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EXHIBEN A REHENES EN JAULAS Yihadistas del Estado Islámico amenazaron en un nuevo video con matar a 21 prisioneros, si el gobierno autónomo kurdo en Irak continúa su lucha contra ellos. En EU se prenden las alarmas por amenza a supermercados > 5 < CARACAS > El hijo del opositor preso Antonio Ledezma dijo a Excélsior que su padre no dejará la lucha POR CLAUDIA VILLANUEVA [email protected] “La situación en Venezuela es un infierno, la gente está mal y ya no quiere esto”, afirmó en entrevista con Excélsior Víctor Ledezma, hijo del alcalde de la ciudad de Caracas Antonio Ledezma, detenido el jueves pasado en sus oficinas, acusa- do de supuesta conspiración contra el gobierno venezolano. Antonio Ledezma, quien es un conocido líder opositor al gobierno del presidente de Ve- nezuela, Nicolás Maduro, jun- to con Leopoldo López, quien ya lleva un año en prisión, y la exdiputada María Corina Ma- chado habían firmado el Lla- mado a los venezolanos para un acuerdo nacional hacia la tran- sición, publicado el 11 de febrero pasado por el diario El Nacio- nal, de Venezuela. El alcalde fue detenido por elementos del Servicio Boliva- riano de Inteligencia (SEBIN), en sus oficinas privadas que comparte con el diputado de la Asamblea Nacional, Richard Blanco, también opositor al gobierno de Maduro. Debido al fuerte dispositivo de seguridad con el que se de- tuvo al alcalde, su hijo expresó: “Mi padre se encontraba en su oficina como lo hace todos los días y de repente llegó un bata- llón de uniformados y de guar- dias como si fuera un terrorista (tal como) Osama bin Laden”. El presidente Maduro ase- guró que la detención de Le- dezma fue por orden de la fiscalía, además señaló que será procesado por la justicia venezolana para que responda por todos los delitos cometidos contra la paz del país. Ante la situación legal de su padre, Víctor Ledezma, ase- guró que apelarán y utilizarán todos los recursos que la ley les permita: “Sabemos que las le- yes y los jueces aquí están se- cuestrados, no funcionan como debería ser, pero igual hay que tener fe, uno no puede abando- nar la batalla”. < MARCHA EN UCRANIA > OPINIÓN José Carreño Figueras -Pág. 6 Diego Gómez Pickering -Pág. 6 EXTREMISTAS FALLECEN 11 NIÑOS EN NAUFRAGIO Por lo menos 65 personas, incluidos 11 menores, fallecieron ayer en Bangladesh y decenas estaban desaparecidas tras el hundimiento de un ferry de pasajeros que colisionó con un buque, anunció la policía. La embarcación se hundió en unos minutos en el río Padma. > 2 Foto: AP AFP Y EFE [email protected] JARKOV.– Dos personas murieron ayer en una explo- sión durante una manifesta- ción en el este de Ucrania, a unos 200 kilómetros de la zona de combate con los re- beldes prorrusos, en un mo- mento en el que ambas partes se habían comprometido a retirar armamento pesado. La explosión en Jarkov se produjo durante la “marcha por la dignidad” para con- memorar el aniversario del derrocamiento del expresi- dente Viktor Yanukovich, que dejó el poder tras una revuelta popular prooccidental. Al mismo tiempo, las ten- siones crecían en la ciudad portuaria de Mariupol, des- pués de que Kiev afirmara que 20 tanques rusos se han des- plazado hasta allí. El fiscal regional, Yuri Da- nilchenko, declaró a la prensa que uno de los dos fallecidos era un policía. Según el balan- ce 11 personas resultaron he- ridas, cuatro de ellas policías. Un periodista de la agen- cia francesa vio dos cuerpos en el suelo, separados por una veintena de metros, cubiertos con banderas ucranianas. La policía estima que se trata de un “atentado terro- rista”, indicó el Ministerio del Interior en un comunicado publicado en su página web. En tanto, las milicias re- beldes prorrusas lanzaron un ataque con tanques, artillería y morteros contra las posicio- nes ucranianas en la localidad de Shirokino, denunció el co- mandante adjunto de las fuer- zas de Ucrania en la zona, Víktor Shidliuj. El oficial, citado por los medios locales, informó de combates directos entre las fuerzas gubernamentales y los separatistas, que según Shidliuj, intentan hacerse con el control total de la lo- calidad, habitada por unas mil 400 personas. Atentado deja dos muertos Los venezolanos padecen día a día por la escasez de ar- tículos de primera necesidad, además tienen que soportar interminables filas para conse- guir los productos, lo que gene- ra desesperación y en algunos casos enfrentamientos entre los ciudadanos, además de que tienen que pagar un alto costo por ellos. Ante esto Ledezma expresó: “Aquí lo que se vive es una ruina, una miseria total”. Víctor Ledezma señaló que los principales objetivos de su padre son la liberación del país, la democracia, que los poderes funcionen realmente y que no se abandone la lucha de forma de- mocrática, por lo que seguirán protestando pacíficamente sin violar la Constitución; “las nor- mas las violan ellos”, aseguró. Entre 7 y 8 de cada 10 vene- zolanos evalúa negativamente la situación económica y po- lítica del país y culpa de ello al presidente Maduro, según sondeos de las encuestadoras Hinterlaces y Datanalisis cu- yos resultados generales ayer fueron revelados. Es decir, 73 de cada 100 venezolanos considera que la gestión de Nicolás Maduro es negativa. 20 de febrero. Manifestantes tomaron las calles para exigir la liberación del alcalde de Caracas, Antonio Ledezma. Foto: AP EFECT O S La represión polí- tica del gobierno venezolano podría desatar una nue- va ola de protestas. El presidente Maduro podría perder el apoyo de sus seguidores si aumenta las escasez. 1 2 EN LA AGENDA VIERNES 27 SÁBADO 28 DOMINGO 1 LUNES 23 BUENOS AIRES. Diputados de Argentina convocan al fiscal a cargo de la denuncia contra la presidenta Cristina Fernández. CHICAGO. Elecciones a la alcaldía de Chicago, la tercera ciudad más populosa de Estados Unidos. LA HABANA. Los negociadores del gobierno colombiano y las FARC retoman las discusiones de paz. MONTEVIDEO. El presidente de Bolivia, Evo Morales, visita a su homólogo de Uruguay, José Mujica. WASHINGTON. Funcionarios de Estados Unidos y Cuba mantienen la segunda ronda de negociaciones. EL CAIRO. Prosigue el juicio contra el depuesto presidente islamista, Mohamed Mursi. MONTEVIDEO. El nuevo presidente de Uruguay, Tabaré Vázquez, asume el cargo. MARTES 24 MIÉRCOLES 25 JUEVES 26 Previsiones de la semana Sabemos que las leyes y los jueces aquí están secuestrados, no funcionan como debe- ría ser.” VÍCTOR LEDEZMA HIJO DEL ALCALDE DE CARACAS Manifestantes recordaron la caída del presidente prorruso Viktor Yanukovich. Imágenes tomadas de: www.dailymail.co.uk Foto: AFP “Venezuela es un infierno” EXCELSIOR LUNES 23 DE FEBRERO DE 2015 [email protected] @Global_Exc El gobierno de Bolivia, del presidente Evo Morales, afirma que el fallecido gobernante Salvador Allende favorecía otorgar a ese país un acceso soberano al mar. La hija del extinto mandatario criticó a Morales. > 4

EXTREMISTAS EXHIBEN A REHENES EN AJULAS

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Page 1: EXTREMISTAS EXHIBEN A REHENES EN AJULAS

EXHIBEN A REHENES EN JAULAS

Yihadistas del Estado Islámico amenazaron en un nuevo video con matar a 21 prisioneros, si el gobierno autónomo

kurdo en Irak continúa su lucha contra ellos. En EU se prenden las alarmas por amenza a supermercados > 5

<CARACAS>

El hijo del opositor preso Antonio Ledezma dijo a Excélsior que su padre no dejará la lucha

POR CLAUDIA VILLANUEVA [email protected]

“La situación en Venezuela es un infierno, la gente está mal y ya no quiere esto”, afirmó en entrevista con Excélsior Víctor Ledezma, hijo del alcalde de la ciudad de Caracas Antonio Ledezma, detenido el jueves pasado en sus oficinas, acusa-do de supuesta conspiración contra el gobierno venezolano.

Antonio Ledezma, quien es un conocido líder opositor al gobierno del presidente de Ve-nezuela, Nicolás Maduro, jun-to con Leopoldo López, quien ya lleva un año en prisión, y la exdiputada María Corina Ma-chado habían firmado el Lla-mado a los venezolanos para un acuerdo nacional hacia la tran-sición, publicado el 11 de febrero pasado por el diario El Nacio-nal, de Venezuela.

El alcalde fue detenido por elementos del Servicio Boliva-riano de Inteligencia (SEBIN), en sus oficinas privadas que comparte con el diputado de la Asamblea Nacional, Richard Blanco, también opositor al gobierno de Maduro.

Debido al fuerte dispositivo de seguridad con el que se de-tuvo al alcalde, su hijo expresó: “Mi padre se encontraba en su oficina como lo hace todos los días y de repente llegó un bata-llón de uniformados y de guar-dias como si fuera un terrorista (tal como) Osama bin Laden”.

El presidente Maduro ase-guró que la detención de Le-dezma fue por orden de la fiscalía, además señaló que será procesado por la justicia venezolana para que responda por todos los delitos cometidos contra la paz del país.

Ante la situación legal de su padre, Víctor Ledezma, ase-guró que apelarán y utilizarán todos los recursos que la ley les permita: “Sabemos que las le-yes y los jueces aquí están se-cuestrados, no funcionan como debería ser, pero igual hay que tener fe, uno no puede abando-nar la batalla”.

<MARCHA EN UCRANIA>

OPINIÓNJosé Carreño Figueras -Pág. 6

Diego Gómez Pickering -Pág. 6

EXTREMISTAS

FALLECEN 11 NIÑOS EN NAUFRAGIOPor lo menos 65 personas, incluidos 11 menores, fallecieron ayer en Bangladesh y decenas estaban desaparecidas tras el hundimiento de un ferry de pasajeros que colisionó con un buque, anunció la policía. La embarcación se hundió en unos minutos en el río Padma. > 2

Foto: AP

AFP Y EFE [email protected]

JARKOV.– Dos personas murieron ayer en una explo-sión durante una manifesta-ción en el este de Ucrania, a unos 200 kilómetros de la zona de combate con los re-beldes prorrusos, en un mo-mento en el que ambas partes se habían comprometido a retirar armamento pesado.

La explosión en Jarkov se produjo durante la “marcha por la dignidad” para con-memorar el aniversario del derrocamiento del expresi-dente Viktor Yanukovich, que dejó el poder tras una revuelta popular prooccidental.

Al mismo tiempo, las ten-siones crecían en la ciudad portuaria de Mariupol, des-pués de que Kiev afirmara que 20 tanques rusos se han des-plazado hasta allí.

El fiscal regional, Yuri Da-nilchenko, declaró a la prensa que uno de los dos fallecidos era un policía. Según el balan-ce 11 personas resultaron he-ridas, cuatro de ellas policías.

Un periodista de la agen-cia francesa vio dos cuerpos en el suelo, separados por una veintena de metros, cubiertos con banderas ucranianas.

La policía estima que se trata de un “atentado terro-rista”, indicó el Ministerio del Interior en un comunicado publicado en su página web.

En tanto, las milicias re-beldes prorrusas lanzaron un ataque con tanques, artillería y morteros contra las posicio-nes ucranianas en la localidad de Shirokino, denunció el co-mandante adjunto de las fuer-zas de Ucrania en la zona, Víktor Shidliuj.

El oficial, citado por los medios locales, informó de combates directos entre las fuerzas gubernamentales y los separatistas, que según Shidliuj, intentan hacerse con el control total de la lo-calidad, habitada por unas mil 400 personas.

Atentado deja dos muertos

Los venezolanos padecen día a día por la escasez de ar-tículos de primera necesidad, además tienen que soportar interminables filas para conse-guir los productos, lo que gene-ra desesperación y en algunos casos enfrentamientos entre los ciudadanos, además de que tienen que pagar un alto costo por ellos. Ante esto Ledezma expresó: “Aquí lo que se vive es una ruina, una miseria total”.

Víctor Ledezma señaló que los principales objetivos de su padre son la liberación del país, la democracia, que los poderes funcionen realmente y que no se abandone la lucha de forma de-mocrática, por lo que seguirán protestando pacíficamente sin violar la Constitución; “las nor-mas las violan ellos”, aseguró.

Entre 7 y 8 de cada 10 vene-zolanos evalúa negativamente la situación económica y po-lítica del país y culpa de ello al presidente Maduro, según sondeos de las encuestadoras Hinterlaces y Datanalisis cu-yos resultados generales ayer fueron revelados.

Es decir, 73 de cada 100 venezolanos considera que la gestión de Nicolás Maduro es negativa.

20 de febrero. Manifestantes tomaron las calles para exigir la liberación del alcalde de Caracas, Antonio Ledezma.

Foto: AP

EFECTOSLa represión polí-tica del gobierno venezolano

podría desatar una nue-va ola de protestas.

El presidente Maduro podría perder el apoyo

de sus seguidores si aumenta las escasez.

1

2

EN LA AGENDA

VIERNES 27

SÁBADO 28

DOMINGO 1

LUNES 23

BUENOS AIRES. Diputados de Argentina convocan al fiscal a cargo de la denuncia contra la presidenta Cristina Fernández.

