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EVALUACIÓN RIESGO BIOLOGICO Exposición a Coronavirus (COVID-19) Cliente: XUNTA DE GALICIA TAREAS DE CAMPO TAREAS DE CAMPO TAREAS DE CAMPO TAREAS DE CAMPO Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Judiciales Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Judiciales Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Judiciales Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Judiciales VICEPRESIDENCIA e CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONS PUBLICAS E XUSTIZA Informe realizado por: Jorge M. Paz Suárez Técnico Superior en PRL Fecha: 13/05/2020 -

Exposición a Coronavirus (COVID-19)€¦ · trabajadores. e) El conocimiento de una enfermedad que se haya detectado en un trabajador y que esté directamente ligada a su trabajo

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EVALUACIÓN RIESGO

BIOLOGICO

Exposición a Coronavirus (COVID-19)

Cliente: XUNTA DE GALICIA TAREAS DE CAMPOTAREAS DE CAMPOTAREAS DE CAMPOTAREAS DE CAMPO

Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Judiciales Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Judiciales Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Judiciales Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Judiciales

VICEPRESIDENCIA e CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONS PUBLICAS E XUSTIZA

Informe realizado por:

Jorge M. Paz Suárez Técnico Superior en PRL

Fecha: 13/05/2020

-

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ÍndiceÍndiceÍndiceÍndice

Objeto. ........................................................................................................................................................... 4 1.

Alcance ................................................................................................................................................. 5 2.

Evaluación del riesgo ......................................................................................................................... 6 3.

Recomendaciones técnicas – Procedimiento de actuación ................................................... 8 4.

Equipos de Protección Personal ..................................................................................................... 9 5.

5.1. Otras consideraciones...........................................................................................................................................................11

Protocolos y Normas de Actuación Internas de la Vicepresidencia e Consellería de 6.Presidencia, Administracions Públicas e Xustiza. .............................................................................. 12

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EDICIONES

Fecha Edición 11-05-2020 Edición inicial 13-05-2020 Primera revisión. Inclusión de la evaluación de las tareas de lanzamiento y

actualización de la normativa, y protocolos internos, de los apartados 5.1 y 6, respectivamente.

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Objeto. 1.El objeto del presente informe es la evaluación del riesgo y la proposición de las medidas de prevención y control de la posible exposición a riesgo biológico con relación al nuevo coronavirus COVID-19. Para ello se van a analizar las características de las tareas o actividades realizadas en las que puede existir riesgo de exposición a este agente biológico y las medidas de prevención existentes. Adicionalmente, en caso necesario, se propondrán medidas de prevención y control para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. La presente evaluación se realiza en base a lo establecido en el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. De acuerdo con esto, identificados uno o más riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, se procederá, para aquellos que no hayan podido evitarse, a evaluar los mismos determinando la naturaleza, el grado y duración de la exposición de los trabajadores. La evaluación mencionada se efectuará teniendo en cuenta toda la información disponible y, en particular: a) La naturaleza de los agentes biológicos a los que estén o puedan estar expuestos los trabajadores y el grupo a

que pertenecen, de acuerdo con la tabla y criterios de clasificación. Si un agente no consta en la tabla, el empresario, previa consulta a los representantes de los trabajadores, deberá estimar su riesgo de infección teniendo en cuenta las definiciones previstas en el primer apartado del artículo 3 del Real Decreto 664/1997, a efectos de asimilarlo provisionalmente a los incluidos en uno de los cuatro grupos previstos en el mismo. En caso de duda entre dos grupos deberá considerarse en el de peligrosidad superior.

b) Las recomendaciones de las autoridades sanitarias sobre la conveniencia de controlar el agente biológico a fin de proteger la salud de los trabajadores que estén o puedan estar expuestos a dicho agente en razón de su trabajo.

c) La información sobre las enfermedades susceptibles de ser contraídas por los trabajadores como resultado de su actividad profesional.

d) Los efectos potenciales, tanto alérgicos como tóxicos, que puedan derivarse de la actividad profesional de los trabajadores.

e) El conocimiento de una enfermedad que se haya detectado en un trabajador y que esté directamente ligada a su trabajo.

f) El riesgo adicional para aquellos trabajadores especialmente sensibles en función de sus características personales o estado biológico conocido, debido a circunstancias tales como patologías previas, medicación, trastornos inmunitarios, embarazo o lactancia.

La presente evaluación se realiza en base al conocimiento científico actual en relación con el agente biológico en cuestión (COVID-19) y las medidas de protección y prevención publicadas por el ministerio de sanidad. Estas recomendaciones están en continuo cambio y actualización por lo que, más allá de lo establecido en el presente informe, si éste se consulta en fecha posterior a su elaboración, se deberá contrastar con las recomendaciones actualizadas que haya publicado el ministerio de sanidad.

