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FORMULARIO DE CRÉDITOS AL CONSUMO REVOLVENTES (CR), APLICABLES A DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y SOFOMES, E. R.
(ÚLTIMA MODIFICACIÓN FEBRERO 2019)
AYUDAS GENÉRICAS .......................................................................................... 3
I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN 3
II. OBJETIVO DEL REQUERIMIENTO 4
III. COBERTURA DEL FORMULARIO 6
IV. CONTENIDO DEL FORMULARIO 7
V. CATÁLOGO DE PRODUCTOS DE CRÉDITOS REVOLVENTES 7
VI. CATÁLOGO DE CAT DEL CONTRATO Y LÍMITE DE CRÉDITO DEL CONTRATO 8
VII. GARANTÍAS 9
VIII. METODOLOGÍAS DE CONFRONTAS 10
IX. FECHA Y HORARIO DE ENTREGA DE LA INFORMACIÓN 10
X. TRANSMISIONES QUE NO SE APEGUEN AL “TIEMPO Y FORMA”, Y RETRANSMISIONES
11
ESTRUCTURA Y CONTENIDO ............................................................................. 12
SECCIÓN II. SEGUIMIENTO DEL CRÉDITO 12
SECCIÓN GARANTÍAS. SEGUIMIENTO DEL CRÉDITO CON RECONOCIMIENTO DE ESQUEMAS
DE COBERTURA 13
SECCIÓN CATÁLOGO DEL CAT (ALTAS). CAT DEL CONTRATO Y LÍMITE DE CRÉDITO DEL
CONTRATO DEL BIMESTRE. 13
SECCIÓN III. ACLARACIONES A LA INFORMACIÓN 14
SECCIÓN IV. CATÁLOGO DE CAT DEL CONTRATO Y LÍMITE DE CRÉDITO DEL CONTRATO
(CONSTITUCIÓN BASE) 14
2
AYUDAS ESPECÍFICAS ...................................................................................... 15
SECCION II. SEGUIMIENTO DEL CRÉDITO 16
SECCIÓN CATÁLOGO DEL CAT (ALTAS). CAT DEL CONTRATO Y LÍMITE DE CRÉDITO DEL
CONTRATO DEL BIMESTRE 31
INFORMACIÓN ADICIONAL. SALDOS COMPLEMENTARIOS DE CARTERA 32
SECCIÓN III. ACLARACIONES A LA INFORMACIÓN 32
SECCIÓN IV. CATÁLOGO DE CAT DEL CONTRATO Y LÍMITE DE CRÉDITO DEL CONTRATO
(CONSTITUCIÓN BASE) 33
VALIDACIONES TÉCNICAS Y DE NEGOCIO APLICABLES AL FORMULARIO DE CRÉDITOS
AL CONSUMO REVOLVENTES ............................................................................ 35
1. VALIDACIONES TECNICAS DE ALTO VOLUMEN 38
2. VALIDACIONES TÉCNICAS DE BAJO VOLUMEN 46
3. VALIDACIONES DE NEGOCIO GRAVES 52
3.1 SECCIÓN GARANTÍAS 57
3.2 SECCIÓN ALTAS 61
3.3 SECCIÓN III 62
3.4 CONSTITUCIÓN BASE 63
4. VALIDACIONES DE NEGOCIO NO GRAVES 64
5. CONSISTENCIA ENTRE FORMULARIOS 100
3
CONTENIDO
AYUDAS GENÉRICAS
I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN
Ley de Instituciones de Crédito, Artículo 97
“Las instituciones de crédito deberán presentar la información y documentación que, en el ámbito de sus
respectivas competencias, les soliciten la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México, la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usua-
rios de Servicios Financieros y el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, dentro de los plazos y a
través de los medios que las mismas establezcan.”
Ley del Banco de México, Artículo 36
“Los intermediarios financieros estarán obligados a suministrar al Banco de México la información que éste
les requiera sobre sus operaciones incluso respecto de alguna o algunas de ellas en lo individual, los datos
que permitan estimar su situación financiera y, en general, aquella que sea útil al Banco para proveer el
adecuado cumplimiento de sus funciones.”
Reglamento Interior del Banco de México, artículo 25 Bis 1, fracción I.
“La Dirección de Información del Sistema Financiero tendrá las atribuciones siguientes:
I. Recabar, procesar y validar información de carácter financiero, de las entidades financieras y empresas
de servicios que forman parte del sistema financiero, de otras autoridades financieras, de empresas y de-
pendencias del sector público y, de empresas no financieras mexicanas y entidades financieras del exterior
que puedan representar una amenaza a la estabilidad del sistema financiero. Las atribuciones previstas en
esta fracción deben realizarse en coordinación con otras Unidades Administrativas del Banco y, en su caso,
con otras autoridades financieras;…”
Circular 3/2012 CAPÍTULO VII Artículo 108
Información al Banco de México.
“Las Instituciones deberán proporcionar a la Dirección General de Asuntos del Sistema Financiero, a la
Dirección General de Operaciones de Banca Central, a la Dirección General de Estrategia, Riesgos y Siste-
mas de Pagos, así como a la Dirección de Información del Sistema Financiero del Banco de México, la in-
formación que, en el ámbito de su competencia, dichas unidades administrativas les requieran.
La referida información deberá remitirse en la forma y términos que les den a conocer las mencionadas
unidades administrativas.”
CONTENIDO
4
Ley de Transparencia y Ordenamiento de Servicios Financieros Artículo 21, primer párrafo
Las Entidades Financieras y las Cámaras de Compensación , estarán obligadas a suministrar al Banco de
México en la forma y términos que éste le requiera información sobre medios de disposición, créditos,
préstamos y financiamientos respectivos, así como en general, aquélla que sea útil al Banco para proveer
un adecuado cumplimiento de sus funciones.
II. OBJETIVO DEL REQUERIMIENTO
Este formulario tiene como objetivo principal disponer de información relativa a créditos al consumo revol-
ventes provenientes de operaciones con Tarjetas de Crédito y Otros Créditos Revolventes sin Tarjeta de
Crédito, necesaria para, según sea el caso: elaborar estadísticas e indicadores (tasas de interés, volumen,
utilización de las líneas, etcétera); dar seguimiento a la regulación (reservas preventivas, CAT, publicación
de Indicadores Básicos de Tarjetas de Crédito, etcétera); medir riesgos; realizar análisis, etcétera.
DEFINICIONES:
Para los efectos de éste formulario se entenderá por:
“Activación”, solicitud realizada por el Tarjetahabiente, ya sea mediante firma autógrafa del propio Tar-
jetahabiente al momento de recibirla o mediante el uso de cajeros automáticos, vía telefónica, a través de
su página en Internet, acudiendo a las sucursales o por conducto de comisionistas bancarios, mediante el
cual realiza la activación de la tarjeta de Crédito, de conformidad con el inciso 3 de la Circular 34/2010.
Cuando el cliente previamente haya activado su tarjeta de crédito conforme a lo indicado en el inciso 3 de
la circular 34/2010 y por algún motivo el estatus de su tarjeta de crédito haya cambiado posteriormente a
“no activada” (por ejemplo, debido a la reposición de la tarjeta de crédito por robo, extravío o desgaste,
por aclaración de un cargo, etcétera); la institución está obligada a continuar reportando la información de
dicha tarjeta de crédito en el presente formulario.
“CAT”, al Costo Anual Total, a que hace referencia la Circular 21-2009.
“Clientes No Totaleros”, a los clientes que ejercen su correspondiente línea de crédito “revolvente”, pe-
ro que no alcanzan a realizar el pago total de la línea que efectivamente ejercieron. También les denomi-
nan “Clientes Revolventes”.
“Clientes Totaleros”, a los clientes que ejercen su correspondiente línea de crédito “revolvente”, pero
que por pago total y oportuno de la línea que efectivamente ejercieron, no causan intereses – incluyendo
intereses de promociones con intereses.
“CNBV”, a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
“CONDUSEF”, a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financie-
ros.
CONTENIDO
“Contrato”, al acto jurídico que documenta un crédito, préstamo o financiamiento revolvente, celebrado
entre la Emisora y el cliente, con base en el cual se emiten Tarjetas de Crédito y otros créditos revolven-
tes.
5
“Créditos Revolventes Empresariales”, a la línea de crédito revolvente cuyo acreditado es una perso-
na moral (empresa) o una persona física con actividad empresarial, asociado o no a una tarjeta de crédito.
“CUB”, Circular Única de Bancos, emitida por la CNBV.
“Formulario RECO”, al formulario relativo al Registro de Comisiones, que sustituyó al formulario CCT el
31 de marzo 2014.
“Instituciones”, (en singular o en plural) a las Instituciones de Crédito y a las Sociedades Financieras de
Objeto Múltiple, Entidades Reguladas (SOFOM, E.R.).
“LIC”, a la Ley de Instituciones de Crédito.
“Metodología Estándar”, al modelo estándar que se utiliza para calcular las reservas de la cartera credi-
ticia de consumo sobre operaciones de tarjetas de crédito y otros créditos revolventes, a que se refiere el
artículo 92 de la CUB.
“Metodología Interna”, al modelo interno avanzado que se utiliza para calcular las reservas de la carte-
ra crediticia de consumo sobre operaciones de tarjetas de crédito y otros créditos revolventes, previa au-
torización de la CNBV, a que se refiere el artículo 124 de la CUB.
“Producto”, (en singular o en plural), a la línea de crédito revolvente que es ofrecida mediante una tarje-
ta de crédito o bien, mediante otras formas de disposición sin tarjeta de crédito.
“Producto específico”, producto identificado bajo una misma marca comercial (nombre asociado al pro-
ducto), o bien; en caso de que se trate de una publicidad de una promoción específica, el producto o con-
junto de productos, que compartan características, sobre los cuales la Entidad ofrece dicha promoción de
conformidad con el numeral 5.2 de la circular 21/2009.
“Reporte de observaciones”, Observaciones de negocio a la información que verifican la consistencia
en diversos temas, disponible en el sistema de acopio “SAIF WEB”. Por cada transmisión a la información
se generan las observaciones vinculadas a un “ID del reporte de observaciones” el cual es un núme-
ro consecutivo que identifica la generación del bloque de observaciones. Cada observación se encuentra
asociada un “ID de validación”. Consultar ayudas de proceso donde se encuentran documentadas todas
las validaciones a la información.
“Revolvente” de conformidad con la CUB artículo 1, característica contractual de la apertura de cré-
dito, que da derecho al acreditado a realizar pagos, parciales o totales, de las disposiciones que previa-
mente hubiere hecho, quedando facultado, mientras el contrato no concluya, para disponer en la forma
pactada del saldo que resulte a su favor, sin que para ello se requiera de la autorización o aceptación de la
Institución.
CONTENIDO
No se considerarán como Revolventes aquellos créditos en los que la disposición del saldo a favor del
acreditado esté condicionado al pago de cierto monto de los saldos dispuestos y que genere cambios en
las condiciones originales del crédito, como una nueva tabla de amortización con pagos fijos y un plazo
distinto al original preestablecido.
6
“Tarjeta de Crédito Básica”, al producto indicado en el artículo 48 Bis 2 de la LIC.
III. COBERTURA DEL FORMULARIO
En este formulario se debe incluir información de los créditos al consumo revolventes otorgados a perso-
nas físicas mediante un contrato (con independencia de su activación) asociados o no a una tarjeta, que
se ejercen mediante el uso de la correspondiente línea de crédito “revolvente”: tanto vigentes como ven-
cidos, y tanto de tarjetas de aceptación abierta (bancarias y de marca compartida, de aceptación general)
como de tarjetas de aceptación cerrada (de marca privada, con aceptación restringida sólo en estableci-
mientos comerciales).
El formulario también incluye créditos al consumo revolventes otorgados, por ejemplo, a empleados, fun-
cionarios, ex-empleados o consejeros del Banco (como una prestación laboral, por ejemplo) o por haber
sido otorgadas en condiciones preferenciales distintas al “público en general”; a los otorgados a determi-
nadas personas físicas como un “Plan Piloto” o bien, créditos que son ofrecidos de manera restringida o
selectiva a cierto grupo de clientes pero no para el “público en general”.
Por lo anterior, NO se debe incluir en este formulario la información de:
- Créditos que por cualquier circunstancia se les haya cancelado definitivamente la correspondiente línea de
crédito “revolvente”. Lo anterior, sin importar que el crédito originalmente haya sido tarjeta de crédito o
de otro crédito revolvente sin tarjeta de crédito, ni que se siga utilizando el mismo número de crédito y la
misma infraestructura para su administración. Los créditos mencionados en este inciso, deberán ser regis-
trados como “Créditos que provienen de una reestructura Provenientes de Tarjetas de Crédito” (Campo 3
= 560), en el formulario denominado “Créditos No Revolventes - Personal”, en el periodo de facturación
inmediato siguiente al de la cancelación de la línea de crédito “revolvente”, y sus reservas calculadas con
base en el Artículo 91 de la CUB.
- Productos relativos a créditos revolventes empresariales (asociados o no a una tarjeta de crédito), que se
otorgan a personas morales y/o personas físicas con actividad empresarial; ya que estos no son conside-
rados créditos al consumo según el criterio contable B-6 del Anexo 33 de la CUB. Estos créditos, deberán
ser registrados como “créditos comerciales”, conforme al correspondiente requerimiento de información de
la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
- Los créditos al consumo respecto de los cuales no exista una línea de crédito que sea “revolvente” en todo
momento; sin importar que para la disposición y administración del crédito se utilice un plástico y/o una
infraestructura similar a la de Tarjetas de Crédito.
- Productos de “prueba” que la institución utilice para tal fin y que no se ofrecen al público, ya que son
simulaciones que ésta realiza para verificar la operatividad de sus productos y sistemas.
CONTENIDO
- Los Créditos al consumo revolventes de los cuales no exista un contrato.
- Los créditos otorgados a empleados de la institución que se encuentren registrados contablemente dentro
de la cuenta 140105 (Préstamos y otros adeudos al personal) del catálogo mínimo.
7
IV. CONTENIDO DEL FORMULARIO
Las instituciones que otorguen créditos al consumo revolventes, deberán proporcionar al Banco de México
la información correspondiente a los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre, de cada
año. Al efecto, deberán incluir un registro por cada crédito, sin importar si el saldo del crédito es a cargo,
cero o a favor.
A manera de ejemplo y conforme a lo anterior, en la información relativa a abril, deberán incluir la infor-
mación de todos los créditos revolventes (uno a uno) con los datos correspondientes al período cuyos cor-
tes se hayan realizado del 1 al 30 de abril; en la relativa a junio, deberán incluir los datos correspondien-
tes al período cuyos cortes se hayan realizado del 1 al 30 de junio, y así para los demás meses ya indica-
dos.
El formulario está compuesto de las siguientes secciones:
La Sección II, tiene dos apartados: la Sección II A donde reportan aquellas instituciones que realicen la
constitución de reservas bajo Metodología Estándar o Interna; y la Sección II B, únicamente para aque-
llas, que previa autorización de la CNBV, realicen el cálculo de sus reservas de créditos al consumo revol-
ventes bajo metodología interna, durante el periodo paralelo de seis semestres de conformidad con el
artículo 128 de la CUB.
Sección de Información Adicional, se reportan los saldos complementarios de la cartera de crédito.
Sección de garantías, en esta parte se reporta el seguimiento el crédito con reconocimiento de esque-
mas de cobertura.
Sección Catálogo de CAT, donde se deben reportar los folios de cada nuevo crédito colocados en el bi-
mestre al que corresponde la información, es decir las ALTAS.
La Sección III, es la Sección de aclaraciones a la información.
