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UNAB FACULTAD DE DERECHO DERECHO CONSTITUCIONAL COLOMBIANO CONTROLES CONSTITUCIONALES CONTROL POLITICO ¿Qué es? Mediante el control político se establecen métodos que eviten el ejercicio abusivo del poder. También mediante el control político se imponen sanciones a quienes se extralimiten en el ejercicio de sus funciones. ¿Quién lo ejerce? Y ¿Sobre quién lo ejerce? Control político del poder legislativo sobre el poder ejecutivo Control político que ejerce el consejo de estado sobre el poder legislativo El pueblo sobre alcaldes y gobernadores ¿Cómo se ejerce? MOCION DE CENSURA: La moción de censura es el procedimiento por el cual la rama del poder legislativo puede exigir la separación del cargo de funcionarios de la rama del poder ejecutivo. En Colombia, la Constitución Política de 1991, así como el Reglamento del Congreso de la República (Artículo 15, numeral 9º), definen el articulado que establece los mecanismos mediante los cuales este procedimiento de control

Ficha Control Politico Colombiano

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Control Politico en Colombia

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UNABFACULTAD DE DERECHO

DERECHO CONSTITUCIONAL COLOMBIANO

CONTROLES CONSTITUCIONALES

CONTROL POLITICO

Qu es?

Mediante el control poltico se establecen mtodos que eviten el ejercicio abusivo del poder. Tambin mediante el control poltico se imponen sanciones a quienes se extralimiten en el ejercicio de sus funciones.

Quin lo ejerce? Y Sobre quin lo ejerce? Control poltico del poder legislativo sobre el poder ejecutivo

Control poltico que ejerce el consejo de estado sobre el poder legislativo

El pueblo sobre alcaldes y gobernadores

Cmo se ejerce? MOCION DE CENSURA: La mocin de censura es el procedimiento por el cual la rama del poder legislativo puede exigir la separacin del cargo de funcionarios de la rama del poder ejecutivo. En Colombia, la Constitucin Poltica de 1991, as como el Reglamento del Congreso de la Repblica (Artculo 15, numeral 9), definen el articulado que establece los mecanismos mediante los cuales este procedimiento de control poltico tiene lugar. A pesar de existir la posibilidad de destituir de sus cargos a ministros, directores administrativos y superintendentes por incumplimiento de sus funciones, la mocin de censura no ha sido aprobada en ninguno de los casos en los que ha sido propuesta por diferentes congresistas. la mocin de censura no ha prosperado por razones procedimentales, y sobre todo por una configuracin del poder poltico que ha sido favorable al ejecutivo. Adicionalmente, el poder de nombramiento de ministros y otros funcionarios de la rama por parte del Presidente de la Repblica y la posibilidad que ste tiene de renovarlos a su consideracin, explica la ineficiencia de tal procedimiento. Para aprobar la mocin se necesita el voto afirmativo de la mitad ms uno de los integrantes de la Cmara en donde se propone la iniciativa. Pero esta situacin no suele darse dentro de un sistema presidencialista como el colombiano.

- Hay 2 formas de que se d la mocin de censura:

1. Mediante citacin y que no acuda

2. Mediante acciones u omisiones que vayan en contra de la naturaleza y desempeo del cargo. PERDIDA DE INVESTIDURA: Es el control que implementa el consejo de estado sobre el poder legislativo.

Es una sancin jurdico-poltica que es desarrollo del principio de moralidad de la funcin pblica y es independiente de la sancin penal que la conducta indebida pueda acarrear.

Las causales de la pedida de investidura son:

1. Violacin de las inhabilidades e incompatibilidades

2. Inasistencia a las sesiones

3. No tomar posesin del cargo dentro de los 8 das siguientes

4. La indebida destinacin de dineros pblicos.

5. Entre otros

La corte suprema de justicia es el nico organismo encargado para ordenar su detencin. REVOCATORIA DEL MANDATOLa revocatoria del mandato es un derecho poltico, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o

a un alcalde.El trmite inicia cuando un grupo de ciudadanos, en nmero no inferior al 40% de los votos que obtuvo el gobernante respectivo, solicita ante la Registradura del Estado Civil que convoque a votaciones para revocar el mandato del mismo, fundamentando su solicitud en el incumplimiento del programa de gobierno o en la insatisfaccin general de la poblacin. El Registrador informa a la persona cuyo mandato pretende revocarse y posteriormente convoca a votaciones; la revocatoria opera si as lo determinan la mitad ms uno de los votos, siempre que el nmero de sufragios no sea inferior al 55% de la votacin vlida emitida el da en que se eligi al mandatario. Si la revocatoria prospera, el Presidente de la Repblica procede a remover al gobernador revocado, o el gobernador remueve al alcalde revocado (segn el caso), y a nombrar un encargado transitoriamente hasta que se elija popularmente al nuevo gobernante, el cual ocupar el cargo por el perodo constitucionalmente establecido.

Cul es el marco jurdico? Art 40 constitucin poltica de Colombia(revocatoria del mandato) Ley 131/94 art 2( revocatoria del mandato)

Art 135 #8 y #9 constitucin poltica de Colombia(mocin de censura)

Art 183 constitucin poltica de Colombia(perdida de investidura)

Art 110 constitucin poltica de Colombia(perdida de investidura)

Observacin especial:NO

Bibliografa: Constitucin poltica de Colombia (artculos mencionados anteriormente en el marco jurdico)

Estudiante: Silvia Alejandra Mendoza UribeFecha: 20/04/15