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8/17/2019 Falacias - Copias Del Profe Mercado (1)
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F A L A C I A S
Una colección incompleta de incorrecciones persuasivas
¿Qué es una falacia?
Tradicionalmente se suelen defnir las alacias como aquellos argumentos queresultan psicológicamente persuasivos pero que un análisis más detallado
revela como incorrectos desde el punto de vista lógico (Copi y Cohen, 199!
1"#$1% &a importancia de su estudio radica en que es necesario estar
prevenidos y poder identifcar las alacias pues, de lo contrario, podr'an
hacernos incurrir en errores al argumentar o, incluso, hacernos aceptar
creencias sin uenas ra)ones%
Un caso t'pico de alacia, mencionada en todos los liros sore la materia, es la
denominada *apelación a la autoridad+% n ella se pretende apoyar la verdad
de la conclusión, vali-ndose de una premisa en la que se afrma que una
determinada autoridad ha dicho aquello que se pretende concluir% .or e/emplo!*0uan .alo ontoya ha dicho que más vale comprar onos que invertir en la
olsa, por lo tanto, más vale comprar onos que invertir en la olsa+% l 2nico
apoyo para la conclusión es la supuesta afrmación del corredor de autos, lo
que puede resultar persuasivo (seg2n el grado de anatismo que aqu-l a quien
vaya dirigido el argumento manifeste, en relación con el deportista en
cuestión$, pero que de ninguna manera puede ser considerado un uen
argumento% Un análisis minucioso nos permite apreciar que no e3iste cone3ión
entre lo que se afrma en las premisas y aquello que se pretende derivar a
manera de conclusión% &o que ontoya haya dicho resulta irrelevante en
relación con lo que deer'a hacer un inversor con su dinero%
4unque no pretendemos ingresar en pol-micas teóricas 5pues e3ceder'amos
los l'mites impuestos a este ódulo5, deemos se6alar que esta caracteri)ación
dista de ser adecuada (C% Comesa6a, 19978 alton, 1979$% Consideramos que
una alacia no es (como se supone en su sentido tradicional$, un argumento
inherentemente erróneo o incorrecto, sino que dee evaluarse en cada caso
particular a la lu) del conte3to donde aparece, y asociado a la violación de
ciertas reglas impl'citas que rigen la argumentación en tales conte3tos% :i ien
la aclaración sore la relatividad conte3tual del concepto de alacia parece
indiscutile (ya lo insinuaa 4ristóteles en los lencos :ofstas$, la orma de
identifcar esas reglas resulta sumamente difcultosa, lo que impide laelaoración de una teor'a general aplicale a cualquier conte3to%
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1 l t-rmino alacia se utili)a en algunas ocasiones para reerirse a una creencia errónea, o a un enunciado
also% .or e/emplo, cuando alguien dice *sostener que el neolieralismo es inevitale es una alacia+% n este
cap'tulo no utili)aremos el t-rmino en este sentido coloquial, sino que intentaremos precisar la noción t-cnica
de alacia, tal como se la entiende en los estudios de lógica
inormal%
n nuestro caso, además, deeremos tener en cuenta las peculiaridades del
conte3to /ur'dico a la hora de e3plicar los distintos tipos de alacias que hemos
seleccionado% Un error muy com2n, en este tema, es proyectar los resultados
de estudios reali)ados sore otros conte3tos argumentativos, sin prestar
atención a las peculiaridades propias del discurso /ur'dico% l resultado puede
ser catastrófco pues, muchos argumentos que en conte3tos cient'fcos, por
poner un e/emplo, resultan casos claros de alacias, en los /ur'dicos resultan ser
no sólo haituales, sino indispensales ormas de argumentar%
.ara seguir con nuestro e/emplo, la apelación a la autoridad constituye unargumento muy com2n en la práctica /ur'dica% &os triunales ineriores invocan
a menudo las decisiones de triunales superiores para apoyar sus allos% &a
Corte invoca sus propias resoluciones del pasado como undamento de sus
decisiones%
&os doctrinarios tratan de dotar a sus afrmaciones de la mayor cantidad de
adhesiones entre los homres ilustres de la disciplina de que se trate% &os
te3tos que acompa6an la sanción de las leyes del stado, los deates previos a
la sanción de normas generales, etc%, son todas consideradas uentes
