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SEGUROS DE
TRANSPORTES
Mayo 2016
A QUÉ LLAMAMOS SEGUROS DE
TRANSPORTES?
Marítimo
Aéreo
Terrestre
En el Mercado Asegurador Argentino, llamamos
Seguros de Transporte a aquellos que amparan:
Las MERCADERIAS transportadas por distintos medios.
Y que comprenden los siguientes modos de
viajes: 2
3
Efectos y Viajes Asegurados
El Asegurador cubre por cuenta y orden de quien corresponda, el Interés
Asegurable: es decir, la Relación Económica entre una persona/empresa y
una cosa (lo que refleja el Interés de esa persona/empresa en la
CONSERVACION de esa cosa) sobre los efectos mencionados en la
póliza, contra los riesgos y durante el viaje y el medio de transporte que en
ella se establecen.
Por tal motivo en una póliza siempre vamos a encontrar:
Descripción del Riesgo / Bienes Asegurados
Medio de Transporte
TIPOS DE SEGUROS
Importación Y Exportación: Incluídos los llamados viajes de conexión, desde el lugar
de origen hasta el puerto.
Terrestre local: Cubre todos los viajes dentro del territorio de la Rep. Argentina.
Dos formas de asegurar:
Póliza FLOTANTE: Es una póliza por período de tiempo (generalmente anual). El
asegurado debe dar comunicación de cada viaje mediante una declaración y la prima
se regula periódicamente mediante suplementos en función del número de viajes
efectuados y el valor asegurado en cada uno de ellos.
Póliza ESPECIFICA O POR VIAJE: Se usan para cubrir un sólo viaje u operación o
incluso varios determinados.
También pueden amparar la duración de una determinada operación, o
mercadería que no está incluída en la póliza flotante.
4
TRANSPORTE MULTIMODAL (IMPO / EXPO)
Según la Convención de las Naciones Unidas sobre Transporte Internacional
Multimodal de Mercancías, el Transporte Multimodal se define así: "El transporte de mercancía utilizando, al menos dos modos de transporte
diferentes, cubierto por un contrato de transporte multimodal, desde un sitio en un país donde el operador de transporte multimodal se encarga de ellas, hasta un sitio
designado para entrega, situado en un país diferente".
El Operador de Transporte Multimodal (OTM) es la persona que celebra un Contrato de Transporte Multimodal y asume la responsabilidad de su cumplimiento en calidad
de porteador.
A demás, el OTM asume frente al usuario una responsabilidad total por el
movimiento de la mercancía desde el origen hasta el destino. Es decir, que independientemente del trayecto (marítimo, ferroviario, carretero, fluvial o aéreo)
donde haya ocurrido el daño o la pérdida de la mercancía, el OTM es quien debe responder frente al usuario, por dichas eventualidades, salvo las circunstancias
exonerativas establecidas en la normatividad.
5
FABEN S.A.
. Póliza de Transporte
Nº 23847
Chubb Seguros S.A.
6
Importación y Exportación
Sección A) TRANSPORTE INTERNACIONAL DE IMPORTACION Y EXPORTACION
7
Bienes
Asegurados
Polipropileno, poliéster, aluminio, papel para manteca, envases flexibles.
Para otras mercaderías y/o efectos propios e inherentes a la actividad a la que dedica el Asegurado o queincidentalmente lo fueran que no sean los anteriormente mencionados, o mercaderías y/o efectos en otrosembalajes que los mencionados en el Suplemento Adicional, y/ o en otros medios de transporte quedarán
también cubiertos por esta póliza, pero a primas y condiciones de cobertura a convenir en cada caso, conanterioridad al inicio de los riesgos a cargo de esta póliza, y el Asegurador otorgará, como mínimo, lascoberturas que se indican en el inciso B) del Artículo 15 de las Condiciones de Cobertura de la pólizaCHUBB de Transporte Internacional, para cada medio de transporte.
Cobertura Para envíos por Vía Marítima, Aérea y Encomienda Postal: ”Contra Todo Riesgo”, incluyendo los riesgos deGuerra y Huelga.
Para envíos por vía terrestre en los que la mayor extensión del tránsito se realice por vehículos automotoresy/o remolcados y/o por ferrocarril: “Contra Todo Riesgo” incluyendo los riesgos de huelga o lock out o demotín o tumulto popular.
Se extiende a cubrir la estadía de los Bienes Asegurados en Jurisdicción Fiscal en el puerto y/o aeropuertodel país de destino por un plazo máximo de hasta 60 días.
Aclaración Importante: Si la permanencia de las mercaderías obedece a una decisión del Asegurado o a causas o circunstancias imputables o de resorte de él, la cobertura se considerará automáticamente suspendida desde el preciso momento en que las mercaderías dejen o sean retiradas del medio transportador a menos que el Asegurado solicite por escrito y con la debida anticipación una prórroga al Asegurador y éste la acepte fijando entonces las condiciones y la prima correspondiente.Todas las prórrogas de cobertura antes mencionadas excluirán Guerra e Inundación.
Ámbito de la cobertura Desde cualquier parte del mundo hasta la República Argentina y /0 viceversa.
Importaciones procedentes de India, Turquía y Finlandia: Con un preaviso de 48 hs. como mínimo a laAseguradora y bajo presentación de la correspondiente factura de compra.Se ampliará a cubrir hasta 10 viajes de un máximo a riesgo de USD 130.000.- por vehículo transportadorbajo la condición CIF puerto y/o aeropuerto de Buenos Aires hasta el destino final bajo cobertura:Básica, más adicional de robo de un bulto y/o bultos enteros, huelga y vandalismo y eximición deresponsabilidad al transportista terrestre.No se requerirán medidas de seguridad para los viajes descriptos en el párrafo anterior.
Sección A) TRANSPORTE INTERNACIONAL DE IMPORTACION Y
EXPORTACION
8
Deducibles Envíos vía marítima y/o aérea:
1% del valor del embarque, mínimo USD 250.- por todo y cada evento.
Envíos por vía terrestre:
Contrariamente a lo establecido en la Cláusula TO 4 de las Condiciones de Cobertura para
Transporte Terrestre Internacional, el deducible de aplicación para los riesgos de ROBO,
HURTO, FALTA DE ENTREGA Y DESAPARICION, es de 5% del monto indemnizable, con un
mínimo de USD 250.
Otros riesgos cubiertos el deducibles es del 1% del valor del embarque, mínimo USD 250.- por
evento.
