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FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CARRERA DE CONTABILIDAD
“EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO EN EL PROCESO DE PREVENCIÓN DEL LAVADO DE
ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO (LAFT) DEL DPTO. DE CUMPLIMIENTO EN LA EMPRESA
RECREACIONES S.A.C. EN EL AÑO 2016”
Autor:
Juan Carlos Nureña Noriega
Para obtener Título Profesional de
CONTADOR PÚBLICO
Asesor: Miriam Cruz Umeres
Lima, agosto 2018
II
DEDICATORIA
A mi hija, Luana Gabriela por ser mi
mi motivación en todo este proceso,
espero que en el futuro, lo entiendas.
Juan Carlos
III
AGRADECIMIENTO
A mi asesora, del curso de Auditoría: Miriam Cruz Umeres, quien a lo largo de este
programa especial de titulación (PET) han puesto a prueba, mi capacidad de aplicar el
conocimiento adquirido en los ciclos de pregrado, así como, el desarrollo de mi experiencia
profesional, en la elaboración de la tesina, la cual ha finalizado llenando mis expectativas.
El autor
IV
RESUMEN
El presente trabajo se basó en la evaluación de la aplicación de la norma relacionada a la
prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, teniendo como guía
referencial el marco integrado COSO 2013, en el ejercicio 2016 de la empresa
Recreaciones S.A.C. ubicada en el distrito de San Isidro, departamento de Lima, Perú.
Dedicada esencialmente a brindar servicio de entretenimiento con máquinas tragamonedas.
Es así que, el objetivo general de la presente tesina consistió en demostrar la importancia
de la aplicación de la norma relacionada a la prevención del Lavado de Activos y
Financiamiento del Terrorismo.
Metodológicamente el trabajo se abordó bajo el estudio de un caso real, para lo cual se
utilizaron las técnicas de investigación y auditoría tales como: entrevista, observación y el
análisis documental.
Como resultado del análisis del caso, nos permitió evidenciar debilidades en el control
interno, en relación a lo descrito en COSO 2013. Así mismo, se hallaron debilidades en la
aplicación de la norma de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
V
ÍNDICE
Dedicatoria ………………………………………………………………………… II
Agradecimiento ………………………………………………………………………… III
Resumen ………………………………………………………………………… IV
Índice temario ………………………………………………………………………… V
Índice de gráficos ………………………………………………………………………… VIII
Introducción ………………………………………………………………………… IX
CAPÍTULO 1: 1.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1.1. Descripción de la problemática ………………………… 11
1.2. Delimitación de la investigación
1.2.1 Delimitación temporal ………………………… 15
1.2.2 Delimitación espacial ………………………… 15
1.2.3 Involucrados de la investigación ………………………… 15
1.3. Formulación del problema de la investigación
1.3.1 Problema principal ………………………… 16
1.3.2 Problemas secundarios ………………………… 16
1.4. Objetivos de la Investigación
1.4.1 Objetivo principal ………………………… 16
1.4.2 Objetivo específico ………………………… 17
1.5. Indicadores de logro de objetivos ………………………… 17
1.6. Justificación e importancia ………………………… 18
1.7. Limitaciones ………………………… 19
CAPÍTULO 2:
2.- MARCO TEÓRICO
2.1. Fundamentación del caso
2.1.1 Control interno ………………………… 20
2.1.2 Lavado de activos y financiamiento del terrorismo
a) Lavado de activos ………………………… 23
b) Financiamiento del terrorismo ………………………… 24
2.2. Antecedentes históricos
2.2.1 El blanqueo de capitales ………………………… 25
2.2.2 Lavado de activos ………………………… 26
2.2.3 El delito previo en el lavado de activos ………………………… 26
VI
2.3. Definición conceptual de términos contables
2.3.1 Auditoría interna ………………………… 27
2.3.2 Control interno ………………………… 27
2.3.3 COSO ………………………… 28
2.3.4 Fraude ………………………… 28
2.3.5 Teoría del triángulo del fraude ………………………… 28
2.3.6 FATF ………………………… 29
2.3.7 Grupo de acción financiera Latinoamérica (GAFILAT) ………………………… 29
2.3.8 Riesgo ………………………… 30
2.3.9 NAGAS ………………………… 30
2.3.10 NIAS ………………………… 31
2.3.11 Marco para la práctica profesional de la auditoría interna ………………………… 31
2.3.12 Registro de ganadores de premios (REGAP) ………………………… 31
2.3.13 Registro de operaciones (RO) ………………………… 31
2.3.14 Tolerancia al riesgo ………………………… 32
2.3.15 Personas expuestas políticamente (PEPS) ………………………… 32
CAPÍTULO 3:
3.- METODOLOGÍA
3.1. Diseño de la investigación ……………………… 33
3.2. Población y muestra ……………………… 34
3.3. Método de la investigación ……………………… 35
3.4. Tipo de investigación ……………………… 36
3.5. Técnicas e Instrumentos ……………………… 36
3.6. Matriz de operacionalización de las variables ……………………… 37
3.7. Instrumento de recolección de datos ……………………… 40
CAPÍTULO 4:
4.- RESULTADOS
4.1. Descripción e interpretación de los resultados ……………………… 41
4.2. Propuesta de solución ……………………… 45
CAPÍTULO 5: 5.- CASO PRÁCTICO
5.1. Caso práctico ……………………… 46
5.2 Planteamiento del problema ……………………… 48
5.2.1. Departamento de Cumplimiento ……………………… 49
5.2.2. Conocimiento del Cliente y ……………………… 51
VII
trabajador
5.2.3. Sistema Informático ……………………… 55
5.2.4. Capacitaciones constancias del legajo del personal ……………………… 64
5.3 Matriz de riesgos ……………………… 69
CAPÍTULO 6:
6.- ESTANDARIZACIÓN
6.1. Normas legales
6.1.1. Superintendencia de banca, seguros y afps (SBS) ……………………… 72
6.1.2. Ministerio de comercio exterior y turismo (MINCETUR) ……………………… 72
6.1.3. Ministerio del interior (MININTER) ……………………… 73
6.1.4. Superintendencia nacional de administración tributaria (SUNAT) ……………………… 74
6.2 Normas Técnicas
6.2.1 Consejo y guía para la práctica de la auditoría interna ……………………… 75
Conclusiones ……………………… 76
Recomendaciones ……………………… 78
Bibliografía ……………………… 80
VIII
ÍNDICE DE GRÁFICOS
IT DETALLE Nº
1 Organismo supervisor de las salas de casino y tragamonedas 1
2 Objetivos e indicadores 2
3 Modelos y evolución del Control Interno 3
4 Marco de Control Interno COSO 2013 4
5 Ejemplo de empresa delictiva que financia el terrorismo 5
6 La teoría del Triángulo del Fraude 6
7 Países miembros a GAFILAT 7
8 Resultados generales - cuestionario 8
9 Resultados Generales obtenidos de la aplicación del cuestionario a los responsables de las salas de juego
9
10 Resoluciones autoritativas de Juego 10
11 Riesgo e infracción de la evaluación de riesgos 11
12 Declaración Jurada de conocimiento de cliente 12
13 Proceso De identificación, monitoreo y verificación del conocimiento del cliente 13
14 Comparación de información entre los sistemas informático Splaft y Reniec On Line 14
15 Riesgo e infracción sobre el conocimiento de clientes 15
16 Código de Conducta – Manual de Prevención 16
17 Check list de Cumplimiento - Laft 17
18 Riesgo e infracción de la Prevención del Laft 18
19 Riesgo e infracción del Código de Conducta 19
20 Registros de medios de pago no registrados 20
21 Registro de Operaciones con El V°B° De Los Dpto. de contabilidad y análisis & estadística
21
22 Riesgo e infracción del Registro de Operaciones 22
23 Registro de Ganadores extraído del sistema informático 23
24 Sorteos no registrados en el sistema Laft 24
25 Canjes no registrados en el sistema Laft 25
26 Riesgo E Infracción Del Registro De Ganadores 26
27 Check list al Cumplimiento al conocimiento del trabajador 27
28 Riesgo e infracción de la capacitación de personal 28
29 Resumen de infracciones en materia de Laft 29
30 Matriz de Riesgo (cuadro de probabilidad e impacto) 30
31 Organismos reguladores del sector entretenimiento 31
32 Determinación del impuesto a los juegos. 32
33 Distribución del impuesto a los juegos 33
IX
INTRODUCCIÓN
El objetivo principal de este caso nos permitirá comprender la importancia y los mecanismos
de control que las empresas dedicadas a la explotación de máquinas tragamonedas y/o
mesas de casino, ubicadas en territorio peruano deben adoptar en cumplimiento de carácter
legal en materia de prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo; y
con ello, cambiar la perspectiva o imagen que tienen estas empresas ante la sociedad.
Por temas de índole profesional y legal, expuestos en el principio “CONFIDENCIABILIDAD”
del “código de ética profesional” y las leyes N°29733 “Ley de protección de datos
personales” y la ley N°27693 “Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera – Perú” y
normas modificatorias, respectivamente. La empresa materia de estudio será denominada:
“Recreaciones”, adicionalmente, la información relacionada a los datos de los clientes
internos y externos serán alterados con la intención de no transgredir lo descrito en líneas
precedentes.
La estructura de este trabajo está compuesta por capítulos, los cuales se resumen a
continuación:
− Capítulo 1: Planteamiento del problema, en este punto veremos la problemática
de la sociedad peruana e inclusive de las empresas relacionadas al sector, con
clientes que intentan legitimar un dinero mal habido proveniente de delitos previos.
X
− Capítulo 2: Marco teórico, está relacionado con las variables de la tesina los cuales
son: 1) El Control Interno y 2) El Lavado de Activos y financiamiento del terrorismo
(en ambos casos, se identificó la definición, evolución y las ventajas y desventajas).
− Capítulo 3: Metodología, este capítulo nos indica ¿cómo se llegó a realizar? y ¿el
cómo logramos llegar a nuestra meta del objetivo general? Nos detalla el método y
tipo de investigación, asi como, las técnicas e instrumentos utilizados.
− Capítulo 4: Resultados, de la metodología aplicada al Sistema de Control Interno y
de ser el caso, nos identificará las debilidades de control existentes.
− Capítulo 5: Caso práctico, nos lleva a la realidad de Recreaciones S.A.C. (empresa
del sector entretenimiento), dedicada esencialmente a la explotación de máquinas
tragamonedas.
− Capítulo 6: Estandarización, son las normas legales y técnicas utilizadas para la
elaboración del presente trabajo.
La naturaleza de las fuentes revisadas en la elaboración del presente trabajo han sido
secundarias, académicas y especializadas. Asimismo, es preciso recordar que las
limitaciones encontradas en la elaboración del presente trabajo, fueron esencialmente de
tiempo y el no hallar referencia bibliográfica sobre prevención del lavado de activos
relacionada a empresas dedicadas a la explotación de máquinas tragamonedas, por lo que
me remití a recolectar información en base a revistas, páginas de internet y comentarios de
especialistas.
11
CAPÍTULO 1:
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1.1. Descripción de la realidad problemática
Los lugares donde se explotan las máquinas tragamonedas y mesas de casinos
(llamadas en adelante, las salas de juego) son considerados, como lugares de alto
riesgo o lugares donde se puede “lavar” el dinero mal habido y el Perú, no es ajeno
a esta realidad. A pesar que las empresas que explotan máquinas tragamonedas y
mesas de casino, se encuentran reguladas por la ley N°27153 “Ley que regula la
explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas”, normas
modificatorias y reglamentarias. Ley que designa a la Dirección Nacional de
Turismo (ahora, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR), mediante
la Dirección General de Juegos y Máquinas Tragamonedas - DGJMT las facultades
administrativas de autorización, fiscalización, supervisión, evaluación y sanción
vinculadas a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas,
El ingreso de dinero mal habido al sector económico, tiene efectos negativos en la
sociedad, pues trae consigo la corrupción de personas e instituciones
(especialmente públicas), distorsiona la realidad económica y lo merma en su
imagen como país. A nivel de empresa, las consecuencias del lavado de activos,
pueden ser catastróficas, debido a que las sanciones pueden ser monetarias, el
12
MINCETUR puede cancelar las Resoluciones Directorales de autorización de
funcionamiento, consecuentemente conllevaría, al cierre de las salas de juego,
además, las sanciones pueden llegar a castigar a los representantes legales de la
empresa penalmente.