CHICAGO. Elecciones a la alcaldía de Chicago, la tercera ciudad más populosa de Estados Unidos.

LA HABANA. Los negociadores del gobierno colombiano y las FARC retoman las discusiones de paz.

MONTEVIDEO. El presidente de Bolivia, Evo Morales, visita a su homólogo de Uruguay, José Mujica.

WASHINGTON. Funcionarios de Estados Unidos y Cuba mantienen la segunda ronda de negociaciones.

EL CAIRO. Prosigue el juicio contra el depuesto presidente islamista, Mohamed Mursi.

MONTEVIDEO. El nuevo presidente de Uruguay, Tabaré Vázquez, asume el cargo.

MARTES 24

MIÉRCOLES 25

JUEVES 26

Previsiones de la semana

Sabemos que las leyes y los jueces aquí

están secuestrados, no funcionan como debe-ría ser.”

VÍCTOR LEDEZMAHIJO DEL ALCALDE DE CARACAS

Manifestantes recordaron la caída del presidente prorruso Viktor Yanukovich.

Imágenes tomadas de: www.dailymail.co.uk

Foto: AFP

“Venezuela es un infierno”

EXCELSIORLUNES 23 DE FEBRERO DE 2015

[email protected]@Global_Exc

El gobierno de Bolivia, del presidente Evo Morales, afirma que el fallecido gobernante Salvador Allende favorecía otorgar a ese país un acceso soberano al mar. La hija del extinto mandatario criticó a Morales. > 4

Page 2: EXTREMISTAS EXHIBEN A REHENES EN AJULAS

FALLECEN CUATRO TRABAJADORESCuatro mineros murieron luego de que un terremoto provocara un deslizamiento de tierra en una mina de carbón a cielo abierto. Las autoridades dijeron que extraían el mineral de forma ilegal.

ALCALDE SOMETE A ATACANTEUn palestino de 18 años que apuñalaba a un israelí de 27 cerca del Ayuntamiento fue sometido por el alcalde de Jerusalén, Nir Barkat, y su guardaespaldas. La víctima sufrió heridas leves.

Fotos: AFP

Foto: Reuters

Foto: Xinhua

Foto: Reuters

BOSNIA Y HERZEGOVINA

JERUSALÉN ESPAÑACONTRA LA AUSTERIDADCientos de personas marcharon ayer en Madrid para rechazar las medidas de austeridad y los recortes impuestos por el gobierno de Mariano Rajoy. También se gritaron consignas contra el Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo, Alemania y Estados Unidos, a quienes consideran culpables de los recortes que, dicen, atentan contra la seguridad social. La protesta terminó en el Congreso de los Diputados, donde se leyeron manifiestos contra los principales partidos españoles, según informó el diario El País.

DIONCOUNDA TRAORÉEXPRESIDENTE DE MALI73 AÑOS

HOY CUMPLE

> IOANNIS GRIVASEXPRIMER MINISTRO DE GRECIA92 AÑOS

> ALLAN BOESAKCLÉRIGO Y ACTIVISTA CONTRA EL APARTHEID EN SUDÁFRICA70 AÑOS

BANGLADESH

Mueren 65 en un naufragioAFP Y [email protected]

DACA.– Al menos 65 personas murieron, entre ellas mujeres y niños tras el naufragio de un ferry que chocó contra un buque de carga en un río de Bangladesh.

Los buzos recuperaron 65 cadáveres, incluidos los de 11 niños, siete mujeres y un bebé, pero ayer conti-nuaban buscando a los desaparecidos, cuyo núme-ro exacto se desconoce, pero se estima que el ferry transportaba entre 70 y 150 pasajeros.

El jefe de la policía local, Rakibuz Zaman, preci-só que unas 50 personas sobrevivieron a la tragedia, pues pudieron nadar hasta la costa o fueron rescata-dos por otras embarcaciones.

El transbordador ML Mostafa naufragó ayer en el río Padma después de chocar con la embar-cación de carga Nargis-1, cuyo capitán y ayudante fueron detenidos, según el diario bengalí The Daily Star.

El ferry, que estaba sumergido a una profundidad de seis metros, viajaba del distrito de Rajbari hacia Paturia, a unos 30 kilómetros de distancia, cuando colisionó con el buque de carga, dijo el inspector Zi-had Mia.

DENUNCIA GOLPE DE ESTADOEl presidente Abd Rabo Mansur Hadi, quien escapó de la capital del país para refugiarse en Adén, pidió ayuda a la comunidad internacional ante lo que calificó como un golpe de Estado.

Foto: AP

YEMEN

RECUERDAN A LAS VÍCTIMASDecenas de personas conmemoraron ayer el tercer aniversario de “la peor tragedia ferroviaria en Buenos Aires”, ocurrida en 2012 y que dejó 81 personas muertas y más de 800 heridas.

Foto: Xinhua

ARGENTINA

L U N E S 2 3 D E F E B R E R O D E 2 0 1 5 : E X C E L S I O R

LATITUD

EL PER IÓDICO DE L A V I DA NACIONA L

José Carreño FiguerasCoordinador

Iván VenturaEditor

Israel LópezCoeditor

Julio de la TorreCoeditor

Ilian CedeñoCoeditora

Daniel GonzálezCoeditor Visual

Page 3: EXTREMISTAS EXHIBEN A REHENES EN AJULAS

E X C E L S I O R : L U N E S 2 3 D E F E B R E R O D E 2 0 1 5 GLOBAL : 3

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<ESPAÑA>

Al presidente dimisiona-rio, Adolfo Suárez, el in-tento militar no lo tomó por sorpresa

DE LA REDACCIÓ[email protected]

El intento de golpe de Estado en España del 23 de febrero de 1981, hoy hace 34 años, tam-bién es conocido como 23F y marcó un momento decisivo de ese país.

El diario español ABC re-cordó hace cuatro años que el presidente Adolfo Suárez y una parte de la jerarquía militar nunca se llevaron bien.

El carismático político de Cebre-ros supo meterse en el bolsillo a más de medio mundo, del rey consiguió aunar esfuerzos para hacer la Tran-sición, se entendió con adversarios políticos muy diferentes a él y convenció de sus proyectos a la amplia mayoría de la so-ciedad española. Pero el esta-mento militar, quizá su talón de Aquiles, se le resistió.

El 23 de febrero de 1981, a las 18:23 hora local, 200 guar-dias civiles dirigidos por el te-niente coronel Antonio Tejero Molina irrumpieron en el Par-lamento. Habían llegado en autobuses alquilados. “¡Quie-to todo el mundo! ¡Al suelo!” Suárez hizo caso omiso. Cuan-do su vicepresidente, el gene-ral Manuel Gutiérrez Mellado, se levantó para forcejear con los intrusos, Suárez se levantó

para ayudarle. Y cuando las metralletas empezaron a es-cupir chorros de fuego, el Pre-sidente volvió a sentarse en su escaño. Al mandatario dimi-sionario, que intentaba pasar el testigo del gobierno a Leopol-do Calvo-Sotelo, el golpe no lo tomó por sorpresa, recuerda el diario español.

Suárez lo advirtió en pú-blico y en privado. El día de su dimisión, el 29 de enero, había expresado ante la Cámara su deseo de que el sistema demo-crático de convivencia no fuera “una vez más, un paréntesis en la historia de España”.

En los círculos más altos de poder se había opuesto fir-memente al nombramiento del general Alfonso Armada como

segundo jefe del Estado Mayor del ejército. “No des-carto que haya un golpe de Estado. Y si lo hay, la Arma-da habrá sido su inductor”, le dijo a su exdirector de gabinete, Alberto

Recarte el 22 de febrero, vís-pera del golpe.

Hacia las 20 horas Tejero sacó del hemiciclo a Suárez, Gutiérrez Mellado, Rodrí-guez Sahagún, Felipe Gonzá-lez, Alfonso Guerra y Santiago Carrillo. Los recluyó en una de-pendencia aparte.

A Suárez lo aislaron en la Sala de Ujieres, custodiado por tres guardias civiles, a los que intentó convencer de que su intentona estaba condenada al fracaso.

La negativa del rey Juan Carlos a apoyar el golpe per-mitió abortarlo a lo largo de la noche.

Un golpe que no tuvo éxito

<BRASIL>

[email protected]

BRASILIA.– La red de co-rrupción que operó en el ente estatal brasileño Petrobras re-sultó en una evasión fiscal de al menos mil millones de reales (unos 357 millones de dólares), según cálculos preliminares he-chos por técnicos del fisco, ci-tados ayer por el diario O Globo.

Los técnicos aclararon que ese valor incluye tributos, mul-tas e intereses, y que puede ser mayor, puesto que fue estimado en base solamente a la prime-ra etapa del operativo policial

que desmanteló la red delicti-va, integrada por ejecutivos de las principales constructoras del país, políticos y altos fun-cionarios de la estatal.

“La cifra es mucho mayor”, dijo un técnico de la recaudado-ra federal, citado por el medio.

Los técnicos estiman que los valores relativos a la evasión fis-cal acabarán siendo mayores al mencionado, entre otras ra-zones porque todavía no fue concluido el análisis de las ma-niobras que las empresas con-tratistas de Petrobras, acusadas como cártel, hicieron para pagar menos impuestos.

Petrobras registró evasión millonaria

En el histórico periodo de la transición española, el presidente Adolfo Suárez González fue uno de sus principales protagonistas.

Foto. AFP

La estatal brasileña Petrobras está metida en una serie de investigaciones por presuntos sobornos de sus dirigentes.

Foto: Reuters

<SUDAMÉRICA>

Bolivia salpica a Allende en pleito El gobierno de Evo Morales dijo que el Presidente chileno estaba dispuesto a negociar una salida al mar para ese país

AFP, DPA Y EFE [email protected]

SANTIAGO.– El expresiden-te de Chile, Salvador Allende, estaba dispuesto a dar una so-lución a la demanda marítima boliviana, indicó un apartado del Ministerio de Comunicación de Bolivia publicado ayer en el diario chileno El Mercurio.

La publicación, que utiliza toda una página del matutino chileno, incluye declaraciones que el expresidente Allende ha-bría dado al periodista bolivia-no Néstor Taboada en 1970, seis días después de asumir la Presi-dencia de Chile.

“Chile tiene una centenaria deuda con Bolivia y estamos dispuestos a emprender una so-lución histórica”, habría decla-rado Allende en la entrevista que habría entregado al periodista boliviano.

“Bolivia retornará soberana a las costas del Pacífico”, agre-ga la declaración de Allende en el inserto que está firmado por el Ministerio de Comunicación del Estado Plurinacional de Bolivia.

La publicación incluye una foto de Allende con el fondo del mar, rocas, un barco y un faro al fondo. En otra imagen más pe-queña, el exmandatario aparece dándole la mano al periodista boliviano.

En el gobierno chileno, ad-miten que Allende estuvo de

La hija del extinto presidente Allende y actual presidenta del Senado de Chile, Isabel Allende, criticó al gobernante boliviano Evo Morales.

SE MOLESTA LA HIJA

diplomáticas con Bolivia, pero con respeto a los tratados vigen-tes”, dijo Álvaro Elizalde, porta-voz del gobierno del presidente Evo Morales.

Por su parte, el canciller chi-leno, Heraldo Muñoz, aseveró que este inserto es parte de la “estrategia boliviana” sobre la demanda marítima que presen-tó ante la Corte de La Haya (CIJ) en 2013, en la que pide se obli-gue a Chile a negociar una salida soberana al mar en su favor tras perder sus costas en una guerra que enfrentó a estos países a fi-nales del siglo XIX.

Por su parte, la hija del extin-to presidente Allende y actual presidenta del Senado de su país, Isabel Allende, criticó al gober-nante boliviano Evo Morales por usar el nombre de su padre a pro-pósito de la exigencia de La Paz de una salida soberana al mar.

“Que se use la figura de mi padre no me parece adecuado”, expresó la parlamentaria socia-lista en declaraciones que recoge el diario El Mercurio.

La hija del exmandatario dijo no recordar que su padre, derro-cado por los militares en el golpe de Estado de 1973, “haya ofreci-do (a Bolivia) una salida al mar con soberanía o que haya dicho que se iban a revisar los tratados vigentes”.

Morales aludió recientemen-te al presidente Allende, a quien calificó de “verdadero socialis-ta” frente a los “falsos” actuales, al abordar el pedido boliviano a la Corte Internacional de Justi-cia de La Haya para que obligue a Chile a negociar con La Paz una salida soberana al Pacífico.

<LA HABANA>

Cuba libera a empresario [email protected]

LA HABANA.– Un empresario canadiense que estuvo preso en Cuba durante más de tres años fue puesto en libertad después que el gobierno cubano puso fin a un caso que calificó como ejemplo de la lucha contra la corrupción. Los críticos lo con-sideraron en cambio una adver-tencia sobre el peligro de hacer negocios con la isla.

El caso de Cy Tokmakjian era considerado por algunos como una cuenta pendiente en el acuerdo del año pasado en-tre Cuba y Estados Unidos que permitió la liberación de tres es-pías cubanos en Estados Unidos a cambio de la libertad del con-tratista Alan Gross y el espía de la CIA Rolando Sarraff Trujillo.

Canadá y el Vaticano posibi-litaron conversaciones durante 18 meses de negociaciones que desembocaron en el intercam-bio, que fue acompañado por una medida conjunta para restable-cer relaciones diplomáticas ple-nas entre los dos países.

