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Módulo formativo LOMCE Cambios en los procesos estratégicos Formación del Profesorado 1

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formativo

LOMCECambios en los procesos estratégicos

Formación del Profesorado

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Aplicar cambios. Procesos(Tomados del Modelo de Evaluación externa)

•Representa el conjunto de todas aquellas tareas, actividades, procedimientos y subprocesos que el personal del Centro realiza para diseñar, elaborar, seguir, evaluar, revisar y mejorar los distintos proyectos, planes, programaciones y memorias del Centro, tanto para su Planificación Pedagógica como para su Planificación Organizativa.

Proceso de Planificación pedagógica y organizativa

•Este Proceso se define como todas aquellas tareas, actividades, Proceso de

Gestión directiva

Procesos estratégicos

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•Este Proceso se define como todas aquellas tareas, actividades, procedimientos y subprocesos que las personas del Centro con algún cargo o responsabilidad realizan con la finalidad de: Recoger, transmitir o intercambiar información. Exponer, escuchar o intercambiar ideas y opiniones. Debatir, consensuar y tomar decisiones. Asignar y aceptar responsabilidades y para comprobar el cumplimiento de dichas decisiones y responsabilidades.

Gestión directiva (Liderazgo, dirección,

coordinación y participación)

•Representa el conjunto de todas aquellas tareas, actividades, procedimientos y subprocesos que el personal del Centro realiza para recoger información (sobre lo realizado por el Centro y sobre los resultados obtenidos), analizar, valorar, tomar decisiones, proponer mejoras y aplicar las mismas sobre los Procesos que realiza el Centro, avanzando en el camino de mejora continua.

Proceso de Evaluación

General y Mejora

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Contenidos aplicar cambios en

procesos estratégicos

Proceso de Planificación pedagógica y organizativa

• Proyecto Educativo, RRI y PGA

• Propuesta Curricular, Programaciones Didácticas y Programaciones de Aula

Contenido, estructura y proceso de

Elaboración de:

• Plan de Acogida.

• Plan de Seguridad-Evacuación de emergencia

• Plan de convivencia. Compromisos y acuerdos entre el centro y las familias.

• Participación de la comunidad educativa en el centro.

• Plan de atención a la diversidad.

• Plan de adaptación lingüística y social.

• Programas para el fomento, de la igualdad de oportunidades y la efectiva inclusión de las personas con discapacidad.

• Directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y

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• Directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

• Procedimiento de actuación para atender al alumnado matriculado en el centro que precise atención educativa domiciliaria.

• Plan de acción tutorial.

• Las medidas de coordinación con la etapa educativa anterior y posterior.

• Medidas organizativas para que los alumnos cuyos padres o tutores no hayan optado por las enseñanzas de religión reciban la debida atención.

• Elementos más significativos del proyecto lingüístico de los centros autorizados para impartir parte de las áreas en lenguas extranjeras.

• Decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y las relaciones previstas con otras instituciones, para la mejor consecución de los fines establecidos.

• Plan de lectura y de escritura.

• Plan TIC.

• Proyectos o actuaciones para el fomento de la cultura emprendedora.

• Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente.

• Plan de formación de centro

• Plan de mejora.

• Proyecto de autonomía y otros planes educativos.Có

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Contenidos, aplicar cambios en

proceso de planificación pedagógica y organizativa.

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Contenidos, aplicar cambios en

proceso de planificación pedagógica y organizativa.

1. El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridadesde actuación. Asimismo, incorporará la concreción de los currículos establecidos por laAdministración educativa que corresponde fijar y aprobar al Claustro, así como eltratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores yotras enseñanzas.2. Dicho proyecto, que deberá tener en cuenta las características del entorno social ycultural del centro, recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y laacción tutorial, así como el plan de convivencia, y deberá respetar el principio de nodiscriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales, así como losprincipios y objetivos recogidos en esta Ley y en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,Reguladora del Derecho a la Educación.3. En el marco de lo establecido por las Administraciones educativas, los centrosestablecerán sus proyectos educativos, que deberán hacerse públicos con objeto defacilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa. Asimismo,corresponde a las Administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículofavoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y demateriales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y

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materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos yalumnas y del profesorado.4. Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la coordinación entre losproyectos educativos de los centros de educación primaria y los de educaciónsecundaria obligatoria con objeto de que la incorporación de los alumnos a la educaciónsecundaria sea gradual y positiva.5. Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legalesy el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores yalumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico delalumnado.6. El proyecto educativo de los centros privados concertados, que en todo caso deberáhacerse público, será dispuesto por su respectivo titular e incorporará el carácter propioal que se refiere el artículo 115 de esta Ley.7. Corresponde a las Administraciones educativas promover la especialización curricularde los institutos de Educación Secundaria en función de las alternativas establecidas enesta Ley Orgánica, a fin de que dichas Administraciones puedan programar una ofertaeducativa ajustada a sus necesidades. Los centros docentes incluirán las singularidadescurriculares y de organización y los correspondientes agrupamientos pedagógicos en suproyecto educativo.8. El proyecto educativo de los centros docentes con especialización curricular deberá incorporar los aspectos específicos que definan el carácter singular del centro.

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Contenidos, aplicar cambios en

proceso de planificación pedagógica y organizativa.

Artículo 11. Proyecto educativo.1. El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las

prioridades de actuación teniendo en cuenta las características del entorno socialy cultural del centro.

2. Los centros docentes que impartan enseñanzas correspondientes a más de unaetapa educativa elaborarán un único proyecto educativo, con la singularidadespecífica que para cada etapa corresponda.