Imagen Nº 01: Organismo supervisor de las salas TGM
Fuente: Elaboración propia
A pesar de los esfuerzos realizados por el estado peruano, el riesgo que una
empresa del sector entretenimiento sea utilizada para fines ilícitos, existe. Un caso
o una tipología utilizada para lavar dinero en un casino, puede ser el siguiente:
“… el lavador ingresa al casino provisto de cantidades medianas de dinero de procedencia ilegal y abre una cuenta de juego adquiriendo fichas de juego que luego invierte en diferentes juegos de azar. Posteriormente, se retira y solicita la devolución del dinero depositado la que se hará a través de un cheque girado a cuenta de la empresa que administra el casino. De esta manera sus ingresos ilícitos tendrán una cobertura ya legal. El lavador o sus asociados podrán reproducir en una sola o varias jornadas la misma operación concurriendo a varios casinos para invertir y transformar la apariencia de nuevas remesas de
dinero sucio.” (Prado 2007:21)
MIN
CET
UR
DGJCMT
LEY QUE REGULA LA EXPLOTACIÓN DE
JUEGOS DE CASINOS Y MÁQUINAS
TRAGAMONEDAS
LEY N°27153 (09/07/1999)
REGLAMENTO PARA LA EXPLOTACIÓN DE
JUEGOS DE CASINOS Y MÁQUINAS
TRAGAMONEDAS
DECRETO SUPREMO N°009-2002
13
Es por ello, que desde el año 2002 con la promulgación de Ley N°27693 “Ley que
crea la Unidad de Inteligencia Financiera – Perú”, normas modificatorias y
reglamentarias, se establece la relación de sujetos obligados a implementar un
sistema de prevención del LAFT (en las que se incluye, las salas de juego); y la Ley
N°29038 “Ley que incorpora a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-
Perú) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones”, donde faculta a esta última institución (SBS), por intermedio
de la UIF-Perú, coordinar con los organismos supervisores de los sujetos obligados
(en nuestro caso, el MINCETUR) los lineamientos generales y específicos referidos
al sistema de prevención del LAFT.
En el anexo N° 01, se muestra la evolución de la normativa relacionada a la
prevención del lavado de activo y financiamiento del terrorismo en el sector
entretenimiento, específicamente a las empresas que se dedican a la explotación
de máquinas tragamonedas.
Según estadísticas brindadas por la Unidad de Inteligencia Financiera – UIF Perú,
los puntos críticos en las que mayormente recaen las empresas del sector
entretenimiento en materia de prevención del lavado de activos y financiamiento del
terrorismo, por ejemplo (a modo enunciativo, no limitativo) son:
• No tener un oficial de cumplimiento o tenerlo de forma tal, que no cumpla con
los requisitos expuestos en la norma
• No contar con un informe de evaluación de riesgos del LA/FT, cuando éste
sea necesario.
• El no tener un conocimiento mínimo sobre el cliente y del trabajador, este
deberá estar diferenciado por ser parte medular de todo sistema de
prevención.
14
• No tener un régimen reforzado para las personas políticamente expuestas
(PEP).
• No tener un control adecuado sobre las transacciones de los registros de
Ganadores de premios y de Operaciones.
• No haber hecho de conocimiento al trabajador sobre sobre el manual interno
y el código de conducta sobre prevención del LA/FT.
• No capacitar al personal en materia de LA/FT.
• No llevar un adecuado control sobre las constancias de las capacitaciones
recibidas por el personal en materia de prevención del LA/FT.
Es tarea del oficial de cumplimiento velar por la adecuada implementación y
funcionamiento del sistema de prevención del LA/FT.
“La dirección puede ejercer una discreción significativa a la hora de fijar la tolerancia al riesgo y de gestionar los riesgos cuando no existan requisitos externos. Sin embargo, cuando si existen requisitos externos tales como obligaciones tales como obligaciones relacionadas con los objetivos de cumplimiento y de información externa, la dirección tendrá en cuenta la tolerancia al riesgo en el contexto de las leyes, reglas, regulaciones y normas externas establecidas.” (COSO 2013:69)
Es así que las empresas del sector entretenimiento, en cumplimiento de las
normativas y/o las recomendaciones de los organismos internacionales,
especializados en prevención del LAFT tienen la obligación de implementar un
sistema de prevención del LAFT, que contenga mecanismos, políticas y
procedimientos orientados a enfrentar el crimen organizado. Es así como el
presente trabajo consiste en evaluar el control interno en el cumplimiento de la
norma de prevención del LAFT, de la empresa Recreaciones, con la finalidad de
minimizar el riesgo inherente como es, el ser utilizado por el crimen organizado,
mediante la baja o nula aplicación de la normativa de prevención o el fraude
(interno, externo o una combinación de ambas), cuyos efectos serían, la
defraudación tributaria, el incremento patrimonial no justificado, entre otros.
Reduciendo el riesgo inherente a un nivel tolerable.
15
Las conclusiones de este trabajo será identificar las debilidades del sistema de
prevención y proponer mejoras de control interno según el marco de control interno
COSO 2013 y adecuarnos en cumplimiento de la normativa relacionada a la
prevención del LAFT.
1.2. Delimitación de la investigación
1.2.1. Delimitación temporal:
El alcance temporal del presente trabajo, abarcó desde el 01 de enero al
31 de diciembre del año 2016.
1.2.2. Delimitación espacial:
Este trabajo se ha basado en la evaluación del sistema de prevención del
LAFT de la empresa Recreaciones, cuyo domicilio fiscal se encuentra
ubicado en la Av. República de Panamá 6545 – distrito de San Isidro –
departamento de Lima – Perú.
1.2.3. Involucrados de la investigación:
Los departamentos, áreas y/o procesos de la empresa Recreaciones que
intervienen directamente en el presente trabajo son: a) Departamento de
Cumplimiento: encargada entre otros, velar, supervisar e implementar
mejoras en el sistema de prevención del LAFT, para que funcione
correctamente. b) Área de Recursos Humanos: encargada de elaborar,
políticas, normas de conducta y de salvaguardar el bienestar de los
trabajadores de la empresa, asi como, el de realizar la debida diligencia
relacionado al conocimiento del trabajador. c) Departamento de
Operaciones: encargada de producir y ejecutar la misión en el día a día
16
para lograr nuestro objetivo, que asimismo, es la visión de la empresa, asi
como, el de realizar la debida diligencia relacionado al conocimiento del
cliente.
1.3. Formulación del problema de la investigación
1.3.1. Problema principal
¿De qué manera nos puede afectar una errónea aplicación o equivocada
interpretación de la norma en materia de prevención de LAFT, en la
empresa Recreaciones S.A.C. en el periodo 2016?
1.3.2. Problema secundarios
a) ¿Posee la empresa el informe de evaluación de riesgos del LAFT?
b) ¿Se está cumpliendo y/o realizando la debida diligencia con relación a
los clientes internos / externos?
c) ¿El sistema informático de prevención del LAFT, se encuentra
funcionando correctamente?
d) ¿Se lleva un adecuado control de las constancias de capacitación
recibidas por el personal?
1.4. Objetivos de la investigación
1.4.1. Objetivo principal
Demostrar la importancia de la aplicación de la normativa vigente
relacionada a la prevención del LAFT, así como de las recomendaciones
17
elaboradas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en la
empresa Recreaciones.
1.4.2. Objetivos específicos
a) Cumplir con lo dispuesto en la normativa vigente, asi como,
identificar debilidades de Control Interno.
b) Probar que se esté cumpliendo con el debido proceso de
identificación de clientes (internos / externos)
c) Demostrar el correcto funcionamiento y el adecuado ingreso de
información del sistema de prevención del LAFT.
d) Sondear la integridad de las constancias de capacitación en
materia de prevención del LAFT y que éstas, se encuentren
debidamente archivadas.
1.5. Indicadores de logro de objetivos
Cuadro N° 02: Objetivos e Indicadores
IT OBJETIVOS ESPECÌFICOS INDICADORES
1 Cumplir con lo dispuesto en la normativa vigente,
asi como, identificar debilidades de Control Interno
Normativa vigente
Informe de evaluación de riesgos
Tabla de sanciones e infracciones
2 Probar que se esté cumpliendo con el debido
proceso de identificación de clientes (internos / externos)
Conocimiento del Trabajador
Conocimiento del cliente
3 Demostrar el correcto funcionamiento y el adecuado
ingreso de información del sistema de prevención del LAFT
Registro de Ganadores
Registro de Operaciones
18
4 Sondear la integridad de las constancias de
capacitación en materia de prevención del LAFT y que éstas, se encuentren debidamente archivadas.
Capacitación del personal
Constancia que acredite la capacitación
Fuente: elaboración propia
1.6. Justificación e importancia
El lavado de activos es un flagelo que afecta a la sociedad y este no es un mal
endémico, sino es un mal mundial, que daña la economía de los estados,
afectándola y desvirtuando su legitimidad y transparencia, así como también merma
la seguridad de los países, dando origen a la corrupción (especialmente de
funcionarios públicos), al incremento patrimonial no justificado y en algunos casos,
el financiamiento del terrorismo.
En la actualidad (febrero 2017) tenemos casos de: corrupción de funcionarios
públicos (para favorecer las licitaciones, contratar personal no calificado,
colocándolos en puestos estratégicos, el enriquecimiento ilícito, etc.), el incremento
del crimen organizado o de “cuello blanco”1 (dedicados al tráfico ilícito de droga,
robo, extorsión, secuestro o la combinación de éstas). Casos judicializados por
lavado de activos a consecuencia de la venta oro y la tala de árboles (realizados de
manera ilegal), la trata de personas, defraudación tributaria, entre otros, son
ejemplos de la adquisición de dinero mal habido o de forma ilícita.
Es por ello que el crimen organizado busca legitimar el dinero mal habido, dentro de
instituciones formalizadas y que se encuentran debidamente reguladas o dentro de
empresas que sirven simplemente como “fachada”, con la finalidad de justificar el
incremento de su patrimonio personal o de la organización criminal.
1 Cfr. Geis 2010:4
19
Una de estas instituciones formalizadas y altamente reguladas por el estado
peruano son las empresas que explotan salas de casinos y/o máquinas
tragamonedas. Sin embargo, en muchas ocasiones aún se tiene el concepto
erróneo, que en las empresas del sector entretenimiento, son uno de los lugares
favoritos para lavar o blanquear el dinero mal habido, esto a consecuencia que en
algunos países esta actividad no estuvo estrictamente regulada y también debido a
que, en estos locales se realizan grandes movimientos de dinero en efectivo y por
las dimensiones del total de ingresos diarios, existe un alto riesgo de no detección.
1.7. Limitaciones
Las limitaciones que se ha tenido en la elaboración del presente trabajo, de mayor a
menor grado son:
Las de tipo información, debido a que existe legislación que regula la materia
analizada, el material textual referente a la prevención del lavado de activos,
específicamente relacionado con empresas que explotan salas tragamonedas y
mesas de casino, es escaso. Asimismo, las de tipo tiempo, debido a que las
entrevistas realizadas, con las gerencias de las Salas se realizaron en la
madrugada por un lapso de una hora aproximadamente. A mayor tiempo, la
muestra realizada para la obtención de nuestros resultados, se hubiera
incrementado, así como, también hubiera incrementado las fuentes bibliográficas.
También surgió la limitación de tipo económica, debido a que existe material
documental, sin embargo estas se encuentran en el idioma Ingles, su complejidad
se incrementa por su alto contenido técnico, motivo por el cual, la traducción debe
ser realizada por un personal o institución especializado y certificado.
20
CAPÍTULO 2:
MARCO TEÓRICO
2.1. Fundamentación del caso
2.1.1. Control Interno
Es un proceso llevado a cabo por el consejo de administración, la
dirección y el resto del personal de una organización diseñado con el
objetivo de proporcionar un grado de aseguramiento razonable, para la
consecución de objetivos: a) Operaciones, b) Información y c)
Cumplimiento.
En el mundo existen una variedad de modelos de control interno, por
mencionar algunos, tenemos por ejemplo: COSO (USA), COCO (Canadá),
Cadbury y Turnbull (Reino Unido), ACC (Australia), King (Sudáfrica),
Peters (Holanda), Vienot (Francia), entre otros.
El marco aceptado mayormente en América es el COSO, que se ha
estandarizado en nuestro continente y ha tenido una serie de
modificaciones, a partir de 1992, año en que apareció por primera vez.
21
Con relación a la historia de COSO, podemos mencionar que el congreso
de EEUU en el año 2002, aprobó la Ley Sarbanes - Oxley (en adelante,
SOX) en respuesta a una serie de fallas en los negocios y escándalos
corporativos que empezaron en el 2001 y que agudizaron la falta de
confianza de los inversionistas en los mercados financieros.
Imagen 03: Modelos y evolución del Control Interno
Fuente: Elaboración propia
La ley SOX, considera aspectos de buen gobierno corporativo que
fomentan una mayor credibilidad de la información financiera para el
mercado de valores. Fundamentalmente se basa en la implementación de
la sección 404: Control Interno. La estructura mínima de control interno
requerida por la sección 404 es la establecida por el Informe del
“Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission –
Informe COSO.
