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FIDUCIARIAS
LEIDY VANESSA CARDONA
DANIELA VARELA BEDOYA
QUE ES UNA FIDUCIA ?
El código de Comercio define la fiducia mercantil, como un negocio jurídico en virtud del cual una persona llamada fiduciante o fideicomitente, transfiere uno o más bienes, a otra persona llamada fiduciario, que se obliga a administrar o a enajenarlos, para cumplir una finalidad determinada por el constituyente, en provecho de éste o de un tercero llamado beneficiario o
fideicomisario.
HISTORIA Comenzó con la reforma financiera
de 1.990 (ley 45), que ordenó a bancos y corporaciones desmontar sus secciones de fiduciaria y fijó las normas y capitales para la creación de las nuevas sociedades fiduciarias.
PARTES El fiduciante o fideicomitente, que es la parte que transfiere a
otra bienes determinados. Tiene que poseer el dominio pleno de los bienes dados en fideicomiso.
El fiduciario, que es la parte a quien se transfieren los bienes, y que está obligada a administrarlos con la prudencia y diligencia propias del buen hombre de negocios (administrar lo ajeno como propio), que actúa sobre la base de la confianza depositada en él. Puede ser cualquier persona física o jurídica.
El beneficiario, que es la persona en cuyo beneficio se ha instituido el fideicomiso, sin ser el destinatario final de los bienes. Pueden ser una o varias personas físicas o jurídicas.
El fideicomisario, que es el destinatario final de los bienes. Normalmente, el beneficiario y el fideicomisario son una misma persona. Pero puede ocurrir que no sea la misma persona, puede ser un tercero, o el propio fiduciante..
FUNCIONES
Celebrar encargos fiduciarios que tengan por objeto la realización de inversiones.
La administración de bienes o la ejecución de actividades relacionadas con el otorgamiento de garantías por terceros para asegurar el cumplimiento de obligaciones.
La administración o vigilancia de los bienes sobre los que recaigan las garantías y la realización de las mismas.
TIPOS DE CONTRATOS FIDUCIARIOS
FIDUCIA DE INVERSION:
Negocio fiduciario donde una persona, natural o jurídica entrega una suma de dinero a una sociedad fiduciaria, con el objetivo que ésta la invierta en títulos u otros valores que se ofrecen en el mercado con atractivas tasas de interés.
FONDOS DE INVERSION
Fondos Comunes Ordinarios Fondos Comunes Especiales Fondos Comunes Especiales en
moneda extranjera Fondos de Pensiones de
Jubilación e invalidez Voluntarias
FIDUCIA INMOBILIARIA
Consiste en la entrega a una fiduciaria de un inmueble con el fin de que ésta lo administre, desarrolle un proyecto de construcción y transfiera las unidades construidas (casas, apartamentos, oficinas, bodegas, etc.) a los beneficiarios.
MODALIDADES Al costo Precio fijo
FIDUCIA DE ADMINISTRACION
Negocio por el cual el fideicomitente o constituyente entrega en fiducia uno o varios bienes a la fiduciaria para que los administre, desarrolle la gestión encomendada y destine los rendimientos, si los hay, al cumplimiento de la finalidad del contrato. Hay varias clases de fiducia de administración: Fiducia de garantía Fiducia publica
FIDUCIA DE TITULARIZACION
Es un mecanismo a través del cual una o varias personas naturales o jurídicas pueden obtener liquidez a partir de activos ilíquidos o de baja rotación, mediante la emisión de títulos valores respaldados por dichos activos.
ALGUNAS FIDUCIARIAS
FIDUCIARIA DAVIVIENDA COLPATRIA FIDUCIARIA FIDUBOGOTA FIDUCIARIA CORFICOLOMBIANA FIDUCIARIA BANCOLOMBIA COLMENA FIDUCIARIA FIDUCIARIA DE OCCIDENTE