Declaraciones En un todo de acuerdo con el Capítulo I - Artículo 1: OBLIGACION DE DECLARAR TODOS LOS
EMBARQUES – SANCION, de las Condiciones Particulares de póliza.
Composición de la
Suma AseguradaPara Importaciones : Costo y flete, más derechos y gravámenes de importación y demás
gastos de despacho, más un 10 % sobre el total en concepto de Ganancia Esperada.
Para Exportaciones : Según Condición de Venta.
CUSTODIA : Tanto para importaciones como para exportaciones:
HASTA u$s50.000 NO REQUERE MEDIDAS DE SEGURIDAD.
Para los envíos superiores a u$s.50.000.-de mercadería transportada por cada medio
transportador , Custodia Satelital durante la TOTALIDAD DEL RECORRRIDO TERRESTRE DENTRO
DE LA REPUBLICA ARGENTINA, de acuerdo a lo establecido en las Cl.T 011.-
Para envíos superiores a u$s.100.000.-de mercadería transportada por cada medio
transportador , Custodia Satelital durante la TOTALIDAD DEL RECORRRIDO TERRESTRE DENTRO
DE LA REPUBLICA ARGENTINA,
MAS un móvil de Custodia Armada por Seguimiento, en un radio de 250 km contados desde
Capital Federal (Cl.T05)
Países excluídos de la Cobertura:
BURMA (MYANMAR), CUBA, IRAN, IRAK, LIBERIA, LIBIA, COREA DEL NORTE, SUDAN, SIRIA,
ZIMBABWE, y países que eventualmente podrán ser excluidos por determinación de
leyes de Argentina o de los EE.UU.
Límites máximos de responsabilidad:
Vía Marítima ……………………………..……u$s. 130.000.-
Vía Aérea………………………………..……….u$s. 25.000.-
Vía Terrestre (Camión y/o FFCC)…….u$s. 130.000.-
FABEN S.A.
• Póliza Integral
Nro. 23847
Chubb Argentina de Seguros S.A.
9
Transporte Local
10Bienes
Asegurados
Polipropileno, poliéster, aluminio, papel para manteca, envases flexibles.
Otras mercaderías y/o efectos propios e inherentes a la actividad a la que se dedica el
Asegurado o que incidentalmente lo fueran o por los cuales tenga obligación de asegurar,
quedarán cubiertos por este seguro a primas y condiciones de cobertura a convenir en
cada caso con anterioridad al inicio de los riesgos a cargo de esta póliza, siendo la
cobertura mínima que otorgará el Asegurador la establecida en el Artículo 4 “Riesgos
Cubiertos” de las Condiciones Generales de la presente Póliza.
Cobertura Choque, vuelco, desbarrancamiento, y/o descarrilamiento del vehículo transportador,
derrumbe, caída de árboles o postes, incendio, explosión, rayo, huracán, ciclón, tornado
inundación, aluvión o alud.
Coberturas
Adicionales
Cobertura Contra Todo Riesgo.
Robo.
Hurto y Falta de Entrega de Bultos Enteros.
Desaparición.
Hechos de Huelga o Lock Out o de Motín o Tumulto Popular.
Exención de Responsabilidad al Transportista.
Pólizas Anuales con Declaraciones Mensuales de los Transportes Individuales o Globales.
Vandalismo y/o Hechos Maliciosos.
Custodia Armada.
Coberturas Adicionales (Rotura, Mojadura, Derrame, Carga y Descarga, Contaminación,
Contacto con otras cargas.)
En el caso de mercaderías y/o efectos usados la cobertura queda limitada a:
. Básica con adicional de Robo
. Daños ocasionados durante las operaciones de carga y descarga
. Huelga y Vandalismo.
Sección B) TRANSPORTE LOCAL
11Valor asegurado Responsabilidad Máxima U$s. 70.000.- por un mismo siniestro(acontecimiento o serie de acontecimientos derivados de un mismohecho) que afecte a uno o mas medios de transporte asegurados y/oque ocurra en un mismo lugar y/o a un mismo tiempo.
Ámbito de Cobertura DENTRO DE LA RESPUBLICA ARGENTINA, pero….Este seguro cubre solamente los viajes que habitual y normalmente seinician y terminan dentro del territorio de la República Argentina; esdecir que no hayan sido ni vayan a ser objeto de viajes previos oposteriores a viajes de importación y/o exportación. Por lo tanto estapóliza no cubre:a) ningún viaje que sea o haya sido, complementario y/o deconexión, o continuación, mediata o inmediata, de un previo viaje deimportación realizado por cualquier fuere el medio de transporteutilizado para tal importación.b) ningún viaje complementario y/o de conexión, o previo al iniciomediato o inmediato, de un viaje de exportación, incluidos loscorrespondientes a operaciones F.O.B. cualquiera fuera el punto deembarque o medio de transporte a ser utilizado para tal exportación,salvo pacto en contrario expresado por escrito con anterioridad alinicio de cualquier riesgo a cargo de este seguro.
12
Deducibles Contrariamente a lo establecido en el Artículo 6 – Clasificación de Mercaderías, de las Condiciones Generales de Póliza, el deducible de aplicación para los riesgos de ROBO, HURTO, FALTA DE ENTREGA Y DESAPARICION, es de 5% del monto indemnizable, con un mínimo de USD 250.-
Otros riesgos cubiertos el deducibles es del 1% del valor del embarque, mínimo USD 250.- por evento.
CUSTODIA : HASTA u$s50.000 NO REQUERE MEDIDAS DE SEGURIDAD.Para los envíos superiores a u$s.50.000.-de mercadería transportada por cadamedio transportador, Custodia Satelital durante la TOTALIDAD DELRECORRRIDO TERRESTRE DENTRO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, de acuerdo alo establecido en las Cl.T 014-Para envíos superiores a u$s.100.000.-de mercadería transportada por cadamedio transportador, Custodia Satelital (Cl.14) durante la TOTALIDAD DELRECORRRIDO TERRESTRE DENTRO DE LA REPUBLICA ARGENTINA,MAS un móvil de Custodia Armada por Seguimiento, en un radio de 250 kmcontados desde Capital Federal (Cl.T13)
Condición Particular:
La cobertura que otorga esta póliza queda sujeta a la condición suspensiva de que frente a laocurrencia de un siniestro, el chofer afectado al hecho efectúe la denuncia pertinente ante lasautoridades policiales competentes según el lugar de ocurrencia dentro de los 30 días deocurrido el siniestro. A estos efectos no se considerará cumplida la condición anteriormentemencionada cuando la denuncia del siniestro fuere efectuada ante cualquier otra autoridad.
