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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 1 Ficha resumen Línea 310 SEGURO DE EXPLOTACION DE FRUTOS SECOS PLAN: 2017 Almendro Avellano Algarrobo Nogal Pistacho

Ficha resumen Línea 310 SEGURO DE … – SEGURO DE FRUTOS SECOS - RESUMEN MODULOS CONDICIONES DE COBERTURA E INDEMNIZACION TIPO PLANTACION CULTIVO GARANTÍA RIESGOS CUBIERTOS CAPITAL

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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las

condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 1

Ficha resumen

Línea 310

SEGURO DE EXPLOTACION DE FRUTOS SECOS

PLAN: 2017

Almendro

Avellano

Algarrobo

Nogal

Pistacho

Ficha resumen

310.- EXPLOTACIONES DE FRUTOS SECOS - PLAN 2017

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310 – SEGURO DE FRUTOS SECOS - RESUMEN MODULOS CONDICIONES DE COBERTURA E INDEMNIZACION

TIPO PLANTACION

CULTIVO GARANTÍA RIESGOS CUBIERTOS CAPITAL ASEGURADO CALCULO DE LA INDEMNIZACION GARANTIZADO

(elegible)

M Ó D U L O S 1 2 P C1 C2 1 2 P C1 C2 1 2 P C1 C2 1 2

Plantación en producción

Almendro Producción

Pedrisco X X X X X

100%

100% 100%

Explotación (comarca)

Parcela

Parcela

Parcela 70%

60%

50%

- Riesgos Excepcionales

X X X X X

Resto adversidades climáticas

X X

Explotación (comarca)

Los C1 y C2 solo son contratables

para el cultivo del ALMENDRO

70% 60% 50%

Plantación Todos los de producción (1)

X X X 300% 100% Parcela

Avellano Algarrobo Nogal Pistacho

Producción

Pedrisco X X X

100%

100%

Parcela

NO PUEDEN CONTRATAR

COMPLEMENTARIO

Riesgos Excepcionales

X X X

Resto adversidades climáticas

X X

Explotación (comarca)

Plantación Todos los de producción (1)

X X X 100% Parcela

Plantones Todos Plantación X X X

100%

Parcela

Todas Todas Instalaciones

Todos los de producción y cualquier otro riesgo climático

X X X PARCELA

(1) Los riesgos en plantación a consecuencia del riesgo de SEQUÍA están cubiertos únicamente para el cultivo de almendro en las parcelas de aquellos que hayan contratado este seguro en el plan anterior en los módulos 1 y 2 y

vuelvan a estar asegurados en los módulos 1 ó 2 por el mismo asegurado en el presente plan.

Los productores, podrán asegurar:

ALMENDRO (módulos 1 y 2):

PARCELAS EN INTENSIVO:

Para Los productores incluidos en la base de datos (MAPAMA) asegurarán entre el mínimo y máximo del rendimiento asignado.

Los productores no incluidos en la base de datos (MAPAMA), ajustarán las producciones que se indican en la tabla de la página 7 de éste documento. RESTO DE PARCELAS:

Los productores incluidos y no incluidos en la base de datos (MAPAMA) ajustarán las producciones que se indican en la página 7 de éste documento.

PARA EL RESTO DE PARCELAS. – Además de los apartados anteriores, se ajustarán las producciones que se indican en la página 7 de este documento. Los asegurados cuyos rendimientos hayan sido fijados por revisión de rendimientos este plan o el anterior no tendrán la limitación anterior, salvo que las parcelas se hayan plantado con posterioridad a la revisión de

rendimientos de la base de datos. RESTO DE CULTIVOS ASEGURABLES (Nogal, Pistacho. Algarrobo y Avellano) y Módulo P: Será de libre fijación por el asegurado, para cada parcela, ajustándose a las esperanzas reales de producción.

En caso de asegurar solo plantones, se indicará el número de plantones.

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MODIFICACIONES CON RESPECTO AL PLAN ANTERIOR

Bonificaciones.- Cuando se incorporen a la póliza, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de la producción asegurada, se tendrá en cuenta en el historial para el cálculo de la bonificación. Se comunicará el cambio a AGROSEGURO antes de la contratación para calcular la bonificación. En caso de que no comunique AGROSEGURO aplicará el cambio en el momento que lo detecte.

Nuevos precios para plantones:

Pistacho: Pistachero injertado en vivero el mínimo es de 6€/ud. y máximo 12 €/ud. Pistacheros injertados en el campo, el mínimo es de 1 €/ud. y el máximo 3 €/ud.

Nogal. - Con independencia de la variedad, el precio unitario mínimo será de 6 €/ud y el máximo de 15 €/ud.

En tipo de plantación (aplicación SAC) se incluye factor diferenciador para el cultivo de pistacho para diferenciar: 041 pistacheros injertados en viveros 042 pistacheros injertados en campo.

