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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las
condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 1
Ficha resumen
Línea 301
EXPLOTACIONES CITRÍCOLAS.
PLAN: 2018
Ficha resumen
301-2018 EXPLOTACIONES CITRÍCOLAS
Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A
tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 2
Cultivos: Naranja, Mandarina, Limón, Pomelo y Lima
P
R
O
D
U
C
C
I
O
N
Garantía Riesgos Cubiertos
Cálculo de indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia
Módulos Módulos Módulos
1 2 3 P 1 2 3 P 1 2 3 P
P
R
O
D
U
C
C
I
Ó
N
Pedrisco
Explotación (Comarca)
(1)
Parcela Parcela Parcela
30%
10% 30% daños en
cantidad siniestros anterior 15-6
10% 30% daños en
cantidad siniestros anterior 15-6
10% 30% daños
cantidad siniestros anterior 15-6
E
L
E
G
I
B
L
E
Absoluta 30%
E L E G I B L E
Daños 10%
E L E G I B L E
Daños 10%
E L E G I B L E
Daños 10%
Absoluta 10%
Absoluta 10%
Absoluta 10%
Riesgos Excepcionales
Parcela Parcela Parcela 20
E L E G I B L E
20% 20% Absoluta: 20%
E L E G I B L E
Absoluta: 20%
Absoluta: 20%
Absoluta 20%
Helada (2) Elegible helada +viento Módulo p
Explotación (Comarca)
(1)
Parcela Parcela
E L E G I B L E
30% 15%
Helada 10%
E L E G I B L E
Absoluta 30%
Absoluta: 15%
Daños: 10%
Viento: naranja,
mandarina y pomelo
10% Asegurados
con bonus y neutros
Absoluta: 10% asegurados
Bonus y neutros
15% (3) Absoluta: 15% (3)
Viento (2) Elegible helada +viento Módulo p
Parcela Parcela 20%
10% Asegurados
bonus y neutros
Viento: Limón
Y lima
20% Absoluta
20% Absoluta: 10%
Asegurados Bonus y neutros
Absoluta: 20%
Absoluta 10%
Asegurados bonus y neutros
Resto Adversidades Clímaticas
Parcela
10% Asegurados
bonus y neutros
Absoluta 10%
Asegurados bonus y neutros
Plantación Todos los cubiertos en producción
Parcela Parcela Parcela
Elegible
30%
Elegible
30%
Elegible
30% Absoluta: 20%
Elegible
Absoluta
30% Elegible
Absoluta
30% Elegible
Absoluta
30%
Plantones (4)
Plantación Parcela Parcela Parcela 20% 20% 20% Absoluta: 20% Absoluta
20% Absoluta
20% Absoluta
20%
El capital asegurado es del 100%, Excepto en el módulo P para los riesgos Helada + Viento que es el 80%
(3) Para asegurados NO contemplados en el siniestro mínimo indemnizable del 10% y franquicia absoluta del 10%
(4) En plantones se garantizan todos los riesgos, incluidos la helada y el viento, aunque no se hayan elegido estos riesgos en la producción
Daños por Riesgo y Destino de la producción:
Pedrisco.- Cubierto en Cantidad y Calidad para fresco de calidad estándar y alta y solo cantidad para industria.
Helada.- Cubierto en Cantidad y Calidad para fresco de calidad estándar, alta e industria.
Viento, Riesgos excepcionales y Resto de Avda. climáticas: Cubierto en Cantidad y Calidad para fresco de calidad estándar, alta y sólo en cantidad para industria.
(1) Explotación a efectos de Indemnización:
Garantía a la producción.- Conjunto de parcelas de la explotación del mismo grupo de variedades situadas dentro de una misma comarca agraria: o Grupo tempranas.- parcelas con final de garantías hasta el
31 de diciembre incluido. o Grupo tardías.- parcelas con final de garantías posterior a
31 de diciembre.
Garantía a la plantación.- Conjunto de parcelas de la explotación del mismo tipo de plantaciones situadas dentro de una misma comarca.
(2) En parcelas con final de garantías de hasta el 31-12 podrá elegirse paca cada una ellas si se garantiza o no, estos riesgos. En parcelas con garantías posteriores al 31-12 la elección o no de estos riesgos deberá realizarse de forma conjunta para todas las parcelas del mismo cultivo y variedad en el mismo TM. Para las pólizas contratadas en el módulo P, si en las parcelas con final de garantías posterior al 31-12, figuran para el mismo cultivo, variedad y TM, parcelas aseguradas con helada + viento y parcelas sin helada+viento, se aseguran SIN helada +viento.
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301-2018 CÍTRICOS
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Este documento es una herramienta de ayuda. Para más información consultar las Condiciones Especiales (en adelante C.E.) y Generales.
Módulo 1 Todos los riesgos por Explotación:
Pedrisco Riesgos excepcionales Helada Viento Resto adversidades
climáticas
Módulo 2.- Riesgos por Parcela y
Explotación: Parcela:
Pedrisco Riesgos excepcionales
Explotación: Helada Viento
Resto de Adversidades Climáticas
Módulo 3.- Riesgos por
Parcela : Pedrisco Riesgos excepcionales Helada Viento
Resto adversidades climáticas
Módulo P.- Riesgos por
parcela:
Pedrisco Riesgos excepcionales Elegible: Helada + Viento
MODIFICACIONES CON RESPECTO AL PLAN ANTERIOR
Se incluye resto de variedades para naranja, diferenciando en dos grupos:
Maduración anterior o igual a la variedad Navel (Finales de garantías de Navel, Caracara y Tarocco Rosso): Precio máximo tradicional: 0,21€/kg. Y ecológico: 0,26€/kg.
Maduración posterior a Navel (Finales de garantías de Lanelate, Sanguinas y Sanginelli): Precio máximo 0.23€/kg. Y ecológico 0,29€/kg.