Seguros de
Importación
y Exportación
Principales Características
13
14
SUJETOS INVOLUCRADOS al momento de efectuarse
una transacción comercial entre dos empresas de distintos
países:
Importador
Exportador
Entidad Bancaria
Compañía de Seguros
Agente Transportador y/o Agente de carga / Despachante de
Aduana / Forwarder
Documentos Relacionados
En el País de Origen
País Destino
Comprobante de Pago de Recargos
Factura del despachante de Aduana
Facturas de Gastos (Manipuleo, etc.)
Despacho de Importación
15
Transp. Marítimo Transp. Aéreo Transp. Terrestre
B/L o de Cto. Guía Aérea CRT
Factura Comercial o Commercial Invoice
Lista de Empaque o Packing List
16
En toda travesía marítima existen 3 contratos distintos,
pero que se vinculan estrechamente entre si:
1. Contrato de Compraventa (Factura Comercial)
2. Contrato de Transporte (Conocimiento de Embarque)
3. Contrato de Seguro (Póliza de Seguro)
17
CFR
Incoterms: condiciones de compra-venta.
1. Contrato de
Compraventa
(Factura
Comercial)
Los incoterms determinan:
•El alcance del precio
•En qué momento y dónde se produce la transferencia de
riesgos sobre las mercaderías del vendedor hacia el
comprador
•El lugar de entrega de la mercadería
•Quién contrata y paga el transporte
•Quién contrata y paga el seguro
•Qué documentos tramita cada parte y sus costos , como
las obligaciones de cada una de las partes
Incoterms
Descripción de Incoterms
Tipo Significado Descripción
EXW
Ex Works
en fábrica
(lugar convenido)
El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones: fábrica, almacén,
etc. Todos los gastos a partir de ese momento son por cuenta del comprador.
FCA
Free Carrier
Libre transportista
(lugar convenido)
El vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen,
que pueden ser los locales de un transitario, una estación ferroviaria... (este lugar convenido para
entregar la mercancía suele estar relacionado con los espacios del transportista). Se hace cargo de
los costes hasta que la mercancía está situada en ese punto convenido; entre otros, la aduana en el
país de origen.
FAS
Free alongside
shipp
Libre al costado del
buque
(puerto de carga
convenido)
El vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al
lado del barco. Es propio de mercancías de carga a granel o de carga voluminosa porque se
depositan en terminales del puerto especializadas, que están situadas en el muelle.
El vendedor es responsable de las gestiones y costes de la aduana de exportación
FOB
Free on board
Libre a bordo
(puerto de carga
convenido)
El vendedor entrega la mercancía sobre el buque. El comprador se hace cargo de designar y
reservar el transporte principal (buque). El incoterm FOB es uno de los más usados en el comercio
internacional. Se debe utilizar para carga general (bidones, bobinas, contenedores, etc.) de
mercancías, no utilizable para granel.
CFR
Cost and
Freight
Coste y flete
(puerto de destino
convenido)
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la
mercancía llegue al puerto de destino. Pero el riesgo se transfiere al comprador en el momento
que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen. Se utilizar para carga
general, que no se transporta en contenedores; tampoco es apropiado para los graneles .El
vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la
mercancía llegue al puerto de destino.
CIF
Cost Insurance
and Freight
Coste, seguro y flete
(puerto de destino
convenido)
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta
que la mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el
beneficiario del seguro es el comprador. El riesgo se transfiere al comprador en el momento que la
mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen. El incoterm CIF es uno de los
más usados en el comercio internacional porque las condiciones de un precio CIF son las que
marcan el valor en aduana de un producto que se importa.20
Descripción de Incoterms
CPT
Carriage paid to
Transporte pagado hasta
(lugar de destino
convenido)
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte
principal, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de
destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento
de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen.
CIP
Carriage Insurance
paid
Transporte y seguro
pagados hasta
(lugar de destino
convenido)
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte
principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en
el país de destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento de
la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen.
Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro
es el comprador
DAT
Delivered At Terminal
Entregado en terminal
(puerto de destino
convenido)
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte
principal y el seguro (que no es obligatorio), hasta que la mercancía es
descargada en la terminal El concepto terminal es bastante amplio e
incluye terminales terrestres y marítimas, puertos, aeropuertos, zonas
francas, etc.): por ello es importante que se especifique claramente el
lugar de entrega de la mercancía y que este lugar coincida con el que se
especifique en el contrato de transporte convenido. También asume los
riesgos hasta ese momento
DAP
Delivered At Place
Entregado en un punto
(lugar de destino
convenido)
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte
principal y el seguro (que no es obligatorio) pero no de los costes
asociados a la importación, hasta que la mercancía se ponga a
disposición del comprador en un vehículo listo para ser descargado.
También asume los riesgos hasta ese momento.
DDP
Delivered Duty Paid
Entregada derechos
pagados
(lugar de destino
convenido)
El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en el punto
convenido en el país de destino. El comprador no realiza ningún tipo de
trámite. Los gastos de aduana de importación son asumidos por el
vendedor.
21
22
LCL / LCL
Forma de operatoria de los contenedores.
2. Contrato de
Transporte
(Conocimiento
de Embarque)
23
Contenedores: Llenado, descarga
y responsabilidad
Que es un contenedor ?
Es un recipiente metálico destinado al transporte de cosas, considerado como una pequeña
bodega dentro del buque. Es el transporte más utilizado actualmente para las mercaderías.
Existen distintos servicios:
SERVICIO INTERMODAL: Es el servicio de transporte que se efectúa entre dos puntos usando
dos o más medios de transporte diferentes, de acuerdo con los requerimientos efectuados por el
contratante de la carga.
SERVICIO PUERTA (DOOR): El porteador dentro del valor del flete contratado, es responsable de transportar la carga
desde la bodega definida por el embarcador hasta el puerto de embarque, y/o desde el puerto de descarga hasta la
bodega definida por el consignatario.
Adicionalmente el transportista es responsable de coordinar el movimiento del contenedor vacío en el puerto de
origen, como asimismo el movimiento del contenedor vacío en destino.
Todos los costos relacionados son por cuenta del transportista.