inagotales y valiosas de ra)ones con las cuales se apoyan las conclusiones
que se pretendan hacer valer en disputas interpretativas, precisamente por la
autoridad del legislador de quien emanan% n otras palaras, la apelación a la
autoridad no constituye una orma errónea de argumentar en todos los
conte3tos posiles% n el campo del derecho constituye una orma correcta y
haitual para apoyar ciertas afrmaciones, lo cual no signifca que, a veces, no
se pueda incurrir en un uso inadecuado o alacioso de este tipo de argumentos%
l desa'o es estalecer en qu- casos, y a/o qu- condiciones, los argumentos
considerados tradicionalmente alacias, lo son tami-n en el marco de una
argumentación /ur'dica% ; eso es lo que pretendemos hacer en las pró3imas
secciones con los casos que hemos seleccionado% l catálogo de alacias < oerrores en la argumentación5 que presentaremos es inevitalemente
incompleto, porque, como se6alara =e organ *no hay nada similar a una
clasifcación de las maneras en que los homres pueden llegar a un error, y
cae dudar de que pueda haer alguna+ (Copi, 19>?! 71$% .ero a pesar de su
incompletitud, constituye una herramienta indispensale para el /ue) a la hora
de evaluar sus propios argumentos y los que presentan las partes a su
consideración%
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< Construir tres argumentos que considere alaces y e3plicar por qu- los eval2a
de esa manera%
< @uscar algunos e/emplos reales de argumentaciones en las cuales crea
detectar el uso de alacias% 0ustifcar la respuesta%
Apelación a la ignorancia:
:e llama alacia de apelación a la ignorancia, o argumento ad ignorantiam, a
aquel argumento mediante el cual se pretende afrmar como conclusión que un
enunciado es verdadero o also, apoyándose en una 2nica premisa en la que sesostiene que no se ha podido demostrar la alsedad (o verdad$ del enunciado
en cuestión%
:on e/emplos de este tipo de argumento los siguientes!
(.$ Ao se ha podido demostrar que las afrmaciones de la astrolog'a sean
alsas%
(C$ &as afrmaciones de la astrolog'a son verdaderas%
(.$ Aadie ha demostrado /amás que los ovnis e3istan%
(C$ &os ovnis no e3isten%
n los dos e/emplos se puede oservar cómo, de la constatación de la alta de
evidencia en apoyo de una afrmación, se pretende derivar como conclusión su
negación (o a la inversa, de la alta de pruea en apoyo de una negación se
pretende sacar como conclusión la afrmación del enunciado negado$% *Como
no hay prueas capaces de avalar la verdad de lo que dices, entonces lo que
dices es also+% B ien, *como no hay prueas sufcientes que apoyen la
alsedad de lo que digo, entonces lo que digo es verdadero+% n amos casos,
se pretende inerir de la alta de conocimiento (de la ignorancia, de all' su
nomre$ sore la verdad o alsedad de una afrmación, el conocimiento sore el
valor de verdad de la misma%
.ero se olvida que, de la misma manera que no es posile transmutar el ronce
en oro, tampoco se puede transmutar la ignorancia en conocimiento%
&a estructura de la alacia de apelación a la ignorancia es la siguiente!
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(.$ Ao hay prueas que permitan afrmar que
. es also%
(C$ . es verdadero%
B en su otra variante!
(.$ Ao hay prueas que permitan afrmar que
. es verdadero%
(C$ . es also%
/emplos muy comunes utili)ados en los liros de lógica inormal para ilustrar
esta alacia son los siguientes!
(.$ Ao hay prueas que permitan afrmar que =ios no e3iste%
(C$ .or lo tanto, =ios e3iste%
B en su otra variante!
(.$ Ao hay prueas que permitan afrmar que =ios e3iste%
(C$ .or lo tanto, =ios no e3iste%
n los dos casos estamos en presencia de un argumento ala)8 esto signifcaque, a pesar de que pueda parecer persuasivo en algunos conte3tos, en
realidad no hay uenas ra)ones en las premisas para aceptar la verdad de la
conclusión% &a premisa puede ser verdadera, pero de all' no se sigue que la
conclusión tami-n lo sea% &a ra)ón es que no e3iste cone3ión semántica entre
lo que se afrma en la premisa y en la conclusión%
< Construir un argumento que incurra en la alacia presentada anteriormente%
< 3iste alg2n conte3to en el que su e/emplo no se considerar'a ala)D
0ustifcar la respuesta%
