39
 TRA T AMIENTO DE TRA T AMI ENT O DE EXPORTACIÓN DE EXPORTACIÓN DE SERVICIOS SERVICIOS Art. 33 de la ley del IGV Art. 33 de la ley del IGV TRA T AMI ENT O DE TRA T AMI ENT O DE EXPORTACIÓN DE EXPORTACIÓN DE SERVICIOS SERVICIOS Art. 33 de la ley del IGV Art. 33 de la ley del IGV

Exportacion de Servicios

  • Upload
    ycs

  • View
    11

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

  • TRATAMIENTO DE EXPORTACIN DE SERVICIOS

    Art. 33 de la ley del IGV

  • Base LegalArt. 33 de la ley del IGV

  • TRATAMIENTO DE EXPORTACIN DE SERVICIOS

    D.L. N 919 incorpora el numeral 4 al artculo 33 de la LIGV

    Esta norma establece el Tratamiento de exportacin a la prestacin de servicios de hospedaje, incluyendo la alimentacin, a sujetos no domiciliados, en forma individual o a travs de un paquete turstico, por el periodo de permanencia, no mayor a 60 das por cada ingreso al pas, requirindose la presentacin de la Tarjeta Andina de Migracin-TAM as como del pasaporte, salvoconducto o Documento Nacional de Identidad de acuerdo a tratados internacionales celebrados con el Per, vlidos para ingresar al pas.Objeto: Beneficio de saldo a favor del exportador.

  • EXIGENCIAS PARA LA EMPRESA

  • EXIGENCIAS PARA LA EMPRESAEstar inscritos en el Registro Especial de Establecimientos de Hospedaje SUNAT; para lo cual se debe cumplir lo siguiente.

    Tener la condicin de RUC Activo y encontrarse afecto al IGV, an cuando goce de exoneracin.

    Estar declarado como domicilio fiscal o establecimiento anexo.

    Tener licencia de funcionamiento o de la licencia de apertura, donde figure como actividad el servicio de hospedaje.

    Tener ficha o libro de Registro de Huspedes.

  • REQUISITOS DEL HUSPED NO DOMICILIADO

  • EXTRANJEROSPersonas naturales residentes en el extranjero que tengan una permanencia en el pas de hasta 60 das calendario por cada ingreso al pasREQUSITOS HUSPED NO DOMICILIADOPERUANOSNacionalidad Peruana con residencia permanente en otro pas y que hayan salido del Per

  • PERUANOS NO DOMICILIADOSTarjeta Andina de Migracin Se debern obtener copias perfectamente legibles de dichos documentos.

    La T.A.M. no remplaza el pasaporte.ACREDITACIN HUSPED NO DOMICILIADOPasaporte con visa de residente en otro pas y que hayan salido del Per.

  • EXTRANJEROSTarjeta Andina de Migracin ACREDITACIN HUSPED NO DOMICILIADOPasaporte, salvoconducto o Documento Nacional de Identidad de acuerdo a tratados internacionales celebrados con el Per, vlidos para ingresar al pas.Se debern obtener copias perfectamente legibles de dichos documentos.

    La T.A.M. no remplaza el pasaporte.

  • EXTRANJEROSDe pases con convenio con el PerPARA ECUADOR:a) Pasaporte.b) Cdula de Ciudadana para ecuatorianos.c) Documento y/o partida de nacimiento para menores de edad.PARA COLOMBIA: a) Pasaporte.b) Cdula de Ciudadana para los mayores de 18 aos.c) Tarjeta de Identidad para los menores de edad entre los 7 y los 18 aos.d) Registro Civil de Nacimiento para los menores de 7 aos.PARA BOLIVIA: a) Pasaporte.b) Pasaporte en hoja. (Salvoconducto)c) Cdula de Identidad.d) Carnet del Registro nico Nacional (RUN).e) Carnet del Registro de Identificacin Nacional (RIN).f) Carnet de Extranjera para residentes en el pas.Tarjeta Andina de Migracin PARA CHILE:a) Pasaporte.b) Cdula de identidad Chilena.c) Documento y/o partida de nacimiento para menores de edad.d) Carne Cedula de Identidad de Extranjera para residentes en el pas.Estos documentos validos en todo el territorio Nacional.PARA BRASIL:a) Pasaporte.b) Documento o Carn Nacional de Identidadc) Documento y/o partida de nacimiento para menores de edad.d) Cdula de Identidad para los extranjeros inmigrantes.Estos documentos emitidos por cada estado deben ser validos en todo el territorio Nacional.