SOX es una reforma legal orientada a la mejora del gobierno corporativo y
la transparencia informativa, fomentando la independencia de auditores y
22
la adecuada resolución de conflictos de interés. La Ley SOX impone
importantes obligaciones y restricciones a las compañías que realizan
registros ante la Securities and Exchange Commission (SEC), sus
directivos, auditores entre otros.
El marco de control interno COSO ERM (1992), tuvo su reemplazo con la
versión publicada en mayo 2013, pero de aplicación obligatoria desde el
15 de diciembre 2014.
Imagen 04: Marco de control interno modelo COSO 2013
(COSO 2013:7)
La finalidad del Control Interno es, que los procesos se realicen
eficientemente para otorgar un mayor aseguramiento. Si el Control Interno
es eficaz y eficiente el auditor depositará su confianza en los controles que
realiza la empresa. El auditor evaluará el nivel de desarrollo y si funciona
eficientemente; La NIA 315 (IAASB) “Identificación y análisis de los riesgos
de distorsiones significativas mediante la comprensión de la entidad y de
su entorno, incluso del control interno de la entidad” lo considera como
tarea que debe realizar el auditor.
23
2.1.2. Lavado de activos y financiamiento del terrorismo
a) Lavado de activos
Es la acción de convertir o transferir de propiedad o legitimar un
ingreso, a sabiendas de que deriva de una actividad criminal, con el
objeto de disfrazar u ocultar su origen ilícito o ayudar a una persona
que está involucrada en la comisión del crimen a evadir las
consecuencias legales de sus acciones.
“En la actualidad existen diferentes denominaciones con las que se busca identificar las operaciones delictivas que procuran generar una apariencia de legitimidad para los bienes y capitales, que se originan o derivan de una actividad legal y punible como el crimen organizado en su amplia variedad de manifestaciones. En ese contexto las expresiones lavado de dinero, lavado de activos, blanqueado de dinero, blanqueo de capitales, reciclaje de dinero o legalización de capitales, deben ser comprendidas como sinónimos que designan un solo objeto.” (Prado 2007:8)
La razón de ser del lavado de activos es generar ganancias, riquezas
personales o empresariales y su finalidad es limpiar la procedencia de
los fondos e introducirlos al mercado formal mediante el uso de la
banca y sus herramientas financieras internacionales, tales como
aperturas de cuenta, giros, transferencias bancarias, remesas, etc.
Las técnicas utilizadas por el crimen organizado, para “legalizar” el
dinero mal habido, son llamadas tipologías. A continuación,
detallaremos algunas tipologías2:
• El proveniente del contrabando y la evasión fiscal
• Transferencias por exportaciones a empresa fachada con
documentación falsa.
2 Cfr GAFILAT 2016
24
• Reclutamiento de jóvenes por parte de las organizaciones
criminales para ser utilizados como testaferros.
• Lavado de fondos a través de casinos.
• Lavado de activos a través de la comercialización de oro y
plata, de procedencia ilícita.
• Lavado de dinero, procedente de fondos públicos, etc.
b) Financiamiento del Terrorismo
Es una actividad delictiva transnacional que trata de ocultar la fuente y
el propósito final de los fondos, para lo cual recurre a realizar una
actividad transnacional, donde se utilicen cuentas bancarias,
testaferros, empresas, en distintos países.
Al igual que en el lavado de activos, muchas veces son
organizaciones criminales que cuentan con una estructura
empresarial (contadores, abogados, expertos financistas, etc.)
El financiamiento del terrorismo se puede dar mediante ingresos,
donaciones y/o aportes. El propósito final de los fondos no siempre es
evidente, ya que pueden financiar actividades no violentas, tales como
la compra de víveres, compra de vestimenta, vehículos, etc.
“La meta final del terrorista, por otro lado, no es generar ganancias a partir de sus mecanismos de recaudación de fondos, sino obtener recursos para apoyar sus operaciones. En una serie de países, por ende, puede que el financiamiento del terrorismo no esté incluido como delito predicado para el lavado de dinero, y en consecuencia resulte imposible aplicar medidas preventivas y represivas que se dirijan específicamente a esta actividad terrorista” (GAFI 2002:9)
25
El motivo del financiamiento del terrorismo puede ser: por la búsqueda de
poder, ideología política, fanatismo, entre otros. La finalidad es acatar lo
establecido en su tendencia política, filosófica o religiosa. Normalmente,
operan fuera del mercado bancario.
Figura 05: Ejemplo de empresa delictiva permanente que financia el
terrorismo
(Bergen 2001:45)
2.2. Antecedentes históricos
2.2.1. El blanqueo de capitales
Esta primera tesis doctoral utilizada como referencia, nos detalla el entorno político, económico y social, que envuelve el lavado de dinero a consecuencia de las actividades ilícitas.
“El aumento del crimen organizado, el terrorismo y su internacionalidad potenciada por los beneficios económicos que aporta el delito; su carácter empresarial y su implantación en el tejido económico de los países es una de las características más sobresalientes”. (Jiménez 2009:11)
El financiamiento del terrorismo es un mal que nos afecta mundialmente,
por ideologías, fanatismo extremos, u otros, es por ello que combatirlo con
26
la prevención es la recomendación del Grupo de Acción Financiera
Internacional (GAFI).
2.2.2. Lavado de activos
En este caso es un trabajo de investigación para la sustentación del grado del título bachiller y nos detalla:
“…es el estado, el obligado a regular actividades que eviten realizar acciones riesgosas con resultados lesivos; prohibiendo dichas conductas a los miembros de la sociedad. Los ciudadanos debemos someternos a estos parámetros de comportamiento; pues hemos “renunciado” a nuestra libertad de autogobernarnos, cediéndosela al Estado y que éste pase a regular nuestros comportamientos en sociedad”. (Miranda 2011:5)
Es así, que el estado peruano identifica las actividades de mayor riesgo y
las detalla en la ley N°27693, publicada en el año 2002, donde
adicionalmente, se establece implementar un código de conducta y un
manual interno para la prevención del LAFT.
2.2.3. El delito previo en el delito de lavado de activos
Esta tesis analiza la situación del lavado de activos a nivel nacional e
internacional, desde su origen como delito previo, terminología, tipologías
y sus posibles consecuencias en nuestro país:
La expresión «blanqueo de capitales» (Money laundering) tiene su origen
en la utilización por los mafiosos norteamericanos de cadenas de
lavanderías para colocar en la economía legal el dinero procedente del
tráfico de drogas.
La denominación que se le ha dado a este fenómeno no es uniforme al
referirse, que la doctrina ha insistido en abandonar la terminología
27
empleada para designar estos comportamientos: “Blanqueo de capitales”,
“blanqueo de dinero”, “lavado de dinero” o “reciclaje”, considerándolas de
escaso rigor técnico Jurídico.”3
La gran cantidad de delitos previos al lavado, como son: el narcotráfico, la
trata de personas, la extracción de ilegal de oro y la tala ilegal de oro,
entre otros. Las tipologías empleadas por el crimen organizado, su
incidencia en la economía y la sociedad.
2.3. Definición conceptual de términos contables
2.3.1. Auditoría Interna.- Es definida por el instituto de auditores internos como
una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta,
concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de una
organización.
Ayuda a la organización a cumplir sus objetivos aportando un enfoque
sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficacia de los
procesos de gestión de riesgos, control y gobierno.4
2.3.2. Control interno.- Políticas, procedimientos, prácticas y estructuras
organizacionales diseñadas para proporcionar razonable confianza en que
los objetivos de los negocios serán alcanzados y que los eventos
indeseados serán prevenidos o detectados y corregidos5
3 Cfr. Huayllani 2016:19 4 Cfr. IAI, 2013: 17 5 Cfr. Estupiñán 2015: 63
28
2.3.3. COSO.- Es un marco de control aceptado en muchos países, aplicable en
las organizaciones. El primer informe emitido fue en el año 1992 por la:
Comitee Of Sporsoring Organizations of the Treadway Commission
(Comité de organizaciones patrocinadoras) por sus siglas en ingles.
Este marco es un proceso llevado a cabo por la totalidad de integrantes de
la organización, con el objetivo de proporcionar un grado de
aseguramiento razonable en la consecución de los objetivos de las
organizaciones en sus diferentes niveles, es decir, este informe no es el
fin, sino es un medio para la consecución de dichos objetivos.6
2.3.4. Fraude.- Engaño hacia un tercero, abuso de confianza, luto, simulación,
etc. Se refiere al acto intencional de la administración, personal o de
terceros, que deviene en una representación equivocada de los estados
financieros, pudiendo implicar: ─ Manipulación, falsificación o alteración de
registros o documentos. ─ Malversación de activos. ─ Supresión u omisión
de los efectos de ciertas transacciones en los registros o documentos. ─
Registro de transacciones sin sustancia o soporte. ─ Aplicación mala de
políticas contables.7
2.3.5. Teoría del triángulo del fraude.- Esta teoría fue desarrollada por los
criminólogos Donald Cressey y Edwin Sutherland, explica las razones por
las que una persona puede cometer un fraude y determina tres factores
que están presentes en ese momento: presión, oportunidad, y justificación
o racionalización.8
6 Cfr. COSO, 2013: 1 7 Cfr. Salvador 2016:11 8 Cfr. AUDITOOL 2017
29
Figura N°06: Teoría del triángulo del fraude
(Salvador 2016:25)
2.3.6. Financial Action Task Force on Money Laundering (FATF).- Traducido
al español como Grupo de Acción Financiera (GAFI) es un organismo
intergubernamental creado en 1989, entre sus objetivos están fijar normas
y promover la aplicación efectiva de medidas legales, reglamentarias y
operacionales para combatir el blanqueo de dinero, la financiación del
terrorismo y otras amenazas conexas a la integridad del sistema financiero
internacional. Por lo tanto, el GAFI es un órgano de formulación de
políticas que trabaja para generar la voluntad política necesaria para llevar
a cabo reformas legislativas y reglamentarias nacionales en estos
ámbitos9.
2.3.7. El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT).- Es un
grupo regional que se dedica a la prevención, al combate del lavado de
activos y financiamiento del terrorismo. Núcleo de ésta red es
el GAFI/FATF con su sede dentro de la OCDE en París. Aquel organismo
9 Cfr. FATF 2017
Incentivo /
Presión
Oportunidad
.Racionalización / Justifica
ción
30
emite las 40 Recomendaciones que todos sus países miembros se obligan
de implementarlas en ley nacional. 10
Actualmente, los miembros de GAFILAT, son:
Figura N°07 Países miembros de GAFILAT
Fuente Elaboración propia
2.3.8. Riesgo.- Es la posibilidad de que un evento ocurra y afecte negativamente
a la consecución de los objetivos trazados11.
2.3.9. Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGAS).- Principios
fundamentales de la auditoría a los que deben enmarcarse el desempeño
de los auditores durante el proceso de la auditoría, aprobadas en el Perú
en 1968 y ratificadas en 1971, en las ciudades de Lima y Arequipa,
10 Cfr. GAFILAT 2017 11 COSO 2013: 68
01.- Argentina
02.- Bolivia
03.- Brasil
04.- Chile
05.- Colombia
06.- Costa Rica
07.- Cuba
08.- Ecuador
09.- Guatemala
10.- Honduras
11.- México
12.- Nicaragua
13.- Panamá
14.- Paraguay
15.- Perú
16.- Uruguay
31
respectivamente. El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad del
trabajo profesional del auditor.
2.3.10. Las Normas Internacionales de Auditoria (NIAS).- Expedida por la
Federación Internacional de Contadores (IFAC) y las actualizaciones que
realiza su Comité Internacional de Prácticas de Auditoria anualmente,
denotan la presencia de una voluntad internacional orientada al desarrollo
sostenido de la profesión contable, a fin de permitirle disponer de
elementos técnicos uniformes y necesarios para brindar servicios de alta
calidad para el interés público.