< @uscar casos reales de argumentos en los que se cometa este tipo de
incorrección% 0ustifcar la respuesta%
&as alacias, por lo general, están relacionadas directa o indirectamente con la
carga de la pruea de una afrmación% .or regla general quien hace una
afrmación tiene que mostrar por qu- dicha afrmación dee ser considerada
verdadera% =ee proarla% n esos casos, se dice que el su/eto posee la carga
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de la pruea% 4hora ien, cuando alguien hace una afrmación sin ning2n tipo
de undamento es muy ácil incurrir en la alacia de apelación a la ignorancia
como respuesta% n esos casos, conviene ser consciente de las reglas que rigen
el conte3to de argumentación racional, y e3igir a quien realice una afrmación
sin undamento, que e3ponga las ra)ones por las que deer'amos aceptarla, y
no contestarle diciendo que *como no lo ha proado, entonces lo que dice esalso+%
Cuando alguien afrma algo sin /ustifcarlo la respuesta más apropiada no es
ormular una negación igualmente in/ustifcada, ni asumir indeidamente la
carga de la pruea de dicha negación% &o que se dee hacer es resaltar que no
se ha rindado apoyo para dicha afrmación y reclamarlo antes de continuar la
discusión%
n muchos conte3tos resulta muy di'cil mantener la calma% .or e/emplo,
cuando un paranoico afrma en nuestra presencia, y sin ning2n undamento,
que es o/eto de una demencial conspiración de la que somos parte, ytransorma nuestra incapacidad para reutar sus dichos en Ela 2nica pruea en
apoyo de la e3istencia de dicha conspiraciónF B cuando una pare/a celosa nos
endilga una infdelidad y se reuer)a en su convicción inicial, solamente porque
somos incapaces de demostrar que no ha sido cierto% n todos esos casos, hay
que recordar que la apelación a la ignorancia es un argumento ala), y no
deemos utili)arlo como r-plica, y tami-n, que quien reali)a una afrmación
tiene la carga de proar su verdad%
n el conte3to /udicial e3iste un principio ásico que oliga a considerar
inocente a un su/eto acusado de cometer un delito, si no se puede proar su
culpailidad% l argumento, en estos casos, parece ser muy similar a la alaciaque estamos anali)ando% *Como no hay prueas sufcientes para afrmar que
has cometido un delito, entonces deemos concluir que eres inocente%+ .ero en
los casos en los que se aplica el principio procesal de inocencia, deemos
hacer un análisis más cuidadoso, antes de sostener que los /ueces utili)an
alacias cada ve) que recha)an una acusación por alta de prueas sufcientes%
stos t'picos argumentos /udiciales se pueden interpretar de dos maneras
dierentes!
GHI
(.$ Ao hay prueas que permitan afrmar que el su/eto J ha cometido ausos amenores de edad en su rancho%
(C$ .or lo tanto, el su/eto J no ha cometido ausos a menores de edad en su
rancho%
GHHI
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(.$ Ao hay prueas que permitan afrmar que el su/eto J ha cometido ausos a
menores de edad en su rancho%
(C$ .or lo tanto, el su/eto J dee ser considerado /ur'dicamente inocente de la
acusación de haer cometido ausos a menores de edad en su rancho%
:i los argumentos /udiciales que se ormulan en aplicación del principio deinocencia, se entienden de la primera orma, entonces estamos en presencia
de una clara alacia de apelación a la ignorancia% .ues, de la alta de prueas
para apoyar la verdad del enunciado que afrma que J cometió ausos a
menores de edad, no se puede inerir que no los haya cometido, esto es, que el
enunciado que dice que *J ha cometido ausos a menores de edad+, sea also%
.ero los argumentos /udiciales no son de este tipo, pues el /ue) no pretende
afrmar como conclusión la verdad o la alsedad del enunciado que descrie la
conducta del imputado, sino que el enunciado que defende como conclusión
alude al estatus procesal que cae atriuirle en virtud de la pruea recolectada
en el proceso% l argumento utili)ado, en esos casos, se aseme/a a la segundainterpretación posile y, por ello, no se puede considerar una alacia de
apelación a la ignorancia% sto queda en evidencia de manera más clara
cuando completamos la reconstrucción, al incorporar la premisa tácita <el
principio procesal de inocencia5!
