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EXPOSICION DE MOTIVOS DE LOS REGLAMENTOS MUNICIPALES DEL H. AYUNTAMIENTO DE AMECA. REGLAMENTO DE ECOLOGÍA DEL MUNICIPIO DE AMECA, JALISCO Con el fin de garantizar el derecho de toda persona a vivir en un ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar, y propiciar el aprovechamiento sustentable, la preservación y la restauración del suelo, el agua y los recursos naturales de la manera que sean compatibles, la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la protección de los ecosistemas, así como para prevenir y controlar la contaminación del aire, agua y suelo dentro del ámbito de competencia es que se realiza el presente reglamento teniendo por objeto regular la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la protección al ambiente y el patrimonio cultural en el Municipio de Ameca, Jalisco, con la finalidad de mejorar la calidad ambiental y la calidad de vida de los habitantes del municipio y establecer el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. Entrado en vigor este reglamento desde hace ya algunos años, tiene como consecuencia, que la Ecología y el Medio Ambiente de nuestro Municipio sean los más beneficiados, al tener un ordenamiento actual y moderno, establecemos un compromiso con nuestro futuro y el de las generaciones que están por venir. REGLAMENTO SOBRE VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS Atendiendo a las disposiciones legales establecidas en el artículos 115 fracción II de la Constitución Política de Estado Unidos Mexicanos, Artículo 77 fracción II de la Constitución Política del Estado de Jalisco, Articulo37 fracción II, 40 Fracción II, , 42 y 44 de la Ley Gobierno de la Administración Pública. en los cual, se confiere a las Alcaldías la facultad de

EXPOSICION DE MOTIVOS DE LOS REGLAMENTOS … · 2016-03-31 · EXPOSICION DE MOTIVOS DE LOS REGLAMENTOS MUNICIPALES DEL H. AYUNTAMIENTO DE AMECA. REGLAMENTO DE ECOLOGÍA DEL MUNICIPIO

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EXPOSICION DE MOTIVOS DE LOSREGLAMENTOS MUNICIPALES

DEL H. AYUNTAMIENTO DE AMECA.

REGLAMENTO DE ECOLOGÍA DEL MUNICIPIO DEAMECA, JALISCO

Con el fin de garantizar el derecho de toda persona a vivir enun ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar, ypropiciar el aprovechamiento sustentable, la preservación y larestauración del suelo, el agua y los recursos naturales de lamanera que sean compatibles, la obtención de beneficioseconómicos y las actividades de la sociedad con la protecciónde los ecosistemas, así como para prevenir y controlar lacontaminación del aire, agua y suelo dentro del ámbito decompetencia es que se realiza el presente reglamentoteniendo por objeto regular la preservación y restauración delequilibrio ecológico, así como la protección al ambiente y elpatrimonio cultural en el Municipio de Ameca, Jalisco, con lafinalidad de mejorar la calidad ambiental y la calidad de vidade los habitantes del municipio y establecer elaprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

Entrado en vigor este reglamento desde hace ya algunosaños, tiene como consecuencia, que la Ecología y el MedioAmbiente de nuestro Municipio sean los más beneficiados, altener un ordenamiento actual y moderno, establecemos uncompromiso con nuestro futuro y el de las generaciones queestán por venir.

REGLAMENTO SOBRE VENTA Y CONSUMO DE BEBIDASALCOHOLICAS

Atendiendo a las disposiciones legales establecidas en elartículos 115 fracción II de la Constitución Política de EstadoUnidos Mexicanos, Artículo 77 fracción II de la ConstituciónPolítica del Estado de Jalisco, Articulo37 fracción II, 40Fracción II, , 42 y 44 de la Ley Gobierno de la AdministraciónPública. en los cual, se confiere a las Alcaldías la facultad de

otorgar las autorizaciones para el expendio de bebidasAlcohólicas, se crea el Reglamento Sobre Venta y Consumode Bebidas Alcohólicas para el Municipio de Ameca,ordenanza que regula la Venta y Consumo de BebidasAlcohólicas en el Municipio de Ameca, Jalisco.

Este Reglamento regula los conceptos básicos tales comoBebidas Alcohólicas, expendios de consumo permanentes ytemporales con el fin de diferenciar las distintasautorizaciones de las respectivas licencias. De igual manerase establece el procedimiento para la solicitud, obtención yrenovación de la licencia para la Venta de BebidasAlcohólicas, así como el régimen de horarios para losestablecimientos y las prohibiciones para estos tipos deGiros.

El Reglamento también establece que los interesados debencumplir las normas sobre actividades económicas,zonificación, higiene pública y seguridad, contenidas en elordenamiento jurídico y vigente, a los fines de prevenir losriesgos que puedan afectar al establecimiento en el cual elcontribuyente realiza la venta y consumo de BebidasAlcohólicas. Por otra parte se establece un procedimiento deverificación para que la Dirección de Padrón y Licenciasejerza el control necesario para determinar si el contribuyentecumple con las obligaciones contenidas en esta norma. Asímismo se establece las sanciones y el procediendoadministrativo sancionatorio en donde se contempla lanotificación y los recursos que el contribuyente ejerce contralas decisiones emanadas de la Dirección de Padrón yLicencias.En general, fin del reglamento en mención es establecer lasatribuciones y facultades que en el ámbito de su competenciaejercerá la Autoridad Municipal para regular la venta yconsumo de bebidas alcohólicas, así como el funcionamientoen los establecimientos, señalando la base de suautorización, vigilancia, operatividad, seguridad, salubridad ehigiene.

REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA ELMUNICIPIO DE AMECA

Obedece a múltiples causas simultáneas la creación delReglamento de Construcción, principalmente la proliferaciónde edificaciones de todo tipo y en la dinámica expansión de lamancha urbana en nuestro Municipio, cabecera de la RegiónValles; de ahí la urgente necesidad de establecer medidasinstitucionales para regular la construcción de edificacionesde la propia ciudad en general y demás localidades delMunicipio.Animados por el propósito de coadyuvar al ordenamientourbanístico de Ameca, y una vez que fue sometido al estudioexhaustivo los miembros del H. Ayuntamiento resolvieronponer en vigencia el Reglamento de Construcción.Comprende en sus disposiciones, fomentar el desarrollo

armónico de los centros de población para lograr unrazonable equilibrio entre la densidad demográfica y laimagen urbana; procurar la disminución de la contaminaciónvisual del paisaje y salvaguardar las zonas típicas y losmonumentos históricos existentes en el Municipio, así comogarantizar los niveles mínimos de seguridad en laconstrucción de viviendas y edificios.La regulación y control de cualquier construcción, explotaciónde bancos de materiales, reparación, construcción, odemolición de cualquier género que se ejecute en lapropiedad pública o del dominio privado, así como todo actode ocupación del suelo o de la vía pública y debe regirse porlas disposiciones del Reglamento de Construcciones.

La Autoridad Municipal, por medio de la Dirección de ObrasPúblicas, es la encargada de realizar la inspección yvigilancia para el cumplimiento de las disposiciones delReglamento, así como la aplicación de sanciones a lasinfracciones cometidas contra las normas que establece elordenamiento, con la imperante necesidad de que todo tipode construcciones, instalaciones, calles y servicios públicosreúnan las condiciones necesarias de seguridad, higiene,comodidad y estética; fomentando así el desarrollo,mejoramiento y evolución de nuestro municipio.

REGLAMENTO QUE CREA EL CONSEJO MUNICIPAL DEDEPORTE (COMUDE)

El Ayuntamiento de Ameca, en términos de lo previsto por elartículo 115 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, tiene la facultad de aprobar de acuerdo a lasleyes en materia municipal, los reglamentos dentro de sus

respectivas jurisdicciones, por tal motivo, se realizó el estudiode dicho proyecto.Siendo el deporte la recreación física por excelencia de lapoblación que constituye una forma de vida, permitiendo alos seres humanos mediante su práctica moldear el espíritu,el carácter y la personalidad, además de ser un componentebásico de integración social, fomentando la cooperación ysolidaridad, y al mismo tiempo, estimula el deseo de éxito enun marco de sana competencia y coadyuva al bienestar físicoy mental.

Es claro para esta administración municipal, que una de lasprioridades es el respaldo y apoyo del deporte Por tanto, esimportante que mediante el deporte se promueva laenseñanza de las distintas disciplinas deportivas y supráctica, a través de escuelas de iniciación y competenciaspermanentes, a fin de contribuir a su instauración en nuestracomunidad, como un estilo de vida y hábito cotidiano.

Sabemos que el apoyo al deporte no se da por sí solo, por loque es necesario contar con instituciones que se encarguende planear, impulsar, fomentar y desarrollar la práctica yenseñanza de éste, la cultura física y el desarrollo integral delas personas en el territorio del municipio de Ameca, por loque se ha estimado necesario crear un Centro de AltoRendimiento del Deporte, que permita la acción coordinadade la autoridad municipal con los sectores privado y social,en la solución integral de la problemática de la organización ydirección de la práctica del deporte, así como brindar laatención necesaria a los deportistas, convirtiéndose en elórgano para la ejecución de la política municipal en estamateria.

En el entendido de que una de las obligaciones del Municipioes la de impulsar, fomentar y desarrollar la práctica deldeporte en su ámbito territorial, mediante el presenteReglamento se establece el como el conjunto de acciones,espacios, actividades, recursos y procedimientos que sedestinen a planear, desarrollar, vigilar, fomentar y estimular lapráctica y enseñanza del deporte, la cultura física y eldesarrollo integral de las personas.

Es preciso que el Municipio promueva y fomente lacreación de las los espacios Municipales de Iniciación

Deportiva en las diversas disciplinas a las cuales puedanacceder niños, jóvenes y adultos, con el objeto de que laenseñanza y práctica del deporte se realice en barrios,colonias y comunidades de manera permanente.

Es importante establecer la delimitación de un marco jurídicoy reglamentario que conforme con las Leyes Municipales,Estatales y Federales existentes, permita normar lasrelaciones, acciones, recursos y procedimientos destinados aimpulsar, fomentar y desarrollar el deporte, la cultura física yla recreación en el Municipio.

REGLAMENTO DE CEMENTERIOS PARA EL MUNICIPIODE AMECA

El servicio de cementerios constituye una necesidadprioritaria de la población y una ineludible del GobiernoMunicipal. Es por ello que el Gobierno Municipal, al plantearla adecuación de la normatividad municipal a la prácticaaconsejada por la población y el propio de la administraciónmunicipal, ha dedicado especial atención a este serviciopúblico, buscando que su reglamentación permita se presteen forma más efectiva, al propio tiempo que se respeta elinterés jurídico y afectiva de todos aquellos que realicentramites con carácter de deudos de algunos de los seres quereposan en los cementerios de la circunscripción territorial delMunicipio.

Se busca en este Reglamento conservar todo aquello que devalioso existe en aquel al cual suple, estableciendo comomejora una mayor claridad en cuanto los términos ydefiniciones utilizados, así como una mayor precisión en lasfacultades y obligaciones de las diversas autoridadesmunicipales que intervienen en la prestación de este servicio.Así mismo se han adecuado los procedimientos establecidosen dichos documento normativo a las necesidades prácticas yla normatividad actual, destacado aspectos como la precisióndel concepto deudo, como cualquier persona que se haceresponsable de realizar trámites y de velar por el cuidado deuna tumba, sin que exista al respecto ninguna limitantes porla existencia o no de parentesco entre el adeudo y la personade la cual se ha sepultado en la misma su cadáver. En estemismo tenor se ha establecido capítulos de sanciones,

procedimientos y recurso aplicable, a fin de adecuar estosconceptos a la normatividad vigente.

El Reglamento de Cementerios tiene por objeto regular elestablecimiento, funcionamiento, conservación y vigilancia delos cementerios, así como el servicio público que comprendela inhumación, exhumación, re inhumación, de restoshumanos, restos humanos áridos y cenizas.