2.3.11. Marco para la práctica profesional de la auditoría interna.- Aprobado
por el Instituto Global de Auditores Internos (IIA) y en vigor desde enero de
2013, es referente fundamental para todo profesional que desempeñe la
actividad de auditoría interna en el mundo y herramienta esencial en el día
a día de los auditores internos.12
2.3.12. Registro de ganadores de premios (REGAP).- Registro en el que el
sujeto obligado registra información relativa a las personas que resulten
ganadoras de los premios que otorgue como consecuencia de un sorteo,
rifa u otra promoción comercial que lleve a cabo en sus salas de juego.13
2.3.13. Registro de operaciones (RO).- Son las operaciones de compra, venta o
canje de fichas, tickets u otro medio de juego, pago de premios de
máquinas TGM en las cajas de la sala de juego. El sujeto obligado debe
registrar estas operaciones de sus clientes, por montos iguales o
12 Cfr. IAI 2013:5 13 Cfr. SBS 2016 (a):595018
32
superiores a los US$ 2,500.00 (dos mil quinientos y 00/100 dólares
americanos) o su equivalente en moneda nacional u otras monedas, de
ser el caso.14
2.3.14. TOLERANCIA AL RIESGO.- Es el nivel aceptable de variación del
desempeño o materialidad (agregado), en relación a la consecución de los
objetivos. 15
2.3.15. PERSONAS POLÍTICAMENTE EXPUESTAS (PEP).- personas naturales,
nacionales o extranjeras, que cumplen o que en los últimos cinco (5) años
hayan cumplido funciones públicas destacadas o funciones prominentes
en una organización internacional, sea en el territorio nacional o
extranjero.16
14 Cfr. SBS 2016 (a):595018 15 Cfr. COSO 2013 :69 16 Cfr. SBS 2016 (a):581906
33
CAPÍTULO 3:
METODOLOGÍA
3.1. Diseño de la investigación
El presente trabajo, es una investigación con un enfoque cualitativo no experimental
y el tipo de diseño utilizado es el descriptivo ya que permite evaluar el cumplimiento
de la normativa relacionada a la prevención del LAFT, ejecutada por el
departamento de Cumplimiento a través de la identificación de los riesgos que
afectan a la empresa Recreaciones S.A.C.
Al identificar los riesgos existentes estaremos en condiciones de evaluar el impacto
en la empresa y brindar posibles recomendaciones para mitigarlo y mantenerlo en
un nivel tolerable.
En relación al enfoque cualitativo no experimental, podemos describir los procesos
llevados a cabo (se realizó la visita “in situ” y se observó los hechos en su contexto
natural), para la obtener y registrar los procesos relacionados a los riesgos
identificados, como son, la recolección de datos de clientes que se registran por
primera vez, que se hayan hecho acreedores de algún premio o simplemente que
hayan realizado alguna transacción en caja (siempre y cuando, supere el umbral
establecido) o de la documentación y archivo de los documentos que acreditan la
34
capacitación en prevención del LAFT, entre otros mencionados en el caso práctico,
no alterando en ningún momento alguna de las variables, como el sujeto o las
condiciones.
Una investigación descriptiva es aquella que comprende la descripción, análisis,
evaluación, control e implementación de los procesos de control interno que afectan
a la empresa.
Según lo señalado en párrafo anterior la investigación descriptiva consiste en
conocer la situación actual de la empresa Recreaciones S.A.C., a través de la
descripción exacta de los procesos, actividades y objetivos que permitan saber las
posibles debilidades de los procesos relacionados a la prevención del LAFT.
3.2. Población y muestra
Al cierre del ejercicio 2016, la empresa Recreaciones S.A.C., tenía 890 trabajadores
(según PDT N° 601 y página web Sunat) y la muestra a realizar dependerá del
proceso auditado.
En relación a lo expuesto, nuestro cuestionario realizado metodológicamente se
ejecutó con una muestra de (9) nueve personas (gerencias de sala, jefaturas y el
Oficial de Cumplimiento).
En la revisión del legajo de personal, el universo consta del total de trabajadores
(890), siendo nuestra muestra el 0.5%, equivalentes a 5 legajos.
En el Registro de Operaciones, en las que se incluyen operaciones de efectivo,
compra, venta de tickets (tickets in, tickets out – TITO), pagos Jackpots, uso de
35
tarjetas de débito y crédito, todas éstas mayores a USD 2,500 se registraron 14,968
transacciones, y nuestra muestra es de 0.20% lo cual equivale a 30 registros.
En el Registro de Ganadores de Premios (REGAP), en las que se incluyen a todos
los clientes que obtuvieron premios por alguna promoción comercial, sin distinción
alguna, se registraron 9,345 transacciones, y nuestra muestra es de 0.25%,
equivalentes a 23 registros.
3.3. Método de la investigación
En el presente trabajo se utilizaron los métodos siguientes:
✓ Observación, porque se validaron los procesos por los cuales se verificaron y
percibieron los procesos objeto de estudio.
✓ Deductivo, porque se partió de hechos generales contemplados en la norma
genérica hasta llegar a la norma específica e identificar particularidades.
✓ Comparativo, porque se comparó lo promulgado en la norma vigente, con los
procedimientos (realidad) realizados en la empresa.
Para ser considerada como investigación por objetos, se representa el siguiente
esquema:
1.-•PROBLEMA PRINCIPAL Y SECUNDARIO
2.-•OBJETIVO GENERAL
3.-•OBJETIVO ESPECÌFICO
4.-• INDICADORES DE LOGRO DE OBJETIVOS
5.-•CONCLUSIONES
36
3.4. Tipo de investigación
Se realizó una investigación Mixta, debido a que se realizó trabajo de campo y un
análisis documental, por cuanto la información fue recabada directamente y de
fuentes primarias de los departamentos de Cumplimiento, RRHH y Operaciones de
la empresa Recreaciones S.A.C.
Se realizó una investigación de campo, debido a que los datos se recogieron
directamente de la empresa, a los cuales los denominamos primarios y su valor
está en que permite cerciorarse de las auténticas actividades en que se han
obtenido, con lo cual facilita su revisión o modificación en caso de existir
interrogante alguna.
Podemos concluir que la investigación mixta es importante en el desarrollo del
trabajo de investigación ya que permiten conocer la realidad de las actividades y
procesos desarrollados en la empresa Recreaciones SAC.
3.5. Técnicas e instrumentos
Para la recolección de datos, se utilizaron las siguientes técnicas: a) Análisis de
documentos, (técnica indirecta o no interactivas) relacionados a la documentación
oficial de la empresa y b) La Observación directa, (técnica directa o interactiva) ya
que se realizó la verificación de los procesos in situ. Asimismo, se utilizaron los
siguientes instrumentos: 1) La entrevista, debido a que solicitamos una cita
personal con los sujetos que encabezan jerárquicamente cada sala de Juego, asi
como también se hizo partícipe a algunas jefaturas y al Oficial de Cumplimiento, y
2) La encuesta, a los sujetos mencionados en el punto anterior, se les solicitó que
completaran el instrumento de recolección de datos.
37
3.6. Matriz de operacionalización de las variables
MATRÍZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE INSTRUMENTO (MODELO)
Tema: Evaluación del Sistema de Control Interno en el proceso de prevención del lavado de activo y financiamiento del terrorismo
(PLAFT) del Dpto. de Cumplimiento en la empresa Recreaciones S.A.C. en el año 2016
VARIABLES DIMENSIONES INDICADORES DE
LOGRO %
N° ITEMS
ITEMS CRITERIO DE EVALUACIÓN
Control Interno
Conocimiento Interno
a) Verifica el correcto conocimiento " o la debida diligencia del trabajador
10.00%
2
- ¿Cómo determina usted, que se ha realizado la correcta identificación o la debida diligencia del trabajador?
CORRECTO = 1 INCORRECTO = 0
- ¿Se ha capacitado por lo menos una vez al año al personal en materia de PLAFT?
Conocimiento externo
a) Verifica el correcto conocimiento o la debida diligencia del cliente
40.00%
8
- ¿Cómo determina usted, que se ha realizado la correcta identificación o la debida diligencia del cliente?
b) Controla el correcto registro de Operaciones
- ¿De qué manera se controla el correcto ingreso del registro de Operaciones?
- ¿De qué manera verificamos la integridad de las operaciones?
38
c) Controla el correcto ingreso del registro de Ganadores
- ¿De qué manera se controla el correcto ingreso del registro de Ganadores?
- ¿De qué manera verificamos la integridad del registro de Ganadores?
d) Verificar que se hayan realizado las capacitaciones y haya constancia de ello
- ¿Recibe el personal una capacitación en materia de prevención del LAFT por lo menos 1 vez al año?
- ¿Recibe el personal nuevo una capacitación y/o inducción sobre los alcances del sistema de prevención del LAFT, dentro de los 30 dias posteriores a su ingreso?
- ¿Existe documentación que certifique las capacitaciones, donde se archiva?
Prevención del Lavado de Activos y
Financiamiento del Terrorismo
(PLAFT)
Normativa vigente
a) Identificar las normas generales y específicas aplicadas al sector entretenimiento
25.00%
5
- ¿Cuáles son las normas aplicables al sector entretenimiento (casinos - tragamonedas)?
- ¿Cuáles son las normas aplicables al sector entretenimiento, relacionada al PLAFT?
- ¿Cuáles son las modificaciones con la norma vigente 2016, en comparación a la norma anterior?
39
b) Identificar las debilidades del sistema del control de prevención, de ser el caso, así como identificar la sanción incurrida así como, cuantificar la infracción
- ¿En base a su experiencia, cual (es) son las debilidades del sistema de prevención?
- ¿Según su conocimiento, estas debilidades se encuentran tipificadas y consecuentemente, son sancionadas?
Oficial de Cumplimiento
c) Verificar la existencia, requisitos y obligaciones del Oficial de Cumplimiento
25% 5
- ¿ EL directorio o del órgano que haga sus Veces fue quien designó al Oficial de Cumplimiento?
- ¿Hay un Oficial de cumplimiento o personal que realice sus funciones?
- ¿El Oficial de Cumplimiento es corporativo?
- ¿El Oficial de Cumplimiento realiza actividades distintas a las estipuladas en la norma?
- ¿Existe un plan anual de actividades, en las que se base el Oficial de Cumplimiento?
100% 20
40
3.7. Instrumento de recolección de datos
El instrumento utilizado para obtener las respuestas a nuestras interrogantes, sobre
el problema en estudio fue el cuestionario, cuyas respuestas fueron categóricas,
debido a que tuvo más de dos (2) alternativas (exactamente 3). Asimismo se
caracterizó por ser una elección múltiple, debido a que solo se escogía una (1)
respuesta y se caracteriza porque el orden de las respuestas, no es relevante.
En el gràfico Nº08 del presente trabajo, se muestra el instrumento de recolección de
datos. El Cuestionario presentado, consta de veinte (20) preguntas y todas ellas
tienen tres (3) alternativas.
41
CAPÍTULO 4:
RESULTADOS
4.1. Descripción e interpretación de resultados
Se observa que el conocimiento promedio relacionado con la prevención del LAFT,
por parte de los entrevistados (Gerentes de Sala, jefaturas de RRHH, Operaciones
y Administración e inclusive el Oficial de Cumplimiento,), se encuentra situado en un
punto medio, por debajo del nivel tolerable. Conceptos sobre la capacitación del
personal, la importancia de la debida diligencia, el correcto llenado de los registros
de ganadores (REGAP) y operaciones (RO), operaciones sospechosas y sus
contenidos mínimos, no son entendidos o tienen conocimientos básicos.
Razón por la cual, si el conocimiento es relativamente mediano y no existe un “tone
at the top” adecuado (pronunciamiento y correcta dirección de la gerencia de sala),
cuando se registren las transacciones mencionadas en párrafo anterior, pueda
darse el caso que no se realice de forma óptima.
42
CUADRO N° 08: Resultados generales - cuestionario a los responsables de
sala, para determinar el conocimiento del LAFT 2016
IT PREGUNTA CORRECTO INCORRECTO TOTAL
N° % N° % N° %
01.- ¿Se realiza la debida diligencia del trabajador? 3 33% 6 67% 9 100%
02.- ¿Los trabajadores han recibido capacitación en
materia de PLAFT? 6 67% 3 33% 9 100%
03.- ¿Se realiza o la debida diligencia del cliente? 5 56% 4 44% 9 100%
04.- ¿Existe un Registro de Operaciones (RO)? 5 56% 4 44% 9 100%
05.- De ser afirmativa la respuesta anterior, indicar los
campos mínimos que contiene este registro 2 22% 7 78% 9 100%
06.- ¿Existe un Registro de Ganadores de Premios
(REGAP)? 6 67% 3 33% 9 100%
07.- De ser afirmativa la respuesta anterior, indicar los
campos mínimos que contiene este registro 2 22% 7 78% 9 100%
08.- ¿Existe un Registro de Operaciones Sospechosas
(ROS)? 7 78% 2 22% 9 100%
09.- ¿Se ha dejado constancia de la entrega del Manual
ínterno de prevención del LAFT al trabajador? 2 22% 7 78% 9 100%
10.- ¿Se ha dejado constancia de la entrega del Código
de conducta al trabajador? 5 56% 4 44% 9 100%
43
Fuente: Elaboración propia
11.- ¿Conoce la definición de una persona
políticamente expuesta PPE? 8 89% 1 11% 9 100%
12.- Indicar las normas relacionadas a empresas que
explotan salas de casinos y tragamonedas 6 67% 3 33% 9 100%
13.- Indicar las normas relacionadas a la PLAFT,
aplicables a la empresa 1 11% 8 89% 9 100%
14.-
En base a su experiencia: ¿Cuál(es) es (son) la(s)
debilidad(es) del sistema de prevención del lavado
de activos SPLAFT?
