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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 1 Ficha resumen Línea 301 EXPLOTACIONES CITRÍCOLAS. PLAN: 2018

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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las

condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 1

Ficha resumen

Línea 301

EXPLOTACIONES CITRÍCOLAS.

PLAN: 2018

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Ficha resumen

301-2018 EXPLOTACIONES CITRÍCOLAS

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tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 2

Cultivos: Naranja, Mandarina, Limón, Pomelo y Lima

P

R

O

D

U

C

C

I

O

N

Garantía Riesgos Cubiertos

Cálculo de indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia

Módulos Módulos Módulos

1 2 3 P 1 2 3 P 1 2 3 P

P

R

O

D

U

C

C

I

Ó

N

Pedrisco

Explotación (Comarca)

(1)

Parcela Parcela Parcela

30%

10% 30% daños en

cantidad siniestros anterior 15-6

10% 30% daños en

cantidad siniestros anterior 15-6

10% 30% daños

cantidad siniestros anterior 15-6

E

L

E

G

I

B

L

E

Absoluta 30%

E L E G I B L E

Daños 10%

E L E G I B L E

Daños 10%

E L E G I B L E

Daños 10%

Absoluta 10%

Absoluta 10%

Absoluta 10%

Riesgos Excepcionales

Parcela Parcela Parcela 20

E L E G I B L E

20% 20% Absoluta: 20%

E L E G I B L E

Absoluta: 20%

Absoluta: 20%

Absoluta 20%

Helada (2) Elegible helada +viento Módulo p

Explotación (Comarca)

(1)

Parcela Parcela

E L E G I B L E

30% 15%

Helada 10%

E L E G I B L E

Absoluta 30%

Absoluta: 15%

Daños: 10%

Viento: naranja,

mandarina y pomelo

10% Asegurados

con bonus y neutros

Absoluta: 10% asegurados

Bonus y neutros

15% (3) Absoluta: 15% (3)

Viento (2) Elegible helada +viento Módulo p

Parcela Parcela 20%

10% Asegurados

bonus y neutros

Viento: Limón

Y lima

20% Absoluta

20% Absoluta: 10%

Asegurados Bonus y neutros

Absoluta: 20%

Absoluta 10%

Asegurados bonus y neutros

Resto Adversidades Clímaticas

Parcela

10% Asegurados

bonus y neutros

Absoluta 10%

Asegurados bonus y neutros

Plantación Todos los cubiertos en producción

Parcela Parcela Parcela

Elegible

30%

Elegible

30%

Elegible

30% Absoluta: 20%

Elegible

Absoluta

30% Elegible

Absoluta

30% Elegible

Absoluta

30%

Plantones (4)

Plantación Parcela Parcela Parcela 20% 20% 20% Absoluta: 20% Absoluta

20% Absoluta

20% Absoluta

20%

El capital asegurado es del 100%, Excepto en el módulo P para los riesgos Helada + Viento que es el 80%

(3) Para asegurados NO contemplados en el siniestro mínimo indemnizable del 10% y franquicia absoluta del 10%

(4) En plantones se garantizan todos los riesgos, incluidos la helada y el viento, aunque no se hayan elegido estos riesgos en la producción

Daños por Riesgo y Destino de la producción:

Pedrisco.- Cubierto en Cantidad y Calidad para fresco de calidad estándar y alta y solo cantidad para industria.

Helada.- Cubierto en Cantidad y Calidad para fresco de calidad estándar, alta e industria.

Viento, Riesgos excepcionales y Resto de Avda. climáticas: Cubierto en Cantidad y Calidad para fresco de calidad estándar, alta y sólo en cantidad para industria.

(1) Explotación a efectos de Indemnización:

Garantía a la producción.- Conjunto de parcelas de la explotación del mismo grupo de variedades situadas dentro de una misma comarca agraria: o Grupo tempranas.- parcelas con final de garantías hasta el

31 de diciembre incluido. o Grupo tardías.- parcelas con final de garantías posterior a

31 de diciembre.

Garantía a la plantación.- Conjunto de parcelas de la explotación del mismo tipo de plantaciones situadas dentro de una misma comarca.

(2) En parcelas con final de garantías de hasta el 31-12 podrá elegirse paca cada una ellas si se garantiza o no, estos riesgos. En parcelas con garantías posteriores al 31-12 la elección o no de estos riesgos deberá realizarse de forma conjunta para todas las parcelas del mismo cultivo y variedad en el mismo TM. Para las pólizas contratadas en el módulo P, si en las parcelas con final de garantías posterior al 31-12, figuran para el mismo cultivo, variedad y TM, parcelas aseguradas con helada + viento y parcelas sin helada+viento, se aseguran SIN helada +viento.

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Ficha resumen

301-2018 CÍTRICOS

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Este documento es una herramienta de ayuda. Para más información consultar las Condiciones Especiales (en adelante C.E.) y Generales.

Módulo 1 Todos los riesgos por Explotación:

Pedrisco Riesgos excepcionales Helada Viento Resto adversidades

climáticas

Módulo 2.- Riesgos por Parcela y

Explotación: Parcela:

Pedrisco Riesgos excepcionales

Explotación: Helada Viento

Resto de Adversidades Climáticas

Módulo 3.- Riesgos por

Parcela : Pedrisco Riesgos excepcionales Helada Viento

Resto adversidades climáticas

Módulo P.- Riesgos por

parcela:

Pedrisco Riesgos excepcionales Elegible: Helada + Viento

MODIFICACIONES CON RESPECTO AL PLAN ANTERIOR

Se incluye resto de variedades para naranja, diferenciando en dos grupos:

Maduración anterior o igual a la variedad Navel (Finales de garantías de Navel, Caracara y Tarocco Rosso): Precio máximo tradicional: 0,21€/kg. Y ecológico: 0,26€/kg.

Maduración posterior a Navel (Finales de garantías de Lanelate, Sanguinas y Sanginelli): Precio máximo 0.23€/kg. Y ecológico 0,29€/kg.

