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Los griegos en los tiempos antiguos solían preguntar al sabio SoIón: "¿Cuál es la mejor Constitución?". Él solía contestar: ''Decidme primero para qué pueblo y para qué época". Charles DE GAULLE en 1946 El desempeño de los sistemas de gobierno dependen más del diseño constitucional de que se trate que de las características del sistema de gobierno en sí mismo. No hay un sistema de gobierno que por sí mismo sea más o menos democrático, sino que un régimen lo es en la medida en que trabaja por la satisfacción de las necesidades de su población sin establecer distinciones y permite la participación (directa o a través de representantes) de sus ciudadanos en la conformación de las decisiones públicas. Arturo Valenzuela 1 nos dice: hay dos elementos fundamentales que permiten la consolidación democrática: un sistema de representación eficaz y un Estado con capacidad de gobierno. La clave para el desempeño de todo gobierno estriba en su capacidad de gestión y si se trata de un gobierno democrático . Las crisis que pueden afectar a ambos sistemas son esencialmente diferentes: las de los primeros son crisis de gobierno, las de los segundos pueden llegar a ser crisis de régimen. Si bien es cierto que todos los sistemas presidenciales democráticos son repúblicas, los sistemas parlamentarios pueden ser tanto de naturaleza monárquica (Gran Bretaña) como republicana (Italia) Durante los años 80's y 90's se tuvo por mucho tiempo la inquietud real de conocer si nuestro sistema presidencial es el más adecuado para el México ya que: ¿Por qué existe esta preocupación o inquietud? En mi opinión porque en las últimas décadas: a) el equilibrio de poderes se ha inclinado decididamente a favor del Ejecutivo, b) el Poder Legislativo no ha ejercido muchas de sus facultades constitucionales, e) el presidente de la República ha realizado atribuciones metaconstitucionales que lo convierten en la columna vertebral de todo el sistema político, d) los pesos y contrapesos constitucionales no han operado, y e) las libertades y derechos de los mexicanos han quedado en ocasiones a la discreción del Poder Ejecutivo. 1 Presidencialismo y parlamentarismo en AméricaLatina

Exposicion Parlamentarismo

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Exposicion acerca del sistema de gobierno parlamentario

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Los griegos en los tiempos antiguos solían preguntar al sabio SoIón:"¿Cuál es la mejor Constitución?". Él solía contestar: ''Decidme

primero para qué pueblo y para qué época".Charles DE GAULLE en 1946

El desempeño de los sistemas de gobierno dependen más del diseño constitucional de que se trate que de las características del sistema de gobierno en sí mismo.

No hay un sistema de gobierno que por sí mismo sea más o menos democrático, sino que un régimen lo es en la medida en que trabaja por la satisfacción de las necesidades de su población sin establecer distinciones y permite la participación (directa o a través de representantes) de sus ciudadanos en la conformación de las decisiones públicas.

Arturo Valenzuela1 nos dice: hay dos elementos fundamentales que permiten la consolidación democrática: un sistema de representación eficaz y un Estado con capacidad de gobierno. La clave para el desempeño de todo gobierno estriba en su capacidad de gestión y si se trata de un gobierno democrático.

Las crisis que pueden afectar a ambos sistemas son esencialmente diferentes: las de los primeros son crisis de gobierno, las de los segundos pueden llegar a ser crisis de régimen.

Si bien es cierto que todos los sistemas presidenciales democráticos son repúblicas, los sistemas parlamentarios pueden ser tanto de naturaleza monárquica (Gran Bretaña) como republicana (Italia)

Durante los años 80's y 90's se tuvo por mucho tiempo la inquietud real de conocer si nuestro sistema presidencial es el más adecuado para el México ya que:¿Por qué existe esta preocupación o inquietud? En mi opinión porque en las últimas décadas: a) el equilibrio de poderes se ha inclinado decididamente a favor del Ejecutivo, b) el Poder Legislativo no ha ejercido muchas de sus facultades constitucionales, e) el presidente de la República ha realizado atribuciones metaconstitucionales que lo convierten en la columna vertebral de todo el sistema político, d) los pesos y contrapesos constitucionales no han operado, y e) las libertades y derechos de los mexicanos han quedado en ocasiones a la discreción del Poder Ejecutivo.