Altas y Bajas de Cultivos y Variedades en Naranja y Mandarina
Naranja Mandarina
Alta Bajas Bajas
Otras naranjas de maduración anterior o igual a Navel Navel foyos (se asegura como Navel) Winnola
Otras naranjas de maduración posterior a Navel
Aseguramiento de “Patrones sin injertar” Se crea dos nuevos valores debido a la diferenciación de precios: 043 Sin injertar 1er. año 044 Injertado hasta 2 años
Bonificaciones y recargo.- Cuando se incorporen a la declaración de seguro parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación. El asegurado comunicará a AGROSEGURO dicho cambio antes de efectuar la contratación, procediendo AGROSEGURO a calcular la bonificación ponderando los históricos; si el asegurado no lo comunicara, AGROSEGURO aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte.
Se revisa la zonificación del riesgo de helada en el término de Chulilla-Comarca Alto Turia de la provincia de Valencia.
Variación de precios al alza de cultivos y variedades siguientes:
Naranja
Barberina, Caracara, Chislett summer, Delta Seedless, Midknigt, Navel Barnfield, Powell summer, Sanguinelli, Valencia Late, Tarocco Rosso, Lanelate y Navelate: de 0,25 a 0,28
Salustiana y Verna: de 0,16 a 0,18 Navelina, Newhall, Navel y Navel Fukumoto: de 0,19 a 0,21 M7: de 0,35 a 0,38
Mandarina
Otanique: de 0,20 a 0,28 Cultiflort: de 0,26 a 0,45 Orri: de 0,80 a 0,90 Arrufatina Clemenpons y Esbal: de 0,26 a 0,37 Murcott, Nadorkot, Queen y Tang gold: de 0,70 a 0,75 Clementard, Hasimoto, Loretina, Mioro, Beatriz, Bekia, Clauselina, Ellendale, Fina, Kara, Marisol, Minneola,
Nova (Clemenvilla), Okitsu, Wilking, Iwasaki, Nules, Orogrande, Tomatera y otras mandarinas de recolección anterior a Clementard: de 0,26 a 0,28
Limón Verna y Eureka: de 0,50 a 0,55
No se modifican las tarifas
OPCIONES DE ASEGURAMIENTO
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PERÍODO DE CONTRATACIÓN
Seguro Inicio Final Último día pago
Seguro Principal.- Módulos: 1, 2, 3 y P 1-4-2018 15-9-2018 17-9-2018
Complementarios.- Módulos C1, C2, C3, y CP 20-07-2018 15-09-2018 17-09-2018
Modificación de la Declaración de Seguro:
─ Seguro Principal: Se admiten altas de nuevas parcelas, hasta 30 días después de haber finalizado el plazo de contratación, siempre que a la recepción en Agroseguro de la solicitud, las parcelas no hayan tenido siniestro por los riesgos cubiertos.
─ Complementario.- En las declaraciones de seguro, con capital asegurado en el seguro principal superior a 100.000€, se admitirá la declaración del seguro complementario sin incorporar todas las parcelas y posteriormente, con la fecha límite del final de contratación, se permitirá efectuar una modificación incorporando el resto de parcelas.
PÓLIZAS A CONTRATAR
Se contrata una póliza con único módulo para todas las explotaciones dedicadas al cultivo de cítricos.
Se podrá asegurar en más de una póliza por comarca (máximo una por comarca), si cumple los requisitos: Cada una debe tener más de 100.000€ de valor de producción asegurada en el seguro principal Contratar en módulos diferentes.
EXPLOTACION ASEGURABLES, BIENES ASEGURABLES Y NO ASEGURABLES
Explotaciones asegurables:
Serán asegurables: En cualquiera de los módulos todas las explotaciones dedicadas al cultivo de naranja, mandarina, limón, lima
y pomelo, es obligatorio asegurar todos los bienes asegurables y deberán corresponder con los declarados en:
OPC (Organización de Productores de Cítricos) Explotación agraria prioritaria que esté calificada como tal, según la ley 19/1995 de modernización de las
explotaciones agrarias o cualquier otra disposición que desarrolle o modifique la misma. Solicitud Única de ayudas de la Unión Europea. Registro de explotaciones de carácter oficial, establecido por la Administración.
Bienes asegurables:
Seguro Principal:
En plantones: la plantación y las instalaciones.
En plantaciones en producción: la producción, la plantación y las instalaciones.
Las instalaciones de protección antigranizo, los invernaderos, los cortavientos artificiales, cabezal de riego y red de riego en parcelas, siempre que cumplan las especificaciones del anexo V de las C.E.
No son asegurables:
Las plantaciones destinadas a experimentación o ensayo (tanto de material vegetal como de técnicas o prácticas culturales), las situadas en huertos familiares destinadas al autoconsumo, las correspondientes a árboles aislados, ni las parcelas que se encuentren en estado de abandono...
Seguro Complementario:
Son asegurables las producciones de las plantaciones que han entrado en producción, incluidas en el seguro principal, que en el momento de la contratación tengan unas esperanzas reales de producción superiores a las declaraciones en ese seguro principal
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301-2018 CÍTRICOS
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DEFINICIONES
DAÑO EN CALIDAD: Es la depreciación del producto asegurado, a consecuencia de los riesgos cubiertos, ocasionada por la incidencia directa del
agente causante del daño sobre dicho producto u otros órganos de la planta.
DAÑO EN CANTIDAD: Es la pérdida, en peso, sufrida en la producción real esperada a consecuencia de los riesgos cubiertos, ocasionada por la
incidencia directa del agente causante del daño sobre dicha producción u otros órganos de la planta.
No se considerará daño en cantidad o en calidad la pérdida económica que pudiera derivarse para el asegurado como consecuencia de la
falta de rentabilidad en la recolección o posterior comercialización del producto asegurado.
DAÑO A INDEMNIZAR: Es el porcentaje que resulta de deducir la franquicia del daño, siempre que éste haya superado el siniestro mínimo
indemnizable.
DAÑO EN LAS INSTALACIONES: Es el deterioro de las instalaciones incluidas en la declaración de seguro, a consecuencia de los riesgos cubiertos,
que haga necesario su reconstrucción o el establecimiento de una nueva instalación.
EDAD DE LA PLANTACIÓN: Es el número de brotaciones de primavera transcurridas desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección
de la cosecha asegurada.
