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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2018

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad

Fideicomiso Público de Administración yTraslativo de Dominio Ciudad Solidaridad

Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2018

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CONTENIDO

I. Dictamen del Auditor 1

II. Presentación 3

III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de losresultados generales de la revisión practicada

5

IV. Entidad objeto de la revisión 12

V. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como aldesempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de losprocedimientos de auditoría aplicados

12

VI. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en larevisión

15

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público 15

B. Cumplimiento de las normas de información financiera aplicablesal sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en losordenamientos y normativa correspondientes

25

C. La evaluación del avance o cumplimiento de los programas ysubprogramas aprobados

25

VII. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a lasmismas por los funcionarios responsables y su análisis por la AuditoríaSuperior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán yrecomendaciones que se formularán

26

VIII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladaspor el H. Congreso del Estado

49

IX. Resultados de la revisión de situación excepcional 50

X. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y accionespromovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejerciciosanteriores

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I. Dictamen del Auditor

Opinión

Hemos auditado los estados de situación financiera y de actividades que integran la CuentaPública del Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad,correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018.

El Ente Público no proporcionó estados de cuenta ni conciliaciones bancarias del monto de efectivodisponible y del excedente invertido al 31 de diciembre de 2018 por un total de $2,503,716, asímismo no logramos validar sí se efectuaron cargos y abonos en estas cuentas durante el ejercicio2018, identificadas en el rubro Efectivo y equivalentes, por lo que no logramos identificar, analizar,interpretar y cuantificar esta cifra.

Asimismo, reflejó al 31 de diciembre de 2018 Cuentas por pagar a corto plazo por importe de$6,734,693, que presentan una antigüedad de 24 años, situaciones que originaron observacionesseñaladas en el apartado VII del presente informe identificadas en los rubros antes referidos.

En nuestra opinión, excepto por lo que se expresa en los párrafos anteriores, los estados financierosadjuntos, presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales, la situación financiera delEnte Público al 31 de diciembre de 2018, así como el resultado de sus actividades por el añoterminado en esa fecha de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y lasnormas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), así como,con las Normas de Información Financiera aplicables.

Responsabilidad de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León

La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo quenuestra responsabilidad consiste en expresar con seguridad razonable una opinión sobre la misma,la cual deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, la auditoría fue realizadaen base a pruebas selectivas de acuerdo a Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las cualesrequieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permitan obtener elementos dejuicio de que los estados financieros no contienen incorrecciones o errores importantes, que están

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preparados de acuerdo a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidospor el CONAC.

La auditoría se efectúa posterior a la gestión financiera, siendo de carácter externo, de maneraindependiente y autónoma del Ente Público fiscalizado y de cualquier otra forma de control yauditoría.

Responsabilidad del Ente Público

Es de señalar que el Ente Público es responsable de sus operaciones y del resultado de las mismas,así como de sus actos, hechos jurídicos y de la preparación y presentación fiel de la informaciónfinanciera de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las normas contablesemitidas por el CONAC y las Normas de Información Financiera aplicables, además de diseñar eimplementar el control interno con base en planes, métodos y medidas necesarias que promuevanla eficiencia en su operación y permita la generación y preparación exacta y veraz de los estados einformación financiera que conforman la Cuenta Pública.

Monterrey, Nuevo León, a 17 de julio de 2019

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II. Presentación

La Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo establecido en los artículos 63 fracción XIII, 136, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1, 2, fracciones I, VIII y X y 3 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se instituye como un órgano auxiliar del H. Congreso del Estado en su función de fiscalización de las Cuentas Públicas presentadas por los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionalmente Autónomos, los Organismos Públicos Descentralizados y Fideicomisos Públicos de la Administración Pública del Estado, los Municipios y sus Organismos Descentralizados, así como las Instituciones Públicas de Educación que reciban recursos públicos.

En el ejercicio de las referidas funciones, para la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2018 del Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad recibida el 12 de abril de 2019, la Auditoría Superior del Estado de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, evaluó los resultados de la gestión financiera, comprobó si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos, verificó el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en materia de gestión financiera, así como los planes de desarrollo.

En tal sentido, y en cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, esta Auditoría Superior del Estado tiene a bien rendir el Informe del Resultado de la revisión practicada a la Cuenta Pública del ejercicio 2018 del referido Ente Público, al H. Congreso del Estado.

El Dictamen del Auditor, refleja la evaluación practicada al 17 de julio de 2019, que corresponde al último procedimiento de auditoría realizado por este Órgano Fiscalizador, como parte de la revisión al manejo y aplicación de los recursos públicos y al cumplimiento de las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (Cinif).

En el apartado V de este Informe, se incluyen los objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como en su caso al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados.

En el apartado VI se presenta una descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión, respecto de:

• La evaluación de la gestión financiera y del gasto público;• Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables y de las disposiciones

contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes;• La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados.

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En el apartado VII del presente Informe, se detallan las observaciones no solventadas derivadas de la revisión practicada, con las aclaraciones presentadas por los funcionarios responsables, los análisis de las mismas preparados por este Órgano de Fiscalización, así como las acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán las cuales se notificarán una vez entregado el Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Finalmente, se informa sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores.

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III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultadosgenerales de la revisión practicada

A. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generalesde la revisión practicada

Como resultado de la revisión de la Cuenta Pública del Fideicomiso Público de Administración yTraslativo de Dominio Ciudad Solidaridad, nos permitimos enviar el presente resumen ejecutivo concifras en pesos con los comentarios que consideramos más importantes, siendo los siguientes:

ACTIVO

Efectivo y equivalentes $6,542,885

Se integra por dos cuentas bancarias en moneda nacional registradas en Banco Santander (México),S.A., y las inversiones temporales (hasta 3 meses) en mesa de dinero por $2,283,027 y $4,259,858,respectivamente.

Derechos a recibir efectivo o equivalentes $13,458,642

Corresponde a las Cuentas por cobrar a corto plazo a cargo de la persona moral denominadaUrbanizaciones San Rafael, S.A de C.V. derivada de la compraventa de un terreno por $12,361,785y a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de $1,096,857 por la recuperación deuna fianza que no ha sido reintegrada al Ente Público.

Estimación por pérdida o deterioro de activos circulantes $(12,361,785)

Ampara la reserva de cuentas incobrables creada con base en las bajas posibilidades de cobro aUrbanizaciones San Rafael, S.A. de C.V.

PASIVO

Cuentas por pagar a corto plazo $6,734,693

Este saldo corresponde a un convenio firmado el 22 de abril de 1994 con Servicios de Agua y Drenajede Monterrey, I.P.D. por concepto de colaboración para la construcción de un colector y emisor dedrenaje sanitario denominado Solidaridad.

Otros pasivos a corto plazo $1,511,605

Ampara el saldo presentado en la cuenta Ingresos por clasificar, el cual se integra de diversasoperaciones identificadas en las pólizas contables como "Aportación al patrimonio aportaciónautomática" según los estados de cuenta bancarios correspondientes a la cuenta número*******6-000 del Banco Santander (México) S.A.

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INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS

Ingresos por venta de bienes y servicios $1,137,141

Corresponde al registro de la venta de un lote de terreno con una superficie de 667.332 metros2,ubicado en privada El Uro letra "C" del Huajuco en Monterrey, Nuevo León, con expediente catastral51-015-382.

GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS

Disminución de inventarios $1,040,171

Ampara el registro de la venta de un lote de terreno con una superficie de 667.332 metros2,ubicado en privada El Uro letra "C" del Huajuco en Monterrey, Nuevo León, con expediente catastral51-015-382.

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B. Resultados generales de la revisión practicada

Observaciones Preliminares

Derivado de los trabajos de fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2018, y

de manera previa a la presentación del presente Informe del Resultado de la revisión, acorde con

lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León,

la Auditoría Superior del Estado dio a conocer a los titulares de los Sujetos de Fiscalización y en

su caso, a los titulares responsables de los sujetos de fiscalización durante el período objeto de

revisión, en los casos en que tales funcionarios dejaron de desempeñar su cargo, las presuntas

deficiencias o irregularidades detectadas (observaciones preliminares), a efecto de que éstos en un

plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, presentaran

las justificaciones y aclaraciones que correspondan.

Resultado del análisis de las aclaraciones y justificaciones a las observaciones

Asimismo, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 137, cuarto párrafo, de la Constitución

Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se comunicó al ente público auditado de manera

previa a la emisión del presente informe, para efecto informativo, el resultado del análisis realizado

por esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, respecto de las justificaciones y aclaraciones

presentadas en su caso, en respuesta a las observaciones detectadas durante la fiscalización de

la Cuenta Pública; señalando para tal efecto, las que a juicio de este órgano, resultaron o no

solventadas.

En la siguiente gráfica, se ilustran las observaciones solventadas, no solventadas y parcialmente

solventadas, por tipo de auditoría, como resultado del análisis efectuado por esta Auditoría Superior

del Estado a las justificaciones y aclaraciones presentadas.

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GRÁFICA: Observaciones por tipo de auditoría

Asimismo, en función de las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública,en el siguiente CUADRO se presentan de manera sintetizada los resultados generales de la revisión.

Al efecto, es importante precisar que la clasificación adoptada, corresponde al tipo de auditoría de lacual se detectaron las observaciones preliminares respectivas, así como al aspecto preponderantecon el que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observacionespreliminares

Monto

observado1 $

No. deobservacionessolventadas

Montos

solventados2 $

Recuperaciones

operadas3 $

No. deobservacionesno solventadas

Montos no

solventados4 $

Probables

recuperaciones5 $

GESTIÓN FINANCIERA

NormativaA 3 0 0 0 0 3 0 0

FinancieraB 5 35,058,834 0 0 0 5 35,058,834 0

Control

InternoE

1 0 0 0 0 1 0 0

Total 9 35,058,834 0 0 0 9 35,058,834 0

CUADRO: Resultados Generales de la revisión (Cifras en pesos)

A Normativa: Los actos u omisiones observados constituyen incumplimientos a las disposiciones legales o reglamentarias, en tanto no hagan presumirla existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios,y sus organismos públicos descentralizados).

B Financiera: Los actos u omisiones observados están relacionados con el incumplimiento de las normas de información financiera aplicables.

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E Control Interno: Los actos u omisiones observados guardan relación con el incumplimiento de los procedimientos establecidos por los entes públicospara salvaguardar y preservar sus bienes o asegurar la exactitud, oportunidad, confiabilidad y veracidad de la información que debe contener la CuentaPública, o bien, con la ausencia o deficiencias de los mismos.

Notas:

1El monto observado no constituye aún una cuantificación de tipo resarcitorio, y corresponde a la cantidad a la que se encuentran vinculados loshechos u omisiones observados (registro contable, monto de la operación observada, cantidades no justificadas o comprobadas, trabajos pagadosno ejecutados, entre otros).

2Los montos solventados corresponden a observaciones vinculadas con aspectos económicos o financieros que fueron solventadas por el ente públicoo por quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, bien sea por haber exhibidola documentación justificativa y comprobatoria correspondiente o desvirtuado los motivos o fundamentos que dieron sustento a la observación.

3Las recuperaciones operadas que se reportan, devienen de la acción fiscalizadora y del ejercicio de las facultades de la ASENL, y se refieren aprocesos realizados por el ente auditado, concluidos y conciliados, cuyos montos han sido reintegrados a su hacienda pública o patrimonio o al fondofederal respectivo, tratándose de recursos federalizados.

4Se consideran como montos no solventados, la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

5Se consideran como probables recuperaciones, aquellos montos observados en relación a los cuales existe la posibilidad de obtener su reintegroa la hacienda pública, patrimonio del ente o al fondo federal respectivo tratándose de recursos federalizados, o bien, la solventación del aspectoeconómico observado, derivado del pliego presuntivo de responsabilidades y en su caso, del procedimiento para el fincamiento de responsabilidadesresarcitorias que instruya esta Auditoría Superior del Estado, o derivado de las gestiones de esta entidad de fiscalización ante la autoridad competentea la cual corresponde iniciar los procedimientos respectivos.

En alcance al CUADRO anterior, se presenta a continuación la integración de las observacionesindicadas como no solventadas del presente informe, así como su clasificación, señalando ademáslas acciones que se emitirán o recomendaciones que se formularán con motivo de las mismas poresta Auditoría Superior del Estado.

Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendacionesGESTIÓN FINANCIERA

5 Normativa 0 VAI6 Normativa 0 VAI9 Normativa 0 VAI1 Financiera 2,503,716 VAI3 Financiera 12,361,785 RG4 Financiera 1,096,857 RG7 Financiera 12,361,785 VAI8 Financiera 6,734,691 VAI2 Control Interno 0 RG

Total 35,058,834

CUADRO: Relación de observaciones con sus acciones y recomendaciones (Cifras en pesos)

Acciones

PEFCF.- Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación FiscalIDP.- Interposición de Denuncias PenalesIASF.- Informe a la Auditoría Superior de la Federación

VAI.- Vista a la Autoridad Investigadora

Recomendaciones

RG.- Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno RD.- Recomendaciones Referentes al Desempeño

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Acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán, y la promoción o gestionesque se realizarán para la intervención de otras autoridades.

Una vez presentado este Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, esta Auditoría Superiordel Estado, en relación a los casos en que el ente público auditado o quienes fungieroncomo titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dichocargo, no presentaron justificaciones y aclaraciones dentro del plazo señalado para solventar lasobservaciones preliminares formuladas o bien las presentadas resultaron insuficientes para dichoefecto (observaciones no solventadas o parcialmente solventadas en GRÁFICA: Observacionespor Tipo de Auditoría), a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes, en términos delo preceptuado en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León,procederá a emitir, según corresponda, las acciones y recomendaciones que se anuncian en elsiguiente CUADRO:

Acciones RecomendacionesTipo deauditoría

Obs.

PEFCF1 IDP2 IASF3 VAI4 RG5 RD6

Totalacciones

Monto nosolventado

$GESTIÓNFINANCIERA

9 6 3 9 35,058,834

Total 9 6 3 9 35,058,834Monto no

solventado portipo de acción $

0 0 0 21,600,192 13,458,642 0

CUADRO: Resumen de acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán derivadas de las observaciones en la revisión practicada

Acciones1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal: Acción mediante la cual se informa a la autoridad fiscal competente sobre una

posible evasión fiscal, detectada por la Auditoría Superior del Estado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, o bien por la presunción deerrores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes, avisos fiscales, y demás documentos en los que constela determinación y liquidación de contribuciones, a efecto de que ejerzan sus facultades de comprobación fiscal.

2 Interposición de Denuncias Penales: Acción por la que se interpone ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, denunciasobre hechos que la Auditoría Superior del Estado conoció durante su labor de fiscalización, o en las diligencias realizadas por su AutoridadInvestigadora, que pueden implicar la comisión de un delito; con el propósito de que dicha Fiscalía inicie la investigación correspondiente, y ensu caso ejercite acción penal en contra del posible autor o participe de los hechos denunciados.

3 Informe a la Auditoría Superior de la Federación: Informe que en observancia de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 49 de la Leyde Coordinación Fiscal, se emite para dar a conocer a la Auditoría Superior de la Federación, irregularidades relacionadas con la aplicación ydestino de los recursos federales provenientes de los fondos previstos en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, a fines diversos a losestablecidos en la referida ley.

4 Vista a la Autoridad Investigadora: Acción que tiene por objeto dar a conocer a la Unidad Investigadora competente sobre la existencia de actosu omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa, a efecto de que lleve las diligenciasde investigación conducentes, para que en su caso emita el informe de presunta responsabilidad que se le dará a conocer a la AutoridadSubstanciadora para el inicio del procedimiento de responsabilidad, en el que la Autoridad Resolutora determinará mediante sentencia, sobrela existencia o inexistencia de falta administrativa, así como de las sanciones o indemnizaciones que se fijarán a los servidores públicos oparticulares responsables.

Recomendaciones5 Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para

fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestiónfinanciera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.

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6 Recomendaciones Referentes al Desempeño: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente público fiscalizado con el objeto defortalecer su desempeño, la actuación de los servidores públicos y el cumplimiento de metas y objetivos, a fin de fomentar las prácticas de buengobierno.

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IV. Entidad objeto de la revisión El Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad fue constituido mediante Escritura Pública 3608 el 2 de mayo de 1994 ante el Notario Público No. 80 Licenciado Rodolfo Vela de León. Dentro de este contrato forman parte como Fideicomitente y Fideicomisario el Gobierno del Estado de Nuevo León y como Fiduciario Banca Serfin, S.A. ahora Banco Santander (México), S.A. El objetivo del Fideicomiso es llevar a cabo las actividades tendientes a utilizar y disponer de las superficies de terreno, que se expropió al ejido San Bernabé, para uso habitacional, comercial, industrial, recreativo y de servicios sociales, sin el afán primordial de lucro ni de especulación comercial, siendo en consecuencia y en su conjunto un proyecto de interés público. El Comité Técnico en Acta de sesión No. 40 de fecha 8 de enero de 2004, aprobó que el Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad desarrollara sus actividades en el edificio que ocupa el Fideicomiso Fomento Metropolitano de Monterrey (Fomerrey) y que éste se encargara de financiar sus operaciones, sin que represente una carga económica para el Estado, subsistiendo su figura jurídica hasta que se efectúen las obligaciones pendientes de cumplir. V. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño,

incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

• Auditorías programadas por tipo o materia Con base en los criterios generales y particulares para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2019 para la Fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2018, presentado ante ese H. Congreso del Estado, para su conocimiento, por conducto de la Comisión de Vigilancia, en fecha 26 de marzo del presente año, y considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización, se determinó la siguiente auditoría a practicar al Ente Público en cuestión, por tipo o materia, a saber:

Entidad

Tipos de auditoría a Cuenta Pública 2018

Auditoría Financiera1

Auditoría Técnica a la

Obra Pública2

Auditoría en Desarrollo Urbano3

Laboratorio de Obra Pública4

Auditoría de Evaluación al Desempeño5

Auditoría a Recursos Federales6

Total

Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad

1 - - - - - 1

CUADRO. AUDITORÍAS PROGRAMADAS POR ENTE PÚBLICO Y TIPO DE AUDITORÍA

1Auditoría Financiera. Orientada fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los ingresos y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en las Leyes de Ingresos y Egresos y sus respectivos Presupuestos, así como en la demás legislación aplicable. 2Auditoría Técnica a la Obra Pública. Consiste en la verificación del cumplimiento de los objetivos fijados en los planes y programas de obras públicas, a la justificación de los servicios que se contraten para este fin, al ejercicio de los recursos y al desempeño de las funciones de los entes fiscalizables

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a cargo, con base a la correcta integración y procedencia de los documentos que integran las etapas de planeación, programación, presupuesto y ejecución de las obras, contenidos en los expedientes técnicos. 3Auditoría en Desarrollo Urbano. Tiene por objeto verificar que las acciones de crecimiento, conservación y mejoramiento: licencias de uso de suelo, edificación, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, parcelaciones, fusiones, conjuntos urbanos, entre otros, se hayan autorizado por los entes cumpliendo con los requisitos, lineamientos restrictivos y ambientales que establece la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Nuevo León, los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación, reglamentos de construcción, uso de suelo, y demás disposiciones aplicables; así como verificar que los derechos y demás contribuciones causadas con motivo de su aprobación, hayan sido cobradas conforme a las cuotas o tarifas establecidas en los ordenamientos jurídicos respectivos. 4Laboratorio de Obra Pública. Para la verificación de la obra pública, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León cuenta con un laboratorio dedicado a comprobar la calidad de los materiales de la obra ejecutada o contratada por los entes públicos; mediante inspecciones físicas que se realizan a los inmuebles en los que se ejecutó la obra pública, se recaban muestras de materiales a efecto de practicar los ensayos o pruebas necesarias para verificar si la calidad de éstos se encuentran conforme a las especificaciones pactadas. 5Auditoría de Evaluación al Desempeño. Consiste en verificar el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes y programas, a través de indicadores establecidos; identificando las áreas de oportunidad que limitan la consecución de dichos objetivos, generando recomendaciones que promuevan una gestión gubernamental económica, eficaz y eficiente, además de contribuir a la rendición de cuentas. 6Auditoría a los Recursos Federales. Su propósito es verificar y evaluar que los recursos fueron recibidos a través de los ramos generales y administrativos, o mediante reasignaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y que se ejercieron y aplicaron de conformidad con lo dispuesto por la legislación y normativa en la materia. • Objetivos y alcances de la revisión practicada En la implementación y ejecución del Programa Anual de Auditoría 2019 para la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2018, entre las cuales se encuentra el Ente Público auditado en cuestión, se observaron métodos y criterios objetivos, aplicando las mejores prácticas y procedimientos de auditoría. En ese sentido, en observancia de lo preceptuado en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y acorde en cada caso con el tipo o materia de auditoría practicada, en los términos previamente anunciados, el objeto y alcances de la revisión y fiscalización, fue el siguiente:

I. Para evaluar los resultados de la gestión financiera, se verificó:

a) Si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, usufructo, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable al ejercicio del gasto público; y

b) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de

recursos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que los Entes Públicos, celebren o realicen, relacionados con el ingreso y el ejercicio del gasto público, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al Patrimonio de los Entes Públicos.

II. Para comprobar si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos

presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos; se revisó:

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a) Si las cantidades correspondientes a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas;

b) Si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados en el

presupuesto; y

c) Si los recursos provenientes de financiamientos se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad y formas establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los compromisos adquiridos en los actos respectivos.

III. Se realizaron pruebas de auditoría a fin de evaluar el cumplimiento de las leyes, los

reglamentos y la normatividad aplicables en la materia de la gestión financiera, así como de los planes de desarrollo y los programas operativos anuales.

IV. De conformidad con lo estipulado en el inciso a) de la fracción I, del artículo 19 de la Ley de

Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se verificó la aplicación por parte del Ente Público, de las Normas de Información Financiera aplicables.

• Criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados La auditoría practicada se seleccionó con base en los criterios establecidos para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2019 para la fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2018, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización. El universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras para aplicarles procedimientos o pruebas de auditoría, partiendo esencialmente, del presupuesto asignado al Ente Público, y ejercido en los capítulos, conceptos, partidas, proyectos de inversión, programas presupuestarios y fondos, así como los conceptos de ingreso, en su caso, y en general cualquier otro concepto que se estimó pertinente incluir en el alcance de la revisión. La muestra auditada consistió en las operaciones, registros o movimientos fiscalizados a través de procedimientos o pruebas de auditoría, cuyos resultados permitieron la emisión, debidamente soportada y fundamentada del Dictamen del Auditor. Asimismo, las áreas revisadas, fueron esencialmente las unidades administrativas de la entidad fiscalizada responsables de la ejecución de las operaciones, actividades o programas objeto de la revisión. Con base en lo anterior, en forma específica en el Informe del Resultado, se señalan las operaciones, registros o movimientos fiscalizados, las técnicas y pruebas de auditoría aplicadas, y en su caso, el resultado de las mismas, mediante las cuales se obtuvo evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente acerca del objeto auditado y con base en la cual se determinaron los resultados y el dictamen correspondiente.

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VI. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público

Para tal efecto se consideraron los Estados Financieros adjuntos, y su presupuesto por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, que el Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad presentó como parte de la información que integra la Cuenta Pública.

Para el desarrollo de la revisión de la información antes mencionada, la Auditoría Superior del Estado, aplicó una serie de procedimientos para asegurarse de la razonabilidad de las cifras presentadas que forman parte de la gestión financiera y gasto público, además que su presentación y registro estuvo conforme a las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (Cinif), asimismo que se apegaron al cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y a los objetivos y metas establecidas en los programas.