La Sección IV, es la Sección de Constitución de Base del Catálogo de CAT del Contrato y límite de Crédi-
to del Contrato.
V. CATÁLOGO DE PRODUCTOS DE CRÉDITOS REVOLVENTES
Las instituciones deberán dar a conocer al Banco de México, la apertura de nuevos Productos así como, de
ser el caso, los cambios en alguna de sus características, para que éstos sean incorporados al “Catálogo
de Productos” de Créditos Revolventes.
Al efecto, deberán enviar un correo electrónico a [email protected] con la siguiente información:
CONTENIDO
- Identificador RECO
- Nombre
- Producto
- Operador
- Aceptación
- Oferta
- Clase
8
- Restricción
- Afinidad con Empresas
- Tipo de disposición del crédito
- Fecha de celebración del primer contrato del producto
- CAT de Publicidad y Propaganda del producto en su primer año de comercialización.
La institución tiene la obligación de tener actualizado su Catálogo de Productos previo envío de su infor-
mación a Banco de México.
VI. CATÁLOGO DE CAT DEL CONTRATO Y LÍMITE DE CRÉDITO DEL CONTRATO
La información a reportar en este Catálogo corresponde al “CAT contenido en el contrato” y “Línea de cré-
dito otorgada en el contrato” de los créditos colocados por la institución, a través de un contrato con el
cliente, adicionalmente la institución deberá reportar la fecha de otorgamiento del crédito y el producto.
No se deberán incluir créditos reestructurados.
La información del catálogo de CAT del contrato de créditos al consumo revolventes se conforma por
Constitución de Base y Altas.
CATÁLOGO DEL CAT (CONSTITUCIÓN DE BASE)
Se deberá reportar cada folio de crédito que haya sido otorgado exclusivamente en el periodo de constitu-
ción: 12 meses-calendario previos sin considerar el bimestre de envío de información.
La información de la constitución base, no se envía con periodicidad bimestral constante, se deberá en-
viar en el paquete de información Catálogo del CAT de contrato y Límite de crédito del contrato una única
ocasión en el caso de Constitución base Inicial, o bien en envío posterior en caso de Constitución base
Posterior conforme lo siguiente:
i) Constitución base Inicial: Instituciones que inician el suministro de información del formulario
CR a Banco de México y que tengan cartera de crédito colocada en el periodo de constitución.
ii) Constitución base Posterior: Instituciones que posterior a su constitución de base inicial com-
pren cartera de crédito o adquieren cartera de crédito a través de fusionarse con otra institución u
otras acciones corporativas que deriven en adquisición de cartera colocada en el periodo de consti-
tución.
A manera de ejemplo y conforme a lo anterior, en la información relativa a abril 2016, deberán reportar
la información de todos las colocaciones otorgadas del 01 de abril del 2015 hasta el 29 de febrero del
2016.
CONTENIDO
CATÁLOGO DEL CAT (ALTAS)
Se deberá reportar cada folio de crédito que haya sido otorgado exclusivamente en el periodo del bimes-
tre de envío de información.
La información de Altas, se envía con periodicidad bimestral en la Sección Catálogo de CAT del apar-
tado de seguimiento correspondiente.
9
A manera de ejemplo y conforme a lo anterior, en la información relativa a Abril 2016 deberán reportar la
información de todos las colocaciones otorgadas del 01 de Marzo del 2016 hasta el 30 de Abril del
2016.
CÁLCULO DEL CAT DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA CIRCULAR 21/2009
Para efectos del cálculo del CAT de Publicidad y Propaganda de conformidad con el segundo párrafo del
numeral 5.2 de la Circular 21/2009, los folios de los créditos que hayan sido otorgados exclusivamente en
los 12 meses-calendario previos al mes de reporte, de productos comercializados por más de un año,
serán considerados en el promedio ponderado de los CAT (con base en la línea de crédito otorgada en el
contrato), excluyendo los créditos que no sean elegibles al cierre de mes que se está reportando (Sec-
ción II Campo 39 Indicador de crédito para CAT de Publicidad y Propaganda=0).
Por lo tanto, los folios de créditos de la sección IIA que cumplan con ser créditos elegibles al cierre del
mes que se está reportando (Campo 39 Indicador de crédito para CAT de Publicidad y Propaganda=1),
deberán estar contenidos necesariamente el catálogo de CAT del contrato de créditos al consumo revol-
ventes.
VII. GARANTÍAS
Esta sección aplica exclusivamente a las instituciones que calculen sus reservas bajo metodología están-
dar, que cuenten con garantías reales admisibles y personales, y que opten por reconocer dichas garan-
tías, con la finalidad de disminuir las reservas preventivas derivadas de la calificación de la cartera, de
conformidad con el artículo 97 bis 6 de la CUB.
Los folios de créditos reportados en esta sección, deberán estar reportados necesariamente en la sección
II (Campo 37 INDICADOR GARANTÍA =3).
Tratándose de créditos que cuenten con 1 garantía real o personal, se deberá reportar un registro por el
tipo de garantía (campo 3 Tipo de garantía) de acuerdo a lo estipulado en el artículo 97 bis 6 de la CUB, y
reportar, de ser el caso y según corresponda por el tipo de garantía, la parte No cubierta del crédito.
Tratándose de créditos que cuenten con 2 o más garantías del mismo tipo, se deberá reportar un registro
por cada parte cubierta de acuerdo a lo estipulado en el artículo 120 de la CUB (Repitiendo el folio del
Crédito), y reportar, de ser el caso y según corresponda por el tipo de garantía, la parte No cubierta del
crédito.
CONTENIDO
Tratándose de créditos que cuenten con 2 o más garantías distintas, se deberá reportar, un registro por
cada parte cubierta del mismo crédito de acuerdo a lo estipulado en el artículo 120 de la CUB (repitiendo
el folio del Crédito) y reportar, de ser el caso y según corresponda por el tipo de garantía, la parte No cu-
bierta del crédito. Se deberá aplicar en la parte cubierta y descubierta, el reconocimiento de las garantías
de acuerdo a lo estipulado en el artículo 120 de la CUB.
Tratándose de portafolios en garantías personales, se deberá reportar un registro por cada crédito que
conforme el portafolio para la parte cubierta por el acreditado, y un registro de cada crédito para la parte
cubierta del garante. Adicionalmente, todos los créditos que conforman el portafolio deberán compartir el
mismo id de portafolio (campo 16) para su identificación.
10
VIII. METODOLOGÍAS DE CONFRONTAS
Las metodologías de las confrontas que se realizan entre la información de este formulario y la de otras
fuentes de información, se encuentran en el apartado de ayudas del sistema de acopio denominado SAIF-
Web.
A continuación se muestra una imagen para mayor referencia.
IX. FECHA Y HORARIO DE ENTREGA DE LA INFORMACIÓN
ENVÍO OFICIAL DE INFORMACIÓN
La información correspondiente a las siguientes secciones deberá transmitirse al Banco de México, a más
tardar a las 15:00 horas del décimo tercer día hábil posterior al mes a que corresponden los datos:
Sección II. Seguimiento del Crédito
o Sección II A (Estándar o interna) o Sección II B (periodo paralelo) según aplique de acuerdo a
V.CONTENIDO DEL FORMULARIO
Sección Garantías
Sección catálogo del CAT
Sección Información adicional
La información correspondiente a la Sección IV, en caso de aplicar su envío (ver apartado VII), se deberá
transmitir a más tardar a las 15:00 horas del décimo tercer día hábil posterior al mes a que corresponde
tal información.
ENVÍO COMPLEMENTARIO DE INFORMACIÓN
La información correspondiente a la Sección III, se deberá transmitir a Banco de México, a más tardar a
las 20:00 horas del décimo séptimo día hábil posterior al mes a que corresponde tal información.
En caso de una nueva generación del reporte de observaciones a partir al décimo octavo día hábil poste-
rior al mes a que corresponde tal información, por actualización del reporte de observaciones o retransmi-
siones a la información es obligación de la institución realizar nuevamente el envío de la información de
la Sección III asociado al último id del reporte de observaciones a más tardar a las 12:00 horas del día
siguiente.
CONTENIDO
11
X. TRANSMISIONES QUE NO SE APEGUEN AL “TIEMPO Y FORMA”,
Y RETRANSMISIONES
Cuando, por cualquier causa, la información no sea transmitida en “tiempo y forma” o se realicen re-
transmisiones de información, la institución deberá manifestar al Banco de México las causas que origina-
ron tal situación, y precisar, en el segundo caso, el tipo de modificación a las cifras, mediante comunica-
ción por escrito que dirijan a la “Subgerencia de Información de Estados Financieros y Crédito”, del Banco
de México.
SISTEMA DE ACOPIO
La información del presente formulario deberá ser transmitida a través del sistema de Acopio
“SAIF WEB”.
DUDAS Y COMENTARIOS
Las dudas y comentarios referentes a la cobertura, contenido y operación de este formulario, así como el
del correspondiente “Catálogo de Productos”, serán atendidos por la “Subgerencia de Información de Es-
tados Financieros y Crédito” al correo electrónico [email protected]
Las dudas y comentarios referentes a las especificaciones informáticas, serán atendidos por la mesa de
servicios del SAIFWeb en la dirección de correo [email protected]
CONTENIDO
12
ESTRUCTURA Y CONTENIDO
SECCIÓN II. SEGUIMIENTO DEL CRÉDITO
CONTENIDO
13
SECCIÓN GARANTÍAS. SEGUIMIENTO DEL CRÉDITO CON RECONOCIMIENTO DE ESQUEMAS DE
COBERTURA
En
tero
s
Decim
ale
s
1 folio del crédito folio del crédito Alfanumérico
2 garantía Tipo de garantía Numérico 1 0
3 g_real Tipo de garantía real Numérico 2 0
4 importe_garantía Importe de la garantía Numérico 8 2
5 probinc_garante Probabilidad de Incumplimiento (Garante) Numérico 3 2
6 sp Severidad de la Pérdida conforme al art. 97 Bis 6 Numérico 3 2
7 sp _sg Severidad de la Pérdida de conforme el art. 97 Bis 6, fracción II, inciso b). Numérico 3 2
8 hcFactor de ajuste correspondiente a la garantía real financiera recibida, conforme al
Anexo 1 F.Numérico 3 2
9 hfxFactor de ajuste correspondiente la moneda de denominación entre la exposición y el
importe de la garantía.Numérico 1 0
10 ptg_cobertura Porcentaje de cobertura Numérico 3 2
11 exposición Exposición al Incumplimiento Numérico 8 2
12 ei_ajustada Exposición al Incumplimiento ajustada Numérico 8 2
13 reservas Reservas a Constituir Numérico 8 2
14 clave_garante clave garante Carácter
15 rugm RUGM Alfanumérico
16 id_portafolio id del portafolio Numérico4 0
12
18
6
# Campo Etiqueta Descripción Corta Tipo
Longitud
SECCIÓN CATÁLOGO DEL CAT (ALTAS). CAT DEL CONTRATO Y LÍMITE DE CRÉDITO DEL CON-
TRATO DEL BIMESTRE.
En
tero
s
Decim
ale
s
1 Fecha Fecha de otorgamiento del créditoFecha de
otorgamiento del AAAAMMDD
2 folio del crédito Folio del crédito
Número único e
irrepetible que la
Institución asocie a
Alfanumérico
3 Catcontrato CAT contenido en el contratoCAT contenido en
el contrato.Numérico 4 1
4 limcredito Límite de Crédito del contratoLímite de crédito
del contrato.Numérico 8 0
5 producto Producto.
Identificador del
Producto propio de
la institución.
Alfanumérico
# Campo Etiqueta Descripción Corta
10
Descripción Larga Tipo
Longitud
18
14
CONTENIDO
SECCIÓN INFORMACIÓN ADICIONAL. SALDOS COMPLEMENTARIOS DE CARTERA DE CRÉDITO
En
tero
s
Decim
ale
s
1 Inst Clave de la institución Alfanumérico
2 Fecha Fecha del último día natural del bimestre. AAAAMMDD
3 concepto Clave del concepto Numérico 4 0
4 importe1 Importe de los Saldos adicionales Numérico 8 2
# Campo Etiqueta Descripción Corta Tipo
Longitud
6
SECCIÓN III. ACLARACIONES A LA INFORMACIÓN
En
tero
s
Decim
ale
s
1 Inst Clave de la institución Alfanumérico ∞
2 Fecha Fecha del último día natural del bimestre. AAAAMMDD ∞
3 id_val Clave del concepto o validación Numérico 4 0 ∞
4 id_Reporte Id de generación del reporte Numérico 2 0
5 Tipo_respuesta Clasificacion del movimiento Numérico 2 0
6 Comentario Comentario del movimiento Alfanumérico
Etiqueta Descripción Corta Tipo
Longitud
Lla
ve
(du
plicid
ad
)
# Campo
6
255
SECCIÓN IV. CATÁLOGO DE CAT DEL CONTRATO Y LÍMITE DE CRÉDITO DEL CONTRATO (CONS-
TITUCIÓN BASE)
En
tero
s
Decim
ale
s
1 Fecha Fecha de otorgamiento del créditoFecha de
otorgamiento del AAAAMMDD
2 folio del crédito Folio del crédito
Número único e
irrepetible que la
Institución asocie a
Alfanumérico
3 Catcontrato CAT contenido en el contratoCAT contenido en
el contrato.Numérico 4 1
4 limcredito Límite de Crédito del contratoLímite de crédito
del contrato.Numérico 8 0
5 producto Producto.
Identificador del
Producto propio de
la institución.
Alfanumérico
# Campo Etiqueta Descripción Corta
10
Descripción Larga Tipo
Longitud
18
CONTENIDO
15
AYUDAS ESPECÍFICAS
CATÁLOGO DE PRODUCTOS
1. IDENTIFICADOR “RECO”
Se deberá anotar la clave de identificación del Producto conforme al formulario “RECO”.
2. NOMBRE COMERCIAL DEL PRODUCTO-TARJETA.
Se deberá anotar el Nombre Comercial del Producto, congruente con el registrado en el formulario “RE-
CO”.
3. IDENTIFICADOR DEL PRODUCTO.
Se debe reportar la clave que utilice la Institución (única e irrepetible), la cual deberá ser la misma en las
secciones de seguimiento de todos los Periodo-mes.
4. OPERADOR.
Se deberá anotar "VISA", "MASTERCARD", “AMEXPRESS” u “OTRO”.
5. ACEPTACIÓN DE LA TARJETA.
Se deberá anotar el tipo de aceptación del producto: "USO GENERALIZADO" (abierto) o "USO EN DETER-
MINADOS COMERCIOS" (cerrado).
6. OFERTA DEL PRODUCTO.
Se deberá anotar "EL PRODUCTO-TARJETA YA NO SE OFRECE AL PUBLICO" o " EL PRODUCTO-TARJETA SE
SIGUE OFRECIENDO AL PUBLICO".
7. CLASE DE TARJETA.
Se deberá anotar “CLASICA”, “ORO”, “PLATINO” O “BASICA”.
8. RESTRICCIÓN DEL PRODUCTO.
Se deberá anotar "SI" cuando exista una o más restricciones que debe cubrir el cliente (distintas a las re-
lativas a su calidad crediticia) para recibir el Crédito al Consumo Revolvente y "NO" cuando no existan
tales restricciones.
Se entenderá por “Producto con Restricción”, al que, con independencia de las restricciones propias relati-
vas a la calidad crediticia del cliente, cuenta con una o más “restricciones” o “barreras de entrada” para su
otorgamiento. Ejemplos de “restricción” pueden ser los siguientes: Un producto que sólo es otorgado a
clientes del sexo femenino, un producto que sólo es otorgado a estudiantes universitarios o bien, que sólo
es otorgado a clientes que previamente contrataron un servicio con una empresa en particular.