3. El contenido del proyecto educativo será determinado por la consejeríacompetente en materia de educación, de acuerdo con lo establecido en el artículo121 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluyendo, al menos:

a) La propuesta curricular del centro.b) La propuesta organizativa del centro, que incorporará las normas deorganización y funcionamiento del centro.c) El reglamento de régimen interior y el plan de convivencia.d) Planes educativos específicos y, en su caso, el proyecto de autonomía cuya

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d) Planes educativos específicos y, en su caso, el proyecto de autonomía cuyaimplantación requerirá la autorización administrativa.

4. El proyecto educativo de los centros públicos, informado por el consejo escolar yaprobado por la dirección, deberá hacerse público con objeto de facilitar suconocimiento por el conjunto de la comunidad educativa.

5. El proyecto educativo incluirá programas dirigidos a fomentar el conocimiento y ladifusión, entre las personas de la comunidad educativa, de la igualdad deoportunidades y la efectiva inclusión de las personas con discapacidad.

6. El proyecto educativo de los centros privados concertados será dispuesto por sutitular e incorporará el carácter propio de los mismos que, en todo caso, deberárespetar los derechos garantizados a profesores, padres y alumnado en laConstitución y en las leyes, y deberá hacerse público con objeto de facilitar suconocimiento.

7. El carácter propio del centro privado concertado deberá ser puesto enconocimiento por el titular del centro a los distintos sectores de la comunidadeducativa, así como a cuantos pudieran estar interesados en acceder al mismo. Lamatriculación de un alumno supondrá el respeto del carácter propio del centro,que deberá respetar a su vez, los derechos del alumnado y sus familiasreconocidos en la Constitución y en las leyes.

8. El proyecto educativo de los centros docentes con especialización curriculardeberá incorporar los aspectos específicos que definan el carácter singular delcentro.

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Contenidos, aplicar cambios en

proceso de planificación pedagógica y organizativa.

Artículo 15. Proyecto educativo.1. El proyecto educativo recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación. Asimismo,

incorporará la concreción del currículo establecido en la presente orden que corresponde fijar yaprobar al claustro, oído el consejo escolar del centro.

2. El equipo directivo elaborará el proyecto educativo teniendo en cuenta los objetivos y estrategias deintervención incluidas en el proyecto de dirección, así como el conjunto de medidas y actuacionesque lo desarrollan y evalúan. Asimismo, tomarán en consideración las propuestas realizadas por elclaustro de profesores y el consejo escolar. Para el establecimiento de dichas propuestas se tendránen cuenta, las características del entorno escolar y las necesidades educativas del alumnado.

3. El proyecto educativo se mantendrá actualizado con las modificaciones que en cada curso seintroduzcan siguiendo el mismo procedimiento señalado en el apartado anterior.

4. El proyecto educativo del centro será aprobado por el director y evaluado por el consejo escolar.5. Los centros que impartan enseñanzas correspondientes a más de una etapa educativa elaborarán un

único proyecto educativo, con la singularidad específica que para cada etapa corresponda.6. El proyecto educativo incluirá, al menos:

a) La organización general del centro, que incorporará las normas de organización yfuncionamiento, con especial atención a la coordinación docente.

b) El reglamento de régimen interior, que incluirá las normas de convivencia y conducta.

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b) El reglamento de régimen interior, que incluirá las normas de convivencia y conducta.c) El plan de convivencia.d) La propuesta curricular.e) La propuesta pedagógica en los centros que impartan primer ciclo de educación infantil.f) Los elementos más significativos del proyecto lingüístico de los centros autorizados para impartir

parte de las áreas en lenguas extranjeras.g) El Plan de atención a la diversidad.h) Los programas dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión, entre las personas de la

comunidad educativa, de la igualdad de oportunidades y la efectiva inclusión de las personascon discapacidad.

i) El Plan de acción tutorial.j) Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente.k) Directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.l) Criterios de participación del alumnado de educación primaria en el consejo escolar.m) Los compromisos y los criterios para la formalización de acuerdos entre el centro y las familias,

según lo establecido en el artículo 50 de esta orden.n) Las medidas de coordinación con la etapa educativa anterior y posterior.ñ) Las decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y las

relaciones previstas con otras instituciones, para la mejor consecución de los fines establecidos.o) En su caso, el proyecto de autonomía y otros planes educativos.

7.Todos los centros docentes harán público su proyecto educativo y facilitarán a las familias lainformación necesaria para fomentar una mayor participación de la comunidad educativa.

8.El proyecto educativo de los centros públicos deberá estar vinculado con el proyecto de dirección enlas metas, objetivos generales y temporalidad.

9.El proyecto educativo de los centros privados concertados será dispuesto por su respectivo titular eincorporará el carácter propio.

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Contenidos: Proyecto Educativo de Centro.

Posible estructura de un Proyecto Educativo de Centro:

1. Introducción. Justificación y definición del proyecto educativo del centro.

2. Análisis de las características del entorno escolar

2.1 Análisis del entorno físico y del contexto social y cultural.

2.2 Detección de necesidades y expectativas educativas y formativas en función del entorno escolar.

3. Valores, objetivos y prioridades de actuación.

4. Enseñanzas que se imparten y programas que se desarrollan.

4.1Tipo de centro

4.2 Enseñanzas que se imparten

4.3 Secciones lingüísticas especializadas

4.4 Especialización curricular (IES) Aspectos específicos carácter singular.

4.5 Participación en programas institucionales

4.6 Actividades deportivas, musicales y culturales en general

4.7 Otras actividades realizadas por el centro e intercambios

4.8 Cualquier otra circunstancia que caracterice la oferta educativa

5. Proyecto de Autonomía (Si lo desarrolla).

6. Propuesta organizativa del centro, normas de organización y funcionamiento,

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6. Propuesta organizativa del centro, normas de organización y funcionamiento, coordinación. (Procesos Estratégicos: Proceso de Planificación pedagógica y organizativa. Proceso de Gestión directiva y Proceso de Evaluación General y Mejora)

6.1 Hoja de ruta de la planificación pedagógica y organizativa y de la elaboración y revisión de documentos institucionales.

