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Farmacias Populares
INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE
Octubre 2015
Función de ISP. (Código Sanitario, Ley de Autoridad Sanitaria)
•Efectuar el control de medicamentos, cosméticos, reactivos y elementos de diagnóstico y demás productos sujetos a control sanitario, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y las normas aprobadas por el MINSAL.
Misión
•Asegurar a la sociedad la eficacia, seguridad y calidad de los medicamentos, los cosméticos y los productos de uso médico sujetos a control sanitario utilizados en Chile, desde su investigación hasta su utilización, para contribuir al mejoramiento de la salud de la población
ACERCA DE ISP.
FACTORES QUE INFLUYEN EN EL MERCADO
FARMACEÚTICO
• Concentración de la venta.
• Participación de las marcas propias.
• Importante presencia de productos
naturales y de nutrición.
• GES
• Bioequivalencia
• Fondo Nacional de Medicamentos.
• Hacia una politica de genericos
BQ,promoción, publicidad
• Mayor proteccion al paciente
• Cobertura Medicamentos , DM alimentos
CADENAS FARMACEUTICAS
ACCESO A LA SALUD
LEY DE FARMACOS
LEY RICARTE SOTO
Ley de Fármacos
Programa Gubernamental
Garantizar a la población el Acceso
•Accesibilidad
•Asequibilidad
•Oportunidad.
Regulación de la
Prescripción y
Dispensación (
Rol del QF).
Farmacia centro
de Salud
Fortalecimiento
de la Rectoría,
Regulación para
el control
sanitario de los
medicamentos.
AMPLIAR
FACULTADES
DEL ISP
Redefinición de
Roles de las
autoridades
(MINSAL,
ISP/ANAMED,
SEREMI
SALUD,
CENABAST)
Uso
Racional
Acceso
Calidad
2.955 Farmacias en Chile
48,63%
Región
Metropolitana
Botiquines 486
Farmacias
asistenciales33
Recetarios 50
373 416468 505 513 522 527 570 590 612 640
263286
287282 290 313 316
350383
406412
57
67
71 0230
250
270 363 346351 342
356368
403440
-5,0%
0,0%
5,0%
10,0%
15,0%
20,0%
25,0%
30,0%
35,0%
40,0%
0
200
400
600
800
1000
1200
1400
1600
2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
+/-
Cre
c.
Nuevos locale
s
N°
Locale
s d
e farm
acia
FASA D&S SALCOBRAND CRUZ VERDE
Distribución de locales
(1) MINSAL * N° Locales de Farmacias MAT Dic 2014
Aprox 1.463
Farmacias
Independientesz
(1)
827
923
10191096 1150
1149 1185
1276
1341
1421*1492
ARTICULO 129.- Las farmacias y almacenes farmacéuticos podrán
instalarse de manera independiente, con acceso a vías de uso público,
o como un espacio circunscrito dentro de otro. Un reglamento dictado
a través del Ministerio de Salud determinará los requisitos que deberán
cumplir dichos establecimientos para ser autorizados por el Instituto de
Salud Pública de Chile, así como la idoneidad del profesional o técnico
que según cada caso ejerza su dirección técnica y el horario o turnos
que deberán cumplir para asegurar una adecuada disponibilidad de
medicamentos en días inhábiles y feriados legales y en horario
nocturno. Para los efectos de la fijación de turnos, deberán
considerarse datos poblacionales y cantidad de farmacias, de
almacenes farmacéuticos y de establecimientos de salud existentes en
la localidad de que se trate.
ARTICULO 129 A.- Las farmacias deberán ser dirigidas técnicamente
por un químico farmacéutico que deberá estar presente durante todo el
horario de funcionamiento del establecimiento.
FARMACIAS CODIGO SANITARIO
Cualquiera persona natural o jurídica podrá instalar o adquirir una
farmacia (art 4)
Para obtener la autorización de instalación y funcionamiento o traslado,
el interesado deberá presentar al ISP los siguientes documentos:
a) Solicitud en que deberá constar la individualización del propietario
o del representante legal según el caso, nombre del Director Técnico y
la ubicación del establecimiento.
b) Declaración del químico-farmacéutico o farmacéutico que asumirá
la dirección técnica de la farmacia acreditando su calidad de tal y
señalando su cédula de identidad y domicilio particular, y
c) Copia autorizada de los instrumentos legales que acrediten el
dominio del establecimiento.(Art 10)
DECRETO 466, REGLAMENTO DE FARMACIAS,
DROGUERÍAS, ALMACENES FARMACÉUTICOS,
BOTIQUINES Y DEPÓSITOS AUTORIZADOS
La planta física de una farmacia deberá contar :
•Con un local debidamente circunscrito.