Los Estados Financieros presentados en pesos del Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad al 31 de diciembre de 2018, que se mencionan en la Cuenta Pública, son los que se muestran a continuación:

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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Cuenta Pública 2018

Estado de Situación Financiera Al 31 de diciembre de 2018 y 2017

(Pesos) Fideicomiso Ciudad Solidaridad [SIC]1

Concepto 2018 2017 Concepto 2018 2017

ACTIVO PASIVO ACTIVO CIRCULANTE PASIVO CIRCULANTE Efectivo y equivalentes $ 6,542,885 $ 4,982,615 Cuentas por pagar a corto plazo $ 6,734,693 $ 7,871,833 Derechos a recibir efectivo o equivalentes

13,458,642 13,458,642 Documentos por pagar a corto plazo - - Porción a corto plazo de la deuda pública a largo plazo

- - Derechos a recibir bienes o servicios

- -

Títulos y valores a corto plazo - - Inventarios 154,201 1,280,784 Pasivos diferidos a corto plazo - - Almacenes - Fondos y bienes de terceros en garantía y/o

administración a corto plazo - -

Estimación por pérdida o deterioro de activos circulantes

(12,361,785) (12,361,785) Provisiones a corto plazo - - Otros pasivos a corto plazo 1,511,605 -

Otros activos circulantes - - Total de pasivo circulantes [SIC]3 8,246,299 7,871,833 Total de Activos Circulantes [SIC]2 7,793,943 7,360,257 PASIVO NO CIRCULANTE

Cuentas por pagar a largo plazo - - Documentos por pagar a largo plazo - - Deuda pública a largo plazo Pasivos diferidos a largo plazo Fondos y bienes de terceros en garantía y/o

en administración a largo plazo - -

ACTIVO NO CIRCULANTE Inversiones financieras a largo plazo

- - Provisiones a largo plazo Total de pasivos no circulantes - -

Derechos a recibir efectivo o equivalentes a largo plazo

- - Total del pasivo [SIC] 3 $ 8,246,299 $ 7,871,833

Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso

- HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO

Bienes muebles - Hacienda pública / patrimonio contribuido $ 353,849,434 $ 353,849,434 Activos intangibles Aportaciones [SIC]4 143,274,979 143,274,980 Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes

- (2,940,011) Donaciones de capital - - Actualización de la hacienda pública / patrimonio

210,574,454 210,574,454

Activos diferidos - - Estimación por pérdida o deterioro de activos no circulantes

- - Hacienda pública / patrimonio generado (368,958,826) (368,087,698) Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro) 144,416 (101,470)

Otros activos no circulantes 2 3,870,363 Resultados de ejercicios anteriores (368,087,698) (367,986,228) Revalúos - - Total de activos no circulantes

2 930,352 Reservas - -

Rectificaciones de resultados de ejercicios anteriores

(1,015,544) -

Exceso o insuficiencia en la actualización de la hacienda pública / patrimonio

14,657,039 14,657,039

Resultado por posición monetaria 14,657,039 14,657,039 Resultado por tenencia de activos no

monetarios - -

Total hacienda pública / patrimonio $ (452,353) $ 418,775

Total del activo $ 7,793,945 $ 8,290,608 Total del pasivo y hacienda pública / patrimonio

$ 7,793,945 $ 8,290,608

Cuenta Pública 2018

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Estado de Actividades Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018 y 2017

(Pesos) Fideicomiso Ciudad Solidaridad [SIC]5

Concepto 2018 2017 Concepto 2018 2017 INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS Gastos de funcionamiento $ 187,920 $ 187,920 Ingresos de gestión $ 1,137,141 $ - Servicios personales - - Impuestos - - Materiales y suministros - - Cuotas y aportaciones de seguridad social - - Servicios generales 187,920 187,920

Contribuciones de mejoras - - Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

- Derechos - - Productos de tipo corriente Aprovechamientos de tipo corriente

- - Transferencias internas y asignaciones al sector público

- -

Ingresos por venta de bienes y servicios 1,137,141 - Transferencias al resto del sector público

- -

Ingresos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

- - Subsidios y subvenciones - - Ayudas sociales Pensiones y jubilaciones - - Transferencias a fideicomisos,

mandatos y contratos análogos - -

Transferencias a la seguridad social - - Donativos -

Transferencias al exterior - - Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

- Participaciones y aportaciones - -

Participaciones - -

Aportaciones - - Participaciones y aportaciones - Convenios - - Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas -

Intereses, comisiones y otros gastos de la deuda pública

- -

Intereses de la deuda pública - -

Comisiones de la deuda pública - -

Gastos de la deuda pública - - Otros ingresos y beneficios 235,366 86,450 Costo por coberturas - - Ingresos financieros 228,348 86,450 Apoyos financieros - - Incremento por variación de inventarios

- - Otros gastos y pérdidas

extraordinarias 1,040,171 -

Disminución del exceso de estimaciones por pérdida o deterioro u obsolescencia

- - Estimaciones, depreciaciones,

deterioros, obsolescencias y Provisiones

- -

Disminución del exceso de provisiones

- -

Otros ingresos y beneficios varios 7,018 Disminución de inventarios 1,040,171 - Aumento por insuficiencia de estimaciones

por pérdida o deterioro u obsolescencia - -

Aumento por insuficiencia de provisiones

- - Total de ingresos y otros beneficios

$ 1,372,507 $ 86,450

Otros gastos - -

Inversión pública - -

Inversión pública no capitalizable - -

Total de gastos y otras pérdidas $ 1,228,091 $ 187,920

Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro)

$ 144,416 $ (101,470)

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[SIC]1 Debe ser Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad [SIC]2 En la columna 2017 debe ser $7,360,256 [SIC]3 En la columna 2018 debe ser $8,246,298 [SIC]4 En la columna 2018 debe ser $143,274,980 [SIC]5 Debe ser Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio Ciudad Solidaridad [SIC]6 En el número VIII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del

Estado, en el apartado de Resultados obtenidos, el Ente Público nos informa en su Oficio No. CDS/UCI/018/2018 de fecha 9 de abril de 2018 (la fecha correcta debe ser 9 de abril de 2019).

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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Los datos sobresalientes de los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2018, son los que se indican a continuación y están presentados en pesos:

Concepto Importe

a) Activo $ 7,793,945 b) Pasivo 8,246,298 c) Hacienda pública / patrimonio (452,353) d) Ingresos y otros beneficios 1,372,507 e) Gastos y otras pérdidas 1,228,091

RESULTADOS DE LA REVISIÓN Para evaluar la razonabilidad de los rubros que integran los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2018 presentados como Cuenta Pública, se eligieron en nuestro examen partidas en forma selectiva con base al análisis de la información proporcionada por el Ente Público. a) ACTIVO $7,793,945

Se integra como sigue

Concepto Importe

Activo circulante $ 7,793,943 Activo no circulante 2

Total $ 7,793,945 ACTIVO CIRCULANTE $7,793,943

El activo circulante se integra como sigue:

Concepto Importe

Efectivo y equivalentes $ 6,542,885 Derechos a recibir efectivo o equivalentes 13,458,642 Inventarios 154,201 Estimación por pérdida o deterioro de activos circulantes

(12,361,785)

Total $ 7,793,943 Efectivo y equivalentes $6,542,885

Este rubro lo integran las siguientes cuentas:

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Concepto Importe

Bancos / tesorería $ 2,283,027 Inversiones temporales (hasta 3 meses) 4,259,858

Total $ 6,542,885 Bancos / tesorería $2,283,027

Ampara dos cuentas bancarias a nombre del Ente Público en moneda nacional en Banco Santander (México), S.A., en las cuales se registraron transferencias electrónicas por inversiones, intereses ganados, comisiones bancarias por manejo de las cuentas y los honorarios pagados al Fiduciario. Para su revisión se examinaron, estados de cuenta, conciliaciones bancarias y auxiliares contables. Inversiones temporales (hasta 3 meses) $4,259,858 Este saldo se integra por las inversiones en mesa de dinero que se tienen en las cuentas bancarias en Banco Santander (México), S.A. Nuestra revisión consistió en examinar las conciliaciones bancarias, auxiliares contables y estados de cuenta. Derechos a recibir efectivo o equivalentes $13,458,642 Este rubro se integra como sigue:

Concepto Importe

Cuentas por cobrar a corto plazo $ 12,361,785 Deudores diversos por cobrar a corto plazo 1,096,857

Total $ 13,458,642 Cuentas por cobrar a corto plazo $12,361,785 Corresponde a los derechos de cobro del Ente Público a cargo de la persona moral denominada Urbanizaciones San Rafael, S.A. de C.V. por la operación de venta de terrenos. Con fecha 2 de agosto de 1995 se celebró un contrato de compra-venta de un lote de terreno, localizado en el área industrial del desarrollo del Ente Público, la operación se realizó como sigue:

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Concepto

m2

Precio x m2

Importe

Valor del terreno vendido 719,997 $ 40.00 $ 28,799,880 Forma de pago: Traspaso de una propiedad colindante con el río Pesquería y con terrenos del Álcali, S.A. del cual Fomerrey se hizo cargo.

741,150 20.00 (14,823,000)

Pago del 2 de septiembre de 1995 (376,738) y 8 pagos realizados de $75,000 c/u (600,000)

Saldo al 31 de diciembre de 2002 $ 13,000,142

Ajuste realizado en junio de 2003 en la superficie vendida, de acuerdo con las Escrituras del inmueble

15,958.93 40.00 (638,357)

Total $ 12,361,785

Durante el ejercicio 2018 no se registraron movimientos en esta cuenta. Deudores diversos por cobrar a corto plazo $1,096,857 Corresponde a una fianza propiedad del Ente Público que fue recuperada por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado (Sfytge) cuyo importe aún no ha sido reintegrado. La recuperación de la garantía por incumplimiento se realizó a través de la Sfytge, quien el 18 de junio de 2009 recibió la cantidad de $1,096,857 del pago de garantías, según oficio número DLH-2760/2009 del 24 de septiembre de 2009 emitido por la entonces Directora Legal Hacendaria de dicha Secretaría. Durante el ejercicio 2018 no se registraron movimientos en esta cuenta. Inventarios $154,201 Ampara el saldo presentado en la cuenta de Otros productos y mercancías adquiridas como materia prima (Terrenos), en la cual se registró el bien inmueble delimitado por las calles Nopal al sureste, Ciudadela 36 al noreste, Altamisa al suroeste y Congresos Constituyentes al noreste del Fraccionamiento Ciudad Solidaridad Escobedo, Nuevo León con una superficie de 7,009.14 metros2 a $22 el metro2 a valor histórico. Considerando la Nota a los Estados Financieros incluida en la Cuenta Pública 2018 se menciona lo siguiente: “Al 31 de diciembre de 2018 se registró el predio de 7,009.14 metros 2 a su valor original según Escritura Pública 3608 del 2 de mayo de 1994”. Para su revisión se verificó póliza de diario, avalúo practicado por la Dirección de Catastro y su adecuado registro contable.

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Estimación por pérdida o deterioro de activos circulantes $(12,361,785) Ampara la reserva de cuentas incobrables creada con base a las bajas posibilidades de cobro a Urbanizaciones San Rafael, S.A. de C.V. Durante el ejercicio 2018 no se registraron movimientos en esta cuenta. b) PASIVO $8,246,298 Corresponde al pasivo circulante y se integra por el rubro de Cuentas por pagar a corto plazo, las cuales se describen a continuación:

Concepto Importe

Cuentas por pagar a corto plazo $ 6,734,693 Otros pasivos a corto plazo 1,511,605

Total $ 8,246,298 Cuentas por pagar a corto plazo $6,734,693 Este saldo corresponde a un convenio firmado el 22 de abril de 1994 con Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. por concepto de colaboración para la construcción de un colector y emisor de drenaje sanitario denominado Solidaridad. Durante el ejercicio 2018 no se registraron movimientos en esta cuenta. Otros pasivos a corto plazo $1,511,605 Ampara el saldo presentado en la cuenta de Ingresos por clasificar, el cual se integra de diversas operaciones identificadas en las pólizas contables como “Aportación al patrimonio aportación automática” según los estados de cuenta bancarios correspondientes a la cuenta número *******6-000 del Banco Santander (México) S.A. Para su revisión se verificaron pólizas de ingreso, estados de cuenta bancarios y su adecuado registro contable. c) HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO $(452,353) Se integra como sigue:

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Concepto Saldo al 31/dic/17 Cargos Abonos

Saldo al 31/dic/18

Hacienda pública / patrimonio contribuido

$ 353,849,434 $ 1,114,434 $ 1,114,434 $ 353,849,434

Aportaciones

143,274,980

1,114,434

1,114,434

143,274,980 Actualización de la hacienda pública / patrimonio

210,574,454

-

-

210,574,454

Hacienda pública / patrimonio generado

(368,087,698)