6 67% 3 33% 9 100%
15.- De existir debilidades en el SPLAFT, ¿éstas se
encuentran tipificadas? 3 33% 6 67% 9 100%
16.- ¿Existe un Oficial de Cumplimiento? 9 100% 0 0% 9 100%
17.- De ser afirmativa la respuesta anterior, indicar si el
OC ¿fue designado por el Directorio? 1 11% 8 89% 9 100%
18.-
De ser afirmativa la respuesta N°16, indicar: ¿el OC
está dedicado exclusivamente a las funciones de
PLAFT o cumple otras funciones?
9 100% 0 0% 9 100%
19.- Existe un plan anual de actividades para el OC 4 44% 5 56% 9 100%
20.- Se mantiene en reserva la identidad del OC 6 67% 3 33% 9 100%
44
Imagen N° 09: Resultados Generales obtenidos de la aplicación del
cuestionario a los responsables de sala, para determinar el conocimiento del
trabajador en materia del PLAFT 2016
Fuente: Cuestionario a los responsables de sala, para determinar el conocimiento
del trabajador en materia del PLAFT 2016
Como se muestra en la figura precedente, el nivel general en conocimiento en
materia de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, es
escaso o bajo. ¿Cual es la norma legal vigente?, definiciones como: personas
políticamente expuesta –PPE-, Oficial de cumplimiento, Registro de ganadores de
premios, Registro de Operaciones, debida diligencia, no son de conocimiento pleno
del personal que debería estar aplicando la normativa vigente en la empresa.
33%
67%
56% 56%
22%
67%
22%
78%
22%
56%
89%
67%
11%
67%
33%
100%
11%
100%
44%
67%67%
33%
44% 44%
78%
33%
78%
22%
78%
44%
11%
33%
89%
33%
67%
0%
89%
0%
56%
33%
01.- 02.- 03.- 04.- 05.- 06.- 07.- 08.- 09.- 10.- 11.- 12.- 13.- 14.- 15.- 16.- 17.- 18.- 19.- 20.-
CONOCIMIENTO GENERAL DEL LAFT
CORRECTO INCORRECTO
45
4.2. Propuesta de solución
Capacitar y entrenar al personal al personal clave, en materia de prevención del
LAFT, con la finalidad que el personal de sala (personal operativo y 1ra línea de
defensa) identifique los riesgos asociados, así como, las consecuencias de un
inadecuado registro. Las capacitaciones deberán ser específicas y de acuerdo a las
funciones que realice cada puesto, en relación a las áreas más sensibles y de mayor
riesgo como son: la caja, operadores, bóveda, a modo enunciativo, no limitativo.
A mayor detalle, estas propuestas de solución se verán en las conclusiones y
recomendaciones de este trabajo.
46
CAPÍTULO 5:
CASO PRÁCTICO
Recreaciones S.A.C. es una sociedad anónima cerrada constituida en el mes de
diciembre de 2003, la dirección de su domicilio fiscal es en el distrito de San Isidro,
Provincia de Lima, Departamento de Lima. Su actividad principal es dedicarse a la
explotación de juegos de azar mediante la explotación de máquinas tragamonedas
conforme a las leyes vigentes sobre la materia. Asimismo, Recreaciones también
podrá celebrar contratos de colaboración empresarial, así como de arrendar activa
o pasivamente toda clase de bienes y efectuar inversiones de bienes muebles e
inmuebles; de igual modo la sociedad podrá dedicarse a la compra, venta e
importación de bienes vinculados a explotación de juegos de casino y máquinas
tragamonedas entre otras actividades.
Recreaciones es una empresa familiar cuya estructura, está compuesta desde la
cúspide organizacional por la Junta General de Accionistas, el Directorio y
posteriormente una Gerencia General y una Gerencia de Cumplimiento; después
de éstas, siguen las Gerencias de Línea. Adicionalmente, la empresa cuenta con
un departamento de Auditoría Interna, que depende del Comité de Auditoría.
47
Así mismo, se han identificado la misión y la visión de la empresa, las cuales se
detallan a continuación:
La misión es: Brindar un servicio amable y personalizado, logrando así que la
experiencia de nuestros clientes sea única, dando la mejor oferta de producto,
máquinas, promociones e infraestructura; incentivando el desarrollo y crecimiento
de nuestros colaboradores.
La visión es: Ser una empresa del sector de entretenimiento con presencia en
diferentes distritos de Lima y ser el líder en cada uno de los distritos en que
operemos.
El proceso contable es computarizado y se realiza en el domicilio fiscal de la
entidad. Se elaboran estados financieros mensuales para uso gerencial. Asimismo,
se elaboran y presentan mensualmente las declaraciones juradas de impuestos a
los cuales se encuentran afecta. De igual modo se cumple con elaborar y presentar
las declaraciones juradas anuales de impuesto a la renta de tercera categoría, a la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
También se presentan al Directorio, los estados financieros anuales, los cuales son
examinados por la sociedad de auditoría Caipo & Asociados S. Civil de R.L.
En la actualidad, la empresa administra 05 (cinco) salas de juego, las cuales
explotan solo máquinas tragamonedas; las mismas que se encuentran autorizadas
para operar en las Salas de Juego por las DGJCMT. Las resoluciones autoritativas
relacionadas a cada sala de juego son:
48
FIGURA N°10: RESOLUCIONES AUTORITATIVAS DE JUEGO
EMPRESA SALA Nº RESOLUCIÓN DIRECTORAL FECHA Nº
MÁQUINAS
Recreaciones S.A.C.
(Salas TGM)
Sala 01 Nº 0101-2016/ MINCETUR/ VMT/DGJCMT
14/01/2016 292
Sala 02 Nº 0278-2016/ MINCETUR/VMT/ DGJCMT
29/01/2016 288
Sala 03 Nº 0202-2016/ MINCETUR/ VMT/DGJCMT
26/09/2016 327
Sala 04 Nº 0279-2016/ MINCETUR/ VMT/DGJCMT
29/01/2016 273
Sala 05 Nº 0395-2016/ MINCETUR/VMT/ DGJCMT
11/02/2016 341
Total Recreaciones S.A.C. 1,521
Fuente: Elaboración propia
5.1. Planteamiento del Problema:
Este trabajo de investigación se basará en evaluar el desempeño del sistema de
prevención del LAFT, en relación al “objetivo cumplimiento” de la empresa
Recreaciones, el cual es: Asegurar y adoptar las medidas necesarias en
observancia a la Resolución SBS N°1695-2016: “Norma para la prevención del
lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a las personas
jurídicas que explotan juegos de casino y/o máquinas tragamonedas” (en
adelante “La norma”), publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 30 de
marzo de 2016, la misma que reemplaza a la Resolución Ministerial N°063-2009-
MINCETUR/DM y la Resolución SBS N°5172-2016: “Reglamento de infracciones y
sanciones en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del
terrorismo aplicable a las personas jurídicas que explotan juegos de casino y/o
máquinas tragamonedas” (en adelante “El Reglamento”), publicado en el diario
oficial El Peruano con fecha 30 de septiembre 2016, Reglamento que reemplaza a
la Resolución SBS N°5389-2013.
49
Con la finalidad de poder centrarme en el objetivo de la Tesina, desarrollaremos
cuatro (4) puntos fundamentales en la normativa relacionada a la prevención del
LAFT, los cuales detallamos a continuación:
a) Departamento de Cumplimiento.
b) Conocimiento del cliente y trabajador.
c) Sistema Informático de prevención del LAFT.
d) Capacitaciones, constancias y custodia del legajo del personal (relacionado
con el área de RR.HH)
a) El Departamento de Cumplimiento.-
En el ejercicio de sus funciones, el directorio de Recreaciones designó al
Oficial de Cumplimiento, con las características, responsabilidades y
atribuciones que la normativa exige. El Oficial de Cumplimiento es la
persona responsable de velar por la adecuada implementación y el correcto
funcionamiento del sistema de prevención del LAFT.
Por la complejidad del giro del negocio, el tamaño de Recreaciones y el
volumen de sus operaciones, el directorio aprobó asignar cuatro (4)
personas (2 asistentes y 2 practicantes) que estén bajo la supervisión del
Oficial de cumplimiento, dando origen al Departamento de Cumplimiento.
Según lo dispuesto en el artículo N°3 la norma, indica que el sujeto obligado
debe implementar un sistema de prevención del LAFT, de acuerdo a los
riesgos a los que se encuentre expuesto, el fin de este sistema es la
prevención y el evitar que la empresa, sea utilizada con fines ilícitos
50
relacionados con el LAFT. Este sistema es de aplicación general a todos los
colaboradores de la empresa.
Adicionalmente, a la implementación del sistema de prevención del LAFT, la
norma indica:
“3.4 El sujeto obligado debe elaborar un informe de evaluación de riesgos del LA/FT, para identificar, evaluar y categorizar los riesgos a los que está expuesto, el que debe considerar, entre otros, el número y monto promedio de operaciones en caja de las salas de juego, clientes habituales, riesgo por zona geográfica, canales de atención y/o tipo de monedas transadas, con la finalidad de establecer controles apropiados para mitigar los riesgos, siempre que se encuentre en alguno de los supuestos siguientes:
3.4.1 Explota salas de juego de casino. 3.4.2 Explota quinientas o más máquinas tragamonedas en el total de sus salas autorizadas. 3.4.3 Explota salas de juego de máquinas tragamonedas en las siguientes Regiones:
1. Tacna. 2. Puno. 3. Ucayali. 4. Loreto. 5. Tumbes. 6. Madre de Dios….” (SBS 2016:581906)
En nuestro caso, Recreaciones al contar con mil quinientas veinte uno
(1,521) máquinas tragamonedas autorizadas en sus cinco (5) salas de
juego, se encuentra en el supuesto 3.4.2 de la norma antes mencionada,
consecuentemente debe contar con un informe de evaluación de riesgos del
LAFT, el mismo que servirá para identificar, evaluar y categorizar los
riesgos a los que se encuentra expuesto, con la finalidad de prevenir y
evitar ser utilizado con fines ilícitos vinculados con el LAFT.
Asimismo, este informe deberá ser revisado y/o actualizado cada dos (2)
años o cuando la empresa considere ofrecer u ofrezca nuevos servicios.
51
LA PROBLEMÁTICA IDENTIFICADA
Se evidenció que Recreaciones no cuenta con el informe de evaluación
de riesgos relacionados a la prevención del LAFT, el cual a la fecha (20
de febrero 2017) se encuentra en elaboración por una consultora externa.
Al no poseer el informe de evaluación de riesgos, estaríamos dentro de
una infracción tipificada en el reglamento, la misma que se detalla a
continuación:
IMAGEN N° 11 RIESGO E INFRACCIÓN DE LA EVALUACIÓN DE
RIESGOS
Fuente: Elaboración propia
b) Conocimiento del cliente y trabajador.
“7.1 Para efectos de esta norma, cliente es toda persona natural, nacional o extranjera, que solicita y recibe del sujeto obligado, en forma habitual u ocasional, la prestación del servicio de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas respecto de operaciones que se encuentran sujetas al RO. La Ley, el Reglamento y la presente norma son aplicables a todos los clientes del sujeto obligado” (SBS 2016:581907)
SUB-
TEMA
RES. SBS
N°5167 RIESGO INFRACCIÓN
SANCIÓN IMPORTE (UIT 2016- S/
3,950)
EV
ALU
AC
IÓN
DE
RIE
SG
OS
DE
L L
AF
T
Num
era
l 6
, de
la
secció
n II
No elaborar un informe de evaluación de riesgos del LA/FT que contenga la información exigida y siempre que el sujeto obligado se encuentre en alguno de los supuestos previstos, de acuerdo con la normativa vigente.
GRAVE 7 UIT 27,650
52
El numeral de la norma antes referida señala que un cliente, es toda
persona que realiza jugadas en cualquiera de nuestros locales de juego,
independientemente del monto involucrado. En relación al conocimiento del
cliente el artículo N°8 de la norma, otorga pautas para una correcta
identificación, adecuada y fehaciente identificación del mismo.
“…La información mínima que debe requerirse y ser proporcionada por el cliente es la siguiente:
a) Nombres y apellidos. b) Tipo y número de documento de identidad. c) Nacionalidad, en el caso de extranjeros. d) Si es PEP, indicando de ser el caso, el cargo y nombre de la institución. En ese caso, se aplica el régimen reforzado establecido en los numerales siguientes. e) El origen de los fondos involucrados en la transacción.” (SBS 2016: 581907)
En cumplimiento a lo descrito en líneas precedentes, Recreaciones ha
adoptado el modelo propuesto por la norma en su anexo N°01, la misma
que en nuestra tesina será el anexo N°04, la cual mostramos a
continuación:
IMAGEN N°12 DECLARACIÓN JURADA DE CONOCIMIENTO DE
CLIENTE
Fuente: Elaboración propia
53
En el siguiente cuadro mostramos como el Directorio ha delegado la
responsabilidad al Oficial de Cumplimiento, el mismo que tiene como
responsabilidad la verificación y monitoreo en todo momento sobre la
correcta identidad del cliente, la misma que puede verse reflejada dentro de
las 3 líneas de defensa, con relación al cumplimiento del objetivo de la
norma de prevención del LAFT de la empresa Recreaciones.