CONTENIDO
9. AFINIDAD CON EMPRESAS.
16
Se deberá anotar "SI" cuando el producto presente afinidad con una Empresa o Persona Moral y "NO"
cuando no exista afinidad.
Se entenderá por “Productos con Afinidad”, a los productos cuya oferta y/o publicidad se realiza simultá-
neamente por la institución de que se trate y por alguna empresa o entidad, previo acuerdo entre las par-
tes. También les denominan “productos de marca compartida”.
10. TIPO DE DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO.
Se deberá anotar " TARJETA DE CREDITO" O “CREDITO REVOLVENTE SIN TARJETA”.
11. FECHA DE CELEBRACIÓN DEL PRIMER CONTRATO DEL PRODUCTO.
Se debe reportar la fecha en que se celebra el primer contrato del producto específico de que se trate.
12. CAT DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA PARA PRODUCTOS COMERCIALIZADOS DURANTE SU
PRIMER AÑO.
Se debe reportar el Costo Anual Total “CAT” de Publicidad y Propaganda que la Institución haya estimado
para el producto específico de que se trate, durante su primer año de comercialización exclusivamente, de
conformidad con el primer párrafo del numeral 5.2 de la Circular 21/2009.
Esta variable debe ser expresada redondeada a 1 decimal.
SECCION II. SEGUIMIENTO DEL CRÉDITO
1.- IDENTIFICADOR DEL PRODUCTO.
Se debe reportar la clave que utilice la Institución (única e irrepetible), la cual deberá ser la misma en los
reportes de todos los Periodo-mes.
2.- FOLIO.
Se debe reportar un número único e irrepetible que la Institución asocie a la línea de crédito de que se
trate, con base en un algoritmo que desarrolle la propia Institución, el cual deberá permitir que en los re-
portes de todos los Periodo-mes cada crédito tenga el mismo número. A partir de éste no deberá poder
determinarse el número de tarjeta o el número de cliente o el número de contrato o cualquier otro dato
que permita identificar a los anteriores o al cliente, salvo mediante la utilización de dicho algoritmo por
parte de la Institución.
3.-LÍMITE DE CRÉDITO, A LA FECHA DE CORTE.
Se debe reportar el límite de crédito a la fecha de corte del periodo que se está reportando.
CONTENIDO
4.- SALDO TOTAL DEL CRÉDITO, A LA FECHA DE CORTE.
Se debe reportar el saldo del crédito total a la fecha de corte del período que se está reportando. Incluye
el saldo de todos los "sacos de revolvencia", sea o no exigible a dicha fecha de corte la correspondiente
17
disposición del crédito. Este campo permite registrar valores negativos (menores a cero) para acopiar e
identificar el Saldo a Favor del Cliente por pago en exceso.
5.- PAGO PARA NO GENERAR INTERESES, A LA FECHA DE CORTE.
Se debe reportar el Pago para No Generar Intereses, determinado a la fecha de corte del período que se
está reportando.
6. IMPORTE PROMEDIO DE LA LÍNEA REVOLVENTE, A LA FECHA DE CORTE.
Se debe reportar el importe promedio mensual de saldos diarios de la Parte del Crédito Con Intereses re-
lativa a la "Línea Revolvente" a la fecha de corte, sin IVA. Incluye exclusivamente el importe promedio de
la parte del crédito relativa a la "Línea Revolvente". Por lo tanto, NO incluye promociones con intereses
(plan de pagos, consumos y disposiciones; con tasa y plazo fijos) ni Promociones con inicio diferido de
causa de intereses (en tanto éstas estén en el período de diferimiento) ni Promociones sin intereses ni
cualquier otra Promoción que en el período cuyo corte se está reportando implique no causa de intereses.
Este importe se debe reportar tanto para los “clientes totaleros” como para los “clientes no totaleros”.
7. INTERESES DE LA LÍNEA REVOLVENTE, A LA FECHA DE CORTE.
Se deben reportar los Intereses Ordinarios calculados para el Importe promedio mensual de saldos diarios
de la Parte del Crédito Con Intereses relativa a la "Línea Revolvente" a la fecha de corte, sin IVA. Incluye
exclusivamente los intereses correspondientes al importe promedio de la parte del crédito relativa a la
"Línea Revolvente". Por lo tanto, NO incluye los intereses de Promociones con intereses (plan de pagos,
consumos y disposiciones; con tasa y plazo particulares y fijos).
8. IMPORTE PROMEDIO PROMOCIONES SIN INTERESES.
Se debe reportar el Importe promedio mensual de saldos diarios de la Parte del Crédito Sin Intereses a la
fecha de corte, sin IVA. Incluye exclusivamente el importe promedio de la parte de la línea relativa a Pro-
mociones sin Intereses, a Promociones con inicio diferido de causa de intereses (en tanto estén en el pe-
ríodo de diferimiento) y a cualquier otra Promoción que en el período cuyo corte se está reportando impli-
que no causa de intereses.
9. MESES DE ATRASO.
Se deben reportar los Meses de atraso en el pago (0 = sin atraso; 1 = un mes; 2 = dos meses; 3 = tres
meses; 4 = cuatro meses, etcétera). Número de meses de atraso a la fecha de corte, incluyendo al obser-
vado en el período cuyo corte se está reportando.
CONTENIDO
10. PAGO MÍNIMO, A LA FECHA DE CORTE.
Se debe reportar el Importe del pago mínimo determinado a la fecha de corte del período que se está re-
portando.
18
11. TASA LÍNEA REVOLVENTE.
Se debe reportar la Tasa de interés anual relativa a la "línea revolvente", correspondiente (asignada) al
cliente de que se trata en el período cuyo corte se está reportando, sin importar si el cliente dispuso o no
de dicha línea ni si es o no "totalero".
12. IMPORTE PROMEDIO PROMOCIONES CON INTERÉS, A LA FECHA DE CORTE.
Se debe reportar el Importe promedio mensual de saldos diarios de la Parte del Crédito Con Intereses re-
lativa a "Promociones con Intereses" a la fecha de corte, sin IVA. Incluye exclusivamente el importe pro-
medio de la parte del crédito relativa a "Promociones Con Intereses" (plan de pagos, consumos y disposi-
ciones; con tasa y plazo fijos) que estén en su etapa de causación de intereses. Por lo tanto, NO incluye
Promociones con inicio diferido de causa de intereses (en tanto éstas estén en el período de diferimiento)
ni Promociones sin intereses ni cualquier otra Promoción que en el período cuyo corte se está reportando
implique no causa de intereses ni la parte del crédito relativa a la "Línea Revolvente".
13. INTERESES PROMOCIONES CON INTERÉS, A LA FECHA DE CORTE.
Se deben reportar los Intereses Ordinarios calculados para el Importe promedio mensual de saldos diarios
de la Parte del Crédito Con Intereses relativa a "Promociones con Intereses" a la fecha de corte, sin IVA.
Incluye exclusivamente los intereses correspondientes al importe promedio de la parte del crédito relativa
a "Promociones Con Intereses" (plan de pagos, consumos y disposiciones; con tasa y plazo fijos) que es-
tén en su etapa de causación de intereses. Por lo tanto, NO incluye intereses de la parte del crédito relati-
va a la "Línea Revolvente".
14. SALDO TOTAL AL INICIO DEL PERÍODO (conforme a CUB Art.92).
Se debe reportar el Saldo Inicial del Crédito Total a la apertura del período cuyo corte se está reportando
(equivalente al Saldo del Crédito Total a la fecha de corte del período inmediato anterior al que se está
reportando). Incluye el saldo de todos los "sacos de revolvencia", exigible a dicha apertura, la correspon-
diente disposición del crédito. Este campo permite registrar valores negativos (menores a cero) para aco-
piar e identificar los Saldos a Favor del Cliente por pago en exceso.
15. PAGO REALIZADO (conforme a CUB Art. 92).
Se debe reportar la Suma de los Pagos Realizados por el acreditado en el período cuyo corte se está re-
portando (desde la apertura hasta el cierre del período). Incluye el importe de los pagos directos realiza-
dos por el cliente, inclusive con puntos y con bonificaciones; y no incluye abonos por devoluciones ni por
gestión de reclamaciones ni por cualquier otro concepto distinto al pago directo del cliente.
CONTENIDO
16. LÍMITE DE CRÉDITO AL INICIO DEL PERIODO (conforme a CUB Art. 92).
Se debe reportar el Límite de crédito a la apertura del periodo cuyo corte se está reportando (equivalente
al Límite de crédito a la fecha de corte del periodo inmediato anterior al que se está reportando).
17. PAGO MÍNIMO EXIGIDO (conforme a CUB Art. 92).
19
Se debe reportar el Pago Mínimo a la Apertura del Período cuyo corte se está reportando (equivalente al
Pago Mínimo a la Fecha de Corte del período inmediato anterior al que se está reportando).
18. IMPAGOS CONSECUTIVOS (ACT conforme a CUB Art. 92).
Se debe reportar el Número de Impagos en períodos consecutivos inmediatos anteriores, considerando en
este número el observado en el período cuyo corte se está reportando. El Impago es el evento que se pre-
senta cuando el PAGO REALIZADO por el acreditado no alcanza a cubrir el PAGO MÍNIMO EXIGIDO por la
institución (sin importar si este último acumula o no el importe de pagos no realizados en períodos ante-
riores ni si el pago realizado en el período cuyo corte se está reportando cubre o no pagos no realizados
en meses anteriores). Si en el período cuyo corte se está reportando el PAGO REALIZADO por el acredita-
do es igual o mayor al PAGO MÍNIMO EXIGIDO, deberá reportarse cero, independientemente de que este
último hubiere acumulado o no pagos no realizados en períodos anteriores.
19. IMPAGOS ÚLTIMOS 6 MESES (HIST conforme a CUB Art. 92).
Se debe reportar el Número de Impagos (eventos) observados en los últimos seis meses, que abarcan el
período cuyo corte se está reportando y los cinco períodos inmediatos anteriores a éste. Considerando un
evento por cada período en que el PAGO REALIZADO sea inferior al PAGO MÍNIMO EXIGIDO, sin importar
si este último (el relativo a cada uno de los seis meses) haya acumulado o no el importe de pagos no rea-
lizados en períodos anteriores.
20. MESES DESDE LA APERTURA DE LA CUENTA.
Se debe reportar el Número de meses transcurridos desde la apertura de la cuenta hasta la fecha de corte
del periodo que se está reportando.
Esta variable deberá estar expresada en números enteros, truncando al mes inmediato inferior, para su
cálculo.
21. SALDO CONTABLE DEL CRÉDITO TOTAL (S conforme a CUB Art. 92).
Se debe reportar el Saldo Contable del Crédito Total al cierre del mes que se está reportando: si los cortes
corresponden a febrero, se reporta el saldo al cierre de febrero; si los cortes corresponden a abril, se re-
porta el saldo al cierre de abril, etcétera. Debe reportarse el saldo de todos los "sacos de revolvencia", sea
o no exigible al cierre del mes la correspondiente disposición del crédito, sin incluir los intereses devenga-
dos no cobrados en el caso de los créditos que estén en cartera vencida. Este campo permite registrar
valores negativos (menores a cero) para acopiar e identificar los Saldos a Favor del Cliente por pago en
exceso.
22. SITUACIÓN DEL CRÉDITO.
Se debe reportar la clave del correspondiente procedimiento de la situación del crédito para determinar los
factores probabilidad de incumplimiento, exposición al incumplimiento y severidad de la pérdida. Al res-
pecto, se deberá utilizar una de las siguientes claves:
20
23. PROBABILIDAD DE INCUMPLIMIENTO (ACREDITADO).
Tratándose de instituciones cuyas reservas sean calculadas bajo “metodología estándar” o “metodología
interna durante el periodo paralelo”, se debe registrar la probabilidad de incumplimiento del acreditado,
conforme a lo indicado en la CUB, artículo 92.
Para el caso de los créditos de reciente originación con saldo a pagar menor o igual a cero y que cuenten
con un solo periodo de pago a la fecha del cálculo de reservas, deberán considerar el cálculo de la Proba-
bilidad del Incumplimiento, de acuerdo a lo estipulado en la fracción III, inciso a), punto 3, inciso i).
CONTENIDO
Tratándose de instituciones cuyas reservas sean calculadas bajo “metodología interna” después del perio-
do paralelo (instituciones que registraron la clave “5” en el campo 22. SITUACIÓN DEL CRÉDITO), se debe
registrar la probabilidad de incumplimiento, conforme a lo indicado en la CUB, artículo 124. Y para aque-
llos créditos que cuenten con garantías reales o personales, se deberá reportar la probabilidad ajustada
por el reconocimiento de garantías conforme a lo indicado en la CUB, artículo 2 bis 89.
Esta variable deberá expresarse como valores dentro del intervalo “0” a “100”. Por ejemplo, si la probabi-
lidad de incumplimiento es de “35.82%”, en este campo deberá registrarse “35.82” y no deberá expresar-
se “0.3582”.
21
Para el caso de “metodología estándar” las variables involucradas %USO y %PAGO tendrán como los lími-
tes máximos a reportar 250% y 300%, respectivamente.
24. SEVERIDAD DE LA PÉRDIDA.
Tratándose de instituciones cuyas reservas sean calculadas bajo “metodología estándar” o “metodología
interna durante el periodo paralelo”, se debe registrar la severidad de la pérdida, conforme a lo indicado
en la CUB, artículo 92.
Para el caso de los créditos de reciente originación con saldo a pagar menor o igual a cero y que cuenten
con un solo periodo de pago a la fecha del cálculo de reservas, deberán considerar el cálculo de la Severi-
dad de la Pérdida, de acuerdo a lo estipulado en la fracción III, inciso b), punto 3, inciso i).
Tratándose de instituciones cuyas reservas sean calculadas bajo “metodología interna” (instituciones que
registraron la clave “5” en el campo 22. SITUACIÓN DEL CRÉDITO), se debe registrar la severidad de la
pérdida, conforme a lo indicado en la CUB, artículo 124. Y para aquellos créditos que cuenten con garan-
tías reales o personales, se deberá reportar la severidad de la pérdida ajustada por el reconocimiento de
garantías conforme a lo indicado en la CUB, artículo 2 bis 89.
Esta variable deberá expresarse como valores dentro del intervalo “0” a “100”. Por ejemplo, si la severi-
dad de la pérdida es de “82%”, en este campo deberá registrarse “82” y no deberá expresarse “0.82”.
25. EXPOSICIÓN AL INCUMPLIMIENTO.
Tratándose de instituciones cuyas reservas sean calculadas bajo “metodología estándar” o “metodología
interna durante el periodo paralelo”, se debe registrar la exposición al incumplimiento, conforme a lo indi-
cado en la CUB, artículo 92.
Para el caso de los créditos de reciente originación con saldo a pagar menor o igual a cero y que cuenten
con un solo periodo de pago a la fecha del cálculo de reservas, deberán considerar el cálculo de la Exposi-
ción al Incumplimiento, de acuerdo a lo estipulado en la fracción III, inciso c), punto 2, inciso i).
CONTENIDO
Tratándose de instituciones cuyas reservas sean calculadas bajo “metodología interna” (instituciones que
registraron la clave “5” en el campo 22. SITUACIÓN DEL CRÉDITO), se debe registrar la exposición al in-
cumplimiento, conforme a lo indicado en la CUB, artículo 124.