(.$ Ao hay prueas que permitan afrmar que el su/eto J ha cometido ausos a
menores de edad en su rancho%
(.T$ :i no hay prueas que permitan afrmar que el imputado ha cometido el
delito de que se le acusa, entonces dee ser considerado /ur'dicamente
inocente%
(C$ .or lo tanto, el su/eto J dee ser considerado /ur'dicamente inocente de la
acusación de haer cometido ausos a menores de edad en su rancho%
&a cone3ión semántica entre las premisas y la conclusión se hace visile en
esta reconstrucción completa% Ao estamos en presencia de la estructura que
caracteri)a a la alacia de apelación a la ignorancia% sto no signifca que, en
muchos casos, algunos aogados, o incluso las partes, no incurran en ella al
pretender derivar de una declaración procesal de inocencia una afrmación
sore la verdad o alsedad del contenido de la acusación% ichael 0acKson, por
poner un e/emplo reciente, ue declarado inocente de los cargos de ausos demenores que se le imputaan por alta de prueas sufcientes% sto tiene
muchas consecuencias /ur'dicas undamentales para la vida del cantante8 la
más importante de ellas es que no puede ser condenado y ha evitado pasar
muchos a6os en la cárcel% .ero lo ocurrido en el /uicio <esto es, la alta de
evidencia que permitiera al /urado afrmar sin duda ra)onale que el contenido
de la acusación era verdadera5, no permite hacer ninguna afrmación sore la
verdad de dicho enunciado! no se puede decir ni que era verdad que ausaa
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de menores, ni que era mentira que lo hiciera% n caso de que alguien
ormulara alguna de estas opiniones, y pretendiera apoyarlas sólo sore la
ase de las actuaciones procesales, incurrir'a en un caso Lagrante de alacia
de apelación a la ignorancia%
< @uscar una sentencia en la que se aplique el principio de inocencia%
< Meconstruir sólo la parte de la argumentación en la que se emplea dicho
principio%
< :e incurre en la alacia de apelación a la ignoranciaD 0ustifcar la respuesta%
Apelación a la autoridad:
:e denomina alacia de apelación a la autoridad (o argumento ad verecundiam$
a aquel argumento en el cual la 2nica premisa, e3presa la opinión de una
supuesta autoridad en determinada materia y, a partir de ella, se pretende
deender como conclusión la verdad del contenido de dicha opinión% .ero no
toda apelación a la autoridad conduce a un argumento ala)% =e hecho, nuestro
conocimiento sore muchas áreas descansa sore la confan)a que nos
merecen las opiniones de ciertos e3pertos de quienes hemos aprendido% &a
apelación a la autoridad es ala) cuando la persona, cuya opinión se utili)a
como 2nica premisa, no tiene credenciales leg'timas de autoridad sore la
materia en la que se est- argumentando% ás adelante veremos, con más
detalle, las reglas que rigen la correcta apelación a la autoridad8 antes,
presentaremos algunos e/emplos%
GHI
(.$ &a modelo argarita &aella sostiene que la reelección presidencial es /usta
y necesaria%
(C$ .or lo tanto, la reelección presidencial es /usta y necesaria%
GHHI
(.$ 4lert instein sostuvo que ninguna causa puede /ustifcar una guerra%
(C$ .or lo tanto, ninguna causa puede /ustifcar una guerra%
GHHHI
(.$ l premio Aóel de literatura ha dicho que stados Unidos está
proundamente equivocado en su pol'tica internacional%
(C$ .or lo tanto, stados Unidos está proundamente equivocado en su pol'tica
internacional%
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GHNI
(.$ &a Corte Constitucional ha allado que los matrimonios homose3uales son
inconstitucionales%
(C$ .or lo tanto, los matrimonios homose3uales son inconstitucionales%
&os cuatro argumentos presentados constituyen casos de apelación a la
autoridad, pero no todos ellos son alaces% l primero es muy com2n en la
actividad pulicitaria% :e defende la ondad de un producto <medida, pol'tica,
servicio, etc%5 sólo sore la ase de que alg2n amosillo o 'dolo del momento as'
lo afrma% Hndependientemente del -3ito que pueda tener esta estrategia
argumentativa en el campo comercial, al aumentar consideralemente las
ventas, se trata de un e/emplo claro de alacia de apelación a la autoridad% &os
dos casos siguientes son usos alaces pero más sutiles, y suelen emplearse
más a menudo en conte3tos de argumentación racional% Una eminencia en
cierto campo, por e/emplo la 'sica o la literatura, no constituye por el sólo
hecho de serlo una autoridad en otros dominios de conocimiento% 4poyar el
pacifsmo porque instein sostuvo que era la me/or opción pol'tica, por
e/emplo, lleva a cometer una alacia% :ostener cierta interpretación de la teor'a
de la relatividad apoyándose en lo que instein di/o al respecto no lo es <al
menos en la mayor'a de los conte3tos argumentativos5%
Oinalmente, el e/emplo /ur'dico es un caso claro de apelación a la autoridad no
alaciosa% :ostener el carácter inconstitucional de una disposición, citando en
apoyo lo que la má3ima autoridad sore la materia ha dicho, no constituye una
alacia% ste tipo de argumentos es muy corriente en la práctica /ur'dica, no
solamente apelando a los triunales superiores, sino tami-n a fgurasdestacadas de la doctrina o a otros /ueces de prestigio%
&a estructura de la apelación a la autoridad es la siguiente!
(.$ l su/eto 4 afrma .
(C$ .