Módulo 1 Módulo 2 Módulo P

Complementarios

Todos los riesgos por explotación

Almendro podrá elegir Garantizado del: 70%, 60%, 50%

Resto cultivos: No elegible el garantizado

Riesgos por explotación y parcela

Almendro: podrá elegir el Garantizado: 70%,60%, 50% para resto de adversidades climáticas

Resto cultivos: No elegible el garantizado

Riesgos por parcela

C1 y C2

Riesgos por parcela

Solo para ALMENDRO

PERÍODO DE CONTRATACIÓN

Módulos 1 y 2

Cultivos Inicio Final Último día pago

Almendro 1-9-2017 30-11-2017 1-12-2017

Nogal y Pistacho 1-3-2018 15-6-2018 18-6-2018

Avellano y algarrobo 1-3-2018 15-5-2018 16-5-2018

Módulo P Nogal y Pistacho 1-3-2018 15-6-2018 18-6-2018

Almendro, Avellano y algarrobo 1-3-2018 15-5-2018 16-5-2018

Períodos de modificación:

– Se admiten modificaciones para el cultivo del Almendro con fecha límite 15-2-2018 en los Módulos 1 y 2.

LÍNEAS COMPLEMENTARIAS Inicio Final Último día pago

Módulos: C1 y C2 Almendro 1-3-2018 15-5-2018 16-5-2018

MÓDULOS DE ASEGURAMIENTO

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EXPLOTACIONES ASGURABLES Y PÓLIZAS A CONTRATAR

EXPLOTACIONES ASEGURABLES Nº de pólizas Seguro

Complementario Incompatibilidad

Módulos 1 y 2

Explotaciones de Avellano, Almendro, Algarrobo, Pistacho y Nogal cuyo titular del seguro presente a su nombre la PAC.

Se podrá elegir, el Garantizado en el cultivo del Almendro.

Se podrá solicitar revisión de rendimientos

2 Pólizas:

1. Almendro SI

Si contrata el cultivo de

Almendro en los módulos 1 ó 2, no se podrá asegurar en el módulo P.

Si tuviese explotaciones de Algarrobo, Avellano, Nogal y Pistacho, se asegurarán en una única póliza en los módulos 1 y 2, no siendo posible asegurarlos simultáneamente con el módulo P.

Si se asegurasen en el módulo P, deberá ir cada cultivo en una declaración de Seguro diferente.

2. Resto cultivos

NO Módulo

P

Todas las parcelas dedicadas al cultivo de avellano, almendro, algarrobo, pistacho y nogal

5 Pólizas:

1. Almendro 2. Avellano 3. Algarrobo 4. Nogal 5. Pistacho

BIENES ASEGURABLES Y NO ASEGURABLES

Bienes asegurables:

Producciones de almendro, pistacho, nogal, avellano y algarrobo.

GARANTÍAS:

PRODUCCION y PLANTACION

PLANTONES

INSTALACIONES (cabezal y red de riego)

No son asegurables:

Las plantaciones destinadas a experimentación o ensayo (tanto de material vegetal como de técnicas o prácticas culturales), las situadas en “huertos familiares”, las correspondientes a árboles aislados, ni las parcelas e instalaciones que se encuentren en estado de abandono.

En los Módulos 1 y 2 las producciones de parcelas de almendro, según la plantación, sistema de cultivo, y edad (ver rendimientos máximos asegurables (ANEXO III de las condiciones especiales).

DEFINICIONES

Explotación a efectos de Contratación: Conjunto de parcelas de los bienes asegurables, situadas en el ámbito de aplicación del seguro, gestionadas empresarialmente por su titular para la obtención de producciones destinadas primordialmente al mercado y que constituyen una unidad técnico-económica. En consecuencia, las parcelas, objeto de aseguramiento, cultivadas por un mismo agricultor o explotadas en común por Entidades Asociativas Agrarias (Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas… etc.), Sociedades Mercantiles (Sociedad anónima Limitada etc.) y Comunidades de Bienes, se considerarán como una sola explotación.

Explotación a efectos de indemnización: Conjunto de parcelas de la explotación situadas dentro de una misma comarca agraria. Asimismo, y a estos efectos, en cada una de las comarcas se consideran explotaciones diferentes los siguientes grupos de parcelas:

Parcelas en intensivo. Resto de parcelas.

PARCELA A EFECTOS DEL SEGURO: Superficie total de un mismo cultivo y variedad incluida en un recinto SIGPAC. No obstante: Se considerarán parcelas distintas las superficies de cultivo con distinto rendimiento máximo asegurable establecido por el Ministerio

de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad, abarca varios recintos de la misma parcela SIGPAC, todos aquellos recintos de

superficie inferior a 0,10 ha se podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a efectos del seguro, que será identificada con el recinto de mayor superficie.

