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Exposicion pilar

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México está constituido por una diversidad de pueblos y culturas,

entre los que se encuentra una serie de colectivos culturalmente

diferenciados del resto de la sociedad nacional que se han

denominado "pueblos indígenas". En la actualidad existen 59 pueblos

distintos que en su conjunto hacen un total aproximado de 10

millones de habitantes,

El INEGI (Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática)

clasifica como extremadamente pobres a todos aquellos municipios en

que 90 por ciento o más de la población son indígenas. De este modo,

más de las tres cuartas partes de la población india vive en cerca de 300

municipios clasificados en el rubro de extrema marginación.

Casi la mitad de los indígenas son analfabetos, cuando el promedio a

nivel nacional es de poco más de 10 por ciento de la población.

Alrededor de la mitad de los municipios indígenas carece de electricidad

y servicio de agua potable (frente a 13 y 21 por ciento de los promedios

nacionales respectivos).

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hoy, para saber a quiénes aplicarles el calificativo de "pueblos

indígenas", el gobierno mexicano ha adoptado como criterio

único de definición la cuestión de la lengua. Diversas

organizaciones indígenas hemos afirmado que este criterio es

totalmente insuficiente y no responde claramente a nuestra

realidad, ya que existen muchos miembros de nuestros pueblos

que, aunque han perdido su lengua, siguen conservando otras

características esenciales al ser indígena.

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Los derechos indígenas, entendidos como el conjunto de exigencias y demandas

planteadas por nuestros pueblos ante el estado mexicano para dar solución a los

añejos problemas de desigualdad, exclusión, marginación, discriminación y en

general la colonización a las que hemos estado sometidos, tienen una naturaleza

esencialmente colectiva.

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derechos humanos individuales hemos de remontarnos a la noción de

"individuo", el reconocimiento de que somos pueblos es para

nosotros fundamental, pues constituye el punto de partida para que

se admita que tenemos derechos colectivos.

La razón por la que se nos quiere negar el hecho de que somos

pueblos, utilizándose por ello otros calificativos

minusvaloradores para referirse a nosotros (como minorías,

grupos étnicos, poblaciones, etcétera), es el temor que tiene

el estado de que podamos ejercer ese derecho a la libre

determinación que nos reconoce el derecho internacional.

Nosotros, herederos de aquellos pobladores originales, seguimos siendo

pueblos, pues en cada caso seguimos reuniendo tanto las características

"objetivas" que se atribuyen tradicionalmente a los pueblos (un idioma,

una historia y una cultura común y distintiva), como las "subjetivas"

(identidad, voluntad de seguir unidos). Es por eso que demandamos el

reconocimiento legal de este hecho

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El derecho a la libre determinación que

poseen todos los pueblos se puede

ejercer de diferentes maneras, una de

las cuales es a través de la autonomía.

Ésta permite la expresión de la libre

determinación interna de los pueblos y,

por el contrario, no implica el ejercicio

del derecho a la libre determinación

externa, es decir, la facultad de

establecer relaciones directas con otros

estados de manera independiente.

"Autonomía“.

"soberanía"

es una facultad que

únicamente poseen los

estados, la cual implica

"la potestad suprema

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en nuestros pueblos es muy claro el hecho de que un individuo o una familia

obtiene el derecho a usufructuar una porción de tierra en tanto que forma parte

de una colectividad social (que normalmente es la comunidad, a la que tiene que

respetar y servir). Lo determinante es, pues, el hecho de formar parte de un grupo

de parentesco y de una comunidad, pues sólo a partir de eso se relaciona una

persona con la tierra. De ahí la importancia de la forma comunal de tenencia de la

tierra entre nosotros.

Es importante destacar también que,

además de ser el espacio donde

desarrollamos nuestra cultura y el lugar de

donde obtenemos los alimentos y todo lo

necesario para nuestra subsistencia, para

los indígenas la Tierra está revestida de un

fuerte significado espiritual. La Tierra es

nuestra Madre

Por todo lo anterior,

reafirmamos que para los

pueblos indígenas es básico

seguir conservando

íntegramente nuestros

territorios y continuar

manteniendo la tenencia

comunal de nuestras tierras,

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todas las sociedades cuentan con un conjunto de normas que

rigen su convivencia colectiva, que podemos denominar sistema

jurídico o derecho. En el caso de las sociedades indígenas este

conjunto de normas propias ha demostrado tener una gran

vigencia y eficacia, al grado de que aproximadamente 80 por

ciento de los conflictos que se suscitan en las comunidades se

resuelven en el interior de las mismas mediante autoridades y

procedimientos autóctonos, sin que haya necesidad de recurrir al

derecho del estado.

Finalmente, el reconocimiento que estamos

defendiendo no debe únicamente tener

repercusión en nuestros tribunales internos,

sino también en aquellos situados fuera de

nuestras comunidades y pueblos, en donde

hasta el presente se ha dado una violación de

nuestros derechos humanos tanto individuales

como colectivos.

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En nuestras comunidades

normalmente nos han hecho creer que

el desarrollo viene de afuera, es

decir, que nosotros mismos no somos

capaces de generar desarrollo y

crecimiento desde nuestro contexto

local.

Frente a esta idea ha surgido la propuesta indígena de

que el crecimiento y florecimiento de nuestros pueblos

deben partir de nosotros mismos. Nadie conoce mejor

nuestra realidad que los propios indígenas, y por

consecuencia nos toca ser sujetos de nuestro desarrollo.

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La reconstitución de los pueblos indígenas: la tarea fundamental a impulsar

Se trata de aquellos aspectos esenciales que por milenios le han dado vida a la

convivencia comunal. Parten en lo fundamental de los conocimientos y la

cosmovisión que nos han heredado nuestros antepasados y que hoy día siguen

siendo recreados por nuestros pueblos.

En general, dichos elementos se podrían sintetizar de la siguiente manera:

1. Tierra y territorio comunal

2. Trabajo comunal

3. Poder comunal (asamblea general)

4. Fiesta comunal

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El derecho indígena

sistema normativo propio para la

regulación de nuestra convivencia

interna.

La lengua indígena

elementos fundamentales

que sustentan nuestra

identidad

La educación indígena

entendida como un sistema de

formación integral propio para la

recreación de la vida y la naturaleza.

La religiosidad indígena

forma autóctona de concebir, entender y

relacionarnos con el Creador y Dador de vida.

La cosmovisión indígena

conjunto de experiencias, conocimientos

y creencias que le dan sustento

explicativo y de justificación a todos los

aspectos de la vida comunal.