< Construir un argumento que incurra en la alacia presentada anteriormente%
< 3iste alg2n conte3to en el que su e/emplo no se considerar'a ala)D
0ustifcar la respuesta%
< @uscar casos reales de argumentos en los que se cometa este tipo de
incorrección% 0ustifcar la respuesta%
.odemos tratar de sistemati)ar algunas reglas que nos permitan dirimir cuándo
un argumento ad verecundiam constituye una alacia% stas reglas no rindan
un m-todo para determinar de orma inequ'voca el carácter alacioso o no de
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una apelación a la autoridad en cualquier conte3to en el que se emplee8
constituyen una gu'a para llevar a cao la evaluación, pero no permiten
automati)arla% =eemos e3aminar caso por caso, teniendo en cuenta el
conte3to en el que se argumenta, para poder afrmar la e3istencia de un
argumento ala)%
G1I :i la autoridad a la que se apela no es competente en la cuestión que se
está discutiendo, el argumento ad verecundiam es ala)%
sta regla es la que permite descalifcar como alaces la apelación a la opinión
de e3pertos en ciertos campos, o a la de gente talentosa en ciertas
actividades, pero para apoyar como conclusión enunciados que no
corresponden a la disciplina en la que descollan o sore materias para las
cuales no poseen ninguna califcación especial% &os e/emplos tomados de la
pulicidad, a los que hemos aludido al inicio del cap'tulo,, constituyen alacias
en virtud de esta regla%
.ero no todos los casos son tan claros como el de un utolista citado en apoyo
de una medida pol'tica o de un medicamento contra el cáncer de mama% &a
gran especiali)ación que caracteri)a al conocimiento en nuestras sociedades
lleva a que ciertos su/etos sean e3pertos en ciertas ramas de su disciplina pero
no en todas% ellas% Un 'sico de la atmósera di'cilmente puede ser citado como
autoridad en una discusión sore el principio de complementariedad cuántica,
a pesar de ser un 'sico diplomado y la materia sore la que se discuta sea la
'sica% Un penalista tampoco resulta un e3perto en derecho de amilia, a pesar
de ser un /urista% :i ien estos casos son menos alaces que las manipulaciones
pulicitarias, tami-n resultan argumentos de escasa solide) por constituir
alacias de apelación a la autoridad%
G"I :i e3iste desacuerdo entre los e3pertos y se apela a uno de ellos sin dar
cuenta de la discusión, el argumento ad verecundiam es ala)%
s recuente encontrar desacuerdos entre los e3pertos en determinadas
materias% conomistas, psiquiatras, /uristas, politólogos, flósoosP Todas las
disciplinas poseen cuestiones en las cuales sus autoridades no se encuentran
de acuerdo% n estos casos, se dee verifcar que <eectivamente5 estemos en
presencia de un desacuerdo genuino entre leg'timos e3pertos en una
determinada cuestión, y no meramente ante un cruce de opiniones entre un
e3perto y un su/eto que se hace pasar por e3perto% .ero, una ve) confrmadoeste punto, entonces resulta ala) apoyarse sólo en la opinión de uno de los
grupos en pugna, sin mencionar la e3istencia de la disputa y sin /ustifcar por
qu- se ha adoptado dicha posición% n tales casos, se dee deender con
argumentos adicionales la apelación a un grupo de e3pertos en lugar de a los
otros8 de lo contrario, corremos el riesgo de incurrir en una alacia de apelación
a la autoridad%
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n el terreno de la práctica /udicial estamos en presencia de una situación
similar a la descrita anteriormente, cuando las partes han encargado sendas
pericias 5sore la cuestión t-cnica que sea5 y los dictámenes periciales no son
concordantes% n estos casos, el /ue) no puede apoyarse en uno de ellos sin
/ustifcar por qu- ha desechado el restante, so pena de incurrir en un
argumento ala) y, en consecuencia, de deilitar seriamente la undamentación
de su decisión%
GQI :i la discusión es entre e3pertos y se apela a la autoridad de un e3perto del
mismo grado o de un grado inerior a quienes protagoni)an la discusión,
entonces el argumento ad verecundiam es ala)% sta regla se asa en que la
autoridad es una propiedad que se presenta en grados% Un estudiante de
derecho es una autoridad para los estudiantes de 'sica, pero no lo es para sus
proesores, y -stos, a su ve), pueden considerarse una autoridad respecto de
sus alumnos pero no para otros especialistas de su área% 4s' como es di'cildeterminar, en ciertos casos, si un su/eto puede considerarse una autoridad o
no, lo es más a2n precisar el grado de autoridad que cae atriuirle%
.ero como di/imos al presentar estas reglas, esto es lo que lleva a tener que
evaluar, caso por caso, los argumentos antes de poder determinar su carácter
alacioso y, sore todo, lo que determina que dicha tarea no resulte mecánica%
Mesulta ala) apelar a la autoridad de un e3perto del mismo grado de quienes
protagoni)an la discusión, o ien, de grado inerior, pero no lo es apoyarse en
la opinión de e3pertos de grado superior% .or e/emplo, en la disputa entre @ohr
y instein sore cuestiones de 'sica teórica, ninguno de los dos pod'a apelar a
la opinión de otro 'sico para dirimir la cuestión, sin cometer una alacia% n lapráctica /ur'dica es com2n que los /ueces apoyen sus posiciones en lo dicho por
