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INTRODUCCION MPORTANCIA DEL CONTRATO DE FACTORING El factoring en suma es importante, puesto que es un mecanismo de financiación muy util en la actividad economica , ya que hace posible que el empresario pueda cobrar al contado sus ventas a plazo, desligarse de todo lo concerniente a la cobranza de sus ventas , y poder gozar de las ventajas de un asesoramiento sobre ventas, marketing,informes sobre sus clientes, asuntos contables en otros. De este modo la empresa se ve desligada de todo el proceso administrativo que sin duda encarese sus costos; por el contrario brinda la posibilidad de obtener dinero disponible para la empresa, superando la falta de liquidez, pues va acompañado generalmente con una operación de crédito, mediante la cual el factor paga al acreedor al contado, sin esperar al vencimiento de los créditos cedidos por este, lo cual supone un anticipo de fondos y una posibilidad de gestar el cobro. Sin duda se trata de una institución de crédito y racionalización de la gestión administrativa de una empresa, que aporta importantes beneficios para los usuarios, estableciendo dentro de los principales la consolidación de los estados contables la información comercial, y el asesoramiento integral, así como la racionalización de la empresa y el financiamiento de las ventas. PARTES INTERVINIENTES EN UN CONTRATO DE FACTORING Se ha mencionado que en el contrato de factoring existen dos sujetos, la empresa y el factor. La empresa es una persona

Factoring

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INTRODUCCIONMPORTANCIA DEL CONTRATO DE FACTORING

El factoring en suma es importante, puesto que es un mecanismo de financiacin muy util en la actividad economica , ya que hace posible que el empresario pueda cobrar al contado sus ventas a plazo, desligarse de todo lo concerniente a la cobranza de sus ventas , y poder gozar de las ventajas de un asesoramiento sobre ventas, marketing,informes sobre sus clientes, asuntos contables en otros.

De este modo la empresa se ve desligada de todo el proceso administrativo que sin duda encarese sus costos; por el contrario brinda la posibilidad de obtener dinero disponible para la empresa, superando la falta de liquidez, pues va acompaado generalmente con una operacin de crdito, mediante la cual el factor paga al acreedor al contado, sin esperar al vencimiento de los crditos cedidos por este, lo cual supone un anticipo de fondos y una posibilidad de gestar el cobro.

Sin duda se trata de una institucin de crdito y racionalizacin de la gestin administrativa de una empresa, que aporta importantes beneficios para los usuarios, estableciendo dentro de los principales la consolidacin de los estados contables la informacin comercial, y el asesoramiento integral, as como la racionalizacin de la empresa y el financiamiento de las ventas.

PARTES INTERVINIENTES EN UN CONTRATO DE FACTORING Se ha mencionado que en el contrato de factoring existen dos sujetos, la empresa y el factor. La empresa es una persona natural o jurdica dedicada a la venta de bienes o la prestacin de servicios de manera habitual, en cuyas actividades se generan una serie de crditos por el otorgamiento de facilidades de pago a sus clientes.

El factor, que segn el reglamento de factoring debe ser una empresa del sistema financiero o una entidad autorizada por la superintendencia de banca y seguros (SBS) para realizar operaciones de factoring. Sin embargo, tambien es posible que el factor no pertenezca al sistema financiero ni que cuente con la autorizacin de la SBS; ello no implica que no pueda celebrar un contrato el cual adquiere los crditos de una empresa, adelantndole el valor de los crditos y brindndole servicios de cobranza o manejo de cartera, pero estaramos ante un contrato que no est sometido a las disposiciones del reglamento del factoring.

La mencin hecha en lneas arriba respecto de los sujetos intervinientes en el factoring, hay quienes sostienen que son partes en el contrato de factoring los siguientes:

El factor.- Es la empresa prestataria de los servicios de factoring y que, por lo general es una institucin financiera.

El factorioado.- Es quien vende bienes o presta servicios a plazos a terceros.

Deudor cedido.- Es el cliente de la empresa factoreada, adquiente de los bienes o servicios ofrecidos por sta.

En ocaciones el deudor cedido, puede ser tambien una empresa, circunstancia que da a la entida de factoring una aplia posibilidad de ejercer un eficiente control de su situacin economico- financiera.

Cabe resaltar que el deudor cedido no es parte en el contrato de factoring, sin embargo, algunos tratadistias lo incluyen como un sujeto indirecto de la relacin contractual celebranda entre el factor y factorado.

Otros expertos tambien mencionan que el deudor cedido es un sujeto colateral, ya que deben ser notificados de la cesin del crdito, a fin de cancelar las facturas, esto no quiere decir que su consentimiento sea necesario para la validez del contrato.