26. RESERVAS A CONSTITUIR.
Tratándose de instituciones cuyas reservas sean calculadas bajo “metodología estándar” o “metodología
interna durante el periodo paralelo”, se debe registrar el monto de reservas a constituir para el crédito,
conforme a lo indicado en la CUB, artículo 92.
Tratándose de instituciones cuyas reservas sean calculadas bajo “metodología interna” (instituciones que
registraron la clave “5” en el campo 22. SITUACIÓN DEL CRÉDITO), se debe registrar el monto de reser-
vas a constituir para el crédito, conforme a lo indicado en la CUB, artículo 124. Y para aquellos créditos
que cuenten con garantías reales o personales, se deberá reportar las reservas ajustadas por el reconoci-
miento de garantías conforme a lo indicado en la CUB, artículo 2 bis 89.
22
27. RELACIÓN DEL ACREDITADO CON LA INSTITUCIÓN.
Se debe registrar el Tipo la Relación del acreditado con la institución, conforme al artículo 73 de la LIC. Al
respecto, se deberá utilizar alguna de las siguientes claves:
CLAVE DESCRIPCIÓN
1 Personas físicas que posean del 2% y hasta el 20% de los títulos representativos del capital de la institución (art. 73 de la L.I.C fracción I)
2 Miembros del consejo de administración (art. 73 de la L.I.C fracción II)
3 Cónyuges y Personas con Parentesco (art. 73 de la L.I.C fracción III)
4 Personas con Injerencia (art. 73 de la L.I.C fracción IV)
5 Poseedores del 10% o más de los títulos representativos del capital de la institución (art. 73 de la L.I.C fracción V)
6 Consejeros o administradores (art. 73 de la L.I.C fracción VI)
7 Personas con poder de mando (art. 73 de la L.I.C fracción VII)
8 Persona No relacionada
9 Personas físicas que se estipulan en la CUB - Título Primero- Capítulo I- Art. 1
28. CLASIFICACIÓN CONTABLE.
Se debe reportar “1” en caso de que el crédito esté clasificado como cartera vigente al fin del mes de que
se trate, y “5” en caso de que el crédito esté clasificado como cartera vencida al fin del mes de que se
trate.
CLAVE DESCRIPCIÓN
1 Cartera Vigente, a fin de mes.
5 Cartera Vencida, a fin de mes.
CONTENIDO
29. CLAVE DE CONSULTA A LA SIC.
Se debe registrar la Clave (folio) de consulta a la Sociedad de Información Crediticia, que se realizó como
parte del proceso de otorgamiento del crédito. De conformidad con el art. 92 Bis, cuando no exista infor-
mación del acreditado en las sociedades de información crediticia autorizadas para operar como tal, se
deberá registrar “0” (cero). En el evento de que las Instituciones sí cuenten con información del acredita-
do por parte de las sociedades de información crediticia pero las Instituciones no hubiesen consultado la
totalidad de la información reportada en dichas sociedades, se deberá registrar 999.
30. LÍMITE DE CRÉDITO A LA FECHA DE CÁLCULO DE RESERVAS (conforme a CUB Art. 92).
Se debe reportar el Límite de crédito a la fecha de cálculo de reservas, es decir, a fin de mes (si los cortes
corresponden a febrero, se reporta el límite al cierre de febrero; si los cortes corresponden a abril, se re-
porta el límite al cierre de abril, etcétera).
31. MONTO A PAGAR A LA INSTITUCIÓN (conforme a CUB Art. 92).
23
Se debe reportar el Monto correspondiente a la suma de los importes a pagar de todas las obligaciones
contractuales que el acreditado tiene con la propia Institución a la fecha de corte, que correspondan a la
Cartera Crediticia de Consumo ya sea Revolvente o no. Tratándose de créditos Revolventes se considerará
el Pago Mínimo Exigido, a la fecha de corte, como obligación contractual. El valor de esta variable debe-
rá ser mayor o igual a cero.
32. MONTO A PAGAR REPORTADO EN LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA (con-
forme a CUB Art. 92).
Se debe reportar el Monto correspondiente a la suma de los importes a pagar de todas las obligaciones
contractuales que el acreditado tiene con la totalidad de sus acreedores registrados en las sociedades de
información crediticia autorizadas para operar con tal carácter por parte de la Secretaría a la fecha de cor-
te, sin incluir los importes a pagar por concepto de créditos de la Cartera de Crédito Hipotecaria de Vi-
vienda y aquellos denominados por la sociedad de información crediticia como “sin límite prestablecido”.
Tratándose de créditos Revolventes se considerará el Pago Mínimo Exigido, a la fecha de corte, como
obligación contractual. El valor de esta variable deberá ser mayor o igual a cero.
33. ANTIGÜEDAD DEL ACREDITADO CON LA INSTITUCIÓN (conforme a CUB Art. 92).
Se debe reportar el Número de meses enteros transcurridos desde la apertura del primer producto crediti-
cio de crédito al consumo dentro de la Institución hasta la fecha de cálculo de reservas (fin de mes). Esta
variable deberá estar expresada en números enteros, truncados al mes inmediato inferior.
34. MESES TRANSCURRIDOS DE ATRASO EN LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA,
“BKATR” (conforme a CUB Art. 92).
CONTENIDO
Se debe reportar el número de Meses transcurridos desde el último atraso mayor a un día del acreditado
en sus compromisos crediticios registrados en la totalidad de las sociedades de información crediticia con
Instituciones en los últimos trece meses, considerando el mes en el cual se califica el crédito. Está variable
tomará el valor de trece aun cuando un acreditado no hubiere registrado atrasos por más de trece meses.
Este campo debe reportarse sin decimales, trucado al mes inmediato inferior
35. SEGMENTO DE RIESGO (conforme a CUB Art. 92).
Se debe reportar 1- “Alto” si el acreditado cuenta con una antigüedad en la Institución igual o menor a
cuarenta y dos meses y con un Límite de Crédito igual o menor a quince mil pesos, en la fecha de cálculo
de reservas.
Se debe reportar 3- “Bajo” si el acreditado tiene una antigüedad en la Institución mayor a cuarenta y dos
meses y un Límite de Crédito mayor a cuarenta mil pesos.
Se debe reportar 2. “Medio” en cualquiera de los siguientes casos:
• Si el acreditado cuenta con una antigüedad en la Institución igual o menor a cuarenta y dos meses y con
un Límite de Crédito mayor a cuarenta mil pesos en la fecha de cálculo de reservas.
24
• Si el acreditado cuenta con una antigüedad en la Institución mayor a cuarenta y dos meses y con un
Límite de Crédito igual o menor a quince mil pesos en la fecha de cálculo de reservas.
• Si el Límite de Crédito es mayor a quince mil pesos pero igual o menor a cuarenta mil pesos, sin impor-
tar la Antigüedad del acreditado en la Institución, en la fecha de cálculo de reservas.
Para efectos del cálculo de esta variable, se utiliza el límite de crédito al inicio del periodo de pago, es de-
cir, el campo 16.
36. GRUPO VECES (GVeces conforme a CUB Art. 92).
Se debe reportar 1 si el Monto a Pagar a la Institución es igual o menor a seiscientos cuarenta pesos en la
fecha de cálculo de reservas.
Se debe reportar 2 si el Monto a Pagar a la Institución es mayor a seiscientos cuarenta pesos y el cociente
del Monto a Pagar reportado en las sociedades de información crediticia respecto del Monto a Pagar a la
Institución es menor a 2.2 veces en la fecha de cálculo de reservas.
Se debe reportar 3 si el Monto a Pagar a la Institución es mayor a seiscientos cuarenta pesos y el cociente
del Monto a Pagar reportado en las sociedades de información crediticia respecto del Monto a Pagar a la
Institución es igual o mayor a 2.2 veces en la fecha de cálculo de reservas.
37. INDICADOR GARANTÍA.
En este campo deberá anotarse alguna de las siguientes claves, según sea el caso:
CONTENIDO
CLAVE DESCRIPCIÓN
1 El crédito no tiene garantía.
2 El crédito cuenta con garantía, sin embargo, la institución opta por no reconocer las garan-tías, conforme a la CUB Art. 97 bis 6 o Art 2 Bis 89.
3 El crédito cuenta garantía conforme CUB Art. 97 bis 6 o Art 2 Bis 89 y opta por reconocerla.
38. CAT CONTENIDO EN EL ESTADO DE CUENTA, AL CORTE
Se debe reportar el Costo Anual Total “CAT” que la institución haya registrado en el Estado de Cuenta del
acreditado, en la fecha de corte de que se trate de conformidad con el numeral 5.4.3.3 de la circular
21/2009.
39. INDICADOR DE CRÉDITO PARA CAT DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
Cuando se trate de créditos de productos que hayan sido comercializados por más de un año al cierre del
mes que se está reportando, en este campo deberá anotarse alguna de las siguientes claves:
CLAVE DESCRIPCIÓN
25
0 El folio de crédito no cumple con los filtros de elegibilidad al cierre del mes que se está reportando.
1 El folio de crédito cumple con los filtros de elegibilidad al cierre del mes que se está repor-tando.
Los filtros de elegibilidad son los siguientes:
1. Días de atraso =0
2. Persona relacionada=8 (Persona No relacionada)
3. Créditos NO restructurados.
4. Créditos otorgados exclusivamente en los 12 meses-calendario previos al mes de reporte.
5. Créditos de productos que hayan sido comercializados por más de un año.
6. Créditos otorgados distintos a empleados.
Cuando se trate de créditos de productos que sean ofrecidos durante su primer año de comercialización al
cierre del mes que se está reportando, este campo deberá tomar el valor de 0.
40. FOLIO DEL CLIENTE (Catálogo de clientes)
Número único e irrepetible que la Institución asocia al número de cliente o identificador del cliente, el cual
deberá permitir que en todos los Periodos-mes, cada cliente tenga el mismo número. Este folio del cliente
deberá ser el mismo que se utilice para el mismo cliente en otros créditos que le tenga otorgados la insti-
tución (Tarjeta de Crédito, Otros Créditos Revolventes, ABCD, Auto, Nómina, Personal, Microcréditos,
Otros, Hipotecario, etc.).
Esta clave deberá de estar dada de alta en el catálogo de clientes de Banco de México (el folio reportado
en este campo deberá de existir en el catálogo de clientes para poder reportar el formulario a partir de
Febrero 2019).
41. CÓDIGO POSTAL
Se debe reportar el Código Postal del domicilio del acreditado, según el correspondiente registro de la Ins-
titución.
42. COMISIONES TOTALES, A LA FECHA DE CORTE.
Se debe reportar el monto total de cualquier comisión efectivamente cobrada en el periodo cuyo corte se
esté reportando, sin IVA. El importe de dichas comisiones, deberá incluir entre otros conceptos comisiones
por pago tardío o falta de pago y anualidad.
43. COMISIÓN POR PAGO TARDÍO O FALTA DE PAGO, A LA FECHA DE CORTE.
Se debe reportar el monto total de cualquier comisión efectivamente cobrada en el periodo cuyo corte se
esté reportando, sin IVA. Exclusivamente por pago tardío o falta de pago.
44. PAGO PARA NO GENERAR INTERESES, A LA APERTURA DEL PERIODO CUYO CORTE SE ESTÁ
REPORTANDO.
Se debe reportar el Pago para No Generar Intereses, determinado a la apertura del período cuyo corte se
está reportando.
26
45. PAGO EXIGIDO DE PROMOCIONES A MESES SIN INTERESES, A LA FECHA DE CORTE.
Se debe reportar el Importe exigido de la Parte del Crédito Sin Intereses. Incluye exclusivamente el im-
porte de la parte del crédito relativa a Promociones sin Intereses, en el período cuyo corte se está repor-
tando.
Campos exclusivos para aquellas instituciones que reporten Sección II B (Periodo
paralelo):
46. PROBABILIDAD DE INCUMPLIMIENTO, BAJO “METODOLOGÍA INTERNA” (conforme a CUB
Art. 124).
Se debe registrar la probabilidad de incumplimiento, conforme a lo indicado en la CUB, artículo 124.
Y para aquellos créditos que cuenten con garantías reales o personales, se deberá reportar la probabilidad
de incumplimiento ajustada por el reconocimiento de garantías conforme a lo indicado en la CUB, artículo
2 bis 89.
La probabilidad de incumplimiento, se deberá expresar como valores dentro del intervalo “0” a “100”. Por
ejemplo, si la probabilidad de incumplimiento es de “35.82%”, en este campo deberá registrarse “35.82” y
no deberá expresarse “0.3582”.
CONTENIDO
47 SEVERIDAD DE LA PÉRDIDA, BAJO “METODOLOGÍA INTERNA” (conforme a CUB Art. 124).
Se debe registrar la severidad de la pérdida, conforme a lo indicado en la CUB, artículo 124.
Y para aquellos créditos que cuenten con garantías reales o personales, se deberá reportar la severidad de
la pérdida ajustada por el reconocimiento de garantías conforme a lo indicado en la CUB, artículo 2 bis 89.
Esta variable deberá expresarse como valores dentro del intervalo “0” a “100”. Por ejemplo, si la severi-
dad de la pérdida es de “82%”, en este campo deberá registrarse “82” y no deberá expresarse “0.82”.
48. EXPOSICIÓN AL INCUMPLIMIENTO, BAJO “METODOLOGÍA INTERNA” (conforme a CUB Art.
124).
Se debe registrar la exposición al incumplimiento, conforme a lo indicado en la CUB, artículo 124.
49. MONTO DE RESERVAS A CONSTITUIR PARA EL CRÉDITO, BAJO “METODOLOGÍA INTERNA”
(conforme a CUB Art. 124).
Se debe registrar el monto de reservas a constituir para el crédito, conforme a lo indicado en la CUB, ar-
tículo 124.
SECCIÓN GARANTÍAS. SEGUIMIENTO DEL CRÉDITO CON RECONOCIMIENTO DE ESQUEMAS DE
COBERTURA
1.- FOLIO DEL CRÉDITO.
27
Este campo debe ser exactamente igual al reportado en el campo 2, de la sección II, referente al Folio que
la Institución asocia a la línea de crédito de que se trate, para cada uno de los registros a reportar en esta
sección.
2.-TIPO DE GARANTÍA.
En este campo deberá anotarse alguna de las siguientes claves, por cada registro de la parte cubierta y no
cubierta del crédito según corresponda.
Tratándose de garantías Reales Financieras, Mobiliarias, Avales y Paso y medida, la parte cubierta del cré-
dito, se deberá reportar un registro por cada tipo de cobertura.
Tratándose de portafolios de créditos se deberán el conjunto de créditos que formen parte del portafolio,
repitiendo la clave de la parte cubierta, según corresponda:
CONTENIDO
CLAVE DESCRIPCIÓN
0 Parte No cubierta del crédito
1 Parte Cubierta por Garantías Reales
2 Parte Cubierta por Garantías Mobiliaria
3 Parte Cubierta por Avales
4 Parte Cubierta por Garantías paso y medida
5 Parte Cubierta por Garantías Primeras Pérdidas relativas al Garante
6 Parte Cubierta por Garantías Primeras Pérdidas relativas al Acreditado
3.-TIPO DE GARANTÍA REAL.
En este campo deberá anotarse alguna de las siguientes claves:
CLAVE DESCRIPCIÓN
1
Dinero en efectivo o valores y medios de pago con vencimiento menor a 7 días a favor de la Institución, cuando el deudor constituya un depósito de dinero en la propia Institución y le otorgue un mandato irrevoca-ble para aplicar los recursos respectivos al pago de los créditos, o bien, cuando se trate de títulos de crédito negociables de inmediata realización y amplia circulación cuyo valor cubra con suficiencia el monto garanti-zado y, que en caso de incumplimiento, se encuentren disponibles sin restricción legal alguna para la Institu-ción y de los cuales el deudor o cualquier otra persona distinta a la Institución no pueda disponer mientras subsista la obligación.