6.2 Órganos de gobierno (Composición, competencias, comisiones y funcionamiento)

6.2.1 Director/a y Equipo Directivo

6.2.2. Consejo Escolar (incluir criterios de participación del alumnado de educación primaria en el consejo escolar)

6.2.3. Claustro de Profesores

6.3 Órganos de Coordinación docente

6.3.1 Equipos docentes de nivel y su coordinación

6.3.2 Equipos docentes Internivel y su coordinación

6.3.3 La comisión de coordinación pedagógica

6.3.4 Los tutores docentes

6.4 Servicios complementarios

6.4.1 Comedor escolar

6.4.2 Transporte escolar

6.4.3 Madrugadores

6.5 Plan de seguridad-evacuación de emergencia

6.6 Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente

6.7 Plan de formación de centro

6.8 Planes de Mejora

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Contenidos: Proyecto Educativo de Centro.

Posible estructura de un Proyecto Educativo de Centro (continuación):

7. Propuesta Pedagógica y Curricular del Centro (Procesos clave: Proceso de enseñanza-aprendizaje. Proceso de Tutoría y Orientación. Proceso de promoción y gestión del trabajo coordinado y en equipo)

7.1 Propuesta Curricular

7.2 Programaciones Didácticas

7.3 Plan de lectura y escritura

7.4 Plan TIC

7.5 Proyectos o actuaciones para el fomento de la cultura emprendedora

7.6 Elementos más significativos del proyecto lingüístico (si lo hay)

7.7 Evaluación del aprendizaje. Proceso, instrumentos e informes de comunicación. (Incluir: Evaluaciones individualizadas al finalizar el tercer curso y el sexto curso de primaria. Medidas. Evaluación individualizada de cuarto curso de Secundaria. Medidas. (Según etapa)

7.8 Plan de atención a la diversidad

7.9 Plan de acción tutorial

7.10 Plan de adaptación lingüística y social

7.11 Programas para el fomento, de la igualdad de oportunidades y la efectiva inclusión de las personas con discapacidad

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de las personas con discapacidad

7.12 Procedimiento de actuación para atender al alumnado matriculado en el centro que precise atención educativa domiciliaria

7.13 Medidas organizativas para que los alumnos cuyos padres o tutores no hayan optado por las enseñanzas de religión reciban la debida atención

7.14 Coordinación metodológica y trabajo en equipo dentro del centro

7.15 Medidas de coordinación con la etapa educativa anterior y posterior

8. Convivencia y Reglamento de Régimen Interior (Proceso de promoción y gestión de la convivencia).

8.1 Reglamento de Régimen Interior

8.2 Plan de Convivencia

8.3 Compromisos y acuerdos entre centro y familias

8.4 Plan de fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres

9. Apertura al entorno y participación (Proceso de apertura al entorno y relaciones con la Comunidad)

9.1 Plan de acogida

9.2 Plan de participación de la comunidad educativa en el centro

9.3 Decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y las relaciones previstas con otras instituciones, para la mejor consecución de los fines establecidos.

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Contenidos, aplicar cambios en

proceso de planificación pedagógica y organizativa.

Artículo 14. Programación general anual.1. La programación general de centro es un instrumento básico de planificación y

organización del centro. Debe contener la propuesta organizativa y curricular quecon carácter anual elabora el centro como concreción del proyecto educativo y dela propuesta curricular para garantizar el desarrollo coordinado de todas lasactividades educativas, el correcto ejercicio de las competencias de los órganos degobierno y la participación de todos los sectores de la comunidad escolar.

2. La programación general anual de centro será elaborada y aprobada por el equipodirectivo del centro en función de su proyecto educativo, teniendo en cuenta lasdeliberaciones y propuestas del claustro y del consejo escolar en los aspectos desu competencia. En su elaboración el equipo directivo podrá requerir lacolaboración e implicación de los órganos de coordinación docente del centro.

3. Al finalizar el curso escolar, el claustro de profesores, el consejo escolar y elequipo directivo evaluarán el grado de cumplimiento de la programación general

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equipo directivo evaluarán el grado de cumplimiento de la programación generalanual de centro en función de las competencias que tiene atribuidas cada uno deellos. Las conclusiones más relevantes serán recogidas en la memoria final delcurso.

4. La programación general anual de centro obligará a todo el personal del centro yvinculará a la comunidad educativa del mismo.

Artículo 15. Normas de organización y funcionamiento.1. Los centros establecerán sus propias normas de organización y funcionamiento

basadas en los siguientes principios:a) La estructura organizativa que los centros determinen deberá ser coherente

con los planteamientos educativos establecidos en el proyecto educativo, elproyecto de dirección y, en su caso, el proyecto de autonomía.

b) Los centros podrán determinar, dentro de la regulación y límitesestablecidos por la Administración educativa, otros órganos departicipación, de coordinación docente y de gobierno adicionales, dentrode la disponibilidad de recursos humanos del centro.

c) Las medidas de atención a la diversidad establecidas por la Administracióneducativa, deberán ser adaptadas por los centros a las características delalumnado y a su realidad educativa con el fin de atender a todo elalumnado.

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Contenidos, aplicar cambios en

proceso de planificación pedagógica y organizativa.