Cuando en una misma parcela coexistan árboles de diferentes edades, se reflejará en la póliza la edad promedio de los mismos, con la excepción de
los plantones.
DAÑOS EVOLUTIVOS: Aquellos daños en cantidad o calidad que, desde el acaecimiento del siniestro, incrementan su importancia con el transcurso
del tiempo.
DESTINO DE LA PRODUCCIÓN:
A) FRESCO DE CALIDAD ESTANDAR: producción destinada a consumo en fresco. Las prácticas de cultivo necesarias para obtener este tipo de
producción, son las habituales y normales aplicadas en el sector.
B) FRESCO DE CALIDAD ALTA: producción para ser consumida en fresco destinada a mercados de mayor exigencia. Esta producción requiere por
tanto una inversión en costes y prácticas de cultivo, dirigidas a obtener fruta de mejor calidad.
C) INDUSTRIA: producción destinada a la industria de los zumos, aplicando para ello prácticas de cultivo dirigidas a maximizar el nivel de riqueza
en zumo.
EXPLOTACIÓN A EFECTOS DE CONTRATACIÓN: Conjunto de parcelas de los bienes asegurables, situadas en el ámbito de aplicación del seguro,
gestionadas empresarialmente por su titular para la obtención de producciones destinadas primordialmente al mercado y que constituyen una
unidad técnico – económica. En consecuencia las parcelas, objeto de aseguramiento, cultivadas por un mismo agricultor o explotadas en común por
Entidades Asociativas Agrarias (Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, etc.), Sociedades Mercantiles (Sociedad Anónima, Limitada,
etc.) y Comunidades de bienes, se considerarán como una sola explotación.
EXPLOTACIÓN A EFECTOS DE INDEMNIZACIÓN:
A) PARA LA GARANTÍA A LA PRODUCCIÓN: Conjunto de parcelas de la explotación del mismo grupo de variedades situadas dentro de una
misma comarca agraria. A estos efectos los grupos de variedades son:
Grupo tempranas: parcelas con final de garantías hasta 31 de diciembre incluido.
Grupo tardías: parcelas con final de garantías posterior a 31 de diciembre.
B) PARA LA GARANTÍA A LA PLANTACIÓN: Conjunto de parcelas de la explotación del mismo tipo de plantación situadas dentro de una misma
comarca agraria.
FRANQUICIA: Parte del daño que queda a cargo del asegurado. Según su forma de aplicación se diferencian dos tipos:
A) FRANQUICIA ABSOLUTA: Se aplica restando el porcentaje de esta franquicia del porcentaje del daño evaluado sobre la producción real esperada.
B) FRANQUICIA DE DAÑOS: Se aplica multiplicando el porcentaje de esta franquicia por el porcentaje del daño evaluado sobre la producción real esperada.
INSTALACIONES ASEGURABLES: Se definen los siguientes tipos de instalaciones:
A) ESTRUCTURAS DE PROTECCIÓN ANTIGRANIZO: Cobertura de mallas ó redes, así como sus medios de sostén y anclaje.
B) CORTAVIENTOS ARTIFICIALES: instalación de materiales plásticos no deformables o de obra, así como sus medios de sostén y anclaje que,
constituyendo una cortina continua, moderan la velocidad del viento en su zona de influencia
C) INVERNADEROS: Instalación permanente, accesible y con cerramiento total, provista de estructura de madera, metálica u hormigón, con
material de cerramiento de malla, plástico, policarbonato, metacrilato o cristal, en cuyo interior se cultiven las producciones asegurables.
Forman parte del invernadero las puertas, las ventanas y las mallas de sombreo, incluida su motorización.
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Cuando el invernadero disponga de distintos materiales de cerramiento, se considerará como cerramiento el que menor protección ofrezca
para el riesgo de helada.
Se consideran invernaderos diferentes, los aislados entre sí en el espacio o cuando estando adosados no compartan ningún elemento
estructural.
D) CABEZAL DE RIEGO:
Instalación que abastece exclusivamente a la explotación del asegurado constituida por:
Los equipos de bombeo de agua, filtrado, fertilización, controladores de caudal y presión.
Automatismos de cuadro eléctrico y sus sistemas de protección, variadores y arrancadores.
Red de tuberías desde el cabezal de riego, hasta el punto de acceso a cada parcela.
E) RED DE RIEGO EN PARCELAS:
RIEGO LOCALIZADO: Dispositivos de riego dispuestos en las parcelas agrícolas, que dosifican el caudal de agua a las necesidades de la
planta.
MÍNIMO INDEMNIZABLE: Cuantía del daño por debajo del cual el siniestro no es objeto de indemnización.
PARCELA: Para la identificación de las parcelas aseguradas se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
A) PARCELA SIGPAC: Superficie continúa del terreno identificada alfanuméricamente como tal y representada gráficamente en el registro del
Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas SIGPAC.
B) RECINTO SIGPAC: Superficie continúa de terreno dentro de una parcela SIGPAC con un uso agrícola único de los definidos en el SIGPAC.
C) PARCELA A EFECTOS DEL SEGURO: Superficie total de un mismo cultivo y variedad incluida en un recinto SIGPAC. No obstante:
1. Se considerarán parcelas distintas, las superficies protegidas por instalaciones independientes o medidas preventivas diferentes.
2. Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad, abarca varios recintos de la misma parcela SIGPAC, todos aquellos recintos de
superficie inferior a 0,10 ha se podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a efectos del seguro, que será
identificada con el recinto de mayor superficie.
PLANTACIÓN : Extensión de terreno dedicada al cultivo de los bienes asegurables, que se encuentre sometida a unas técnicas de manejo adecuadas,
concordantes con las que tradicionalmente se realicen en la zona, y que tiendan a conseguir las producciones potenciales que permitan las
condiciones ambientales de la zona en que se ubique.
Se diferencian dos tipos de plantaciones:
A) PLANTONES: Plantación ocupada por árboles que se encuentren en el período comprendido entre su implantación en el terreno y su
entrada en producción.
Se entenderá alcanzada la entrada en producción, cuando la cosecha obtenida sea comercialmente rentable.