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ESQUEMA DE RIESGOS CUBIERTOS

RIESGOS CLIMÁTICAS

Pedrisco

Resto Adversidades Climáticas

Inundación – Lluvia Torrencial

RIESGOS EXCEPCIONALES

Lluvia Persistente

Viento Huracanado

RIESGOS NO CLIMÁTICOS Incendio

Fauna silvestre

MODULOS DE ASEGURAMIENTO Y CONDICIONES DE COBERTURA

Módulo 1 Condiciones de cobertura

Tipo de plantación Cultivo Garantía

Riesgos cubiertos

Capital asegurado

Cálculo Indemnización

Mínimo indemnizable

Franquicia Garantizado

Plantación en

producción

Almendro

Producción

Pedrisco Riesgos excepcionales Resto de adversidades Climáticas

100%

Explotación

(Comarca)

- Deducible: 60€

Elegible:

70% 60% 50%

Plantación Todos los de producción (1)

300% 30% Absoluta: 20% --

Algarrobo Avellano

Nogal Pistacho

Producción

Pedrisco Riesgos excepcionales Resto adversidades climáticas

100%

30%

Absoluta: 30% --

Plantación Todos los de producción (1)

100% Absoluta: 20% --

Plantación Joven

(plantones) Todos Plantación

Todos los de producción (1)

100% 30% Absoluta: 20% --

(1) Los daños en plantación a consecuencia del riesgo de sequía están cubiertos únicamente para el cultivo de almendro en las parcelas de aquellos asegurados que hayan contratado este seguro el plan anterior en los Módulos 1 ó 2 y vuelvan a estar aseguradas en los Módulos 1 o 2 por el mismo asegurado en el presente plan. En el resto de cultivos los daños en plantación por sequía están excluidos.

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INSTALACIONES

Módulos: 1, 2 y P

Tipo de

Plantación Riesgos Cubiertos

Capital

asegurado

Cálculo de

Indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia

Todas

Todos los cubiertos en la

garantía a la Producción,

y cualquier otro riesgo

climático

100% Parcela

Menor entre el 10% del capital

asegurado y:

Cabezal de riego: 1.000€

Red de riego: 300€

Sin franquicia

Módulo 2 Condiciones de cobertura

Tipo de plantación

Cultivo Garantía Riesgos

cubiertos Capital

asegurado Cálculo

indemnización Mínimo

indemnizable Franquicia Garantizado

Plantación en

producción

Almendro

Producción

Pedrisco 100%

Parcela

10% Daños: 10% -

Riesgos excepcionales

100% 20% Absoluta: 20% -

Resto de adversidades Climáticas

100% Explotación (Comarca)

-- Deducible: 60€

Elegible: 70% 60% 50%

Plantación Todos los de producción (1)

300% Parcela 20% Absoluta: 20% -

Algarrobo Avellano

Nogal Pistacho

Producción

Pedrisco 100% Parcela 10% Daños: 10% -

Riesgos excepcionales

100% Parcela 20% Absoluta: 20% -

Resto de adversidades Climáticas

100% Explotación (Comarca)

30% Absoluta: 30% -

Plantación Todos los de producción (1)

100% Parcela 20% Absoluta: 20% -

Plantación Joven

(plantones) Todos Plantación

Todos los de producción (1)

100% Parcela 20% Absoluta: 20% -

(1) Los daños en plantación a consecuencia del riesgo de sequía están cubiertos únicamente para el cultivo de almendro en las parcelas de aquellos asegurados que hayan contratado este seguro el plan anterior en los Módulos 1 ó 2 y vuelvan a estar aseguradas en los Módulos 1 o 2 por el mismo asegurado en el presente plan. En el resto de cultivos los daños en plantación por sequía están excluidos.

Módulo P Condiciones de cobertura

Tipo de plantación Garantía Riesgos cubiertos Capital

asegurado Cálculo

indemnización Mínimo

indemnizable Franquicia

Plantación en producción

Producción Pedrisco

100%

Parcela

10% Daños 10%

Riesgos excepcionales

20%

Absoluta 20% Plantación Todos los de Producción

Plantación Joven (plantones)

Plantación Todos los de Producción

COMPLEMENTARIOS MÓDULOA C1 Y C2 Condiciones de cobertura C1 y C2

Tipo de plantación

Garantía Riesgos cubiertos Capital

asegurado Cálculo

indemnización Mínimo

indemnizable Franquicia

Plantación en producción

Producción

Pedrisco

100% Parcela

10% Daños 10%

Riesgos excepcionales 20%

Absoluta 20%

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RENDIMIENTOS y PRODUCCION ASEGURABLE EN LOS MÓDULOS

(1) En estas parcelas, los productores de explotaciones intensivas incluidas en la base de datos, no tendrán esta limitación.

