones de compra y venta Ventas: JUNIO 02 VENDEMOS A TREBOL S.A SEGÚN FACTURA Nº 33184

20 IMPRESORAS MARCA EPSON C/U A 1,500.00 MAS IGV.

JUNIO 03 VENDEMOS A TREBOL S.A SEGÚN FACTURA Nº 33185

400 CPU MARCA HP C/U A 1,375.00 MAS IGV . JUNIO 04 VENDEMOS A TREBOL S.A SEGÚN FACTURA Nº 33186

100 COMPUTADORAS MODELO XP C/U A 5,000.00 MAS IGV .

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R.U.C.23568923568FACTURA

   

001-  33184Señor(es) : TREBOL S.A LIMA 2 DE JUNIO DEL 2011

Dirección:AV.OLIVOS CDRA 6

R.U.C.: 12457812457

Cant. DESCRIPCIÓN P. UNITARIO

VALOR DE VENTA

20 IMPRESORAS MARCA EPSON 1,500.00 30,000.00

SUB TOTAL 30,000.00

I.G.V. 18% 5,400.00TOTAL 35,400.00

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R.U.C.23568923568FACTURA

   

001-  33184Señor(es) : TREBOL S.A LIMA 2 DE JUNIO DEL 2011

Dirección:AV.OLIVOS CDRA 6

R.U.C.: 12457812457

Cant. DESCRIPCIÓN P. UNITARIO

VALOR DE VENTA

400 CPU marca HP 1,375.00 550,000.00

SUB TOTAL550,000.0

0I.G.V. 18% 99,000.00

TOTAL649,000.0

0

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R.U.C.23568923568FACTURA

   

001-  33184Señor(es) : TREBOL S.A LIMA 2 DE JUNIO DEL 2011

Dirección:AV.OLIVOS CDRA 6

R.U.C.: 12457812457

Cant. DESCRIPCIÓN P. UNITARIO

VALOR DE VENTA

100 COMPUTADORAS MODELO XP 5,000.00 500,000.00

SUB TOTAL 500,000.00I.G.V. 18% 90,000.00

TOTAL 590,000.00

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COMPRAS :

JUNIO 05 COMPRAMOS A EMPRESA TORNILLO S.A SEGÚN

FACTURA Nº 33187 60 MUEBLES PARA COMPUTADORA C/U A 1,000.00 MAS IGV .

JUNIO 06 COMPRAMOS A EMPRESA TORNILLO S.A SEGÚN

FACTURA Nº 33188 100 ESCRITORIOS DE MADERA CAOBA C/U A 200,000.00 MAS IGV .

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R.U.C.23568923568FACTURA

   

001-  33184

Señor(es) : SOL DE ORO LIMA 2 DE JUNIO DEL 2011

Dirección:

AV.PROCERES DE LA INDEPENDENCIA CDRA 2

R.U.C.: 23568923567

Cant. DESCRIPCIÓN P. UNITARIO

VALOR DE VENTA

60 MUEBLES PARA COMPUTADORA 1,000.00 60,000.00

SUB TOTAL 60,000.00I.G.V. 18% 10,800.00

TOTAL 70,800.00

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R.U.C.23568923568FACTURA

   001-  33184

Señor(es) : SOL DE ORO LIMA 2 DE JUNIO DEL 2011

Dirección:

AV.PROCERES DE LA INDEPENDENCIA CDRA 2

R.U.C.: 23568923567

Cant. DESCRIPCIÓN P. UNITARIO

VALOR DE VENTA

100 Escritorios madera caoba 2,000.00 200,000.00

SUB TOTAL200,000.0

0I.G.V. 18% 36,000.00

TOTAL236,000.0

0

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Primero haremos la determinación del impuesto bruto:VENTAS : BASE IMPONIBLE IGV

1º FACTURA 500,000.00 90,000.002º FACTURA 30,000.00 5,400.003º FACTURA 550,000.00 99,000.00

TOTAL IMPUESTO BRUTO 194,400.00 (A)

Segundo haremos la determinación del crédito fiscal :Compras :1º factura 60,000.00 10,800.002º factura 200,000.00 36,000.00

TOTAL CREDITO FISCAL 46,800.00 (B)

Tercero haremos la determinación de impuesto a pagar ( A – B ): TOTAL IMPUESTO BRUTO 194,400.00 TOTAL CREDITO FISCAL 46,800.00 TOTAL IMPUESTO A PAGAR 147,600.00

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Ahora veamos cuando una empresa tiene saldo a favor para el mes siguiente :

OPERACION base imponible IGV Ventas 7,000.00 1,260.00Compras 14,000.00 2,520.00

Impuesto bruto 1,260.00Crédito fiscal 2,520.00

Impuesto a pagar 1,260.00Saldo a favor de la empresa 1,260.00 ( podrá utilizarlo en el siguiente mes )

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GRACIAS