Se considerarán también como plantones:
Los árboles sobreinjertados no productivos, con material certificado y, en su caso, provisto de pasaporte fitosanitario, procedente de viveros autorizados.
Los árboles adultos sin producción en la campaña amparada por este Condicionado.
B) PLANTACIÓN EN PRODUCCIÓN: Plantación ocupada por árboles que han entrado en producción según la definición anterior.
PRODUCCIONES:
A) PRODUCCIÓN ASEGURADA: Es la producción de naranja, mandarina, limón, lima y pomelo reflejada en la declaración de seguro.
B) PRODUCCIÓN REAL ESPERADA: Es la producción comercializable que, de no ocurrir ningún siniestro garantizado, se hubiera obtenido en la
parcela siniestrada, dentro del periodo de garantía previsto en la declaración de seguro.
C) PRODUCCIÓN BASE: Es la menor entre la producción asegurada y la producción real esperada.
D) PRODUCCIÓN REAL FINAL: Es aquella susceptible de recolección, utilizando procedimientos habituales y técnicamente adecuados. Las
pérdidas en calidad minorarán esta producción real final.
PRODUCCIONES ECOLÓGICAS: Aquellas que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo sobre producción y
etiquetado de los productos ecológicos y estén inscritas en un consejo regulador, comité de producción ecológica o entidad privada de certificación
debidamente reconocida por la autoridad competente de su comunidad autónoma.
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ESQUEMA DE RUESGOS CUBIERTOS
CLIMÁTICOS
Helada
Pedrisco
Viento
Resto Adversidades Climáticas
Inundación – Lluvia Torrencial
RIESGOS EXCEPCIONALES NO CLIMÁTICOS
Incendio
Fauna silvestre
Se excluyen de las garantías del seguro los daños producidos por plagas, enfermedades, virosis, sequía, “clareta”, desequilibrios fisiológicos,
sobremadurez, mala polinización o falta de cuajado y cualquier otra causa que no teniendo origen climático pueda preceder, acompañar o
seguir a los riesgos cubiertos.
Helada.- Quedan excluidos los daños producidos por la helada en plantación, ocasionados en la brotación de primavera correspondiente al
mismo año del Plan anual de Seguros.
Viento.- se excluyen los daños producidos por la caída de frutos con claros síntomas de sobremadurez.
Resto de riesgos.- Ver C.E.
Daños cubiertos para cada riesgo y destino de la producción
Daños cubiertos según destino de la producción
Riesgos cubiertos Fresco de calidad estándar Fresco de calidad alta Industria
Pedrisco Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad
Helada Cantidad y calidad (Tabla de valoración anexo VI.1.1 C.E.)
Cantidad y calidad (Tabla de valoración anexo VI. 1.2 C.E.)
Cantidad y calidad (Tabla de valoración anexo VI 1.3 C.E.)
Viento Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad
Riesgos excepcionales (Fauna Silvestre, Incendio, Inundación-Lluvia torrencial)
Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad
Resto de adversidades climáticas Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad
MODULOS DE ASEGURAMIENTO Y CONDICIONES DE COBERTURA
MODULO 1 Condiciones de coberturas
Garantía Módulo 1 Módulo (C1)
Capital asegurado
Cálculo indemnización
Mínimo Indemnizable
Franquicia Riesgos cubiertos
P R O D U C C I Ó N
Producción
Pedrisco
Riesgos Excepcionales
Helada
Viento
Resto de Adversidades climáticas
Pedrisco
Riesgos Excepcionales
Helada
Viento
Resto de Adversidades climáticas
100%
Explotación (comarca) (1)
30%
E L E G I B L E
Absoluta: 30%
Absoluta: 20%
Absoluta: 10% Asegurados con bonificación y
neutros
Plantación Todos los cubiertos en Garantía a la Producción
100% Absoluta: 20%
Plantones 100% Absoluta: 20%
(1) Explotación a efectos de indemnización:
Garantía a la Producción.- Conjunto de parcelas de la explotación del mismo grupo de variedades situadas dentro de una misma comarca agraria. A efectos de grupos de variedades son:
o Grupo tempranas.- parcelas con final de garantías hasta el 31 de diciembre incluido. o Grupo tardías.- parcelas con final de garantías posterior a 31 de diciembre.
Garantía a la Producción.- Conjunto de parcelas de las explotaciones del mismo tipo de plantación situadas dentro de una misma comarca agraria.
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MÓDULO 3 Condiciones de coberturas
Garantía Riesgos cubiertos Capital
asegurado Cálculo indemnización
Mínimo Indemnizable Franquicia Módulo: 3 Módulo: C3
P
R
O
D
U
C
C
I
Ó
N
Producción
Pedrisco
Pedrisco
Riesgos Excepcionales
Helada
Viento
Resto de Adversidades climáticas
100% Parcela
10% 30% (Para daños en
cantidad / siniestros ocurridos antes del 15 de
junio).
Elegible
Daños: 10%
Absoluta: 10%
Riesgos Excepcionales
Helada
Viento
Resto de Adversidades climáticas
100% Parcela Elegible
20% Absoluta: 20%
15% Absoluta: 15%
10% Absoluta: 10%
Asegurados con bonificación y neutros
Plantación Todos los cubiertos en la Producción 100% Parcela Elegible
30% Absoluta: 30%
20% Absoluta: 20%
Plantones Todos los cubiertos en la Producción 100% Parcela Elegible 30% Absoluta: 30%
20% Absoluta: 20%
MODULO 2 Condiciones de coberturas
Garantía Módulo 2 Módulo: C2 Capital
asegurado Cálculo indemnización
Mínimo Indemnizable
Franquicia Riesgos cubiertos
P
R
O
D
U
C
C
I
Ó
N
Producción
Pedrisco
Pedrisco
Riesgos Excepcionales
Helada
Viento
Resto de Adversidades climáticas
100% Parcela
10% 30% (Para daños en
cantidad / siniestros ocurridos antes del 15 de
junio).