• Equipamiento que asegure el almacenamiento y conservación
adecuada de los productos farmacéuticos.
Equipamiento para la elaboración de productos farmacéuticos y
cosméticos si es el caso(ART 14° )
•Cumplir las condiciones sanitarias y ambientales mínimas de
los lugares de trabajo (DS78/1983 MINSAL.)
DE LOS REQUISITOS QUE DEBEN
REUNIR SUS INSTALACIONES
ISP TRAMITES TRANSPARENTES
• Instructivo de autorización sanitaria de
instalación y funcionamiento de farmacia y
formularios asociados
• Lista de chequeo Instalación de Farmacia
• Lista de chequeo Funcionamiento de Farmacia
• http://www.ispch.cl/anamed/establecimientos/far
macias
En regiones delegados
A la SEREMIS
BODEGA, SALA DE VENTAS Y CADENA DE
FRÍO
Estanterías adecuadas para almacenar fármacos e
insumos, escalerillas, pisos
Termómetro/s ambiental/es de máxima y mínima y
Planilla para registro y control de T° ambiental.
Refrigerador para almacenamiento de medicamentos
con cadena de frío, capacidad adecuada al volumen de
medicamentos ,Hoja de vida del refrigerador que detalle
fechas de mantenimiento y Existencia de termómetro de
máxima y mínima en refrigerador
PRODUCTOS PARA DISPENSACIÓN
Las farmacias estarán obligadas a tener en existencia
en forma permanente los productos del petitorio de
medicamentos(ART 15)
Medicamentos bioequivalentes a la vista de público.
Listado de productos bioequivalentes a disposición del
público.
Todos los medicamentos etiquetados con precio Listado
de precios accesible al publico
Procedimiento de respuesta a los reclamos de calidad, seguridad y eficacia de
medicamentos (Art. 18 de DS 466/1984)
Reglamentos de Farmacias, Droguerías, Almacenes Farmacéuticos,
Botiquines y Depósitos autorizados (DS. 466/1984)
Reglamentos de Estupefacientes (DS. 404/1983) y Reglamentos de
Productos Psicotrópicos (DS. 405/1983)
Reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos
de uso humano (DS. 3/2010) ,Reglamento de cosméticos (DS. 239/2002)y
Reglamento de productos y elementos de uso médico (DS. 825/98)
Ley 20.000 tráfico ilícito de Estupefacientes y Psicotrópicos Reglamento
Tráfico (DS. 867/2007)
Farmacopea oficial Código sanitario / Ley 20724
Reglamento de Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares
de trabajo (DS 594/99) Monografías de medicamentos (Vademécum)
Texto sobre tratamiento de urgencias toxicológicas Manual o norma de
cadena de frío
MATERIAL DE CONSULTA PÚBLICA
ACTUALIZADA
j
Artículo 99°
El Instituto de Salud Pública de Chile podrá autorizarprovisionalmente la distribución, venta o expendio y uso deproductos farmacéuticos sin previo registro, para ensayosclínicos u otro tipo de investigaciones científicas, comoasimismo para usos medicinales urgentes derivados desituaciones de desabastecimiento o inaccesibilidad quepuedan afectar a las personas consideradas individual ocolectivamente.
Ley 20.724
ARTICULO 24°
….esta última autoridad podrá autorizar el uso provisional de
productos farmacéuticos sin registro sanitario previo, cuando éstos se importen para uso individual, directamente por el interesado o su mandatario, siempre que estén prescritos por un profesional habilitado, que deje constancia de la necesidad y duración del tratamiento.
…..podrá autorizar la internación de medicamentos por parte de nacionales o extranjeros que los portan a su ingreso al país para un tratamiento por un periodo no superior a tres semanas.
Todo exceso será retenido y notificado para su posterior decomiso.