PRECIO: Será de libre elección por el asegurado, sin sobrepasar los máximos y mínimos establecidos por ENESA.

Todos se establecerán en €/Kg y los plantones en €/unidad.

Los porcentajes se aplican sobre el rendimiento máximo fijado para cada productor en la base de datos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

MODULO CULTIVO TIPO

PLANTACION

PRODUCTORES EN BASE DE DATOS

(MAPAMA)

PRODUCCION Kg de almendra en cáscara

1 y 2

Almendro

INTENSIVO 500 > 1.200 árboles/ha

INCLUIDOS La comprendida entre el rendimiento máximo y mínimo asignado por el MAPAMA.

NO INCLUIDOS Pueden asegurar, pero No pueden superar los rendimientos máximos establecidos en el anexo III (C.E.), ver la tabla siguiente.

RESTO DE PARCELAS

INCLUIDOS La comprendida entre el rendimiento máximo y mínimo asignado por el Ministerio de Agricultura. NO INCLUIDOS

PARA TODAS LAS PARCELAS: Además de lo anterior, para cada una de las parcelas, NO se podrá superar los rendimientos que se indican en el anexo III (C.E.), ver la tabla siguiente. La producción no asegurada en las parcelas por esta limitación, no se podrá incrementar en el aseguramiento del resto de parcelas. Los asegurados con revisiones de rendimientos en este plan o el anterior, no están sujetos a esta limitación, salvo aquellas parcelas plantadas con posterioridad a la revisión del rendimiento o base de datos.

Nogal, Algarrobo, Pistacho y Avellano

De libre fijación por el asegurado, ajustándose a las esperanzas reales de producción considerando la media de años anteriores. En plantones se indicará el número de plantones de la parcela.

P Almendro

Nogal, Algarrobo, Pistacho y Avellano

ALMENDRO - RENDIMIENTOS MAXIMOS ASEGURABLES - ANEXO III (Con. Especiales)

Tipo plantación

Sistema cultivo

Árboles/ha Edad de la plantación (años)

1 2 3 4 5 6 7-15 >15

Intensivo Regadío

>500 y <1.200

No

asegurable

No asegurable

800 kg/ha 1.600 kg/ha

2.400 kg/ha

3.200 kg/ha 4.000

kg/ha (1) 3.200 kg/ha

>1.200 800 kg/ha 1.600 kg/ha 2.800 kg/ha

4.000 kg/ha (1) 3.200 kg/ha

Tradicional

Secano

Todos No

asegurable

No asegurable

25% 50% 75% -

Regadío 25% 50% 75% -

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REVISION DE RENDIMIENTOSEN LA BASE DE DATOS

Para la solicitud de revisión de rendimientos

PROCEDIMIENTO Y PLAZOS:

Para contratar el cultivo del Almendro en los módulos 1 y 2, el Asegurado debe disponer de un rendimiento asignado por ENESA (para el resto de cultivos no). En el módulo P, no es necesario la asignación de rendimientos.

Se podrán solicitar la revisión de rendimientos por las siguientes causas:

De oficio por el MAPAMA.

A instancia del Asegurado por:

Cambio de titularidad. Cuando se incorpore el 50% de la superficie de Almendro de otra explotación y represente al menos el 20% de la superficie asegurada en la póliza.

Modificación significativa en la estructura productiva de la explotación: Reconversión varietal,

transformación en regadío u otras causas

Cultivar variedades de floración tardía (variedad Soleta y otras de floración posterior a esta)

Explotaciones ubicadas en el litoral mediterráneo.

Plazos:

o Solicitud de asignación de rendimientos. - Si el asegurado no está incluido en la base de datos de rendimientos, tendrá que asegurar con un máximo de 100 kg. /ha. Para solicitar la revisión.

o Solicitud de revisión de rendimientos por modificación de estructura productiva, cultivo de variedades de floración tardía o explotaciones ubicadas en el litoral mediterráneo: Enviadas a AGROSEGURO durante el período de contratación, se aplicarán para

este plan. (la resolución se comunicará en un plazo no superior a 70 días desde el final de contratación.

1. Si es aceptada, AGROSEGURO emitirá recibo de prima, salvo renuncia del asegurado en un plazo de 20 días desde la comunicación de la resolución.

2. Si es rechazada, el seguro no sufrirá modificaciones, el asegurado podrá solicitar la anulación en un plazo de 20 días, desde la comunicación de la resolución.

Las enviadas a AGROSEGURO después del final de contratación, la resolución se comunica en un plazo no superior a los 70 días desde el inicio de contratación del plan siguiente.

o Solicitud de revisión de rendimientos por cambio de titular: Se aplica lo mismo que el apartado anterior, salvo puntos 1 y 2.