Elegible
Daños: 10%
Absoluta: 10%
Riesgos Excepcionales 100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Helada
Viento
Resto de Adversidades climáticas
100% Explotación (comarca) (1)
E L E G I B L E
30% Absoluta: 30%
20% Absoluta: 20%
10% Absoluta: 10%
Asegurados con bonificación y neutros
Plantación Todos los cubiertos en la Producción 100% Parcela Elegible
30% Absoluta: 30%
20% Absoluta: 20%
Plantones /Plantación Todos los cubiertos en la Producción
100%
Parcela Elegible
30% Absoluta: 30%
20% Absoluta: 20%
(1) Explotación a efectos de indemnización:
Garantía a la Producción.- Conjunto de parcelas de la explotación del mismo grupo de variedades situadas dentro de una misma comarca agraria. A efectos de grupos de variedades son:
o Grupo tempranas.- parcelas con final de garantías hasta el 31 de diciembre incluido. o Grupo tardías.- parcelas con final de garantías posterior a 31 de diciembre.
Garantía a la Producción.- Conjunto de parcelas de las explotaciones del mismo tipo de plantación situadas dentro de una misma comarca agraria.
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MÓDULO P Condiciones de coberturas
Garantía Riesgos cubiertos Capital
asegurado Cálculo indemnización
Mínimo Indemnizable Franquicia Módulo: P Módulo: CP
P R O D U C C I Ó N
Producción
Pedrisco Pedrisco Riesgos Excepcionales
Helada y Viento (Si los hubiera elegido)
100% Parcela 10%
30% (Para daños en cantidad /
siniestros ocurridos antes del 15 -6). Elegible
Daños: 10%
Absoluta: 10%
Riesgos Excepcionales
100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Elegible Riesgos (1) Helada + Viento
80% Parcela
Helada 10% Daños: 10%
V i e n t o
Naranja, Mandarina
y Pomelo
10% Absoluta: 10%
Asegurados con bonificación >> 10% a 40%
15% Absoluta: 15%
Resto Asegurados
Limón y Lima
20% Absoluta: 20%
Plantación Todos los cubiertos en la Producción
100% Parcela Elegible 30% Absoluta: 30%
20% Absoluta: 20%
Plantones
Todos los cubiertos en la Producción. Se garantiza todos los riesgos, incluidos la helada y el viento, aunque no se haya elegido en la plantación.
100% Parcela Elegible
30% Absoluta: 30%
20% Absoluta: 20%
(1) Podrá elegir para cada una de las parcelas con final de garantías hasta el 31-12 la elección o no de estos riesgos.
Para parcelas con fin de garantías posterior a 31-12 la elección, o no, de estos riesgos se realizará de forma conjunta para las todas las parcelas del mismo cultivo y variedad en el mismo término municipal.
En las pólizas contratadas en el módulo P, si en las parcelas con final de garantías posterior al 31-12, figuran parcelas con helada + viento y parcelas sin helada + viento, se entenderá como aseguradas SIN HELADA + VIENTO.
TIPOS DE EXPLOTACION
A efectos de asignación de franquicias y mínimos indemnizables.- Se establecen los siguientes tipos de explotación, en función de los siguientes parámetros:
CARACTERÍSTICAS DE LA EXPLOTACIÓN
Tipos de Explotación
VP Total Variedades Tempranas: Es el total de valor de la producción asegurada en seguro principal + complementario, de variedades con final de
garantías hasta el 31-12.
%VP Total Variedades Tardías: Es el total de valor de la producción asegurada en la explotación
del seguro principal + complementario, de variedades con final de garantías posteriores al 31-12.
< 100.000€ < 100.000€ 1
< 100.000€ 100.000€ a 500.000€ 2
< 100.000€ > 500.000€ 3
100.000€ a 500.000€ < 100.000€ 4
100.000€ a 500.000€ 100.000€ a 500.000€ 5
100.000€ a 500.000€ > 500.000€ 6
> 500.000€ < 100.000€ 7
> 500.000€ 100.000€ a 500.000€ 8
> 500.000€ > 500.000€ 9
No se computarán los plantones / El tipo de explotación podrá varias al hacer el Complementario
INSTALACIONES.- Todos los módulos Riesgos cubiertos Capital asegurado Cálculo indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia
Todos los cubiertos en la producción y cualquier otro riesgo climáticos
100% Parcela (1) -
(1) El menor entre: El 10% del capital asegurado y 500€ cortavientos de tela plástica, 1.200€ cortavientos de obra, 600€ en estructuras antigranizo, 1.500€ en invernaderos, 1.000€ en cabezal de riego y 300€ en red de riego.
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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 10
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Se extiende a todas las parcelas de naranja. Mandarina, limón, lima y pomelo en plantación situadas en las provincias, comarcas y términos municipales siguientes:
PROVINCIA
COMARCA
TÉRMINO MUNICIPAL
Alicante
Vinalopó Agost, Aspe, Hondon de las Nieves, Monforte del Cid, Novelda, Petrel
Montaña Beniarda, Benimantell, Guadalest
Marquesado, Central, Meridional Todos
Almería
Alto Almazora, Bajo Almazora, Campo de Tabernas, Alto Andarax, Campo Dalias, Campo Nijar y Bajo Andarax.
Todos
Río Nacimiento Alboloduy, Alhabia, Alsodux, Gergal, Nacimiento, Sta. Cruz.
Badajoz Mérida, Badajoz, Olivenza Todos
Baleares Todas Todos
Cáceres Cáceres Alcuescar, Cañaveral, Casas de Millan, Montanchez, Valdefuentes Coria Acebo
Cádiz Todas Todos
Castellón
Bajo Maestrazgo Cervera del Maestre, Cuevas de Vinroma, Salsadella, San Rafael del Río, Traiguera
Llanos Centrales Benlloch, Costur, Puebla-Tornesa, Useras, Vall de Alba, San Juan de Moro, Villafames, Villanueva de Alcolea.
Peñagolosa Alcora, Figueroles
Litoral Norte Todos
La Plana Todos
Palancia Ahin, Alcudia de Veo, Almedijar, Altura, Azuebar, Castellnovo, Chovar, Eslida, Geldo, Navajas, Segorbe, Soneja, Sot de Ferrer, Sueras, Torrechiva.