otros colegas en sus sentencias% n estos casos, resulta leg'timo apoyarse en
autoridades de grado superior, e incluso, del mismo rango <y en la práctica
/udicial resulta un poco más sencillo determinar las /erarqu'as, pero constituye
una alacia cuando la autoridad a la que se alude es de grado inerior a la
autoridad de quien argumenta% n tales casos, no ostante, hay que tener
cuidado de no conundir autoridad /udicial con autoridad cognitiva% .uede que
un su/eto sea una eminencia en cierta área especiali)ada, pero que en la
/erarqu'a /udicial se encuentre en un grado inerior a quien pretenda hacer
valer su opinión% n estos casos no estamos ante una alacia porque el su/etoser'a citado como autoridad teórica y no como autoridad /udicial% &a mayor'a de
las apelaciones a la autoridad en materia /udicial no son alaces pues, o ien se
alude a la opinión de teóricos de reconocido prestigio, o ien a la de
organismos /erárquicamente superiores, pero, al evaluarlas, conviene tener
presente esta regla, porque pueden e3istir usos alaciosos no evidentes%
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Una cuestión muy distinta es aceptar los argumentos ormulados por otros
/ueces% n ese caso, la conclusión se apoya en el argumento ormulado por la
autoridad y no sólo en su opinión% s muy com2n adherirse a las ra)ones de un
/ue) preopinante, por e/emplo% n esos casos, no estamos apelando a su
autoridad <lo que ser'a prima acie ala), seg2n esta regla5, sino tomando sus
argumentos% :i dichos argumentos son sólidos en oca de un colega, tami-nlo serán en la nuestra% .ero su solide) no dependerá de qui-n haya sido el que
los haya ormulado antes, sino que, tal como har'amos para evaluar cualquier
argumentación, deeremos e3aminar la verdad de sus premisas y la corrección
lógica de sus estructuras% Ao estamos en presencia de un argumento de
apelación a la autoridad, o al menos, no como 2nico soporte para nuestras
afrmaciones%
G?I :i la discusión es sore una cuestión que no requiere un conocimiento
especiali)ado <o de hailidades especiales que no posea una persona com2n5,
el argumento ad verecundiam es ala)%
Ao todas las cuestiones que se discuten requieren de un conocimiento
especiali)ado para ser resueltas% Hncluso, cuando se argumenta en el marco de
una disciplina estalecida, como el derecho, pueden surgir disputas puntuales
sore aspectos no t-cnicos, rente a los cuales no se necesiten conocimientos
especiales para undar una posición% Rustos, posiciones valorativas o
elecciones pol'ticas, pueden no requerir más que ciertas dosis de sentido
com2n% n esos casos, resulta ala) apelar a la autoridad, pues quien
argumenta se encuentra en condición de orecer sus propias ra)ones para que
se acepten sus creencias al respecto% &a práctica /ur'dica <y la vida acad-mica5
presenta un caso paradigmático de alacia por violación a la regla que estamos
anali)ando! el su/eto que apoya sus opiniones de sentido com2n en una
catarata de citas de autoridad, con la 2nica fnalidad de ocultar la alta de
argumentos con que pretende deender su posición%
GI :i la materia sore la que se discute no constituye una disciplina
estalecida 5con e3pertos reconocidos5, el argumento ad verecundiam es ala)%
sta regla descansa sore la distinción entre disciplinas cient'fcas o
teóricamente reconocidas, y seudociencias o seudodisciplinas% &a distinción es
sumamente prolemática pero conviene tenerla en cuenta% &a astrolog'a, la
ovnilog'a, la ciencia de la adivinación o de las runas, etc%, son casos
paradigmáticos de seudodisciplinas en las que muchos su/etos se
autodenominan e3pertos% Constituye una alacia la apelación a dichas
autoridades, no porque no sepan sore runas, por e/emplo, sino porque el
conocimiento sore runas no posee las caracter'sticas que defnen otros
campos del saer claramente estalecidos, como la iolog'a o la 'sica% :er'a
impensale que un /ue) undamentara una decisión apoyándose en la opinión
de un reconocido e3perto en astrolog'a, pero si tal cosa ocurriera, lo
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descalifcar'amos por tratarse de un argumento ala) de apelación a la
autoridad%
< @uscar en alguna sentencia /udicial alg2n argumento ad verecundiam y
reconstruirlo%
< valuar el e/emplo, empleando las cinco reglas antes mencionadas% s unaalaciaD 0ustifcar la respuesta%
Falacias de apelación a la emoción:
n las llamadas alacias de apelación a la emoción se agrupan una serie de
argumentos que se caracteri)an por movili)ar ciertas emociones ásicas en el
auditorio, poseer un gran poder persuasivo, tender a anular la ra)ón cr'tica
uscando reacciones instintivas no ra)onadas, y que, tal como hemos dicho en
la presentación general, no son inherentemente alaces <aunque en muchasocasiones s' lo son, como cuando las premisas no guardan ninguna relación con
la conclusión que se quiere undar con ellas% n esta sección presentaremos el
argumento de apelación al puelo (que apela a la solidaridad grupal$, el
argumento de apelación a la uer)a (que movili)a el temor que puede producir
el uso de la uer)a$, y el argumento de apelación a la misericordia (que
descansa sore la emoción ásica de la piedad$%
Argumentum ad populum.