Las solicitudes se envían por correo electrónico a:

[email protected], deberán ir acompañadas con la documentación relacionada en las páginas 43 a 47 de las C.E.

REDUCCIÓN DE CAPITAL ASEGURADO

El Tomador o el Asegurado podrá solicitar “Reducción del Capital asegurado” cuando la producción declarada en el seguro se vea mermada por causas o riesgos ocurridos durante el periodo de carencia, conllevando el extorno del 100% de la prima comercial de todos los riesgos.

Las solicitudes deberán ser remitidas al domicilio social de AGROSEGURO por el Tomador o asegurado utilizando el impreso establecido a tal efecto, y solo serán admitidas dentro de los 10 días posteriores a la finalización de la fecha del periodo de carencia.

En ningún caso procederá extorno de prima por la reducción del capital asegurado solicitado, cuando con anterioridad a la fecha de solicitud, se hubiera declarado un siniestro causado por alguno de los riesgos cubiertos.

Recibida la solicitud, resolverá en consecuencia dentro de los 20 días siguientes a la recepción de la comunicación.

o Se utilizará el modelo P011/3, disponible en la aplicación y publicado en SIRED / MEDIADORES.

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PERÍODO DE GARANTÍAS

Inicio de Garantías:

Las garantías se inician con la toma de efecto y nunca antes de las fechas que figuran en el cuadro que sigue (anexo II de las condiciones especiales del seguro)

Garantía Especie Riesgos Periodo de garantías

INICIO FINAL

PRODUCCION

Almendro

Pedrisco Fruto 20 mm

31 de octubre Riesgos excepcionales

Resto adversidades climáticas (1) 1 de noviembre

Avellano

Pedrisco 1 de mayo 1 de septiembre

Riesgos

excepcionales

Incendio

1 de mayo 15 de octubre Fauna Silvestre

Inundación-Lluvia torrencial

Lluvia persistente 1 de julio

15 de octubre

Viento huracanado 1 de septiembre

Resto adversidades climáticas 1 de julio 15 de agosto

Algarrobo, nogal y

pistacho

Pedrisco

15 de mayo 15 de noviembre Riesgos excepcionales

Resto adversidades climáticas

Plantación Todas

Todos los de producción (2)

Toma de efecto, y nunca antes

de frutos menores a 20 mm

12 meses Instalaciones Todos los de producción

Complementario Iguales a las de la garantía de producción

(1) Entre dichas adversidades se incluirán los riesgos de pedrisco y riesgos excepcionales, antes del estado fenológico establecido para el inicio de las garantías de dichos riesgos. (2) Los daños en plantación a consecuencia del riesgo de sequía están cubiertos únicamente para el cultivo de almendro en las parcelas de aquellos asegurados que hayan contratado

este seguro el plan anterior en los módulos 1 o 2 y vuelvan a estar aseguradas en los módulos 1 y 2 por el mismo asegurado en el presente plan. En el resto de cultivos los daños por sequía están excluidos.

Ficha resumen Canal Agropecuario

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Pago de la Prima:

Al contado. - Mediante ingreso o transferencia bancaria a las cuentas de AGROSEGURO

Fraccionado a través de SAECA que cumplan las dos condiciones: El seguro debe tener una prima sea igual o superior a 1.000€ El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de SAECA, por la cuantía que debe cubrir al menos el

importe de la segunda fracción. La domiciliación de los recibos se realizará a la cuenta corriente del Asegurado

Los recibos contemplan dos importes de recargos: o Por fraccionamiento, sobre la cantidad aplazada (AGROSEGURO)

o Por gastos de tramitación del aval, sobre la cantidad afianzada. (gastos de gestión SAECA) La modalidad elegida no puede ser modificada durante la vigencia de la póliza.

El pago de la prima única se realizará en dos fracciones:

Primera fracción: primer pago que corresponde como mínimo al 10% del importe del seguro más los gastos del

fraccionamiento y aval, que serán abonados al contratar la póliza.

Segunda fracción:

No podrá superar el 90% del importe del coste del seguro a cargo del tomador que será pagado mediante

recibo y se pasará a cobro en el plazo elegido por el asegurado a los 3, 6, 9 ó 12 meses. En esta misma cuenta se

realizarán los pagos por indemnizaciones de los siniestros.

Existen dos impresos de solicitud diferentes según importe a avalar, los impresos se pueden descargar del catálogo de productos o de la página Web de SAECA: www.saeca.es.

Para avalar una cantidad hasta 25.000€ se utilizará el modelo “reducido y a partir de ese importe, se presentará el modelo “completo” en ambos casos se acompaña la siguiente documentación.