REGLAMENTO (PLAN PARCIAL) DE DESARROLLOURBANO PARA LA CONSERVACION DEL CENTRO

HISTORICO DE AMECA

Se crea El Plan Parcial de Desarrollo Urbano para laConservación del Centro Histórico de Ameca, confundamento jurídico en la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, en sus artículos 27, párrafo tercero,artículo 73, fracción ab-C y en el artículo 115 fracciones II, III,V y VI, reformados el 3 de febrero de 1983 en los cuales seestablece la participación de la Nación en la ordenación yregulación de los asentamientos humanos en el país, laconcurrencia de los tres niveles de gobierno en la materia, lafacultad de los estados para expedir las leyes relativas aldesarrollo urbano y de los municipios para expedir losreglamentos y disposiciones administrativas de observanciageneral que se requieran.La Ley General de Asentamientos Humanos, fija las normasbásicas para planear los centros de población y definen losprincipios para determinar las áreas y predios urbanos y suscorrespondientes usos y destinos, así como las reservas parael futuro crecimiento que integran su zonificación.

En el estado de Jalisco se fundamenta la elaboración delPlan en la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, ensu artículo 12 fracción I, faculta a los Ayuntamientos para“Formular, aprobar, administrar, ejecutar, evaluar y revisar elPrograma Municipal de Desarrollo Urbano, los planes dedesarrollo urbano de centros de población y los planesparciales de urbanización que de ellos se deriven”.

Derivado de la Ley anterior, el Reglamento de Zonificacióndel Estado de Jalisco, en su capítulo X, De la conservacióndel patrimonio cultural y urbano arquitectónico; señala las

disposiciones y lineamientos que se deberán de considerarpara la conservación del patrimonio cultural en cada caso asícomo las categorías en que está clasificado el mismo y quedeberán de considerarse en la elaboración del Plan deacuerdo al artículo 197 de dicho Reglamento. Así mismoestablece los niveles de intervención permitidos y los criteriosa aplicar al determinar dichos niveles. Del mismo modoestablece que toda intervención llevada a cabo con lafinalidad de conservar o restaurar inmuebles históricos-artísticos deberá realizarse por especialistas quienes deberánsiempre y en todo caso apegarse a lo establecido en la LeyFederal de sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos,Artísticos e Históricos, así como la aprobación y supervisióndel Instituto Nacional de Antropología e Historia.

El Plan de Desarrollo Urbano de Ameca para la Conservacióndel Centro Histórico tiene como objetivos generalesSalvaguardar el Patrimonio Cultural de Estado, preservandolos edificios y conjuntos arquitectónicos de valor históricocultural o que identifiquen la fisonomía del lugar. Así comoProcurar que el centro de Población mantenga o desarrollede manera integral la calidad de la imagen visualcaracterística del lugar.

Dicho Plan, establece dentro de sus estrategias generales laimportancia de la elaboración de la reglamentación ynormatividad adecuada para resguardar la fisonomía de lasfincas de valor existentes en el centro histórico así como laimportancia de que las nuevas construcciones se integrencon el contexto urbano. Dentro del mismo plan se establecela necesidad de elaborar un inventario de fincas y el nivel deintervención permitido en ellas además de elaborar elreglamento de imagen urbana para la zona centro

Por los motivos anteriormente expuestos Se decreta el PlanParcial De Desarrollo Urbano Para la Conservación delCentro Histórico, considerando que la conservación denuestros bienes patrimoniales, en particular el patrimonioedificado, no debe ir desligado del desarrollo social, de lacultura que los generó y los mantiene en valor, por lo que seproponen desarrollar una serie de análisis y acciones deconservación y mejoramiento, justificados en estos aspectosgenerales (Cultura, Patrimonio Cultural, etc., y en losaspectos particulares determinados en nuestro objeto de

estudio, Ameca, Jalisco, el cual como muchos de los centrosde población (pequeños y medianos) en nuestro país,constituyen unidades con carácter y con valores culturales engeneral dignos de preservarse.

REGLAMENTO DE ADQUISICIONES Y ENAJENACIONESPARA EL MUNICIPIO DE AMECA

La hacienda pública municipal, compuesta por los ingresos, elgasto, la deuda y el patrimonio, es el principal instrumentocon que cuenta el Ayuntamiento para alcanzar los grandesobjetivos del gobierno municipal plasmados en la Ley deAdquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado deJalisco.El gasto público municipal debe ejercerse y administrarse coneficiencia, eficacia, y honradez para satisfacer los objetivospropios de su finalidad. Es necesario en el ámbito delmunicipio de Ameca atendiendo su propia problemática ycaracterísticas, establecer las bases, procedimientos, reglas,requisitos y demás elementos para acreditar la economía,eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que asegurenlas mejores condiciones para el erario municipal.

Se requiere de un dispositivo reglamentario que regule lasAdquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y contrataciónde Servicios, relacionados con Bienes Muebles e Inmueblesdel Municipio de Ameca en un marco de apego a la normativapero también de flexibilidad, pluralidad y transparencia quegarantice la respuesta oportuna a los requerimientos de laadministración municipal.Por los motivos antes expuestos se considera indispensablepresentar el Reglamento de Adquisiciones y Enajenacionespara el Municipio de Ameca, teniendo por objeto regular lasacciones de programación, tramitación, gasto, ejecución,conservación, adjudicación, mantenimiento y control de lasoperaciones relativas a bienes o servicios.

REGLAMENTO DE LA CASA DE LA CULTURA

La Autoridad Municipal, consciente de que el futuro de unpueblo se forja a través de su esfuerzo conjunto y en función

de sus sueños, anhelos y aspiraciones que como comunidadle son más caras, reconocemos que esta capacidad o podersocial debe ser promovido en todo momento por aquellos quetransitoriamente hemos sido elegidos como susrepresentantes.Por lo que se refiere al desarrollo cultural de nuestracomunidad, éste será realmente un proceso deperfeccionamiento de las aptitudes humanas y sociales, entanto los individuos, los grupos y las instituciones que formanparte de la sociedad civil, junto con sus Autoridades, procurenlas condiciones y las formas convenientes para llevar a caboesa labor, y de allegarse los medios para sostenerla.