2 Depósitos, valores y créditos a cargo del Banco de México
3 Valores emitidos o avalados por el Gobierno Federal.
4 Valores, títulos y documentos, a cargo del IPAB, así como las obligaciones garantizadas por este Instituto.
5 Instrumentos de deuda emitidos por Estados soberanos o por sus bancos centrales que cuenten con una calificación crediticia emitida por una Institución Calificadora reconocida, igual o mejor al grado de riesgo 3 del Anexo 1-B de estas disposiciones.
28
6 Instrumentos de deuda emitidos por Instituciones, casas de bolsa y otras entidades que cuenten con una calificación crediticia emitida por una Institución Calificadora reconocida, igual o mejor al grado de riesgo 3 del Anexo 1-B de estas disposiciones.
7 Instrumentos de deuda de corto plazo que cuenten con una calificación crediticia emitida por una Institución Calificadora reconocida, igual o mejor al grado de riesgo 3 del Anexo1-B de estas disposiciones.
8 Instrumentos de deuda emitidos por Instituciones que carezcan de una calificación crediticia emitida por una Institución Calificadora reconocida, siempre y cuando cumplan con la totalidad de los siguientes puntos:
i) Los instrumentos coticen en un mercado reconocido conforme a las disposiciones aplicables y estén clasifi-cados como deuda preferente.
ii) Todas las emisiones calificadas de la misma prelación realizadas por la Institución emisora gocen de una calificación crediticia emitida por una Institución Calificadora reconocida de al menos grado de riesgo 3 del Anexo 1-B de estas disposiciones.
iii) La Institución que mantiene los valores como garantías reales no posea información que indique que a la emisión le corresponde una calificación inferior al grado de riesgo 3 del Anexo 1-B de estas disposiciones.
9 Títulos accionarios que formen parte del Índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores o de Índices principales de otras bolsas, así como las obligaciones subordinadas convertibles en tales títulos.
10
Valores y créditos garantizados con los instrumentos relativos a las operaciones señaladas en los numerales 1, 2 y 4, del presente apartado II, así como en las fracciones II y III del Artículo 46 de la Ley, siempre y cuan-do la garantía se constituya con pasivos a cargo de la propia Institución sin importar su plazo, estos últimos no puedan ser retirados en una fecha anterior al vencimiento de la Operación que estén garantizando y esté pactado que los recursos correspondientes a dichos pasivos se aplicarán al pago de la propia operación en caso de incumplimiento.
11 Inversiones en sociedades de inversión que coticen diariamente y cuyos activos objeto de inversión se limiten a los instrumentos señalados en los numerales 1 a 10 anteriores.
12 Títulos accionarios y obligaciones subordinadas convertibles en tales títulos que se coticen en la Bolsa Mexi-cana de Valores o en otras Bolsas reconocidas.
13 Inversiones en sociedades de inversión cuyos activos objeto de inversión se incluyan en los instrumentos señalados en el numeral 12 anterior
14 Canasta de Colaterales Financieros
Este campo aplica exclusivamente para la parte cubierta por Garantías reales. Se debe reportar cero, en
cualquier otro caso.
4.-IMPORTE DE LA GARANTÍA.
Se deberá anotar el importe de la garantía, que se trate de la parte cubierta del crédito.
Tratándose de la parte del crédito cubierta mediante esquemas de cobertura de paso y medida y primeras
pérdidas, se deberá reportar en todos los créditos que forman parte del portafolio, el mismo importe total
del porcentaje cubierto del portafolio.
Este campo tomará el valor de 0, cuando se trate de la parte NO cubierta del crédito (Campo 2 Tipo de
garantía=0).
5.-PROBABILIDAD DE INCUMPLIMIENTO (GARANTE).
Se debe registrar la probabilidad de incumplimiento del garante, conforme a lo indicado en la CUB, artículo
97 bis 6.
Este campo aplica únicamente para garantías personales (Aval, Paso y medida y Primeras Pérdidas). Se
debe reportar cero, en cualquier otro caso.
29
Esta variable deberá expresarse como valores dentro del intervalo “0” a “100”. Por ejemplo, si la probabi-
lidad de incumplimiento es de “35.82%”, en este campo deberá registrarse “35.82” y no deberá expresar-
se “0.3582”.
6. -SEVERIDAD DE LA PÉRDIDA (conforme al art. 97 Bis 6).
Se debe registrar la severidad de la pérdida, conforme a lo indicado en la CUB, artículo 97 Bis 6, depen-
diendo del tipo de garantía y de la parte del crédito que se trate.
Tratándose de la parte No cubierta, se deberá registrar la severidad de la pérdida conforme al artículo 92
fracción III.
7.-SEVERIDAD DE LA PÉRDIDA (conforme el art. 97 Bis 6, fracción II, inciso b).
Se debe registrar la severidad de la pérdida, conforme a lo indicado en la CUB, artículo 97 Bis 6 fracción
II, inciso b).
Este campo aplica únicamente para los créditos con cobertura mediante garantías reales financieras. Se
debe reportar cero, en cualquier otro caso.
El valor reportado en este campo, será insumo para validar el campo 6.
CONTENIDO
Esta variable deberá expresarse como valores dentro del intervalo “0” a “100”. Por ejemplo, si la severi-
dad de la pérdida es de “75%”, en este campo deberá registrarse “75” y no deberá expresarse “0.75”.
8.- FACTOR DE AJUSTE CORRESPONDIENTE A LA GARANTÍA REAL FINANCIERA RECIBIDA, CON-
FORME AL ANEXO 1 F.
Se debe reportar el factor de ajuste correspondiente a la garantía real financiera recibida, conforme al
anexo 1 F.
Este campo aplica únicamente para los créditos con cobertura mediante garantías reales financieras. Se
debe reportar cero, en cualquier otro caso.
Tratándose de garantías reales conformadas por una canasta de colaterales financieros (Campo 3 Tipo de
garantía Real=14), se deberá reportar el Promedio ponderado de los factores de cada uno de los colatera-
les.
9.- FACTOR DE AJUSTE CORRESPONDIENTE LA MONEDA DE DENOMINACIÓN.
Se debe reportar factor de ajuste correspondiente la moneda de denominación entre la exposición y el
importe de la garantía de acuerdo al artículo 2 bis 36 de la CUB.
Este campo aplica únicamente para los créditos con cobertura mediante garantías reales financieras. Se
debe reportar cero, en cualquier otro caso.
Tratándose de garantías reales conformadas por una canasta de colaterales financieros (Campo 3 Tipo de
garantía Real=14), se deberá reportar el Promedio ponderado de los factores de cada uno de los colatera-
les.
30
10.-PORCENTAJE DE COBERTURA (conforme el art. 97 Bis 7).
Se debe reportar el porcentaje de la cobertura aplicable al crédito o portafolio, según sea el caso.
Este campo aplica únicamente para los créditos con cobertura mediante garantías paso y medida y Prime-
ras Pérdidas. Se debe reportar cero, en cualquier otro caso.
Tratándose de la parte del crédito cubierta mediante esquemas de cobertura de paso y medida, se debe
registrar el porcentaje cubierto de acuerdo con el contrato del Esquema de Cobertura de Paso y Medida
que corresponda al crédito en particular, de conformidad con el artículo 97 Bis 7, fracción I.
Tratándose de la parte del crédito cubierta mediante esquemas de cobertura de Primeras Pérdidas, se de-
be reportar el porcentaje cubierto (%Cobpp), de conformidad con el artículo 97 Bis 7, fracción II, inciso
a).
Esta variable deberá expresarse como valores dentro del intervalo “0” a “100”. Por ejemplo, si la severi-
dad de la pérdida es de “75%”, en este campo deberá registrarse “75” y no deberá expresarse “0.75”.
CONTENIDO
11.-EXPOSICIÓN AL INCUMPLIMIENTO (conforme al art. 97 Bis 6).
Se debe registrar la exposición al incumplimiento conforme a lo indicado en la CUB, artículo 97 Bis 6, de-
pendiendo de la parte del crédito que se trate.
Tratándose de la parte cubierta del crédito para créditos que cuenten con 1 garantía o 2 o más garantías
del mismo tipo, deberán reconocer la exposición cubierta por cada tipo de garantía.
Tratándose de créditos que cuenten con 2 o más garantías diferentes, deberán aplicar en la parte cubierta
y descubierta, el reconocimiento de las garantías de acuerdo a lo estipulado en el artículo 120 de la CUB.
Tratándose de la parte del crédito cubierta por esquemas de primeras pérdidas, se deberá registrar la ex-
posición cubierta por el acreditado (campo 2 Clave =6) y la exposición cubierta por el garante (campo 2
Clave =5).
12.- EXPOSICIÓN AL INCUMPLIMIENTO AJUSTADA CONFORME EL ART. 97 BIS 6, FRACCIÓN II,
INCISO C).
Se debe registrar la exposición al incumplimiento, conforme a lo indicado en la CUB, artículo 97 Bis 6 frac-
ción II, inciso c).
Este campo aplica únicamente para los créditos con cobertura mediante garantías reales financieras. Se
debe reportar cero, en cualquier otro caso.
El valor reportado en este campo, será insumo para validar el campo 6.
13.-RESERVAS A CONSTITUIR.
Se debe registrar el monto de reservas a constituir para el crédito, conforme a lo indicado en la CUB, ar-
tículo 97 bis 6, dependiendo de la parte del crédito que se trate.
14.-CLAVE GARANTE.
31
Se debe reportar la clave del garante, de acuerdo al catálogo de contrapartes de personas morales (Dis-
ponible en el sistema SAIF WEB).
Este campo aplica únicamente para garantías personales (Aval, Paso y medida y Primeras Pérdidas). Se
debe reportar cero, en cualquier otro caso.
15.-RUGM.
Se debe reportar la clave de identificación de la garantía mobiliaria constituida con apego a lo establecido
en el Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUGM) a que se refiere el Código de Comercio. Esta clave
también es conocida como “Número de Garantía Mobiliaria”.
Este campo aplica únicamente para los créditos con cobertura mediante garantías mobiliarias. Se debe
reportar cero, en cualquier otro caso.
CONTENIDO
16.-ID DEL PORTAFOLIO.
Número identificador de portafolios de créditos. Se debe reportar el mismo número (mayor a cero), a cada
crédito que sea parte de un mismo portafolio.
El número identificador de portafolios se deberá generar de forma consecutiva. Es decir si la institución
cuenta con 3 portafolios, deberá asignar los valores 1, 2 y 3 al conjunto de créditos que conformen cada
portafolio.
SECCIÓN CATÁLOGO DEL CAT (ALTAS). CAT DEL CONTRATO Y LÍMITE DE CRÉDITO DEL CONTRATO DEL BIMESTRE
1.- FECHA DE OTORGAMIENTO DEL CRÉDITO.
Se debe reportar la fecha del contrato del otorgamiento de la línea de crédito revolvente de que se trate.
2.- FOLIO DEL CRÉDITO.
Este campo debe ser exactamente igual al reportado en el campo 2, de la sección II, referente al Folio que
la Institución asocia a la línea de crédito de que se trate, para cada uno de los registros a reportar en esta
sección.
3.-CAT CONTENIDO EN EL CONTRATO.
Se debe reportar el Costo Anual Total “CAT” contenido en el contrato del crédito al consumo revolvente de
que se trate, de conformidad con el numeral 5.4.3.2 de la circular 21/2009.
4.-LÍNEA DE CRÉDITO OTORGADA EN EL CONTRATO.
Se debe reportar el monto de la línea de crédito otorgada en el contrato.
5.- IDENTIFICADOR DEL PRODUCTO.
Se debe reportar la clave que utilice la Institución (única e irrepetible), la cual deberá ser la misma en los
reportes de todos los Periodo-mes.
32
Este campo debe ser exactamente igual al reportado en el campo 1, de la sección II.
INFORMACIÓN ADICIONAL. SALDOS COMPLEMENTARIOS DE CARTERA
La información adicional complementa el modelo información para obtener información particular relativa
a cartera de crédito que precisará las conciliaciones en las confrontas contra otros formularios.
1.- INSTITUCIÓN.
Se debe registrar la clave de la institución que reporta la información de acuerdo al Catálogo del Sistema
Financiero (CASFIM) administrado por la SHCP.
CONTENIDO
2.- FECHA.
Se debe registrar la fecha del último día natural del mes (febrero, abril, junio, agosto, octubre o diciem-
bre), cuya información se está reportando.
3.- CONCEPTO.
En este campo deberá anotarse alguna de las siguientes claves:
CLAVE DESCRIPCIÓN
1000 Créditos que ya no son tarjeta de crédito, por haberse cancelado la línea revolvente y que se incluyen en las
cuentas contables de tarjetas de crédito (saldo vigente a fin de mes en miles de pesos)
1001 Créditos que ya no son tarjeta de crédito, por haberse cancelado la línea revolvente y que se incluyen en las
cuentas contables de tarjetas de crédito (saldo vencido a fin de mes en miles de pesos)
1002 Créditos que ya no son tarjeta de crédito, por haberse cancelado la línea revolvente y que se incluyen en las
cuentas contables de tarjetas de crédito (estimación a fin de mes en miles de pesos)
1006
Otros saldos a fin de mes relativos a cartera en tránsito, en aclaración, cuentas sin activar por el cliente,
canceladas o preembozadas o en proceso de cierre y operaciones de transferencia, que se incluyen en las
cuentas contables de tarjetas de crédito y que no son reportadas en el campo 21 saldo contable del crédito
total del formulario CR (cartera vigente).
1007
Otros saldos a fin de mes relativos a cartera en tránsito, en aclaración, cuentas sin activar por el cliente,
canceladas o preembozadas o en proceso de cierre y operaciones de transferencia, que se incluyen en las
cuentas contables de tarjetas de crédito y que no son reportadas en el campo 21 saldo contable del crédito
total del formulario CR (cartera vencida).
1008
Otros saldos a fin de mes relativos a cartera en tránsito, en aclaración, cuentas sin activar por el cliente,
canceladas o preembozadas o en proceso de cierre y operaciones de transferencia, que se incluyen en las
cuentas contables de tarjetas de crédito y que no son reportadas en el campo 21 saldo contable del crédito
total del formulario CR (estimacion preventiva).
4.- IMPORTE.
Se debe registrar el importe del saldo que corresponde a la clave registrada en el campo 3 anterior.
SECCIÓN III. ACLARACIONES A LA INFORMACIÓN
En esta sección se solicita a la institución aclarar y proporcionar retroalimentación sobre observaciones a
su información que, en su caso, son detectadas en su información.
33
1.- INSTITUCIÓN.
Se debe registrar la clave de la institución que reporta la información de acuerdo al Catálogo del Sistema
Financiero (CASFIM) administrado por la SHCP.
2.- FECHA.
Se debe registrar la fecha del último día natural del mes (febrero, abril, junio, agosto, octubre o diciem-
bre), cuya información se está reportando.
CONTENIDO
3.- ID DE VALIDACIÓN.
En este campo deberá anotarse el ID de validación, del reporte de observaciones de la última generación.
4.- ID DE REPORTE.
En este campo deberá anotarse el ID de reporte de observaciones correspondiente a la última generación.
5.- TIPO DE RESPUESTA.