1,170,963

299,835

(368,958,826)

Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro)

-

-

144,416

144,416

Resultados de ejercicios anteriores

(367,986,228)

-

-

(367,986,228) Resultados de ejercicios anteriores

(101,470)

-

-

(101,470)

Rectificaciones de resultados de ejercicios anteriores

-

1,170,963

155,419

(1,015,544)

Exceso o insuficiencia en la actualización de la hacienda pública / patrimonio

14,657,039

-

-

14,657,039

Total $ 418,775 $ 2,285,397 $ 1,414,269 $ (452,353)

Aportaciones $143,274,980 Los cargos y abonos por $1,114,434, corresponden a las reclasificaciones efectuadas en la cuenta de Ingresos por clasificar. Para su revisión se examinaron pólizas de ingreso y diario, estados de cuenta bancarios y su adecuado registro contable. Resultados del ejercicio (ahorro / desahorro) $144,416 Corresponde al resultado del ejercicio, el cual representó un ahorro de $144,416. Rectificaciones de resultados de ejercicios anteriores $(1,015,544) Los cargos por $1,170,963 corresponden a la cancelación de la depreciación y revaluación del activo fijo entregado en comodato a Fomento Metropolitano de Monterrey (Fomerrey) por $930,349 y al ajuste de las cuentas de inventario y su actualización derivado de ventas de terrenos registrados en los ejercicios de 2012 y 2018 por $240,614. Los abonos de $155,419 corresponden principalmente al registro de un bien inmueble delimitado por las calles Nopal al sureste, Ciudadela 36 al noreste, Altamisa al suroeste y Congresos Constituyentes al noreste del Fraccionamiento Ciudad Solidaridad Escobedo, Nuevo León con una superficie de 7,009.14 metros2 a $22 el metro2 a valor histórico, según avalúo del 27 de octubre de 1994 practicado por la Dirección de Catastro del Estado, adscrita al Instituto Registral Catastral del Estado de Nuevo León.

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Para su revisión verificamos pólizas de diario y su adecuado registro contable. d) INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS $1,372,507

Se integra como sigue:

Concepto Importe

Ingresos de gestión $ 1,137,141 Otros ingresos y beneficios 235,366

Total $ 1,372,507 INGRESOS DE GESTIÓN $1,137,141 Se integra del rubro de Ingresos por venta de bienes y servicios, el cual representa la venta de un lote de terreno con una superficie de 667.332 m2, identificado como lote 5 fracción “C”, localizado frente a la calle Privada San Francisco, Fracc. San Francisco, Privada El Uro, municipio de Monterrey, Nuevo León, con expediente catastral 51-015-382. Nuestra revisión consistió en examinar póliza de diario, estados de cuenta bancarios, valuación catastral, avalúo del Colegio Mexicano de Valuación de Nuevo León, A.C., Escritura Pública de venta, y su adecuado registro contable. OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS $235,366 Se integra como sigue:

Concepto Importe

Ingresos financieros $ 228,348 Otros ingresos y beneficios varios 7,018

Total $ 235,366 Ingresos financieros $228,348 Corresponde a los intereses ganados durante el ejercicio 2018, al invertir en mesa de dinero del Banco Santander (México), S.A. los recursos de las cuentas bancarias del Ente Público. Nuestra revisión consistió en verificar pólizas de diario, estados de cuenta bancarios, auxiliares contables y su adecuado registro contable. e) GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS $1,228,091 Se integra a continuación:

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Concepto Importe

Gastos de funcionamiento $ 187,920 Otros gastos y pérdidas extraordinarias 1,040,171

Total $ 1,228,091 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $187,920 Ampara el rubro de Servicios generales, en el cual se registraron los cargos realizados por el Banco Santander (México), S.A. derivados de los pagos por concepto de los honorarios fiduciarios del ejercicio 2018.

Para su revisión se examinaron pólizas de diario, estados de cuenta bancarios y su adecuado registro contable.

OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS $1,040,171 Este importe se integra del rubro de Disminución de inventarios, el cual corresponde a la baja del inventario por registro de la venta de un lote de terreno con una superficie de 667.332 m2, ubicado en privada El Uro letra “C” del Huajuco en Monterrey, Nuevo León, con expediente catastral 51-015-382. Nuestra revisión consistió en examinar póliza de diario, estados de cuenta bancarios, valuación catastral, avalúo del Colegio Mexicano de Valuación de Nuevo León, A.C., Escritura Pública de venta, y su adecuado registro contable. Durante el presente ejercicio el Ente Público no recibió aportaciones para su gasto operativo de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, por lo que no presentó el presupuesto de Ingresos y Egresos. B. Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector

gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

Con posterioridad a la verificación realizada por esta Auditoría Superior del Estado, con relación a los Estados Financieros que se incluyen en la Cuenta Pública, se concluye que su presentación, está de acuerdo con las Normas de Información Financiera, normatividad aplicable a este tipo de Ente Público y que se apegó al cumplimiento de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2018 y demás ordenamientos aplicables en la materia excepto en su caso por lo mencionado en el apartado VII de este informe.

C. La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados Durante el presente ejercicio el Ente Público no determinó indicadores de gestión, dado que éste no opera.

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VII. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas porlos funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendolas acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

GESTIÓN FINANCIERA

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Gestión Financiera, fueroncomunicadas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superiordel Estado de Nuevo León, al titular del Ente Público, y a quien fungió como tal en el periodo objeto dela revisión y dejó de desempeñar dicho cargo, mediante los oficios que adelante se detallan, a efectode que presentaran dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la notificación delas citadas observaciones, las justificaciones y aclaraciones de su intención:

Oficio de Observaciones Preliminares Cargo Titular del Ente Público Respuesta ASENL-OPR-AEGE-AP72-AF186/2019-TE

Director General del FideicomisoPúblico de Administración yTraslativo de Dominio CiudadSolidaridad, por conducto de laTitular de la Unidad de ContraloríaInterna del Ente Público

Presentó respuesta el 24 deseptiembre de 2019.

Oficio de Observaciones Preliminares Cargo Titular del Ente Público Respuesta ASENL-OPR-AEGE-AP72-AF137/2019-EX

Director General del FideicomisoPúblico de Administración yTraslativo de Dominio CiudadSolidaridad [Extitular]

Presentó respuesta el 20 deseptiembre de 2019, adhiriéndosea las justificaciones y aclaracionesformuladas por el ente público.

En ese sentido, se exponen a continuación: 1) las observaciones no solventadas; 2) lasjustificaciones y aclaraciones presentadas en su caso por, a) el ente público por conducto de sutitular, bajo el rubro "Del Ente Público", y b) por quien se desempeñó como tal en el periodo objetode la revisión bajo el rubro "Del Extitular", y, por último, 3) el análisis efectuado por esta AuditoríaSuperior del Estado, a las justificaciones y aclaraciones presentadas.

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ACTIVO

Activo circulante

Efectivo y equivalentes

1. El Sujeto Fiscalizado reflejó al 31 de diciembre de 2018 un saldo de $2,503,716 que formaparte del rubro de Efectivo y equivalentes, mismo que se integra como sigue:

Cuentacontable

Nombre Cuenta bancaria Importe

1112-2 Bancos/tesorería Santander *******305-2 $ 2,109,5861114-2 Inversiones temporales [hasta 3 meses] Santander *******305-2 394,130

Total $ 2,503,716

Como resultado de la revisión, observamos lo siguiente:

a) No exhibió ni proporcionó la conciliación bancaria de la cuenta del Banco Santander(México), S.A.

b) No fue posible evaluar la razonabilidad del monto de efectivo disponible y delexcedente invertido en esta institución bancaria, toda vez que no presentaronestados de cuenta bancarios ni reportes auxiliares contables.

Lo anterior en contravención al numeral 33, fracciones IV y XIV del Reglamento del CódigoFiscal de la Federación, toda vez que para los efectos del artículo 28, fracciones I y II delCódigo antes referido, se estará a lo siguiente:

"A. Los documentos e información que integran la contabilidad son":

"IV. Los estados de cuenta bancarios y las conciliaciones de los depósitos y retiros respectode los registros contables, incluyendo los estados de cuenta correspondientes a inversionesy tarjetas de crédito, débito o de servicios del contribuyente, así como de los monederoselectrónicos utilizados para el pago de combustible y para el otorgamiento de vales dedespensa que, en su caso, se otorguen a los trabajadores del contribuyente";

"B. Los registros o asientos contables deberán":

"XIV. Permitir la identificación de los depósitos y retiros en las cuentas bancariasabiertas a nombre del contribuyente y conciliarse contra las operaciones realizadas ysu documentación soporte, como son los estados de cuenta emitidos por las entidadesfinancieras".

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Así mismo, infringió las disposiciones señaladas en los numerales 42, párrafo primero y 43en relación con el 67, párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental;15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León; 35 y 48, párrafo segundode la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

Esta observación fue incluida en el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Públicadel ejercicio 2017.

Financiera - Monto no solventado $2,503,716

RespuestaDel Ente Público y del Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaracionesdel Ente Público)

"a) No exhibió ni proporcionó la conciliación bancaria de la cuenta del BancoSantander (México), S.A.

b) No fue posible evaluar la razonabilidad del monto de efectivo disponible y delexcedente invertido en esta institución bancaria, toda vez que no presentaron estadosde cuenta bancarios ni reportes auxiliares contables.

Derivado de las gestiones realizadas con el Banco Santander México, S.A. seproporcionaron los Estados de Cuenta de los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2019;además de solicitar los Estados de Cuenta correspondientes a los ejercicios 2016, 2017,2018, enero y febrero de 2019. (Anexo 1.1)

Así mismo anexamos la carátula de la Conciliación Bancaria de la cuenta bancaria*******3052 de junio de 2019 y póliza contable No. PI-006 de fecha 30 de junio de 2019donde se realizó el registro de la variación en el saldo de bancos de los ejercicios 2016,2017, 2018 y de marzo a junio de 2019.(Anexo 1.2)" Anexo 1.1 Folios del 001 al 007 Anexo1.2 Folios del 001 al 020

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público ydel Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones del Ente Público),no solventa lo observado, aun cuando exhibieron los estados de cuenta bancarios de losmeses de marzo a junio de 2019 y que a través del oficio número C.S./D.G./004/2019 defecha 22 julio 2019 signado por el Director General del Sujeto Fiscalizado solicitaron alBanco Santander (México), S.A. los estados de cuenta bancarios de enero a diciembre delos ejercicios 2016, 2017, 2018 y de enero y febrero de 2019.

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Adicionalmente, exhibieron la conciliación bancaria al 30 de junio de 2019, mostrándoseúnicamente la firma de la persona de quien la elaboró, no así de quién la revisó.

Cabe mencionar que adjuntaron la póliza de ingreso número 0006 del 30 de junio 2019mediante la cual registraron la variación neta de $350,041 entre el estado de cuenta bancarioy los registros contables, determinado que el saldo real disponible en bancos al 30 de juniode 2019 es de $2,853,757.

Por lo tanto, no fue posible evaluar la razonabilidad del monto de efectivo disponible y delexcedente invertido en la institución bancaria.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

2. El Sujeto Fiscalizado continúa sin aclarar, ni reconocer el registro en su contabilidad al 31de diciembre de 2018 de 12 partidas en tránsito reflejadas en las conciliaciones bancariasde la cuenta *******6-000 del Banco Santander (México), S.A., las cuales presentan unaantigüedad superior a 17 años, las cuales se citan a continuación:

Fecha de operación Importe Diciembre 2001 a febrero 2003 $ 283,525 (3)Febrero 2002 a diciembre 2002 168,872 (2)09-jun-04 10,625 (1)mar-03 4,618 (2)04-mar-05 4,600 (2)10-oct-05 4,600 (2)31-oct-03 1,840 (2)26-sep-05 1,750 (1)26-may-05 1,000 (2)jun-03 422 (2)Diferencia saldo inicial de bancos marzo-03 299 (2)abr-03 17 (3)

1 Créditos del Banco no correspondidos por el Fideicomiso.

2 Cargos del Fideicomiso no correspondidos por el Banco.

3 Créditos del Fideicomiso no correspondidos por el Banco.

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Esta observación fue incluida en los Informes del Resultado de la revisión de las CuentasPúblicas de los ejercicios 2013 a 2017.