Las autoridades canadien-ses no dijeron si el acuerdo

favoreció sus esfuerzos por con-seguir la libertad de Tokmakjian, que cumplía una sentencia de 15 años después ser arrestado en 2011 por una campaña contra la corrupción que abarcó a fun-cionarios cubanos y ejecutivos empresariales de por lo menos cinco naciones.

Tokmakjian, de 74 años,

propietario de la empresa auto-motriz Tokmakjian Group, con sede en Ontario, fue sentencia-do en septiembre y sus represen-tantes dijeron que los gerentes de la firma Claudio Vetere y Marco Puche recibieron sentencias más breves. Su paradero se descono-cía por el momento.

Tokmakjian regresó a Cana-dá después de que el gobierno de Cuba lo liberó de prisión, in-formó el abogado del hombre de negocios, Barry Papazian.

Votación revocatoria La líder de la Damas de Blan-co –un grupo opositor cubano que reúne a esposas y otros fa-miliares de presos en la isla–, Berta Soler, anunció ayer que someterá su cargo a una vota-ción revocatoria.

En días pasados, militantes de las Damas de Blanco en el exilio reclamaron la renuncia de Soler al frente del grupo después que saliera a la luz pública un acto de repudio realizado en diciembre pasado a una de las militantes.

Soler precisó que las militan-tes del grupo que viven dentro de la isla votarán el 16 de marzo y decidirán si se queda o se va.

Cy Tokmakjian regresó a Canadá después de que el gobierno de Cuba lo liberó de prisión, informó su abogado.

Imagen tomada de: www.facebook.com

Chile tiene una centena-ria deuda con

Bolivia y estamos dis-puestos a emprender una solución histórica.”

DESPLEGADO EN EL DIARIO EL MERCURIO

No recuerdo que mi padre haya ofrecido

(a Bolivia) una salida al mar con soberanía o que haya dicho que se iban a revisar los trata-dos vigentes.”

ISABEL ALLENDEHIJA DEL EXPRESIDENTE CHILENO

MEDIADORESCanadá y el Vaticano mediaron negociaciones durante 18 meses para el intercambio de presos entre EU y Cuba.

< BUENOS AIRES>

[email protected]

BUENOS AIRES.– El presi-dente de Uruguay, José Mu-jica, cuestionó el papel de Argentina en el proceso de integración regional en una entrevista concedida al dia-rio argentino Perfil, publi-cada ayer a días de dejar su mandato.

“La integración precisa un liderazgo, y ese liderazgo se llama Brasil, pero la Argen-tina tendría que acompañar, y no acompaña un carajo, más bien lo contrario, es como si la Argentina se hubiera retro-traído a una visión de 1960”, criticó duramente el manda-tario uruguayo.

A pocos días de dejar el gobierno de Uruguay, Mujica analizó la situación actual del proceso de integración regio-nal encarnado en organismos como el Mercosur o la Unasur y consideró que hay “un gran desafío por delante”.

El Presidente uruguayo también aseguró que los más integracionistas de la región latinoamericana son “los paí-ses chicos por necesidad”.

En ese sentido, Mujica cuestionó el papel que adop-ta Argentina ante el proceso, al señalar que el país “se olvi-da de la integración” porque “cuando le van bien las cosas agarra para otro lado”.

El jefe de Estado se refirió a Brasil, Argentina y México como “los países determi-nantes de América Latina”, pero señaló que sus dirigentes “hablan y asumen un discur-so integracionista, pero des-de el punto de vista práctico, están metidos hasta las orejas en las contradicciones del Es-tado nacional”.

Cristina, el pendienteLa justicia argentina debe decidir esta semana si acep-ta la imputación de la pre-sidenta argentina, Cristina Fernández, por presunto en-cubrimiento de terroristas solicitada por el fiscal que se hizo cargo de la denuncia presentada por su fallecido colega Alberto Nisman.

El juez Daniel Rafecas, a cargo de la causa, tiene que re-solver si aprueba las 50 medi-das de prueba requeridas por el fiscal Gerardo Pollicita, que incluyen allanamientos, exá-menes de telecomunicaciones y declaraciones testimoniales.

Mujica critica a Argentina

acuerdo en retomar las relacio-nes con Bolivia, en ese entonces distancias por la demanda marí-tima, pero respetando los acuer-dos suscritos entre ambos países.

“Los documentos históri-cos señalan claramente que el presidente Allende efectiva-mente estuvo comprometido con restablecer las relaciones

50MEDIDAS

de prueba tienen que ser avaladas por el

juez de la causa

La negativaLa negativa del rey Juan Carlos a apoyar el golpe permitió abortarlo a lo largo de la noche.

Foto. AFP

4 : GLOBAL L U N E S 2 3 D E F E B R E R O D E 2 0 1 5 : E X C E L S I O R

Page 5: EXTREMISTAS EXHIBEN A REHENES EN AJULAS

<IRAK>

EI exhibe a 21 prisionerosNOTIMEX, REUTERS, AFP Y [email protected]

BAGDAD.– El yi-hadista Estado Is-lámico (EI) publicó un nuevo video en el que muestra a 21 combatientes

peshmergas kurdos dentro de jaulas individuales que fueron exhibidos por las calles de la ciudad de Kirkuk, al norte de Irak.

El video, titulado Sanando el corazón de los creyentes, en-foca a cada uno de los rehenes mientras aparece un texto con información de cada prisionero en pantalla.

El material audiovisual muestra a los prisioneros –ves-tidos de color naranja y con la cabeza inclinada– en jaulas in-dividuales desfilando por calles de Kirkuk y después siendo en-trevistados por un hombre que sostiene un micrófono con un logotipo del EI.

El hombre con barba y quien lleva un turbante blanco dirige un mensaje a los peshmergas, a los que llama a que cesen de com-batir contra el Estado Islámico. “Si no, su suerte será como la de éstos, dentro de las jaulas o bajo tierra”, advierte.

El video no muestra las eje-cuciones, pero los 21 rehenes se presentan como 16 peshmergas, dos oficiales del ejército iraquí y tres policías de Kirkuk, una ciu-dad situada a 240 kilómetros al norte de Bagdad.

El filme muestra a los 21 re-henes cuando son trasladados hacia las jaulas situadas en una plaza rodeada de muros de ce-mento, frente a combatientes en-capuchados del EI armados con pistolas.

Después, los rehenes metidos en las jaulas son exhibidos en ve-hículos pick-up por una calle en medio de decenas de habitantes y de hombres armados.

El video no contiene amena-zas explícitas contra los rehenes, pero éstos son mostrados al final de rodillas y detrás de ellos un encapuchado empuña un arma automática o un revólver.

Un comandante de los pes-hmergas en Kirkuk, el general Hiyowa Rach, informó que los rehenes fueron capturados el pasado 31 de enero, cuando los combatientes kurdos repelieron un ataque del EI contra Kirkuk.

El grupo yihadista y los com-batientes peshmergas kurdos están enfrentados desde enero por el control de la provincia de Kirkuk.

A temprana horas del sába-do circuló otro video donde se muestra como 43 residentes de la zona de Al Bagdadi, en su ma-yoría policías e integrantes de los consejos de Salvación, fue-ron quemados vivos después de mantenerlos secuestrados más de una semana.

El pasado 15 de febrero, el EI divulgó un video que muestra la decapitación de 21 cristianos coptos egipcios en Libia, y el 3 de enero otro video en el momento en que queman vivo en una jau-la al piloto jordano, quien fue capturado el 24 de diciembre en Siria.

La ejecución de los cristianos egipcios provocó que el ejército de ese país bombardeara objeti-vos del Estado Islámico en Libia.

Ayer, los yihadistas se adju-dicaron los atentados contra la residencia del embajador iraní en la capital de Libia y un ataque con cohete contra el aeropuerto de Labraq, en el este del país.

Dos bombas explotaron en las puertas de la casa del embajador de Irán, ubicada en el centro de

Personal de seguridad revisa los daños causados por un ataque del Estado Islámico contra la residencia del embajador de Irán en Libia.

Soldados de Libia apuntan sus armas durante los combates contra milicias islamistas en Al Ajaylat, a 12 kilómetros de Trípoli.

Un soldado turco captado durante la incursión militar a la ciudad de Kobane, en Siria, para recuperar los restos de Suleimán Shah.

Trípoli. La agencia oficial de noticias iraní, IRNA, confirmó el incidente y dijo que no hubo víctimas.

Los militantes también se atribuyeron el lanzamiento de un cohete Grad contra el aero-puerto de Labraq, la principal puerta de entrada en el este de Libia y Al Bayda.

AP Y [email protected]

JOHANNESBURGO.– Un vi-deo supuestamente de un gru-po rebelde somalí ligado a la red Al-Qaeda exhortó a los musulmanes a atacar centros comerciales en Estados Uni-dos, Canadá, Gran Bretaña y otros países de Occidente.

Al-Shabab hace la amena-za en los últimos minutos de un video de más de una hora de duración en el que los extre-mistas también amenazan con realizar ataques en Kenia simi-lares al atentado de septiembre de 2013 en el Westgate Mall de Nairobi y en el que 67 personas murieron.

El video incluye imágenes de importantes organizacio-nes noticiosas que muestran el ataque en el centro comercial, y se indica que el incidente fue en represalia por los presuntos abusos de las fuerzas militares kenianas contra los musulma-nes en Somalia.

El narrador enmascarado concluyó alentando a los mu-sulmanes a atacar centros co-merciales, específicamente nombrando al Mall of America de Minnesota, así como el West Edmonton Mall en Canadá y el Westfield Mall de Stratford, Inglaterra.

“¿Qué tal si un ataque de és-tos ocurre en el Mall of Ameri-ca de Minnesota? ¿O en el West Edmonton Mall en Canadá? ¿O en la calle Oxford de Londres?”, preguntó el hombre, para luego mencionar como otro objetivo el Westfield Mall británico.

El titular del Departamento

Amenaza comercios de EU

Turquía rescata una tumba

>ANKARA.– Turquía evacuó la noche del sá-

bado, en una arriesgada operación militar, una tum-ba de un dignatario otoma-no y los 40 soldados que la custodiaban en una zona controlada por el grupo yi-hadista Estado Islámico (EI) en territorio sirio.

La operación se decidió por el deterioro de la situa-ción alrededor del enclave turco donde yace Suleimán Shah, el abuelo de Osmán I, fundador del imperio otomano.

“Se llevó a cabo una ope-ración con el paso de 572

tropas por el puesto fronte-rizo de Mursitpinar”, infor-mó el primer ministro turco, Ahmet Davutoglu

El gobierno sirio tildó la incursión de “agresión fla-grante” de su territorio.

“Turquía no se contenta con proporcionar todo tipo de apoyo a las bandas del Estado Islámico, del Frente Al Nosra y a otros grupos te-rroristas vinculados con Al-Qaeda sino que también ha realizado al alba una agre-sión flagrante en territorio sirio”, aseguró la cancillería de Siria en un comunicado.

–AFP

de Seguridad Nacional, Jeh Jo-hnson, consideró que el video es “la nueva fase” de la amenaza terrorista mundial, y advirtió al público mantenerse alerta.

“Estos grupos se apoyan cada vez más en actores inde-pendientes que son inspirados, atraídos a la causa y que ata-carán por su propia cuenta”, comentó Johnson durante el

programa de CNN, State of the Union.

Minnesota, hogar de la po-blación somalí más grande en Estados Unidos, ha sido el blan-co de reclutadores terroristas en años anteriores.

Desde 2007, más de 22 jóve-nes somalíes de Minnesota han viajado a Somalia para unirse a Al-Shabab, y algunos resi-dentes del estado también han viajado a Siria para combatir al lado de grupos extremistas en el último año, de acuerdo con las autoridades.

Al menos un residente de Minnesota ha muerto comba-tiendo para el grupo Estado Islámico.

Incursión militar en Siria

TURQUÍATURQUÍA

DAMASCODAMASCO

SIRIASIRIA

SIRIASIRIAMausoleo deSuleimán ShahMausoleo deSuleimán ShahAbuelo de Osman I,fundador delimperio otomano

Abuelo de Osman I,fundador delimperio otomano

KobaneKobane

JarabulusJarabulus

ÉufratesÉufrates

Suruc

Los soldados turcos evacuaron la tumba de Suleimán Shah para evitar que caiga en poder de los yihadistas del Estado Islámico.

16REHENES

del EI son peshmergas, dos militares de Irak y tres policías de Kirkuk

En el video difundido ayer se muestra a los supuestos combatientes peshmergas kurdos, capturados el 31 de enero durante los combates por la ciudad de Kirkuk

Si no (dejan de combatir al EI), su suerte será

como la de éstos, dentro de las jaulas o bajo tierra.”

YIHADISTA DEL ESTADO ISLÁMICO

(Fueron captu-rados) cuando los combatien-

tes kurdos repelieron un ataque terrorista del EI contra Kirkuk.”

HIYOWA RACHCOMANDANTE PESHMERGA

Soldados del califato del Es-tado Islámico

atacaron la embajada iraní en Trípoli.”

ESTADO ISLÁMICO, EN

SU CUENTA EN TWITTER

Turquía no se contenta con proporcionar

todo tipo de apoyo a las bandas del Estado Islámico...”

CANCILLERÍA SIRIA

En el video se muestra a los rehenes en jaulas sobre vehículos pick-up, en los que son trasladados por una calle. Al final aparecen de rodillas y detrás de ellos un encapuchado empuña armas, aunque se desconoce si son asesinados.

LOS MUESTRAN AL PÚBLICO

¿Qué tal si un ataque de estos ocurre en el Mall

of America de Minnesota?”