DESVENTAJAS DE UN CONTRATO DE FACTORING

1. El costo de las operaciones de Factoring, es elevado, y muy variable en funcin de una serie de factores ya examinados. 2. La sociedad de Factoring suele exigir la cesin global de la cartera de deudores, as como un volumen mnimo de operaciones que justifique, por lo menos, los trabajos iniciales de evaluacin del riesgo. 3. La sociedad de Factoring selecciona la cartera de deudores con la que quiere trabajar. 4. No se suele admitir la cesin de crditos referidos a productos perecederos. 5. Puede acarrear una mala imagen del vendedor de cara a sus clientes (por eso a veces se pacta el llamado Factoring encubierto) 6. Obliga a la empresa a implantar una poltica de riesgos muy estricta, con la consiguiente prdida de facturacin. 7. No permite financiar el 100% del importe de los crditos cedidos.

MARCO LEGAL DEL CONTRATO DE FACTORING El contrato de factoring est regulado por el reglamento de factoring. Descuento y Empresas de factoring, aprobado mediante la resolucin de la superintendencia de Banca y seguros N 1021-98, en adelante el reglamento, de igual modo el artculo 221 de la Ley N 26702- Ley General del sistema financiero y del sistema de Seguros y Orgnica de la Superintendencia de Banca y Seguros, autoriza a las empresas del Sector Financiero a la realizacin de operaciones del factoring.En los aspectos no regulados por su reglamento, el contrato de factoring se regula por las disposiciones relativas a la parte general de contratos, obligaciones y acto jurdico del Cdigo Civil.

Se dict el decreto de urgencia N 049-2010 (22.06.2010), llamado medidas extraordinarias para la promocin del financiamiento de MYPES, a fin de que cuenten con liquidez para responder oportunamente al panorama comercial. En tal sentido, permite que las facturas por cobrar a plazos mayores a 30 das, puedan ser transferidas mediante una operacin de factoring. Asimismo, la facultad a poder realizar factoring electrnico; dicho decreto de urgencia tendr una duracin de un ao.Adems en nuestro pas con la finalidad de que las Mypes puedan utilizar con mayor frecuencia este instrumento, entro en vigencia La Ley N 29623, aprobada en diciembre del ao 2010, la misma que proporciona el mecanismo adecuado para que la Mypes pudieran generar los ingresos que garantizaran su liquidez en plazos ms cortos.

FORMALIDAD DEL CONTRATO El contrato de factoring debe celebrarse por escrito. Segn el reglamento, el documento debe contener, cuando menos la siguiente informacin: Nombre, razn o denominacin social y domicilio de ambas partes. Identificacin de los instrumentos que son objeto de factoring o, de ser el caso, precisar los criterios que permitan identificar los instrumentos. Precio a ser pagado por los instrumentos y la forma de pago, as como la fecha pactada para el pago. Retribucin correspondiente al factor de ser el caso. Responsabilidad de realizar la cobranza a los deudores. Momento a partir del cual el factor asume el riesgo crediticio de los deudores.

MECANISMO DE FUNCIONAMIENTO 1. El cliente se pone en contacto con un representante de negocios de la empresa que brinda el servicio de Factoring para solicitar dicho financiamiento 2. El cliente entrega sus facturas o ttulos valores representativos de deuda al factor fsicamente o electrnicamente, dependiendo de la modalidad del servicio que contrate. 3. El factor recibe la informacin, la cual es procesada y evaluada por los funcionarios de la entidad. 4. El factor aprueba la operacin. Entonces, el Cliente y el Factor firman el Contrato de Factoring, en el cual se estipula que el primero cede al segundo sus ttulos valores representativos de deuda para que se haga la cobranza respectiva, segn la modalidad adoptada. 5. El cliente puede disponer del saldo de sus ttulos por adelantado o a la fecha inicial de los mismos. 6. Al vencimiento, el Factor se encarga de cobrar el monto de los instrumentos al deudor. Segn lo acordado en el contrato, la empresa de Factoring puede o no asumir el riesgo de no pago por parte del Deudor, en cuyo caso el Cliente deber asumir, los costos. EXTINCIN DEL CONTRATO DE FACTORING

Existen diversas figuras que generan la terminacin del contrato de factoring, entre las ms importante, son: El cumplimiento de las obligaciones por cada una de las partes, es decir, una vez que cada una de las partes culmin con sus prestaciones el contrato se extingue, a menos que se transfieran nuevos crditos o que se hubieran fijado un plazo en el contrato y este no hubiera llegado a su trmino. Por incumplimiento de las obligaciones de una de las partes. En cuyo caso la parte afectada podr solicitar la resolucin del contrato y, si es necesario, la indemnizacin por los daos y perjuicios causados. Por la alteracin de las circunstancias que se tuvieron en cuenta al contratar y/o por quiebra de una de las partes. Por haberse fijado un monto tope para la operacin. Cuando el factor hubiera adquirido facturas por esa cantidad cesa su obligacin de aceptar otras hasta tanto el cobro de algunas de ellas no hay producido una reduccin en la suma de las facturas pendientes de cobranza. En realidad est ms que una causal es una situacin que determina la suspensin de la obligacin del factor de aceptar nuevas facturas, salvo que se haya acordado que llegado a dicho tope el contrato concluya. Puede operar la terminacin del contrato por el mutuo acuerdo al que lleguen las partes, mediante el cual decidan poner fin a la operacin.http://thesmadruga2.blogspot.com/2012/08/el-contrato-de-factoring.html