En los sistemas constitucionales hay una regla de oro subyacente, no necesariamente escrita pero que se infiere de la propia estructura de equilibrio que suponen los sistemas de democracia constitucional, según la cual a todo acrecentamiento del poder debe corresponder un vigorizamiento de los controles, un mejoramiento de las garantías y un acentuamiento de las responsabilidades. Dicho con otras palabras: a más poder más control, mejores garantías y superiores responsabilidades. Esta regla, que exige un correlato entre los problemas de dimensionamiento del poder y los problemas de cualificación de las garantías que hacen al equilibrio de ese poder, está señalando la necesidad de una equivalencia que si se rompe altera la funcionalidad del sistema y ésta entra en una pendiente.

El gran problema del sistema presidencial mexicano: la falta casi absoluta en la realidad de controles y el desequilibrio colosal que se da entre los poderes en nuestro país, falla también en el sistema electoral.

Dentro de los gobiernos constitucionales liberales existen dos formas para clasificar las relaciones entre las instituciones gobernantes: 1) en un mismo nivel, según se atienda a un principio de separación, fusión o repartición del poder, distinguiendo entre gobiernos presidenciales,

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parlamentarios o semipresidenciales, y 2) entre niveles u órdenes de gobierno según se organicen en función de la concentración o difusión del poder, podrán ser unitarios o federales.A la forma como cada república o monarquía constitucional integra su representación política y establece relaciones entre sus instituciones gubernamentales se le denomina sistema de gobierno. Los sistemas de gobierno conforman, junto con los sistemas electoral, de partidos y cultural, lo que se conoce como sistema político.

Siendo tres los sistemas de gobierno (parlamentario, presidencial y semipresidencial)

Sistema Parlamentario

Parlamentario, cuya esencia es la responsabilidad del gobierno frente al Parlamento

El sistema parlamentario "gobierno de gabinete" es el más antiguo. Surge en Inglaterra con el siguiente esquema: 1) la Asamblea Legislativa electa por el pueblo estaba dotada del dominio absoluto sobre todos los otros órganos estatales; 2) el Ejecutivo estaba estrictamente sometido a la Asamblea, pudiendo ser designado o destituido discrecionalmente por ésta; 3) ningún órgano estatal era legalmente autorizado para interferir en la autonomía ni en el monopolio del poder ejercido por la Asamblea; 4) no existía ningún derecho del gobierno para disolver el Parlamento, aunque cabía una disolución por parte del electorado soberano.

Una primera diferencia entre los sistemas presidencial y parlamentario contemporáneos es que en este último el único órgano soberano es su Asamblea Legislativa, mientras que en el presidencial los ciudadanos definen con su voto la integración de dos órganos de gobierno: el Ejecutivo y el Legislativo.

Otras características de este sistema de gobierno son las siguientes:a) Las jefaturas de Estado y de gobierno se encuentran separadas: la primera es por sucesión, designación o elección indirecta de un órgano determinado. Mientras que la segunda la ejerce un primer ministro electo en el Parlamento.b) El gobierno o gabinete está constituido por los jefes del partido con mayor apoyo electoral, o de los partidos que, uniéndose en coalición, forman una mayoría en la que el poder gubernamental se concentra en la figura del primer ministro, por lo regular el líder de la formación política más votada.c) No existe dualidad del origen popular y legitimidad democrática entre gobierno y Parlamento, como sí lo hay en los sistemas presidenciales.d) El periodo gubernamental no es fijo, sino que depende del voto de confianza o de censura que sobre el gobierno haga el Parlamento para ratificar o destituir al primer ministro y su gabinete.e) El gobierno es de gabinete: su funcionamiento y toma de decisiones es de forma colegiada y con el apoyo y responsabilidad de todos los ministros. La dimisión del gobierno puede conducir a la disolución del Parlamento ya nuevas elecciones, o tan sólo a un cambio de gabinete.f) Si bien el Parlamento puede destituir al primer ministro, éste a su vez puede recomendar al jefe de Estado la disolución del Parlamento