l argumento de apelación al puelo, o argumentum ad populum, se puede
caracteri)ar como aquel en el que las premisas movili)an el entusiasmo masivoo los sentimientos populares, con el o/eto de ganar asentimiento para su
conclusión%
n ellos, se afrma que la conclusión es verdadera porque todo el mundo o un
grupo determinado de personas creen que es verdadera (o ien que, porque
nadie sostiene su verdad, entonces es alsa$% n estos casos, como en los
anteriores que hemos anali)ado, no conviene desechar el empleo de este tipo
de argumentos como si siempre ueran alaces% .ara ello, deemos tener en
cuenta el conte3to en el que se ormulan, la conclusión que se pretende
afrmar y si, una ve) reconstruidos, se puede perciir cierta cone3ión relevante
entre premisas y conclusión%
Neamos, primero, algunos e/emplos%
(.$ Todo el mundo cree que es necesario de/ar que el presidente pueda volver a
ser elegido para e/ercer el cargo en las pró3imas elecciones%
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(C$ s necesario de/ar que el presidente pueda volver a ser elegido para e/ercer
el cargo en las pró3imas elecciones%
(.$ Ainguna persona de este pa's considera que las medidas del goierno en
este terreno sean ilegales%
(C$ &as medidas del goierno en este terreno no son ilegales%
(.$ Todos los miemros de esta Cámara piensan que los matrimonios
homose3uales no deen estar permitidos en nuestro pa's%
(C$ &os matrimonios homose3uales no deen estar permitidos en nuestro pa's%
(.$ Aing2n miemro de este partido que sea fel a nuestros ideales sostendr'a
que deemos de/ar pasar esta oportunidad 2nica%
(C$ Ao deemos de/ar pasar esta oportunidad 2nica%
&as dos estructuras ásicas que pueden presentar este tipo de argumentosson!
(.$ Todos aceptan que . es verdadero%
(C$ . es verdadero%
B en su otra variante!
(.$ Aadie acepta que . sea verdadero%
(C$ . es also%
ste tipo de argumento puede ser ra)onale en algunos casos e3cepcionales <
pensemos en el tercero de los e/emplos que hemos puesto anteriormente5
pero, por lo general, orecen un apoyo sumamente d-il a la verdad de la
conclusión%
Hncluso, hay conte3tos en los que su utili)ación suma dos deectos! (1$ alta de
cone3ión entre premisas y conclusión8 y ("$ pretensión de estar oreciendo un
argumento concluyente, casi deductivo en apoyo de la conclusión% n esos
casos, resulta ala) su utili)ación pues con ella se pretende reempla)ar las
ra)ones que s' ser'an relevantes para sostener la conclusión y, además, se
pretende enmascarar la asoluta alta de apoyo que se rinda en su deensa%l segundo e/emplo que pusimos es un caso de uso ala) del argumento% :e
pretende deender la legalidad o ilegalidad de una medida (cuestión t-cnica de
naturale)a /ur'dica$, apelando a la manera como la gente sin ormación /ur'dica
opina sore el prolema% &as creencias de los ciudadanos sore la
constitucionalidad o legalidad de una medida, son irrelevantes para determinar
si eectivamente resulta inconstitucional o ilegal%
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Ao lo ser'a tanto si se apelara a lo que los /ueces con competencia en la
materia afrman, o a lo que todos los especialistas han dicho% .ero, en esos
casos, el argumento se comina con una apelación a la autoridad del grupo
cuya opinión se cita en apoyo, con lo cual la evaluación, para ese tipo de
argumentos, requerir'a el concurso de las reglas que hemos e3puesto en la
sección anterior%
l 2ltimo e/emplo que hemos dado, orece una variante interesante puesto que
se apela al sentimiento de pertenencia a un grupo% n esos casos, se trata de
estalecer una división del mundo entre *amigos+ y *enemigos+, de/ando, a
quien intente argumentar en contra de la posición que se defende con el
argumento, en una situación de marginalidad en relación con el grupo de
pertenencia% l argumento, a pesar de su deilidad, suele ser sumamente
eectivo <seg2n el tipo de auditorio al que vaya dirigido% @aste recordar cómo
Micardo HHH, cerca del fnal del drama de :haKespeare logra, mediante este
ardid, consenso para asesinar a uno de los pocos persona/es de la corte que no
le eran incondicionales% Comen)ó a narrar una historia sore el origen mágicode sus malormaciones, incluyó a la amante del su/eto como la ru/a encargada
de producir el hechi)o, y luego pidió apoyo para la sanción que ha'a decidido
e/ecutar! al perciir la duda en el rostro del amante, remató la aena pidiendo