Altas y Bajas de Cultivos y Variedades en Naranja y Mandarina

Naranja Mandarina

Alta Bajas Bajas

Otras naranjas de maduración anterior o igual a Navel Navel foyos (se asegura como Navel) Winnola

Otras naranjas de maduración posterior a Navel

Aseguramiento de “Patrones sin injertar” Se crea dos nuevos valores debido a la diferenciación de precios: 043 Sin injertar 1er. año 044 Injertado hasta 2 años

Bonificaciones y recargo.- Cuando se incorporen a la declaración de seguro parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación. El asegurado comunicará a AGROSEGURO dicho cambio antes de efectuar la contratación, procediendo AGROSEGURO a calcular la bonificación ponderando los históricos; si el asegurado no lo comunicara, AGROSEGURO aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte.

Se revisa la zonificación del riesgo de helada en el término de Chulilla-Comarca Alto Turia de la provincia de Valencia.

Variación de precios al alza de cultivos y variedades siguientes:

Naranja

Barberina, Caracara, Chislett summer, Delta Seedless, Midknigt, Navel Barnfield, Powell summer, Sanguinelli, Valencia Late, Tarocco Rosso, Lanelate y Navelate: de 0,25 a 0,28

Salustiana y Verna: de 0,16 a 0,18 Navelina, Newhall, Navel y Navel Fukumoto: de 0,19 a 0,21 M7: de 0,35 a 0,38

Mandarina

Otanique: de 0,20 a 0,28 Cultiflort: de 0,26 a 0,45 Orri: de 0,80 a 0,90 Arrufatina Clemenpons y Esbal: de 0,26 a 0,37 Murcott, Nadorkot, Queen y Tang gold: de 0,70 a 0,75 Clementard, Hasimoto, Loretina, Mioro, Beatriz, Bekia, Clauselina, Ellendale, Fina, Kara, Marisol, Minneola,

Nova (Clemenvilla), Okitsu, Wilking, Iwasaki, Nules, Orogrande, Tomatera y otras mandarinas de recolección anterior a Clementard: de 0,26 a 0,28

Limón Verna y Eureka: de 0,50 a 0,55

No se modifican las tarifas

OPCIONES DE ASEGURAMIENTO

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301-2018 CÍTRICOS

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PERÍODO DE CONTRATACIÓN

Seguro Inicio Final Último día pago

Seguro Principal.- Módulos: 1, 2, 3 y P 1-4-2018 15-9-2018 17-9-2018

Complementarios.- Módulos C1, C2, C3, y CP 20-07-2018 15-09-2018 17-09-2018

Modificación de la Declaración de Seguro:

─ Seguro Principal: Se admiten altas de nuevas parcelas, hasta 30 días después de haber finalizado el plazo de contratación, siempre que a la recepción en Agroseguro de la solicitud, las parcelas no hayan tenido siniestro por los riesgos cubiertos.

─ Complementario.- En las declaraciones de seguro, con capital asegurado en el seguro principal superior a 100.000€, se admitirá la declaración del seguro complementario sin incorporar todas las parcelas y posteriormente, con la fecha límite del final de contratación, se permitirá efectuar una modificación incorporando el resto de parcelas.

PÓLIZAS A CONTRATAR

Se contrata una póliza con único módulo para todas las explotaciones dedicadas al cultivo de cítricos.

Se podrá asegurar en más de una póliza por comarca (máximo una por comarca), si cumple los requisitos: Cada una debe tener más de 100.000€ de valor de producción asegurada en el seguro principal Contratar en módulos diferentes.

EXPLOTACION ASEGURABLES, BIENES ASEGURABLES Y NO ASEGURABLES

Explotaciones asegurables:

Serán asegurables: En cualquiera de los módulos todas las explotaciones dedicadas al cultivo de naranja, mandarina, limón, lima

y pomelo, es obligatorio asegurar todos los bienes asegurables y deberán corresponder con los declarados en:

OPC (Organización de Productores de Cítricos) Explotación agraria prioritaria que esté calificada como tal, según la ley 19/1995 de modernización de las

explotaciones agrarias o cualquier otra disposición que desarrolle o modifique la misma. Solicitud Única de ayudas de la Unión Europea. Registro de explotaciones de carácter oficial, establecido por la Administración.

Bienes asegurables:

Seguro Principal:

En plantones: la plantación y las instalaciones.

En plantaciones en producción: la producción, la plantación y las instalaciones.

Las instalaciones de protección antigranizo, los invernaderos, los cortavientos artificiales, cabezal de riego y red de riego en parcelas, siempre que cumplan las especificaciones del anexo V de las C.E.

No son asegurables:

Las plantaciones destinadas a experimentación o ensayo (tanto de material vegetal como de técnicas o prácticas culturales), las situadas en huertos familiares destinadas al autoconsumo, las correspondientes a árboles aislados, ni las parcelas que se encuentren en estado de abandono...

Seguro Complementario:

Son asegurables las producciones de las plantaciones que han entrado en producción, incluidas en el seguro principal, que en el momento de la contratación tengan unas esperanzas reales de producción superiores a las declaraciones en ese seguro principal

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301-2018 CÍTRICOS

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DEFINICIONES

DAÑO EN CALIDAD: Es la depreciación del producto asegurado, a consecuencia de los riesgos cubiertos, ocasionada por la incidencia directa del

agente causante del daño sobre dicho producto u otros órganos de la planta.

DAÑO EN CANTIDAD: Es la pérdida, en peso, sufrida en la producción real esperada a consecuencia de los riesgos cubiertos, ocasionada por la

incidencia directa del agente causante del daño sobre dicha producción u otros órganos de la planta.

No se considerará daño en cantidad o en calidad la pérdida económica que pudiera derivarse para el asegurado como consecuencia de la

falta de rentabilidad en la recolección o posterior comercialización del producto asegurado.

DAÑO A INDEMNIZAR: Es el porcentaje que resulta de deducir la franquicia del daño, siempre que éste haya superado el siniestro mínimo

indemnizable.

DAÑO EN LAS INSTALACIONES: Es el deterioro de las instalaciones incluidas en la declaración de seguro, a consecuencia de los riesgos cubiertos,

que haga necesario su reconstrucción o el establecimiento de una nueva instalación.

EDAD DE LA PLANTACIÓN: Es el número de brotaciones de primavera transcurridas desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección

de la cosecha asegurada.

Cuando en una misma parcela coexistan árboles de diferentes edades, se reflejará en la póliza la edad promedio de los mismos, con la excepción de

los plantones.

DAÑOS EVOLUTIVOS: Aquellos daños en cantidad o calidad que, desde el acaecimiento del siniestro, incrementan su importancia con el transcurso

del tiempo.

DESTINO DE LA PRODUCCIÓN:

A) FRESCO DE CALIDAD ESTANDAR: producción destinada a consumo en fresco. Las prácticas de cultivo necesarias para obtener este tipo de

producción, son las habituales y normales aplicadas en el sector.

B) FRESCO DE CALIDAD ALTA: producción para ser consumida en fresco destinada a mercados de mayor exigencia. Esta producción requiere por

tanto una inversión en costes y prácticas de cultivo, dirigidas a obtener fruta de mejor calidad.

C) INDUSTRIA: producción destinada a la industria de los zumos, aplicando para ello prácticas de cultivo dirigidas a maximizar el nivel de riqueza

en zumo.

EXPLOTACIÓN A EFECTOS DE CONTRATACIÓN: Conjunto de parcelas de los bienes asegurables, situadas en el ámbito de aplicación del seguro,

gestionadas empresarialmente por su titular para la obtención de producciones destinadas primordialmente al mercado y que constituyen una

unidad técnico – económica. En consecuencia las parcelas, objeto de aseguramiento, cultivadas por un mismo agricultor o explotadas en común por

Entidades Asociativas Agrarias (Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, etc.), Sociedades Mercantiles (Sociedad Anónima, Limitada,

etc.) y Comunidades de bienes, se considerarán como una sola explotación.

EXPLOTACIÓN A EFECTOS DE INDEMNIZACIÓN:

A) PARA LA GARANTÍA A LA PRODUCCIÓN: Conjunto de parcelas de la explotación del mismo grupo de variedades situadas dentro de una

misma comarca agraria. A estos efectos los grupos de variedades son:

Grupo tempranas: parcelas con final de garantías hasta 31 de diciembre incluido.

Grupo tardías: parcelas con final de garantías posterior a 31 de diciembre.

B) PARA LA GARANTÍA A LA PLANTACIÓN: Conjunto de parcelas de la explotación del mismo tipo de plantación situadas dentro de una misma

comarca agraria.

FRANQUICIA: Parte del daño que queda a cargo del asegurado. Según su forma de aplicación se diferencian dos tipos:

A) FRANQUICIA ABSOLUTA: Se aplica restando el porcentaje de esta franquicia del porcentaje del daño evaluado sobre la producción real esperada.

B) FRANQUICIA DE DAÑOS: Se aplica multiplicando el porcentaje de esta franquicia por el porcentaje del daño evaluado sobre la producción real esperada.

INSTALACIONES ASEGURABLES: Se definen los siguientes tipos de instalaciones:

A) ESTRUCTURAS DE PROTECCIÓN ANTIGRANIZO: Cobertura de mallas ó redes, así como sus medios de sostén y anclaje.

B) CORTAVIENTOS ARTIFICIALES: instalación de materiales plásticos no deformables o de obra, así como sus medios de sostén y anclaje que,

constituyendo una cortina continua, moderan la velocidad del viento en su zona de influencia

C) INVERNADEROS: Instalación permanente, accesible y con cerramiento total, provista de estructura de madera, metálica u hormigón, con

material de cerramiento de malla, plástico, policarbonato, metacrilato o cristal, en cuyo interior se cultiven las producciones asegurables.

Forman parte del invernadero las puertas, las ventanas y las mallas de sombreo, incluida su motorización.

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301-2018 CÍTRICOS

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Cuando el invernadero disponga de distintos materiales de cerramiento, se considerará como cerramiento el que menor protección ofrezca

para el riesgo de helada.

Se consideran invernaderos diferentes, los aislados entre sí en el espacio o cuando estando adosados no compartan ningún elemento

estructural.

D) CABEZAL DE RIEGO:

Instalación que abastece exclusivamente a la explotación del asegurado constituida por:

Los equipos de bombeo de agua, filtrado, fertilización, controladores de caudal y presión.

Automatismos de cuadro eléctrico y sus sistemas de protección, variadores y arrancadores.

Red de tuberías desde el cabezal de riego, hasta el punto de acceso a cada parcela.

E) RED DE RIEGO EN PARCELAS:

RIEGO LOCALIZADO: Dispositivos de riego dispuestos en las parcelas agrícolas, que dosifican el caudal de agua a las necesidades de la

planta.

MÍNIMO INDEMNIZABLE: Cuantía del daño por debajo del cual el siniestro no es objeto de indemnización.

PARCELA: Para la identificación de las parcelas aseguradas se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

A) PARCELA SIGPAC: Superficie continúa del terreno identificada alfanuméricamente como tal y representada gráficamente en el registro del

Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas SIGPAC.

B) RECINTO SIGPAC: Superficie continúa de terreno dentro de una parcela SIGPAC con un uso agrícola único de los definidos en el SIGPAC.

C) PARCELA A EFECTOS DEL SEGURO: Superficie total de un mismo cultivo y variedad incluida en un recinto SIGPAC. No obstante:

1. Se considerarán parcelas distintas, las superficies protegidas por instalaciones independientes o medidas preventivas diferentes.

2. Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad, abarca varios recintos de la misma parcela SIGPAC, todos aquellos recintos de

superficie inferior a 0,10 ha se podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a efectos del seguro, que será

identificada con el recinto de mayor superficie.

PLANTACIÓN : Extensión de terreno dedicada al cultivo de los bienes asegurables, que se encuentre sometida a unas técnicas de manejo adecuadas,

concordantes con las que tradicionalmente se realicen en la zona, y que tiendan a conseguir las producciones potenciales que permitan las

condiciones ambientales de la zona en que se ubique.

Se diferencian dos tipos de plantaciones:

A) PLANTONES: Plantación ocupada por árboles que se encuentren en el período comprendido entre su implantación en el terreno y su

entrada en producción.

Se entenderá alcanzada la entrada en producción, cuando la cosecha obtenida sea comercialmente rentable.