Resulta pues, de suma importancia, reconocer el desafío depromover vías de desarrollo pertinentes, orientadas por elreconocimiento de cómo los factores culturales modelan lamanera en que las sociedades conciben sus propios futuros yeligen los medios para alcanzarlos.Los motivos, razones, y propósitos que han llevado alHonorable Ayuntamiento a tomar esta decisión, puedenexpresarse en reconocer que los gobiernos no podemosdeterminar la cultura de un pueblo, sino que más bien sucedelo contrario. Lo que sí podemos y de hecho hacemos, esinfluir positivamente o negativamente sobre la cultura, y deesta manera, incidir en el curso del desarrollo mismo de lasociedad.Debemos impulsar la dinámica de participación social quepermita asegurar el desarrollo de un proceso culturalmunicipal en continua actividad que sea generado,desarrollado, asumido, compartido, aprovechado por lapropia sociedad. Reconocer el derecho que toda personatiene no sólo a los bienes culturales, sino a tomar partelibremente en la vida cultural de la comunidad.

Asume la responsabilidad este Honorable Ayuntamiento, devenir subsidiariamente en apoyo de la sociedad, mediante latutela eficaz de los derechos a la expresión cultural libre, ymediante la contribución de la hacienda pública para elfomento de los procesos culturales, tal como quedaespecificado en el reglamento.

Adquirimos la tarea de orientar, mediante la Dirección deCultura, instituciones, reglamentación y sistemas pertinentes,

los procesos y las actividades culturales, así como la difusiónlibre de la cultura en este municipio.Procuraremos que todas las comunidades y grupos socialesde nuestro municipio, sin discriminaciones debidas a suscarencias de recursos, a su ubicación geográfica o a suestado de desarrollo cultural, puedan disfrutar los bienes yservicios culturales necesarios para el sustento del espíritu, elcultivo de la propia dignidad y la convivencia pacífica yarmónica de todos sus miembros.Nuestro objeto, implementar las acciones y mecanismos quepermitan la restauración, conservación, mejoramiento ypreservación de las instalaciones de la Casa de la Culturacomo patrimonio cultural del Municipio de Ameca, Jalisco, asícomo regular las actividades que se realicen en dichoinmueble con la finalidad de apoyar, encauzar y promover lacultura entre la ciudadanía en general, unificando criteriospara su promoción, agrupando a los organismos yasociaciones involucradas en la promoción cultural, lacreación de oferta cultural y la capacitación artística;ofreciendo espacios y programas culturales para uso ydisfrute de la ciudadanía, y creando la estructura socialnecesaria para el desarrollo cultural integral de los habitantesde Ameca, Jalisco.

REGLAMENTO DE LA INDUSTRIA DE LA MASA Y LATORILLLA

La Administración Pública Municipal, ha buscado losmecanismos necesarios para satisfacer las demandas decada uno de los sectores que coexisten dentro del entornomunicipal al mantener un estrecho contacto con sushabitantes, sin dejar pasar por alto el papel tan importanteque desempeñan las cadenas productivas en el Municipio,mismas que además de ser generadoras de empleofomentan el desarrollo económico y social tanto de la entidadcomo del estado, inclusive, del país. Es por ello que a fin deestimular el desarrollo de las industrias, cualquiera que seasu nivel de competitividad se debe reglamentar su quehacer,a fin de equilibrar el impacto social y económico que puedatraer consigo su aparición, resguardando ante todo elbeneficio de la población y asegurando la protección delmedio ambiente.

Los molinos para nixtamal y las tortillerías han sido portradición un giro que ha trascendido a través del tiempo,consolidándose como una industria, cuyo producto es, engran medida, la base de la alimentación del mexicano, ya quesu costo, permite que tengan acceso al mismo la mayor partede los estratos sociales.Así pues, esta Administración en un afán de seguir dandocumplimiento a los compromisos adquiridos con todos lossectores involucrados en el desarrollo del Municipio, garanteen ello del respeto a la Constitución, instrumenta en el marcode sus atribuciones los aspectos que tiendan a desarrollar demanera equilibrada las actividades de los particulares a fin deencontrar en convivencia pacífica las satisfacción denecesidades específicas.

A partir del fortalecimiento de esta industria se contribuye enla conservación de empleos dentro de aquellas entidadesque, pese a los estragos económicos que en la actualidadvive el país y ante la falta de subsidio para esta industria, hansabido sortear su permanencia; incluso podemos establecerque además de sustentar la conservación de empleos,también se ha consolidado como una fuente generadora delos mismos en beneficio de las familias del municipio,repercutiendo en el consecuente mejoramiento del entornosocio-económico.

Mediante el presente reglamento se pretende establecer lasnormas administrativas bajo las cuales procederá, en estemunicipio, la apertura y funcionamiento de los molinos paranixtamal y tortillerías, el otorgamiento de la licenciacorrespondiente y en su caso la licencia para la venta delproducto de manera ambulante, así como las sanciones queprocedan en caso de violación al mismo y los recursos deque dispone el particular para combatir las resoluciones queconsidere le afecten en la aplicación de este Reglamento.

Especifica las obligaciones de los propietarios y encargadosde los establecimientos tanto en molinos para nixtamal ytortillerías como en los centros de venta, así como lasprohibiciones respectivas y las circunstancias a atender encaso de traspasos y cambios de domicilio. Punto medular delpresente instrumento es la reglamentación del ambulantaje ylos requisitos que se deberán satisfacer cuando se emplee elejercicio de esta práctica

Por lo anteriormente expuesto, este Reglamento tiene porobjetivo regular generalizadamente el funcionamiento,producción y venta de los molinos y tortillerías dentro delMunicipio de Ameca, Jalisco.

REGLAMENTO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO

En el contexto de un nuevo marco jurídico, se haceindispensable la creación de los nuevos referentes legales yreglamentarios municipales, a fin de estar a tono con lasnuevas modalidades de organización y gobernabilidad queexigen los avances democráticos generalizados en nuestropaís. Es así que uno de los documentos rectores máscercanos a la ciudad que vive y habita en los municipios, esel Reglamento de Policía y Buen Gobierno, norma municipalcon la que más estrechamente se identifican las accionesmás comunes de gobernantes y gobiernos municipales, contodos los frutos y consecuencias que implica su aplicación yrespeto, de conformidad con el principio de legalidadestablecido en nuestra Constitución Política del Estado deJalisco.