Córdoba
Pedroches Fuente-Obejuna
La Sierra, Campiña Baja, Las Colonias, Campiña Alta
Todos
Granada La Costa, Las Alpujarras, Valle de Lecrin Todos
Huelva Todas Todos
Málaga Todas Todos
Murcia
Nordeste Abanilla, Fortuna
Centro, Río Segura, Suroeste y Valle del Guadalentín, Campo de Cartagena
Todos
Las Palmas Gran Canaria Todos
Stª Cruz de Tenerife
Todas Todos
Sevilla
La sierra Norte Aznalcollar, Castiblanco de los Arroyos, El Castillo de las Guardas, Constantina, El Garrobo, Gerena, Guillena, El Madroño, Las Navas de la Concepción, El Pedroso, La Puebla de los Infantes, El Ronquillo
La Vega, El Aljarafe, Las Marismas, La Campiña, La Sierra Sur, De Estepa
Todos
Tarragona
Terra - Alta El Pinell de Brai
Ribera de Ebro Benisanet, Ginestar, Miravet, Rasquera, Tivisa
Bajo Ebro Todos
Campo de Tarragona
Altafulla, Botarell, Cambrils, Catllar, Constanti, Garidells, Montbrio de Tarragona, Montroig, Morell, La Nou de Gaya, Nulles, Pallaresos, Perafort, Pobla de Mafumet, Pobla de Montornes, Pratdip, Renau, Reus, La Riera, Riudoms, Rourell, La Secuita, Tarragona, Torredembarra, Valmoll, Vandellós, Vespella, Vilallonga, Vilanova de Escornalbou, Vilaseca, Viñols y Archs.
Bajo Penedés Albiñana, Arbos, Bañeras, Bellvey, Bonastre, Calafell, Creixell, Cunit, Roda de Bara, Stª Oliva, Vendrell
Valencia
Alto Turia Calles, Chelva, Chulilla, Domeño, Loriguilla, Losa del Obispo, Sot de Chera, Villar del Arzobispo.
Campo de Liria, Requena-Utiel, Hoya de Buñol, Sagunto, Huerta de Valencia, Riberas del Júcar, Gandía, Enguera y La Canal, La Costera de Játiva, Valles de Albaida
Todos
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RENDIMIENTOS
Seguro Principal.- Se fijara por el Asegurado, teniendo en cuenta las esperanzas reales de producción. Para la fijación del rendimiento a consignar en cada una de las parcelas se deberá tener en cuenta entre otros factores, la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, de cuyo cómputo se eliminarán los de mejor y peor resultado.
En plantaciones de limón se asegurarán de forma conjunta las producciones de principal y de redrojos (producción de floraciones posteriores).
Seguro Complementario.- Se fijará el rendimiento en cada parcela de tal forma que, la suma de este rendimiento y del declarado en el seguro principal no supere la esperanza real de producción en el momento de la contratación.
PERIODOS DE GARANTÍAS
Seguro Principal:
Garantías a la Producción:
Se inician: con la toma de efecto y nunca antes de las fechas que relacionadas en Anexo II.
Extensión de Garantías del riesgo de Pedrisco: Para los siniestros acaecidos a partir del 20 de abril y hasta el 15 de junio, quedan cubiertos los daños ocasionados por el pedrisco en las producciones de parcelas que con la misma variedad estuvieron aseguradas la campaña anterior, siempre que cumplan los dos requisitos siguientes:
Que aseguren en la presente campaña a nombre del mismo asegurado, pudiendo optar al mismo beneficio sus herederos en caso de fallecimiento y los nuevos titulares por su jubilación previa ó transformación de personas físicas a sociedades y viceversa.
En el caso de entidades asociativas, tendrán derecho todas las parcelas que con la misma variedad estuvieron aseguradas la campaña anterior por la propia entidad o por cualquier socio de nueva incorporación.
En el caso de socios que se salen de una entidad asociativa, tendrán derecho todas las parcelas que con la misma variedad estuvieron aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio.
Que se aseguren en los 20 días siguientes a la ocurrencia del siniestro de pedrisco y con fecha límite del 30 de junio.
La producción garantizada en esta extensión de garantía, es la menor entre las producciones: PRE, la actual asegurada y la asegurada el año anterior.
Finalizan: en la fecha más temprana de las siguientes: Con la recolección En el momento que los frutos sobrepasen la madurez comercial En las fechas indicadas en el Anexo II
Garantías a la Plantación:
Se inician: con la toma de efecto.
Finalizan: en la fecha más temprana de las siguientes:
Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías
La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.
Garantías a las Instalaciones:
Se inician: con la toma de efecto.
Finalizan: en la fecha más temprana de las siguientes:
o Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías
o La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.
Seguro Complementario:
─ Se inician.- con la entrada en vigor del seguro complementario y nunca antes del 1 de agosto.
─ Finalizan.- en las mismas fechas especificadas para la garantía de la producción en el seguro principal.
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BONIFICACIONES, SUBVENCIONES ENESA Y CC.AA
─ Bonificaciones y Recargos a nivel de Asegurado (NIF)
─ Por instalación de Medidas Preventivas: Indicar si dispone de medidas preventivas contra Helada, Pedrisco y Viento, todos los módulos.
Subvenciones ENESA:
Para poder aplicar las subvenciones, el asegurado debe figurar en la BASE DE DATOS DE ENESA.
Módulos Base Contratar Colectivo
Financiación (SAECA)
Características Asegurado
Renovación
Prácticas de Reducción de Riesgo y por Condiciones
Productivas Entidad
Asociativa (Subv. Única)
Agricultor/a Profesional, Explot. prioritaria, Joven
agricultor/a, O.P. ATRIA, ADV, ASV,
ATESVE Producción ecológica
1 75
75
2 19 6 1 11 5 2 2 45
3 13 6 1 11 5 2 2 38
P 7 6 1 9 5 31
C1, C2, C3, CP
7 6 1 9 5 31
Sólo se subvencionan las tasas de coste hasta el 23%; para tasas superiores se aplicará un coeficiente en función de éste límite.