IMAGEN N°13 PROCESO DE IDENTIFICACIÓN, MONITOREO Y VERIFICACIÓN DEL CONOCIMIENTO DEL CLIENTE
Fuente: Elaboración propia
LA PROBLEMÁTICA IDENTIFICADA
Relacionado a la identificación del cliente (Debida Diligencia), se observó un
(1) registro cuyos datos proporcionados por el cliente con su número de
documento de identidad, no coincidió con la información extraída de la
página web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC.
54
IMAGEN N° 14 COMPARACIÓN DE INFORMACIÓN ENTRE LOS SISTEMAS
INFORMÁTICO SPLAFT Y EL RENIEC ON LINE
SEGÚN BASE DE DATOS :
SISTEMA INFORMÁTICO INTERNO RENIEC
N° DE DOC CLIENTE SALA IMPORTE NOMBRE CORRECTO
07154871 MARIA JOSE PAUCAR GONZALES TGM
S/. 2,350
AVELINA GUTIERREZ GONZALES
Fuente: Elaboración propia
Ante esta situación estaríamos, en la siguiente infracción:
IMAGEN N° 15 RIESGO E INFRACCIÓN SOBRE EL CONOCIMIENTO DE
CLIENTES
Elaboración: Fuente propia
En relación al conocimiento de trabajadores y directores, la norma indica
que el sujeto obligado debe implementar una política de debida diligencia en
conocimiento de los colaboradores y directores.
“9.2 El propósito de la debida diligencia en el conocimiento de los directores y trabajadores es que el sujeto obligado esté en la capacidad de establecer sus perfiles; para ello el sujeto obligado debe requerir y evaluar los antecedentes personales, laborales y
SUB-TEMA
RES. SBS
N°5167 RIESGO INFRACCIÓN
SANCIÓN
IMPORTE (UIT
2016- S/ 3,950)
CO
NO
CIM
IEN
TO
DE
L C
LIE
NT
E
Num
era
l 1
de la
secció
n II No realizar las mínimas acciones
control y debida diligencia respecto del conocimiento del cliente según lo dispuesto en la normativa vigente
GRAVE 5 UIT 19,750
55
patrimoniales, a través de una declaración jurada que incluya por lo menos la siguiente información:
1. Nombres y apellidos completos 2. Tipo y número del documento de identidad (incluyendo una copia). 3. Estado civil, especificando los nombres y apellidos del cónyuge o conviviente, de ser el caso. 4. Profesión u oficio. 5. Ocupación y/o cargo en el sujeto obligado. 6. Dirección domiciliaria y número telefónico de su domicilio habitual. 7. Estudios profesionales y capacitaciones especializadas recibidas. 8. Certificado u otros documentos que presenten información sobre sus antecedentes policiales y penales. 9. Antecedentes laborales y patrimoniales, incluyendo la declaración
de otros ingresos que genere fuera del sujeto obligado.” (SBS 2016: 581908)
En el anexo N°02 de la norma y con el mismo número en nuestra Tesina, se
muestra el modelo propuesto por la UIF-Perú. La cual indica que la
información antes referida deberá:
✓ Estar actualizada y a disposición del organismo supervisor.
✓ El sujeto obligado deberá requerir al trabajador y director que
actualice cualquier cambio relacionado con el numeral 9.2 de la
norma, dentro de los quince (15) días posteriores de ocurridos los
hechos, bajo responsabilidad del trabajador.
c) Sistema Informático de prevención del LAFT
El sistema informático es un software realizado por el Dpto. interno de
Tecnología e Información (TI) a requerimiento del Dpto. de Cumplimiento
para cumplir con la norma relacionada a la prevención del LAFT, el cual
consta de los siguientes módulos:
56
I.- RELACIONADAS CON EL CLIENTE
a) Declaración jurada sobre el conocimiento del cliente.
b) Registro de Operaciones.
c) Registro de medios de pago.
d) Operaciones inusuales.
f) Registro de Ganadores (promociones comerciales)
II.- RELACIONADAS CON EL TRABAJADOR
a) Registro de la capacitación al personal.
b) Declaración jurada de recepción y conocimiento del
manual y/o código de conducta.
Un riesgo identificado es el volumen de las transacciones, que
ingresados al sistema informático de forma oportuna e íntegra, puede
ayudar en la consecución de objetivos, sin embargo, el riesgo identificado
está en la ineficiencia en la sobrecarga de datos. En ese orden de ideas la
calidad de la información es indispensable para que el sistema de
información sea eficaz.
En relación a este punto, la norma en el artículo N°16 indica que el sujeto
obligado debe dejar constancia de la recepción y conocimiento que sus
trabajadores y directores se les ha entregado y han sido informados sobre
el Manual Interno de prevención del LAFT, asi como, del Código de
Conducta mediante una declaración jurada, la cual deberá estar a
disposición del organismo supervisor.
57
Imagen Nº 16: Código de Conducta – Manual de Prevención
| Fuente: Elaboración propia
Adicionalmente, en la intranet de Recreaciones se han publicado los
documentos: Manual Interno para la prevención del PLAFT (sirve como guía
para actuar en casos y/o procedimientos específico) y el Código de
Conducta (guía de compromiso de cara a la integridad y los valores éticos -
respeto, compromiso, solidaridad, transparencia, equidad, idoneidad,
imparcialidad, veracidad-), los cuales se encuentran a disposición de todo el
personal.
LA PROBREMÁTICA IDENTIFICADA
En relación al código de conducta y al manual de prevención del LAFT, se
identificaron cuatro (4) trabajadores, en cuyos legajos de personal no se
evidencia la constancia que éstos hayan tomado conocimiento del Código
de Conducta y el Manual de prevención del LAFT o mediante alguna
declaración jurada.
58
IMAGEN N° 17 CHECK LIST DE CUMPLIMIENTO - LAFT
Fuente: Elaboración propia
Ante esta situación, estaríamos en la siguiente infracción:
IMAGEN N° 18 RIESGO E INFRACCIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL LAFT
Fuente: Elaboración propia
PROBLEMÁTICA
IT
CÓDIGO
APELLIDOS Y NOMBRES DEL TRABAJADOR
FECHA DE INGRESO
CV FOTOGRAFIA
RECIEN
TE
COPIA DNI O
CARNÉ DE
EXTRANJERÍA
DJ ANTEC
EDENTES
PERSONALES
Y LABORALES
DJ NO
CONTAR CON ANTEC
EDENTES
PENALES Y
POLICIALES
DJ PATRIMONIAL
DJ DE HABER TOMADO
CONOCIMIENTO Y DE CUMPLIR CON EL
MANUAL INTERNO Y CODIGO DE CONDUCTA
1 2xx8 ALVAREZ PEDRAZA LUIS ALBERTO
08/02/2011 SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE NO TIENE
2 1xx7 ANDONAYRE MORON DIANA CAROLINA
08/08/2007 SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE NO TIENE
3 2xx5 ARCE PEREZ MARCO ANTONIO
17/11/2012 SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE NO TIENE
4 2xx0 AREVALO GUZMÁN MAX
01/05/2014 SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE SI
TIENE NO TIENE
SUB-TEMA
RES. SBS
N°5167 RIESGO
INFRACCIÓN
SANCIÓN
IMPORTE (UIT 2016 – S/3,950)
MA
NU
AL D
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NC
IÓN
DE
L
LA
FT
Num
era
l 2
4 d
e la s
ecció
n II
No dejar constancia de haber puesto en conocimiento de los trabajadores y oficial de cumplimiento el manual para la prevención y gestión de los riesgos LA/FT a través de la declaración jurada de recepción y conocimiento de aquel o por la constancia que establezca el sujeto obligado.
GRAVE 4 UIT 15,800
59
IMAGEN N° 19 RIESGO E INFRACCIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
SUB-TEMA
RES. SBS
N°5167 RIESGO
INFRACCI
ÓN
SANCIÓN IMPORTE (UIT 2016 – S/3,950)
CÓ
DIG
O D
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CT
A
Num
era
l 2
5 d
e la s
ecció
n II
No dejar constancia de haber puesto en conocimiento de los trabajadores, oficial de cumplimiento y directores, de ser el caso el código de conducta para la prevención del LA/FT a través de la declaración jurada de recepción y conocimiento de aquel o por la constancia que establezca el sujeto obligado.
GRAVE 4 UIT 15,800
Fuente: Elaboración propia
Adicionalmente, la problemática en este punto se origina en los siguientes
registros:
El Registro de Operaciones (RO)
El proceso de registro, se realiza en cajas operacionales ubicadas en las
salas de juego, siempre y cuando la transacción a realizar por el cliente
(operaciones con canje de fichas, tickets, u otro medio de juego – tarjetas,
jackpot) sea igual o superior a USD. 2,500 o su equivalente en otra moneda.
Para validar la integridad y la exactitud del RO, se realizó la comparación de
los registros, entre el sistema de prevención y la información brindada por
Dpto. de Análisis y Estadística (relacionada al canje de tickets y al pago de
los premios jackpot), encargado entre otras funciones, el de validar los
pagos realizados por las máquinas tragamonedas. Asimismo, para validar la
información de las tarjetas (de débito y crédito) se solicitó la información al
Dpto. de Contabilidad, debido a que este tipo de transacciones se
encuentran registradas contablemente.
60
Del análisis entre el sistema contable y el sistema de prevención se
identificaron dos (2) registros de tarjetas de débito, las cuales fueron
realizadas en las cajas de Recreaciones, sin embargo, no se encuentran en
el sistema prevención LAFT. Los registros antes mencionados, son los
siguientes:
IMAGEN N° 20 REGISTROS DE MEDIOS DE PAGO NO REGISTRADOS
Fuente: Elaboración propia
Asimismo, se realizó la comparación entre la base de datos enviada por el
departamento de Análisis & Estadística y el reporte del sistema de
prevención LAFT, encontrándose tres (3) premios jackpot, no registrados en
el sistema de prevención LAFT.
IMAGEN N° 21 REGISTRO DE OPERACIONES CON EL V°B° DE LOS DPTO. DE
CONTABILIDAD Y ANÁLISIS Y ESTADÍSTICA
IT N° DE REG
FECHA DE OPE.
TIPO DE DOC.
N° DE DOC CLIENTE MONEDA
MEDIO DE PAGO
DOC. REF
IMPORTE USD
1 275026 06/02/2016 C.E. 448XXXX
MUÑOZ PEREIRA GILBERTO DÓLARES
TARJETA DE DÉBITO VISA 2,800
2 350077 09/07/2016 C.E. 159XXXX
RODRIGUEZ RAMIREZ RAUL DÓLARES
TARJETA DE DÉBITO VISA 3,000
USD.5,800
1.- INGRESO AL REGISTRO DE OPERACIONES (TARJETAS, TICKETS, JACKPOTS)
61
Fuente: Elaboración propia
La infracción tipificada, es la siguiente:
IMAGEN N° 22 RIESGO E INFRACCIÓN DEL REGISTRO DE OPERACIONES
SUB-TEMA
RES. SBS
N°5167 RIESGO INFRACCIÓN SANCIÓN
IMPORTE (UIT 2016 – S/3,950)
RE
GIS
TR
O D
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OP
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AC
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ES
Num
era
l 1
2, d
e la
secció
n II
No registrar las operaciones materia del RO, de acuerdo a lo exigido en la normativa vigente.
GRAVE 7 UIT 27,650
Fuente: Elaboración propia
El Registro de Ganadores (REGAP)
Para validar la integridad y la exactitud del REGAP, se realizó la
comparación de los registros, entre el sistema de prevención LAFT y la
información brindada por el Sistema de Gestión de Salas (SGS), sistema en
el que se almacena la totalidad de premios con motivo de alguna promoción
comercial. Adicionalmente, se valida la cuenta contable del gasto realizado
en el periodo.