Los municipios deben tener la capacidad para detener libre yresponsablemente las características propias de su gobiernode acuerdo con sus necesidades particulares, para establecerlas normas básicas de la convivencia social y, especial, paragarantizar el pleno desarrollo y respeto por las comunidades.La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosestablece en su artículo 115 fracción II, que los municipiosestán investidos de personalidad jurídica y manejarán supatrimonio conforme a la Ley. Dice además, que losayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdocon las leyes en materia municipal que deberán expedir laslegislaturas de los estados, los reglamentos, circulares ydisposiciones administrativas de observancia general dentrode sus respectivas jurisdicciones, que organicen laadministración pública municipal, regulen las materias,procedimientos, funciones y servicios públicos de sucompetencia y aseguran la participación ciudadana vecinal.

El Bando de Policía y Buen Gobierno es una integración denormas de observancia general con la intención de regular

las diferentes actividades administrativas y de gobierno quede conformidad con las necesidades y condiciones de loshabitantes del municipio de Ameca, son necesarias para unamejor armonía social de las mismas.

Con el presente Reglamento de Policía y Buen Gobierno delMunicipio de Ameca, se da cumplimiento a los mandatosconstitucionales y legales, que mandan establecer las basesnormativas para hacer las relaciones de los habitantes deAmeca, más armónicas y de una cada vez más altaconvivencia social entre todas sus familias y personas queresiden dentro de su ámbito territorial.

REGLAMENTO DE PROTECCION CIVIL

Protección civil es el sistema por el que cada paísproporciona la protección y la asistencia para todos antecualquier tipo de accidente o catástrofe, así como lasalvaguarda de los bienes y del medio ambiente. En rasgosgenerales podemos concretar que la protección civil es lagestión de los servicios de emergencias de un país,extendida a todos los niveles, e involucrando a todas laspartes. Sin embargo, se entiende como protección civil en elsentido estricto, a los cuerpos específicos encargados deproteger a los ciudadanos de un país ante catástrofes decualquier tipo, sean de proveniencia humana o natural.

Los organismos que regulan la protección civil suelen,además, definir una forma de participación ciudadana por laque se tenga a un grupo de personas preparadas para actuarante catástrofes, en apoyo a los servicios de emergenciasasalariados, y que sirvan como responsables en laorganización de la ayuda ciudadana.

En la medida en que contemos en el Municipio con unaregulación que nos permita evitar, al grado posible, cualquiereventualidad en la que se generen riesgos o peligros ciertospara la integridad de las personas, así como de sus bienes,podremos estar seguros de que las demás tareas de lasautoridades municipales, así como la vida de los habitantesde este Municipio podrán desempeñarse dentro de losmárgenes de una normalidad aceptable.

Por lo anterior, era necesario contar con el Reglamento deProtección Civil vigente en el Municipio, de manera tal, queestemos ciertos de que podrán tomarse las medidasnecesarias para la reducción de riesgos, así como de ladetección y eliminación de peligros latentes en nuestracomunidad, además de estar preparados para el caso en quese presenten eventualidades de origen distinto de aquellas deintervención del hombre. Es pues el Reglamento deProtección Civil para el Municipio de Ameca, que habrá deotorgarnos mayores garantías para la prevención y, en sucaso, atención de eventualidades que se generen por causadel hombre o de la naturaleza.

REGLAMENTO DE SALUD

Es de preocupación prioritaria del Gobierno Municipal, lasalud integral y el bienestar social, físico y mental de losAmequenses. Entendemos la Salud Pública como el estadode completo bienestar físico, mental y social. La amplitud deeste concepto entraña, no sólo el perfecto desenvolvimientode los órganos fisiológicos, sino, también el desarrolloequilibrado y normal de las capacidades mentales ypsíquicas. La Salud no restringe su alcance al individuo sinoque comprende también al núcleo social.

Se consideran medidas de seguridad sanitaria, aquellasdisposiciones de inmediata ejecución, que tengan comofinalidad, proteger la salud de la población, y entre ellas seconsideran, el aislamiento, la cuarentena, la observaciónpersonal, la vacunación en seres humanos y animales, ladestrucción o control de insectos y otra fauna transmisora ynociva, la suspensión de trabajos o servicios, elaseguramiento o destrucción de objetos, productos osubstancias, la desocupación o desalojo de casas, edificios,establecimientos y en general, de cualquier predio, laprohibición de actos de uso y cualquier otra de índolesanitaria que determinen las Autoridades Sanitarias quepuedan evitar que se causen o continúen causando riesgos odaños a la salud.

Por lo anterior el Reglamento Municipal de Salud tiene comoobjetivos apoyar el mejoramiento de las condicionessanitarias del medio ambiente en territorio municipal, que

propicien del desarrollo satisfactorio de la vida, coadyuvar ala modificación de los patrones culturales que determinenhábitos, costumbres y actitudes relacionados con la salud ycon el uso de los servicios. De la misma manera, elAyuntamiento promoverá e impulsará en todo momento laparticipación del Municipio en el cuidado General de la Saludpara los habitantes de Ameca, Jalisco.

REGLAMENTO DE TURISMO

El turismo, o de otra forma dicho, la actividades turísticas, sonaquellas “que realizan las personas durante sus viajes yestancias temporales en lugares distintos al de su entornohabitual, con fines de ocio y otros motivos”.Las actividades turísticas, en la actualidad, se consideran

una importante fuente de ingresos para los habitantes de unaciudad, región o estado, que cuente con la posibilidad deofrecer su disfrute a los visitantes nacionales o extranjeros.Actualmente, el Municipio de Ameca, Jalisco, cuenta con unreglamento que fije, en el ámbito administrativo municipal, lasnormas reglamentarias aplicables, específicamente, a lafunción administrativa desarrollada por la Dirección deTurismo, así como aquellas dirigidas a los gobernadosparticipantes en la prestación de los servicios turísticos, esimperativo contar con dichas reglas, a fin de estar acordes alas disposiciones jurídicas establecidas en la Ley dePromoción Turística del Estado de Jalisco y en la LeyGeneral de Turismo.