(https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/home.htm).

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Alcance 2.El alcance de la presente evaluación se centra en las tareas o actividades descritas a continuación, no siendo objeto de este informe otras posibles actividades realizadas y que puedan suponer exposición a agentes biológicos por parte de los trabajadores que las realizan.

Empresa XUNTA DE GALICIA

Tareas a evaluar

Tareas de campo a realizar por el personal de los Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos y restantes órganos que practiquen actos de comunicación, asi como por el personal de los juzgados de primera instancia, juzgados de primera instancia e instrucción y personal del SCACE (servicio común de actos de comunicación y ejecución).

Puestos de trabajo GGGGestor estor estor estor Procesal Procesal Procesal Procesal yyyy Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo yyyy AuxiliosAuxiliosAuxiliosAuxilios JudicialesJudicialesJudicialesJudiciales....

Descripción de la actividad realizada

• Realizar los actos de comunicación y notificación (notificaciones, citaciones, emplazamientos…) fuera de la sede judicial, principalmente en domicilios particulares (desplazamientos a pie o en vehículo oficial o público, acceso al edificio en el que tenga su domicilio la persona notificada, entrega de documentos en papel, recogida de firma, explicaciones verbales, etc.).

• Realizar lanzamientos, para lo que la COMISION JUDICIAL (de la que forman parte el auxilio y el gestor) se desplaza al inmueble, acompañada de la fuerza pública, un cerrajero, en su caso, y el demandante o su representante, constituyéndose todos en el domicilio del lanzado, el que es requerido de desalojo y, si se niega, se procede al mismo por la fuerza.

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Evaluación del riesgo 3.Para la evaluación del riesgo por la posible exposición al agente biológico, se tienen en cuenta los siguientes aspectos:

Naturaleza del agente biológico.Naturaleza del agente biológico.Naturaleza del agente biológico.Naturaleza del agente biológico.

Los coronavirus son miembros de la subfamilia Orthocoronavirinae dentro de la familia Coronaviridae (orden Nidovirales) (11). Esta subfamilia comprende cuatro géneros: Alphacoronavirus, Betacoronavirus, Gammacoronavirus y Deltacoronavirus de acuerdo a su estructura genética. Los alfacoronavirus y betacoronavirus infectan solo a mamíferos y normalmente son responsables de infecciones respiratorias en humanos y gastroenteritis en animales. Se han descrito hasta la aparición del 2019-nCov (Covid-19), seis coronavirus en seres humanos.

La vía de transmisión entre humanos se considera similar al descrito para otros coronavirus a través de las secreciones de personas infectadas, principalmente por contacto directo con gotas respiratorias de más de 5 micras (capaces de transmitirse a distancias de hasta 2 metros) y las manos o los fómites contaminados con estas secreciones seguido del contacto con la mucosa de la boca, nariz u ojos. (basado en la información del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias)

Para el Covid 19 no existe una clasificación oficial como agente biológico en alguno de los 4 grupos existentes, si bien, en base a la definición de estos grupos (RD 664/1997) cabría clasificarlo inicialmente, a falta de una clasificación oficial, como agente biológico del grupo agente biológico del grupo agente biológico del grupo agente biológico del grupo 2222**** (Guía Técnica del RD 664/97 página 52).

GrupoGrupoGrupoGrupo DescripciónDescripciónDescripciónDescripción

1 Aquél que resulta poco probable que cause una enfermedad en el hombre.

2 Aquél que puede causar una enfermedad en el hombre y puede suponer un peligro para los trabajadores, siendo poco probable que se propague a la colectividad y existiendo generalmente profilaxis o tratamiento eficaz.

3 Aquél que puede causar una enfermedad grave en el hombre y presenta un serio peligro para los trabajadores, con riesgo de que se propague a la colectividad y existiendo generalmente una profilaxis o tratamiento eficaz.

4 Aquél que causando una enfermedad grave en el hombre supone un seno peligro para los trabajadores, con muchas probabilidades de que se propague a la colectividad y sin que exista generalmente una profilaxis o un tratamiento eficaz.

Posibilidad de vacunación.Posibilidad de vacunación.Posibilidad de vacunación.Posibilidad de vacunación.

En la actualidad no existe posibilidad de vacunación para este agente biológico.

Tipo de exposición.Tipo de exposición.Tipo de exposición.Tipo de exposición.