Artículo 16. Programación general anual.1. El equipo directivo, teniendo en cuenta las deliberaciones y propuestas del

claustro y del consejo escolar en los aspectos de su competencia, elaborará alprincipio de cada curso la programación general anual que, deberá recoger todoslos aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluyendo:

a) El proyecto educativo de centro debidamente actualizado, junto con losplanes y proyectos que en él se integran.

b) El programa anual de actividades complementarias y extraescolares.c) Los servicios complementarios.d) La estadística de principio de curso.e) El documento de organización del centro, elaborado según las directrices de

la Consejería competente en materia de educación.f) En los centros que imparten el segundo ciclo de educación infantil, el

proceso de adaptación del alumnado de dicha etapa.

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proceso de adaptación del alumnado de dicha etapa.g) Los planes y proyectos que desarrolla el centro no incluidos en el proyecto

educativo.2. Una vez aprobada por el director, la programación general anual se pondrá a

disposición de la comunidad educativa del centro para su consulta, a excepción delos documentos que contengan datos personales, y se enviará un ejemplar de losdocumentos que procedan a la dirección provincial de educación, según lasindicaciones de la Consejería competente en materia de educación.

3. Al finalizar el curso, el claustro de profesores, el consejo escolar y el equipodirectivo evaluarán el grado de cumplimiento de la programación general anual.Las conclusiones más relevantes, incluidas las propuestas de mejora delfuncionamiento del centro, serán recogidas en una memoria que se remitirá a ladirección provincial de educación correspondiente.

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Contenidos: Programación General Anual.

¿Qué es?

Instrumento de planificación integral y organización general del centro: conjunto de acuerdos adoptados que especificarán y regirán la organización y el funcionamiento del centro, así como la totalidad de las actividades y actuaciones que se desarrollarán en el mismo a lo largo del curso (incluidos los proyectos, el currículo, las normas y todos los planes de actuación acordados y aprobados). Garantizará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de las competencias de los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente y la participación de todos los sectores de la comunidad educativa.

¿Quién lo elabora?

El Equipo Directivo, escuchando las propuestas del Claustro de Profesores y del Consejo Escolar.

¿Quién lo aprueba?

El director, tras la evaluación del Claustro de Profesores, del Consejo Escolar y del Equipo Directivo.

Regulación Art. 14 del Decreto 23/2014, de 12 de junio.

Art. 16 de la Orden EDU 519/2014, de 17 de junio.

Características

Instrumento de planificación y organización del centro para el curso escolar.

Vinculante para todo el personal del centro y para la comunidad educativa.

Estará a disposición de la comunidad educativa para su consulta.

Modificaciones del Proyecto educativo de centro junto con los planes y proyectos que en él se integran.

Programa anual de actividades complementarias y extraescolares.

Servicios complementarios:

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Incluirá al menos estos

apartados

Servicios complementarios:

• Plan anual de funcionamiento del servicio de comedor

• Transporte escolar: rutas, responsables, etc.

Memoria administrativa (incluye el proyecto del presupuesto) además de:

• Documento de organización del centro.

• Estadística de principio de curso.

• Situación de las instalaciones y del equipamiento.

Documento de organización del centro.

Proceso de adaptación del alumnado que se incorpora por primera vez al segundo ciclo de educación infantil.

Planes y proyectos que desarrolla el centro ese año, no incluidos en el proyecto educativo, o concreción de actividades para ese año de los incluidos en el PEC:

• Programa de actividades de formación permanente del profesorado.

• Actividades del Plan de lectura y escritura del centro.

• Actividades del Plan de convivencia .

• Programa para la mejora del éxito educativo.

• Contratos-programa (abandono escolar): compromisos adquiridos.

• Plan anual de mejora y experiencias de calidad.

• Plan anual de funcionamiento de los programas “Madrugadores” y “Tardes en el cole”.

• Plan de acción relacionado con los resultados en la evaluación de diagnóstico.

• Programa Releo.

• Actividades del Proyecto de bilingüismo.

• Concreción anual del Plan de acción tutorial.

• Actividades Plan Red XXI.

• Plan de acción para la mejora de adquisición de contenidos y del desarrollo de las competencias básicas.

• Infoeduc@.

• Proyectos de enriquecimiento curricular.

• Programa de acompañamiento escolar en lengua extrajera.

• Programaciones didácticas.

• Otros.

Horario general del centro y los criterios pedagógicos para su elaboración.

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Contenidos, aplicar cambios en

proceso de planificación pedagógica y organizativa.

DISPOSICIONES FINALESPrimera. Modificación del Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los

derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de lasfamilias en el proceso educativo y establece las normas de convivencia y disciplinaen los Centros Educativos de Castilla y León.

Siete. El artículo 28 queda redactado de la siguiente manera:«Artículo 28. El reglamento de régimen interior.1. El reglamento de régimen interior en lo relativo a la convivencia escolar, como

parte del proyecto educativo, recogerá los siguientes aspectos:a) Precisar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes,

regulados en el título I de este decreto.b) Establecer las normas de convivencia, que incluyan tanto los mecanismos

favorecedores del ejercicio de los derechos y deberes del alumnado, como

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favorecedores del ejercicio de los derechos y deberes del alumnado, comolas medidas preventivas y la concreción de las conductas contrarias a lasnormas de convivencia en el centro, todo ello en el marco de lo dispuestoen el presente decreto.

c) Fijar las normas de organización y participación para la mejora de laconvivencia en el centro, entre ellas, las de la comisión de convivencia.

d) Establecer los procedimientos de actuación en el centro ante situaciones deconflicto y el sistema de registro de las actuaciones llevadas a cabo.

e) Concretar el desarrollo de la mediación y los procesos de acuerdoreeducativo para la resolución de conflictos, de acuerdo con lo establecidoen el capítulo IV del título III de este decreto.