YIHADISTA DE AL-SHABAB

Fotografía del 17 de febrero de 2011 de combatientes del grupo Al-Shabab marchando a las afueras de Mogadiscio, en Somalia.

Foto: AP

Imagen tomada de: www.dailymail.co.uk

Foto: AP Foto: AFPFoto: AFP

Gráfico: Excélsior, con información de AFP

E X C E L S I O R : L U N E S 2 3 D E F E B R E R O D E 2 0 1 5 GLOBAL : 5

Page 6: EXTREMISTAS EXHIBEN A REHENES EN AJULAS

¿Tenemos política exterior?

La Doctrina Estrada funcionó en un mundo bipolar, en el que las comunicaciones eran relativamente lentas.

Una impor-tante, in-teresante, intensa, formidable, extraordi-

naria reunión sobre el lugar de México en el mundo ocu-rrió la semana pasada.

Organizado por el Sena-do, el encuentro duró va-rios días y puede elogiarse como importante. Pero al-gunos creemos que se que-dó corto.

No se trata de cuestio-nar la calidad de las par-ticipaciones, a favor o en contra de las ideas de po-lítica exterior y de la situa-ción del país en el mundo. Son ciertamente respeta-bles todas, alguna mejor expuesta que la otra. Todas bien intencionadas. ¿Que el país perdió poder relati-vo? ¿Influencia? ¿Que debe buscar más horizontes?, ¿o mejorar la relación con Es-tados Unidos?

La verdad, sin embar-go, es que no pareció ha-ber ideas originales, y si las hubo no se reflejaron en los reportes sobre el encuentro.

Queda, por ejemplo, el exhorto del senador Miguel Barbosa: “Hay que bus-car relaciones en todo el mundo y de manera pri-vilegiada a América Lati-na, hacer desde el Estado mexicano una política ex-terior de liderazgo moral, cultural, de beneficio co-mercial y económico, pero sobre todo recoger de otra época el papel tan impor-tante que jugamos en los

escenarios de la diploma-cia del mundo”.

Suena bien. Tiene buen eco. Parece que quiere de-cir algo, pero como que no propone cómo hacerlo...

Y ése es realmente el pro-blema. Hay buenas intencio-nes, hay buenas propuestas, pero no hay acuerdos. No se sabe cuál sea la política ex-terior y menos la doctrina de seguridad nacional.

¿Debemos hacernos la-tinoamericanos y abando-nar nuestros vínculos con Estados Unidos? ¿O combi-narlos? ¿Debemos mover-nos por nuestros intereses nacionales o por nuestras querencias ideológicas? ¿Por nuestros sueños o por nuestra cartera?

Claro que cada pregunta plantea otras. Pero el he-cho es que no hay marcos de referencia. Y la reunión

Senado-Secretaría de Re-laciones Exteriores no los propuso.

Ésa es la tarea que de-ben, debieran, acometer gobierno y Congreso.

Para los nostálgicos es obvio que la tuvimos. La Doctrina Estrada funcio-nó en un mundo bipolar, en el que las comunicaciones eran relativamente lentas.

Cierto. Tal vez en un

mundo como el actual lo correcto sea actuar en con-sideración a los requeri-mientos del momento, sean intereses generales o espe-cíficos y de acuerdo con las circunstancias.

Sí, está bien que el canci-ller José Antonio Meade viaje de un lado a otro, como di-cen, para recuperar espa-cios y mostrar la bandera. No se cuestiona su labor.

Pero, ¿será suficiente?

JOSÉ CARREÑO FIGUERAS

A lo largo y ancho

[email protected]

C O L U M N A I N V I T A D AP O R D I E G O G Ó M E Z P I C K E R I N G *

2015: Un año de película para México en Reino Unido

Es más que evidente la contribución creativa que hacen directores, cinematógrafos y empresarios mexicanos.

La c o m e r -cialización de pe l ícu-las en forma-to DVD, el avance de la

tecnología digital y de los sistemas de audio para ca-sas y oficinas, y el despegue de internet auguraron el fin del concepto del cine como en su momento lo concibió Lumière, obligando a las sa-las de exhibición, a las gran-des compañías productoras y a las distribuidoras a re-pensar sus estrategias y a imaginar nuevas formas de garantizar su supervivencia.

Por un momento, el sus-crito, como tantos otros ci-néfilos, temió por el futuro incierto y por la inminen-cia de un mundo ausente de pantallas y complejos de cine, donde el olor a rosetas de maíz tostado fuese tan ausente como los álgidos sueños de Lumière. Pero el tiempo a mí y a todo ciné-filo nos ha dado un respiro demostrando que esos te-mores no podían estar más alejados de la realidad. La industria del cine atravie-sa por uno de sus mejores momentos y es más que evidente la contribución creativa que en este senti-do hacen directores, cine-matógrafos y empresarios mexicanos.

Por lo que respecta al músculo cinematográfico creativo del mundo, nuestro país se ha convertido en una referencia obligada. Tan sólo el año pasado, el ci-neasta Alfonso Cuarón sedujo a críticos y audiencias por igual con su película Gra-vity, que ganó estatuillas del Oscar a Mejor Director y a Mejor Fotografía —a cargo de Emmanuel El Chivo

Lubezki. De manera previa, la cinta, con una técnica vi-sual innovadora, obtuvo 10 nominaciones a los premios otorgados por la Academia Británica de Cine (BAFTA) y un sinnúmero de loas en el circuito internacional de festivales fílmicos. Este año la historia parece repetirse. Con diez nominaciones de la citada Academia a su pe-lícula Birdman, el director Alejandro González Iñárritu ha puesto otra vez en alto el nombre de México con los mejores resultados en las

taquillas de las principales capitales del orbe, incluida Londres.

Con el ánimo de coadyu-var a la promoción del poder creativo de la cine-matografía y los artistas de México entre los británicos, el programa del Año de Mé-xico en Reino Unido incluye cinco ciclos con lo mejor de nuestro cine, clásico y con-temporáneo, que pretenden atraer a diversas audiencias en ciudades como Sheffield, Manchester y Edimburgo, además de Londres, claro está.

En este sentido, la se-mana pasada se llevó a cabo un ciclo de tres días con talleres, mesas redon-das y proyecciones de pe-lículas mexicanas en la Escuela de Cine de Lon-dres, fortaleciendo así los vínculos ya existentes en-tre México y dicha institu-ción académica, de la cual son egresados reconocidos connacionales dedicados

a la dirección, guionismo, producción, dirección de fotografía, e incluso la rea-lización documental.

Como parte del citado ciclo se proyectaron cintas como Cronos, de Guillermo del Toro, y LuTo, de Katina Medina Mora, y se llevaron a cabo charlas y conferencias por parte de cineastas de la talla de Alejandro Springall, autor de la cinta No eres tú, soy yo.

En el marco del Año Dual México-Reino Uni-do, el Instituto Mexicano

de Cinematografía apoyará a las nuevas generaciones de creadores con talleres y festivales para interactuar entre sí a ambos lados del Atlántico. Además, Méxi-co será el país invitado de honor en el Festival de Cine de Edimburgo, considerado uno de los más importan-tes en Europa. Asimismo, el capítulo sobre México del Festival de Cine Inde-pendiente Raindance, a ce-lebrarse en esta capital en octubre próximo, ha cobra-do tal fuerza que su comité organizador abrirá una ofi-cina en México.

Por todo lo anterior, es-toy cierto de que 2015 será un Año de película para México en Reino Unido.

Síguenos en Twitter @embamexru, @gomez-pickering, @ukinmexico y @DuncanJRTaylor.

*Embajador de México en Reino Unido e invitado especial del

Embajador Duncan Taylor para la columna London Eye #UKMX2015

El cine atraviesa por uno de sus mejores momentos.Suena bien. Tiene buen eco.

Parece que quiere decir algo, pero como que no propone cómo hacerlo... Y ése es realmente el problema. Hay buenas intenciones, hay buenas propuestas, pero no hay acuerdos. No se sabe cuál sea la política exterior y menos la doctrina de seguridad nacional.

<ROMA> < BRASIL>

Francisco suspendió sus actividades de la semana, incluyendo las audiencias

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EL VATICANO.– El Papa ini-ció ayer sus ejercicios espi-rituales de Cuaresma en una pequeña localidad romana, donde permanecerá hasta el próximo viernes acompañado por algunos colaboradores para profundizar en temas como “las raíces de la fe”.

Francisco partió a bordo de un autobús junto a sus acompa-ñantes de la Curia Romana para recorrer los 30 kiló-metros que separan Roma de Ariccia, el municipio donde realizará estos ejer-cicios espirituales.

Se trata de una pequeña localidad entre los lagos Alba-no y Nemi, de poco más de 18 mil habitantes y que, asentada entre colinas y alejada de la bulliciosa capital italiana y de la concurrida Santa Sede, constituye un lugar propicio para la meditación.

Por esta razón, Francis-co interrumpirá esta sema-na su agenda y no celebrará audiencias ni públicas ni pri-vadas, ni siquiera la general que preside cada miércoles en la plaza de San Pedro.

El Papa inicia su retiro espiritual

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BRASILIA.– David Miran-da, fundador de la iglesia brasileña pentecostal Dios es Amor –ampliamente ex-tendida en Latinoamérica y el mundo–, falleció a los 79 años en Sao Paulo, informó ayer la organización.

El pastor, quien fundó el grupo Dios es Amor junto a su madre y su hermana en 1962, murió de un infarto el sábado cerca de la mediano-che, detalló la Iglesia en un comunicado.

“Un hombre guerrero, luchador (...) Descansa en el Señor, el misionario Da-vid Miranda!! Mi papito... te amaré por siempre”, es-cribió en su cuenta de Fa-cebook la cantante Débora Miranda, hija del pastor y una de las directoras de la Iglesia.

Miranda estaba casado con Ereni Oliveira de Mi-randa, primera consejera de la Iglesia y con quien tenía cuatro hijos.

El culto fúnebre se reali-zaba ayer en el templo Glo-ria de Dios en Sao Paulo, sede mundial de la agrupa-ción e inaugurada en 2004 con capacidad para 60 mil personas.

De acuerdo con el cen-so nacional de 2010, Dios es amor tiene unos 850 mil fieles en Brasil, donde según la or-ganización cuenta con 22 mil iglesias.

Muere el líder de Iglesia

Estas jornadas de medi-tación se llevarán a cabo en la casa del Divino Maestro de Ariccia bajo el lema “Servido-res y profetas del Dios viviente” y correrán a cargo del carmelita Bruno Secondin, docente emé-rito de Espiritualidad Moderna y Fundamentos de Vida Espiri-tual en la Universidad Gregoria-na de Roma.

El método empleado será el de la Lectio divina, la lectura meditada y concienzuda de las Sagradas Escrituras que, en pa-labras de Benedicto XVI, con-siste en “permanecer durante un largo periodo de tiempo so-bre un texto bíblico, leyéndolo y releyéndolo, casi rumiándolo”.

De este modo, mediante la lectura de la Biblia se “escu-

cha” a Dios y, con la oración, se le responde.

Radio Vatica-no informó de que estos ejercicios es-pirituales estarán marcados por la lectura del profeta Elías, una de las

principales figuras del Antiguo Testamento.

Vivió durante el siglo IX a.C y fue perseguido por los gober-nantes de la época, lo que le llevó a huir al desierto donde, desesperado, llegó a desear la muerte.

Sin embargo, tras ser miste-riosamente alimentado con pan y agua, logró caminar durante 40 días y 40 noches hasta al-canzar el monte Horeb (Sinaí),

donde, según las Escrituras, Dios se manifestó en forma de viento ligero.

Siguiendo este pasaje bíbli-co, el padre Bruno reflexionará sobre la autenticidad de la fe y subrayará la necesidad de “re-gresar a sus raíces”, “tener el coraje de decir ‘no’ a la ambi-güedad, pasando de los ídolos fútiles a la verdadera piedad, de la fuga al peregrinaje”.

Los ejercicios comenzaron ayer por la tarde y el tema cen-tral lleva por título “Salir de la propia aldea”, en línea con la

doctrina del Papa argentino de una Iglesia descentralizada y en marcha hacia la periferia.

Hoy se discurrirá sobre las raíces de la fe bajo el tema “Ca-minos de autenticidad”, y el resto de días se meditará sobre cuestiones religiosas bajo títu-los como “Senderos de liber-tad”, “Dejarse sorprender por Dios” o “Justicia e intercesión”.

El último día, informa la ra-dio de la Santa Sede, está pro-gramada la meditación final a las 8:30, tras lo cual el Papa re-gresará al Vaticano.

El métodoEn los estudios será usada la Lectio divina, que consiste en leer una y otra vez un texto bíblico.

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.PODER JUDICIAL FEDERAL.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO ENMATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

ZAPOPAN, JAL.

EDICTOS A:

TERCERA INTERESADAELISA OLVERA ZÁRRAGA.

En el amparo 441/2014, del índice del TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO, promovido por FLAVIO FERNANDO ORNELAS GUTIÉRREZ, contra acto del JUEZ DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD, en el que reclama de manera esencial la resolución de quince de mayo de dos mil catorce, dictada en el juicio civil sumario hipotecario 1416/2010; se ordenó correrle traslado con copia de la demanda de amparo por edictos para que comparezca, por sí o por conducto de representante legal, en treinta días, siguientes a la última publicación, si a su interés legal conviene; se apercibe a dicha tercera interesada que de no comparecer a este órgano colegiado a defender sus derechos las notificaciones aun las de carácter personal se le harán por lista de acuerdos.