Se deducen 60€ del importe de la subvención (Sólo una vez por Asegurado y plan). El porcentaje de modulación se le aplica una vez deducido dicho importe (60€). Para asegurados con recargo no se tendrá en cuenta éste para el cálculo de las subvenciones. El importe de la subvención no puede exceder del 65% del importe del recibo de prima (sin tener en cuenta los recargos de contratación).
Subvenciones de las Comunidades Autónomas:
Comunidades % Subv. Aplica sobre: % Límite
Subvenciones (ENESA + CC.AA)
Observaciones
Andalucía Aragón.
Asturias No tiene ámbito de aplicación
Baleares 32,5 Recibo de prima 65%
del recibo de prima
Pólizas contratadas entre el 1-1-2018 y el 31-12-2018 inclusive. Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA. Consultar en el manual de Subv. Consideraciones de interés (catálogo de productos/Subv.)
Bizkaia No Subvenciona
Canarias 23,75 Prima Comercial Base Neta
(sin tener en cuenta los recargos)
65%
del recibo de prima
Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.
Exclusiones: Consultar Manual Suv.
Cantabria No tiene ámbito de aplicación
Castilla-León No tiene ámbito de aplicación
Castilla-Mancha No tiene ámbito de aplicación
Cataluña
Extremadura 30 Enesa 65%
del recibo de prima
Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.
Galicia No tiene ámbito de aplicación
La Rioja No tiene ámbito de aplicación Madrid
Murcia
Navarra No Subvenciona
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Comunidades % Subv. Aplica sobre: % Límite Subvenciones (ENESA + CC.AA)
Observaciones
Valencia
Subvenciones / Base / Adicionales: IGP, CAECV / Tipo asegurado (no reúnen condición para aplicar Subv. ENESA /Entidad Asociativa (%)
Módulos Subv. Base
IGP/ CAECV
Tipo Asegurado
Entidad Asociativa
1 10 1,0 1,0 2,0
2 20 2,0 2,0 4,0
3 25 2,5 2,5 5,0
P 25 2,5 2,5 5,0
Resto 20 2,0 2,0 4,0
IGP (Indicación Geográfica Protegida)
CAECV (Comité Agricultura ecológica de la C.A Valenciana.
La Prima Comercial Base Neta de Bonificaciones
65% del recibo de prima (sin
recargos)
Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA. Se excluyen las Administraciones públicas. Empresas que no tengan consideración de pequeña o mediana empresa (PYME)
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PAGO DE LA PRIMA
1. Al contado.- Mediante ingreso transferencia bancaria a las cuentas de AGROSEGURO. 2. Fraccionada.- a través de SAECA, siempre que se cumplan las dos condiciones:
El seguro debe tener una prima sea igual o superior a 1.000€ El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de SAECA, por la cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda
fracción.
Cuando el pago de la prima se haga fraccionada se realizará en 2 FRACCIONES
El primer pago o primera fracción se corresponderá al menos con el 10% del importe del seguro más los gastos del fraccionamiento y
aval que, serán abonados al contratar la póliza, teniendo en cuenta las especificaciones de pago al contado. Si el aval afianzado no
alcanzara el total de la segunda fracción, el exceso por encima del importe avalado se descontará de la segunda fracción y deberá ser
abonado en la primera fracción, de forma que en este caso no se entenderá abonada la primera fracción ni tendrá efecto el pago, si el
total recibido de la primera fracción no contiene las sumas de las cuantías señaladas en el párrafo anterior y el exceso por encima del
importe avalado.
El segundo pago o 2ª fracción: no podrá superar el 90% del importe del coste del seguro a cargo del Tomador. Dicho importe, será
pagado mediante recibo domiciliado en la cuenta corriente del asegurado, señalada en la declaración de seguro y se pasará a cobro en el
plazo elegido por el asegurado a los 3, 6, 9 ó 11 meses. En esta misma cuenta se realizarán los pagos por indemnizaciones de los
siniestros.
Existen dos impresos de solicitud diferentes según importe a avalar, los impresos se pueden descargar del catálogo de productos o de la página Web de SAECA: www.saeca.es.
Para avalar una cantidad hasta 25.000€ se utilizará el modelo “reducido y a partir de ese importe, se presentará el modelo “completo” en ambos casos se acompaña la siguiente documentación.
Documentación a adjuntar:
Solicitud de Aval REDUCIDA (hasta 25.000€) Enviar formulario
Fotocopia DNI/CIF
IRPF / Impuestos sociedades.
Solicitud de aval COMPLETA (>25.000€)
Enviar Formulario
Fotocopia DNI/CIF
IRPF / Impuestos sociedades.
Documentación acreditativa Bienes
SAECA comunicará al gestor la aprobación o denegación del aval. En caso de aprobación, SAECA acompañará la póliza de afianzamiento
mercantil que incluye el nº de aval concedido, por correo electrónico. No será necesario la intervención notarial cuando el importe avalado sea
inferior a 25.000€ y será necesaria para importes superiores.
El asegurado deberá solicitar el AVAL con antelación suficiente a la contratación de la póliza, para que dé tiempo a la formalización y
comunicación del aval por parte de SAECA a AGROSEGURO, antes del primer pago.
Es imprescindible enviar mediante correo electrónico a SAECA la póliza de afianzamiento correctamente firmada:
No se debe realizar el primer pago hasta que AGROSEGURO no tenga la confirmación por parte de SAECA.
Si el asegurado realiza la transferencia antes de que AGROSEGURO disponga de la autorización de SAECA, la aplicación generará un error
de rechazo.
Enviar solicitud la solicitud del aval (ORIGINAL) y la póliza de afianzamiento firmada y sellada (ORIGINAL) a la siguiente dirección: calle
Jorge Juan, 19, 4ª planta 28001 Madrid.
Para la concesión del aval, el Asegurado deberá estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
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ENTRADA EN VIGOR Y CARENCIA
La póliza entrará en vigor a partir de las cero horas del día siguiente al pago de la prima.
Se establece un período de 6 desde la entrada en vigor del seguro.
No se aplicará carencia: En las declaraciones de seguro de aquellos asegurados que contrataron este seguro la campaña anterior. No obstante: En el caso de Entidades Asociativas que contraten por primera vez, no se aplica carencia en las parcelas que fueron aseguradas por
los socios de la entidad en la campaña anterior. En el caso de socios que se salen de una entidad asociativa, no se aplicará el período de carencia en las parcelas que fueron
aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio.