  • D S 030-2008-RE-16-09-08 Ratifican Acuerdo Sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados AsociadosANEXO: DOCUMENTOS DE VIAJE DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOSArgentinaCdula de Identidad expedida por la Polica federalPasaporteDocumento Nacional de IdentidadLibreta de EnrolamientoLibreta Cvica.BrasilCdula de Identidad expedida por cada Estado de la Federacin con validez nacionalCdula de Identidad para extranjero expedida por la Polica FederalPasaporteParaguayCdula de IdentidadPasaporteUruguayCdula de Identidad,PasaporteBoliviaCdula de IdentidadPasaporte

  • D S 030-2008-RE-16-09-08 Ratifican Acuerdo Sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados AsociadosChileCdula de IdentidadPasaporteColombiaPasaporteCdula de IdentidadCdula de ExtranjeraEcuadorCdula de CiudadanaPasaporteCdula de Identidad (para extranjeros)PerPasaporteDocumento Nacional de IdentidadCarn de ExtranjeraVenezuelaPasaporteCdula de Identidad

  • Expediente de Exportacin de ServiciosDetalle de ConsumoDetalle de Consumo Paquete TursticoFinalidad:Sustentar el derecho al beneficio tributario.

    Documentos que componen el Expediente de Exportacin de Servicios:

  • Expediente de Exportacin de ServiciosFactura

    Documentos que componen el Expediente de Exportacin de Servicios son:Objeto:

    Sustentar los servicios prestados y cobrados al no domiciliado.

    Requisitos: Slo se deber emitir FACTURA a los sujetos no domiciliados o a las Agencias de Viajes y Turismo domiciliadas en el pas. Slo se deben consignar los servicios materia del beneficio, indicando en forma separada los servicios de hospedaje y el servicio de alimentacin. Debe consignar la leyenda Exportacin de Servicios D.L. No. 919. Deber emitirse una factura por habitacin (pax indiv.) o por Agencia (grupos organizados por sta). Consignar el N de tarjeta de huspedes y el No de Detalle de Consumo.

  • Objeto:

    Verificar el nmero de huspedes que estn incluidos en el cobro de la factura por servicios de hospedaje

    2. Listado de ReservasExpediente de Exportacin de Servicios

  • Objeto: Acreditar los periodos de permaneca que indica la norma Identificar al no domiciliado

    Requisitos: Obtener Fotocopias claramente legibles de: - Hoja de datos de informacin del no domiciliado. - Hoja de fechas de entradas y salidas del pas en el ltimo ao calendario.Expediente de Exportacin de Servicios3. Pasaporte o documento de identidad vigente

  • Objeto: Acreditar condicin de no domiciliado Constatar la fecha de ingreso y el perodo autorizado de permanencia

    Requisitos: Debe ser fotocopia claramente legible Debe coincidir con los datos del pasaporte o documento de identidad vigente del no domiciliado. Debe tener fechas vigentes y legibles. Debe tener los sellos y firmas de las autoridades correspondientes.

    Expediente de Exportacin de Servicios4. Tarjeta Andina de Migracin

  • Objeto: Consignar los datos de los huspedes que utilizan los servicios de hospedaje. Cumplir con requisitos legales - DS 029-2004.