Zapopan, Jalisco, a uno de diciembre de dos mil catorce.

LA SECRETARIA.LICENCIADA ELOISA RAMÍREZ AGUIRRE.

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial Estado de Jalisco

Consejo de la Judicatura del Estado de JaliscoPrimer Partido Judicial

Juzgado Primero de lo MercantilE D I C T O.

Emplácese por este conducto a MANUEL AMEZCUA RADILLO Y ENEDELIA COBIAN ANDRADE, en Juicio MERCANTIL EJECUTIVO, que promueve en su contra FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL FORESTAL Y PESQUERO, ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, antes denominada “FINANCIERA RURAL” Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, expediente 2473/2014, por las siguientes prestaciones:1.- Por la declaración del vencimiento anticipado del plazo pactado en la cláusula segunda del contrato de apertura de crédito de cuenta corriente con garantía hipotecaria, en virtud del incumplimiento de pago de la segunda disposición de crédito, de conformidad a lo pactado en el pagaré que documenta la citada segunda disposición del crédito.2.- Por el pago de la cantidad de $1´419,791.33, que la parte acreditada, ahora demanda, adeuda con números al día 6 de mayo de 2014, cuya cantidad se desglosa por los siguientes conceptos:a).- CAPITAL VENCIDO: $1´250,000.00b).- INTERESES ORDINARIOS VENCIDOS: $93,228.83.c).- INTERESES MORATORIOS: $76,562.50.3.- El pago de Intereses Ordinarios y Moratorios que se sigan devengando a partir del día 7 de mayo de 2014 (día siguiente de la fecha de elaboración del estado de cuenta certificado que se acompaña al siguiente escrito) y esta el día en que se haga el pago total del adeudo, de conformidad a lo pactado en las cláusulas OCTAVA, NOVENA Y DÉCIMA.4.- El pago de gastos y costa que se origine el presente juicio.Requiriéndolos por prestaciones reclamadas, de no hacerlo señalen bienes de su propiedad suficientes a garantizar lo reclamado, bajo apercibimiento que de no hacerlo pasara el derecho a la parte actora. Haciéndoles saber cuentan con término de 30 días contados a partir de última publicación para contestar demanda, de no hacerlo precluira su derecho quedando a su disposición copias simples de demanda y documentos en la Secretaría de este Juzgado.

Zapopan, Jalisco, a 30 de enero de 2015LA SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO PRIMERO

DE LO MERCANTILLIC. NORMA CELINA AGUIRRE PLASCENCIA

Foto: AFP

El papa Francisco saluda a los fieles durante el rezo del

Ángelus, antes de partir a su retiro espiritual.

6 : GLOBAL L U N E S 2 3 D E F E B R E R O D E 2 0 1 5 : E X C E L S I O R

Page 7: EXTREMISTAS EXHIBEN A REHENES EN AJULAS

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la FederaciónJuzgado Quinto de Distrito en el

Estado de Chiapas

EdictoGustavo Santiz Hernández, Ignacio Pérez Vázquez y Agustin Santiz AriasDonde se encuentren

En el juicio de amparo 542/2014, promovido por Fernando de Jesús Gutiérrez Pérez, por auto de esta fecha se les mandó emplazar, como en efecto lo hago, por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días naturales, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos cotidianos de mayor circulación en la República Mexicana, para que dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación, se apersonen a este juicio en su carácter de parte terceras interesadas en la secretaría de este juzgado, en la que además, quedará a su disposición copia simple de la demanda de garantías.

Y para su publicación por tres veces, de siete en siete días naturales, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos cotidianos de mayor circulación en la República Mexicana, expido el presente en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil catorce.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chiapas.

Lic. Jesús Antonio García Cruz

JUICIO ORDINARIO MERCANTIL 750/2014-AESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL

DE LA FEDERACIÓNEDICTO

MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A 04 DE FEBRERO DE 2015.DEMANDADA: Ángela Juárez Armas

El juicio ordinario mercantil 750/2014-A, promovido por 750/2014-A, promovido por RíoTuerto, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de Ángela Juárez Armas, seadmitió a trámite el tres de diciembre de dos mil catorce, y en fecha cuatro de febrerode dos mil quince, se ordenó emplazar a la demandada por medio de edictos, en el quese reclama las prestaciones siguientes: "A) El pago de la cantidad de $3,108,247.93(TRES MILLONES CIENTO OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS93/100 M.N.) por concepto de suerte principal. B) El pago de los intereses moratorioscausados hasta la fecha, a razón del tipo legal así como los que se sigan generandohasta la total fecha de liquidación del adeudo. C) El pago de los gastos y costas que seoriginen en el presente juicio hasta su total terminación. Por tanto, se emplaza a laenjuiciada para que produzcan su contestación ante el Juez Décimo de Distrito enMateria civil en el Distrito Federal, dentro del plazo de TREINTA DÍAS, que secomputará a partir del siguiente al en que surta efectos el llamamiento a juicio, en elentendido de que, la copia de la demanda con sus anexos se encuentra a sudisposición en la secretaria de este Juzgado. Además, se les hace saber que, de nocomparecer dentro del plazo legal referido, se les harán efectivos los apercibimientosdecretados en proveído de tres de diciembre de dos mil catorce, en el sentido de que,se seguirá el juicio en su rebeldía, se le tendrá contestando la demanda en sentidonegativo, y las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán pormedio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito. Asimismo, seordenó fijar copia del presente edicto, del proveído que ordenó emplazar por éstemedio, y del auto admisorio, en la puerta del Juzgado, por todo el tiempo delemplazamiento. El presente edicto, deberá publicarse por tres veces consecutivas,en días hábiles en un periódico de circulación amplia y d cobertura nacional, así comoen un periódico local de la ciudad de México, Distrito Federal.

México, D.F., a 04 de febrero de 2015.Atentamente

Lic. Martha Patricia Guzmán Valentín.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, Gustavo Mario Esquina Romero, parte tercero interesada en el juicio de amparo 1475/2014, de este juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por José Ricardo Lezama Rodríguez, contra actos del 1. Juez de Defensa Social del Distrito Judicial de Cholula, Puebla y otras autoridades; se ha ordenado emplazar por edictos al referido tercero interesado; que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el "Diario Oficial de la Federación" y en cualquiera de los periódicos siguientes: "Reforma", "Excélsior", "El Financiero" o "El Universal", a elección del Consejo de la Jud icatura Federa l ; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción III , inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada y con el Acuerdo General 5/2013 emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal. Queda a disposición en la actuaría de este juzgado copia autorizada de la demanda de garantías, del auto admisorio y del acuerdo de quince de enero del actual, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación.

SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, 20 DE ENERO DE 2015.

ATENTAMENTE

MARÍA DEL CARMEN ORTEGA REGUERA

SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO DE DISTRITO EN EL

ESTADO DE PUEBLA

EDICTO.

Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, en el juicio de amparo D-300/2014, promovido por ISABEL ANAYA GARCÍA, contra actos de la Primera Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla y otra autoridad, se ordena el emplazamiento de Porfiria Bravo viuda de Cerón, mediante edictos que deberán publicarse: en el Diario Oficial de la Federación y en cualquiera de los periódicos siguientes: "Reforma", "Excelsior", "El Financiero" o "El Universal", a elección del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo vigente, y 315, fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia. Queda a disposición de la referida tercera interesada en la Actuaría de este tribunal colegiado copia simple de la demanda de amparo, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación, con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le harán por lista de acuerdos.SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA, 27 DE NOVIEMBRE DE 2014.

LIC. AIDEÉ PÉREZ CERÓNSECRETARIA DE ACUERDOS DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO

EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

EDICTOAl calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Mexico, Juzgado Noveno de lo Civil, Exp. 274/2011, Secretaria “B”.En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SCRAP II, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE en contra de JOSE LUIS GONZALEZ ROMERO Y MARIA ANGELES AVILA SANCHEZ, expediente numero 274/2011, El C. Juez Noveno de lo Civil de Primera Instancia del Distrito Federal, dicto unos autos que en su parte conducente dicen.--- "..mediante publicación de edictos, emplácese a los codemandados JOSE LUIS GONZALEZ ROMERO y MARIA ANGELES AVILA SANCHEZ, haciéndoles saber la demanda promovida en su contra por SCRAP II S. DE R.L. DE С.V.; quien le reclama en la Vía ESPECIAL HIPOTECARIA; a).- La declaración judicial de que ha operado el vencimiento anticipo del plazo para el pago del adeudo reconocido por parte de los demandados, en base al cumplimiento de sus obligaciones del Contrato de Otorgamien-to de Crédito con Constitución de Garantía Hipotecaria, celebrado entre el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y los hoy demandados en términos de la cláusula Octava incisos 1 y 4, del Instrumento Notarial número 7294 volumen CVIII de fecha 25 de Agosto de 1999,... documento exhibido como base de la acción. b) Como consecuencia del vencimiento anticipado se reclama el pago de la cantidad de $204,698.06 (DOSCIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 06/100 M.N.)... monto calculado al día 30 de septiembre de 2010... c) El pago de los intereses generados por los saldos insolutos... d) El pago de los intereses ordinario y moratorios... e) El pago de daños y perjuicios que se han ocasionado... f) El pago de los gastos y costas..."; publicaciones que deberán realizarse POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS; en el periódico el EXCELSIOR, así como en el Boletín Judicial, para que en el término de SESENTA DÍAS, los codemandados produzcan su contestación a la demanda, apercibidos que de no hacerlo, se seguirá el juicio en su rebeldía y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, le surtirán por Boletín Judicial, con fundamento en el articulo 637 del código invocado; quedando las copias simples de traslado a su disposición en la Secretaria "B" de este juzgado Noveno de lo Civil.."

RUBRICALIC. VERONICA MORALES CHAVEZ.

La C. Secretaria de Acuerdos

EDICTOAl calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil Especializado en Juicios de Cuantía Menor, San Andrés Cholula, Puebla, Expediente 20/2015-II, Juicio Oral Mercantil.En proveído de nueve de febrero de dos mil quince, dictado por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,068, fracción IV, y 1,070, párrafos primero y séptimo, ambos del Código de Comercio, aplicables al presente juicio por así permitirlo su artículo 1,390 Bis 8, se ordenó que el emplazamiento a juicio de la demandada Blanca Flor Chargoy Carmona, se realice por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional, y en un periódico local del Estado de Puebla, haciendo de su conocimiento que por proveído de veintidós de enero de dos mil quince, se admitió a trámite en la vía oral mercantil, y en ejercicio de la acción personal, la demanda promovida en su contra por Pablo Vázquez Dorantes, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de Santander Vivienda, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Grupo Financiero Santander México, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas de Banco Invex, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero, en su carácter de fiduciario del fideicomiso 801, quedando radicada bajo el expediente 20/2015-II, en el que se reclama la declaración judicial de vencimiento anticipado para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato base de la acción; el pago de la cantidad de doscientos noventa y siete mil ciento veintiocho pesos con nueve centavos, por concepto de suerte principal; el pago de los intereses ordinarios adeudados, correspondientes del mes de enero del año dos mil catorce, al mes de septiembre del año dos mil catorce; el pago de los intereses moratorios adeudados, a partir del mes de octubre del año dos mil catorce, más los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, y el pago de los gastos y costas que se originen en el presente juicio, ordenándose correr traslado a dicha demandada por medio de la copia simple de la demanda y documentos adjuntos a la misma, debidamente cotejadas y selladas por la secretaría del juzgado, las cuales se encuentran a su disposición en este órgano jurisdiccional, a fin de que dentro del plazo de nueve días, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación que por este medio se le práctica, entregue su contestación a la demanda y haga valer las excepciones y defensas que estime pertinentes, bajo el apercibimiento que de no hacerlo así, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1,078 del Código de Comercio se le tendrá por perdido el derecho correspondiente. Asimismo, en dicho proveído se le requiere para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en la zona metropolitana o en el área conurbada al municipio de San Andrés Cholula, Puebla, bajo el apercibimiento que de no hacerlo se hará, incluyendo las de carácter personal, por lista que se fije en los estrados del juzgado, salvo que de autos se advirtiera que su domicilio particular se encuentra en esta circunscripción territorial. Finalmente, se hace de su conocimiento que la sentencia que se dicte en el presente asunto, estará a disposición del público para su consulta, conforme al procedimiento de acceso a la información; asimismo, el derecho que le asiste para manifestar, hasta antes de que se dicte el fallo, su voluntad de que su nombre y datos personales no se incluyan en la publicación; en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento.

San Andrés Cholula, Puebla; 09 de febrero de 2015.Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil,

Especializado en Juicios de Cuantía Menor.Rubrica

Lic. Ricardo Manuel Luna Gracia.