Control Interno

RespuestaDel Ente Público y del Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaracionesdel Ente Público)

"Partidas en tránsito.

Se realizan gestiones con el Banco Santander México, S.A., con el objetivo de obteneraclaración de las partidas (cargos y créditos no correspondidos) esperando obtenerrespuesta favorable para concluir con la conciliación correspondiente. (Anexo 2.1)

Además se realizaron movimientos a la cta. Contable 1112.1 Bancos Santander 48966 porimporte de $1,218.49 esto derivado de la revisión y depuración del saldo contable vs. saldobancario mediante pólizas PD-020 y PI-010 de fecha 31 de diciembre de 2018. (Anexo 2.2)"Anexo 2.1 Folios del 001 al 004 Anexo 2.2 Folio del 001 al 006

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Públicoy del Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones del EntePúblico), no solventa lo observado, debido a que únicamente exhibieron el oficio número CS/DAF/004/2019 del 19 de septiembre de 2019 signado por la C. Directora de Administracióny Finanzas (Ex Oficio) mediante el cual solicitaron a Banco Santander (México), S.A. laaclaración de los movimientos que aún se encuentran pendientes de identificar y registrar.

Por lo tanto, continúan sin ser aclaradas ni justificadas partidas que presentan unaantigüedad de 17 años.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Realizar las acciones conducentes que permitan aclarar y registrar estas partidas.

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Derechos a recibir efectivo o equivalentes

3. El Ente Público continúa sin llevar a cabo acciones conducentes hacia el logro de larecuperación de la Cuenta por cobrar que mantiene registrada al 31 de diciembre de 2018a cargo de Urbanizaciones San Rafael, S.A. de C.V. por valor de $12,361,785 derivada dela venta de un lote de terreno de 72 hectáreas enajenado mediante Contrato de compra-venta del 02 de agosto de 1995.

Cabe mencionar que mediante el Requerimiento de información número AEGE-D2-AP72-002/2019 del 5 de febrero de 2019, fueron solicitadas las gestiones realizadas pararecuperar este saldo, así mismo el contrato celebrado con la persona moral antes referida,sin embargo, no fue obtenida dicha documentación.

Financiera - Monto no solventado $12,361,785

RespuestaDel Ente Público y del Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaracionesdel Ente Público)

"Cuenta por cobrar a cargo de Urbanizaciones San Rafael, S.A. de C.V. por valor de$12,361,785

Si bien, el adeudo con la empresa Urbanizaciones San Rafael, S.A. de C.V., la acción decobro aún se encuentra vigente.

Se anexa:

-Copia del contrato de compra venta completa de fecha 2 de agosto de 1995. (Anexo 3.1)

-Se turnó el expediente a la Dirección de Asuntos Jurídicos con la finalidad que en base asu opinión se realicen las gestiones jurídicas correspondientes, esperando se presente laInterpelación Judicial correspondiente. (Anexo 3.2)" Anexo 3.1 Folios del 001 al 012 Anexo3.2 Folio del 001 al 039

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público y delExtitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones del Ente Público), nosolventa lo observado, aun cuando exhibieron: contrato de compraventa celebrado el 2 deagosto de 1995 con la persona moral referida en la observación, oficio CDS/UCI/033/2019del 18 septiembre de 2019 signado por la C. Titular de la Contraloría Interna, medianteel cual solicitaron al C. Director de Asuntos Jurídicos la opinión para realizar el cobro

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correspondiente, además de indicar la viabilidad jurídica para la actualización del adeudodebido a los años transcurridos, al 31 de diciembre de 2018 continúan sin recuperarsedichos recursos económicos.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Realizar las acciones conducentes que permitan recuperar los recursos financieros.

4. El Ente Público mantiene registrado al 31 de diciembre de 2018 en el rubro Derechos arecibir efectivo o equivalentes, un saldo de $1,096,857 a cargo de la Secretaría de Finanzasy Tesorería General del Estado, correspondiente a una fianza cuyo recurso ésta hizo efectivasegún comunicado del 24 de septiembre de 2009.

Cabe señalar que mediante oficio C.S./D.C./005/2018 del 10 de septiembre de 2018 serealizaron labores de cobranza, sin embargo no han sido suficientes y efectivas para surecuperación, presentando una antigüedad de 9 años.

Esta observación fue señalada en los Informes del Resultado de la revisión de las CuentasPúblicas de los ejercicios 2012 a 2017.

Financiera - Monto no solventado $1,096,857

Respuesta Del Ente Público y del Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones del Ente Público)

"Saldo en la cuenta Derechos a recibir efectivo por $ 1,096,857 a cargo de la Secretaríade Finanzas y Tesorería General del Estado.

Se realizó la gestión correspondiente en el ejercicio del 2018 sobre saldo observado,derivado de la fianza efectiva número 4289-5682-000061 de fecha 30 de junio del 2003 dela Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. sobre contrato FCS-RP-2-02-03 de fecha 27 dejunio del 2003. Dicha gestión se realizó mediante oficio C.S./D.E./005/2018 de fecha 10 deseptiembre del 2018. (Anexo 4.1)" Anexo 4.1 Folio 001

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público y delExtitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones del Ente Público), nosolventa lo observado, debido a que, si bien exhibieron una gestión de cobro mediante el

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Oficio C.S./D.E./005/2018 del 10 de septiembre 2018 signado por el Director Ex-Oficio delFideicomiso Ciudad Solidaridad mediante el cual solicitaron la transferencia de los recursosal Encargado de la Dirección de Atención a Municipios y Organismos Paraestatales de laSecretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, al 31 de diciembre de 2018 dichagestión, no fue efectiva para recuperar este recurso.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Realizar las acciones conducentes que permitan recuperar los recursos financieros.

Inventarios

5. El Ente Público registró el alta de un bien inmueble por valor de $154,201 en la cuenta11449-1-6 Otros productos y mercancías adquiridas como materia prima (Terrenos) quede acuerdo a la póliza de diario 22 del 31 de diciembre de 2018 se identifica como sigue:"inmueble delimitado por las calles Nopal al sureste, Ciudadela 36 al noreste, Altamisa alsuroeste y Congresos Constituyente al noroeste del Fraccionamiento Ciudad Solidaridad

Escobedo, Nuevo León, con una superficie de 7,009.14 metros 2 a $22 el metro 2 a valorhistórico".

Considerando la Nota a los Estados Financieros incluida en la Cuenta Pública 2018 semenciona los siguiente: "Al 31 de diciembre del 2018 se registró el predio de 7,009.14 metros2 a su valor original según escritura Publica 3608 del 2 de mayo de 1994".

Como resultado de la revisión, observamos lo siguiente:

a) No fue exhibida ni proporcionada la documentación que compruebe, justifique yacredite la propiedad del bien, en contravención a las disposiciones señaladas enlos artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 35de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León y 42, primerpárrafo, 43 en relación con el 67 párrafo primero de la Ley General de ContabilidadGubernamental.

b) El registro de la valuación del bien inmueble fue a valor histórico, por lo queno ha sido actualizado mediante avaluó o valor catastral que determine el valorpresente, contraviniendo las disposiciones estipuladas en el numeral 27 de la LeyGeneral de Contabilidad Gubernamental y en el Acuerdo por el que se emiten losLineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamentalfacilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles delos Entes Públicos, en específico el inciso D.2 BIENES INMUEBLES, el cual dispone

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que: "El proceso de administración comprende los procedimientos de alta, avalúo,asignación o cambio de destino, desincorporación y disposición, entre otros." "Seincluye terrenos, viviendas, edificios no habitacionales, infraestructura y otros bienesinmuebles", estableciendo su observancia obligatoria de conformidad con el artículo7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaracionesdel Ente Público)

"Alta de un bien inmueble por valor de $154,201 en la cuenta 11449-1-6 Otrosproductos y mercancías adquiridas como materia prima, observándose:

a) No fue exhibida ni proporcionada la documentación que compruebe, justifiquey acredite la propiedad del bien.

b) El registro de la valuación del bien inmueble fue a valor histórico, por lo que noha sido actualizado mediante avaluó o valor catastral que determine el valorpresente.

Respecto a la falta de documentación que compruebe, justifique y acredite la propiedad delbien se adjunta:

-Decreto Expropiatorio de fecha 05 de noviembre de 2001 (Anexo 5.1)

-Escritura Pública 3608 de fecha 02 de mayo de 1994 (Anexo 5.2)

-Informativo Catastral del polígono emitido por el Instituto Registral y Catastral Núm. 70 88312 001 de fecha 05 de abril de 2017. (Anexo 5.3)

Respecto al inciso b) se informa:

El registro contable se realizó con la finalidad de acatar lo establecido en el artículo 27 dela Ley General de Contabilidad Gubernamental, mismo que establece "Los entes públicosdeberán llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes a que se refiere elartículo 23 de esta Ley. Dicho inventario deberá estar debidamente conciliado con el registrocontable. En el caso de los bienes inmuebles, no podrá establecerse un valor inferior alcatastral que le corresponda.".

Por otra parte, el Acuerdo por el que se emiten las principales Reglas de Registro yValoración del Patrimonio (elementos generales), se establecen los elementos para ladeterminación de la valuación de la hacienda pública/patrimonio, considerando los valores

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de entrada como aquellos que "sirven de base para la incorporación o posible incorporaciónde una partida a los estados financieros, los cuales se obtienen por la adquisición, reposicióno reemplazo de un activo"", considerando además el costo del recurso histórico como unvalor que pueden ser asignado.

Además, el Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental establece: "La supletoriedadal MCCG y la normatividad que de éste se derive, será:

a) La Normatividad emitida por las unidades administrativas o instancias competentesen materia de Contabilidad Gubernamental;

b) Las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP)emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público(International Public Sector Accounting Standards Board, International FederationAccounting Committee);

Las Normas de Información Financiera del Consejo Mexicano para la Investigación yDesarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF)."

Tomando en consideración lo anterior, la NIF A-2 Postulados Básicos, establece:

(52) "Los efectos financieros derivados de las transacciones, transformaciones internas yotros eventos, que afectan económicamente a la entidad, deben cuantificarse en términosmonetarios atendiendo a los atributos del elemento a ser valuado, con el fin de captar elvalor económicamente más objetivo de los activos netos."

(54) "En un reconocimiento inicial, el valor económico más objetivo es el valor original deintercambio al momento en que se devengan los efectos económicos de las transacciones,transformaciones internas y otros eventos, o una estimación razonable que se haga de éste.En el reconocimiento posterior, dicho valor puede modificarse o ajustarse, en atención a loestablecido por las normas particulares, en caso de que cambien las características o lanaturaleza del elemento a ser valuado; esto es, en función a sus atributos, así como, deacuerdo con los eventos y circunstancias particulares que los haya afectado desde su últimavaluación. El valor original de intercambio representa el costo o recurso histórico inicial deun activo o pasivo, o en su caso, la estimación del beneficio o sacrificio económico futurode un activo o pasivo."

Además la NIF A-6 (12) establece: "El reconocimiento inicial ocurre cuando una operaciónse incorpora por primera vez en la información financiera al considerarse devengada deacuerdo con el postulado de devengación contable""; (13) Los activos, pasivos y capital opatrimonio contable, deben reconocerse inicialmente a los valores de intercambio en queocurren originalmente las operaciones, a menos que dicho valor no sea representativo; en

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cuyo caso, debe realizarse una estimación adecuada, considerando las normas particularesque le sean aplicables.

La misma Norma de Información Financiera manifiesta (35) "Para la valuación de lasoperaciones de una entidad en particular existen dos clases de valores: a) valores deentrada - son los que sirven de base para la incorporación o posible incorporación de unapartida a los estados financieros, los cuales se obtienen por la adquisición o reemplazo de unactivo o por incurrir en un pasivo; estos valores se encuentran en los mercados de entrada;"";(37) "Ocho conceptos de valuación básicos son habitualmente usados en la práctica: costode adquisición, costo de reposición, costo de reemplazo, recurso histórico, valor derealización, valor de liquidación, valor presente y valor razonable. Dichos conceptos devaluación básicos están clasificados en valores de entrada y de salida""; (45) Los conceptosde costo de adquisición y de recurso histórico se utilizan en valuaciones de reconocimientoinicial de una partida de activo o pasivo, según sea el caso""

Respecto a lo señalado en "Los Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema deContabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los BienesMuebles e Inmuebles de los Entes Públicos", dentro del apartado C.2.1 "Funcionalidadindispensable que deben cubrir los aplicativos según la Ley"" el numeral 1.3 señala quelas transacciones deben registrarse por única vez ya sea en el momento en que sucedan ocuando el ente conozca su existencia; dicho registro contable fue realizado en el momentoque se conoció la existencia.