2. En el inicio de cada curso escolar, se dejará constancia en el acta de la primerareunión del consejo escolar, de los cambios producidos en su contenido, porrevisión del mismo y se reflejará la motivación de dichos cambios.

3. Asimismo, con el fin de dar cumplimiento a los principios informadoresestablecidos en el artículo 2 de este decreto, en particular el establecido en suapartado d), y garantizar los derechos y deberes de los padres o tutores legalesque se especifican en el Título I, capítulo IV, relativo a la participación de lasfamilias en el proceso educativo, los centros prestarán especial atención al diseñode medidas y actuaciones relativas tanto a la recepción de los alumnos alcomienzo del curso escolar como a la acogida de nuevos alumnos que seincorporen al centro».

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Contenidos:

¿Qué es? Instrumento que regula la organización del centro, así como el funcionamiento del mismo, en todos los aspectos; estableciendo las normas y estrategias para ello.

Incorporará Normas de convivencia y conducta. Medidas y actuaciones de recepción y acogida de alumnos.

Actualización Teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 23/2014, de 12 de junio y en particular las modificaciones introducidas en el Decreto 51/2014, de 17 de mayo.

Características Forma parte del Proyecto Educativo Concreta los aspectos de organización y funcionamiento que

faciliten el desarrollo de la actividad del centro, en particular lo que no se establezcan en la normativa.

Debe servir para favorecer la convivencia en el centro.

¿Quién lo elabora?

Equipo directivo teniendo en cuenta las propuestas del claustro de profesores y del Consejo Escolar.

¿Quién lo aprueba?

El director y lo evalúa el Consejo Escolar.

La organización práctica de la participación de todos los miembros de la comunidad educativa y los medios que faciliten e impulsen esa participación y colaboración.

Organización y reparto de responsabilidades y funciones no definidas en la normativa vigente.

Procedimientos de actuación del Consejo Escolar, y en su caso, las comisiones que en su seno se constituyan.

Organización de los espacios del centro.

Funcionamiento de los servicios educativos del centro: biblioteca, actividades extraescolares, etc.

Normas que regulen el uso de las instalaciones, recursos y servicios educativos.

Normas que garanticen y posibiliten la comunicación entre alumnos o padres con el profesorado, así como la regulación de la intervención de los órganos de coordinación docente para atender las incidencias que puedan surgir en el proceso de evaluación de los alumnos.

Medidas y actuaciones relativas tato a la recepción de los alumnos al comienzo del curso escolar como a

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Incluirá al menos estos

apartados (deberá

ajustarse al ROC, en el

apartado de derecho y

deberes de los alumnos)

Medidas y actuaciones relativas tato a la recepción de los alumnos al comienzo del curso escolar como a la acogida de los nuevos alumnos que se incorporen al centro.

Programa Releo. Normas de utilización y conservación de los libros de texto y material curricular.

RELATIVO A LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO: Especificar

Ejercicio de los derechos y cumplimiento de los deberes regulados en el título I del decreto 51/2007

Normas de convivencia: � Deberes del alumnado y actuaciones correctoras aplicables en caso de incumplimiento. � Medidas de promoción de la convivencia y los procedimientos y medidas para la prevención y

resolución de conflictos.

• Procedimientos de actuación ante situaciones de conflicto y sistema de registro de las actuaciones llevadas a cabo.

• Procedimientos de acuerdo abreviado. � Actuaciones correctoras referidas a las faltas injustificadas y de puntualidad. � Las situaciones en que las medidas se deben aplicar directamente por el profesorado, casos que

corresponde a la aplicación a la dirección. � Procedimiento para informar a las familias. � Medidas y procedimientos para realizar actuaciones de colaboración.

Funciones y normas de funcionamiento de la comisión de convivencia.

Procedimientos de actuación ante situaciones de conflicto y sistema de registro de las actuaciones llevadas a cabo: � Medidas de actuación inmediata ante situación en conflicto, incluyendo el procedimiento de

comunicación delas actuaciones inmediatas. � Sistema para la recopilación de información que permita elaborar un pronóstico de la situación. � Referencias que permitan evaluar los comportamientos problemáticos y circunstancias en que

aparezcan. � Plan con el resto de actuaciones a desarrollar y su seguimiento.

Procedimiento de acuerdo abreviado: � Desarrollo de la mediación. � Procesos de acuerdo reeducativo. � Aceptación inmediata de sanciones. � Modelo de documento para la formalización de los acuerdos.

Modelo de documento de formalización de hechos constatados por el profesorado.

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Contenidos:

Incluirá al menos los siguientes apartados

RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CENTRO: especificar

La organización de las sustituciones del profesorado.

La organización de las actuaciones previstas para impulsar las relaciones del centro con las instituciones, así como con los padres y madres de los alumnos

Transmisión de la información sobre las reuniones del consejo escolar

Normas que favorezcan las relaciones entre los diferentes miembros de la comunidad educativa y entre los diferentes órganos de gobierno y coordinación didáctica.

Condiciones para que los alumnos puedan ejercer el derecho de reunión.

Medidas y actuaciones para la recepción de los alumnos al comienzo del curso escolar y la acogida de los nuevos alumnos PLAN DE ACOGIDA.

PLAN DE EVACUACION EN SITUACIONES DE EMERGENCIA.

Necesario Actualizar regularmente los registros de incidencias y actuaciones llevadas a cabo en el ámbito de la convivencia y trasladar las mismas a la aplicación institucional de convivencia (CONV).

Regulación

Orden de 29 de junio de 1994, organización y funcionamiento de las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.

Decreto 51/2007, derechos y deberes, participación, normas de convivencia y disciplina, modificado por Decreto 23/2014, de gobierno y autonomía

Decreto 51/2007, derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias.