EDICTO DE NOTIFICACIÓNAl calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, Juzgado Quincuagésimo Quinto de lo Civil, Expediente 791/13, Secretaria “A”. AL C. ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES.Que el C. Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil, Licenciado José Luis de Gyves Marín, con fundamento en los artículos 122 y 639 del Código de Procedimientos Civiles, ordeno se notificara al demandado C. ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES, los puntos resolutivos de la sentencia definitiva de fecha trece de enero y autos aclaratorios de diecinueve y veintiocho de enero del año en curso, en el juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por BANCO SANTANDER (MÉXICO), S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO en contra de ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES, Expediente número 791/13, que a continuación se transcribe: ===PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA DEFINITIVA=== México Distrito Federal a trece de enero del dos mil quince.--- VISTOS para resolver en DEFINITIVA los autos del JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO seguido por BANCO SANTANDER (MÉXICO), SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO en contra de ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES, bajo el número de expediente 791/2013---RESULTANDO… CONSIDERANDOS… Por lo expuesto y fundado es de resolverse y se: RESUELVE.- PRIMERO.- Ha sido procedente la vía intentada, donde la parte actora BANCO SANTANDER (MÉXICO), SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO, probo su acción, y ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES se constituyó en rebeldía, en consecuencia.- SEGUNDO.- Es de declararse el vencimiento anticipado del contrato de apertura de crédito con interés y garantía hipotecaria de fecha veinticinco de octubre del dos mil diez, en virtud de que la parte demandada incumplió con la obligación de pago que les impulso el contrato base de la acción, a partir de mes de enero del dos mil trece al treinta de abril del dos mil trece, cantidad que se compone de la suma de $709,762.41 (SETECIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 41/100 M.N.) por concepto de capital exigible por vencer al treinta de abril del dos mil trece, mas las cantidad de $5,427.35 (CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE PESOS 35/100 M.N.) por concepto de amortizaciones de capital vencidas y no pagadas del treinta y uno de enero del dos mil trece al treinta de abril del dos mil trece, respecto al contrato de apertura de crédito simple con interés y garantía hipotecaria celebrado entre las partes, tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado por el actor, Contador Público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA con numero de cedula profesional 721090, cantidad que deberá de ser cubierta por la parte demandada en un lapso de CINCO DÍAS contados a partir de que la presente resolución cause estado, apercibido que de no hacerlo así, se sacara a remate el bien hipotecado.- TERCERO.- De igual forma, se condena a la parte demandada al pago de los intereses ordinarios devengados, más los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, los cuales deberán calcularse, según lo pactado por las partes en la cláusula cuarta (de las cláusula financieras contenidas en el capítulo cuarto) del contrato de crédito base de la acción, cuyo pago al primero de enero del dos mil trece al veintidós de mayo del dos mil trece, es por la cantidad de $23,359.83 (VEINTITRÉS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS 83/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado del actor, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con numero de cedula profesional 721090, en el entendido de que los intereses ordinarios que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificaran en liquidación de sentencia, de acuerdo a lo pactado en el contrato base de la acción.- CUARTO.- Aunado a lo anterior, es de condenarse a la parte demandada ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES al pago de los intereses moratorios devengados, más los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, según lo pactado por las partes en la cláusula quinta (de las cláusula financieras contenidas en el capítulo cuarto) del contrato de crédito base de la acción, y cuyo pago del primero de febrero del dos mil trece al veintidós de mayo del dos mil trece, es por la cantidad de $146.94 (CIENTO CUARENTA Y SEIS PESOS 94/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado por el actor, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con numero de cedula profesional 721090, en el entendido de que los intereses ordinarios que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificaran en liquidación de sentencia, de acuerdo a lo pactado en el contrato base de la acción. QUINTO.- Por otro lado, se condena a la parte demandada ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES a pagar a la actora por concepto de primas de seguro no pagadas, mas los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, según lo pactado por las partes en la cláusula décima primera y décima segunda (de las cláusula financieras contenidas en el capítulo cuarto) del contrato de crédito base de la acción, y cuyo pago se reclama del primero de febrero del dos mil trece al treinta de abril del dos mil trece por la cantidad de $1,569.92 (mil quinientos sesenta y nueve pesos 92/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado del actor, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con numero de cedula profesional 721090, en el entendido de que las primas de seguro que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificaran en liquidación de sentencia, de acuerdo a lo pactado en el contrato base de la acción.- SEXTO.- Por otro lado, se condena a la parte demandada ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES a pagar a la actora el importe al valor agregado sobre las comisiones por administración vencidas y no pagadas, mas el que se sigan generando hasta la total terminación del adeudo, según los pactado por las partes, en la cláusula tercera, inciso b) del apartado cláusulas financieras contenidas el contrato de crédito base de la acción, cuyo pago del primero de febrero de dos mil trece al treinta de abril de dos mil trece por la cantidad de $120.00 (ciento veinte pesos 00/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con numero de cedula profesional 721090, en el entendido de que el impuesto al valor agregado que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificarán en liquidación de sentencia, de acuerdo a lo pactado en el contrato base de la acción.- SÉPTIMO.- Por estar dentro de los supuesto que enmarca el artículo 140 fracción III del Código de Procedimientos Civiles, es de condenarse a la parte demandada al pago de gastos y costas en esta instancia.- OCTAVO.- NOTIFIQUESE a la parte demandada los puntos resolutivos de la presente resolución, en el periódico “EXCELSIOR”, mediante publicación por dos veces, de tres en tres días, en términos de lo dispuesto en el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y extiéndase copia autorizada de la presente resolución para integrarla al legajo de sentencias de este Juzgado.- ASÍ, DEFINITIVAMENTE lo resolvió y firma el C. Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil, Licenciado JOSÉ LUÍS DE GYVES MARÍN, ante su Secretario de Acuerdos “A”, Lic. Eliseo Hernández Córdova que autoriza y da fe.--- DOS FIRMAS ILEGIBLES.- RUBRICAS.--- ===AUTO ACLARATORIO=== México, Distrito Federal, a diecinueve de enero del año dos mil quince.--- Agréguese a los autos el escrito de cuenta y como lo solicita el apoderado legal de la parte actora, con fundamento en el artículo 84 del Código de Procedimientos Civiles se complementa sentencia definitiva de fecha trece de enero del año en curso como sigue: Que a la misma se adiciona el resultando uno bis en los siguientes términos: “…RESULTANDO UNO BIS: La resolución que dicte su señoría condenando a mi contraparte a pagar a la actora las comisiones por administración vencidas y no pagadas mas las que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, según lo pactado por las partes en la clausula tercera inciso B) del apartado clausula financiera contenidas en el contrato de crédito base de la acción, y cuyo pago se reclama del primero de febrero del dos mil trece al treinta de abril del dos mil trece por la cantidad de $750,000.000 (setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado de nuestra poderdante, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con numero de cedula profesional 721090, en el entendido de que las comisiones por administración que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificarán en liquidación de sentencia, de acuerdo a lo pactado en el contrato base de la acción…”; Así como el RESOLUTIVO QUINTO BIS, quedando como sigue: “…Es de condenarse a la parte demandada ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES al pago de las comisiones por administración vencidas, más los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, según lo pactado por las partes en la cláusula tercera inciso B) del apartado clausula financiera contenidas en el contrato de crédito base de la acción, y cuyo pago del primero de febrero del dos mil trece al veintidós de mayo del dos mil trece, es por la cantidad de $750,000.000 (setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado por el actor, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con número de cedula profesional 721090, en el entendido de que las comisiones por administración que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificaran en liquidación de sentencia,”, lo anterior con conocimiento de la partes, para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil Licenciado José Luis De Gyves Marin ante el C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado Eliseo Hernández Córdoba quien actúa, autoriza y da fe. Doy fe.--- DOS FIRMAS ILEGIBLES.--- ===AUTO ACLARATORIO=== México, Distrito Federal, a veintiocho de enero del año dos mil quince.--- Dada nueva cuenta en autos con fundamento en lo dispuesto por el articulo 272 G del Código de Procedimientos Civiles se aclara proveído de fecha diecinueve de enero del año en curso en los siguientes términos: Que la cantidad correcta es de $750.00 SETECIENTOS CINCUENTA PESOS, y no como quedo asentado en el citado auto, lo anterior con conocimiento de la partes, para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil Licenciado José Luis De Gyves Marin ante el C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado Eliseo Hernández Córdova quien actúa, autoriza y da fe. Doy fe.--- DOS FIRMAS ILEGIBLES.- RUBRICAS.---

México, D.F., a 13 de febrero del 2015. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”.

RUBRICALIC. ELISEO HERNÁNDEZ CÓRDOVA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓNAl calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, Juzgado Quincuagésimo Quinto de lo Civil, Expediente 791/13, Secretaria “A”. AL C. ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES.Que el C. Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil, Licenciado José Luis de Gyves Marín, con fundamento en los artículos 122 y 639 del Código de Procedimientos Civiles, ordeno se notificara al demandado C. ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES, los puntos resolutivos de la sentencia definitiva de fecha trece de enero y autos aclaratorios de diecinueve y veintiocho de enero del año en curso, en el juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por BANCO SANTANDER (MÉXICO), S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO en contra de ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES, Expediente número 791/13, que a continuación se transcribe: ===PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA DEFINITIVA=== México Distrito Federal a trece de enero del dos mil quince.--- VISTOS para resolver en DEFINITIVA los autos del JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO seguido por BANCO SANTANDER (MÉXICO), SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO en contra de ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES, bajo el número de expediente 791/2013---RESULTANDO… CONSIDERANDOS… Por lo expuesto y fundado es de resolverse y se: RESUELVE.- PRIMERO.- Ha sido procedente la vía intentada, donde la parte actora BANCO SANTANDER (MÉXICO), SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO, probo su acción, y ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES se constituyó en rebeldía, en consecuencia.- SEGUNDO.- Es de declararse el vencimiento anticipado del contrato de apertura de crédito con interés y garantía hipotecaria de fecha veinticinco de octubre del dos mil diez, en virtud de que la parte demandada incumplió con la obligación de pago que les impulso el contrato base de la acción, a partir de mes de enero del dos mil trece al treinta de abril del dos mil trece, cantidad que se compone de la suma de $709,762.41 (SETECIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 41/100 M.N.) por concepto de capital exigible por vencer al treinta de abril del dos mil trece, mas las cantidad de $5,427.35 (CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE PESOS 35/100 M.N.) por concepto de amortizaciones de capital vencidas y no pagadas del treinta y uno de enero del dos mil trece al treinta de abril del dos mil trece, respecto al contrato de apertura de crédito simple con interés y garantía hipotecaria celebrado entre las partes, tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado por el actor, Contador Público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA con numero de cedula profesional 721090, cantidad que deberá de ser cubierta por la parte demandada en un lapso de CINCO DÍAS contados a partir de que la presente resolución cause estado, apercibido que de no hacerlo así, se sacara a remate el bien hipotecado.- TERCERO.- De igual forma, se condena a la parte demandada al pago de los intereses ordinarios devengados, más los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, los cuales deberán calcularse, según lo pactado por las partes en la cláusula cuarta (de las cláusula financieras contenidas en el capítulo cuarto) del contrato de crédito base de la acción, cuyo pago al primero de enero del dos mil trece al veintidós de mayo del dos mil trece, es por la cantidad de $23,359.83 (VEINTITRÉS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS 83/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado del actor, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con numero de cedula profesional 721090, en el entendido de que los intereses ordinarios que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificaran en liquidación de sentencia, de acuerdo a lo pactado en el contrato base de la acción.- CUARTO.- Aunado a lo anterior, es de condenarse a la parte demandada ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES al pago de los intereses moratorios devengados, más los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, según lo pactado por las partes en la cláusula quinta (de las cláusula financieras contenidas en el capítulo cuarto) del contrato de crédito base de la acción, y cuyo pago del primero de febrero del dos mil trece al veintidós de mayo del dos mil trece, es por la cantidad de $146.94 (CIENTO CUARENTA Y SEIS PESOS 94/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado por el actor, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con numero de cedula profesional 721090, en el entendido de que los intereses ordinarios que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificaran en liquidación de sentencia, de acuerdo a lo pactado en el contrato base de la acción. QUINTO.- Por otro lado, se condena a la parte demandada ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES a pagar a la actora por concepto de primas de seguro no pagadas, mas los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, según lo pactado por las partes en la cláusula décima primera y décima segunda (de las cláusula financieras contenidas en el capítulo cuarto) del contrato de crédito base de la acción, y cuyo pago se reclama del primero de febrero del dos mil trece al treinta de abril del dos mil trece por la cantidad de $1,569.92 (mil quinientos sesenta y nueve pesos 92/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado del actor, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con numero de cedula profesional 721090, en el entendido de que las primas de seguro que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificaran en liquidación de sentencia, de acuerdo a lo pactado en el contrato base de la acción.- SEXTO.- Por otro lado, se condena a la parte demandada ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES a pagar a la actora el importe al valor agregado sobre las comisiones por administración vencidas y no pagadas, mas el que se sigan generando hasta la total terminación del adeudo, según los pactado por las partes, en la cláusula tercera, inciso b) del apartado cláusulas financieras contenidas el contrato de crédito base de la acción, cuyo pago del primero de febrero de dos mil trece al treinta de abril de dos mil trece por la cantidad de $120.00 (ciento veinte pesos 00/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con numero de cedula profesional 721090, en el entendido de que el impuesto al valor agregado que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificarán en liquidación de sentencia, de acuerdo a lo pactado en el contrato base de la acción.- SÉPTIMO.- Por estar dentro de los supuesto que enmarca el artículo 140 fracción III del Código de Procedimientos Civiles, es de condenarse a la parte demandada al pago de gastos y costas en esta instancia.- OCTAVO.- NOTIFIQUESE a la parte demandada los puntos resolutivos de la presente resolución, en el periódico “EXCELSIOR”, mediante publicación por dos veces, de tres en tres días, en términos de lo dispuesto en el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y extiéndase copia autorizada de la presente resolución para integrarla al legajo de sentencias de este Juzgado.- ASÍ, DEFINITIVAMENTE lo resolvió y firma el C. Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil, Licenciado JOSÉ LUÍS DE GYVES MARÍN, ante su Secretario de Acuerdos “A”, Lic. Eliseo Hernández Córdova que autoriza y da fe.--- DOS FIRMAS ILEGIBLES.- RUBRICAS.--- ===AUTO ACLARATORIO=== México, Distrito Federal, a diecinueve de enero del año dos mil quince.--- Agréguese a los autos el escrito de cuenta y como lo solicita el apoderado legal de la parte actora, con fundamento en el artículo 84 del Código de Procedimientos Civiles se complementa sentencia definitiva de fecha trece de enero del año en curso como sigue: Que a la misma se adiciona el resultando uno bis en los siguientes términos: “…RESULTANDO UNO BIS: La resolución que dicte su señoría condenando a mi contraparte a pagar a la actora las comisiones por administración vencidas y no pagadas mas las que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, según lo pactado por las partes en la clausula tercera inciso B) del apartado clausula financiera contenidas en el contrato de crédito base de la acción, y cuyo pago se reclama del primero de febrero del dos mil trece al treinta de abril del dos mil trece por la cantidad de $750,000.000 (setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado de nuestra poderdante, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con numero de cedula profesional 721090, en el entendido de que las comisiones por administración que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificarán en liquidación de sentencia, de acuerdo a lo pactado en el contrato base de la acción…”; Así como el RESOLUTIVO QUINTO BIS, quedando como sigue: “…Es de condenarse a la parte demandada ENRIQUE GERARDO LECUONA OLIVARES al pago de las comisiones por administración vencidas, más los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo, según lo pactado por las partes en la cláusula tercera inciso B) del apartado clausula financiera contenidas en el contrato de crédito base de la acción, y cuyo pago del primero de febrero del dos mil trece al veintidós de mayo del dos mil trece, es por la cantidad de $750,000.000 (setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), tal y como se encuentra debidamente calculado en el estado de cuenta certificado expedido por el contador facultado por el actor, contador público FRANCISCO JAVIER PEÑAFORT GARCÍA, con número de cedula profesional 721090, en el entendido de que las comisiones por administración que se devenguen hasta la total solución del adeudo se cuantificaran en liquidación de sentencia,”, lo anterior con conocimiento de la partes, para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil Licenciado José Luis De Gyves Marin ante el C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado Eliseo Hernández Córdoba quien actúa, autoriza y da fe. Doy fe.--- DOS FIRMAS ILEGIBLES.--- ===AUTO ACLARATORIO=== México, Distrito Federal, a veintiocho de enero del año dos mil quince.--- Dada nueva cuenta en autos con fundamento en lo dispuesto por el articulo 272 G del Código de Procedimientos Civiles se aclara proveído de fecha diecinueve de enero del año en curso en los siguientes términos: Que la cantidad correcta es de $750.00 SETECIENTOS CINCUENTA PESOS, y no como quedo asentado en el citado auto, lo anterior con conocimiento de la partes, para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil Licenciado José Luis De Gyves Marin ante el C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado Eliseo Hernández Córdova quien actúa, autoriza y da fe. Doy fe.--- DOS FIRMAS ILEGIBLES.- RUBRICAS.---