IT TARJETA DE
CRÉDITO %
TARJETA DE DÉBITO
% TICKETS % JACKPOT % TOTAL DE
REGISTROS %
1 591 4% 1,115 7% 8,159 55%
5,103 34%
14,968 100
%
TOTAL DE REGISTROS
14,968
62
IMAGEN N° 23 REGISTRO DE GANADORES EXTRAIDO DEL SISTEMA
INFORMÁTICO
Fuente: Elaboración propia
IMAGEN N° 24 SORTEOS NO REGISTRADOS EN EL SISTEMA LAFT
REGISTRO DE GANADORES DE PREMIOS (REGAP)
Expresado en Dólares americanos
ITEM
NUMERO
PROMOCION N° ACTA
FECHA OPER
TIPO DOC
N° DOCUMENTO
CLIENTE DESCRIPCIÓN PREMIO
IMPORTE
1 4366
1 00123-000878
07/06/2016 DNI
40165090
VASQUEZ TOLEDOCARMELA ROCIO
GOLDEN PREMIUM
999
2 4619
6 00241-000002
31/08/2016 DNI 8431275
GUARDERAS ALVAREZ DE ZAMORACARMEN ELSA
FIN DE MES AGO 2016
1,492
3 4413
9 00123-000896
28/06/2016 DNI 8220934
DIAZ CHANGHECTOR ALFREDO
GOLDEN PREMIUM
1,178
4 4376
2 00229-000032
12/06/2016 DNI 8780514
MONZON YEPEZHUGO
JUNIO DÓLARES
11,684
5 4710
1 00247-000077
25/09/2016 DNI 7904492
MUÑOZ RODRIGUEZGILBERTO
SETIEMBRE USD. 2016
500
6 4817
6 00249-000077
19/10/2016 DNI 7904492
QUIÑONEZ MARIATEGUI JOSE
SETIEMBRE USD. 2016
1,000
7 4919
1 00251-000077
29/12/2016 DNI 7904492
MARIANO REVILLA SOTO
SETIEMBRE USD. 2016
11,845
TOTAL 28,698
Fuente: Elaboración propia
IMAGEN N° 25 CANJES NO REGISTRADOS EN EL SISTEMA LAFT
REGISTRO DE GANADORES DE PREMIOS (REGAP)
Expresado en Dólares americanos
63
ITEM
NUMERO
PROMOCION N° ACTA
FECHA OPER
TIPO
DOC
N° DOCUMEN
TO CLIENTE
DESCRIPCIÓN PREMI
O
IMPORTE
1
45599 00242-000275 14/08/2013
DNI 10544894
ALCAZAR HENRICY DE ROCA
CANJES S/ 60
2
45857 00242-000418 18/08/2013
DNI 7271809
KAWAJARA SATO DE MAKABE MARIA
CANJES S/
70
3
40586 00125-002245 27/01/2013
DNI 10282159
SOSAYA DE MEJIA ALFREDO
CANJES S/
1,200
4
42846 00165-000959 02/05/2013
DNI 7198059
MONZON YEPEZHUGO
CANJES S/ 30
5
47311 00249-000287 12/09/2013
DNI 15353049
RENGIFO MENDEZ JOSE
CANJES S/
80
6
43926 00120-006815 19/06/2013
DNI 8232319
PINEDA DE LOPEZ MARTÍN
CANJES S/
40
7
43162 00225-000060 15/05/2013
DNI 10543619
ORREGO SPELUCIN ROBERTO
CANJES S/
40
8
47714 00253-000040 09/10/2013
DNI 42441990
DIAZ CHANG JOSEPH
CANJES S/ 30
TOTAL
1,550
Fuente: Elaboración propia
La observación en el registro de ganadores, se encuentra en que en el
sistema de prevención del LAFT, no se registraron operaciones,
incurriendo en la siguiente falta:
IMAGEN N° 26 RIESGO E INFRACCIÓN DEL REGISTRO DE
GANADORES
64
Fuente: Elaboración propia
d) Capacitaciones, constancias y custodia del legajo del personal
(relacionado con el área de RR.HH)
La capacitación es un tema importante en la prevención del LAFT, es así
que los artículos N°5 y 6, de la norma hablan de ello. Hacen referencia a
que todo trabajador que ingrese a laborar a la empresa, deberá recibir
dentro de los treinta (30) días posteriores a su fecha de ingreso, información
a través del oficial de cumplimiento, sobre los alcances del sistema de
prevención del LAFT. Adicionalmente a lo descrito, los trabadores,
directores e inclusive el Oficial de Cumplimiento, deberán recibir por lo
menos una capacitación anual en materia de prevención del LAFT.
Es obligación de Recreaciones, brindar la capacitación a sus trabajadores,
la misma que puede ser dictada por terceros, entidades especializadas o el
Oficial de Cumplimiento. Asimismo, Recreaciones deberá mantener una
constancia de la(s) capacitación(es) recibida(s), la cual deberá estar a
disposición del organismo supervisor. La empresa ha dispuesto que dicha
constancia forme parte del legajo de personal (file que identifica a cada
trabajador).
“Artículo 6.- Requerimientos mínimos de capacitación El sujeto obligado debe capacitar, de acuerdo a sus funciones, a los directores
SUB-TEMA
RES. SBS
N°5167 RIESGO INFRACCIÓN
SANCIÓN IMPORTE (UIT 2016 –
S/3,950)
RE
GIS
TR
O D
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GA
NA
DO
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S
DE
PR
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IOS
(RE
GA
P)
Num
era
l 4
2, d
e la
secció
n II
Eliminar o excluir del registro de ganadores de premios a algún cliente ganador.
GRAVE 7 UIT 27,650
65
y trabajadores, así como al Oficinal de cumplimiento, como mínimo sobre lo siguiente:
a) Definición de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. b) Políticas del sujeto obligado sobre el modelo de prevención y gestión de los riesgos de LA/FT. c) Riesgos de LA/FT a los que se encuentra expuesto el sujeto obligado. d) Normativa vigente. e) Tipologías de LA/FT, así como las detectadas por el sujeto obligado u otros sujetos obligados. f) Normas internas del sujeto obligado. g) Señales de alertas para detectar operaciones inusuales y sospechosas. h) Procedimiento de comunicación de operaciones inusuales. i) Responsabilidad de cada director y trabajador, según corresponda,
respecto de esta materia.” (SBS 2016: 581907)
IMAGEN N° 27 CHECK LIST, DE CUMPLIMIENTO DE CONOCIMIENTO DEL TRABAJADOR
Fuente: Elaboración propia
La responsabilidad de comunicar cualquier cambio en la normativa del
PROBLEMA
IDENTIFICADO
ITEM
CÓDIGO
APELLIDOS Y NOMBRES
DEL TRABAJAD
OR
FECHA DE
INGRESO
CV FOTOGRAFIA
RECIEN
TE
COPIA DNI O
CARNÉ DE
EXTRANJERÍA
DJ ANTEC
EDENTES
PERSONALES
Y LABORALES
DJ NO
CONTAR CON
ANTECEDENTES
PENALES Y
POLICIALES
DJ PATRIMONIAL
DJ DE
HABER TOMADO CONOCIMIENTO Y
DE CUMPLIR CON EL MANUAL INTERNO Y CODIGO
DE CONDUCT
A
CONSTANCIA QUE
ACREDITE LA
CAPACITACION (ANUAL
)
CONSTANCIA QUE
ACREDITE LA
CAPACITACION
(30 DIAS - PERS NVO)
1 2XX4 ABAD AGUIRRE JOSE MYLLER
08/02/2010
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE SI
TIENE SI TIENE
NO TIENE
-
2 3XX3
BORIS GARCIA ALEXIS FERNANDO
01/08/2013
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE SI
TIENE SI TIENE
NO TIENE -
3 2XX2
CASTILLO VILLANUEVA MIGUEL ANGEL
01/12/2010
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE SI
TIENE SI TIENE
NO TIENE
-
4 2XX0 NUÑEZ MARTINEZ CLAUDIA
01/01/2012
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE SI
TIENE SI TIENE
NO TIENE -
5 2XX7
MANRIQUE WILSON EDWIN BENIGNO
15/01/2014
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE SI
TIENE SI TIENE
NO TIENE
-
6 2XX8
SANCHEZ MANRIQUE LUIS ALBERTO
16/10/2016
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE
SI TIENE SI
TIENE SI TIENE -
NO TIENE
66
sistema de prevención del LAFT, a los trabajadores y directores de la
empresa es el Oficial de Cumplimiento.
Las problemáticas identificadas en este punto, son las siguientes:
1. No se encontró la constancia de la capacitación anual recibida de cinco
(5) trabajadores, en materia de prevención del LAFT dentro del legajo
personal, de cada uno de ellos.
2. Un (1) trabajador “nuevo” que ingresó a laborar en octubre de 2016, no
recibió la capacitación en prevención al PLAFT dentro de los 30 dias,
posteriores a su ingreso.
En el cuadro anterior se muestra el check list realizado, donde se
evidencia a los cinco (5) trabajadores, sin la constancia:
Consecuentemente, estaríamos en la falta tipificada:
IMAGEN N° 28 RIESGO E INFRACCIÓN DE LA CAPACITACIÓN DE
PERSONAL
67
Fuente: Elaboración propia
A continuación, se muestra un resumen de las contingencias
administrativas en las que Recreaciones al 31 de diciembre de 2016
estaría inmersa, recibiendo sanciones pecuniarias de hasta treinta y ocho
(38) UIT, equivalentes a S/ 150,100.
IMAGEN N° 29 RESUMEN DE INFRACCIONES EN MATERIA DE LAFT
SUB-TEMA
RES. SBS
N°5167 RIESGO INFRACCIÓN SANCIÓN
IMPORTE (UIT 2016 – S/ 3,950)
CA
PA
CIT
AC
IÓN
Num
era
l 1
de la
secció
n I
No tener constancia de haber informado a los nuevos trabajadores sobre los alcances del sistema de prevención del LA/FT dentro del plazo establecido.
LEVE 3 11,850
Num
era
l 2
de la
secció
n I
No tener las constancias de capacitación en la información correspondiente a cada director, trabajador y oficial de cumplimiento de acuerdo a sus funciones.
LEVE 1 3,950
IT TEMA INFRACCIÓN SANCIÓN UIT
(S/ 3,950)
1 Informe de evaluación de riesgos del LAFT
Grave 7 UIT 27,650
2 Debida Diligencia al conocimiento del cliente
Grave 5 UIT 19,750
3 Recepción y conocimiento del manual de prevención del LAFT
Grave 4 UIT 15,800
4 Recepción y conocimiento del Código de Conducta
Grave 4 UIT 15,800
5 Registro de Operaciones Grave 7 UIT 27,650
6 Registro de Ganadores de Premios Grave 7 UIT 27,650
7 Capacitación del Personal (anual) Leve 3 UIT 11,850
68
Fuente: Elaboración propia
En forma general, se ha elaborado la matriz de riesgo con la finalidad de
identificar los riesgos más significativos, que podrían afectar a la consecución
del objetivo identificado en Recreaciones
La identificación del análisis de riesgos es un proceso iterativo continuado,
que se lleva a cabo para ampliar la capacidad de la organización para lograr
sus objetivos17
La evaluación de la probabilidad e impacto, es una estimación realizada por
mi persona, en base a la experiencia en materia de prevención del LAFT.
Los factores como la probabilidad e impacto se calcularon en base a la
siguiente ponderación:
17 Cfr. COSO 2013:80
8 Capacitación del Personal (trab. Nuevos)
Leve 1 UIT 3,950
38 UIT 150,100
NIVEL PROBABILIDAD GRADUALIDAD IMPACTO
1 REMOTO 1 INSIGNIFICANTE
2 POSIBLE 2 MODERADO
3 PROBABLE 3 MAYOR
4 MUY PROBABLE
4 CRÍTICO
5
CASI SEGURA LA APARICIÓN 5 CATASTRÓFICO
69
Identificándose, cuatro (4) niveles de riesgos los mismos que se muestran en el
grafico siguiente:
IMAGEN 30: MATRIZ DE RIESGO (CUADRO DE PROBABILIDAD E IMPACTO)
Elaboración propia
Donde los colores significan:
Riesgo alto
Riesgo moderado (+)
Riesgo moderado (-)
Riesgo bajo
Asimismo, en el anexo Nº03 se ha elaborado una matriz de riesgos para la
prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
CASI
SEGURA LA
APARICIÓN
5
MUY
PROBABLE4 E. D. Q. R. A. C. N. O.
PROBABLE 3 G. K. L. M. J.
POSIBLE 2 I. F. B. H.
REMOTO 1 P.
1 2 3 4 5
INSIGNIFICANTEMODERADO MAYOR CRÍTICO CATASTRÓFICO
PROBABILIDAD E IMPACTO DE RIESGOS
PR
OB
AB
ILID
AD
IMPACTO
70
Normalmente, si el impacto del riesgo identificado no es alto y es poco probable que
suceda, se puede evitar realizar mayores controles, a diferencia de, si el impacto es
alto y es muy probable que suceda, deberemos tener una mayor atención en
prevenir estos riesgos. En atención a los objetivos de cumplimiento se deben
abordar todos los riesgos, sin embargo, a manera de explicación breve, pero
concisa tomaremos los riesgos más significativos.