La respectiva SEREMI, deberá informar mensualmente al Instituto las autorizaciones concedidas en conformidad a este artículo.
Decreto Supremo 3/2010
Artículo 101º
La receta es el instrumento privado mediante el cual el profesional habilitado para prescribir indica a una persona identificada y previamente evaluada, como parte integrante del acto médico y por consiguiente de la relación clínica, el uso y las condiciones de empleo de un producto farmacéutico
Ley 20.724
PROCESO IMPORTACIONES USO PROVISIONAL
N° de solicitudes Persona Natural Empresa
TOTAL SOLICITUDES 7032 2276 4756
TOTAL AUTORIZACIÓN 6365 1925 4440
TOTAL RECHAZOS 667 351 316
% SOLICITUDES 100 32 68
Soluciones para la legítima importación de medicamentos de uso personal
• Creación de un Sistema Informático con una lógica adecuada al paciente o al ciudadano que requiere acceder en forma rápida y eficiente a medicamentos no disponibles en Chile.
• Cumplimiento de la legislación vigente en la materia.
• Hacer conciencia en los profesionales que prescriben, del riesgo sanitario para los pacientes y de la responsabilidad que les asiste.
• Educar a la población para el autocuidado de su salud, incorporando el concepto de calidad.
• Resolver el problema de fondo que deriva de la falta de medicamentos en Chile o de las causas que impiden el acceso.
Vigilancia Sanitaria, un desafío en la era de Internet.
Farmacia Popular Recoleta
Autorización sanitaria con requisitos de
Farmacia Comunitaria
Horario parcial con presencia de Químico
Farmacéutico(a)
Declara venta para usuarios inscritos y no
para publico en general ( exclusión de
turno)similar a farmacia de centro
comercial
Modelo cooperativa (declaración alcalde)
Politicas de Acceso Brasil
Modelo de acceso de redes de Farmacias
estatales y franquiciadas , apoyadas por
FIOCRUZ y Ministerio de Salud . Lanzado
mayo 2006
Regulación precios
•Precio máximo de venta al gobierno
•Precio máximo consumidor y % de lucro
•Precio máximo laboratorio o droguería.
Farmacia Popular de Brasil (Gestión)
• Farmacias se instalan en los centros urbanos de todo el
país.
• Se prioriza con medicamentos derivados de la
producción pública de laboratorios Brasil.
• Se adquieren medicamentos del mercado privado con el
único objeto de completar la lista de los productos
seleccionados.
• Medicamentos solo se les agrega al precio el costo de
la dispensación gasta el 10%, algunos se entregan
gratis
• Beneficiarias las personas que ganan entre 4:10
salarios mínimos, con un poco de poder adquisitivo,
pero con dificultades para soportar la carga sobre el
presupuesto familiar con la compra de medicamentos.
Farmacia Popular de Brasil y Salud
Pública
• Prácticas de atención farmacéutica con
dispensación de los medicamentos:
actividades de atención, orientación y
registro de los usuarios
seguimiento de los tratamientos.
• Fomento del uso racional de los
medicamentos
• Instalación de la farmacovigilancia
Cooperativa en innovación social/ Farmacias
• Puede ser cooperativa de consumidores (se constituyen
igual que una sociedad comercial) Puede ser abierta o
cerrada( solo inscritos en consultorios)
• Son asociaciones sin fines de lucro en que todos
tendrían el mismo poder de decisión en asamblea(en
Chile hay cierta variación del modelo con socios de
distinta categoría de acuerdo a estatutos internos)
• Los excedentes se reinvierten o distribuyen en beneficio
de los socios.
• En la practica en Chile ,el poco involucramiento de los
socios, ha llevado a debilidades( fraudes) se requiere
crear conciencia , capacitación etc.
• Hay una larga tradición en Chile sobretodo en regiones
DESARROLLO COOPERATIVO EN CHILE
Farmacia como Centro de Salud para instalar una
moderna Política de Medicamentos y Productos
Sanitarios
Atención Farmacéutica , Farmacovigilancia,
Tecnovigilancia y Cosmetovigilancia.
Uso Racional de Medicamentos y Suplementos
Alimenticios
GRACIAS!!!
Instituto de Salud Pública de Chile