México, D.F., a 13 de febrero del 2015. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”.

RUBRICALIC. ELISEO HERNÁNDEZ CÓRDOVA.

ESCUDO NACIONALCON LEYENDA QUE DICE:PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

E D I C T O *CÉSAR BAEZ CASTILLO * DOMICILIO DESCONOCIDO.

En el juicio de amparo número 1061/2014, promovido por GILBERTO VILLEZCAS CARBAJAL, contra actos de la JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOS DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE Y EL PRESIDENTE DE LA MISMA, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD, el cual se hizo consistir en: "DE LA JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOS DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, RECLAMO LA INTERLOCUTORIA DE FECHA 31 DE JULIO DE 2014, DENTRO DEL JUICIO LABORAL PROMOVIDO POR EL SUSCRITO EN CONTRA DE CESAR BAEZ CASTILLO, TRAMITADO BAJO EL EXPEDIENTE NÚMERO 2/02/2088 POR MEDIO DEL CUAL LA RESPONSABLE RESUELVE IMPROCEDENTE EL RECURSO DE REVISIÓN PLANTEADO POR ESTA PARTE ACTOA. DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOS DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, RECLAMO LA OMISIÓN DE PROSEGUIR CON EL EMBARGO SOBRE BIENES DEL DEMANDADO C É S A R B A E Z C A S T I L L O , M E D I A N T E SEÑALAMIENTOS EFECTUADOS EN DILIGENCIA DE EMBARGO DE FECHA 04 DE SEPTIEMBRE DEL 2012, EN ESPECIAL RECLAMO LA NEGATIVA DE GIRAR EL EXHORTO CORRESPONDIENTE A LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE COMPETENTE EN MONTERREY, NUEVO LEÓN A FIN DE QUE ÉSTA UNA VEZ RADICADO EL EXHORTO POR CONDUCTO DEL C. ACTUARIO ADSCRITO A ESE TRIBUNAL Y PREVIO CERCIORAMIENTO QUE HAGA ÉSTE RESPECTO DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE A EMBARGAR A NOMBRE DEL DEMANDADO CESAR BAEZ CASTILLO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD DE AQUELLA LOCALIDAD EN LA CIUDAD DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, DECLARE FORMAL Y LEGALMENTE EMBARGADO EL INMUEBLE CUYOS DATOS DE INSCRIPCIÓN SON 5707, VOLUMEN 228, DEL LIBRO 144, SECCIÓN PRIMERA DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO PRIMER DISTRITO EN MONTERREY, NUEVO LEÓN." Publíquese este acuerdo tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Excélsior, que se edita en la ciudad de México, Distrito Federal, haciéndosele saber que debe presentarse dentro del término de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibiéndosele que pasado este término si no comparece por sí o por medio de apoderado o gestor que pueda representarlo, se le tendrá por legalmente emplazada, y las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le notificará por rotulón que se fijará en la puerta de este Juzgado.

Chihuahua, Chihuahua, a veintiséis de enero de dos mil quince.

EL SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL

ESTADO DE CHIHUAHUA:

LIC. CÉSAR VALENTE AGUILAR RAMÍREZ.

SELLO QUE DICE:JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITOESTADO DE CHIHUAHUA

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial Estado de Jalisco

Consejo de la Judicatura del Estado de JaliscoPrimer Partido Judicial

Juzgado Décimo de lo MercantilEDICTO

Por auto de fecha 29 Veintinueve del mes de Septiembre del año 2014 Dos Mil Catorce, por este medio emplácese a EDELMIRA HERNANDEZ HERNANDEZ como al efecto se hace, parte demandada en los autos del Juicio Mercantil Ejecutivo, Promovido en su contra por ROBERTO VALDIVIA VAZQUEZ, MARTIN VALDIVIA VAZQUEZ Y NOHEMI GONZALEZ MERCADO Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de FINANCIERA RURAL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO en contra de EDELMIRA HERNANDEZ HERNANDEZ Y FELIX CAMPOS RODRIGUEZ, bajo número de expediente 2311/2007 a quien se le reclama:A).- Por la declaración judicial de haber vencido el plazo estipulado en el Contrato de Apertura de Crédito Habilitación o Avío, celebrado en Apatzingán, Michoacán, el día 04 Cuatro de Noviembre del año 2005;B).- Por el pago de $751,589.40 (SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS 40/100 MONEDA NACIONAL), calculada al día 11 Once de Junio del año 2007, por los conceptos: La cantidad de $662,400.00 (SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), por concepto de Capital Vigente, Capital Vencido, Intereses Financieros Vigentes e Intereses Financieros Vencidos, generados más los que se sigan generando hasta el pago total del adeudo, la cantidad de $66,019.20 (SESENTA Y SEIS MIL DIECINUEVE PESOS 20/100 MONEDA NACIONAL), por concepto de Intereses Ordinarios Vigentes e Intereses Ordinarios Vencidos, la cantidad de $23,170.20 (VEINTITRES MIL CIENTO SESENTA PESOS 20/100 MONEDA NACIONAL), por concepto de Intereses Moratorios, generados más los que se sigan generando hasta el total del adeudo;C).- Por el pago de gastos y costas que se originen por la tramitación de este Juicio; Persona ésta a quien por desconocerse su domicilio se emplaza judicialmente por medio de este conducto en el Periódico Excélsior, el Periódico El Informador y Boletín Judicial, así como en los Estrados de este Juzgado, haciéndole saber que a partir de la última publicación le empezará a contar el termino de 30 Treinta días a que hace alusión el artículo 1070 del Código de Comercio, para que comparezca a señalar bienes de su propiedad a fin de garantizar las prestaciones reclamadas en el entendido que de no hacerlo dicho derecho pasara al parte actora, así mismo para que comparezca a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, apercibido que de no hacerlo se le tendrá por confeso de los hechos contenido en la misma, así como señale domicilio procesal dentro de este Primer Partido Judicial, apercibido que de no hacerlo se le notificaran las resoluciones aun las de carácter personal por medio de boletín judicial, hasta en tanto señale domicilio, dejándose a su disposición en la Secretaria del Juzgado los fundatorios de la acción para que se imponga de su contenido copias simples de Ley. Artículo 1070 del Código de Comercio aplicable. ASÍ LO RESOLVIO Y FIRMA EL C. ABOGADO MARIO SERGIO ZUÑIGA LUJAN, JUEZ ESPECIALIZADO EL JUZGADO DÉCIMO DE LO MERCANTIL, ANTE EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS QUE AUTORIZA Y DA FE LICENCIADO RUBEN AYAX POZOS ANGULO.-

ZAPOPAN, JALISCO; 27 VEINTISIETE DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2014.-

C. SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO DÉCIMO DE LO MERCANTIL.

LIC. RUBEN AYAX POZOS ANGULO.

E D I C T O.

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO. Juana Santiago Juárez, tercera interesada dentro de los autos del juicio de amparo 1314/2014, se ordenó emplazarla a juicio en términos de lo dispuesto por el artículo 27 fracción III inciso b), párrafo segundo, de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles supletorio a la Ley de la Materia y se hace de su conocimiento que los quejoso Téofila Hernández Velázquez y Agustín Sosa Hernández, interpusieron demanda de amparo contra actos del Juez de lo Penal del Distrito Judicial de Atlixco, Puebla y otra autoridad, y se le previene para que se presente al juicio de amparo de mérito dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, ya que en caso de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda, y las subsecuentes notificaciones se les harán por medio de lista que se fija en los estrados de este JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO, quedando a su disposición en la Secretaría, las copias simples de traslado. Para su publicación en el periódico EXCÉLSIOR y en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, que deberá de e fec tuarse por t res veces consecutivas de siete en siete días. San Andrés Cholula, Puebla, a veintidós de enero de dos mil quince.

LA SECRETARIA DEL JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN EL

ESTADO DE PUEBLA.

LIC. MARIBEL CAMACHO FUENTES.

“Indicadores sobre derecho a un juicio justo. Nuestro tribunal líder en México y en el mundo.”

Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. México. Juzgado Trigésimo Quinto de lo civil.

EDICTO

En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL promovido por RUIZ MESTAS RAFAEL ANTONIO en contra de FERNANDO MARTÍNEZ ROSALES Y OTRO expediente 1457/2010, la C. Juez Interina Trigésimo Quinto de lo Civil dictó un auto de fecha nueve de Julio y diecinueve de Agosto del año en curso, que en su parte conducente dice:

EMPLACE A: FERNANDO MARTÍNEZ ROSALES.

“(...) vistas las constancias que integran los presentes autos emplácese al demandado FERNANDO MARTÍNEZ ROSALES mediante edictos que deberán publicarse por TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS en el Boletín Judicial y en el periódico EXCELSIOR debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en términos de lo establecido por el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, haciéndole saber a dicha demandada que se le concede un término de TREINTA DÍAS contados a partir del día siguiente de la última publicación para que reciba las copias simples de traslado, mismas que se encuentran en el seguro del Juzgado para que dentro del término de QUINCE DÍAS conteste la demanda instaurada en su contra en términos de lo ordenado por auto de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil doce (...)”

MÉXICO, D.F. A 19 DE AGOSTO DE 2014.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS

(Rúbrica)

LIC. LIZZET URBINA ANGUAS.

AVISO NOTARIALSEGUNDA PUBLICACION

Por instrumento número 45,903, de fecha 09 de febrero de 2015, ante mí, los señores MARIA DE LOS ANGELES VERA ESQUIVEL, EMILIANO MAGAÑA VERA, ADRIAN MAGAÑA VERA y VERONICA IVONNE MAGAÑA VERA, manifestaron su conformidad de llevar la tramitación sucesoria notarial, reconocieron sus derechos hereditarios y aceptaron la herencia en la sucesión intestamentaria a bienes del señor SALVADOR MAGAÑA MELGOZA, así mismo el señor ADRIAN MAGAÑA VERA, aceptó el cargo de albacea en la mencionada sucesión.

El albacea declara que formulará el inventario correspondiente.

LIC. ARTURO TALAVERA AUTRIQUE,TITULAR DE LA NOTARIA 122 DEL. D. F.

TEL: 5481-5250Avenida de las Fuentes No. 509, colonia

Jardines del Pedregal de San Angel, delegación Alvaro Obregón, México,

Distrito Federal.e-mail: [email protected]

Estados Unidos Mexicanos,Poder Judicial de la Federación,

Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Veracruz, con sede en Boca del Río.