Decreto 23/2014, de 12 de junio, gobierno y autonomía de los centros.

Orden de 29 de junio de 1994, (BOE) por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización

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Normativa

Orden de 29 de junio de 1994, (BOE) por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria y Orden de 29 de febrero de 1996, por la que se modifica la anterior.

Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y León.

Ley 3/2014, de 16 de abril, de autoridad del profesorado.

Real Decreto 82/1996 ROC (BOE).

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE).

Madrugadores: Decreto 29/2009 de 8 de abril y ÓRDEN EDU/736/2014 de 21 de agosto.

Comedor: Decreto 20/2008 de 13 de marzo y ÓRDEN EDU/693/2008 de 29 de abril.

Transporte: REAL DECRETO/443/2001, ÓRDENES EDU/926/2004, EDU/718/2014 y HAC/668/2014.

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Contenidos, aplicar cambios en

proceso de planificación pedagógica y organizativa.

Normativa- Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero por

el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria. (Pág. 19356)

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- DECRETO 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del gobierno y autonomía

de los centros. (Pág. 41693)

- ORDEN EDU/519/2014, de 17 de junio por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la

educación primaria. (Pág. 44192-44193)

- Resolución de 1 de julio de 2014, por la que se unifican las actuaciones correspondientes al inicio del curso escolar 14-15.(Pág. 49887-

49888)

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Contenidos, aplicar cambios en

proceso de planificación pedagógica y organizativa.

Artículo 10. Elementos transversales.1. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las asignaturas de cada etapa, la comprensión

lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y laComunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas lasasignaturas.

2. Las Administraciones educativas fomentarán la calidad, equidad e inclusión educativa de las personascon discapacidad, la igualdad de oportunidades y no discriminación por razón de discapacidad, medidasde flexibilización y alternativas metodológicas, adaptaciones curriculares, accesibilidad universal, diseñopara todos, atención a la diversidad y todas aquellas medidas que sean necesarias para conseguir que elalumnado con discapacidad pueda acceder a una educación educativa de calidad en igualdad deoportunidades.

3. Las Administraciones educativas fomentarán el desarrollo de los valores que fomenten la igualdadefectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género, y de los valores inherentesal principio de igualdad de trato y no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal osocial.Las Administraciones educativas fomentarán el aprendizaje de la prevención y resolución pacífica deconflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, así como de los valores quesustentan la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo político, la paz, la democracia, el respeto a losderechos humanos y el rechazo a la violencia terrorista, la pluralidad, el respeto al Estado de derecho, elrespeto y consideración a las víctimas del terrorismo y la prevención del terrorismo y de cualquier tipo

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respeto y consideración a las víctimas del terrorismo y la prevención del terrorismo y de cualquier tipode violencia.La programación docente debe comprender en todo caso la prevención de la violencia de género, de laviolencia terrorista y de cualquier forma de violencia, racismo o xenofobia, incluido el estudio delHolocausto judío como hecho histórico.Se evitarán los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.Los currículos de Educación Primaria incorporarán elementos curriculares relacionados con el desarrollosostenible y el medio ambiente, los riesgos de explotación y abuso sexual, las situaciones de riesgoderivadas de la utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como laprotección ante emergencias y catástrofes.

4. Los currículos de Educación Primaria incorporarán elementos curriculares orientados al desarrollo yafianzamiento del espíritu emprendedor. Las Administraciones educativas fomentarán las medidas paraque el alumnado participe en actividades que le permita afianzar el espíritu emprendedor y la iniciativaempresarial a partir de aptitudes como la creatividad, la autonomía, la iniciativa, el trabajo en equipo, laconfianza en uno mismo y el sentido crítico.

5. Las Administraciones educativas adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibradaformen parte del comportamiento infantil. A estos efectos, dichas Administraciones promoverán lapráctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los alumnos y alumnas durante la jornadaescolar, en los términos y condiciones que, siguiendo las recomendaciones de los organismoscompetentes, garanticen un desarrollo adecuado para favorecer una vida activa, saludable y autónoma.El diseño, coordinación y supervisión de las medidas que a estos efectos se adopten en el centroeducativo, serán asumidos por el profesorado con cualificación o especialización adecuada en estosámbitos.

6. En el ámbito de la educación y la seguridad vial, las Administraciones educativas incorporarán elementoscurriculares y promoverán acciones para la mejora de la convivencia y la prevención de los accidentes detráfico, con el fin de que el alumnado conozca sus derechos y deberes como usuario de las vías, encalidad de peatón, viajero y conductor de bicicletas, respete las normas y señales, y se favorezca laconvivencia, la tolerancia, la prudencia, el autocontrol, el diálogo y la empatía con actuacionesadecuadas tendentes a evitar los accidentes de tráfico y sus secuelas.

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Contenidos, aplicar cambios en

proceso de planificación pedagógica y organizativa.

Artículo 12. Currículo de las diferentes enseñanzas.La Administración educativa de la Comunidad de Castilla y León establecerá el currículo correspondiente a

las diferentes enseñanzas.Artículo 13. Métodos pedagógicos y didácticos propios.1. Los centros docentes, en el ejercicio de la autonomía pedagógica, podrán diseñar e implantar métodos

pedagógicos y estrategias didácticas propios, en función de la programación de la oferta educativaestablecida por la Administración educativa y dentro de regulación y límites que ésta determine.

2. La Administración educativa y los equipos directivos de los centros promoverán la integración de lasTecnologías de la Información y la Comunicación en el aula, como recurso metodológico eficaz parallevar a cabo las tareas de enseñanza y aprendizaje.