Por lo anterior expuesto, se considera está observación como improcedente." Anexo 5.1Folio del 001 al 007 Anexo 5.2 Folio del 001 al 042 Anexo 5.3 Folio 001

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público yExtitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones del Ente Público),solventa parcialmente lo observado, toda vez que:

a) En relación a la documentación que compruebe, justifique y acredite la propiedad delbien inmueble, para subsanar este punto, exhibió lo siguiente: Decreto ExpropiatorioNo. 93 de fecha 05 noviembre 2001 relativo a los diversos predios propiedad delFideicomiso "Ciudad Solidaridad", asimismo anexó la Escritura Pública 3608 defecha 02 mayo de 1994 mediante la cual se registró la constitución del SujetoFiscalizado y el Informativo Catastral número 70 88 312 001 de fecha 05 de abril2017 emitido por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León en elcual se identificó que se encuentra a nombre de la entonces institución fiduciariaBanca Serfin, S.A.

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Cabe destacar que tanto la Escritura Pública como el referido Decreto expropiatorio sonpresentados en forma ilegible.

b) En cuanto al registro de la valuación del bien inmueble considerando que fue a valorhistórico y que éste no ha sido actualizado mediante avaluó o valor catastral quedetermine el valor presente, aun cuando exhibió el Informativo Catastral número 7088 312 001 emitido por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León enel que es señalada la siguiente información: la ubicación refiriendo la calle NOPAL ycomo número exterior de la ubicación L01 M312 de la colonia Ciudad Solidaridad y unvalor catastral que asciende a $17,522,850 (Diecisiete millones quinientos veintidósmil ochocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.), adicionalmente las medidas de frentepor 112.01 y 52.50 metros de fondo y con 7,009.14 metros de área a un valor porunidad de $2,500.

Es menester señalar que manifestó que el registro contable se realizó con la finalidad deacatar lo establecido en el artículo 27 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,no obstante, su valor es inferior al catastral que le corresponda, de acuerdo al informativoque adjuntó en su respuesta.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

6. El Ente Público registró la baja de un bien inmueble por valor de $1,091,884 en lacuenta 11449-1-6 Otros productos y mercancías adquiridas como materia prima (Terrenos),derivada de la transmisión de propiedad de un inmueble en extinción parcial de Fideicomisosegún la compraventa del bien realizada en diciembre de 2017 y formalizada mediante laEscritura Pública 27,987 del 27 de abril de 2018, la cual fue registrada a través de lassiguientes pólizas contables:

Fecha . Pólizacontable

Concepto Importe

30/09/2018 D00015 Baja del inventario por registro de la venta de un lote de terreno ubicado

en Privada El Uro en la zona conocida como el Huajuco, fracción deterreno marcado con la letra C con una superficie de 667.332 m2.

$ 975,786

30/09/2018 D00016 Ajuste sobre el saldo de las cuentas de inventario y su actualización,derivado de movimientos realizados en ejercicios anteriores.

116,098

Total $ 1,091,884

Como resultado de la revisión, observamos lo siguiente:

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a) No presentó las justificaciones o aclaraciones sobre las bases o referentes que seconsideraron para fijar el precio de venta del inmueble, al efecto el ordinal 111 de laLey de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León, dispone que en elcaso de enajenaciones o cualquier otro acto jurídico relativo a los inmuebles de losorganismos descentralizados del estado y fideicomisos, el importe de la operaciónno podrá ser inferior en un 20% del señalado en el dictamen respectivo emitido por laautoridad estatal competente en materia de catastro; asimismo preceptúa el artículo112 de la Ley en cita, que para los efectos del artículo anterior (art. 111), se podránutilizar indistintamente un avalúo expedido por la autoridad estatal competente enmateria de catastro, por instituciones de crédito o por el Instituto y Colegio Mexicanode Valuación de Nuevo León, A.C. u organismos con objeto semejante.

b) Cabe mencionar que en la Escritura Pública 27,987 del 27 de abril de 2018, refiere laCLÁUSULA SEGUNDA respecto al PRECIO, lo siguiente: "El valor de referencia del"INMUEBLE", del cual se transmite el dominio es el que se indica en el informativode valor catastral, como lo instruye "EL DIRECTOR GENERAL" de acuerdo al incisoe) de la declaración II del presente contrato, mismo que aparece por la cantidadde $1,137,141 (UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTAY UN PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)", sin embargo en dicha Escritura noexiste dicha referencia.

c) De acuerdo a la Información del expediente 70 51 015 382 emitida por el InstitutoRegistral y Catastral del Estado de Nuevo León en fecha 14 de julio de 2017 señalacomo Valor del Terreno y Valor Catastral la cifra de $2,162,149.

Respecto a la información obtenida del avalúo identificado con el Folio CMVNL-0158-17practicado el 11 de septiembre de 2017 por el Colegio Mexicano de Valuación de NuevoLeón, A.C., es señalado como valor comercial del terreno en cuestión $1,285,600 (Unmillón doscientos ochenta y cinco mil seiscientos 00/100 M.N.), considerando la servidumbrede paso pluvial superficial que afecta el terreno y demás factores señalados según oficioD.E/124/2017.

Por lo tanto, como se puede observar, los valores de los avalúos practicados difieren delvalor del precio de venta y del registro contable de la baja de dicho bien inmueble.

Normativa

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RespuestaDel Ente Público y del Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaracionesdel Ente Público)

"Baja de un bien inmueble por valor de $1,091,884 en la cuenta 11449-1-6 Otrosproductos y mercancías adquiridas como materia prima (Terrenos), observándose:

a) No presentó las justificaciones o aclaraciones sobre las bases o referentesque se consideraron para fijar el precio de venta del inmueble;

b) No existe referencia del informativo catastral mencionado en escritura pública;

c) Información del expediente 70 51 015 382 emitida por el Instituto Registral yCatastral del Estado de Nuevo León en fecha 14 de julio de 2017 señala comoValor del Terreno y Valor Catastral la cifra de $2,162,149.

De conformidad con el Acta de Sesión No. 44 del Comité Técnico del Fideicomiso CiudadSolidaridad de fecha 14 de mayo de 2004, se autorizó la venta de 5 lotes dados al fideicomisocomo dación en pago a favor del mismo, siempre y cuando se respetará el precio de estaadquisición, es decir, los $4,750,000.00 (Cuatro millones setecientos cincuenta mil pesos00/100 M.N.). (Anexo 6.1)

En dicho supuesto, y al ser observado el resultado de la venta de los 4 (cuatro) lotesrestantes y de los cuales la sumaba ya la cantidad de $3,612,859.45, el Fideicomiso fijola cantidad de $ 1,137,140.55 M.N., como valor de venta del Terreno marcado con la letra"B" con superficie neta de 667.332 M2, con la finalidad de no contravenir el valor totalestablecido en el acta de Sesión No. 44 del Comité Técnico y así completar la cantidadde $4,750,000.00 (Cuatro millones setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por talmotivo queda plenamente justificado que el precio de venta fue en concordancia al valordel inmueble al momento de darse en dación en pago.

Ahora bien, en lo que respecta al precio conforme al avalúo efectuado por el ColegioMexicano de Valuación Nuevo León y sobre el precio pactado de operación de compraventa,es de mencionarse que no obstante dicho valor cubría lo mínimo establecido por valorde venta de los 5 lotes, este se ajusta a lo establecido en el artículo 111 de la Ley deAdministración Financiera del Estado por arrojar un parámetro inferior aproximado a un 10%del valor sobre el avalúo de fecha 11 de septiembre de 2017.

Por lo anterior, se estima que la observación es improcedente por estar ajustada laoperación a lo establecido en la Ley de Administración Financiera." Anexo 6.1 Folios del001 al 007

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público yExtitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones del Ente Público), nosolventa lo observado, toda vez que:

a) En relación a las bases o referentes que se consideraron para fijar el precio de ventadel bien inmueble, si bien anexó Acta de Sesión No. 44 del Comité Técnico delFideicomiso Ciudad Solidaridad de fecha 14 de mayo de 2004, en dicha acta, no escitado como tal en los puntos del orden del día "el referido precio de venta", sinoque es un referente como a continuación se describe: En los asuntos del Orden deldía cuarto: Asuntos generales, se menciona que el entonces Director General delSujeto Fiscalizado manifestó como antecedente que en fecha 2 de julio de 2003, elEnte Público celebró contrato de compraventa de un bien inmueble con la empresaDesarrollos El Uro, S.A. de C.V., ubicado en la zona Industrial de Ciudad Solidaridad,que el uso que se pactó para él y que quedó asentado en el documento era eluso industrial, que sin embargo posterior a ello la empresa promovió la factibilidadde cambio de uso de suelo de industrial a habitacional, y que derivado de esto seconsideró se causaría un perjuicio al Sujeto Fiscalizado, por lo que se llevó a caboun Juicio Ordinario Civil ante el Juzgado Octavo de lo Civil del Primer Distrito Judicialen el Estado, solicitando la nulidad del contrato de referencia.

Adicionalmente, la referida persona moral para subsanar los posibles daños y perjuicios quepudieran causar al Fideicomiso por ese hecho, pagaría la cantidad de los $4,750,000.00(Cuatro millones setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

Posteriormente, se acuerda que una vez que se encuentra formalizada la dación en pago afavor del Fideicomiso y se integre al patrimonio fideicomitido, los inmuebles podrán ser deobjeto de venta; siempre y cuando se respete el precio de esta adquisición.

b) Respecto a que en la Escritura Pública 27,987 del 27 de abril de 2018, no existereferencia alguna respecto al inciso e) de la declaración II del citado contrato, nomanifiesta aclaración alguna.

c) En lo que corresponde a los valores de los avalúos practicados, es de mencionarque aun cuando está dentro de los parámetros el realizado por el Colegio Mexicanode Valuación de Nuevo León, A.C., toda vez que fue el que se utilizó como referenciapara la realización de la venta de conformidad con el artículo 112 de la Ley deAdministración Financiera para el Estado de Nuevo León, no solventó lo observadodebido a que no adjuntó evidencia documental que compruebe y justifique las baseso referentes que se consideraron para fijar el precio de venta del bien inmueble, asícomo lo manifestado en su respuesta respecto a los actos y hechos citados en el

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Acta de Sesión No. 44 del Comité Técnico del Fideicomiso Ciudad Solidaridad defecha 14 de mayo de 2004 mencionado en el inciso a) del presente análisis.

Cabe destacar que la baja del bien inmueble por valor de $1,091,884, derivada de latransmisión de propiedad de un inmueble en extinción parcial de Fideicomiso, según lacompraventa del bien realizada en diciembre de 2017 y formalizada mediante la EscrituraPública 27,987 del 27 de abril de 2018, no fue autorizada por el Comité Técnico delFideicomiso.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Estimación por pérdida o deterioro de activos circulantes

7. El Ente Público no exhibió ni presentó la documentación comprobatoria y justificativa queampare el cálculo de la Estimación por pérdida o deterioro de activos circulantes que reflejóun saldo al 31 de diciembre de 2018 de $(12,361,785).

Cabe hacer mencionar, que mediante el oficio número AEGE-D2-AP72-002/2019 del 5 defebrero de 2019, fue solicitada dicha información y obtuvimos como respuesta que el registroproviene del ejercicio 2005 y que al 31 de diciembre de 2018 no ha tenido movimiento.

Lo anterior, contraviene el Acuerdo por el que se Reforman las Reglas Específicas delRegistro y Valoración del Patrimonio, inciso B. Reglas Específicas del Registro y Valoracióndel Activo, punto 5. Estimación para cuentas incobrables, expedido por el Consejo Nacionalde Armonización Contable (Conac), estableciendo su observancia obligatoria en el artículo7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Adicionalmente contraviene las disposiciones señaladas en los numerales 42, párrafoprimero y 43, párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 15 de laLey de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 48, párrafo segundo de la Leyde Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

Financiera - Monto no solventado $12,361,785

RespuestaDel Ente Público y del Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaracionesdel Ente Público)

"No exhibió ni presentó la documentación comprobatoria y justificativa que ampareel cálculo de la Estimación por pérdida o deterioro de activos circulantes que reflejóun saldo al 31 de diciembre de 2018 de $(12,361,785).