En este campo deberá anotarse alguna de las siguientes claves que explique y catalogue la observación en
función del negocio de forma general:
CLAVE DESCRIPCIÓN 1 Información correcta, operación normal
2 Información correcta, derivado de apertura de nuevos productos
3 Información correcta, derivado de baja productos
4 Información correcta, efecto estacionalidad
5 Información correcta, derivado de promociones estratégicas
6 Información correcta, otros movimientos específicos
7 Información correcta, Compra de Cartera
6.- COMENTARIO.
En este campo la institución deberá proporcionar la retroalimentación o aclaración de cada id de validación
(Campo 3).
Este campo alfanumérico, sólo acepta combinaciones de letras y números por lo que no debe incluir signos
(i.e. ¡,#,$,&).
SECCIÓN IV. CATÁLOGO DE CAT DEL CONTRATO Y LÍMITE DE CRÉDITO DEL CONTRATO (CONSTITUCIÓN BASE)
1.- FECHA DE OTORGAMIENTO DEL CRÉDITO.
Se debe reportar la fecha del contrato del otorgamiento de la línea de crédito revolvente de que se trate.
34
2.- FOLIO DEL CRÉDITO.
Este campo debe ser exactamente igual al reportado en el campo 2, de la sección II, referente al Folio que
la Institución asocia a la línea de crédito de que se trate, para cada uno de los registros a reportar en esta
sección.
CONTENIDO
3.-CAT CONTENIDO EN EL CONTRATO.
Se debe reportar el Costo Anual Total “CAT” contenido en el contrato del crédito al consumo revolvente de
que se trate, de conformidad con el numeral 5.4.3.2 de la circular 21/2009.
4.-LÍNEA DE CRÉDITO OTORGADA EN EL CONTRATO.
Se debe reportar el monto de la línea de crédito otorgada en el contrato.
5.- IDENTIFICADOR DEL PRODUCTO.
Se debe reportar la clave que utilice la Institución (única e irrepetible), la cual deberá ser la misma en los
reportes de todos los Periodo-mes.
35
CONTENIDO
VALIDACIONES TÉCNICAS Y DE NEGOCIO APLICABLES AL FORMULARIO DE CRÉDITOS AL CONSUMO REVOLVENTES
El presente documento da a conocer a los intermediarios las validaciones ejecutadas en cada proceso del
flujo (alto y bajo volumen) en el envío de las secciones del formulario CR:
ALTO VOLUMEN: Sección II A, Sección II B, Sección Garantías, Sección Catálogo del CAT (Altas)
y Catálogo del CAT (Constitución base).
BAJO VOLUMEN: Información Adicional y Sección III
El sistema SAIF-Web previo al envío y durante el procesamiento de información realiza las siguientes vali-
daciones:
Verificaciones Previas al envío. Verifica autenticidad, plazos y carga del archivo.
Preparar y cargar información:
Verificaciones Básicas. Validaciones básicas de las características del archivo a importar.
Validaciones Técnicas. Validaciones básicas de estructura de la información.
Validaciones en el proceso de la Sección (Flujo)
Validaciones Técnicas. Validaciones básicas de estructura de la información.
Validaciones de Negocio. Validaciones ejecutadas en el proceso Consistencia misma sección que
verifican consistencia del formulario en la misma sección y contra el catálogo (Productos, id de re-
porte, etc.)
Cierre automático
Paso del flujo que se completa de manera automática una vez que han superado las validaciones
técnicas y de negocio. Cuando se requiera un reenvío de la información, el intermediario
deberá solicitar la reactivación del paquete en el propio sistema.
Convalidación de la información
Proceso donde el intermediario convalida la información enviada a Banco de México considerando
los resultados disponibles a través de las vistas de información.
Aceptación (BANCO DE MÉXICO)
Proceso que realiza Banco de México para dar por concluido el periodo de revisión.
36
CONTENIDO
ESQUEMA DE ACOPIO CRÉDITOS AL CONSUMO REVOLVENTES
El Formulario CR consta de los siguientes paquetes:
PAQUETE SECCIÓN DESCRIPCIÓN INSTITUCIONES A REPORTAR
Créditos al
Consumo
Revolventes
Sección II.
Seguimiento
del Crédito.
Sección II A *
Sección II B *
Sección de Seguimiento del
Crédito bajo Metodología Es-
tándar o Interna.
Sección de Seguimiento del
Crédito bajo Metodología In-
terna (periodo paralelo).
Sección IIA: Disponible para la
instituciones que calculan sus
reservas de créditos revolventes
bajo metodología estándar o
interna. Aplica a partir de la in-
formación de abril de 2016.
Sección IIB: Para aquellas ins-
tituciones que hayan obtenido la
autorización bajo metodología
interna, durante el período para-
lelo de seis semestres de con-
formidad con el artículo 128 de
la CUB.
Sección Ga-
rantías *
Sección para aquellas institu-
ciones que opten por recono-
cer garantías reales admisi-
bles y personales, con la fina-
lidad de disminuir las reser-
vas preventivas derivadas de
la calificación de la cartera,
de conformidad con el artícu-
lo 97 bis 6 de la CUB.
Sección Catá-
logo del CAT
(Altas) *
Sección de altas de créditos
durante el bimestre.
Información
Adicional
Información Adicional.
Créditos al
Consumo
Revolventes
Sección III
Sección III Sección de aclaraciones y
convalidación de información.
Disponible para todas las institu-
ciones con independencia del
cálculo de reservas y con la fina-
lidad de recibir retroalimentación
ante eventos cuestionables que
se generan en la Vista Reporte.
37
Catálogo de
CAT del con-
trato y límite
de crédito
del contrato
Catálogo del
CAT (Consti-
tución base)*
Constitución base de créditos
de Información relativa al
“CAT contenido en el contra-
to” y “Línea de crédito otor-
gada en el contrato” de crédi-
tos al consumo revolventes.
Disponible para todas las institu-
ciones con independencia del
cálculo de reservas y con la fina-
lidad de recibir la información
necesaria para calcular el CAT de
Publicidad y Propaganda de pro-
ductos comercializados por más
de un año.
Aplica a partir de la información
de abril de 2016.
*Formularios de Alto volumen
Nota. La administración y actualización del Catálogo de Productos se realiza por medio de un correo elec-
trónico dirigido a [email protected]
CONTENIDO
38
1. VALIDACIONES TECNICAS DE ALTO VOLUMEN
Objetivo
Verifica la consistencia básica de la información validando que la estructura, formato, tipo de datos, unici-
dad del registro y catálogo corresponda con la especificada por Banco de México.
La figura muestra el flujo de pasos que se ejecutan en el paquete: Créditos al Consumo Revolventes de
las Secciones II A 2016 y II B:
CONTENIDO
TABLA DE VALORES PERMITIDOS PARA EL FORMULARIO CR
Validaciones Técnicas de
Alto Volumen
39
La figura muestra los valores permitidos para las validaciones de: Sección IIA / Sección II B
Etiqueta Descripción Valores Permitidos
producto Producto <> "vacío, null"
folio del cré-
dito Folio. <> "vacío, null"
limcredito Límite de Crédito, al corte. RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999}
saldotot Saldo Total, al corte. RV = {-99999999.99, …0….,
+99999999.99}
pagongi Pago PNGI, al corte. RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
saldorev Importe de la Linea Revolvente, al cor-
te.
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
interesrev Intereses de la Linea revolvente, al
corte.
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+999999.99}
saldopmsi Importe Promociones Sin Intereses, al
corte.
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+9999999.99}
meses Meses de Atraso, al corte. RV= {0, +1, +2, +3, …, +35}
pagomin Pago Mínimo, al corte. RV= {0, +1, +2, +3, …,
+9999999.99}
tasarev Tasa de la Linea Revolvente, al corte. RV= {0, +1, +2, +3, …, +999.99}
saldopci Importe Promociones Con Intereses, al
corte.
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
interespci Intereses de Promociones Con Intere-
ses, al corte.
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999.99}
saldopagar Saldo Total al inicio del Período RV = {-99999999.99, …0….,
+99999999.99}
pagoreal Pagos Realizados al corte RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
limcreditoa Límite de Crédito al inicio del Período RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999}
pagoexige Pago Mínimo al inicio del Período RV= {0, +1, +2, +3, …,
+9999999.99}
impagosc Impagos Consecutivos Anteriores RV= {0, +1, +2, +3, …, +70}
impagosum Impagos en los Ultimos seis meses RV= {0, +1, +2, +3, …, +6}
mesapert Meses desde la Apertura de la Cuenta RV= {0, +1, +2, +3, …, +999}
saldocont Saldo Contable del Crédito Total RV = {-99999999.99, …0….,
+99999999.99}
situacion Situación del Crédito RV= {+6,+7,+8, +9, +10, +11,
+12, +13, +14}
probinc Probabilidad de Incumplimiento (Acre-
ditado) RV= {0, +1, +2, +3, …, +100.00}
sevper Severidad de la Pérdida RV= {0, +1, +2, +3, …, +999.99}
expinc Exposición al Incumplimiento RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
mreserv Reservas a Constituir RV= {0, +1, +2, +3, …,
40
+99999999.99}
relacion Relación del Acreditado con la Institu-
ción. RV= {+1, +2, +3, …, +9}
clascont Clasificación Contable. RV= {+1, +5}
cvecons Clave de Consulta a la SIC. <> "vacío, null"
limcreditoca-
lif
Límite de Crédito, a la fecha de cálculo
de las reservas
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999}
montopaga-
rinst Monto a pagar a la institución
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
montopagar-
sic
Monto a pagar en las sociedades de in-
formación crediticia
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
mesantig Antigüedad del Acreditado con la insti-
tución RV= {0, +1, +2, +3, …, +999}
mesesic Meses transcurridos de atraso en las
sociedades de información crediticia RV= {0, +1, +2, +3, …, +13}
segmento Segmento de riesgo RV= {+1,+2,+3}
gveces Grupo veces RV= {+1,+2,+3}
garantia Indicador garantía RV= {+1,+2,+3}
Catcuenta CAT contenido en el estado de cuenta,
al corte. RV= {0, +1, +2, +3, …, +9999.9}
indicadorcat Indicador de crédito para CAT de Publi-
cidad y Propaganda RV= {0, +1}
FolioCliente Identificador de cliente. <> "vacío, null"
CP Código Postal <> "vacío, null"
comtotal Comisiones Totales, al corte RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999.99}
comtardio Comisión por pago tardío o falta de pa-
go, al corte
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999.99}
pagonginicio Pago PNGI, al inicio del periodo RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
pagoexigepsi Pago exigido de Promociones a meses
sin intereses, al corte
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+9999999.99}
probabint Probabilidad de Incumplimiento, utili-
zando Metodología Interna. RV= {0, +1, +2, +3, …, +100.00}
severint Severidad de la Pérdida, utilizando Me-
todología Interna. RV= {0, +1, +2, +3, …, +999.99}
exposint Exposición al Incumplimiento, utilizan-
do Metodología Interna.
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+9999999999.99}
rvasint Reservas a Constituir, utilizando Meto-
dología Interna.
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+9999999999.99}
CONTENIDO
La figura muestra los valores permitidos para las validaciones de: Garantías
41
Etiqueta Descripción Valores Permitidos
folio del crédito folio del crédito <> "vacío, null"
garantía Tipo de garantía RV= {0, +1, +2, +3, …, +6}
g_real Tipo de garantía real RV= {0,+1, +2, +3, …, +14}
importe_garantía Importe de la garantía RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
probinc_garante Probabilidad de Incumplimiento (Ga-
rante) RV= {0, +1, +2, +3, …, +100.00}
sp Severidad de la Pérdida RV= {0, +1, +2, +3, …, +999.99}
sp _sg Severidad de la Pérdida RV= {0, +1, +2, +3, …, +999.99}
hc hc RV= {0, +1, +2, +3, …, +999.99}
hfx hfx RV= {0,8}
ptg_cobertura Porcentaje de cobertura RV= {0, +1, +2, +3, …, +999.99}
exposición Exposición al Incumplimiento RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
ei_ajustada Exposición al Incumplimiento ajusta-
da
RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
reservas Reservas a Constituir RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
clave_garante clave garante
rugm RUGM <> "vacío, null"
id_portafolio id del portafolio RV= {0,+1, +2, +3, …, +9999}
La figura muestra los valores permitidos para las validaciones de: Altas Catálogo del CAT
Etiqueta Descripción Valores Permitidos
Fecha Fecha de otorgamiento del crédito
folio del crédito Folio del crédito <> "vacío, null"
Catcontrato CAT contenido en el contrato RV= {0, +1, +2, +3, …, +9999.9}
limcredito Límite de Crédito del contrato RV= {0, +1, +2, +3, …,
+99999999}
producto Producto. <> "vacío, null"
CONTENIDO
La figura muestra los valores permitidos para las validaciones de: Información Adicional
Etiqueta Descripción Valores Permitidos
42
Inst Clave de la institución
Fecha Fecha del último día natural del bi-
mestre.
concepto Clave del concepto RV= {1000, 1001, 1002, 1006,
1007, 1008}
importe1 Importe de los Saldos adicionales RV= {+0.01, +1, +2, +3, …,
+99999999.99}
La figura muestra los valores permitidos para las validaciones de: Sección III
Etiqueta Descripción Valores Permitidos
Inst Clave de la institución
Fecha Fecha del último día natural del bimes-
tre.
id_val Clave del concepto o validación <> "vacío, null"
id_Reporte Id de generación del reporte <> "vacío, null"
Ti-
po_respuesta Clasificacion del movimiento RV= {1, 2, 3, 4, 5, 6, 7}
Comentario Comentario del movimiento <> "vacío, null"
CONTENIDO
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Secciones: Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B, Sección Al-
tas, Garantías, y Constitución Base.
43
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Secciones: Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B, Sección Al-
tas, Garantías, y Constitución Base.
VTG-001
Valida que el archivo a importar corresponda a un archivo de longitud fija (.TXT).
Ejemplo:
Para Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B
registro DIAGNOSTICO
Se leyeron 29 campos, sin embargo el número de campos definido
para el formulario es de 45 / 49.
El mensaje indica que no lee el archivo asociado a los 45 / 49 campos definidos.
VTG-002
Valida que el archivo cuenta con el número de columnas definidas en el Layout.
Ejemplo:
Para Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B
registro DIAGNOSTICO
Se leyeron 29 campos, sin embargo el número de campos definido
para el formulario es de 45 / 49.
Para este campo no se muestra el número de registros, pues la estructura completa
debe tener 45 / 49 campos.
VTG-003
Que los contenidos de los campos coincidan con el tipo de dato requerido.
Ejemplo:
Campo Numérico:
registro DIAGNOSTICO
70
El tipo de dato del campo [limcredito String] no es el esperado. El
tipo correcto es Integer limcredito String : no es posible conventir
String a Integer : "AAAA"
De acuerdo a tipo de dato definido en Ayudas Genéricas del Formulario
VTG-004
Que los contenidos de los campos coincidan en longitud, precisión y formato
Ejemplo de Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B:
Longitud:
Campo producto
44
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Secciones: Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B, Sección Al-
tas, Garantías, y Constitución Base.
registro DIAGNOSTICO
1993
Durante la validación del campo -producto- se encontró que el valor
[12345678901] tiene una longitud mas larga (11) que la permitida
(10).
Precisión:
Campo entero Meses de atraso:
registro DIAGNOSTICO
44
Durante la validación del campo -meses- se encontró que el valor
[10.01] no concuerda con el formato [\s?[0-9]{1,2}].
Formato:
Campo entero Clasificación contable, el formato es entero sin decimales.
registro DIAGNOSTICO
1 Durante la validación del campo -clascont- se encontró que el valor
[1.0] no concuerda con el formato [\b1\b|\b5\b].