La exposición al agente biológico se considera no deliberadano deliberadano deliberadano deliberada, la actividad no implica la intención deliberada de manipular agentes biológicos o de utilizarlos en el trabajo (RD 664/97)

Probabilidad de contacto, frecuencia de la exposición y medidas de protecciónProbabilidad de contacto, frecuencia de la exposición y medidas de protecciónProbabilidad de contacto, frecuencia de la exposición y medidas de protecciónProbabilidad de contacto, frecuencia de la exposición y medidas de protección....

En base a estos parámetros se establece la siguiente matriz de clasificación del riesgo, basada en:

• Si puede existir contacto potencial con personas infectadas o con casos en estudio. • Se utilizan equipos de protección individual frente a la posible exposición al agente biológico.

*Clasificación recogida según Criterio Operativo nº 102/2020 Sobre medidas y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

relativas a situaciones derivadas del nuevo Coronavirus (SARS-CoV-2)

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Se aplicarán los criterios de riesgo establecidos en el documento “Procedimiento de actuación de los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2). Versión 30 de abril de 2020 “.La clasificación de niveles de riesgo del anexo V de la guía es la siguiente :

NR1 (Nivel de riesgo 1): Similar a riesgo comunitario, trabajo sin contacto con personas sintomáticas.

NR2 (Nivel de riesgo 2): Trabajo con posibilidad de contacto con personas sintomáticas, manteniendo la distancia de seguridad y sin actuación directa sobre ellas.

NR3 (Nivel de riesgo 3): Asistencia o intervención directa sobre personas sintomáticas, con EPI adecuado y sin mantener la distancia de seguridad.

NR4 (Nivel de riesgo 4): Profesionales no sanitarios que deben realizar maniobras generadoras de aerosoles, como por ejemplo RCP.

En base a lo descrito anteriormente, el nivel de riesgo existente para las tareas objeto de la presente evaluación sería: NR1NR1NR1NR1 o NR2NR2NR2NR2 (ocasionalmenteocasionalmenteocasionalmenteocasionalmente).

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Recomendaciones técnicas – 4.Procedimiento de actuación

A continuación, se proponen una serie de medidas encaminadas a disminuir el nivel de riesgo existente junto con recomendaciones generales de protección.

Escenarios de riesgo de exposición al coronavirus SARS-CoV-2 en el entorno laboral

EXPOSICIÓN DE RIESGO EXPOSICIÓN DE BAJO

RIESGO BAJA PROBABILIDAD DE EXPOSICIÓN

N/P N/P Trabajadores sin atención directa al público, o a más de 2 metros de distancia, o con medidas de protección colectiva que evitan el contacto, que en el caso que ocupa el presente informe son los que ocupan los puestos de :

Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios Gestor Procesal y Administrativo y Auxilios JudicialesJudicialesJudicialesJudiciales

REQUERIMIENTOS N/P N/P

Aunque no se hace necesario el uso de EPI, se recomienda que en ciertas situaciones (falta de cooperación de una persona sintomática*, desplazamiento en el interior del vehículo oficial,desplazamiento en el interior del vehículo oficial,desplazamiento en el interior del vehículo oficial,desplazamiento en el interior del vehículo oficial, entrega entrega entrega entrega de las notificacde las notificacde las notificacde las notificacionesionesionesiones, ejecución de los lanzamientosejecución de los lanzamientosejecución de los lanzamientosejecución de los lanzamientos, etc) se usen los siguientes :

- Protección respiratoria (interior del vehículointerior del vehículointerior del vehículointerior del vehículo,,,, entrega entrega entrega entrega de notificacide notificacide notificacide notificacionesonesonesones y reuniones que se realizan en los y reuniones que se realizan en los y reuniones que se realizan en los y reuniones que se realizan en los lanzamientoslanzamientoslanzamientoslanzamientos).

- Solución hidroalcohólica (para uso tras firma y para uso tras firma y para uso tras firma y para uso tras firma y entrega de las notificacionesentrega de las notificacionesentrega de las notificacionesentrega de las notificaciones y otros registrosy otros registrosy otros registrosy otros registros ----intercambio de bolígrafos, documentación, etcintercambio de bolígrafos, documentación, etcintercambio de bolígrafos, documentación, etcintercambio de bolígrafos, documentación, etc-).

Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (sars-cov-2). Ministerio de Sanidad. 28 de febrero 2020

Dado que este documento se refiere exclusivamente a trabajos de campo, el técnico firmante del mismo ha considerado que no procede evaluar las tareas realizadas en locales fijos. Las instrucciones para actuaciones específicas son aportadas a los trabajadores por la propia Consellería (ver anexos final del este documento en dónde se recogen las mismas). En lo que proceda, se aplicará la Guía de actuación preventiva ante o coronavirus no ámbito da Administración Xeral da Comunidade Autónoma de Galicia (Anexo II de la RESOLUCIÓN do 16 de abril de 2020, da Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza, pola que se dá publicidade de diversos acordos do Centro de Coordinación Operativa da situación de emerxencia sanitaria no territorio da Comunidade Autónoma de Galicia (Cecop), do 14 de abril de 2020. (DOG Núm. 74 Venres, 17 de abril de 2020).

((((****) De acuerdo con la evaluación de riesgos general de los trabajos de campo, en caso de situaciones de falta de cooperación ) De acuerdo con la evaluación de riesgos general de los trabajos de campo, en caso de situaciones de falta de cooperación ) De acuerdo con la evaluación de riesgos general de los trabajos de campo, en caso de situaciones de falta de cooperación ) De acuerdo con la evaluación de riesgos general de los trabajos de campo, en caso de situaciones de falta de cooperación o similares en las que se vean implicadas personas sintomáticas, el personal se abstendrá de intervenir, solicitando la o similares en las que se vean implicadas personas sintomáticas, el personal se abstendrá de intervenir, solicitando la o similares en las que se vean implicadas personas sintomáticas, el personal se abstendrá de intervenir, solicitando la o similares en las que se vean implicadas personas sintomáticas, el personal se abstendrá de intervenir, solicitando la actuacactuacactuacactuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estadoión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estadoión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estadoión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (esto ya se hace de oficio en los lanzamientos)(esto ya se hace de oficio en los lanzamientos)(esto ya se hace de oficio en los lanzamientos)(esto ya se hace de oficio en los lanzamientos)....

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Equipos de Protección Personal 5.

Se adjunta la tabla aclaratoria (en la página siguiente) que en este sentido ha editado el ministerio de sanidad a través de la dirección general de salud pública (y que debe consultarse periódicamente en el enlace siguiente por si sufriese modificaciones importantes).

https://www.mscbs.gob.es/en/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov- China/documentos/Recomendaciones_uso_mascarillas_ambito_comunitario.pdf

No obstante, en caso de querer utilizar algún tipo de mascarilla, lo que sí es importante para no convertir este acto en una fuente de riesgo en lugar de una medida preventiva, es seguir las siguientes indicaciones del documento anterior :

Las mascarillas no deben llevarse al cuello, tampoco se recomienda sacarla o guardarla en el bolsillo o en cualquier otro lugar para vover a ponérsela más tarde. El uso de mascarilla deberá ir siempre asociado al seguimiento estricto de las medidas generales de higiene descritas a continuación:

- Antes de ponerse una mascarilla hay que lavarse bien las manos con agua y jabón o con una solución con

base alcohólica.

- Cubrir la boca y la nariz con la mascarilla y evitar que haya huecos entre la cara y la mascarilla.

- Evitar tocar la mascarilla con las manos mientras se lleve puesta y si se hace lavarse bien las manos con

agua y jabón o con una solución con base alcohólica.

- Desechar la mascarilla cuando esté húmeda y evitar reutilizar las mascarillas de un solo uso. Las

mascarillas quirúrgicas son de un solo uso.

- Por cuestiones de comodidad e higiene, se recomienda no usar la mascarilla por un tiempo superior de 4

horas. En caso de que se humedezca o deteriore por e luso, se recomienda sustituir por otra.

- Quitarse la mascarilla por laparte de atrás, sin tocar la parte frontal, desecharla en un cubo cerrado y

lavarse las manos con agua y jabón o con una solución con base alcohólica.

- En el caso de mascarillas higiénicas reutilizables, éstas se deben lavar conforme a las instrucciones del

fabricante.

- La distancia de seguridad y el lavado de manos con agua y jabón o soluciones hidroalcohólicas son de

enorme importancia.

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QUEQUEQUEQUE QUIÉNQUIÉNQUIÉNQUIÉN CUÁNDOCUÁNDOCUÁNDOCUÁNDO PORQUÉPORQUÉPORQUÉPORQUÉ Mascarilla médica quirúrgica (producto sanitario homologado)

Personas con síntomas o diagnóstico de COVID-19.

Al entrar alguien en su habitación o al recibir cuidados a menos de 2 metros.

La mascarilla quirúrgica limina la salida de las gotas respiratorias por lo que previene la transmisión del virus a otras personas. La mascarilla quirúrgica tiene un efecto protector, si se usa de manera adecuada y asociada a las medidas de prevención.