Se considerarán también como plantones:

Los árboles sobreinjertados no productivos, con material certificado y, en su caso, provisto de pasaporte fitosanitario, procedente de viveros autorizados.

Los árboles adultos sin producción en la campaña amparada por este Condicionado.

B) PLANTACIÓN EN PRODUCCIÓN: Plantación ocupada por árboles que han entrado en producción según la definición anterior.

PRODUCCIONES:

A) PRODUCCIÓN ASEGURADA: Es la producción de naranja, mandarina, limón, lima y pomelo reflejada en la declaración de seguro.

B) PRODUCCIÓN REAL ESPERADA: Es la producción comercializable que, de no ocurrir ningún siniestro garantizado, se hubiera obtenido en la

parcela siniestrada, dentro del periodo de garantía previsto en la declaración de seguro.

C) PRODUCCIÓN BASE: Es la menor entre la producción asegurada y la producción real esperada.

D) PRODUCCIÓN REAL FINAL: Es aquella susceptible de recolección, utilizando procedimientos habituales y técnicamente adecuados. Las

pérdidas en calidad minorarán esta producción real final.

PRODUCCIONES ECOLÓGICAS: Aquellas que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo sobre producción y

etiquetado de los productos ecológicos y estén inscritas en un consejo regulador, comité de producción ecológica o entidad privada de certificación

debidamente reconocida por la autoridad competente de su comunidad autónoma.

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Ficha resumen

301-2018 CÍTRICOS

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ESQUEMA DE RUESGOS CUBIERTOS

CLIMÁTICOS

Helada

Pedrisco

Viento

Resto Adversidades Climáticas

Inundación – Lluvia Torrencial

RIESGOS EXCEPCIONALES NO CLIMÁTICOS

Incendio

Fauna silvestre

Se excluyen de las garantías del seguro los daños producidos por plagas, enfermedades, virosis, sequía, “clareta”, desequilibrios fisiológicos,

sobremadurez, mala polinización o falta de cuajado y cualquier otra causa que no teniendo origen climático pueda preceder, acompañar o

seguir a los riesgos cubiertos.

Helada.- Quedan excluidos los daños producidos por la helada en plantación, ocasionados en la brotación de primavera correspondiente al

mismo año del Plan anual de Seguros.

Viento.- se excluyen los daños producidos por la caída de frutos con claros síntomas de sobremadurez.

Resto de riesgos.- Ver C.E.

Daños cubiertos para cada riesgo y destino de la producción

Daños cubiertos según destino de la producción

Riesgos cubiertos Fresco de calidad estándar Fresco de calidad alta Industria

Pedrisco Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad

Helada Cantidad y calidad (Tabla de valoración anexo VI.1.1 C.E.)

Cantidad y calidad (Tabla de valoración anexo VI. 1.2 C.E.)

Cantidad y calidad (Tabla de valoración anexo VI 1.3 C.E.)

Viento Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad

Riesgos excepcionales (Fauna Silvestre, Incendio, Inundación-Lluvia torrencial)

Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad

Resto de adversidades climáticas Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad

MODULOS DE ASEGURAMIENTO Y CONDICIONES DE COBERTURA

MODULO 1 Condiciones de coberturas

Garantía Módulo 1 Módulo (C1)

Capital asegurado

Cálculo indemnización

Mínimo Indemnizable

Franquicia Riesgos cubiertos

P R O D U C C I Ó N

Producción

Pedrisco

Riesgos Excepcionales

Helada

Viento

Resto de Adversidades climáticas

Pedrisco

Riesgos Excepcionales

Helada

Viento

Resto de Adversidades climáticas

100%

Explotación (comarca) (1)

30%

E L E G I B L E

Absoluta: 30%

Absoluta: 20%

Absoluta: 10% Asegurados con bonificación y

neutros

Plantación Todos los cubiertos en Garantía a la Producción

100% Absoluta: 20%

Plantones 100% Absoluta: 20%

(1) Explotación a efectos de indemnización:

Garantía a la Producción.- Conjunto de parcelas de la explotación del mismo grupo de variedades situadas dentro de una misma comarca agraria. A efectos de grupos de variedades son:

o Grupo tempranas.- parcelas con final de garantías hasta el 31 de diciembre incluido. o Grupo tardías.- parcelas con final de garantías posterior a 31 de diciembre.

Garantía a la Producción.- Conjunto de parcelas de las explotaciones del mismo tipo de plantación situadas dentro de una misma comarca agraria.

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301-2018 CÍTRICOS

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MÓDULO 3 Condiciones de coberturas

Garantía Riesgos cubiertos Capital

asegurado Cálculo indemnización

Mínimo Indemnizable Franquicia Módulo: 3 Módulo: C3

P

R

O

D

U

C

C

I

Ó

N

Producción

Pedrisco

Pedrisco

Riesgos Excepcionales

Helada

Viento

Resto de Adversidades climáticas

100% Parcela

10% 30% (Para daños en

cantidad / siniestros ocurridos antes del 15 de

junio).

Elegible

Daños: 10%

Absoluta: 10%

Riesgos Excepcionales

Helada

Viento

Resto de Adversidades climáticas

100% Parcela Elegible

20% Absoluta: 20%

15% Absoluta: 15%

10% Absoluta: 10%

Asegurados con bonificación y neutros

Plantación Todos los cubiertos en la Producción 100% Parcela Elegible

30% Absoluta: 30%

20% Absoluta: 20%

Plantones Todos los cubiertos en la Producción 100% Parcela Elegible 30% Absoluta: 30%

20% Absoluta: 20%

MODULO 2 Condiciones de coberturas

Garantía Módulo 2 Módulo: C2 Capital

asegurado Cálculo indemnización

Mínimo Indemnizable

Franquicia Riesgos cubiertos

P

R

O

D

U

C

C

I

Ó

N

Producción

Pedrisco

Pedrisco

Riesgos Excepcionales

Helada

Viento

Resto de Adversidades climáticas

100% Parcela

10% 30% (Para daños en

cantidad / siniestros ocurridos antes del 15 de

junio).