Documentación a adjuntar:

Solicitud de Aval REDUCIDA (hasta 25.000€) Enviar formulario

Fotocopia DNI/CIF

IRPF / Impuestos sociedades.

Solicitud de aval COMPLETA (>25.000€)

Enviar Formulario

Fotocopia DNI/CIF

IRPF / Impuestos sociedades.

Documentación acreditativa Bienes

SAECA comunicará al gestor la aprobación o denegación del aval. En caso de aprobación, acompañará la póliza de afianzamiento mercantil

que incluye el nº de aval concedido, por correo electrónico, que no será necesario la intervención notarial cuando el importe avalado sea

inferior a 25.000€ intervenida notarialmente para importes superiores.

Contratar la póliza y enviar “póliza de afianzamiento” por correo electrónico a: [email protected],

Enviar solicitud la solicitud del aval (ORIGINAL) y la póliza de afianzamiento firmada y sellada (ORIGINAL) a la siguiente dirección:

calle Jorge Juan, 19, 4ª planta 28001 Madrid.

Para la concesión del aval, el Asegurado deberá estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Ficha resumen Canal Agropecuario

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ENTRADA EN VIGOR Y CARENCIA

El seguro entrará en vigor a las 0 horas del día siguiente al día en el que se pague la prima.

Se establece un período de carencia de 6 días contados desde la entrada en vigor del seguro.

No se aplicará carencia:

En las declaraciones del seguro principal de los asegurados que contrataron la campaña anterior. No obstante:

o En el caso de entidades asociativas que suscriban por primera vez, no se aplicará el período de carencia en las parcelas que fueron aseguradas por los socios de la entidad en la campaña anterior.

o En el caso de socios que se salen de una entidad asociativa, no se aplicará el período de carencia en las parcelas que fueron aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio.

En los seguros complementarios.

Ficha resumen Canal Agropecuario

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SUBVENCIONES

Subvenciones ENESA: Para poder aplicar las subvenciones, el asegurado debe figurar en la BASE DE DATOS DE ENESA.

Módulos Base Contratar Colectivo

Financiación (SAECA)

Características Asegurado: Continuación de

aseguramiento

Prácticas de Reducción de Riesgo y por

Condiciones Productivas Entidad

Asociativa

Agricultor/a Profesional,

Explot. prioritaria, Joven agricultor/a,

O.P. (Organización de

productores)

Línea Renovación Módulo 2

ATRIA, ADV, ASV

Producción ecológica

1 75

75

2 21 6 1 11 5 2 2 2 49

P 7 6 1 9 5

31

COMPLEMENTARIOS A LOS MÓDULOS 1 Y 2

C1, C2 y CP

7 6 1 9 5

31

Sólo se subvencionan las tasas de coste hasta el 23%; para tasas superiores se aplicará un coeficiente en función de éste límite.

Se deducen 60€ del importe de la subvención (Sólo una vez por Asegurado y plan). El porcentaje de modulación se le aplica una vez deducido dicho importe (60€). Para asegurados con recargo no se tendrá en cuenta éste para el cálculo de las subvenciones. El importe de la subvención no puede exceder del 65% del importe del recibo de prima (sin tener en cuenta los recargos de contratación).

Subvenciones de las Comunidades Autónomas:

Comunidades % Subv. Aplica sobre % Límite Subv.

Observaciones

Andalucía

Aragón

Asturias 20 Enesa 65% Recibo prima (sin recargos de

contratación)

Pólizas entrada en vigor: 1-1-2017 al 31-12-2017 Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.

Baleares 32,5 Recibo de prima 65%

del recibo de prima

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA. Consultar en el manual de Subv. Consideraciones de interés (catálogo de productos/Subv.)

Bizkaia

Canarias 25 Prima comercial

base neta 65% Recibo prima (sin recargos de

contratación)

Pólizas entrada en vigor: 1-1-2017 al 31-12-2017 Exclusiones: Grandes Empresas, Administraciones…- Manual de Subv.

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.

Cantabria 20 Enesa 65% del recibo de prima (sin

recargos de contratación)

Tendrán derechos los asegurados incluidos en Base de Datos suministrada por la C.A.

Excluidas las Grandes Empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas.

Castilla - León

Castilla - Mancha

37 /

Módulo 2

Enesa

65%

del recibo de prima (1)

Máximo: 18.000€ póliza

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA

(1) Límite mínimo.- No subvencionan las pólizas ≤ 60€

Exclusiones: Administraciones públicas, autonómicas y locales.

Ficha resumen Canal Agropecuario

310.- EXPLOTACIONES DE FRUTOS SECOS - PLAN 2017

Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 13

Comunidades % Subv. Aplica sobre % Límite Subv.