24
Contenedores: Llenado, descarga
y responsabilidad
SERVICIO PUERTO (PORT): La línea naviera es responsable de transportar la carga
desde el puerto de embarque hasta el puerto de descarga.
El usuario es responsable a su costo, de transportar la carga desde la bodega del
usuario en origen, hasta el puerto de embarque, y/o desde el puerto de descarga hasta
la bodega del usuario en destino. Adicionalmente, el usuario es también responsable a
su costo del movimiento del contenedor vacío desde el depósito a la bodega en origen,
y/o del movimiento desde la bodega al depósito en destino.
SERVICIO PUERTA A PUERTA (HOUSE TO HOUSE): Condición del contrato del
transporte marítimo internacional según la cual el exportador se hace cargo de la gestión
y cargos por el transporte desde el punto de origen al punto de destino, incluyendo los
distintos pasos intermediarios.
SERVICIO PUERTA A PUERTO (HOUSE TO PIER): Condición del contrato de transporte
marítimo internacional según la cual el exportador se hace cargo de la gestión y cargos
por el transporte desde el punto de partida hasta que la mercancía se halla a bordo del
buque en el puerto de origen.25
Operaciones con Contenedores
Dentro del transporte de contenedores, existen varios tipo de
operaciones, siendo las más conocidas :
26
Sigla Traducción Significado Cuándo se precinta?
FCL/FCL
Full
Container
Load
Casa a Casa El contenedor transporta mercancía de un
solo exportador a un solo destino. Se cargan
y cierra en origen y se abre en destino.
Admite medidas
previstas de seguridad
como la precintación.
FCL/LCL
Less
Container
Load
Casa a Muelle El contenedor transporta mercancía de
varios exportadores a diferentes puertos.
Este se abre y cierra varias veces en origen,
y antes de llegar a destino final se abre o
cierra varias veces
Es complicado que vaya
precintado.
LCL/FCL Muelle a Casa Un solo exportador y varios destinos. Al finalizar la recogida en
origen.
LCL/LCL Muelle a Muelle Varios exportadores y un destino. Al finalizar la recogida en
origen.
27
3. Contrato de
Seguro
(Póliza de Seguro)
Principio y fin de la cobertura Cláusula de Tránsito
28
MUY IMPORTANTE
Este seguro comienza:
Desde el momento en que los efectos salen del depósito o lugar de
almacenamiento mencionado en la póliza para comienzo del tránsito,
continúa durante el curso ordinario del mismo y termina, ya sea al ser entregados:
a) En el depósito de los Consignatarios o en otro depósito final, o lugar de
almacenamiento en el destino mencionado en la póliza.
b) En cualquier otro depósito o lugar de almacenamiento, con anterioridad a la
llegada o en el destino mencionado en la póliza, a elección del Asegurado, ya sea:
I) Para almacenamiento que no sea en el curso ordinario del tránsito, o
II) Para asignación o distribución, o bien
c) Al término de 60 días después de completada la descarga de los efectos asegurados
por la presente de a bordo del buque de ultramar en el puerto final de descarga.
Según lo que ocurra primero.
Seguros de
Transporte Local
Principales Características
29
Principio y fin de la cobertura –Cláusula de Tránsito
Cuando el transporte lo
realice el propio
Asegurado.
La cobertura comienza en el momento en que el vehículo
transportador (una vez cargados los bienes objeto del
seguro) se pone en movimiento para la iniciación del viaje
en el lugar indicado en la póliza; se mantiene durante el
curso ordinario del transporte, incluidas las detenciones,
estadías y trasbordos normales; y termina con la llegada del
vehículo al destino final indicado en la póliza.
Cuando el transporte lo
realice un transportista
contratado por el
asegurado.
La cobertura comienza en el momento en que el
transportista recibe los bienes objeto del seguro; se
mantiene durante el curso ordinario del transporte, incluidas
las detenciones, estadías y trasbordos normales; y termina
cuando las entrega en el destino final indicado en la póliza,
sin exceder los 15 días desde la llegada al depósito del
transportista.
30
MUY IMPORTANTE
Documentos Relacionados
Facturas
Remitos o Carta de Porte
Hoja de Ruta
Denuncia Policial (Muy Importante en todos los casos)
Carta de reclamo valorizado
Declaración del chofer
Informe de la Empresa de Custodia Satelital
Informe de la Empresa de Custodia Armada
Declaración de los Custodios
31
Riesgos frecuentes por tipo de
mercadería
32
Peligrosidad por Rotura y/o Derrame Robo / Ratería
Productos Químicos (en bolsas / tambores) Equipos Electrónicos (TV, audio, video)
Productos Alimenticios (cartones, bolsas, etc.) Equipos de fotografía y cine.
Bebidas Alcoholicas Equipos de computación y software
Porcelanas Herramientas
Cristalería Artículos de perfumería
Productos farmacéuticos de elevado valor Celulares
Artículos de Perfumería
SINIESTROS
¿Qué hacer?
33
PROVIDENCIAS QUE DEBEN TOMARSE EN CASO DE SINIESTRO
La intención y el principal objetivo de esta Charla esbrindarles la información esencial requerida para permitir atodas las partes interesadas actuar con celeridad y enforma efectiva, en el supuesto de un accidente o anomalíaque involucre a mercaderías en viaje, pertenecientes avuestra firma.
34
SINIESTRO : DEFINICIÓN
A qué llamamos Siniestro?
Accidental
Súbito
Imprevisto
Repentino
Para que esto ocurra debe hallarse:
Ocurrido dentro de la vigencia de la
póliza.
Comprendido en la cobertura.
Afectar el interés del Asegurado.
Ser ajeno a la voluntad deliberada del
Asegurado.
35
FECHA DE SINIESTRO: 01/12/2006ASEGURADO: FABEN S.A.PÓLIZA AFECTADA: 21273 - CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A. DESCRIPCIÓN: ACCIDENTE EN LA RUTA 19, ALTURA LA FRANCIA, PCIA. CÓRDOBA, CAMIÓN DE TRANSPORTE TRANS CAR .MERCADERÍA DAÑADA: TAPAS PARA YOGURT Y BOLSAS PARA FIDEOS.
36
Veamos algunos Ejemplos que cumplen con todas las características mencionadas anteriormente:
FECHA DE SINIESTRO: 25/08/2014PÓLIZA AFECTADA: 23453 - CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A. / / 4102006 - ZURICH ARG.CIA.DE SEGUROS S.A.