Obsérvese que el equilibrio entre gobierno y Parlamento ( checks and balances en las relaciones Ejecutivo Legislativo dentro del sistema presidencial) está dado por el voto de censura del segundo sobre el primero, y por la petición de disolución de la Asamblea que formule el primer ministro al jefe de Estado.

Sistema Semipresidencial

francesa, a Finlandia, Islandia, Irlanda, Portugal, Austria

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El semipresidencialismo sería una estructura mixta de carácter mutante que se transforma para adquirir los rasgos específicos de alguna de las dos especies a las que se debe: presidencialismo o parlamentarismo.

a) Un presidente electo directamente por sufragio universal para un periodo predeterminado en el cargo, que comparte el Poder Ejecutivo con un primer ministro (a lo que Duverger llama poder bicéfalo ) que nombra con aprobación de la Asamblea.b) El gobierno es responsable ante el Parlamento: su permanencia depende del voto de confianza o de la moción de censura aprobatoria que ésta emita.c) El presidente es independiente del Parlamento y puede disolverlo, tomando el parecer del primer ministro y de los líderes de la Asamblea Legislativa.d) El primer ministro y los demás miembros de su gobierno dependen de la confianza del presidente y del Parlamento. El presidente nombra al primer ministro ya los demás miembros de su gobierno, a propuesta de éste último.e) El gobierno no emana del Parlamento; sólo es responsable ante éste. Esto es, el Parlamento puede hacer caer a los gobiernos, mas no investirlos (el presidente designa y al hacerlo otorga la investidura y el Parlamento tan sólo ratifica).f) El Poder Ejecutivo (o mejor dicho, la función ejecutiva) "oscila" entre el presidente y el primer ministro: pasa del primero al segundo, y viceversa, adaptándose al cambio de las mayorías parlamentarias (se podría decir: secundando a la mayoría parlamentaria del momento).g) Existe el poder mayoritario, que "es la fuerza derivada de que el jefe del partido o de una coalición forma una mayoría parlamentaria estable

"El régimen semipresidencial es producto de tres subsistemas que están alrededor de él: el sistema cultural, el sistema de partidos y el sistema electoral. Los cuatro forman en conjunto el sistema político".

La pureza de los sistemas La pretendida "pureza" de los elementos definitorios que los distinguen a cada uno de ellos ha pasado, desde hace tiempo, a ser un mero supuesto, que difícilmente puede encontrarse en la realidad.Este libro2 mostrará que las democracias mayoritarias puras o casi puras son, de hecho, bastante raras, limitándose a Reino Unido, Nueva Zelanda (hasta 1996).

Sistemas de gobiernoPresidencial Parlamentario Semipresidencial

.El presidente es jefe de Estado y de gobierno..El presidente es electopopularmente, directa oindirectamente, por un periodofijo..El presidente no puede serdestituido por el Congreso yaquél no puede disolver a éste..El presidente tiene el control total del Ejecutivo y dirige el gobierno..El gobierno es unipersonal y elgabinete sólo aconseja al

.Las jefaturas de Estado y degobierno están separadas..La jefatura de Estado es porsucesión, designación o elección no popular, y la de gobierno emana del Parlamento..El primer ministro puede serdestituido por el Parlamento..El primer ministro puederecomendar al jefe de Estado ladisolución del Parlamento..El primer ministro dirige elgobierno, compartiéndolo o