El reglamento, establece, entre otras situaciones jurídicas,Disposiciones generales; De la clasificación de losestablecimientos y servicios turísticos; De la Dirección deTurismo Municipal; Del programa municipal de turismo; De laszonas de desarrollo turístico; Del Consejo Municipal deTurismo; De las zonas de desarrollo turístico sustentable;De la protección y orientación al turista; De la calidad ycompetitividad turística; De los prestadores de serviciosturísticos; De los promotores turísticos; De la verificación; Delas sanciones y del recurso de revisión.

Partiendo de lo anterior, se considera necesario, para elcorrecto desempeño de las funciones de las autoridadesadministrativas, en general, y de la Dirección de Turismo, en

particular, así como de los prestadores de servicios turísticos,contar con un ordenamiento jurídico denominado“Reglamento de Turismo del Municipio de Ameca, Jalisco”.

REGLAMENTO DE INGRESO DE VEHICULOS ALCENTRO HISTORICO

De acuerdo con las facultades que le confiere la AutoridadMunicipal las bases reglamentarias de los artículos 37fracción II, 40 fracción II, 42 y 44 de la Ley del Gobierno y laAdministración Pública Municipal, así como la fracción II delartículo 115 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos y 77 fracción II de la Constitución Política delEstado de Jalisco, con la finalidad de mejorar la imagenurbana y turística del municipio y con el objeto de establecerlas bases para el ingreso de los vehículos a la zonaadoquinada del Centro Histórico de Ameca, Jalisco; se creael Reglamento de Ingreso de Vehículos al Centro Históricopara el Municipio de Ameca.Los propósitos fundamentales del citado reglamento esregular las maniobras de carga, descarga y distribución enesta zona, señalando las bases de su operatividad y losrequisitos de seguridad vial en esta zona.

De la misma manera las disposiciones generales regularán:El ingreso de todos los vehículos ya sean de uso particular,carga, pasaje y oficiales al Centro Histórico. El tránsito de losvehículos en el Centro Histórico. Las bases para que losvehículos que circulan en el Centro Histórico lo realicen deuna manera segura, con la finalidad de evitar los posiblesriesgos de un accidente en el que se vieran involucrados lospeatones o transeúntes que circulan por esta zona. Laszonas de ingreso al Centro Histórico. Las autorizaciones delos permisos correspondientes para el ingreso al CentroHistórico.

Por la exposición de motivos anteriormente mencionados, esde suma importancia resaltar que dicha disposición sedecreta en virtud de que para salvaguardar la seguridad delos peatones y transeúntes, es preciso tomar las medidasnecesarias para evitar cualquier accidente, en el que losvehículos pudieran afectar la integridad de las personas quecirculan por esta zona.

REGLAMENTO INTERIOR DE LOS TRABAJADORES DELH. AYUTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE AMECA

En ejercicio de las obligaciones y facultades que confierenlos Artículos 42 fracción IV y 47 fracciones I y V de la Ley delGobierno y la Administración Pública Municipal del Estado deJalisco, el Honorable Ayuntamiento Constitucional de AmecaJalisco en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 115fracción II párrafo segundo de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos; Artículo 77 fracción II de laConstitución Política del Estado de Jalisco, así como loestablecido en los Artículos 37, fracción II y 40 fracción II dela Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal delEstado de Jalisco, se presenta el Reglamento Interior de losTrabajadores del H. Ayuntamiento.

La labor que desempeñan los trabajadores al servicio del H.Ayuntamiento Constitucional de Ameca, no escapa a lanecesidad de evolución y adaptación constante, ya queobedece fundamentalmente al impulso que le dan lasdemandas sociales.

El reglamento interior de Trabajo del H. Ayuntamiento deAmeca, está escrito con el afán de concordar la estructura delos trabajadores municipales con las exigencias de nuestrotiempo y con las nuevas e importantes atribuciones que hansido reconocidas al gobierno Municipal, en su esquemageneral, se han establecido las condiciones generales detrabajo para todos y cada uno de los trabajadores tales comosu ingreso, estímulos, sanciones y medidas disciplinarias,derechos, obligaciones y prohibiciones de los empleados.

El presente ordenamiento se elaboró sin perder de vista laclaridad, sencillez, flexibilidad que, en nuestro concepto debedistinguir todos los ordenamientos Municipales, para su fácilconocimiento e interpretación y su total cumplimiento por losservidores públicos, sin embargo, es puntual en cuanto alámbito de competencia de cada uno de los trabajadores queregula para evitar confusión y duplicidad en las facultades yobligaciones, dando a la vez, fundamento jurídicoparticularizado del actuar de los trabajadores municipaleshacia el interior de la Administración Municipal, esteReglamento cumple con la función de distribuir los derechos y

obligaciones de los trabajadores y hacia el exterior, permitiráque la comunidad de nuestro municipio se entere de laexistencia del presente ordenamiento.

Es por ende que el Reglamento Interno del Trabajo de losServidores Públicos del H. Ayuntamiento de Ameca obedecea las necesidades planteadas por nuestro tiempo ycircunstancias, pero además se ubica en el marco Jurídicodel Estado de Derecho en que vivimos, para garantizar a laciudadanía, el respeto al principio de legalidad y laprotección de los Derechos Laborales tanto del ente deGobierno como del Servidor Público.

REGLAMENTO PARA EL USO DE VEHICULOSOFICIALES

El poder eficientar los recursos con los que cuenta el H.Ayuntamiento Constitucional de Ameca, Jalisco, ha sido unade las máximas preocupaciones de este Gobierno Municipal.

