Exposicion 21 de Abril

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  • 8/17/2019 Exposicion 21 de Abril

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    El estatuto de Bayona de 1808 José I reúne a un grupo de personas en Bayona y les encarga la elaboración

    de una constitución, es un estatuto que no llega a llamarse constitución y

    se elabora el 7 de ulio de 1808! "ue el primer te#to legal redactado enEspa$a!

    %e dispongo a anali&ar las instituciones reguladas en el Estatuto de Bayona'

    senado y cortes'

    (as )unciones del senado est*n recogidas entre los articulos + y -1! El

    senado era un órgano muy reducido de . indi/iduos nombrados por el rey

    ante los ministros m*s los in)antes mayores de 18 a$os y conseeros reales

    mayores de .0 a$os, tena car*cter /italicio y su )unción era garanti&ar las

    libertades! El presidente del senado es elegido por el rey entre lo senadores

    y permanece un a$o en el cargo! El senado debe /elar por la libertad

    indi/idual y la i/ertad de imprenta! dem*s, se regulaba una Junta senatoria

    de libertad indi/idual para regular la inusticia en la puesta en libertad de

    presos y esta tendr* cinco integrantes! 2or ultimo el senado tiene la

    potestad de anular la constitución en caso de con3icto que amenace la

    seguridad del Estado!

    (as caractersticas de las cortes est*n recogidos entre los artculos 41 y 84!

    Eran un parlamento en su e#tensión con 17 indi/iduos pero se di/idan

    entre un estamento del clero, un estamento de la noble&a y un estamento

    del pueblo, de manera muy minuciosa se estableca que las pro/inciasmandaran 4 diputados, las ciudades mandaran +0, los negociantes y

    comerciantes mandaran 1- diputados y las uni/ersidades otros 1-

    diputados! Este parlamento responda m*s a las cortes del antiguo régimen

    que a un parlamento representati/o! 5aba la reelección una /e&, las 5ortes

    seran con/ocadas por el rey, el presidente sera nombrado por el rey que

    )uncionara en . comisiones de - indi/iduos! 6I se pre/ea la publicidad de

    los trabaos y permita que en las 5ortes se presentaran queas contra los

    ministros! (uego a partir de a se reconoca a la religión en el primer

    artculo! José I tena una mentalidad m*s moderna que los borbones pero

    tena una concepción napoleónica de gobierno! dem*s, regulaba una Juntasenatoria de libertad indi/idual para regular la inusticia en la puesta en

    libertad de presos y tendr* cinco integrantes! (as opiniones y las

    /otaciones no deber*n di/ulgarse ni imprimirse! oda publicación por

    medio de impresión o carteles, eca por la Junta de 5ortes o por alguno

    de sus indi/iduos, se considerar* como un acto de rebelión! (os decretos

    del 9ey, que se e#pidan a consecuencia de deliberación y aprobación de

    las 5ortes, se promulgar*n con esta )órmula' :;das las 5ortes!<

    Ademas existe un consejo de estado presidido por el rey y regulado entre los artículos 52 y

    60. Estara compuesto como minimo por 30 indiviuos y como máximo por 60. Se divide en

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    seis secciones ue son! Secci"n de #usticia y de $egocios Eclesiásticos. Secci"n de lo

    %nterior y &olicía 'eneral. Secci"n de (acienda. Secci"n de 'uerra. Secci"n de )arina y

    Secci"n de %ndias.

    *ada secci"n tendrá un presidente y cuatro individuos a lo menos. El príncipe podía acudir a este consejo una ve+ cumplidos los ,5. Ademas lo compondrán los ministros y el

     presidente del consejo de estado de manera conveniente. (a-ra seis diputados de las %ndias

    y consultores asistentes y a-ogados del consejo. /os proyectos de leyes civiles y criminales

    y los reglamentos generales de administraci"n p-lica serán examinados y extendidos por el

    *onsejo de Estado. En lo ue se re1iere a los negocios de su dotaci"n solo tiene una 1unci"n

    consultiva. /os decretos del ey so-re o-jetos correspondientes a la decisi"n de las *ortes

    tendrán 1uer+a de ley asta ue se cele-ren siempre ue sean apro-ados en el *onsejo de

    Estado