Observaciones

Cataluña

41 Módulo P

y CP 61 Resto de módulos

Enesa

65% del recibo de prima

(sin tener en cuenta los recargos de contratación)

Importe máximo por póliza: 6.000€

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA

Exclusiones: Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias que incurran en alguna de las causas que impidan adquirir la condición de persona beneficiaria que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003 / ver - Manual de Subv. “Consideraciones de interés”

Extremadura 30 Enesa 65% del recibo de prima (sin

recargos de contratación)

Pólizas entrada en vigor: 1-1-2017 al 31-12-2017 Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA

Galicia 22

Prima Comercial Base, Incluidas Bonificaciones y

Recargos

65% del recibo de prima (sin recargos de contratación)

Exclusiones: Grandes Empresas, Administraciones…- Manual de Subv.

Una vez aplicada los % y los límites máximos, se RESTARÁ 15€. Sin subvención a las declaraciones, en las que el importe resulte igual o inferior a 15€. Se aplicará siempre sobre la última situación de la póliza.

Rioja

10 / Módulo P

12 / Módulos 2

y C2 5 (1)

Enesa 65% del recibo de prima (sin

recargos de contratación)

(1) Asegurados que cumplan la condición de JOVÉNES AGRICULTORES.

No subvenciona las pólizas cuya subvención sea inferior a 60€ e importe íntegro si los supera (se aplicará siempre sobre la última paralela) Se otorga subvención a los asegurados que tengan condición de: Agricultor o Ganadero Profesional Titular de Explotación Prioritaria (los asegurados que sean

personas jurídicas solo se podrán aplicar la subvención si tienen condición de ser explotación prioritaria)

Joven Agricultor Comunidades de Bienes y sociedades Civiles SIN

personalidad jurídica

Madrid

Murcia

Navarra

72,90 / Módulo P: Resto de Cultivos

34,20

Módulo 2

Enesa 65% del recibo de prima (sin

recargos de contratación)

Pólizas contratadas entre el 1-1-2017 y el 31-12-2017 Incluye en Manual DECLARACIÓN SOBRE LA OBLIGACIÓN DE TRANSPARENCIA.

Se otorga subvención a los asegurados que tengan condición de:

Agricultor o Ganadero Profesional

Titular de Explotación Prioritaria

Secciones de cultivo en común de cooperativas.

Ganaderos que contraten seguros de RyD (línea 415) Y que, además que figuren como “subvencionable” en la base de datos: (1) Fichero de verificación del cumplimiento de los requisitos de las bases reguladoras de las ayudas de la Comunidad Foral de Navarra y (2) Fichero de verificación del cumplimiento de la Ley Foral de Subv. de Navarra

Exclusiones:

Los asegurados que no cumplan las condiciones personales para percibir subv. según el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005 para que no se les aplique la subv. (indicar en la aplicación SAC: el 14)

Las pólizas contratadas por empresas que no ostenten la condición de pequeña y mediana empresa de producción.

Comunidades % Subv. Aplica sobre % Límite Subv. Observaciones

Valencia

Módulos Subv. Base

DOP/

CAECV

Características del Asegurado

Entidad

Asociativa

SUBV. Cultivos Secano

La Prima Comercial

Base Neta de Bonificaciones

(sin tener en cuenta el recargo de contratación)

65% del recibo de

prima (sin tener en

cuenta los recargos de

contratación)

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.

Exclusiones: Administración PúblicaPólizas contratadas por empresas que no tengan la condición de pequeña o mediana empresa (PYME)

1 10 1,0 1,0 2,0 5,00

2 20 2,0 2,0 4,0 10,00

P 25 2,5 2,5 5,0 12,50

Resto Módulos

20 2,0 2,0 4,0 10,00

CAECV: Comité Agricultura ecológica de la C.A Valenciana.

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COMUNICACIÓN DE SINIESTROS

Todo siniestro deberá ser comunicado por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario, en su domicilio social, o en sus

correspondientes Direcciones Territoriales, en el impreso establecido al efecto y dentro del plazo de 7 días, contados a partir de la

fecha en que fue conocido, debiendo efectuarse tantas comunicaciones como siniestros ocurran.

En especial para el riesgo de fauna silvestre, el tomador, asegurado o beneficiario extremaran su diligencia en la comunicación del

siniestro, en plazo no superior al señalado, computado desde que se produzcan los primeros daños en el cultivo.

En caso de incumplimiento, el asegurador podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de declaración, salvo que

el asegurador hubiese tenido conocimiento del siniestro por otro medio.

No tendrán la consideración de declaración de siniestro ni por tanto surtirá efecto alguno, aquella que no recoja el nombre,

apellidos o denominación social y domicilio del asegurado, referencia del seguro y causa del siniestro.

En los siniestros por incendio, el tomador del seguro o el asegurado vendrán obligados a prestar declaración sobre el siniestro

ante la autoridad competente del lugar donde haya ocurrido, y enviarán una copia autentificada de la declaración a debiendo

indicar, además de los datos propios de toda declaración de siniestro, los siguientes:

- Las circunstancias del siniestro.