Elegible

Daños: 10%

Absoluta: 10%

Riesgos Excepcionales 100% Parcela 20% Absoluta: 20%

Helada

Viento

Resto de Adversidades climáticas

100% Explotación (comarca) (1)

E L E G I B L E

30% Absoluta: 30%

20% Absoluta: 20%

10% Absoluta: 10%

Asegurados con bonificación y neutros

Plantación Todos los cubiertos en la Producción 100% Parcela Elegible

30% Absoluta: 30%

20% Absoluta: 20%

Plantones /Plantación Todos los cubiertos en la Producción

100%

Parcela Elegible

30% Absoluta: 30%

20% Absoluta: 20%

(1) Explotación a efectos de indemnización:

Garantía a la Producción.- Conjunto de parcelas de la explotación del mismo grupo de variedades situadas dentro de una misma comarca agraria. A efectos de grupos de variedades son:

o Grupo tempranas.- parcelas con final de garantías hasta el 31 de diciembre incluido. o Grupo tardías.- parcelas con final de garantías posterior a 31 de diciembre.

Garantía a la Producción.- Conjunto de parcelas de las explotaciones del mismo tipo de plantación situadas dentro de una misma comarca agraria.

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301-2018 CÍTRICOS

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MÓDULO P Condiciones de coberturas

Garantía Riesgos cubiertos Capital

asegurado Cálculo indemnización

Mínimo Indemnizable Franquicia Módulo: P Módulo: CP

P R O D U C C I Ó N

Producción

Pedrisco Pedrisco Riesgos Excepcionales

Helada y Viento (Si los hubiera elegido)

100% Parcela 10%

30% (Para daños en cantidad /

siniestros ocurridos antes del 15 -6). Elegible

Daños: 10%

Absoluta: 10%

Riesgos Excepcionales

100% Parcela 20% Absoluta: 20%

Elegible Riesgos (1) Helada + Viento

80% Parcela

Helada 10% Daños: 10%

V i e n t o

Naranja, Mandarina

y Pomelo

10% Absoluta: 10%

Asegurados con bonificación >> 10% a 40%

15% Absoluta: 15%

Resto Asegurados

Limón y Lima

20% Absoluta: 20%

Plantación Todos los cubiertos en la Producción

100% Parcela Elegible 30% Absoluta: 30%

20% Absoluta: 20%

Plantones

Todos los cubiertos en la Producción. Se garantiza todos los riesgos, incluidos la helada y el viento, aunque no se haya elegido en la plantación.

100% Parcela Elegible

30% Absoluta: 30%

20% Absoluta: 20%

(1) Podrá elegir para cada una de las parcelas con final de garantías hasta el 31-12 la elección o no de estos riesgos.

Para parcelas con fin de garantías posterior a 31-12 la elección, o no, de estos riesgos se realizará de forma conjunta para las todas las parcelas del mismo cultivo y variedad en el mismo término municipal.

En las pólizas contratadas en el módulo P, si en las parcelas con final de garantías posterior al 31-12, figuran parcelas con helada + viento y parcelas sin helada + viento, se entenderá como aseguradas SIN HELADA + VIENTO.

TIPOS DE EXPLOTACION

A efectos de asignación de franquicias y mínimos indemnizables.- Se establecen los siguientes tipos de explotación, en función de los siguientes parámetros:

CARACTERÍSTICAS DE LA EXPLOTACIÓN

Tipos de Explotación

VP Total Variedades Tempranas: Es el total de valor de la producción asegurada en seguro principal + complementario, de variedades con final de

garantías hasta el 31-12.

%VP Total Variedades Tardías: Es el total de valor de la producción asegurada en la explotación

del seguro principal + complementario, de variedades con final de garantías posteriores al 31-12.

< 100.000€ < 100.000€ 1

< 100.000€ 100.000€ a 500.000€ 2

< 100.000€ > 500.000€ 3

100.000€ a 500.000€ < 100.000€ 4

100.000€ a 500.000€ 100.000€ a 500.000€ 5

100.000€ a 500.000€ > 500.000€ 6

> 500.000€ < 100.000€ 7

> 500.000€ 100.000€ a 500.000€ 8

> 500.000€ > 500.000€ 9

No se computarán los plantones / El tipo de explotación podrá varias al hacer el Complementario

INSTALACIONES.- Todos los módulos Riesgos cubiertos Capital asegurado Cálculo indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia

Todos los cubiertos en la producción y cualquier otro riesgo climáticos

100% Parcela (1) -

(1) El menor entre: El 10% del capital asegurado y 500€ cortavientos de tela plástica, 1.200€ cortavientos de obra, 600€ en estructuras antigranizo, 1.500€ en invernaderos, 1.000€ en cabezal de riego y 300€ en red de riego.

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Ficha resumen

301-2018 CÍTRICOS

Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 10

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Se extiende a todas las parcelas de naranja. Mandarina, limón, lima y pomelo en plantación situadas en las provincias, comarcas y términos municipales siguientes:

PROVINCIA

COMARCA

TÉRMINO MUNICIPAL

Alicante

Vinalopó Agost, Aspe, Hondon de las Nieves, Monforte del Cid, Novelda, Petrel

Montaña Beniarda, Benimantell, Guadalest

Marquesado, Central, Meridional Todos

Almería

Alto Almazora, Bajo Almazora, Campo de Tabernas, Alto Andarax, Campo Dalias, Campo Nijar y Bajo Andarax.

Todos

Río Nacimiento Alboloduy, Alhabia, Alsodux, Gergal, Nacimiento, Sta. Cruz.

Badajoz Mérida, Badajoz, Olivenza Todos

Baleares Todas Todos

Cáceres Cáceres Alcuescar, Cañaveral, Casas de Millan, Montanchez, Valdefuentes Coria Acebo

Cádiz Todas Todos

Castellón

Bajo Maestrazgo Cervera del Maestre, Cuevas de Vinroma, Salsadella, San Rafael del Río, Traiguera

Llanos Centrales Benlloch, Costur, Puebla-Tornesa, Useras, Vall de Alba, San Juan de Moro, Villafames, Villanueva de Alcolea.

Peñagolosa Alcora, Figueroles

Litoral Norte Todos

La Plana Todos

Palancia Ahin, Alcudia de Veo, Almedijar, Altura, Azuebar, Castellnovo, Chovar, Eslida, Geldo, Navajas, Segorbe, Soneja, Sot de Ferrer, Sueras, Torrechiva.