que lo siguieran quienes no ha'an participado de tama6a traición% l otrora
persona/e uerte del reino quedó solo en la mesa, sin entender cómo una
reunión para discutir aspectos ordinarios de la corte se ha'a transormado en
un /uicio sumar'simo, donde acaaa de ser aandonado por algunos a los que
cre'a amigos leales, y condenado a muerte con su anuencia% .ero no ue la
ortale)a del argumento lo que decidió su suerte, sino el conte3to en el ue
emitido% 4 lo largo del ódulo hemos dicho que nuestra preocupación no deeser lograr este tipo de eectividad persuasiva% Un procedimiento /udicial en un
stado de =erecho constituye un conte3to argumentativo muy distante del
amiente autoritario que se respiraa en la corte de Micardo HHH% n nuestra
situación, las uenas ra)ones deen prevalecer sore cualquier otra
consideración emotiva o retórica% s más, deemos estar alertas para no caer
a/o su inLu/o cuando las partes apelan a este tipo de argumentos, e incluso,
cuestionar p2licamente su utili)ación% &as decisiones /udiciales deen estar
apoyadas por argumentos sólidos para que se consideren /ustifcadas y, para
ello, no asta con persuadir% Say que hacerlo con los me/ores argumentos que
podamos construir%
.or lo tanto, deemos apelar a la ra)ón y no de/arnos ganar por las emociones
primarias que puedan movili)ar <de manera inadecuada5 ciertas estrategias
argumentativas%
< Construir dos argumentos que incurran en la alacia presentada
anteriormente, utili)ando para ello los dos esquemas propuestos en el te3to%
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< 3iste alg2n conte3to en el que el e/emplo dado no se considerar'a ala)D
0ustifcar la respuesta%
< @uscar casos reales en los que se haga un uso ala) de argumentos que
apelan al puelo% 0ustifcar la respuesta%
Argumentum ad misericordiam.
l argumento de apelación a la misericordia, o 4rgumentum ad misericordiam,
constituye una variante del anali)ado anteriormente% n este caso, se pretende
rindar apoyo a la conclusión, afrmando como premisas, ciertas circunstancias
penosas en las que se encuentran (o se ha encontrado$ quien hace la
afrmación o aquel sore quien se hace la aseveración% =ichas situaciones
deen servir para movili)ar en quien escucha o lee el argumento, los
sentimientos de piedad o compasión% 4ltamente persuasivos, este tipo de
argumentos no resultan inevitalemente alaces% :ólo lo son, cuando la
conclusión que se pretende apoyar no guarda ninguna relación con las
circunstancias penosas que se mencionan en las premisas, o cuando con ellos
se pretende distraer la atención sore la alta de apoyo para la conclusión%
Consideremos los siguientes e/emplos%
(.$ l imputado es padre de tres hi/os y 2nico sost-n del hogar, tuvo una
terrile inancia y se encontraa sin empleo desde hace tres meses%
(C$ l imputado no ha cometido el hurto del que se le acusa%
(.$ l imputado es padre de tres hi/os y 2nico sost-n del hogar, tuvo una
terrile inancia y se encontraa sin empleo desde hace tres meses%
(C$ l imputado dee ser castigado con la pena m'nima estalecida por la ley
para el delito del que se le acusa%
&a estructura ásica de este tipo de argumentos es!
(.$ uien emite la afrmación . (o aquel de quien se hala en .$ se encuentra
en una penosa situación%
(C$ . es verdadera (o alsa$%
.ara evaluar si se trata de un uso ala), deemos reconstruir el argumento y
evaluar la cone3ión que e3iste entre lo que se afrma en las premisas y la
conclusión% n el primer e/emplo, estamos ante un uso alacioso, pues se
pretende apoyar como conclusión que el su/eto digno de piedad ha reali)ado, o
de/ado de hacer, ciertas acciones en el pasado% Ao es relevante para
determinar si un hecho ha ocurrido 5o si una acción constituye la comisión de
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un delito5 la situación penosa en la que se encuentra quien hace la afrmación
(o en la que se encontraa el su/eto sore quien se la ormula$% .ero s' lo es,
cuando con ello se pretende atenuar su responsailidad, a los eectos de
graduar la pena que le dee ser impuesta%
< Construir un argumento que incurra en la alacia presentada anteriormente%
< 3iste alg2n conte3to en el que el anterior e/emplo no se considerar'a ala)D
0ustifcar la respuesta%
< @uscar casos reales de argumentos en los que se cometa este tipo de
incorrección% 0ustifcar la respuesta%