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El cálculo de la estimación reflejada al 31 de diciembre de 2018 por la cantidad señalada,corresponde a la Cuenta por Cobrar de Urbanizaciones San Rafael, S.A. de C.V.

Para la realización de la estimación de las cuentas incobrables del Fideicomiso, se tomóen consideración lo establecido en el artículo 7 de la LGCG, misma que es obligatoriapara todas las entidades de la APE, considerando en primera instancia, lo determinadoen la Regla 5 de las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, en cualse establece que cada ente público determinará la Estimación de Cuentas Incobrablesconforme a la experiencia o estudios para determinar el monto más adecuado paradicha cuenta.

Además el Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental establece: "La supletoriedadal MCCG y la normatividad que de éste se derive, será:

a) La Normatividad emitida por las unidades administrativas o instancias competentesen materia de Contabilidad Gubernamental;

b) Las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP)emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público(International Public Sector Accounting Standards Board, International FederationAccounting Committee);

c) Las Normas de Información Financiera del Consejo Mexicano para la Investigacióny Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF)."

Por otro lado, las Normas de Información Financiera para el Sector Paraestatal, laEstimación para Cuentas o Documentos por Cobrar Irrecuperables: "Es la afectación queuna entidad hace a sus resultados, con base en experiencias o estudios, para mostrar,razonablemente el grado de cobrabilidad de esas cuentas o documentos, a travésde su registro en una cuenta de mayor de Activo de naturaleza acreedora, derivadas deoperaciones de venta de bienes o servicios."

Si bien, la evidencia disponible de la CxC se determina como "posible- cuando el sucesofuturo puede ocurrir; por consiguiente, la ocurrencia del evento es más que remota y menosque probable,", la NIF C-16 (41.2.1) considera que: "Al determinarse la existencia de riesgode crédito de un IFC, la entidad debe determinar y reconocer una estimación por lasPCE, misma que debe ajustarse al modificarse dicho riesgo de crédito" Por lo tanto, sureconocimiento podría iniciar desde que se genera el IFC, si es que ya existe un riesgo decrédito, aun cuando éste sea mínimo en ese momento."

Además (41.2.2) "Las PCE en toda la vida del IFC deban estar reconocidas antes de que elIFC esté vencido"" y (41.4.2) "Al determinar las PCE, una entidad"debe considerar el riesgo

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de que una pérdida crediticia ocurra, aun cuando la probabilidad de que ocurra sea muybaja."

Por lo tanto, se considera que la provisión realizada de la CxC es la correcta, respectoa la falta de evidencia documental que compruebe y justifique la misma, se adjuntacopia certificada del Contrato de Compra Venta celebrado con Urbanizaciones SanRafael, S.A. de C.V. (Anexo 7.1) y oficio s/n de fecha 07 de agosto de 2009, en el cual laempresa reconoce el adeudo e informa que la fecha para realizar el pago se extiendehasta el 24 de septiembre de 2022. (Anexo 7.2)

-Artículo 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León: "Lacontabilización de las operaciones deberá respaldarse con la documentación originalque compruebe y justifique los registros que se efectúen. Dicha documentación deberácumplir con los requisitos que señalen las disposiciones generales que para tal efectoestablezca el Consejo Nacional de Armonización Contable, de acuerdo con la Ley Generalde Contabilidad Gubernamental."

-Artículos 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental: "La contabilización de lasoperaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación originalque compruebe y justifique los registros que se efectúen""

-Artículo 43: "Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición delas autoridades competentes los documentos, comprobatorios y justificativos, así como loslibros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efectoestablezca el consejo."

Todas las operaciones contables realizadas en el Fideicomiso, son respaldadas tal y comoindican las disposiciones aplicables.

-Artículo 28 de la Ley de Administración Financiera: "Los registros contables deberánincluir detalle suficiente para poder identificar con precisión cada una de las operacionesefectuadas, relacionadas con los conceptos y partidas previstos en las leyes de ingresos yen los presupuestos de egresos conforme al catálogo de cuentas aprobado."

La información adjunta a la presente respuesta, fue anexada a la póliza contablecorrespondiente, en lo sucesivo se reforzará la incorporación de documentos soporte delregistro." Anexo 7.1 Folios del 001 al 012 Anexo 7.2 Folio 001

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público ydel Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones del Ente Público),no solventa lo observado, aun cuando exhibió el contrato de compra-venta del 2 de agostode 1995 de un lote de terreno, así como oficio S/N del 7 de agosto de 2009 firmado por el

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Apoderado General de Urbanizaciones San Rafael, S.A. de C.V., en el cual en el segundoinciso a) menciona que: "En virtud de que la terminación de la obra de construcción de laavenida citada se prolongó por 158 meses, el plazo para el pago total del adeudo se extendióen el mismo número de meses, es decir, hasta el día 24 de septiembre de 2022".

Por lo que, no adjuntó los estudios o conforme a su experiencia determinó la base másadecuada para realizar los incrementos mensuales a una cuenta complementaria de activode naturaleza acreedora, afectando a los resultados del ejercicio.

Asimismo, evidencia que compruebe y justifique que al cierre del ejercicio 2018 analizólas cuentas por cobrar y procedió a identificar y relacionar aquellas con características deincobrabilidad las cuales debieron ser aprobadas por la autoridad correspondiente.

En consecuencia de lo anterior, contraviene el Acuerdo por el que se Reforman las ReglasEspecíficas del Registro y Valoración del Patrimonio, inciso B. Reglas Específicas delRegistro y Valoración del Activo, punto 5. Estimación para cuentas incobrables, expedidopor el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), estableciendo su observanciaobligatoria en el artículo 7 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

PASIVO

Pasivo circulante

Cuentas por pagar a corto plazo

8. El Sujeto Fiscalizado reflejó al 31 de diciembre de 2018 en el rubro de Cuentas por pagar acorto plazo un saldo de $6,734,691 a favor de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey,I.P.D. derivada de un convenio celebrado el 22 de abril de 1994 por la colaboración de ésteen la construcción de un colector y emisor de drenaje sanitario denominado "solidaridad"y que presenta una antigüedad de 24 años, sin embargo, no ha sido liquidada dichaobligación, en contravención a lo establecido en el artículo 1156 del Código Civil para elEstado de Nuevo León, el cual establece: "Fuera de los casos de excepción, se necesita ellapso de diez años, contados desde que una obligación puede exigirse, para que se extingael derecho de pedir su cumplimiento".

Cabe mencionar que el 23 de octubre de 2018 la Dirección de Asuntos Jurídicos deFomerrey envió el oficio FFMM/DAJ/643/2018 al C. Director General de Servicios de Aguay Drenaje de Monterrey, I.P.D. mediante el cual solicitó la prescripción de los importes

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generados a nombre del Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio"Ciudad Solidaridad", ya que en los archivos que obran en el Ente Público, no se encontraronrequisiciones de pago sino hasta el año de 1999, cuando ya había prescrito el mencionadocrédito fiscal, sin embargo al cierre del ejercicio 2018 no se obtuvo respuesta al respecto.

Esta observación fue incluida en los Informes del Resultado de la revisión de las CuentasPúblicas de los ejercicios 2012 a 2017.

Financiera - Monto no solventado $6,734,691

RespuestaDel Ente Público y del Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaracionesdel Ente Público)

"Cuentas por pagar a corto plazo un saldo de $6,734,691 a favor de Servicios de Aguay Drenaje de Monterrey, I.P.D. derivada de un convenio celebrado el 22 de abril de1994.

Actualmente el Fideicomiso SOLIDARIDAD, no cuenta con una estructura, ni realizaoperaciones por lo que ha dejado de percibir ingresos en forma ordinaria, situación quenos imposibilita para cubrir el adeudo que se tiene con Servicios de Agua y Drenaje deMonterrey, I.P.D. por importe de $6,734,691; razón por la cual anexamos oficio número C.S./DAF/003-2019 de fecha 27 de junio de 2019 en donde solicitamos el apoyo para que dichoadeudo sea condonado, considerando que han transcurrido 25 años desde que las obrasmencionadas se realizaron. (Anexo 8.1)

Así mismo adjuntamos oficio número SADM-COM-0586-19 de fecha 02 de julio de 2019 endonde Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. está en la mejor disposición decelebrar un convenio de pagos, ya que mencionan que dicho adeudo no tiene la naturalezajurídica de "crédito fiscal". (Anexo 8.2)" Anexo 8.1 Folio del 001 al 002 Anexo 8.2 Folio 001

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público ydel Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones del Ente Público),no solventa lo observado, si bien exhibió el Oficio C.S./DAF/003/2019 de fecha 12 de junio2019 que remitió la C. Encargada Ex-oficio del Despacho de los Asuntos de la Direcciónde Administración y Finanzas al C. Subdirector Comercial de Servicios de Agua y Drenajede Monterrey, I.P.D., en el que solicitó el apoyo a efecto de que analice la posibilidad deque el adeudo de $6,734,691 sea condonado considerando que han transcurrido 25 añosdesde que se realizaron las obras.

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Así mismo, adjuntó el oficio SADM-COM-0586-19 del 02 de julio de 2019 signado por elC. Subdirector Comercial de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., en el cualle manifestó en contestación al oficio C.S./DAF/003/2019, que está en la mejor disposiciónde celebrar un convenio de pagos ya que dicho adeudo no tiene la naturaleza jurídica de"crédito fiscal".

Por lo tanto, aun cuando se han intentado nuevas estrategias para liquidar dicha deuda, al31 de diciembre de 2018 aún permanece pendiente de pago.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Otros pasivos a corto plazo

9. El Ente Público registró durante el ejercicio 2018 diversas operaciones por valor de$1,511,605 en la cuenta contable 21910-1 "Otros pasivos a corto plazo, ingresospor clasificar" identificadas en sus respectivas pólizas contables como "Aportación alpatrimonio automática", según los estados de cuenta bancario correspondiente a la cuentanúmero *******6-000 del Banco Santander (México) S.A., no obstante, solicitamos alSujeto Fiscalizado la integración de este saldo mediante el oficio número AEGE-D2-AP72-002/2019 del 5 de febrero de 2019, presentando como respuesta lo siguiente:

Fecha Póliza Concepto Importe

21-jun-18 PI-01 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

$ 345,000

21-jun-18 PI-01 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-3

345,000

21-jun-18 PI-01 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-5

345,000

20-jul-18 PI-03 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,478

20-jul-18 PI-03 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-3

26,478

20-jul-18 PI-03 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-5

26,478

21-ago-18 PI-04 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,478

21-ago-18 PI-04 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-3

26,478

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Fecha Póliza Concepto Importe21-ago-18 PI-04 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,

Cd Solidaridad. L-1/39a-526,478

19-sep-18 PI-06 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,478

19-sep-18 PI-06 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-3

26,478

19-sep-18 PI-06 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-5

26,478

24-oct-18 PI-06 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,478

24-oct-18 PI-06 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

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24-oct-18 PI-06 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,478

23-nov-18 PI-08 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,478

23-nov-18 PI-08 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,478

23-nov-18 PI-08 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,478

20-dic-18 PI-09 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,478

20-dic-18 PI-09 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,478

20-dic-18 PI-09 Aportación automática, sobre compra de terr Barrio Chapultepec,Cd Solidaridad. L-1/39a-1

26,479

Total $ 1,511,605

Como resultado de la revisión, observamos lo siguiente:

No fue proporcionada ni exhibida la documentación comprobatoria y justificativa de losregistros contables antes referidos que nos permita identificar con precisión cada una de lasoperaciones efectuadas, en contravención a los numerales 15 de la Ley de FiscalizaciónSuperior del Estado de Nuevo León; 48 párrafo segundo de la Ley de AdministraciónFinanciera para el Estado de Nuevo León; 36, 42, primer párrafo y 43 de la Ley Generalde Contabilidad Gubernamental.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Extitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaracionesdel Ente Público)

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"Operaciones por valor de $1,511,605 en la cuenta contable 21910-1 "Otros pasivosa corto plazo, ingresos por clasificar" identificadas en sus respectivas pólizascontables como "Aportación al patrimonio automática", observándose:

-No fue proporcionada ni exhibida la documentación comprobatoria y justificativa delos registros contables.