.El presidente es jefe de Estado; la jefatura de gobierno es dual o bicéfala.. La jefatura de Estado es porelección popular y la de gobierno se instituye a propuesta del presidente, pero con aprobación de la Asamblea. El presidente no puede serdestituido y el primer ministropuede ser removido por elpresidente o la Asamblea.El presidente dirige el Ejecutivo compartiéndolo con el

2 Arend lijphart. Modelos de democracia. Formas de gobierno y resultados en treinta y seis países

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presidente..Los ministros sólo sonresponsables ante el presidente..Se basa en el principio deseparación de poderes.

controlándolo..El gobierno es colegiado;el gabinete toma decisionescolectivas y sus ministros deben apoyarlas..Los ministros son responsables ante el Parlamento..Se basa en el principio de fusión de poderes.

primer ministro; de la misma forma que el gabinete comparteresponsabilidades con el primerministro..La Asamblea puede sostener odestituir gabinetes contra lavoluntad del presidente..Se basa en el principio de Iacompartición de poderes.

El sistema semipresidencial de gobierno

Elementos que toma delPresidencialismo

Elementos que toma delParlamentarismo

Características propias

En lo que se refiere al presidente o jefe de Estado:.Es electo popularmente para un periodo determinado..Goza de veto en el procesolegislativo..Nombra a los miembros de]gobierno.Dispone de la fuerza militar,erigiéndose como comandante en jefe de las fuerzas armadas..No puede ser destituido por elCongreso..Preside el Consejo de Ministros.Tiene derecho de indulto..Puede convocar al recurso dereferéndum..Presenta iniciativas de ley ypromueve el recurso deinconstitucionalidad..Puede gobernar por decreto..Representa internacionalmente al Estado..Conduce la política exterior y la defensa nacional.

.El gobierno emana delParlamento y es responsable ante éste.Por lo que toca al primer ministro:. Puede ser depuesto mediante voto de censura del Parlamento.. Cuando el partido del presidente no tiene mayoría legislativa, éste sólo se limita a designar como jefe de gobierno a quien la Asamblea le propone..Puede merecer él y su gabinete el voto de confianza o de censura del Parlamento..La segunda Cámara puede serestamental..Los diputados puede forzar adimitir al gobierno (pero se vancon él)..Para que el gobierno permanezca debe haber una mayoría legislativa estable y disciplinada, cuyo líder sea el primer ministro.

.Estructura dual de poder.

.El jefe de Estado interviene enel gobierno, compartiéndolo..El presidente puede disolver la Asamblea en respuesta a susintereses políticos y partidistas..El gabinete es responsable ante el primer ministro..El presidente se comunica conla Asamblea mediante mensajes, frenando con ello la posibilidad de debate o diálogo directo entre los poderes..El presidente y el primer ministro deben estar de acuerdo para que no se paralice el sistema..El jefe del Estado propone ante la Asamblea al jefe de gobierno; o bien, inviste como tal al que la mayoría legislativa le propone..Cuando el Ejecutivo locomparten un primer ministro de un partido y un jefe de Estado de otro, surge lo que se conoce como "cohabitación"..El presidente de la República es electo mediante el sistema de dos vueltas a fin de dotarlo de la debida fuerza y legitimidad ante el primer ministro.

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Sistema Jurídico, conceptuándolo como "aquél conjunto articulado y coherente de instituciones. métodos, procedimientos y reglas legales que constituyen el derecho positivo en un lugar y tiempo determinados. Cada Estado soberano cuenta con un sistema jurídico propio"

Para el establecimiento de estas familias, René David toma como base esencial las fuentes de creación del derecho en cada uno de los grupos, y así nos habla de una familia Romano-Germánica, cuyas fuentes de creación de derecho son: la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina, y finalmente, los principios generales del derecho.Una familia denominada del Common Law, cuyas fuentes de creación jurídica son: la jurisprudencia, la ley, la costumbre y la razón.

En tercer lugar establece la familia jurídica compuesta por los derechos socialistas, cuyas fuentes jurídicas las sitúa de la siguiente manera: la ley, la jurisprudencia, la costumbre y la doctrina.