Los vehículos automotores son un recurso importante parael cumplimiento de las responsabilidades y acciones dentrodel Municipio, por lo que en este reglamento se establecenlos lineamientos para regular el uso y control de vehículospropiedad del Gobierno Municipal.Cada vehículo estará asignado a los departamentos que asílo requieran para el cumplimiento de sus obligacioneslaborales, siendo responsabilidad del Jefe o Director elcontrol o uso del mismo, así como su mantenimiento, quientendrá una comunicación constante con el Jefe del Taller demantenimiento, para dar cumplimiento a tal fin.

Este reglamento se expide con fundamento en lo previstopor los Artículos 115 Fracción Jl de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos; Artículo 77 fracción V de laConstitución Política del Estado de Jalisco; Artículos 40, 41,42, 43, 44 Y47 Fracción V y, 84 Fracción II, Inciso" D " de laLey del Gobierno a la Administración Pública Municipal delEstado de Jalisco y; el Artículo 23 del Reglamento Interior delH, Ayuntamiento; y tiene por objeto reglamentar el uso de losvehículos oficiales, propiedad del H. AyuntamientoConstitucional de AMECA. JALISCO.

REGLAMENTO DE COMERCIO QUE SE EJERCE ENESPACIOS ABIERTOS PARA EL MUNICIPIO DE AMECA

El Reglamento de Comercio para el Municipio de Ameca,Jalisco es el cuerpo normativo a través del cual se regula yorganiza la actividad mercantil o de prestación de servicioslícitos, que se realiza en la demarcación territorial delMunicipio de Ameca, con relación a las personas físicas querealizan dichas actividades de forma ambulante, en puestossemifijos, fijos o en mercados, ya sea que dicha actividad larealicen de forma transitoria o habitual.

Es un hecho notorio y conocido que un gran número depersonas que son titulares de permisos de comercioambulante, comercio fijo o semifijo y mercados, hacen deesta actividad su forma de ingreso principal, la cual implica elsostén de sus familias, siendo que los permisionarios tienenque realizar de forma personalísima las actividadescomerciales.

Se decreta el citado reglamento de acuerdo a lasdisposiciones reglamentarias de los artículos 37 fracción II,40 fracción II, 42, 44 y demás relativos de la Ley del Gobiernoy la Administración Pública Municipal, así como la fracción IIdel artículo 115 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos y 77 fracción II de la Constitución Políticadel Estado de Jalisco y tiene por objeto establecer lasatribuciones y facultades que en el ámbito de su competenciaejercerá la Autoridad Municipal y Estatal para regular elcomercio en los espacios abiertos que se deriven delcomercio ambulante, en puestos fijos y semifijos; de igualmanera, tiene por objeto regular el funcionamiento delcomercio en estas tres modalidades, señalando la base de suoperatividad y los requisitos de seguridad, visualidad,salubridad e higiene.

REGLAMENTO PARA EL MANEJO DE RESIDUOSSOLIDOS PARA EL MUNICIPIO DE AMECA

De acuerdo a lo establecido en el artículo 115 fracciones II yIII de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos; 79 de la Constitución Política del Estado de

Jalisco; 37 fracciones V y VI, artículo 40 fracción II y 94fracción III, de la Ley del Gobierno y la Administración PúblicaMunicipal del Estado de Jalisco, las disposiciones aplicablesde la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección alAmbiente, las relativas a la Ley General para la Prevención yGestión Integral de los Residuos y la Ley Estatal de EquilibrioEcológico y Protección al Ambiente se expide el Reglamentopara el Manejo de Residuos Sólidos para el Municipio deAmeca.

El municipio de Ameca, en apoyo a las leyes mencionadas ydentro de su ámbito de competencia, plasma en elReglamento un conjunto de acciones que debe realizar laautoridad municipal, en corresponsabilidad con la comunidad,para disminuir la cantidad de residuos sólidos urbanos yresiduos de manejo especial, con el fin de que los trabajosrelacionados con el servicio público de manejo integral deresiduos sean realizados con eficiencia, los recursoshumanos, técnicos y financieros puedan ser mejoradministrados y los daños al ambiente puedan serdisminuidos.

El reglamento municipal, además incorpora la posibilidad devalorizar los residuos para tratar de recuperar el valorremanente o el poder calorífico de los materiales quecomponen los residuos, mediante su reincorporación enprocesos productivo bajo criterios de responsabilidadcompartida, eficiencia ambiental, tecnológica y económica.De esta manera, el reglamento aspira a sentar las basesnormativas para un manejo integral de los residuosgenerados dentro del territorio y abrir la posibilidad deincorporar de manera eficaz dicho manejo a los procesoseconómicos del municipio, con la finalidad de actualizar lahipótesis de tener un desarrollo sostenido.

Por lo anteriormente expuesto es importante un Reglamentoen la materia para con fines de regular la prestación delservicio público consistente en limpia, recolección, transporte,coprocesamiento, tratamiento, reciclaje, transferencia ydisposición final de residuos; regular la gestión integral de losresiduos en el municipio; Promover el establecimiento demedidas que prevengan el deterioro de los ecosistemas en elmanejo y disposición final de residuos; Normar la política enmateria de gestión de residuos sólidos en el municipio, entre

otras actividades que garanticen el buen manejo de residuossólidos y podamos crear un mejor ambiente cada día en elMunicipio de Ameca.

REGLAMENTO PARA LA TRANSPARENCIA Y ACCESO ALA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO

DE AMECA, JALISCO.

En el marco del Estado de Derecho, en una democraciamoderna y consolidada, toda persona es sujeta del derechohumano a la información, ya que todo hombre busca laverdad, presentándose la información como un instrumentoidóneo para el desarrollo de la persona y, a la vez, comomedio integrador de una sociedad, ya que se vuelve difícil laauténtica convivencia donde falta verdadera información.