Córdoba

Pedroches Fuente-Obejuna

La Sierra, Campiña Baja, Las Colonias, Campiña Alta

Todos

Granada La Costa, Las Alpujarras, Valle de Lecrin Todos

Huelva Todas Todos

Málaga Todas Todos

Murcia

Nordeste Abanilla, Fortuna

Centro, Río Segura, Suroeste y Valle del Guadalentín, Campo de Cartagena

Todos

Las Palmas Gran Canaria Todos

Stª Cruz de Tenerife

Todas Todos

Sevilla

La sierra Norte Aznalcollar, Castiblanco de los Arroyos, El Castillo de las Guardas, Constantina, El Garrobo, Gerena, Guillena, El Madroño, Las Navas de la Concepción, El Pedroso, La Puebla de los Infantes, El Ronquillo

La Vega, El Aljarafe, Las Marismas, La Campiña, La Sierra Sur, De Estepa

Todos

Tarragona

Terra - Alta El Pinell de Brai

Ribera de Ebro Benisanet, Ginestar, Miravet, Rasquera, Tivisa

Bajo Ebro Todos

Campo de Tarragona

Altafulla, Botarell, Cambrils, Catllar, Constanti, Garidells, Montbrio de Tarragona, Montroig, Morell, La Nou de Gaya, Nulles, Pallaresos, Perafort, Pobla de Mafumet, Pobla de Montornes, Pratdip, Renau, Reus, La Riera, Riudoms, Rourell, La Secuita, Tarragona, Torredembarra, Valmoll, Vandellós, Vespella, Vilallonga, Vilanova de Escornalbou, Vilaseca, Viñols y Archs.

Bajo Penedés Albiñana, Arbos, Bañeras, Bellvey, Bonastre, Calafell, Creixell, Cunit, Roda de Bara, Stª Oliva, Vendrell

Valencia

Alto Turia Calles, Chelva, Chulilla, Domeño, Loriguilla, Losa del Obispo, Sot de Chera, Villar del Arzobispo.

Campo de Liria, Requena-Utiel, Hoya de Buñol, Sagunto, Huerta de Valencia, Riberas del Júcar, Gandía, Enguera y La Canal, La Costera de Játiva, Valles de Albaida

Todos

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Ficha resumen

301-2018 CÍTRICOS

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RENDIMIENTOS

Seguro Principal.- Se fijara por el Asegurado, teniendo en cuenta las esperanzas reales de producción. Para la fijación del rendimiento a consignar en cada una de las parcelas se deberá tener en cuenta entre otros factores, la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, de cuyo cómputo se eliminarán los de mejor y peor resultado.

En plantaciones de limón se asegurarán de forma conjunta las producciones de principal y de redrojos (producción de floraciones posteriores).

Seguro Complementario.- Se fijará el rendimiento en cada parcela de tal forma que, la suma de este rendimiento y del declarado en el seguro principal no supere la esperanza real de producción en el momento de la contratación.

PERIODOS DE GARANTÍAS

Seguro Principal:

Garantías a la Producción:

Se inician: con la toma de efecto y nunca antes de las fechas que relacionadas en Anexo II.

Extensión de Garantías del riesgo de Pedrisco: Para los siniestros acaecidos a partir del 20 de abril y hasta el 15 de junio, quedan cubiertos los daños ocasionados por el pedrisco en las producciones de parcelas que con la misma variedad estuvieron aseguradas la campaña anterior, siempre que cumplan los dos requisitos siguientes:

Que aseguren en la presente campaña a nombre del mismo asegurado, pudiendo optar al mismo beneficio sus herederos en caso de fallecimiento y los nuevos titulares por su jubilación previa ó transformación de personas físicas a sociedades y viceversa.

En el caso de entidades asociativas, tendrán derecho todas las parcelas que con la misma variedad estuvieron aseguradas la campaña anterior por la propia entidad o por cualquier socio de nueva incorporación.

En el caso de socios que se salen de una entidad asociativa, tendrán derecho todas las parcelas que con la misma variedad estuvieron aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio.

Que se aseguren en los 20 días siguientes a la ocurrencia del siniestro de pedrisco y con fecha límite del 30 de junio.

La producción garantizada en esta extensión de garantía, es la menor entre las producciones: PRE, la actual asegurada y la asegurada el año anterior.

Finalizan: en la fecha más temprana de las siguientes: Con la recolección En el momento que los frutos sobrepasen la madurez comercial En las fechas indicadas en el Anexo II

Garantías a la Plantación:

Se inician: con la toma de efecto.

Finalizan: en la fecha más temprana de las siguientes:

Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías

La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.

Garantías a las Instalaciones:

Se inician: con la toma de efecto.

Finalizan: en la fecha más temprana de las siguientes:

o Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías

o La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.

Seguro Complementario:

─ Se inician.- con la entrada en vigor del seguro complementario y nunca antes del 1 de agosto.

─ Finalizan.- en las mismas fechas especificadas para la garantía de la producción en el seguro principal.

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BONIFICACIONES, SUBVENCIONES ENESA Y CC.AA

─ Bonificaciones y Recargos a nivel de Asegurado (NIF)

─ Por instalación de Medidas Preventivas: Indicar si dispone de medidas preventivas contra Helada, Pedrisco y Viento, todos los módulos.

Subvenciones ENESA:

Para poder aplicar las subvenciones, el asegurado debe figurar en la BASE DE DATOS DE ENESA.

Módulos Base Contratar Colectivo

Financiación (SAECA)

Características Asegurado

Renovación

Prácticas de Reducción de Riesgo y por Condiciones

Productivas Entidad

Asociativa (Subv. Única)

Agricultor/a Profesional, Explot. prioritaria, Joven

agricultor/a, O.P. ATRIA, ADV, ASV,

ATESVE Producción ecológica

1 75

75

2 19 6 1 11 5 2 2 45

3 13 6 1 11 5 2 2 38

P 7 6 1 9 5 31

C1, C2, C3, CP

7 6 1 9 5 31

Sólo se subvencionan las tasas de coste hasta el 23%; para tasas superiores se aplicará un coeficiente en función de éste límite.