Identificados éstos riesgos, nuestra respuesta será Reducir, aplicando
procedimientos para minimizar el riesgo inherente. El riesgo inherente son todos
aquellos eventos que de alguna manera impedirían lograr nuestros objetivos. A
diferencia del riesgo residual, que es aquel, que después de identificar el riesgo
inherente y aplicar algún procedimiento de control aún permanece, en menor
proporción (es preciso recordar que, el riesgo nunca se elimina, solo se minimiza o
reduce).
Las deficiencias que representan defectos reales en algún aspecto del sistema de
control interno, que tenga el potencial de afectar negativamente en la consecución
de objetivos, son las llamadas deficiencias de control interno, las que se detallaran
en las conclusiones, las cuales serán comunicadas a la dirección y al comité de
auditoría, con la finalidad que los responsables realicen las medidas correctivas,
recomendadas por el Dpto. de auditoria las cuales se detallaran en las
conclusiones.
71
CAPÍTULO 6:
ESTANDARIZACIÓN
6.1. Normas legales
Para entender las normas de interés para el estudio de este caso, las dividiremos
en cuatro secciones las relacionadas con la SBS, con el MINCETUR, con el
MININTER y con la SUNAT.
Figura 31: Organismos reguladores del sector entretenimiento
Fuente: elaboración propia
ÓR
GA
NO
S R
EGU
LAD
OR
ES D
EL
SEC
TOR
EN
TRET
ENIM
IEN
TO SBS
MINCETUR
MININTER
SUNAT
72
6.1.1. La Unidad de Inteligencia Financiera Perú (UIF) organismo de la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS):
A. Ley N°27693: “Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera -
Perú” (publicada en el diario oficial el peruano, con fecha 12 de abril de
2002) y normas modificatorias.
B. Decreto Supremo N°018-2006-JUS: Aprueban Reglamento de la
LeyN°27693: Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera – UIF
Perú, publicada con fecha 25 de julio de 2006.
C. Resolución Superintendencia de Valores, Seguros y AFP´s (SBS)
1695-2016: Aprueban norma para la prevención del lavado de activos y
financiamiento del terrorismo aplicable a las personas jurídicas que
explotan juegos de casinos y/o máquinas tragamonedas, publicada el 30
de marzo de 2016.
D. Resolución SBS N° 5167-2016: “Reglamento de infracciones y
sanciones en materia de prevención del Lavado de Activos y
Financiamiento del terrorismo aplicable a las empresas que explotan
juegos de casinos y/o máquinas tragamonedas” (publicada en el diario
oficial el peruano, con fecha 30 de septiembre de 2016).
6.1.2. La Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas
Tragamonedas (DGJCMT) institución del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo (Mincetur).
73
A. Ley N°27153 que regula la explotación de los juegos de casino y
máquinas tragamonedas, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 09
de julio de 1999, y normas modificatorias.
B. Reglamento para la explotación de juegos de casino y máquinas
tragamonedas, aprobado por el Decreto Supremo N.° 009-2002-
MINCETUR, publicado el 13.11.2002 y normas modificatorias
6.1.3. La Oficina Nacional del Gobierno del Interior (ONAGI), institución del
Ministerio del Interior.
A. Reglamento de Promociones Comerciales, Rifas con Fines Sociales y
Colectas Públicas, aprobado por Decreto Supremo N°010-2016, cuyo
objeto es establecer las disposiciones que regulan los procedimientos
para autorizar, controlar, supervisar y fiscalizar la realización y el correcto
desarrollo de promociones comerciales, rifas con fines sociales y colectas
públicas a nivel nacional. Publicado en el diario oficial el Peruano el 30 de
marzo de 2016.
B. Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador,
Calificación de Infracciones, establecimiento de Escalas de Sanciones y
Criterios de Gradualidad de la Oficina Nacional de Gobierno Interior,
aprobado por Decreto Supremo N°011-2016, cuyo objeto es
establecer medidas correctivas en resguardo del cumplimiento de los
actos resolutivos que expide la Oficina Nacional de Gobierno Interior.
Publicado en el diario oficial el Peruano el 30 de marzo de 2016.
74
6.1.4. La Superintendencia de Nacional Tributaria (Sunat)
A. Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas (en
adelante, Impuesto a los Juegos), aprobado por ley N°27153, publicada
en el diario oficial el peruano el 09 de julio de 1999 y normas
modificatorias. Y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo 009-
2002 MINCETUR, publicado el 13 de noviembre de 2002 y normas
modificatorias.
Figura 32: Determinación del Impuesto a los Juegos
(Asesor Empresarial 2012:4)
Este impuesto calculado sobre el 12% de la base imponible, es
distribuido entre los siguientes beneficiarios:
75
Figura 33: Distribución del Impuesto a los Juegos
Fuente: elaboración propia
B. Impuesto a la renta, aprobado por Decreto Supremo N° 179-2004 y
el D.S. 122-94-EF y normas modificatorias.
Es preciso recordar que las empresas del sector entretenimiento
(explotación de mesas de casinos y/o máquinas tragamonedas), se
encuentran inafectas al Impuesto General a la Ventas, según el literal ll del
artículo N°2 Conceptos no gravados, del Texto Único Ordenado de la ley
del impuesto general a las ventas e impuesto selectivo al consumo.
6.2. Normas técnicas
6.2.1. Consejos y la guía para la práctica de la auditoría interna, ayudan a los
auditores internos en la tarea de aplicar la definición de auditoría interna, el
código de ética y las normas, así como promover las buenas prácticas.
Incluyen procesos y procedimientos detallados, herramientas, técnicas,
programas y enfoques “paso a paso” incluyendo ejemplos entregables.
Municipalidad
Provincial30%
Municipalidad Distrital
30%
IPD10%
Tesoro Público
15%
Mincetur15%
CITE's en artesanía
30%
Desarrollo Turístico
45%
Fiscalización
25%
76
CONCLUSIONES
1. De acuerdo a los resultados del presente trabajo de investigación, podemos afirmar
que es importante para Recreaciones S.A.C., desarrollar un enfoque integral de la
norma de Prevención del Lavado de activos y financiamiento del terrorismo, donde
se cumpla con el marco de control interno COSO y la normativa vigente, como
consecuencia de lo que se observa en el gráfico Nª09, que el personal encargado no
tiene un conocimiento claro, sobre las características de la normativa.
2. En aras de optimizar procesos, con la finalidad de elevar el grado de confianza de
Recreaciones S.A.C. ante la sociedad (al no involucrarse indirectamente por
negligencia con las organizaciones criminales), así como también, para no recibir
sanciones económicas de las instituciones reguladoras, es necesario evaluar
continuamente el sistema de prevención del lavado de activos existente.
3. De no tomar las medidas correctivas, de acuerdo a los hallazgos encontrados en el
presente trabajo de investigación, la contingencia en una eventual fiscalización de la
UIF a Recreaciones S.A.C., estaríamos ante faltas de nivel leve y grave como se
observa en gráfico Nª29, cuya multa ascendería hasta 38 UIT (S/. 150,000).
77
4. Este trabajo abrirá las puertas de futuras investigaciones, a los alumnos de la UTP u
otra casa de estudios, que deseen realizar trabajos de investigación o simplemente
conocer sobre el mecanismo de la prevención del Lavado de Activos en empresas
que explotan salas de casino y/o máquinas tragamonedas.
5. En el sistema de prevención utilizado por Recreaciones S.A.C., no trasfiere la
información de sala al servidor de forma automática, debido a que se trata de un
software desfasado para la cantidad de operaciones realizadas por día. Razón por la
cual, constantemente el personal técnico debe estar actualizando dicha información.
78
RECOMENDACIONES
1. Las mejoras en el Sistema de prevención deberán ser continuas, implementadas en
concordancia a los nuevos riesgos que se vayan adquiriendo. Así también, servirá
como base, las normativas, lineamientos, señales de alerta, entre otros documentos,
emitidos por países con los que contamos alguna similitud (económica, social y/o
política) mientras que puedan ser aplicables a nuestra realidad.
2. Es deber de todo el personal de Recreaciones S.A.C. y esencialmente del Oficial de
Cumplimiento, realizar las acciones correctivas y de mejoras, relacionadas con el
sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, con la
finalidad de levantar los hallazgos encontrados en el presente trabajo.
3. El Directorio deberá otorgar al Oficial de Cumplimiento, el equipamiento técnico,
personal especializado, y todo el material necesario para que éste, pueda cumplir
con sus funciones.
4. Se deben realizar capacitaciones de personal con una mayor eficiencia y eficacia,
estas capacitaciones deberán estar agrupadas dependiendo el nivel de riesgo a las
que se encuentran expuestos los trabajadores de Recreaciones S.A.C., es decir por
79
ejemplo, el tema de las capacitaciones será distinta entre el personal encargado de
la caja y el personal administrativo que se encarga del reparto de documentación.
5. El oficial de cumplimiento deberá evaluar el sistema de prevención en su conjunto y
proponer, de ser necesario al Directorio la adquisición de un sistema de prevención
de Lavados de Activos integrado, que cuente con los módulos necesarios y que se
encuentre acorde a la legislación vigente.
80
BIBLIOGRAFÌA ASESOR EMPRESARIAL (AE) (2012) Empresas de casino y máquinas tragamonedas. Lima: Real Time S.R.L. AUDITOOL Triángulo del fraude del ejecutivo https://www.auditool.org/blog/fraude/3517-triangulo-de-fraude-del-ejecutivo (consulta: 27 de marzo de 2017) BERGEN, Peter (2001) Guerra Santa, S.A. La red terrorista de Osama Bin Laden. Colombia: Random house Mondadori. COMMITTE OF SPONSORING ORGANIZATIONS THE TREDWAY COMMISSION (COSO) (2013) Marco y Apéndices. Traducción de PWC – IAI. Madrid: PWC. DANILO, Hugo (2002) Ley Sarbanes Oxley (http://interamerican-usa.com/articulos/Leyes/Ley-Sar-Oxley.htm) ESTUPIÑÁN, Rodrigo (2015) Administración de riesgos E.R.M. y la auditoría interna. Bogotá: Ecoe ediciones. FINANCIAL ACTION TASK FORCE (FATF) (http://www.fatf-gafi.org/about/) Sitio web oficial de FATF; contiene información sobre la institución y enlaces de interés (Consulta: 03 de marzo de 2017 GEIS, Gilbert (2010) El delito de cuello blanco como concepto analítico e ideológico (Consulta: 15 de febrero de 2017) (http://www.egov.ufsc.br/portal/sites/default/files/el_delito_de_cuello_blanco_como_concepto_anlitico_e_ideologico.pdf) GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA (GAFI) (2002) Guía para las instituciones financieras en la detección del financiamiento del terrorismo. París GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA (GAFI) (2009) Vulnerabilities of Casinos and Gaming Sector (vulnerabilidades de los casinos y del sector juego). Washington D.C.
81
GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL LATINOAMERICA (GAFILAT) (http://www.gafilat.org/content/quienes/) Sitio web oficial de GAFILAT; contiene información sobre la institución y enlaces de interés (Consulta: 27 de marzo de 2017) GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA LATINOAMERICA (GAFILAT) (2016) Recopilación de tipologías regionales 2009 – 2016. Buenos Aires. GRUPO DE ACCIÓN FINACIERA INTERNACIONAL MANDATO (2012 – 2020) Washington, D.C. abril 2012 HUAYLLANI, Huber (2016) El delito previo en el delito de lavado de activo (tésis para optar el grado académico de magíster) Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú. INSTITUTO DE AUDITORES INTERNOS DE ESPAÑA (IAE) (2013) Marco internacional para la práctica profesional de la auditoría interna. Madrid: Gráfica Martín. JIMENEZ, César (2009) El blanqueo de Capitales (tésis doctoral en derecho) Madrid: Universidad Rey Juan Carlos. Miranda, Jorge y otros (2011) Lavado de activos (trabajo de investigación para sustentar el título en derecho) Lima: Universidad de San Martín de Porres. PRADO, Víctor (2007) Lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Lima: GRIJLEY RODRIGUEZ, Elmer (2013) Control Interno basado en el Sistema COSO (http://nunezdubonyasociados.com/sitio/index.php?option=com_content&view=article&id=350:control-interno-basado-en-sistema-coso&catid=54:noticias&Itemid=55) SALVADOR, Albert (2016) Fraude interno prevención, detección y tratamiento. Independently published SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP (SBS) (http://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos) contiene información sobre la institución y enlaces de interés (Consulta: 15 de febrero de 2017) PERÚ. Superintendencia de Banca, Seguros y Afp (2016) (a) Resolución SBS N° 1695: Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a las personas jurídicas que explotan juegos de casino y/o máquinas tragamonedas. PERÚ. Superintendencia de Banca, Seguros y Afp (2016) (b) Resolución SBS N° 5167: Modifican la Res. SBS N° 5389-2013, que aprobó el Reglamento de Infracciones y Sanciones en materia de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo