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FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA … · comodato y/o arrendamiento. ... las actividades a realizar, los beneficios del proyecto, el marco de referencia, costos, condiciones operativas

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FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA

INFRAESTRUCTURA ESTATAL Y MUNICIPAL

El Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal (FORTALECE) nace en el año 2016 de la fusión de los fondos de Pavimentación y Desarrollo Municipal (FOPADEM), Fondo de Cultura (FOCU) y Fondo de Infraestructura Deportiva (FIDE); se destina a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, a través del Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas.

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Antecedentes

Es un instrumento de política presupuestaria que permite atender las obligaciones del Gobierno Federal cuyas asignaciones de recursos no corresponden al gasto directo de las dependencias ni de las entidades. Este instrumento es conocido como Provisiones salariales y económicas o Ramo 23, tiene como uno de sus objetivos otorgar recursos a Entidades Federativas y Municipios a través de fondos específicos.

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RAMO 23.- PREVISIONES SALARIALES Y ECONÓMICAS

El presupuesto asignado en el 2017 por la Cámara de Diputados al Ramo 23 ascendió a 131,865.6 millones de pesos, que serán solicitados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por las entidades federativas y municipios, firmando un convenio para su transferencia.

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RAMO 23.- PREVISIONES SALARIALES Y ECONÓMICAS

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En el ejercicio presupuestal 2016 al FORTALECE se destinaron 9,948.7 mdp, con los cuales se apoyó a 23 entidades federativas que ejercieron 2,486.3 mdp, y 1,064 municipios y demarcaciones territoriales a quienes se entregaron 7,462.3 mdp.

Importancia del FORTALECE

Generación de infraestructura, principalmente pavimentaciones de calles y avenidas, alumbrado público, drenaje y alcantarillado, mantenimiento de vías; construcción, rehabilitación y remodelación de espacios educativos, artísticos y culturales; construcción, ampliación y mejoramiento de los espacios para la práctica del deporte.

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Objetivo

Los recursos federales del FORTALECE, se ejercen de conformidad con las disposiciones jurídicas federales: • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. • Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su

Reglamento. • Ley General de Contabilidad Gubernamental. • Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su

Reglamento. • Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

y su Reglamento. • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. • Ley Federal de Derechos. • Presupuesto de Egresos de la Federación.

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Marco jurídico

Los recursos federales del FORTALECE, se ejecutan de conformidad con las disposiciones específicas siguientes

• Lineamientos de Operación del Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal, para el Ejercicio Fiscal 2016.

• Convenios celebrados para el otorgamiento de los subsidios

• Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33

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Marco jurídico

NORMATIVA ESPECIFICA DEL FORTALECE (Que revisamos)

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LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS

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Proyectos Susceptibles de Apoyo

• Hasta el diez por ciento del monto asignado a cada entidad federativa, municipio o demarcación territorial del Distrito Federal para obras de bacheo.

• La propiedad del inmueble en donde se ejecuten las obras debe ser pública y no haber sido otorgada en comodato y/o arrendamiento.

• Contar con todos los permisos federales, estatales y municipales.

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Proyectos Susceptibles de Apoyo

• La administración de las obras de infraestructura que se realicen con recursos del Fondo deberá estar a cargo de la entidad federativa, municipio o demarcación territorial del Distrito Federal.

• Los recursos del Fondo no podrán utilizarse como contraparte estatal con otros programas y/o fondos federales.

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Solicitud de los Recursos

• Solicitar los recursos a la UPCP en hoja membretada, formato libre y firmada por servidor público facultado, acompañada de la propuesta de la Cartera a realizarse con la totalidad de los recursos asignados, a más tardar el último día del mes de marzo de 2016.

• Presentar el expediente técnico (Cédula del Proyecto, Nota Técnica, Nota Técnica con CAE, Análisis Costo-Beneficio Simplificado o Análisis Costo-Eficiencia Simplificado, según corresponda) en los formatos respectivos o en el sistema electrónico disponibles en la página de Internet www.gob.mx.

• Celebrar el Convenio o, en su caso, el mecanismo de coordinación específico que la UPCP establezca para tal efecto

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• Cédula de Proyectos .-Proyectos cuyo monto sea menor a diez millones de pesos.(plazo hasta el último día hábil del mes de marzo).

• Nota Técnica.- Proyectos cuyo monto sea igual o mayor diez millones de pesos y menor a treinta millones de pesos (fecha límite para la recepción de la información. en el sistema electrónico el 15 de noviembre).

• Nota Técnica con CAE, para los proyectos cuyo monto solicitado sea igual o mayor a treinta millones de pesos menor a cincuenta millones de pesos.

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Tipo de Expedientes Técnicos De Acuerdo Al Monto Solicitado

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• Análisis Costo-Beneficio Simplificado o Análisis Costo-Eficiencia Simplificado, para los proyectos cuyo monto solicitado sea igual o mayor a cincuenta millones de pesos .

Celebrar el Convenio o, en su caso, el mecanismo de coordinación específico que la UPCP establezca para tal efecto.

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Tipo de Expedientes Técnicos de acuerdo al monto Solicitado

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Cédula de Proyectos

Documento que contiene las características básicas y descripción general de la obra a realizar.

(Menor a 10 millones de pesos)

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Nota Técnica con Costo Anual Equivalente (CAE)

Contiene la descripción general del proyecto y que establece, de manera detallada, la problemática a resolver, las actividades a realizar, los beneficios del proyecto, el marco de referencia, costos, condiciones operativas y administrativas, los tiempos de ejecución y especificaciones técnicas, entre otros. El modelo CAE se utiliza para decidir entre proyectos alternativos, con vidas útiles diferentes y donde, además, los ingresos no son relevantes para la toma de decisión, puesto que no son incrementales.

(Igual o mayor a 30 millones)

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Evaluación socioeconómica del proyecto a nivel perfil, que consiste en determinar la conveniencia de un proyecto de inversión, mediante la valoración, en términos monetarios, de los costos y beneficios asociados directa e indirectamente a la ejecución y operación de dicho proyecto (igual o mayor a millones de pesos).

(Mayor a 50 millones de pesos)

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Análisis Costo Beneficio Simplificado

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Evaluación socioeconómica del proyecto a nivel perfil, que consiste en determinar la manera óptima de realizar un proyecto, mediante la comparación de las dos mejores alternativas de solución, de acuerdo a la problemática presentada, a través de la valoración, en términos monetarios, de todos los costos directos e indirectos de las mismas, bajo el supuesto de que generan los mismos beneficios. Esta evaluación se realiza cuando los beneficios no son cuantificables o son de difícil cuantificación.

(Mayor a 50 millones de pesos)

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Análisis Costo Eficiencia

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Contratar y registrar, ante la TESOFE, una cuenta bancaria productiva, específica y exclusiva, para la identificación, registro y control de los recursos.

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Entrega de Recursos

• La entidad federativa deberá transferir los recursos al ejecutor, en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a su recepción.

• La entidad federativa deberá entregar a los municipios, en la proporción que corresponda, los rendimientos financieros generados durante el tiempo que los recursos se mantuvieron en su cuenta bancaria.

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Los recursos que no se encuentren vinculados a compromisos y obligaciones formales de pago, a más tardar el último día hábil del mes de diciembre de 2016, incluyendo los rendimientos financieros obtenidos, se deberán reintegrar a la TESOFE.

Para la realización de los proyectos, los compromisos y obligaciones formales de pago se establecerán mediante:

• La contratación de proveedores o contratistas; o • Los contratos o documentos que justifiquen y

comprueben la asignación y aplicación de los recursos públicos federales.

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Recursos No Comprometidos o Devengados

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• La UPCP remitirá a la Unidad de Inversiones (UI), a través del sistema electrónico, el Análisis Costo-Beneficio Simplificado o Análisis Costo-Eficiencia Simplificado.

• La UI analizará la información en un plazo máximo de 20 días hábiles para otorgar el Folio o formular observaciones.

• Si la UI emite observaciones las hará llegar a la UPCP, para que las haga del conocimiento de la entidad federativa o municipio para que sean atendidas en un plazo no mayor a 10 días hábiles.

• Se repite el proceso.

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Autorización Registro Del Proyecto (Folio)

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Informe de la Ejecución de los Proyectos

Las entidades federativas deberán informar trimestralmente a la SHCP sobre el ejercicio, destino, resultados obtenidos y evaluación de los recursos transferidos, conforme a lo establecido en los "Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”.

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Los lineamientos señalan que: Las entidades federativas, municipios y Demarcaciones enviarán a la Secretaría, mediante el Sistema de Formato Único, informes sobre el ejercicio, el destino, los subejercicios y reintegros que, en su caso, se generen y los resultados obtenidos de los recursos federales transferidos.

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Informe de la Ejecución de los Proyectos

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Control, Transparencia y Rendición de Cuentas

• Los recursos del Fondo en ningún caso se podrán destinar a gasto corriente y de operación, salvo que se trate de los gastos indirectos, a los que se podrá destinar hasta el dos por ciento del costo total de la obra antes del Impuesto al Valor Agregado.

• En obras por administración, se deberá destinar el uno al millar del monto total de los recursos a favor de la Contraloría Estatal, para vigilancia, inspección, control y evaluación de los proyectos.

• En obras por contrato, las oficinas pagadoras deberán retener al contratista, al momento del pago, el cinco al millar sobre el importe de cada una de las estimaciones de trabajo, en los términos de la Ley Federal de Derechos.

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• Las entidades federativas e instancias ejecutoras deberán realizar, el registro y control en materia jurídica, documental, contable, financiera, administrativa, presupuestaria y de cualquier otro tipo, que permitan acreditar y demostrar que el origen, destino, aplicación, erogación, registro, documentación comprobatoria, integración de libros blancos y rendición de cuentas.

• Las entidades federativas deberán incluir, en su Cuenta Pública y en los informes sobre el ejercicio del gasto público, la información relativa a la aplicación de los recursos otorgados.

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Control, Transparencia y Rendición de Cuentas

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Las entidades federativas e instancias ejecutoras deberán publicar, en su página de Internet y en otros medios accesibles al ciudadano, la información relativa a la descripción de las obras, montos, metas, proveedores, y avances físicos y financieros. Las entidades federativas, deberán hacer pública la información relativa a la fecha y el monto de las ministraciones de recursos que realicen a los municipios, a través de sus páginas de Internet, dentro de los diez días naturales siguientes al depósito, incluyendo el número de identificación de la transferencia. Asimismo, deberán remitir en el mismo plazo dicha información a la SHCP.

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Control, Transparencia y Rendición de Cuentas

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• La publicidad, documentación e información relativa a los proyectos deberá incluir la leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".

• En los proyectos de infraestructura que se realicen con cargo a los Recursos del Fondo, se deberá incluir la leyenda "Esta obra fue realizada con recursos federales del Gobierno de la República".

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Recomendaciones Generales

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PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA (Como lo Revisamos)

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• Control Interno • Transferencia de Recursos • Registro e Información Financiera de las Operaciones • Destino de los Recursos • Obra Pública • Gasto Indirectos • Transparencia

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PROCEDIMIENTOS

APLICACIÓN DE CUESTIONARIOS (Marco Integrado de Control Interno) Ambiente de Control Administración de Riesgos Actividades de Control Información y Comunicación Supervisión EVIDENCIA DE RESPUESTAS CALIFICACIÓN DEL CONTROL INTERNO

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CONTROL INTERNO

• Apertura de Cuenta Bancaria Específica • Recepción de Recursos de la TESOFE • Entrega de Recursos a los Ejecutores • Publicación de Fechas de entrega de recursos y montos

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Transferencia de Recursos

• Registro contable y presupuestal de las operaciones • Documentación Justificativa y Comprobatoria • Cumplimiento de disposiciones fiscales • Cancelación de los comprobantes y justificantes (Operado)

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Registro e Información Financiera de las Operaciones

• Solicitud de Recursos a la UPCP • Formalización de Convenios • Aplicación de los recursos conforme al convenio • Reintegro de Remanentes • Propiedad de Inmuebles • Destino de los Intereses • Retenciones y enteros (uno y cinco al millar)

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Destino de los Recursos

• Licitaciones, adjudicaciones y en su caso excepciones • Contratos y Convenios • Calendario y ejecución de las obras • Precios Unitarios • Amortización de Anticipos • Verificación Física de las obras (volúmenes, conclusión y operación) • Adquisiciones de materiales (Cumplimiento de condiciones)

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Obra Pública

Aplicación de un máximo 2% para supervisión y vigilancia de obras por administración directa

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Gastos Indirectos

• Informe trimestral a la SHCP • Formato Único • Calidad y congruencia de la información • Publicación en órganos oficiales e internet • Programa Anual de Evaluación • Publicación de proyectos, costos y unidades de

medida • Incorporación de Leyendas sobre utilización de

recursos públicos • Incorporación del Fondo en la Cuenta Pública

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Transparencia

PRINCIPALES OBSERVACIONES (Que encontramos)

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Observaciones

A la Cuenta Pública 2016 del FORTALECE se realizaron 45 auditorías en las que se determinaron 279 observaciones, de las cuales se solventaron 130 en el transcurso de la auditoría y quedaron 148, las cuales promovieron 155 acciones • 19 Recomendaciones (12.3%); • 69 Promociones de Responsabilidad Administrativa

Sancionatoria (44.5%); • 67 Pliegos de Observaciones (43.2%).

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Observaciones formuladas y acciones promovidas a nivel general

• Subejercicio (245.7 mdp 64.3% del total observado). • Falta de documentación justificativa y comprobatoria del gasto (30.6

mdp 8.0% del total observado). • No se acreditó la propiedad donde se realizó la obra ni se presentó

el registro patrimonial del inmueble construido (25.5 mdp 6.7% del total observado).

• Transferencia a otras cuentas bancarias, sin acreditar su destino y aplicación (22.5 mdp 5.9% del total observado).

• Obras de mala calidad o que no cumplieron con las especificaciones contratadas (12.3 mdp,3.2% del total observado).

• Recursos o intereses no comprometidos al 31 de diciembre de 2016 (2.2 mdp 0.6% del total observado).

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Principales observaciones vinculadas con recuperaciones a nivel general

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Recomendaciones Generales

MUCHAS GRACIAS

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