Descripción: El camión transportaba aceite crudo de girasol de Necocchea, Pto. Quequen de la planta de Oleaginosa Moreno con
destino a la planta de Avellaneda. El vuelco producto
de una colisión con una camioneta, sucede sobre la
ruta 226 a la altura del km 386 cerca de la localidad de
Bolivar, cerca de las 16:00hs de ayer, no hay datos de
derrame. No hubo lesiones de gravedad para ninguno de los
conductores.
37
CÓMO IDENTIFICAR UN EVENTUAL SINIESTRO ?
Diferencia de peso
Diferencia de precinto
Contenedor con daños en su estructura exterior
Actas de mala condición de la carga
Alteraciones del embalaje
En carga perecedera:
. Manchado del empaque
. Presencia de líquidos
. Olores inusuales
38
Existen indicadores de la posible existencia de un siniestro, irregularidades
que pueden ser detectadas durante el transporte o al momento de recibir la
mercadería, como por ejemplo:
QUÉ TIENEN EN CUENTA LAS COMPAÑÍAS ANTE UNA DENUNCIA DE SINIESTRO?
El Tomador o Derechohabiente debe
informar la ocurrencia del siniestro dentro de los 3 días
de conocerlo
La omisión de la denuncia dentro del plazo legal,
produce la caducidad del derecho del Asegurado a ser
indemnizado, salvo fuerza mayor.
El asegurado pierde el derecho a ser indemnizado si
deja de cumplir maliciosamente con la
obligación de suministrar la información necesaria para
verificar el siniestro
También si exagera fraudulentamente los
daños, o emplea pruebas falsas para acreditar los
mismos
La prueba instrumental que puede requerir el Asegurador,
debe ser razonable siempre que el Asegurado esté en condiciones
de suministrarla.(Condiciones Suspensivas)
39
CONSIDERACIONES GENERALES
Las Condiciones de la Póliza de Transportes, obligan al Asegurado a tomar las medidas necesarias según
Ley, para que se pueda responsabilizar a los transportistas y/o Custodios de las mercaderías, por las
pérdidas o daños que se produzcan mientras las mismas se encontraban en su poder. Este aspecto del
Seguro es de suma importancia para la Aseguradora, tanto que su incumplimiento puede perjudicar el
derecho del Asegurado a una indemnización completa.
Cabe destacar que es necesario tomar conciencia que en cada tramo o sector del transporte, hay un
responsable por la carga. Dicha responsabilidad se va transfiriendo de persona a persona a medida que
la carga va pasando de mano en mano. Es por esto, que resulta imprescindible establecer la
responsabilidad de cada uno de los intervinientes en cada tramo.
40MUY IMPORTANTE !!!
SITUACIONES DE RIESGO IMPO/EXPO
41
TODO TRASBORDO debe
estar debidamente documentado.
TRANSPORTE TERRESTRE POR CAMIÓN
42
TODO TRASBORDO debe
estar debidamente documentado.
CLÁUSULA MUY IMPORTANTE (OBLIGATORIA)
Esta es la Cláusula que le da marco legal a las acciones necesariastendientes a:
Aminorar los daños y
Responsabilizar a los terceros responsables
El incumplimiento de estas obligaciones disminuirá el derecho aindemnización que resultará de la póliza en la misma medida en que sehaya perjudicado la acción de recupero contra los responsables de losdaños y/o pérdidas.
AVERÍA GRUESA - El Asegurado, Consignatario y/o quien tenga uninterés en el seguro, no deberá hacer depósito de garantía ni firmarcompromiso de avería o documento alguno que se relacione con ella, sinla aprobación previa de la Compañía.”
43
VEAMOS UN EJEMPLO DONDE NO SE CUMPLEN ESTOS REQUISITOS:
Fecha en que se determina el daño: 23/09/2014Mercadería: Mono fosfato de amonio.
Descripción: Nos informan el 06/01/2015 que el cliente tuvo un faltante a la descarga, originados en movimientos inapropiados de los estibadores.
Acciones y consecuencias:
Denuncia tardía;
No hay posibilidad de constatar daños;
La información aportada muchas veces no es clara;
Condicionan las acciones de recupero;
Se puede ejecutar la Cláusula Muy Importante, donde aplican una disminución de la indemnización al 50%.
CONSULTA : Se puede revertir esto?44
45
Qué hacer en caso de Siniestro ? Tipo de
Transporte
ACCIONES PLAZOS
EMBARQUES
MARITIMOS
Dejar debida constancia del estado de la mercadería en cualquier recibo de entrega
que s otorga al transportista (buque, avión o camión) o Terminal Portuaria o Depósito o
Zona Franca de donde se retira la carga.
Informar a la Compañía de Seguros y/o al contacto en el certificado de seguros (en
caso de Exportaciones) de cualquier novedad o anormalidad en el estado de la carga,
y enviar al liquidador copia de la B/L (Conocimiento de Embarque) y Factura Comercial
Solicitar a la Agencia Marítima y/o Terminal Portuaria, la revisación conjunta de la
carga, por escrito y con acuse de recibo en la copia.
En ningún caso se debe retirar la mercadería de las Terminales Portuarias, ni de los
Depósitos Fiscales sin obtener la inspección conjunta de los efectos dañados con la
Naviera, la Terminal y/o el Transportista.
Ante la Falta de Bulto Entero, se debe presentar la Carta Reclamo a la Agencia
Marítima, solicitando la Certificación del Faltante.
En embarques en contenedores, se debe verificar la presencia y estado de los
precintos de origen, controlándolos contra la documentación y denunciar cualquier
diferencia a la Compañía de seguros, de inmediato, sin abrir el Contenedor.
En caso de anomalías una vez abierto el contenedor, se debe suspender el vaciado y
retener el contenedor para su inspección con el transportista correspondiente.
Cuando se recibe la mercadería en los depósitos propios se deberá dejar constancia
en el documento de transporte, de cualquier anomalía que se encuentre, requiriendo
que el conductor del camión firme el mismo, con su Nº de documento y aclaración.
Inmediatamente.
Dentro de los 3(tres ) días de
conocido.
Al momento en que el
despachante se encuentra
con daños, y la mercadería es
recibida con observaciones.