Por lo tal, el objeto de este Reglamento es dejar paso abiertoa la participación activa, democrática y responsable de loshabitantes de este Municipio, estableciendo las herramientasconcretas para que cualquier persona actúe en legítimoejercicio de sus derechos y lo haga por medio de normasclaras, de acceso directo y control efectivo, haciendo uso dela información y poner el ejercicio de gobierno al alcance dela ciudadanía. Por otra parte, el derecho a la información noes potestad ilimitada de los gobernados. El derecho a lainformación debe ejercerse bajo un esquema de deberes yresponsabilidades, debiendo someterse a ciertasformalidades, condiciones, restricciones o sanciones,previstas en la ley, las cuales no pueden establecerse enforma genérica, sino sólo referidas a casos concretos y anecesidades puntuales dentro de un sistema democrático, tales el caso en materia de seguridad pública, la defensa delorden y la prevención del delito, la protección de lareputación o de los derechos ajenos, la privacidad y respeto ala dignidad de las personas, cuyos datos estén en posesiónde algún órgano municipal. Tales limitaciones se establecencomo excepciones a la regla general, expresamente previstasen este Reglamento.

La transparencia en la Administración Pública Municipal, lapublicidad de los actos del gobierno y el derecho de libreacceso a la información gubernamental, son la base desdedonde se pueden desarrollar mecanismos tendientes a la

prevención de los actos de corrupción, pero al mismo tiemposon los principios básicos e ineludibles de todo sistemarepublicano, complemento obligado de todo Estado deDerecho, en donde las personas requieren de informaciónpara llevar a cabo un control social de los órganos delEstado, en el ejercicio de su ciudadanía de pleno derecho.

De acuerdo a las disposiciones reglamentarias de losartículos 6, 8 y la fracción II del artículo 115 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, 4, 9, 15, 77fracción II y 86 de la Constitución Política del Estado deJalisco, los artículos 37 fracción II, 40 fracción II, 42, 44 ydemás relativos de la Ley del Gobierno y la AdministraciónPública Municipal, así como y los artículos 3 fracción VI, 9 ysexto transitorio de la Ley de Transparencia e InformaciónPública del Estado de Jalisco, se decreta el ReglamentoPara la Transparencia y Acceso a la información Pública delMunicipio de Ameca.

REGLAMENTO DE PRESTACION DE SERVICIOS DEAGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO

En cumplimiento de las obligaciones y facultades que meconfieren los artículos 42 fracción IV y V, y 47 fracciones I y Vde la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipaldel Estado de Jalisco, así como lo establecido en el artículo37, fracción II; 40, fracción II y 42, fracción III, de La Ley delGobierno y la Administración Pública Municipal del Estado deJalisco, se aprueba el Reglamento para la Prestación de losServicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento delMunicipio de Ameca, Jalisco.

Con el objeto establecer las medidas necesarias para laprestación de los servicios de agua potable, alcantarillado ysaneamiento, así como establecer las bases generales parala prestación de los servicios públicos de agua potable,alcantarillado y saneamiento, de conformidad con loestablecido en la Ley del Agua para el Estado de Jalisco ysus Municipios, su Reglamento y demás disposicioneslegales aplica

REGLAMENTO PARA LA ELECCION Y DESIGNACION DE LOSDELEGADOS, SUBDELEGADOS YAGENTES MUNICIPALES.

El propósito fundamental del presente H. Ayuntamientoy la Administración Municipal, es buscar la participaciónactiva de la comunidad, tanto en el diseño como en laimplementación de los programas municipales a través de laparticipación ciudadana organizada, proporcionando unaseguridad jurídica como condición fundamental para lograr eldesarrollo de las instituciones.

Al considerar que existe una laguna jurídica en nuestroMunicipio en cuanto a la conducta, derechos y obligacionesde los Delegados, Subdelegados y Agentes Municipalescomo autoridades auxiliares del Ayuntamiento, de acuerdo alo que establece la Ley Orgánica del Municipio, existe lanecesidad imperante de establecer la participación socialorganizada para prever los desvíos respecto a susactuaciones.

En base a esto, es de suma importancia para la actualadministración la participación ciudadana en una real y eficazintegración entre Ayuntamiento, Delegaciones y AgenciasMunicipales con la finalidad de llevar a cabo las acciones degobierno, así como la prestación de servicios públicos a todoslos rincones del municipio de manera pronta y expedita, paradicha pretensión, es necesario contar con normas yreglamentos que, instituidos, nos permitan lograr el cabalcumplimiento de la voluntad popular de cada una de lasDelegaciones y Agencias Municipales. Por tal motivo, en estedocumento se establece el entramado de composición yelección de las autoridades que habrán de representar a laAdministración Municipal en las Delegaciones y Agencias. Lavoluntad del H. Ayuntamiento municipal de Ameca Jalisco escompartir con las Delegaciones y Agencias Municipalesformas específicas de colaboración institucional en laprestación de servicios públicos, es por ello, que continuandocon la tradición vanguardista que lo ha caracterizado, tiene abien expedir el presente Reglamento para sus Delegacionesy Agencias Municipales el cual posee como única finalidadser el primero de este tipo en la Entidad, con el objetivocentral de establecer el marco jurídico de las facultades yobligaciones con que deben contar los Delegados,Subdelegados y Agentes Municipales, así como lasordenanzas que marquen la pauta a seguir para su procesode elección.

Por lo anterior, el presente Reglamento se expide confundamento en las facultades que le otorgan al Municipio laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en suArtículo 115, la Constitución Política del Estado de Jalisco ensu artículo 77, así como los artículos 7º, 8º y 9º de la Ley de

Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado deJalisco.

REGLAMENTO DE PROYECTOS DE INVERSION Y DEPRESTACION DE SERVICIOS DEL MUNICIPIO DEAMECA, JALISCO.

Con fecha 05 de Noviembre del 2013 entro en Vigor elReglamento de Proyectos de Inversión y de Prestación deServicios del Municipio de Ameca, Jalisco, en cumplimientodel artículo 115 fracción II párrafo segundo de losConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos yarticulo 77 fracción II de la Constitución del Estado deJalisco,

El objetivo del Reglamento es de regular la planeación,autorización, programación, aprobación, presupuestacion,adjudicación, contratación, ejecución, control, administraciónde los proyectos de inversión y de prestación de servicios quebajo el esquema de asociación Público-Privadas, para eldesarrollo de la infraestructura y de prestación de funciones oservicios a cargo de las dependencias y entidades delMunicipio.