Se adjuntan las pólizas con su respectiva documentación comprobatoria (Anexo 9.1), ypóliza de reclasificación a la cuenta de ingresos por clasificar. (Anexo 9.2)" Anexo 9.1 Foliodel 001 al 015 Anexo 9.2 Folio del 001 al 003

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público y delExtitular (toda vez que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones del Ente Público), nosolventa lo observado, debido a que, solo exhibieron las pólizas contables referidas en laobservación y los estados de cuenta bancarios que mencionan en el concepto de dichosdocumentos: "aportación al patrimonio, aportación automática".

Cabe señalar que dicha información, no permitió identificar con precisión cada una de lasoperaciones por valor total de $1,511,605 a través de los depósitos bancarios realizados enla cuenta *******6-000 del Banco Santander (México), S.A. a nombre del Sujeto Fiscalizado.

Por lo tanto, los registros auxiliares del rubro de Otros pasivos a corto plazo, no mostraronlos avances presupuestarios y contables, que permitan realizar el seguimiento y evaluar lacaptación del ingreso, así como el análisis del saldo contenido en sus estados financieros.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

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VIII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H.Congreso del Estado

Solicitud. -

Contenida en el acuerdo Legislativo, tomado por el Pleno, en la sesión del 6 de septiembre de 2017, remitida a esta Auditoría Superior del Estado, en fecha 7 de Septiembre de 2017 mediante oficio número C. V. 386/2017, emitido por los CC. Presidente y Secretario de la Comisión de Vigilancia del H. Congreso del Estado, en virtud del cual se instruye a este Órgano Superior de Fiscalización, para que en el ámbito de sus atribuciones de fiscalización solicite los acuerdos de reserva a los organismos descentralizados y desconcentrados del Gobierno del Estado para su análisis y la revisión en las Cuentas Públicas.

Objetivo de la revisión. –

Para cumplir con lo solicitado, esta Auditoría Superior del Estado, programó el envío del Oficio al Ente Público solicitando informara si cuenta con acuerdos de reserva.

Procedimiento de auditoría realizado. -

Para efectuar lo anterior, esta Auditoría Superior del Estado, solicitó al Ente Público que proporcionara la información siguiente:

a) Escrito firmado por el Titular del Ente Público que incluya una relación de los acuerdos dereserva y/o si existe alguna información que por su naturaleza deba considerarse comoreservada, confidencial, o bien que deba mantenerse en secrecía.

b) Anexar el índice de los expedientes clasificados como reservados, y en su caso el (los)acuerdo (s) de clasificación correspondiente (s) en los que se establezca, según losdispuesto en los artículos 102 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública, artículo 127 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de NuevoLeón la siguiente información:

• Área que generó la información.• Nombre del documento.• Si se trata de reservada completa o parcial.• Fecha en que inició y finalizó la reserva.• Su justificación.• Plazo de reserva, y en su caso,• Partes del documento que se reserva y si se encuentra en prórroga.

Resultados obtenidos. –

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En respuesta a nuestro Oficio No. AEGE-D2-AP72-003/2019 del día 28 de marzo de 2019, el Ente Público nos informa en su Oficio No. CDS/UCI/018/2018 de fecha 9 de abril de 2018 [SIC]6, que no cuenta con información que deba considerarse como reservada, confidencial, o bien, que deba mantenerse en secrecía.

IX. Resultados de la revisión de situación excepcional

En relación a la Cuenta Pública objeto de revisión, no se recibieron denuncias para la revisión de situaciones excepcionales, en los términos preceptuados en los artículos 136 quinto párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y 37 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

X. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, enla fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

Como resultado de los procesos de fiscalización de las cuentas públicas, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 53 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 9 fracción III, 11, 98 y 99 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, promueve las acciones y recomendaciones, con el propósito de que las mismas sean atendidas por las autoridades competentes.

En el presente Informe del Resultado, se expone en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, conforme a los registros de las Unidades Administrativas competentes de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León con corte al 30 de septiembre de 2019, la situación que guardan las acciones y recomendaciones derivadas de procesos de fiscalización de ejercicios anteriores del Fideicomiso Público de Administración y Traslativo de Dominio de Ciudad Solidaridad, resultante de una actividad analítica y evaluativa de los documentos que en su caso hubiesen exhibido las propias entidades fiscalizadas o autoridades competentes para su atención.

Con motivo de la entrada en vigor el 19 de julio de 2017 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas derivada de la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción del 27 de mayo de 2015, la exposición señalada se realiza en dos apartados, el primero denominado “ S E G UIMIE NT O DE AC C IONE S O R E C OME NDAC IONE S DE R IV ADAS DE L A F IS C AL IZAC IÓN DE L A C UE NT A P ÚB L IC A 2016 Y ANT E R IOR E S ” en el que se detalla la situación que guardan las acciones y/o recomendaciones reportadas como no concluidas en el Informe del Resultado de la Cuenta Pública 2017, y el segundo nombrado “ S E G UIMIE NT O DE AC C IONE S Y R E C OME NDAC IONE S ANUNC IA DAS E N E LINF OR ME DE L R E S UL T ADO DE L A C UE NT A P ÚB L IC A 2017” , que muestra lo relativo a las acciones y recomendaciones que derivaron de la revisión de la Cuenta Pública de 2017.

Dicha escisión atiende a las modificaciones que a partir del ejercicio 2017 introdujo al catálogo de acciones previsto en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León sobre las observaciones subsistentes derivadas de un proceso de fiscalización de Cuentas Públicas, tanto la

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reforma a la Constitución Local publicada en el Periódico Oficial del Estado del 15 de abril de 2016, derivada de la diversa realizada a la Constitución General en materia anticorrupción, como el inicio de la vigencia de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, pues se concedieron facultades a las Entidades de Fiscalización de los Estados, para conocer de faltas administrativas de servidores públicos de los entes fiscalizados, se crearon nuevos procedimientos para la investigación y substanciación de ese tipo de faltas y autoridades al interior de los Órganos Internos de Control de los Entes Públicos.

I. S E G UIMIE NT O DE AC C IONE S O R E C OME NDAC IONE S DE R IV ADAS DE L AF IS C AL IZAC IÓN DE L A C UE NT A P ÚB L IC A 2016 Y ANT E R IOR E S

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

2011 Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 2*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 2

2012 Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 2*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 2

2013 Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 4*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 4

2014 Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 3*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 3

2015

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 1*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 3*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 4

2016

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 2*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 4*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 6

*Acciones o recomendaciones comunicadas como concluidas en el IDR 2017, presentadoal H. Congreso del Estado el día 18 de octubre de 2018.

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II. S E G UIMIE NT O DE AC C IONE S Y R E C OME NDAC IONE S ANUNC IADAS E N E L INF OR ME DE LR E S UL T ADO DE L A C UE NT A P ÚB L IC A 2017

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

2017

Vista a la Autoridad Investigadora (VAI) 4

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 6

Total de acciones y recomendaciones emitidas 10

DETALLE DE LAS ACCIONES EJERCIDAS Y RECOMENDACIONES FORMULADAS

VAI Vista a la Autoridad Investigadora

Acción que tiene por objeto dar a conocer a la Unidad Investigadora competente sobre la existencia de actos u omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa, a efecto de que lleve las diligencias de investigación conducentes, para que en su caso emita el informe de presunta responsabilidad que se le dará a conocer a la Autoridad Substanciadora para el inicio del procedimiento de responsabilidad, en el que la Autoridad Resolutora determinará mediante sentencia, sobre la existencia o inexistencia de falta administrativa, así como de las sanciones o indemnizaciones que se fijarán a los servidores públicos o particulares responsables.

Cuenta Pública

Estado (Autoridad Investigadora)

Total Observaciones

2017

VAI – Órgano Interno de Control del Ente Público 2

VAI – Unidad de Investigación de la ASENL 2

Total 4

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A. Vista a la Autoridad Investigadora (Órgano Interno de Control del EntePúblico fiscalizado)

Irregularidades que en términos de lo dispuesto en el artículo 11, segundo párrafo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se hacen del conocimiento de la Autoridad Investigadora del Órgano Interno de Control del Ente Público, a efecto de que continúe con las investigaciones respectivas y promueva en su caso las acciones que procedan.

Cuenta Pública

Estado (Autoridad Investigadora)

Total Observaciones

2017 En trámite 2 Concluido 0

Total 2

CU

ENTA

BLIC

A

OFICIO DE PROMOCIÓN

MER

O D

E O

BSER

VAC

ION

ES

AUTORIDAD ANTE LA QUE SE PROMUEVE

INFORME DE LA AUTORIDAD SOBRE EL

ESTADO DE LA PROMOCIÓN

RESULTADOS DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

SERVIDOR(ES) PÚBLICO(S)

SANCIONADO(S) SANCIÓN IMPUESTA INDEMNIZACIÓN

2017 ASENL-VAI-

CP2017-PE01-74/2018

2

Encargado del Despacho de la

Contraloría y Transparencia Gubernamental

CTG-307/2019 Etapa de investigación con número de carpeta UA-CI-63/2019

TOTAL DE OBSERVACIONES 2

B. Vista a la Autoridad Investigadora (ASENL)

Observaciones que en términos de lo dispuesto en el artículo 11, primer párrafo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se hacen del conocimiento de la Autoridad Investigadora de la propia Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, a efecto de que realice las investigaciones respectivas y promueva en su caso las acciones que procedan.

Cuenta Pública Estado (Autoridad Investigadora)

Total Observaciones

2017 En trámite 2 Concluido 0

Total 2

CU

ENTA

BLIC

A

OFICIO DE PROMOCIÓN

FECHA DE PRESENTACIÓN

ANTE AUTORIDAD INVESTIGADORA

MER

O D

E O

BSER

VAC

ION

ES

TIPO DE AUDITORÍA

DETERMINACIÓN DE LA

INVESTIGACIÓN

ADMISIÓN DE IPRA

RESULTADOS DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADES

ADMINISTRATIVAS Remisión de expediente al

Tribunal de Justicia Administrativa del

Estado

Notificación de Recepción de

Expediente

2017 ASENL-AEGE-UI-VAI-GF001/2018.CP2017-AP72 30-oct-18 2 Gestión

Financiera En trámite No aplica

TOTAL DE OBSERVACIONES 2

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MATERIA EMITIDAS ATENDIDAS POR EL ENTE PÚBLICO NO ATENDIDAS

(Sin respuesta del Ente Público)Aceptadas Rechazadas Medidas Alternas Inaplicables

Gestión Financiera 6 4 2 0 0 0

Total 6

RG Recomendaciones a la Gestión o Control Interno

Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.

Cuenta Pública Estado (En la ASENL)

Total Observaciones

2017 En trámite 0 Concluido 6

Total 6

CUENTA PÚBLICA OFICIO DE RECOMENDACIONES FECHA DE NOTIFICACIÓN FECHA DE RESPUESTA POR EL ENTE PÚBLICO

2017 ASENL-RG-CP2017-AP72-048/2018 31-oct-18 30-nov-18

Detalle del trámite dado por el ente fiscalizado a las recomendaciones:

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Lo anteriormente expuesto, se pone en conocimiento de ese H. Congreso del Estado, por conductode la Comisión de Vigilancia, para los efectos legales a que haya lugar, acorde con lo preceptuadoen los artículos 20, fracción XXXI, 82, fracciones XV y XXXII de la Ley de Fiscalización Superior delEstado de Nuevo León; y 8, fracción XVIII, 15, fracciones XIII y XVIII, 17, fracciones I, III y XVII y 18,fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León.

C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZAuditor General del Estado de Nuevo León

C.P. EDUARDO GONZÁLEZ JASSOAuditor Especial de Gobierno del Estado

y Organismos Públicos Autónomos

C.P. HÉCTOR DAVID RIVERA ALEMÁNDirector General de Auditoría

C.P. ANGELA GARCÍA VALENZUELADirector de Auditoría (Gestión Financiera)

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