Edicto.En el juicio de amparo 704/2014, del índice del Juzgado Cuarto de Distrito, con residencia en Boca del Río, Veracruz, promovido por Felipe Alberto González Betancourt, contra actos del Juez Primero de Primera Instancia, en Veracruz, Veracruz, y otras autoridades; edicto que se ordena por ignorarse el domicilio del tercero interesado Isidro Juárez Leal, con la Finalidad de que comparezca a juicio dentro de los treinta días siguientes a la última publicación; apercibida que de no hacerlo, continuará el juicio de garantías y las subsecuentes notificaciones personales, les serán hechas por lista de acuerdos; dejándole copia de la demanda de amparo a su disposición en la secretaría de este juzgado; significándole que la audiencia constitucional está señalada para las nueve horas con diez minutos del doce de marzo de dos mil quince, y para su publicación por tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, se expide el edicto; lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, incisos b), y c), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, conforme a su numeral segundo, apercibido que de no comparecer y señalar domicilio procesal, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por la lista de acuerdos, en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo.

Boca del Río, Veracruz, 03 de diciembre de 2014.

El SecretarioMacario Reyna Martínez.

Estados Unidos Mexicanos,Poder Judicial de la Federación,

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz, con sede en Boca del Río.

Edicto.Terceros Interesados: Jorge Alberto Herrera Amador y Rigoberto Mina Chávez

"En el juicio de amparo 669/2014-VI, del índice del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río, promovido por Santiago López Trinidad y Ramiro García Hernández, contra actos del Juez Sexto de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en esta ciudad, y otras autoridades, de quienes se reclamó; "…el auto de formal prisión de siete de julio del año en curso, emitido en los autos de la Causa Penal 33/2013/VII, como probable responsable del delito de abuso de autoridad." Significándoles que dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos, deberán comparecer personalmente a este recinto judicial a deducir sus derechos en el presente juicio de amparo, apercibido que de no señalar un domicilio donde o í r y rec ib i r no t i ficac iones , l as subsecuentes se le harán por lista. = Publíquese por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República.= Boca del Río, Veracruz, 27 de Noviembre de 2014.= La Secretaria.= Elba Isabel Rodríguez Catana…"

Boca del Río, Veracruz, 27 de Noviembre de 2014.

La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de

Veracruz.

Lic. Elba Isabel Rodríguez Catana.

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la FederaciónJuzgado Quinto de Distrito en el

Estado de Chiapas

EdictoAna Greysi Díaz PérezDonde se encuentren

En el juicio de amparo 1266/2014 , promovido por Lázaro Luna Pérez, por auto de esta fecha se les mandó emplazar, como en efecto lo hago, por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días naturales, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos cotidianos de mayor circulación en la República Mexicana, para que dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación, se apersonen a este juicio en su carácter de parte tercero interesado en la secretaría de este juzgado, en la que además, quedará a su disposición copia simple de la demanda de garantías.

Y para su publicación por tres veces, de siete en siete días naturales, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos cotidianos de mayor circulación en la República Mexicana, expido el presente en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los un días del mes de diciembre de dos mil catorce.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chiapas.

Lic. Jesús Antonio García Cruz.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos.- Poder Judicial de la Federación.

E D I C T OMargarita Larrazolo GarzaDomicilio ignorado.En el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, se recibió demanda de amparo, la cual se radicó con el número 1693/2014-I, contra actos del Magistrado de la Segunda Sala Unitaria del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, dentro del toca penal 350/2007, derivado del proceso 135/2003, que se siguió ante el Juez Tercero de Primera Instancia de lo Penal del Cuarto Distrito Judicial del Estado, con residencia en Matamoros, Tamaulipas, por el delito de homicidio. En el presente asunto le resulta el carácter de tercero interesada. En consecuencia, y al desconocerse su domicilio actual este tribunal colegiado LE EMPLAZA MEDIANTE EDICTOS, mismos que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, a fin de que acuda a defender sus intereses; además, de estar a su disposición copia del proveído de doce de diciembre de dos mil catorce, por el que se admitió la demanda de garantías promovida por José Florentino Ramírez Lara y José Francisco Ramírez Lara; asimismo, se hace de su conocimiento que tiene el término de quince días contado a partir del siguiente al de la última publicación para que promueva amparo adhesivo o formule alegatos, conforme lo estipulan los artículos 181 y 182 de la Ley de Amparo. Dos firmas ilegibles. Rúbricas.- - - - Ciudad Victoria, Tamaulipas, 8 de enero de 2015.

La Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito.

Lic. María Concepción Maldonado Salazar.

Firma del Secretario del Tribunal y sello del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y del Trabajo del Decimonoveno Circuito en Ciudad Victoria, Tamaulipas.

ESTADOS UNIDOS MEXICANOSPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

JUZGADO SÉPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIAPAS

- E D I C T O -Vanesa Alejandra Rojas Hernández, quien es menor de edad, a través de Baudelina Hernández Mendoza, abuela de la citada menor de edad.En los autos del juicio de amparo número 1114/2014, promovido por Juan Antonio Moreno Suárez, parte quejosa, contra actos del Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Bochil, Chiapas y otras autoridades; al ser señalada como tercero interesada y desconocerse su domicilio actual, a pesar de que este juzgado realizó diversas gest iones para obtenerlo, s in lograr lo; en consecuencia, con fundamento en el artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo vigente, así como en e l n u m e r a l 3 1 5 d e l C ó d i g o F e d e r a l d e Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley en cita, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en esta ciudad, haciendo de su conocimiento que en la Secretaría de este Juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos, con apercibimiento que en caso de no comparecer por sí, o por conducto de sus apoderados que los represente, las subsecuentes notificaciones se les harán por lista aun las de carácter personal.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a veintiuno de noviembre de dos mil catorce.

A T E N T A M E N T E.EL SECRETARIO DEL JUZGADO

SÉPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIAPAS.

LIC. OMAR MALDONADO VILLAFUERTE.

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN JUZGADO SEGUNDO DE JURISDICCIÓN CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.

EDICTO

DOMICILIO IGNORADO

AL C. MARIO CÉSAR SUAREZ MARTÍNEZ.

Monterrey Nuevo León, en fecha 19 diecinueve de diciembre de 2012 dos mil doce, se radicó en este Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado de Nuevo León el expediente judicial 1080/2012 relativo al Juicio Ordinario Mercantil, promovido por Sergio Cazares López, en su carácter de Apoderado General para pleitos y cobranzas de la Institución de Crédito denominada Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, en contra de Mario César Suarez Martínez; ordenando se le corra traslado de ley y requiriéndole a la parte demandada Mario César Suarez Martínez, para que dentro del término de 15-quince días, ocurran ante ésta autoridad a producir su contestación si para ello tuvieren excepciones legales que hacer valer. Posteriormente mediante auto de 19 diecinueve de diciembre de 2012 dos mil doce, se ordenó notificar al enjuiciado Mario César Suarez Martínez, el auto de radicación pronunciado el día 19 diecinueve de diciembre de 2012 dos mil doce, y se emplace por medio de edictos que se publicará por 3 tres veces consecutivas en los periódicos “El Norte” “El Porvenir” o “Milenio”, a elección de la parte accionante, los cuales se editan en esta Ciudad, así como en el periódico “Excelsior,” de circulación amplia y de cobertura nacional; por lo que prevéngase al reo Mario César Suarez Martínez, para que dentro del término de 15 quince días ocurran ante el Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado, para contestar la demanda instaurada en su contra, si para ello tuvieren excepciones legales que hacer valer; haciéndole saber a dicha parte demandada que las copias de traslado de la demanda instaurada en su contra, se encuentran a su disposición en el Local de del H. Juzgado. Por otra parte se les previene a los citados demandados para que señalen domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en el lugar del juicio, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, se procederá conforme lo marca la ley en el numeral 1069 del Código de Comercio en cita, lo anterior con fundamento en lo establecido por el artículo 1070 del Código de Comercio en vigor. En la inteligencia de que la notificación hecha de esta manera surtirá sus efectos al día siguiente de la última publicación. En la inteligencia de que en la Secretaría del juzgado se proporcionaran mayores informes a los interesados, quedando a su disposición las copias de traslado por si desea imponerse de la misma.- DOY FE -

Monterrey Nuevo León, a 05 de Diciembre del 2014

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE JURISDICCION CONCURRENTE DEL

PRIMER DISTRITO JUDICIALEN EL ESTADO DE NUEVO LEON

LIC. JORGE ARMANDO GONZALEZ RIVERA

LIC. LUIS ALEJANDRO GALARZA MENDOZA

JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN

EL ESTADO DE NAYARIT.

EDICTO

Hago de su conocimiento que en el proceso penal 40/2010-I, del índice del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en El Rincón, municipio de Tepic, Nayarit, en esta fecha se dictó un acuerdo en el que se ordenó notificar al ex elemento José Inés Sojo Jaime, que deberá comparecer ante el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en El Rincón, municipio de Tepic, ubicado carretera libre Tepic-Mazatlán, kilómetro 10.6, Ejido "El Rincón", anexo al Centro Federal de Readaptación Social Número 4 "Noroeste" en Tepic, Nayarit, a LAS DOCE HORAS CON UN MINUTO DEL VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE, para el desahogo de una diligencia de carácter judicial, ordenada en la causa penal 40/2010-I, instruida contra VICENTE TORRES BETANCOURT Y OTROS, por los delitos de DELINCUENCIA ORGANIZADA Y OTRO. El Rincón, municipio de Tepic, Nayarit , veintiocho de enero de dos mil quince.

JORGE ISAAC LAGUNES LEANO

JUEZ SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES

EN EL ESTADO DE NAYARIT.

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de

Nayarit, con sede en El Rincón, municipio de Tepic

E D I C T O:

Se cita a Felipe Caloca Díaz, para que comparezca debidamente identificado ante este Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, sito en el edificio anexo al Centro Federal de Readaptación Social número Cuatro "Noroeste", con residencia en el ejido El Rincón, municipio de Tepic, Nayarit, carretera libre Tepic, Mazatlán, Kilómetro 10.69, del entronque carretero, a las nueve horas del veintiséis de febrero de dos mil quince, para el desahogo del careo procesal a su cargo; ordenado en la causa penal 18/2011-IV del índice de este órgano jurisdiccional, instruida contra Juan Diego Montaño Páez y otros, por su probable responsabilidad en la comisión del delito de contra la salud y otros.

El Rincón, municipio de Tepic, Nayarit,15 de enero de 2015

2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”

Atentamente

Fernando Ávila JiménezSecretario del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales

Federales en el Estado de Nayarit

EDICTOAl calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil Especializado en Juicios de Cuantía Menor, San Andrés Cholula, Puebla, Expediente 126/2014-II, Juicio Oral MercantilEn proveído de nueve de febrero de dos mil quince, dictado por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,068, fracción IV, y 1,070, primer párrafo, ambos del Código de Comercio, aplicables al presente juicio por así permitirlo su artículo 1,390 Bis 8, se ordenó que el emplazamiento a juicio del demandado Alfonso Rafael Aguilera Lorenzini, se realice por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional, y en un periódico local del Estado de Puebla, haciendo de su conocimiento que por proveído de ocho de mayo de dos mil catorce, se admitió a trámite en la vía oral mercantil, y en ejercicio de la acción personal, la demanda promovida en su contra por Pablo Vázquez Dorantes, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de Santander Vivienda, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas de "The Bank Of New York Mellon, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple", en su carácter de fiduciario dentro del fideicomiso identificado como F/00400, quedando radicada bajo el expediente 126/2014-II, en el que se reclama la declaración judicial por sentencia de que se ha vencido anticipadamente el plazo, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria base de la acción; el pago de la cantidad de doscientos seis mil sesenta y seis pesos con ochenta y nueve centavos, por concepto del suerte principal o saldo insoluto del crédito; el pago de los intereses ordinarios adeudados, a partir del mes de noviembre del año dos mil trece al mes de enero del año dos mil catorce; el pago de los intereses moratorios adeudados, del mes de febrero del año dos mil catorce, más los que se sigan acumulando hasta la total solución del adeudo, y el pago de los gastos y costas que se originen en el presente juicio, ordenándose correr traslado a dicho demandado por medio de la copia simple de la demanda y documentos adjuntos a la misma, debidamente cotejadas y selladas por la secretaría del juzgado, las cuales se encuentran a su disposición en este órgano jurisdiccional, a fin de que dentro del plazo de nueve días hábiles, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación que por este medio se le práctica, entregue su contestación a la demanda y haga valer las excepciones y defensas que estime pertinentes, bajo el apercibimiento que de no hacerlo así, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1,078 del Código de Comercio se le tendrá por perdido el derecho correspondiente. Asimismo, en dicho proveído se le requiere para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en la zona metropolitana o en el área conurbada al municipio de San Andrés Cholula, Puebla, bajo el apercibimiento que de no hacerlo se hará, incluyendo las de carácter personal, por lista que se fije en los estrados del juzgado, salvo que de autos se advirtiera que su domicilio particular se encuentra en esta circunscripción territorial. Finalmente, se hace de su conocimiento que la sentencia que se dicte en el presente asunto, estará a disposición del público para su consulta, conforme al procedimiento de acceso a la información; asimismo, el derecho que le asiste para manifestar, hasta antes de que se dicte el fallo, su voluntad de que su nombre y datos personales no se incluyan en la publicación; en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento.

San Andrés Cholula, Puebla; 09 de febrero de 2015.Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil,

Especializado en Juicios de Cuantía Menor.Rubrica

Lic. Ricardo Manuel Luna Gracia.

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