En las declaraciones del seguro complementario
COMUNICACIÓN DE SINIESTROS
Comunicarán mediante la Declaración de Siniestro - en la Aplicación pestaña Gestión de Pólizas – Siniestros:
En el plazo de 7 días en que fue conocido
Para tener derecho a los daños en cantidad por la Extensión de Garantías para el riesgo de Pedrisco, de debe comunicar antes del 30 de junio.
Para acogerse a la cobertura de Resto de Adversidades climáticas, se limitará el período máximo de recepción en AGROSEGURO hasta 10 días posteriores a finalizar el período de garantías.
Si el asegurado tuviese que recolectar antes de que las parcelas hayan sido peritadas, o bien, no se hubiese llegado a un acuerdo en ésta, podrá recolectar dejando obligatoriamente la muestra testigo. Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por parcela, las
muestras testigo se dejarán solamente en las parcelas afectadas. Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por explotación,
deberá dejarlas en todas las parcelas de la explotación (comarca)
Distribución de las muestras – testigo: Árboles completos sin ningún tipo de manipulación posterior al siniestro. Las muestras deberán ser representativas del conjunto de la población. La distribución de los árboles elegidos para formar la muestra testigo en la parcela, debe ser uniforme, dejando uno
de cada 20 a partir de uno elegido aleatoriamente y contabilizando en todas las direcciones. También se podrá dejar una fila completa de cada 20
Dejará al menos el 5% del nº del total de árboles de la parcela con mínimo de 3 árboles
Para los siniestros que produzcan daños evolutivos (riesgos que producen daños evolutivos: helada, inundación-lluvia torrencial y resto de adversidades climáticas) en la producción, si el perito designado por AGROSEGURO se persona para realizar la tasación antes de la fecha de recolección fijada en la declaración del siniestro, y el asegurado ya hubiera recolectado dejando muestras testigo, se determinará sobre las muestras la producción real esperada, pero los daños se hará sobre el resto de los árboles de la parcela (es decir sobre el nº de árboles que haya dejado en la muestra), considerándose sin daños la producción ya recolectada.
Para los siniestros de Incendio, el asegurado está obligado, a prestar declaración ante la autoridad competente del lugar donde haya ocurrido. La copia autentificada deberá ser remitida a Agroseguro debiendo indicar:
En caso de siniestro de incendio: Las circunstancias del siniestro Sus causantes conocidos o presuntos. La cuantía aproximada de los daños y los medios empleados para aminorarlos
En caso de siniestro por fauna silvestre cinegética, cuando Agroseguro lo solicite.
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CCARACTERÍSTICAS APLICACIÓN SAC
El seguro se compone:
Consta el de cuatro Módulos: 1, 2, 3 y P.
Módulos Cultivos
1, 2, 3 y P
1.- Naranja 2.- Mandarina 3.- Limón 4.- Pomelo 5.- Lima
Tipo de Capital
Tipos de capitales: 000 Producción /Plantación 001 Plantones
Si se tiene en una misma parcela árboles en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo / variedad, se aseguran en una única parcelas, indicando el tipo de capital correspondiente.
Destino
Existen precios y tarifas dependiendo del “destino”: 002.- Industria 034.- Fresco calidad estándar 035.- Fresco calidad alta.
Para el tipo de capital 001 Plantones, se indicará: Sin valor en factor.
Sistema de producción
Se indica en el Tipo de capital 000/producción/Plantación y los destinos en fresco (034 y 035), ya que el precio y subvención de la C.A de Valencia a las producciones ecológicas depende de este factor. 001.- Ecológico 002.- Tradicional
Para el tipo de capital 001 Plantones, se indicará: Sin valor en factor. Las parcelas con Denominación de Calidad diferencia, deberá disponer de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En caso de siniestro, deberá aportarla en la tasación.
I.G.P.
Para acceder a la subv. De la C. A Valencia, deberá indicar en cada parcela asegurada que esté inscrita en la Indicación Geográfica Protegida Cítricos Valencianos:
1.- IGP Cítricos Valencianos
Tipo de Plantación
Para Tipo de capital 001 (Plantones): 043 Sin injertar 1er. año 044 Injertado hasta 2 años 002 > 2 años 003.- Árboles sobreinjertaqdos 004.- Árboles adultos sin protección.
Para el tipo de capital 001 Plantones, se indicará: Sin valor en factor.
Practica Cultural
El asegurado que proceda al tratamiento de las parcelas con fitorregulador autorizado por el Registro de Productos Fitosanitarios del MAGRAMA y ácido giberélico, para evitar la caída del fruto en Naranja y el retraso de la maduración en Mandarina, se indicará:
003.- Tratamiento Fitoregulador
Si se realiza esta práctica, podrán elegir en ciertas variedades el final de garantías (ver Anexo II, garantías)
En el módulo P, para el cultivo de Mandarina no se indicará, al no exigirse tratamiento.
Fin de Garantías
Se elegirá en función del cultivo y variedad para cada parcela
Nº de Unidades
Se indicará el nº de árboles o plantones cultivados en cada parcela
Edad de la plantación
Es el nº de brotaciones de primavera desde la fecha de plantación en la parcela, hasta la recolección de la cosecha asegurada.
ES
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EJEMPLO PRÁCTICO Y COMPORTAMIENTO DE LA APLICACIÓN SAC
Cálculo del Seguro:
Cumplimentar todos los datos.
Como novedad hay que seleccionar el Tomador
Seleccionar los datos variables en cada módulo y seleccionar uno como principal. En el módulo P se puede elegir Helada+Viento, en esta pantalla no se selecciona
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Para variedades con final
de garantías anterior a
31/12 pueden elegir
helada/viento a nivel de
parcela.
En este ejemplo, Sí
hemos elegido Helada
Para variedades con final de
garantías posterior a 31/12 tienen
que elegir helada/viento a nivel de
TM-Cultivo-Variedad. A través del
botón “COBERTURA
HELADA/VIENTO”.
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