De acuerdo a Longitud y precisión definidas en Ayudas Genéricas del Formulario
VTG-005
Que el contenido de un campo sea no nulo de acuerdo con layout.
Ejemplo de Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B:
Campo Límite del Crédito
registro DIAGNOSTICO
107
Durante la validación del campo -limcredito- se encontró que su valor
es NULO en el registro cuando esto no está permitido.
45
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Secciones: Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B, Sección Al-
tas, Garantías, y Constitución Base.
VTG-006
Valida la duplicidad de los registros bajo la llave de Unicidad : Campo Producto
Ejemplo de Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B:
registro DIAGNOSTICO
291337 Registro duplicado de acuerdo a los campos Llave
VTG-007
Valida la naturaleza de los campos (Negativos, Positivos)
Ejemplo de Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B:
Campo Pago para no generar Intereses
registro DIAGNOSTICO
2229
Durante la validación del campo -pagongi- se encontró que el valor [-
123456] no concuerda con el formato [\s?[0-9]{1,8}(?:\.[0-
9]{1,2})?].
*Ver anexo valores permitidos.
VTG-008
Que el valor de los campos que refieren a un catálogo exista o corresponda con el
conjunto de valores del mismo.
Ejemplo de Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B:
Campo Situación del Crédito
registro DIAGNOSTICO
57 Durante la validación del campo -situacion- se encontró que el valor
[6] no concuerda con el formato [\s?[0-5]{1}].
De acuerdo a Ayudas Específicas del Formulario
VTG-009
Valida rango de valores permitidos por campo
Ejemplo de Sección II. Seguimiento Sección IIA / Sección II B:
Campo Límite del Crédito
registro DIAGNOSTICO
55 Durante la validación del campo -limcreditoa- se encontró que el valor
[100000000] no concuerda con el formato [\s?[0-9]{1,8}].
*Ver anexo valores permitidos.
CONTENIDO
46
2. VALIDACIONES TÉCNICAS DE BAJO VOLUMEN
Objetivo:
Verifica la consistencia básica de la información validando que la estructura, formato, tipo de datos, unici-
dad del registro y catálogo corresponda con la especificada por Banco de México.
La figura muestra el flujo de pasos que se ejecutan en el paquete: Créditos al Consumo Revolventes:
CONTENIDO
Validaciones Técnicas de
Bajo Volumen
47
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Secciones : Información adicional, Sección III
VTG-001
Valida que el archivo a importar corresponda a un archivo de lectura .xlsx, xls, csv
y.txt
*Verificar en todos los casos que la última fila no tenga espacios en blanco.
Formato .xlsx
‘016237 2014/06/30 1000 ‘99999999.99
‘016237 2014/06/30 1001 ‘99999999.99
Nota. Poner comilla en campo importe y en campo institución.
Formato .xls
‘016237 2014/06/30 1000 ‘99999999.99
‘016237 2014/06/30 1001 ‘99999999.99
Nota. Poner comilla solo en campo institución.
Formato .csv
016237;2014-06-30;1001;654
Nota. Separar por punto y coma.
Formato .txt
016237201406301000 1
Nota. No separar por ningun delimitador y ocupar todos los caracteres definidos por
cada campo, asignando espacios.
48
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Secciones : Información adicional, Sección III
VTG-002
Valida que el archivo cuenta con el número de columnas definidas en el Layout.
Para este campo no se muestra el número de registros, en formatos .xlsx y .xls es
más flexible la lectura de los campos y solo lee la estructura delimitada.
VTG-003
Que los contenidos de los campos coincidan con la tipo de dato requerido.
Ejemplo:
Campo Importe1:
Registro Tipo Descripción
1
Valor no per-
mitido
El valor 'E' no es permitido de acuerdo al formato es-
pecificado. El formato permitido es:
'\d{1,8}(\.\d{1,2})?'
*De acuerdo a Valores permitidos en punto 6 de este documento.
VTG-004
Que los contenidos de los campos coincidan en longitud, precisión y formato
Ejemplo:
Longitud:
Campo Importe1
Registro Tipo Descripción
4 Valor no permitido
El valor '90000000000' no es permitido de
acuerdo al formato especificado. El formato
permitido es: '\d{1,8}(\.\d{1,2})?'
4 Valor no válido
El valor '90000000000' del elemento 'importe'
no es válido
Precisión:
Campo Importe1 (Valida 2 decimales)
Registro Tipo Descripción
1 Valor no permitido
El valor '123.010' no es permitido de
acuerdo al formato especificado. El for-
mato permitido es: '\d{1,8}(\.\d{1,2})?'
1 Valor no válido
El valor '123.010' del elemento 'importe'
no es válido
Formato:
49
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Secciones : Información adicional, Sección III
Campo entero Concepto, el formato es entero sin decimales.
Registro Tipo Descripción
1 Tipo de dato
'1,000.0' no es un valor válido para datos del tipo 'inte-
ger'.
1 Valor no válido El valor '1,000.0' del elemento 'concepto' no es válido
Nota. NO se aceptan separadores de miles.
*De acuerdo a Valores permitidos en punto 6 de este documento.
VTG-005
Que el contenido de un campo sea no nulo de acuerdo con layout.
Registro Tipo Descripción
5 Valor no permitido
El valor '' no es permitido de acuerdo
al formato especificado. El formato
permitido es: '\d{1,8}(\.\d{1,2})?'
5 Valor no válido
El valor '' del elemento 'importe' no es
válido
*De acuerdo a Valores permitidos en punto 6 de este documento.
VTG-006
Valida la duplicidad de los registros bajo la llave de Unicidad : Institución , Fecha
Concepto
Ejemplo:
Registro Tipo Descripción
12
Registro du-
plicado
Ya existe un registro con valores de los campos llave
IGUALES a los de éste registro: [016237,2014-06-
30,1000]
*De acuerdo a Valores permitidos en punto 6 de este documento.
VTG-007
Valida la naturaleza de los campos (El campo Importe debe ser Positivo)
Ejemplo:
Registro Tipo Descripción
2 Elemento de catálogo
El valor '-1001' no corresponde a un valor del
catálogo correspondiente.
2 Valor no válido
El valor '-1001' del elemento 'concepto' no es
válido
*De acuerdo a Valores permitidos en punto 6 de este documento.
50
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Secciones : Información adicional, Sección III
VTG-008
Qué valor de los campos que refieren a un catálogo exista o correspondan con el
conjunto de valores del mismo.
Ejemplo:
Campo Concepto
Registro Tipo Descripción
1
Elemento de catálo-
go
El valor '100000' no corresponde a un valor del
catálogo correspondiente.
1 Valor no válido
El valor '100000' del elemento 'concepto' no es
válido
*De acuerdo a Valores permitidos en punto 6 de este documento.
VTG-009
Valida rango de valores permitidos por campo.
Ejemplo:
Campo Importe1.
Registro Tipo Descripción
5
Valor mínimo del elemento
(Incluyente)
El valor '0.00' es menor al valor permi-
tido. El mínimo permitido es de '1.0E-2'
(incluyendo dicho valor)
5 Valor no válido
El valor '0.00' del elemento 'importe' no
es válido
Nota. No se aceptan importe1 con valor 0.
*De acuerdo a Valores permitidos en punto 6 de este documento.
VTG-010 Valida que la fecha coincida con la fecha del paquete de envío de información.
Registro Tipo Descripción
1
Elemento de
catálogo
El valor 'La fecha que reporta no es igual al valor del cam-
po de fecha del archivo ' no corresponde a un valor del
catálogo correspondiente.
1
Valor no
válido
El valor 'La fecha que reporta no es igual al valor del cam-
po de fecha del archivo ' del elemento 'FechaDeTransmi-
sion' no es válido
8
Valor no
permitido
El valor '31-06-2014' no es permitido de acuerdo al for-
mato especificado. El formato permitido es: '\d{4}-\d{2}-
\d{2}'
8
Valor no
válido El valor '31-06-2014' del elemento 'fecha' no es válido
51
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Secciones : Información adicional, Sección III
VTG-011 Valida que la institución coincida con la institución del paquete de envío de informa-
ción
Registro Tipo Descripción
3
Elemento de
catálogo
El valor 'La institucion que reporta no es igual al valor del
campo de institucion del archivo ' no corresponde a un
valor del catálogo correspondiente.
3
Valor no
válido
El valor 'La institucion que reporta no es igual al valor del
campo de institucion del archivo ' del elemento 'Institu-
cionDeTransmision' no es válido
52
CONTENIDO
3. VALIDACIONES DE NEGOCIO GRAVES
Objetivo:
Verificar la consistencia a nivel registro realizando cruces entre campos así como su consistencia contra el
Catálogo de productos.
La figura muestra el flujo de pasos que se ejecutan en el paquete: Créditos al Consumo Revolventes:
Validaciones de Negocio
Graves
53
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
101 El campo1: Identificador del Producto debe estar contenido en el catálogo de Productos y El
campo4:Id_Reporte debe coincidir con la última Generación del Reporte.
Algoritmo:
(producto.PARTE IIA) in (Producto. Catálogo de Producto where c_persona=1)
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN
1 101
El campo1 Identificador del Producto debe
estar contenido en el catálogo de Productos.
Tolerancia. NA
201 Si el campo saldo total del crédito es mayor que cero, entonces el campo saldo total del
crédito debe ser mayor o igual al campo pago para no generar intereses a la fecha de corte.
Algoritmo:
Si saldotot>0
Entonces saldotot>=pagongi
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
9 201 Si el campo saldo total del crédito es ma-
yor que cero, entonces el campo saldo
total del crédito debe ser mayor o igual al
campo pago para no generar intereses a la
fecha de corte.
563.39<600
Tolerancia. 10 nominal
202 Si el campo saldo total del crédito es mayor que cero, entonces el campo saldo total del
crédito debe ser mayor o igual al campo pago mínimo a la fecha de corte.
Algoritmo:
Si saldotot>0
Entonces saldotot>=pagomin
Ejemplo:
54
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
4 202 Si el campo saldo total del crédito es mayor
que cero, entonces el campo saldo total del
crédito debe ser mayor o igual al campo pago
mínimo a la fecha de corte.
563.39
<600
Tolerancia. 2 nominal
205
Si el campo saldo total del crédito es menor o igual que cero, entonces el campo pago mí-
nimo debe ser igual a cero a la fecha de corte.
Algoritmo:
Si saldotot<=0
Entonces pagomin=0
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
15 205 Si el campo saldo total del crédito es menor
o igual que cero, entonces el campo pago
mínimo debe ser igual a cero a la fecha de
corte.
-0.01 < 0
and 0 <>
0.01
Tolerancia. NA
206 Si el campo saldo total del crédito es menor o igual que cero, entonces el campo pago para
no generar intereses debe ser igual a cero a la fecha de corte.
Algoritmo:
Si saldotot<=0
Entonces pagongi=0
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
55
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
15 206 Si el campo saldo total del crédito es menor o
igual que cero, entonces el campo pago para
no generar intereses debe ser igual a cero a la
fecha de corte.
-0.01 <
0 and 0
<> 0.01
Tolerancia. NA
208
Si el campo intereses ordinarios de promociones con intereses es mayor que 0, entonces el
campo importe promedio de promociones con intereses debe ser mayor o igual al campo
intereses ordinarios de promociones con intereses a la fecha de corte.
Algoritmo:
Si interespci>0
Entonces saldopci>=interespci
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
9 208 Si el campo intereses ordinarios de promocio-
nes con intereses es mayor que 0, entonces el
campo importe promedio de promociones con
intereses debe ser mayor o igual al campo
intereses ordinarios de promociones con in-
tereses a la fecha de corte
1.01 >0
and 0
>= 0
Tolerancia. 1 nominal
209
El campo pago para no generar intereses debe ser mayor o igual al campo pago mínimo a
la fecha de corte.
Algoritmo:
pagongi>=pagomin
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
8 209 El campo pago para no generar intereses
debe ser mayor o igual al campo pago míni-
mo a la fecha de corte.
642.03 <
644.13
Tolerancia. 2 nominal
56
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
210 Si el campo intereses ordinarios de la línea revolvente es mayor que cero, entonces el cam-
po importe promedio de la línea revolvente debe ser mayor o igual al campo intereses ordi-
narios de la línea revolvente a la fecha de corte.
Algoritmo:
Si interesrev>0
Entonces saldorev>=interesrev
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
9 210 Si el campo intereses ordinarios de la línea
revolvente es mayor que cero, entonces el
campo importe promedio de la línea revolven-
te debe ser mayor o igual al campo intereses
ordinarios de la línea revolvente a la fecha de
corte.
1.01 > 0
and 0
>= 0
Tolerancia. 1 nominal
211 El campo número de impagos consecutivos debe ser mayor o igual a los meses de atraso a
la fecha de corte.
Algoritmo:
impagosc>=meses
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 211 El campo número de impagos consecutivos debe
ser mayor o igual a los meses de atraso a la
fecha de corte.
2 < 3
Tolerancia. NA
57
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
229 El campo Severidad de la Pérdida, bajo metodología estándar puede tomar alguno de los
siguiente valores: 67,70,75, 77,80,82,86,90,92,96,100
Algoritmo:
Si situacion<>5
Entonces sevper={67,70,75, 77,80,82,86,90,92,96,100}
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 229 El campo Severidad de la Pérdida, bajo metodo-
logía estándar puede tomar alguno de los si-
guiente valores: 67,70,75,
77,80,82,86,90,92,96,100.
10
Tolerancia. NA
CONTENIDO
3.1 SECCIÓN GARANTÍAS
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección Garantías
237 El campo 4 importe de la garantía debe ser mayor a 0, cuando se trate de la parte cu-
bierta del Crédito (Campo 2 garantía <>0).
Algoritmo:
Si garantía<>0
Entonces importe_garantía>0
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 237 El campo 4 importe de la garantía debe ser mayor a
0, cuando se trate de la parte cubierta del Crédito
(Campo 2 garantía <>0).
2 < 33
Tolerancia. NA
58
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección Garantías
238 El campo 11 exposición al incumplimiento debe ser mayor a 0.
Algoritmo:
Si garantía<>{5,6}
Entonces exposición>0
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 238 El campo número de impagos consecutivos debe ser
mayor o igual a los meses de atraso a la fecha de
corte.
22 < 3
Tolerancia. NA
239 Campos que No deben ser reportados, relativos a la Parte No cubierta del Crédito (Cam-
po 2 garantía = 0).
Algoritmo:
Si garantía=0
Entonces g_real=0 and importe_garantía=0 and probinc_garante=0 and sp
_sg=0 and hc=0 and hfx=0 and ptg_cobertura=0 and ei_ajustada=0 and cla-
ve_garante=000000 and rugm=0
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 239 El campo número de impagos consecutivos debe ser
mayor o igual a los meses de atraso a la fecha de
corte.
2 < 0
Tolerancia. NA
240 Si el campo 2 tipo de garantía es igual a 1 (Parte Cubierta por Garantías Reales), enton-
ces se debe reporte el Campo 3 tipo de garantía real.
Algoritmo:
Si garantía=1
Entonces g_real>0
Ejemplo:
59
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección Garantías
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 240 El campo número de impagos consecutivos debe ser
mayor o igual a los meses de atraso a la fecha de
corte.
1 < 0
Tolerancia. NA
241 Campos que No deben ser reportados, relativos a la Parte Cubierta por Garantías reales
(Campo 2 garantía =1).
Algoritmo:
Si garantía=1
Entonces probinc_garante=0 and ptg_cobertura=0 and clave_garante=0 and
rugm=0
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 241 Campos que No deben ser reportados, relativos a la
Parte Cubierta por Garantías reales (Campo 2 ga-
rantía =1).