- Sus causantes conocidos o presuntos.

- La cuantía aproximada de los daños y los medios empleados para aminorarlos.

En siniestros causados por fauna silvestre cinegética, solamente será necesario que el tomador de seguro, o el asegurado

presten declaración sobre los daños ante la autoridad competente en el caso de que así lo pidiera.

En caso de incumplimiento de lo anteriormente especificado para los riesgos de incendio y fauna silvestre cinegética, se

producirá la pérdida del derecho a la indemnización.

MUESTRAS TESTIGO

Si llegado el momento fijado para la recolección no se hubiera realizado la peritación o no se hubiera llegado a un

acuerdo en ésta, siguiéndose el procedimiento señalado para la tasación contradictoria, el asegurado podrá efectuar

aquélla, obligándose a dejar muestras testigo:

A) Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por parcela,

las muestras testigo se dejarán solamente en las parcelas afectadas.

B) Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por

explotación, se dejarán las muestras testigo, tanto en las parcelas reclamadas como en aquellas parcelas que,

aun no estando reclamadas, el asegurado o manifiesten la necesidad de realizar el aforo de las mismas.

Las muestras testigo deberán tener las siguientes características:

Unidad: Árboles completos sin ningún tipo de manipulación posterior al siniestro.

Tamaño: Al menos el 5% del número total de árboles de la parcela, con un mínimo de 3 árboles

uniformemente repartidos para parcelas menores de 60 árboles. Los árboles seleccionados deberán estar

uniformemente repartidos sobre la parcela.

Representatividad: Deberán ser representativas del conjunto de la población.

Distribución: debe ser uniforme, dejando un árbol de cada 20, a partir de uno elegido aleatoriamente y

contabilizando en todas las direcciones. En caso de parcelas con una superficie superior a 2 has, se dejarán

filas completas, en proporción de una de cada 20, con un mínimo de 2 filas por parcela.

Ficha resumen Canal Agropecuario

310.- EXPLOTACIONES DE FRUTOS SECOS - PLAN 2017

Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 15

CARCARACTERÍSTICAS APLICACIÓN SAC

El seguro se compone: 3 Módulos Principales: 1, 2 y P. Para el Módulo elegido, el Asegurado deberá elegir las mismas coberturas para todas las parcelas de la

explotación. 2. Complementarios: C1 y C2

Selección de Módulos Se pueden seleccionar los módulos, en la aplicación, para hacer una comparativa, señalando uno de ellos como principal.

Se elegirá el Garantizado.

Módulos 1 y 2:

Almendro

Puede hacer la solicitud (documento publicado en el catálogo de productos)

Tipo de Capital 000 Producción/Plantación

001 Plantones

Edad de la plantación Se indicará en cada parcela, la edad de la plantación en años. (nº de brotaciones

de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la

cosecha asegurada.

Sistema de Cultivo Secano

Regadío

Tipo de Plantación 39 Densidad menor 500 árboles/ha.

40 Densidad entre 500 y 1.200 árboles/ha.

11 Densidad mayor 1.200 árboles/ha.

Sistema de Producción 1. Ecológico

2. Tradicional

Nº de unidades Se indicará el nº de árboles o plantones en cada parcela.

Módulo P Almendro

Tipo de Capital 000 Producción/Plantación

001 Plantones

Edad de la plantación

Se indicará en cada parcela, la edad de la plantación en años. (nº de brotaciones

de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la

cosecha asegurada.

Sistema de Cultivo Secano

Regadío

Sistema de Producción 1. Ecológico

2. Tradicional

Nº de unidades (Se indicaré el nº de árboles o plantones en cada parcela)

Módulos 1, 2 y P Algarrobo, Avellano y Pistacho

Tipo de Capital 000 Producción/Plantación

001 Plantones

Sistema de Cultivo Secano

Regadío

Sistema de Producción 1. Ecológico

2. Tradicional

Nº de unidades (Se indicaré el nº de árboles o plantones en cada parcela)

Edad de la plantación

Se indicará en cada parcela, la edad de la plantación en años. (nº de brotaciones

de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la

cosecha asegurada.

Módulos: 1, 2 y P Pistacho

Tipo de Capital 000 Producción/Plantación

001 Plantones Sistema de Cultivo Secano

Regadío

Sistema de Producción 1. Ecológico

2. Tradicional

Nº de unidades (Se indicaré el nº de árboles o plantones en cada parcela)

Tipo de Plantación 041.- Injertado en vivero

042.- Injertado en campo

Edad de la plantación Se indicará en cada parcela, la edad de la plantación en años. (nº de brotaciones

de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la

cosecha asegurada.