    Requisitos: Consignarse obligatoriamente la siguiente informacin: - Nombre Completo del husped. - Sexo. - Nacionalidad. - Fecha de ingreso y de salida del hotel. - N Pasaporte, salvoconducto o Documento de identidad. - N Habitacin asignada. - Tarifa (Imp.+ sobrecargas). - Firma del husped no domiciliado. El sujeto no domiciliado deber pernoctar en el hotel. El Registro no podr tener un atraso mayor a 10 das hbiles computados desde el 1er da hbil del mes siguiente a aqul en que se emita el comprobante de pago respectivo.

    Expediente de Exportacin de Servicios5. Tarjeta de Registro de Huspedes

  • Detalle de Consumob) Detalle de Consumo Paquete Turstico

    Objeto:

    Acreditar todos los consumos de alimentos y bebidas hecho por el husped no domiciliado dentro del establecimiento de forma ordenada y teniendo en cuenta la fecha en que estos fueron realizados.

    Expediente de Exportacin de Servicios6. Documentos Auxiliares

  • Requisitos: Slo se deber emitir en caso de pasajeros individuales.

    Informacin Pre Impresa. - Datos de identificacin del establecimiento de hospedaje (Razn social, RUC.) - Direccin del establecimiento donde este localizado el punto de emisin. - Denominacin del documento auxiliar Detalle de Consumo. - Nmero correlativo. - Debe ser emitido en original (Htl.) y copia (Cliente). Informacin no necesariamente impresa. - Cantidad y detalle de los alimentos y bebidas proporcionados o puestos a disposicin de los sujetos no domiciliados, En el caso que el establecimiento de hospedaje ofrezca paquetes de alimentos y bebidas tales como, bufs, mens o similares, slo se precisar la cantidad y denominacin de dichos paquetes, as como su valorizacin en la factura. - Fecha de consumo. - El nmero correlativo deber consignarse en la factura emitida al husped. - Debe ser firmado por el husped.Expediente de Exportacin de Servicios6. Documentos AuxiliaresDetalle de Consumo

  • Expediente de Exportacin de ServiciosRequisitos: Slo se deber emitir en caso de paquetes tursticos organizados por agencias domiciliadas en el Per. Informacin Pre Impresa. - Datos de identificacin del establecimiento de hospedaje. - Denominacin del documento auxiliar Detalle de Consumo Paquete Turstico. - Nmero correlativo. Informacin no necesariamente impresa. - Datos de identificacin de la Agencia de Viajes y Turismo a travs de la cual se presta el servicio a los sujetos no domiciliados (Razn social, RUC.). - Cantidad y detalle de los alimentos y bebidas proporcionados. En el caso que se ofrezca paquetes de alimentos y bebidas tales como, bufs, mens o similares, slo se precisar la cantidad y denominacin de dichos paquetes, en este ltimo caso, el nmero de paquetes de alimentos y bebidas guardar correspondencia con el nmero de sujetos no domiciliados que forman parte del paquete turstico. - Precios totales de los alimentos y bebidas y/o los paquetes de alimentos y bebidas. - Importe total y cerrado por cada Detalle de consumo Paquete turstico. - Fecha de consumo.b) Detalle de Consumo Paquete Turstico6. Documentos Auxiliares

  • Slo se considerarn como exportacin de servicios, siempre que dichos paquetes sean coordinados y organizados por Agencias de Viajes y Turismo domiciliadas en el Per.PAQUETES TURISTICOS

    TIPO DE SERVICIOGRAVADOSSINOHospedajePAlimentacinPActividadesPTrasladosPOtros servicios (Lavandera, telfono, spa - peluquera, etc.)P

  • PREGUNTAS FRECUENTES

  • Qu sucede si el husped permanece por un periodo mayor a 60 das en un ingreso?

    A partir del da 61 se cobra el IGV.

  • Qu sucede si el husped ingresa al hotel con pasaporte vencido?Qu sucede si el husped ingresa al pas con pasaporte sin sellos de ingreso al pas?

    En cualquiera de estos casos se deber gravar con el IGV.