Se deducen 60€ del importe de la subvención (Sólo una vez por Asegurado y plan). El porcentaje de modulación se le aplica una vez deducido dicho importe (60€). Para asegurados con recargo no se tendrá en cuenta éste para el cálculo de las subvenciones. El importe de la subvención no puede exceder del 65% del importe del recibo de prima (sin tener en cuenta los recargos de contratación).

Subvenciones de las Comunidades Autónomas:

Comunidades % Subv. Aplica sobre: % Límite

Subvenciones (ENESA + CC.AA)

Observaciones

Andalucía Aragón.

Asturias No tiene ámbito de aplicación

Baleares 32,5 Recibo de prima 65%

del recibo de prima

Pólizas contratadas entre el 1-1-2018 y el 31-12-2018 inclusive. Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA. Consultar en el manual de Subv. Consideraciones de interés (catálogo de productos/Subv.)

Bizkaia No Subvenciona

Canarias 23,75 Prima Comercial Base Neta

(sin tener en cuenta los recargos)

65%

del recibo de prima

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.

Exclusiones: Consultar Manual Suv.

Cantabria No tiene ámbito de aplicación

Castilla-León No tiene ámbito de aplicación

Castilla-Mancha No tiene ámbito de aplicación

Cataluña

Extremadura 30 Enesa 65%

del recibo de prima

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.

Galicia No tiene ámbito de aplicación

La Rioja No tiene ámbito de aplicación Madrid

Murcia

Navarra No Subvenciona

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Comunidades % Subv. Aplica sobre: % Límite Subvenciones (ENESA + CC.AA)

Observaciones

Valencia

Subvenciones / Base / Adicionales: IGP, CAECV / Tipo asegurado (no reúnen condición para aplicar Subv. ENESA /Entidad Asociativa (%)

Módulos Subv. Base

IGP/ CAECV

Tipo Asegurado

Entidad Asociativa

1 10 1,0 1,0 2,0

2 20 2,0 2,0 4,0

3 25 2,5 2,5 5,0

P 25 2,5 2,5 5,0

Resto 20 2,0 2,0 4,0

IGP (Indicación Geográfica Protegida)

CAECV (Comité Agricultura ecológica de la C.A Valenciana.

La Prima Comercial Base Neta de Bonificaciones

65% del recibo de prima (sin

recargos)

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA. Se excluyen las Administraciones públicas. Empresas que no tengan consideración de pequeña o mediana empresa (PYME)

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PAGO DE LA PRIMA

1. Al contado.- Mediante ingreso transferencia bancaria a las cuentas de AGROSEGURO. 2. Fraccionada.- a través de SAECA, siempre que se cumplan las dos condiciones:

El seguro debe tener una prima sea igual o superior a 1.000€ El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de SAECA, por la cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda

fracción.

Cuando el pago de la prima se haga fraccionada se realizará en 2 FRACCIONES

El primer pago o primera fracción se corresponderá al menos con el 10% del importe del seguro más los gastos del fraccionamiento y

aval que, serán abonados al contratar la póliza, teniendo en cuenta las especificaciones de pago al contado. Si el aval afianzado no

alcanzara el total de la segunda fracción, el exceso por encima del importe avalado se descontará de la segunda fracción y deberá ser

abonado en la primera fracción, de forma que en este caso no se entenderá abonada la primera fracción ni tendrá efecto el pago, si el

total recibido de la primera fracción no contiene las sumas de las cuantías señaladas en el párrafo anterior y el exceso por encima del

importe avalado.

El segundo pago o 2ª fracción: no podrá superar el 90% del importe del coste del seguro a cargo del Tomador. Dicho importe, será

pagado mediante recibo domiciliado en la cuenta corriente del asegurado, señalada en la declaración de seguro y se pasará a cobro en el

plazo elegido por el asegurado a los 3, 6, 9 ó 11 meses. En esta misma cuenta se realizarán los pagos por indemnizaciones de los

siniestros.

Existen dos impresos de solicitud diferentes según importe a avalar, los impresos se pueden descargar del catálogo de productos o de la página Web de SAECA: www.saeca.es.

Para avalar una cantidad hasta 25.000€ se utilizará el modelo “reducido y a partir de ese importe, se presentará el modelo “completo” en ambos casos se acompaña la siguiente documentación.

Documentación a adjuntar:

Solicitud de Aval REDUCIDA (hasta 25.000€) Enviar formulario

Fotocopia DNI/CIF

IRPF / Impuestos sociedades.

Solicitud de aval COMPLETA (>25.000€)

Enviar Formulario

Fotocopia DNI/CIF

IRPF / Impuestos sociedades.

Documentación acreditativa Bienes

SAECA comunicará al gestor la aprobación o denegación del aval. En caso de aprobación, SAECA acompañará la póliza de afianzamiento

mercantil que incluye el nº de aval concedido, por correo electrónico. No será necesario la intervención notarial cuando el importe avalado sea

inferior a 25.000€ y será necesaria para importes superiores.

El asegurado deberá solicitar el AVAL con antelación suficiente a la contratación de la póliza, para que dé tiempo a la formalización y

comunicación del aval por parte de SAECA a AGROSEGURO, antes del primer pago.

Es imprescindible enviar mediante correo electrónico a SAECA la póliza de afianzamiento correctamente firmada:

[email protected]

No se debe realizar el primer pago hasta que AGROSEGURO no tenga la confirmación por parte de SAECA.

Si el asegurado realiza la transferencia antes de que AGROSEGURO disponga de la autorización de SAECA, la aplicación generará un error

de rechazo.

Enviar solicitud la solicitud del aval (ORIGINAL) y la póliza de afianzamiento firmada y sellada (ORIGINAL) a la siguiente dirección: calle

Jorge Juan, 19, 4ª planta 28001 Madrid.

Para la concesión del aval, el Asegurado deberá estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

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ENTRADA EN VIGOR Y CARENCIA

La póliza entrará en vigor a partir de las cero horas del día siguiente al pago de la prima.

Se establece un período de 6 desde la entrada en vigor del seguro.

No se aplicará carencia: En las declaraciones de seguro de aquellos asegurados que contrataron este seguro la campaña anterior. No obstante: En el caso de Entidades Asociativas que contraten por primera vez, no se aplica carencia en las parcelas que fueron aseguradas por

los socios de la entidad en la campaña anterior. En el caso de socios que se salen de una entidad asociativa, no se aplicará el período de carencia en las parcelas que fueron

aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio.