Personas que han estado en contacto estrecho con alguien con COVID-19 en los últimos 14 días. Cuidado de personas con COVID-19.

Cuando están con los convivientes en la casa y si tienen que salir a la calle. Al atender al paciente a menos de 2 metros. El paciente también debe llevar mascarilla quirúrgica.

Población vulnerable (personas mayores de 60 años, diagnosticadas de hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunodeprimidos y el embarazo, por el principio de precaución.)

Al salir a la calle o estar en contacto con otras personas.

Mascarilla higiénica (producto no sanitario, de fabricación propia o comercial)

Población general sana (sin contacto con personas con COVID-19).

Cuando no es posible mantener la distancia de seguridad en situaciones como el desplazamiento al trabajo o a la compra o espacios cerrados. Cuando se utiliza el transporte público.

El uso de mascarillas higiénicas puede colaborar en la disminución de la transmisión por parte de personas sin síntomas o síntomas leves, siempre que se haga asociado a las medidas de prevención.

No conviene mascarilla Los menores de 3 años, personas con problemas para respirar y personas con dificultades para quitarse la mascarilla por si mismas.

No conviene mascarilla salvo indicación de profesional sanitario.

Para que la mascarilla tenga un efecto protector es imprescindible que encaje bien en la casa, se tolere bien (respiración adecuada) y que se tengan las precauciones de uso correcto de las mascarillas.

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5.1. Otras consideraciones.

El presente informe se ha realizado según las informaciones y protocolos existentes a día de la fecha de elaboración del mismo por las autoridades pertinentes en la materia (Ministerio de Sanidad y Servicio Galego de Saúde). En especial se han tenido en cuenta los siguientes documentos:

- Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

- Resolución de 23 de marzo de 2020 del Mininstro de Justicia sobre seguridad laboral de la Administración de Justicia durante la pandemia COVID-19.

- Procedimiento de actuación frente a casos de nuevo coronavirus (SARS-COV-2). Actualización 15.03.2020.

- Prevención y control de la infección en el manejo de pacientes con COVID-19. Actualización 20.02.2020. - Procedimiento de actuación de los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al

nuevo coronavirus (SARS-COV-2). Versión 11 de marzo de 2020. - Recomendacións de prevención no traballo fronte ao Coronavirus. Versión 18 de marzo de 2020. - Criterio Operativo nº 102/2020 Sobre medidas y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad

Social relativas a situaciones derivadas del nuevo Coronavirus (SARS-CoV-2). 16/03/2020 - https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-

China/home.htm - https://coronavirus.sergas.gal/

En este sentido la empresa tendrá en cuenta las posibles novedades que pueda haber al respecto para realizar las variaciones oportunas.

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Protocolos y Normas de Actuación Internas 6.de la Vicepresidencia e Consellería de Presidencia, Administracions Públicas e Xustiza.

El listado actualizado de protocolos que esta consellería elabora en relación al COVID-19, y que serán de obligado cumplimiento para todos los trabajadores de la misma, se encuentran en la página web de la Xunta de Galicia, en el enlace siguiente :

http://www.xustiza.gal/informacion-coronavirus/medidas-preventivas-seguridade-laboral

A la fecha de redacción del presente informe, dichas normas y protocolos son los siguientes :

Resolucións autonómicas:

• Folla informativa.

• Protocolo de actuación no caso de positivo ou de illamento por COVID-19 na Administración de Xustiza de Galicia.

• Protocolo de actuación para todo o persoal empregado público dependente da Administración da Xunta de Galicia a excepción do persoal de sanidade e educación.

• Resolución do 8 de maio de 2020, da Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza, pola que se dá publicidade do Acordo do Consello da Xunta de Galicia, do 8 de maio de 2020, polo que se aproba o Protocolo polo que se establecen a reincorporación dos empregados públicos ao traballo presencial e as medidas de prevención fronte ao COVID-19.

• Páxina de información do SERGAS.

• Páxina de información do Ministerio de Sanidade.

Resolucións estatais:

• Directrices de boas prácticas nos centros de traballo.

• Protocolo de actuación para a coordinación de riesgos laborais na Administración de Xustiza ante o COVID-19.

• Resolución do Ministro de Xustiza sobre a seguridade laboral da Administración de Xustiza durante a pandemia COVID-19.

• Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

• Páxina de información do Ministerio de Sanidade.

Consello Xeral do Poder Xudicial:

• Guía de actuación para órganos gobernativos do Poder Xudicial en caso de positivo por coronavirus do persoal xudicial ou persoas que estivesen en dependencias xudiciais.