  • Qu sucede si el husped ingresa al pas con TAM otorgado en desembarco martimo? Es TAM por lo cual se deber exonerar del IGV.Qu sucede si el husped ingresa al pas con Tarjeta de autorizacin para bajar a tierra? Al no ser TAM ni pasaporte, se deber gravar con el IGV TARJETA DE AUTORIZACION PARA BAJAR A TIERRAQu sucede si el husped ingresa al pas con TAM con ms de 60 das de vigencia? La norma limita la permanencia a 60 das por ingreso, por lo cual se debe gravar con el IGV

  • Se puede emitir una sola factura a nombre de un no domiciliado cuando viene un grupo para evitar papeleo?*No, hay que emitir una factura por cada persona o habitacin, el Reg. de Comprobantes de Pago establece que en las facturas deber consignarse el nombre del usuario. *En servicios contratados en forma global (paqueteturstico) el comprobante debe expedirse a nombre de la agencia de viajes.

  • Se puede aplicar la tasa 0% a los alimentos y bebidas del husped no domiciliado?

    *Si, la SUNAT a travs de la R.S. 93 2002/SUNAT ha opinado que alimentacin comprende bebidas precisando que se deber detallar los A&B en el propio comprobante de pago o en el Detalle de consumo. Solo los alimentos consumidos por el no husped no domiciliado hospedado en el establecimiento sern exonerados del IGV.Es poltica de la cadena exonerar solo a los AyB que hayan sido previamente contratados

  • Se puede aplicar la tasa 0% a los servicios de telefona, peluquera, lavandera y otros servicios complementarios?

    No, estos no son considerados como servicios de hospedaje por lo que se encuentran gravados con el IGV. Se debern facturar en forma separada.

  • Qu pasa si el husped no domiciliado no entrega el pasaporte o documento de identidad vigente?

    No se puede aplicar la tasa 0% ya que el servicio no ser considerado como exportacin por lo tanto esta gravado con el 19% del IGV.

  • Qu pasa si el husped no domiciliado no entrega la TAM?

    No se puede aplicar la tasa 0% ya que el servicio no ser considerado como exportacin por lo tanto esta gravado con el 19% del IGV.

  • Qu sucede con los peruanos residentes en el extranjero?Se puede aplicar la tasa 0% pero se deber probar la condicin de residente en el extranjero y que hayan salido del Per y deber probar permanencia no mayor a 60 das para ser exonerado de IGV. En caso de duda gravar con IGV.

  • Qu sucede con sujetos no domiciliados que llegan con salvoconducto u otro documento diferente al pasaporte de pases que no tienen convenio con el Per que no forman parte del MERCOSUR y Pases Asociados?

    La norma establece que debe ser PASAPORTE. Por lo tanto se debe gravar con IGV.

  • Qu sucede con sujetos no domiciliado que llegan con permiso de visita a puerto?

    La norma establece que debe ser PASAPORTE. Por lo tanto se debe gravar con IGV.

  • Qu sucede con sujetos no domiciliado que llegan con invitados domiciliados?Se deber efectuar la facturacin independiente y se deber gravar con el IGV lo correspondiente a los invitados domiciliados.

  • Podemos exonerar a huspedes que no cuenten con pasaporte o TAM con cargo a que ellos o la Agencia regularicen esta situacin en los prximos das?

    De ninguna manera, la exoneracin slo procede si el husped se acredita como no domiciliado al momento de ingresar al hotel.

  • Se puede emitir una Factura Exonerada con una copia de denuncia policial por robo de documentos?No procede ya que la Ley no contempla el supuesto del robo de documentos.

    Se puede emitir una Factura Exonerada por un No Show y una Reserva Cancelada?No, se debe emitir el Comprobante de Pago por los conceptos No Show Penalidad y Reserva Cancelada Penalidad.

  • Se puede emitir una Factura Exonerada por una reserva Overbooking?

    No, se debe emitir el Comprobante de Pago con el IGV.

  • Podemos exonerar a huspedes que presentan pasaporte y TAM con fechas pasadas y futuras? No, se debe gravar con el IGV al Comprobante de Pago emitido (Boleta de Venta).