Hasta 3 días de retirado el
contenedor del
Puerto/depósito/Terminal
46
Qué hacer en caso de Siniestro ? Tipo de
Transporte
ACCIONES PLAZOS
EMBARQUES
AEREOS
Informar de inmediato a la Compañía de Seguros y/o al
contacto en el certificado de seguros (en caso de
Exportaciones) de cualquier novedad o anormalidad en el
estado de la carga, y enviar al liquidador copia de la Guía
Aérea, Factura Comercial y Lista de Empaque .
Presentar la Carta Protesta a la Cía. Aérea (DENTRO DE
ENTRE 7 Y 14 DIAS ), solicitando la revisación conjunta de
la carga, por escrito y con acuse de recibo en la copia.
En ningún caso se debe retirar la mercadería de Edcadassa
sin obtener la inspección conjunta de los efectos dañados
con la Cía. Aérea.
En caso de falta de entrega de bulto entero, se debe
presentar la carta reclamo a la Compañía Aérea solicitando
la Certificación del Faltante.
Podría suceder que una carga ingresada al depósito del
aeropuerto “Sin Observaciones” presente daños o pérdidas
posteriormente.
En tal caso se debe reclamar por escrito ante el Depósito,
solicitando la inspección conjunta de los bienes, con acuse
de recibo en la copia.
- A los efectos de conservar las
acciones contra el
transportador aéreo, es
menester una protesta
escrita que debe realizarse
en el plazo de:
- • 10 días en los casos de
averías, pérdidas,
destrucción o retardo, cuando
es de aplicación el Código
Aeronáutico;
- • 7 días en los casos de
averías o pérdidas parciales,
cuando es de aplicación el
Convenio de Varsovia de
1929; y
- • 14 días en los casos de
averías o pérdidas parciales,
cuando es de aplicación el
Protocolo de La Haya de
1955.
47
Tipo de
Transporte
ACCIONES PLAZOS
EMBARQUES
TERRESTRES
Se debe dejar debida constancia del estado de la mercadería en
cualquier recibo de entrega que se otorga al transportista (buque,
avión o camión) o Terminal Portuaria o Depósito o Zona Franca de
donde se retira la carga.
En embarques en contenedores, se debe verificar la presencia y
estado de los precintos de origen, contralándolos contra la
documentación y denunciar cualquier diferencia a la compañía de
seguros, de inmediato, sin abrir el Contenedor.
En caso de anomalías una vez abierto el contenedor, se debe
suspender el vaciado y retener el contenedor para su inspección.
Cuando se recibe la mercadería en los depósitos propios se deberá
dejar constancia en el documento de transporte, en el momento, de
cualquier anomalía que se encuentre, requiriendo que el conductor
del camión firme el mismo, con su Nº de documento y aclaración.
Dentro de las 24hs se debe notificar a
la empresa transportista , mediante
nota con acuse de recibo, que recibí la
mercadería en malas condiciones y
citarlos para que concurran a realizar
una revisión conjunta.
TRANSPORTE
LOCAL
DENUNCIA ADMINISTRATIVA, incluyendo número de póliza, fecha
de siniestro, nombre completo del Asegurado y amplia descripción
de los hechos.
Denuncia Policial realizada por el chofer , ante autoridades
policiales con jurisdicción en el lugar del hecho, por toda causa.
Tomar fotografías de los hechos , y del estado de las mercaderías.
Copia de reclamo a los transportistas con constancia de recepción
por parte de ellos.
Aportar datos del chofer y de los custodios, del personal de
custodia armada, lugar y teléfonos donde contactarlos.
Dentro de los 3 (tres ) días de ocurrido
o conocido el siniestro , o en un lapso
aceptable.
Qué hacer en caso de Siniestro ?
ALGUNOS EJEMPLOS PARA RECORDAR
48
Que podemos ver en estas fotografías, que debemos hacer ante estos escenarios?
IMPORTANTE !!!
Puede ocurrir que, sin haber existido la presunción de daños y/o pérdidas indemnizables bajo la cobertura de seguros, las mercaderías presenten daños ocultos, no visibles exteriormente, y que al momento
de desembalarlas, estas anomalías sean detectadas.
En esta situación, detenga la operación y de inmediato comuníquense con nosotros , lo asistiremos sobre cómo proceder .
La Compañía se reserva el derecho de enviar un liquidador para relevar los daños declarados.
49
PRINCIPALES EXCLUSIONES EN TODOS LOS TIPOS DE SEGUROS.
Dolo del asegurado; Merma, derrame o desgaste ordinario; Insuficiencia de embalaje; Vicio inherente o naturaleza de la cosa asegurada; Demora; Insuficiencia o incumplimiento financiero del Armador ; Armas nucleares; Innavegabilidad cuando fuera conocido por el Asegurado o susdependientes; Riesgos de Guerra;
Captura o arresto – salvo piratas;
Armas de guerra abandonadas (torpedos, minas, bombas);
Huelgas y Lock out;
Terrorismo.
50
VEAMOS UN EJEMPLO DE SINIESTRO RECHAZADO
Descripción: JUGOS DE FRUTAS Y MOSTO- MOL GRANDEUR –
Daños en el Buque:
MOL GRANDEUR Mercadería: Mosto de Uva
A raíz de daños en el buque, la mercadería aún no ha salido del Puerto de Bs.As.
Motivo del rechazo: DEMORA (exclusión de póliza).
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Para el caso en que se sostenga que la decoloración referida ocurrió durante el ámbito de
cobertura mencionado (cl.8 de las CLAUSULAS PARA SEGUROS DE CARGA (A) -CONTRA TODO
RIESGO-), la misma -de importar un daño indemnizable- no está cubierta por la póliza que nos
vincula toda vez que (1) la alegada decoloración se verificó como consecuencia de la demora
incurrida por el buque transportador, hipótesis expresamente excluida de cobertura como surge de
la cl.4.5 de las CLAUSULAS PARA SEGUROS DE CARGA (A) -CONTRA TODO RIESGO- y (2) la alegada
decoloración se verificó, asimismo, como consecuencia del vicio propio y la naturaleza de la
mercadería transportada, hipótesis expresamente excluida de cobertura como surge de la cl.4.4 de
las CLAUSULAS PARA SEGUROS DE CARGA (A) -CONTRA TODO RIESGO-, causales de exclusión que
subsidiariamante desde ya se oponen (art.56, Ley de Seguros) .