Artículo 17. Propuesta curricular.1. El equipo docente de la etapa, teniendo en cuenta las directrices para su elaboración, revisión y

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1. El equipo docente de la etapa, teniendo en cuenta las directrices para su elaboración, revisión yevaluación establecidas por la comisión de coordinación pedagógica, desarrollará y complementará, parala etapa, el currículo establecido en esta orden, mediante la elaboración de la correspondientepropuesta curricular. Ésta formará parte del proyecto educativo e incluirá, al menos, los siguienteselementos:

a) Adecuación y concreción de los objetivos generales de la educación primaria al contexto socioeconómico ycultural del centro y a las características del alumnado, teniendo en cuenta lo establecido en el proyectoeducativo.

b) Los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a cadaárea y curso, desarrollando y complementando los establecidos en los Anexos I.B y I.C.

c) Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos propios del centro para la etapa.d) Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y horarios de las actividades.e) Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular.f) Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado.g) Criterios sobre promoción del alumnado, en el marco de lo establecido en el artículo 32 de esta orden, y

para realizar la necesaria información a las familias.h) Orientaciones para incorporar el desarrollo de las competencias, a través de los aspectos didácticos y

metodológicos de las distintas áreas, y de la organización y funcionamiento del centro.i) Orientaciones para incorporar los elementos transversales establecidos en el artículo 10 del Real Decreto

126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria, a travésdel desarrollo del currículo, y de la organización y el funcionamiento del centro.

j) Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la propuesta curricular.k) Las programaciones didácticas de los diferentes cursos.2. La propuesta curricular de los centros sostenidos con fondos públicos será informada por el consejo

escolar del centro y aprobada por el claustro de profesores. En los centros privados la elaboración yaprobación de las propuestas curriculares se realizará según su distribución interna de competencias.

3. En los centros que impartan varias etapas educativas, la propuesta curricular contemplará lasespecificidades de cada una manteniendo la coherencia entre ellas.

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Contenidos: Propuesta Curricular.

a) Adecuación y concreción de los objetivos generales de la educación primaria al contexto socioeconómico y cultural del centro y a las características del alumnado, teniendo en cuenta lo establecido en el proyecto educativo.

b) Los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a cada área y curso, desarrollando y complementando los establecidos en los Anexos I.B y I.C.

c) Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos propios del centro para la etapa.

d) Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y horarios de las actividades.

e) Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular

f) Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnadog) Criterios sobre promoción del alumnado, en el marco de lo establecido en el artículo

32 de esta orden, y para realizar la necesaria información a las familias. h) Orientaciones para incorporar el desarrollo de las competencias, a través de los

aspectos didácticos y metodológicos de las distintas áreas, y de la organización y funcionamiento del centro.

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funcionamiento del centro.

i) Orientaciones para incorporar los elementos transversales establecidos en el artículo 10 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria, a través del desarrollo del currículo, y de la organización y el funcionamiento del centro.

j) Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la propuesta curricular.

k) Las programaciones didácticas de los diferentes cursos.

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Contenidos: Propuesta Curricular.

2ª Reunión de la Comisión de Coordinación PedagógicaDebatir aportaciones y fijar la propuesta final de

objetivos generales, orientaciones para 1ª Propuesta de decisiones de carácter general sobre

1ª Propuesta de criterios generales

Reunión en Equipos de nivel y/o ciclo

Debate y aportaciones a las tres propuestas anteriores de la CCP

1ª Reunión de la Comisión de Coordinación PedagógicaSelección de la estructura

formal común para los apartados generales y para

los que se elaboran por curso y área

1ª Propuesta de adecuación y concreción de los objetivos generales de

la/s etapas

1ª Propuesta de orientaciones para

incorporar el desarrollo de las competencias

1ª Propuesta de orientaciones para

incorporar los elementos transversales

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3ª Reunión de la Comisión de Coordinación PedagógicaDebatir aportaciones y fijar la propuesta final de:

Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos y Criterios generales de

evaluación de los aprendizajes del alumnado.

Debatir aportaciones, resolver dudas y fijar la estructura formal final del documento sobre contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables correspondiente a cada

área o curso. Dudas y aportaciones.

Reunión en Equipos por áreas internivel

Debate y aportaciones a las dos propuestas anteriores de la CCP

Ver la estructura formal para la elaboración del documento sobre contenidos, criterios de evaluación y

estándares de aprendizaje evaluables correspondiente a cada área o curso. Dudas y aportaciones.

objetivos generales, orientaciones para incorporar el desarrollo de las competencias y orientaciones para incorporar los elementos

transversales

de carácter general sobre métodos pedagógicos y

didácticos

1ª Propuesta de criterios generales de evaluación de los aprendizajes

del alumnado

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Contenidos: Propuesta Curricular.

Varias reuniones en equipos de nivel y/o cicloCriterios para la elaboración de las Programaciones

4ª Reunión de la Comisión de Coordinación Pedagógica1ª Propuesta de Criterios para el

agrupamiento del alumnado, organización y horario de las

actividades.

1ª Propuesta de Criterios de selección de materiales de

desarrollo curricular

1ª Propuesta de Criterios sobre promoción del alumnado

Varias reuniones en Equipos de área internivel

Selección de los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a cada área y curso.

Elaboración del documento que los recoge en el formato establecido

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Claustro de Profesores.

Aprueba la Propuesta curricular

5ª Reunión de la Comisión de Coordinación PedagógicaDebatir aportaciones y fijar la propuesta final de: Criterios

para el agrupamiento del alumnado, organización y horario de actividades. Criterios de selección de

materiales de desarrollo curricular. Criterios sobre promoción del alumnado.

Y Criterios para la elaboración de las Programaciones Didácticas de los diferentes cursos.