En las declaraciones del seguro complementario

COMUNICACIÓN DE SINIESTROS

Comunicarán mediante la Declaración de Siniestro - en la Aplicación pestaña Gestión de Pólizas – Siniestros:

En el plazo de 7 días en que fue conocido

Para tener derecho a los daños en cantidad por la Extensión de Garantías para el riesgo de Pedrisco, de debe comunicar antes del 30 de junio.

Para acogerse a la cobertura de Resto de Adversidades climáticas, se limitará el período máximo de recepción en AGROSEGURO hasta 10 días posteriores a finalizar el período de garantías.

Si el asegurado tuviese que recolectar antes de que las parcelas hayan sido peritadas, o bien, no se hubiese llegado a un acuerdo en ésta, podrá recolectar dejando obligatoriamente la muestra testigo. Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por parcela, las

muestras testigo se dejarán solamente en las parcelas afectadas. Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por explotación,

deberá dejarlas en todas las parcelas de la explotación (comarca)

Distribución de las muestras – testigo: Árboles completos sin ningún tipo de manipulación posterior al siniestro. Las muestras deberán ser representativas del conjunto de la población. La distribución de los árboles elegidos para formar la muestra testigo en la parcela, debe ser uniforme, dejando uno

de cada 20 a partir de uno elegido aleatoriamente y contabilizando en todas las direcciones. También se podrá dejar una fila completa de cada 20

Dejará al menos el 5% del nº del total de árboles de la parcela con mínimo de 3 árboles

Para los siniestros que produzcan daños evolutivos (riesgos que producen daños evolutivos: helada, inundación-lluvia torrencial y resto de adversidades climáticas) en la producción, si el perito designado por AGROSEGURO se persona para realizar la tasación antes de la fecha de recolección fijada en la declaración del siniestro, y el asegurado ya hubiera recolectado dejando muestras testigo, se determinará sobre las muestras la producción real esperada, pero los daños se hará sobre el resto de los árboles de la parcela (es decir sobre el nº de árboles que haya dejado en la muestra), considerándose sin daños la producción ya recolectada.

Para los siniestros de Incendio, el asegurado está obligado, a prestar declaración ante la autoridad competente del lugar donde haya ocurrido. La copia autentificada deberá ser remitida a Agroseguro debiendo indicar:

En caso de siniestro de incendio: Las circunstancias del siniestro Sus causantes conocidos o presuntos. La cuantía aproximada de los daños y los medios empleados para aminorarlos

En caso de siniestro por fauna silvestre cinegética, cuando Agroseguro lo solicite.

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CCARACTERÍSTICAS APLICACIÓN SAC

El seguro se compone:

Consta el de cuatro Módulos: 1, 2, 3 y P.

Módulos Cultivos

1, 2, 3 y P

1.- Naranja 2.- Mandarina 3.- Limón 4.- Pomelo 5.- Lima

Tipo de Capital

Tipos de capitales: 000 Producción /Plantación 001 Plantones

Si se tiene en una misma parcela árboles en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo / variedad, se aseguran en una única parcelas, indicando el tipo de capital correspondiente.

Destino

Existen precios y tarifas dependiendo del “destino”: 002.- Industria 034.- Fresco calidad estándar 035.- Fresco calidad alta.

Para el tipo de capital 001 Plantones, se indicará: Sin valor en factor.

Sistema de producción

Se indica en el Tipo de capital 000/producción/Plantación y los destinos en fresco (034 y 035), ya que el precio y subvención de la C.A de Valencia a las producciones ecológicas depende de este factor. 001.- Ecológico 002.- Tradicional

Para el tipo de capital 001 Plantones, se indicará: Sin valor en factor. Las parcelas con Denominación de Calidad diferencia, deberá disponer de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En caso de siniestro, deberá aportarla en la tasación.

I.G.P.

Para acceder a la subv. De la C. A Valencia, deberá indicar en cada parcela asegurada que esté inscrita en la Indicación Geográfica Protegida Cítricos Valencianos:

1.- IGP Cítricos Valencianos

Tipo de Plantación

Para Tipo de capital 001 (Plantones): 043 Sin injertar 1er. año 044 Injertado hasta 2 años 002 > 2 años 003.- Árboles sobreinjertaqdos 004.- Árboles adultos sin protección.

Para el tipo de capital 001 Plantones, se indicará: Sin valor en factor.

Practica Cultural

El asegurado que proceda al tratamiento de las parcelas con fitorregulador autorizado por el Registro de Productos Fitosanitarios del MAGRAMA y ácido giberélico, para evitar la caída del fruto en Naranja y el retraso de la maduración en Mandarina, se indicará:

003.- Tratamiento Fitoregulador

Si se realiza esta práctica, podrán elegir en ciertas variedades el final de garantías (ver Anexo II, garantías)

En el módulo P, para el cultivo de Mandarina no se indicará, al no exigirse tratamiento.

Fin de Garantías

Se elegirá en función del cultivo y variedad para cada parcela

Nº de Unidades

Se indicará el nº de árboles o plantones cultivados en cada parcela

Edad de la plantación

Es el nº de brotaciones de primavera desde la fecha de plantación en la parcela, hasta la recolección de la cosecha asegurada.

ES

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EJEMPLO PRÁCTICO Y COMPORTAMIENTO DE LA APLICACIÓN SAC

Cálculo del Seguro:

Cumplimentar todos los datos.

Como novedad hay que seleccionar el Tomador

Seleccionar los datos variables en cada módulo y seleccionar uno como principal. En el módulo P se puede elegir Helada+Viento, en esta pantalla no se selecciona

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301-2018 CÍTRICOS

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Para variedades con final

de garantías anterior a

31/12 pueden elegir

helada/viento a nivel de

parcela.

En este ejemplo, Sí

hemos elegido Helada

Para variedades con final de

garantías posterior a 31/12 tienen

que elegir helada/viento a nivel de

TM-Cultivo-Variedad. A través del

botón “COBERTURA

HELADA/VIENTO”.

1

2

2