Por último, nos habla de una familia de derechos religiosos y tradicionales, cuya fuente fundamental para crear derecho es únicamente su concepción religiosa a través de sus libros sagrados.

Desde nuestro punto de vista, reiteramos, las cuatro o cinco grandes familias jurídicas, si englobamos los sistemas híbridos o mixtos, actuales son:

-Familia jurídica Romano-Germánica; como fusión de las culturas romana y germana en el occidente de Europa a partir del siglo V d.C.; caracterizada porque la norma de derecho se elabora inicialmente y se aplica posteriormente a los problemas que la práctica presenta;-Familia jurídica del Common Law; la cultura inglesa nace como una fusión de la nobleza normanda con la población anglosajona, con diferentes influencias como puede ser vestigios romanos, celtas, irlandeses, etcétera; lográndose una unificación del derecho, a través de las decisiones de los tribunales, un derecho eminentemente jurisprudencial;-Familia jurídica socialista; un grupo inicialmente ubicado en Europa oriental que originalmente formó su derecho con elementos romano-germánicos pero que a partir de la revolución bolchevique de 1917 en la extinta Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, ha elaborado su derecho acorde al socialismo;-Familia jurídica religiosa; países que organizan su ordenamiento jurídico basándose en un libro revelado; y-Familia jurídica o sistema híbrido o mixto, calificando así a aquellos entes -ya sean territorios, provincias, entidades estatales- que no logran ubicarse en ninguna de las familias jurídicas anteriores, que con sus particularidades y localismos logran concretarse dentro de este sistema mixto, nos referimos no tanto a la mezcla de elementos jurídicos de diversa proveniencia como a aquellos sistemas en los que "la ley del lugar" no los imbuye y asimilan caracteres peculiares o particulares dentro de un mismo territorio, organizado políticamente y con su correspondiente población.Sistemas híbridos o mixtos, de recepción Romano Germánica, tenemos los ya clásicos: Escocia, Louisiana, Quebec, Puerto Rico y, Filipinas.

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División de poderes

En el presidencialismo existe una idea estricta separación de poderes En el parlamentarismo existe una idea de fusión de poderesEn el semipresidencialismo existe una idea de repartición del poder.

Frente a la doctrina de la división de poderes y la de funciones se alza la doctrina de la preponderancia de funciones: la función legislativa, ejecutiva y judicial se ejerce por un órgano de forma preponderante o principal, pero no implica excluir absolutamente de la misma a otro. Una misma función puede corresponder a todos o más de un órgano. Ejemplo de cómo los tres poderes crean leyes.

Los antecedentes del principio de división de poderes en InglaterraCharles Dallison plantea en 1648 que el mejor régimen de gobiernos es aquel en el que están separadas las funciones: distintas funciones en distintas manos.James Harrington en 1657 desarrolló la idea de la división a propósito del sistema político utópico. Concibió para su gobierno republicano tres condiciones que llevan al éxito en el ejercicio del poder, es decir, en la conservación de la libertad: rotación de los cargos, elección por votación secreta y la división de los poderes.En 1657 yo lo son sostuvo la distinción entre la función legislativa judicial y ejecutiva.John Locke en su obra gobierno civil de 1690 atribuyó el poder legislativo y ejecutivo a dos órganos distintos y los concibió relacionados entre sí aunque consideró superior o supremo al poder legislativo, sin perjuicio del poder superior del pueblo para mudar su forma de gobierno. La libertad de la sociedad civil consiste en no ser sometido a más poder legislativo que aquel que se establecido por el asentamiento de la comunidad.Montesquieu 1748 no hay lugar para los jueces como poder, el planteamiento de Montesquieu permitió la emergencia de la idea de una organización del poder político público en uno ejecutivo legislativo y judicial.Blackstone en 1780 insistirá en la fórmula de la división de poderes, de la monarquía equilibrada y de la soberanía del parlamento.