Revisar y fijar los criterios finales y la estructura formal para la elaboración de las Programaciones didácticas de

los diferentes cursos.

Debate y aportaciones a las tres propuestas anteriores de la CCP

Criterios para la elaboración de las Programaciones Didácticas de los diferentes cursos. (Nota: El

procedimiento de elaboración de las mismas lo veremos en el proceso de enseñanza-aprendizaje)

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Contenidos aplicar cambios en

procesos estratégicos

• Autonomía de los Centros– Proyecto de Autonomía

– Mayor liderazgo pedagógico y de gestión

– Potenciación función directiva• Nuevas competencias

• Cambios en el acceso a la función directiva. Acreditación y Selección .

– Cambio en las funciones del Consejo Escolar

• El profesorado como autoridad pública

• Cambios organizativos– Estructura en cursos

– Nuevas figuras de coordinación docente

• Nuevos mecanismos de participación

Proceso de Gestión directiva (Liderazgo, dirección, coordinación y participación)

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• Nuevos mecanismos de participaciónEn documentos

de apoyo

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Contenidos:

Proceso de Gestión directiva¿Cómo influye este proceso en la vida del centro?¿Cómo influye este proceso en la vida del centro?

Autonomía

• El centro puede adoptar experimentaciones, planes de trabajo, forma de organización, normas de convivencia, ampliación del calendario escolar y del horario lectivo de áreas y materias.

• El centro deberá presentar una planificación estratégica.

• El centro docente se puede especializar y fijar la oferta de asignaturas.

• El centro puede favorecer el trabajo en equipo y estimular la actividad investigadora.

• El centro arbitrará métodos que tengan en cuenta diferentes ritmos de aprendizaje.

• El centro promoverá compromisos con las familias y los alumnos

• En centro podrá realizar el proyecto de autonomía.

El director de centro

• El director accede por concurso de méritos y acreditado.

• Ha de realizar un curso de acreditación o de actualización.

• Puede establecer requisitos y méritos para puestos específicos, rechazar algunas incorporaciones o proponer prórrogas y nombramientos.

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algunas incorporaciones o proponer prórrogas y nombramientos.

• Aprueba proyectos, normas y la Programación General Anual.

• Decide sobre la admisión de alumnos.

• Aprueba la obtención de recursos complementarios y fija las línea de colaboración con las entidades.

Profesorado

• Es considerado autoridad pública ( Influencia en el proceso de convivencia)

Consejo Escolar

• Evalúa los proyectos y las normas, así como la PGA.

• Informa sobre admisión de alumnos

• Propone medidas e iniciativas para la resolución de conflictos y la prevención de violencia de género

Coordinación docente (Influencia en la PGA)

• Los centros podrán realizar propuestas organizativas y funcionales

• Nueva estructuración en cursos. (no ciclos)

• Se crean los equipos docentes de nivel ( y su coordinador)

• Se crean los dos equipos docentes internivel ( y su coordinador)

• Se nombra el coordinador de formación, calidad e innovación así como , en su caso, el equipo interno de formación

• Se elabora un documento de compromisos con la familia y los alumnos .

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Contenidos aplicar cambios en

procesos estratégicos

Proceso de Evaluación General y Mejora

• Rendición de cuentas

• Pruebas externas de diagnóstico– Difusión de resultados

– Planes específicos de mejora

• Indicadores de logro de las programaciones

• El Instituto Nacional de Evaluación Educativa

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Page 27: Formación del Profesorado · Formación del Profesorado 1. Aplicar cambios 2 en los procesos. 3. Aplicar cambios.Procesos (Tomados del Modelo de Evaluación externa) •Representa

Contenidos:

Proceso de Evaluación General y Mejora

¿Cómo influye este proceso en la vida del centro?¿Cómo influye este proceso en la vida del centro?

Los indicadores de logro de las programaciones:

Referentes de evaluación para el centro.

Los resultados obtenidos en los centros:

Publicación pública

En función de los resultados obtenidos en el centro:

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Propuesta de planes específicos de mejora

El Instituto Nacional de Evaluación Educativa:

Máximo órgano responsable de evaluación.

De acuerdo con la autonomía de los centros:

Rendición de cuentas y trasparencia.

Las pruebas externas de diagnóstico:

Instrumento de mejora para el centro.

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Responder a los planteamientos

Proyecto

Educativo

RRI

Planes

• Plan de…

• Plan de…

• Plan de…

• …Ejemplos de:

Convivencia

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y trabajo en equipo

Principio de colaboración

Herramientas e

Instrumentos de

Evaluación

Propuesta Curricular

Programaciones Didácticas

Programación de Aula

Page 29: Formación del Profesorado · Formación del Profesorado 1. Aplicar cambios 2 en los procesos. 3. Aplicar cambios.Procesos (Tomados del Modelo de Evaluación externa) •Representa

Responder a los planteamientos

Presentaciones

Presentación del Módulo

Presentación de los contenidos

Presentación Procesos Estratégicos

Presentación Procesos Clave

LOE-LOMCE Esquema Integrado

LOE-LOMCE Texto Refundido

Carpeta con el resto de normativa

Cambios en los Procesos Estratégicos

Documentos:

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Documentos de apoyo

Cambios en los Procesos Estratégicos

Estructura del Proyecto Educativo

Proyecto Educativo modulo _LOMCE

Propuesta Curricular modulo_LOMCE

PGA modulo_LOMCE

RRI modulo_LOMCE

Proceso de Gestión Directiva modulo_LOMCE

Cambios en los procesos Clave

Proceso de enseñanza-aprendizaje modulo _LOMCE

Programación didáctica modulo_LOMCE

Proceso de tutoría y orientación modulo_LOMCE

Proceso de gestión de la Convivencia modulo_LOMCE