DOCUMENTACIÓN IMPORTANTE PARA LA EFECTUAR LA DENUNCIA DE SINIESTRO
Importante enviar :
Marítimo:
B/L
Factura Comercial
Aéreo:
Guía Aérea
Factura Comercial
Terrestre:
Cto.RodoviarioCarta de Porte
o Remitos
Facturas
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CUÁLES SON LOS PRINCIPALES INCONVENIENTES, O SITUACIONES QUE OCASIONAN CONFLICTO?
Importación y Exportación: 1) Retirar la mercadería dañada, sin realizar los
protestos y la verificación conjunta;
2) Falta de conocimiento en la operatoria;
3) Efectuar cambios en las mercaderías dañadas o no
dejarla a disponibilidad de la Cía. para inspeccionar;
4) Medidas de seguridad. Custodia.
Transporte Local: a) Denuncia Policial (En esta póliza la condición es
suspensiva de la cobertura);
b) Dejar a disposición las mercaderías para verificar;
c) Medidas de seguridad. Custodia
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PUNTOS IMPORTANTES A TENER EN CUENTA ACERCA DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y CUSTODIA.
54
Lamentablemente la frecuencia y la intensidad de los robos de mercaderías haido creciendo a los largo de los últimos diez años, entonces las Compañías deSeguros consideraron razonable poner un cierto equilibrio en el estado de eseriesgo y los requisitos para brindar esa cobertura adicional, ya que la pólizabásica o LAP de transporte terrestre de mercaderías, no ampara el riesgo derobo (se considera y cubre como cobertura adicional) y en función a ello haydistintas Cláusulas de Custodia Satelital, algunas mas amplias, otras masrestringidas, de acuerdo a la aseguradora y siempre teniendo en cuenta laexperiencia siniestral de cada asegurado.
MEDIDAS DE SEGURIDAD Y CUSTODIA: RECOMENDACIONES.
Sacar una fotocopia de la Cláusula de Custodia Satelital que está incluida en la pza. deTransportes y entregar bajo recibo escrito, tanto al transportista como al operador logístico uotro intermediario, a fin que puedan conocer cuáles son los requisitos, de tal manera que -cuando contraten la custodia- puedan cumplir con lo solicitado.
(Una de las complicaciones habituales, tiene que ver cuando la obligación de la custodia esimpuesta a un transportista, que a su vez subcontrata el servicio a otro, o incluso por falta decamiones, muchas veces hasta se contrata un fletero; y ahí es donde puede haber unproblema que luego recae en el asegurado).
Existen distintos alcances de custodias satelital: Hay prestaciones básicas, intermedias ymás completas. Tener presente las medidas de acuerdo al valor transportado que exige supóliza.
Hay rastreo sobre el vehículo de transporte y también sobre la carga:
1. El rastreo del vehículo , que es una fase estática, es el tipo de prestación que requieren laspólizas del casco, del camión. Una vez producido el robo, la empresa contratada comienza arastrear el vehículo.
2. Las Cláusulas de Custodia Satelital en Transporte requieren una modalidad DINAMICA,que tiene que ver con un MONITOREO EN TIEMPO REAL, cuya función es: generar una señalde alerta automática en la pantalla de quien esté controlando, que pone el sistema enemergencia, dando origen a la finalidad de la Cláusula, que es adoptar medidas represivas,como dar inmediato aviso a las autoridades policiales, para que intenten evitar el robo de lamercadería, el efecto es tratar de evitar el siniestro.
1) Prueba de funcionamiento del sistema satelital, Seguimiento continuo y permanente: Monitoreo en tiempo real. Itinerario.
2) Requisitos:
Accionamiento manual de alarma : Botón de pánico;
Sensores automáticos :
. de apertura indebida de puertas de la cabina del camión.
. de apertura indebida de puertas del compartimiento de carga.
. de desenganche del semi remolque.
Sistema antisabotaje
Procedimiento de emergencia ante posibles eventos. Comunicaciones.
Almacenamiento de la trayectoria del medio transportador.
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Medidas de seguridad y Custodia: Recaudos a tomar antes del inicio del viaje.
MEDIDAS DE SEGURIDAD Y CUSTODIA: PREGUNTAS A REALIZAR AL MOMENTO DE UN EVENTO:
a) ¿Hubo monitoreo del viaje en tiempo real?
b) ¿Cómo y cuándo se enteró el prestador satelital del evento del robo?
c) ¿Se dispararon de inmediato las medidas represivas al ponerse el sistema de emergencia ante una señal de alarma?
d) ¿El incumplimiento de la Cláusula fue total o parcial?
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ANEXOSCLÁUSULAS COMPONENTES DE LA PÓLIZA
MODELOS DE CARTAS
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Modelo de Carta Protesto a enviar a la Marítima
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Modelo de Carta Protesto a enviar a la Línea Aérea
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Buenos Aires,
Señores
LINEA AEREA
FORWARDER
PRESENTE
Ref.:
Guía aérea madre: 057-7225 5923
Guía aérea hija: MILXA 2942581, emitida el 13 de Julio de 2006
Mercadería: 1 bulto con engranajes para maquina flexográfica.
Nos dirigimos a Uds. en nuestro carácter de destinatarios de la mercadería transportada bajo
las Guías Aéreas de la referencia .
Según la información relevada hasta el momento, el cajón conteniendo la mercadería de
nuestra propiedad no ha arribado aún, de modo que por la presente formulamos protesta por
todos los daños y perjuicios resultantes.
En tal sentido, solicitamos procedan a efectuar la inmediata entrega de la partida o nos
extiendan el certificado de bultos faltantes a la descarga definitivo, donde conste que los
bultos deben ser considerados como perdidos.
Por ultimo, deberá quedar perfectamente entendido y convenido, que los términos y
demás disposiciones prescriptas en el cuerpo legal que fija el Código Aeronáutico, el
Convenio de Varsovia y el Protocolo de La Haya, quedan automáticamente suspendidas y/o
prorrogadas, hasta tanto una de las partes no impugne su procedencia, lo cual deberá ser
notificado a la contraparte mediante comunicación fehaciente.
En caso que dentro de los tres días hábiles no tengamos una respuesta satisfactoria, nos
reservamos el derecho de llevar a cabo la certificación del modo que estimemos adecuado,
incluso mediante un reconocimiento judicial, con los costos a vuestro cargo.
Sin otro particular, atentamente
CLAUSULA 13 - CUSTODIA ARMADA
1. En los casos en que el Asegurador haya otorgado extensión de cobertura para cualquier uno o todos los riesgos de: Robo, Hurto, Falta de Entrega de Bultos Enteros, o Desaparición o Falta de Noticias del Conductor, y las mercaderías y/o efectos asegurados por esta póliza sean transportados por camión y/u otros vehículos automotores - en adelante EL CAMION -, tal extensión de cobertura se otorga solamente con sujeción al cumplimiento de las siguientes condiciones suspensivas que deberán cumplirse en todo momento y sin interrupción alguna durante todo el trayecto del transporte.
1.1. El CAMIÓN deberá contar, obligatoriamente, con la custodia de por lo menos dos (2) personas armadas - en adelante LA CUSTODIA –que viajen en otro vehículo detrás de aquel.
1.2. EL CAMION y LA CUSTODIA deberán mantener contacto visual permanente.
1.3. LA CUSTODIA y la oficina central de esta última deberán mantener comunicación radial entre sí, por medio de equipos VHF (o de comunicación apropiados) instalados a tal fin, con el objeto de informar de cualquier anormalidad o novedad que se presente durante el curso del transporte.
1.4 El vehículo de LA CUSTODIA para ser considerado apto para su función:
No tendrá una antigüedad mayor a los 10 años, al día del transporte cubierto.
Deberá estar operando en óptimas condiciones de mantenimiento mecánico.
1.5 Las personas integrantes de LA CUSTODIA para ser consideradas aptas para la función deberán:
ser mayores de 21 años y menores de 55 años, al día del transporte.
durante el desempeño de sus tareas de CUSTODIA, y encontrándose reglamentariamente autorizados para ello, portar en forma personal y permanente, armas calificadas por el ReNAr como de guerra; idénticas o similares en su calibre, prestaciones y potencia de fuego a las utilizadas por la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional o Fuerzas Armadas,
estar autorizados y registrados para actuar en esa función en un Organismo de seguridad nacional o provincial.
En caso que el servicio lo prestare una Agencia o Empresa que preste servicios de seguridad, tanto las personas como la Agencia o Empresa de seguridad deberán estar inscriptos y registrados en y por los Organismos de contralor que correspondan.
Mantener adiestramiento permanente tanto en el manejo de armas como en tareas de prevención y seguridad.
Cumplir exclusivamente funciones de CUSTODIA, no pudiendo abandonar las mismas ni aún momentáneamente hasta ser reemplazado por otro custodio de iguales características, es decir que cumpla con todos los requisitos requeridos.
Permanecer en el puesto y función a la que fue asignado hasta ser reemplazado por otro custodio de iguales características, es decir que cumpla con todos los requisitos requeridos.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones suspensivas establecidas en esta Cláusula implicará que las coberturas de Robo, Hurto, Falta de Entrega de Bultos Enteros, o Desaparición o Falta de Noticias del Conductor queden automáticamente nulas y sin valor y consecuente ningún siniestro originado por dichas circunstancias será indemnizable por el presente contrato de seguro.
No se considerará como incumplimiento el originado por el accionar delictivo de terceros, con fuerza en las cosas o intimidación o violencia en las personas, sea que tengan lugar antes del hecho cubierto para facilitarlo o en el acto de cometerlo o inmediatamente después, para lograr el fin propuesto o la impunidad.
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CLAUSULA 14- CUSTODIA SATELITAL
En los casos en que el Asegurador haya otorgado extensión de cobertura para cualquier uno o todos los riesgos de: Robo, Hurto, Falta de Entrega de Bultos Enteros, o Desaparición o Falta de Noticias del Conductor, y las mercaderías y/o efectos asegurados por esta póliza sean transportados por camión y/u otros vehículos automotores - en adelante EL CAMION -, tal extensión de cobertura se otorga solamente con sujeción al cumplimiento de las siguientes condiciones suspensivas que deberán cumplirse entodo momento y sin interrupción alguna durante todo el trayecto del transporte.El CAMIÓN deberá contar, obligatoriamente con custodia mediante un sistema de control y monitoreo de alarmas basado en la tecnología con posicionamiento satelital (G.P.S.) a través de servicios brindados por Empresas que deberán estar inscriptas y registradas en los Organismos de contralor que correspondan. Dicho sistema de custodia deberá implementarse en el CAMION transportador de las mercaderías aseguradas con anterioridad al inicio del viaje asegurado y deberá mantenerse con todos los servicios en funcionamiento y operativos, sin interrupción alguna, durante todo el recorrido y hasta la finalización del tránsito asegurado.
En forma adicional a lo mencionado precedentemente, la custodia satelital deberá contar con: Accionamiento Manual: En la cabina del camión el chofer deberá disponer de un pulsador manual o botón de pánico para dar aviso de alarma al sistema. Accionamiento Automático: Todas las puertas del compartimiento de carga del camión y de la cabina del chofer deberán poseer sensor automático de apertura indebida y sensor de desenganche del semiremolque cuando este fuese de aplicación.Almacenamiento: El sistema deberá poseer almacenamiento automático de toda la trayectoria del camión, durante todo el viaje, que permita analizar con posterioridad al robo cada uno de los puntos del recorrido.Antivandalico: El sistema deberá reportar en forma automática una señal de alarma en caso de intento de desconexión, destrucción o sabotaje del equipo.Transferencia: El sistema deberá contar con transferencia inmediata y automática de alarma al comando radioeléctrico de la Policía Federal Argentina y a otras fuerzas, según corresponda a la jurisdicción del siniestro. Procedimiento de Respuesta / Recupero: El prestador del servicio deberá contar con un procedimiento eficiente ante una recepción de alarma respondiendo a la misma con medios propios, además de dar el aviso según se menciona en el ítem 5) precedente.
El incumplimiento antes o durante el trayecto del transporte asegurado de cualquiera de las condiciones suspensivas establecidas en esta Cláusula implicará que las coberturas de Robo, Hurto, Falta de Entrega de Bultos Enteros, o Desaparición o Falta de Noticias del Conductor queden automáticamente nulas y sin valor y todo siniestro que pudiera ocurrir, no será indemnizable al amparo del presente contrato de seguro. No se considerará como incumplimiento de las condiciones establecidas precedentemente cuando se origine una interrupción al sistema de custodia satelital debido a un hecho de violencia imprevisible e inevitable sobre la custodia satelital, con el fin de llevar a cabo el robo de las mercaderías aseguradas.
62
Conclusiones
Preguntas
Muchas
gracias