2 < 3
Tolerancia. NA
243 Campos que No deben ser reportados, relativos a la Parte Cubierta por Garantías Mobi-
liarias (Campo 2 garantía =2).
Algoritmo:
Si garantía=2
Entonces g_real=0 and probinc_garante=0 and sp _sg=0 and hc=0 and hfx=0
and ptg_cobertura=0 and ei_ajustada=0 and clave_garante=000000
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 243 Campos que No deben ser reportados, relativos a la
Parte Cubierta por Garantías Mobiliarias (Campo 2
garantía =2).
2 < 3
Tolerancia. NA
60
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección Garantías
244 Campos que No deben ser reportados, relativos a la Parte Cubierta por Garantías Perso-
nales- Avales (Campo 2 garantía =3).
Algoritmo:
Si garantía=3
Entonces g_real=0 and sp _sg=0 and hc=0 and hfx=0 and ptg_cobertura=0
and ei_ajustada=0 and rugm=0
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 244 Campos que No deben ser reportados, relativos a la
Parte Cubierta por Garantías Personales- Avales
(Campo 2 garantía =3).
2 < 3
Tolerancia. NA
245 Campos que No deben ser reportados, relativos a la Parte Cubierta por Garantías Perso-
nales-Paso y Medida y Primeras Pérdidas (Campo 2 garantía =4,5).
Algoritmo:
Si garantía={4,5}
Entonces g_real=0 and sp _sg=0 and hc=0 and hfx=0 and ei_ajustada=0 and
rugm=0
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 245 Campos que No deben ser reportados, relativos a la
Parte Cubierta por Garantías Personales-Paso y Me-
dida y Primeras Pérdidas (Campo 2 garantía =4,5).
2 < 3
Tolerancia. NA
246 El campo 4 importe de la garantía debe ser mayor o igual al campo 11 exposición al in-
cumplimiento.
Algoritmo:
Si garantía<>1
Entonces importe_garantía>=exposición
Ejemplo:
61
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección Garantías
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN VALOR
13 246 El campo 4 importe de la garantía debe ser mayor o
igual al campo 11 exposición al incumplimiento.
2 < 3
Tolerancia. NA
CONTENIDO
3.2 SECCIÓN ALTAS
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección Altas
108 El campo5: Identificador del Producto debe estar contenido en el catálogo de Productos.
Algoritmo:
(producto.ALTA) in (Producto. Catálogo de Producto where c_persona=1)
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN
1 108
El campo5 Identificador del Producto debe
estar contenido en el catálogo de Produc-
tos.
Tolerancia. NA
109 La fecha de otorgamiento del contrato debe ser estar dentro del periodo del bimestre.
Si la fecha de información es 30 abril 2016, el periodo de la fecha de otorgamiento debe
ser del 01 Marzo del 2016 hasta el 30 de abril 2016
Algoritmo:
(FECHAOT.ALTA) DENTRO DEL BIMESTRE
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN
62
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección Altas
1 109
La fecha de otorgamiento del contrato
debe ser estar dentro del periodo del bi-
mestre.
Tolerancia. N
CONTENIDO
3.3 SECCIÓN III
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección III
102 Id_Reporte debe coincidir con la última Generación del Reporte. Y el total de respuestas
debe coincidir con el total de validaciones
Algoritmo:
Id_val OBLIGATORIO CON id_val max (Id reporte) y Id_reporte = max (Id re-
porte)
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN
1 102
Id_Reporte debe coincidir con la última
Generación del Reporte. Y el total de res-
puestas debe coincidir con el total de vali-
daciones
Tolerancia. NA
103 Id_val debe estar contenido al id de validación de la última generación del reporte
(Id_Reporte).
Algoritmo:
Id_val ε id_val max (Id reporte)
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN
1 103
Id_val debe estar contenido al id de vali-
dación de la última generación del reporte
63
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Sección III
(Id_Reporte).
Tolerancia. NA
CONTENIDO
3.4 CONSTITUCIÓN BASE
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
114 El campo5: Identificador del Producto debe estar contenido en el catálogo de Productos.
Algoritmo:
(producto.CONSTITUCIÓN) in (Producto. Catálogo de Producto where
c_persona=1)
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN
1 114
El campo5 Identificador del Producto debe
estar contenido en el catálogo de Produc-
tos.
Tolerancia. NA
115 La fecha de otorgamiento del contrato debe estar dentro del periodo de la constitución ba-
se
Si la fecha de información de la constitución base es 30 abril 2016, el periodo de la fecha
de otorgamiento debe ser del 01 Abril 2015 hasta el 29 de febrero 2016
Algoritmo:
(FECHAOT.CONSTITUCIÓN) DENTRO DEL AÑO ANTERIOR, SIN CONSIDERAR EL
BIMESTRE DE REPORTE
64
No.
Validación
Grave
Descripción/Algoritmo
Ejemplo:
registro VALIDACION DESCRIPCIÓN
1 115
La fecha de otorgamiento del contrato de-
be estar dentro del periodo de la ventana
móvil previos al bimestre.
Tolerancia. NA
CONTENIDO
4. VALIDACIONES DE NEGOCIO NO GRAVES
REPORTE DE OBSERVACIONES
Objetivo:
Verificar la consistencia de la información mediante un informe que desglosa las observaciones que se
encontraron en la misma.
65
SEGMENTO DE OBSERVACIÓN DESCRIPCIÓN
CATÁLOGOS Validaciones de consistencia entre secciones (Catálogo de
productos y otras secciones.
RELACIÓN ENTRE CAMPOS Validaciones nivel registro
CICLO DEL CRÉDITO Validaciones de seguimiento del Crédito contra el bimes-
tre anterior.
RANGOS CUESTIONABLES Validaciones de valores aceptables
RESERVAS NIVEL REGISTRO Validaciones a nivel registro del cálculo de las reservas y
sus componentes.
UMBRALES DGESF Validaciones del comportamiento de la información.
UMBRALES INTERNO Validaciones del comportamiento de la información.
DISCREPADOR DE FOLIOS
CLIENTES REPETIDOS
Proporciona el conteo de clientes que no cumplen con la
igualdad en los campos.
CONTENIDO
La figura muestra el flujo de pasos que se ejecutan en el paquete: Reporte de Observaciones a des-
cargar (las aclaraciones se importan en paquete: sección III)
66
CONTENIDO
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
Id del
Reporte Id de validación
No grave
Resultados
67
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
104
Catálogo de productos – Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si la fecha de celebración del primer contrato del producto es menor a 1 años
(Productos comercializados menores a un año), entonces, el campo 39 Indicador
de crédito para CAT de Publicidad y Propaganda debe ser 0.
Algoritmo:
Si (producto.PARTE II) in (Producto. Catálogo de Producto) donde fe-
cha.Catálogo de Producto<=13 meses
Entonces indicador.PARTE II =0
Tolerancia. NA
105
Catálogo de productos - Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 39 Indicador de crédito para CAT de Publicidad y Propaganda es 1
(Elegible para ser considerado en el cálculo del CAT de Publicidad y Propaganda
para productos mayores a un año), entonces debe cumplir los requisitos de elegi-
bilidad.
Algoritmo:
Si indicadorcat.PARTE II =1
Entonces (producto.SECCIÓN II ) in (Producto. Catálogo de Producto)
donde
Fecha.Catálogo de Productos>13 meses
and restric. Catálogo de Restricción<>{1,29,32,33,35}
and de SECCIÓN II
relacion.PARTE II =8 and meseapert.PARTE II <=13
Para el cálculo de los meses:
No se considera el primer mes, se consideran los 12 meses anteriores
NOTA: Esta validación es una referencia de revisión para análisis de la información
68
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
107
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Cuando el campo Indicador de CAT sea 1 en la Sección II A, se debe encontrar su
mismo folio de crédito en la ventana móvil de colocaciones de 12 meses, sin con-
siderar el mes actual.
(FOLIO.PARTE II A indicadorcat =1 in (FOLIO.CONSTITUCIÓN -VENTANA)
Para la ventana móvil: No se considera mes de la fecha de corte, se consideran los
12 meses anteriores.
Algoritmo:
(FOLIO.PARTE II A indicadorcat =1 in (FOLIO.CONSTITUCIÓN -VENTANA)
NOTA: Esta validación es una referencia de revisión para análisis de la información
110
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
La fecha de otorgamiento del contrato debe ser mayor o igual que la Fecha de ce-
lebración del primer contrato del catálogo de productos.
Algoritmo:
(FECHAOT.ALTA) > = (FECHA.CATALOGO DE PRODUCTOS)
Tolerancia. NA
111
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
La relación folio producto debe coincidir en ambas secciones (Sección Altas y Sec-
ción II)
Algoritmo:
Si ((ALTA.FolioCred T) in (SECCIÓN II A.FolioCred T))
Entonces Relación Producto-Folio. ALTA= Relación Producto-Folio. SEC-
CIÓN IIA
Tolerancia. NA
69
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
112
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Los meses calculados a partir de la Fecha de Otorgamiento del Crédito del Catálo-
go de CAT debe ser igual al campo 20 Meses desde Apertura de la Cuenta en Sec-
ción II.
Algoritmo:
Si (FECHAOT.ALTA >= (MESAPERT.PARTE IIA 2016)
Calcular meses de apertura del alta FECHAOT.ALTA a la fecha fin de mes,
truncada
NOTA: Esta validación es una referencia de revisión para análisis de la información
113
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Los meses calculados a partir de la Fecha de Otorgamiento del Crédito del Catálo-
go de CAT debe ser menor o igual al campo 33 Antigüedad del Acreditado en la
Institución en Sección II.
Algoritmo:
Si (FECHAOT.ALTA <= (MESAPERT.PARTE IIA 2016)
NOTA: Esta validación es una referencia de revisión para análisis de la información
116
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
La fecha de otorgamiento del contrato debe ser mayor o igual que la Fecha de ce-
lebración del primer contrato del catálogo de productos.
Algoritmo:
Si (FECHAOT.CONSTITUCIÓN ) > =(FECHA.CATALOGO DE PRODUCTOS)
Tolerancia. NA
117
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
La relación folio producto debe coincidir en ambas secciones (Sección Constitución
Base y Sección II)
Algoritmo:
Si Relación Producto-Folio. CONSTITUCIÓN= Relación Producto-Folio.
SECCIÓN IIA
Tolerancia. NA
70
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
118
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El folio reportado en Garantías debe existir en la sección II.
Algoritmo:
Si (FOLIO.GARANTÍA) in (FOLIO.PARTE II A garantia=3)
Tolerancia. NA
204
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo saldo del crédito total debe ser menor o igual a 1.5 veces el límite de
crédito a la fecha de corte.
Algoritmo:
saldotot<=1.5 (limcredito)
Tolerancia. NA
207
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el importe promedio de promociones con intereses es mayor que 0, entonces
los intereses ordinarios de promociones deben ser mayores que 0 a la fecha de
corte.
Algoritmo:
Si saldopci>0
Entonces interespci>0
Tolerancia. NA
212
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo número de meses de apertura debe ser mayor o igual a impagos conse-
cutivos a la fecha de corte.
Algoritmo:
mesapert>=impagosc
Tolerancia. NA
71
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
213
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo impagos últimos 6 meses es menor que 6, entonces el campo impagos
últimos 6 meses debe ser mayor o igual a impagos consecutivos a la fecha de
corte.
Algoritmo:
Si impagosum<6
Entonces impagosum>=impagosc
Tolerancia. NA
214
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo meses de atraso es igual a 0, entonces el campo impagos consecuti-
vos debe ser 0.
Algoritmo:
Si mesapert=0
Entonces impagosc=0
Tolerancia. NA
215
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo meses de apertura es igual a 0, entonces el campo impagos últimos 6
meses debe ser 0.
Algoritmo:
Si mesapert=0
Entonces impagosum=0
Tolerancia. NA
216
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo meses de apertura es igual a 0, entonces el campo meses de atraso
debe ser 0.
Algoritmo:
Si mesapert=0
Entonces meses=0
Tolerancia. NA
72
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
217
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo Saldo a Pagar a la apertura del periodo es menor que cero, entonces
el pago mínimo exigido a la apertura del periodo debe ser cero.
Algoritmo:
saldopagar<=0
Entonces pagoexige=0
Tolerancia. NA
218
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo Saldo a Pagar a la apertura del periodo es mayor que cero y pago rea-
lizado es igual a 0, entonces el Saldo total a la fecha de corte debe ser mayor que
cero.
Algoritmo:
Si saldopagar>0 y pagoreal=0
Entonces saldotot>0
Tolerancia. NA
220
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo impagos consecutivos es 0 entonces el campo clasificación contable
debe ser vigente.
Algoritmo:
Si impagosc=0
Entonces ClasCont=1
Tolerancia. NA
221
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo clasificación contable es vencida, entonces el campo meses de atraso
debe ser diferente de 0.
Algoritmo:
Si ClasCont=5
Entonces meses<>0
Tolerancia. NA
73
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
222
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si campo saldo total es menor o igual a cero, entonces el campo impagos conse-
cutivos debe ser cero.
Algoritmo:
Si saldotot<=0
Entonces impagosc=0
Tolerancia. NA
223
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si campo saldo total es menor o igual a cero, entonces el campo meses de atraso
debe ser 0.
Algoritmo:
Si saldotot<=0
Entonces meses=0
Tolerancia. NA
224
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo pago mínimo debe ser aprox. mayor o igual que el MIN
(max(1.5%(pagongi - (interesrev+interespci))+(interesrev+interespci) ,
1.25%limcredito), saldotot), de acuerdo a las Reglas de Tarjetas de Crédito.
Algoritmo:
Si saldotot>0
Entonces pagomin>=MIN (max(1.5%(pagongi - (interes-
rev+interespci))+(interesrev+interespci) , 1.25%limcredito), saldotot)
Tolerancia. NA
74
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
225
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo clasificación contable es vencida, entonces el saldo contable debe ser
mayor que cero al fin de mes.
Algoritmo:
Si ClasCont=5
Entonces saldocont>0
Tolerancia. NA
226
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo Saldo a Pagar a la apertura del periodo es mayor que cero, entonces
el campo Saldo a Pagar debe ser mayor o igual al campo pago mínimo exigido a la
apertura del periodo.
Algoritmo:
Si saldopagar>0
Entonces saldopagar>=pagoexige
Tolerancia. NA
227
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo pago realizado (en el periodo) es menor que el campo pago mínimo
exigido (Apertura del periodo), entonces el campo impagos consecutivos debe ser
mayor que 0.
Algoritmo:
Si pagoreal<pagoexige
Entonces impagosc>0
Tolerancia. NA
228
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo pago realizado (en el periodo) es menor que el campo pago mínimo
exigido (Apertura del periodo), entonces el campo impagos últimos 6 meses debe
ser mayor que 0.
Algoritmo:
Si pagoreal<pagoexige
Entonces impagosum>0>0
Tolerancia. NA
75
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
230
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo 42 Comisiones Totales, al corte, debe ser mayor o igual al campo 43
Comisión por pago tardío o falta de pago, al corte.
Algoritmo:
comtotal>=comtardio
Tolerancia. NA
231
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si la suma del campo 42 Comisiones Totales, al corte y el campo 43 Comisión por
pago tardío o falta de pago, al corte es mayor a cero, entonces el campo 14 Saldo
a pagar debe ser mayor a cero.
Algoritmo:
Si comtotal + comtardio>0
Entonces saldopagar>0
Tolerancia. NA
232
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo 44 pago para no generar intereses al inicio del periodo debe ser mayor o
igual al campo 17 pago mínimo al inicio del periodo.
Algoritmo:
pagonginicio>=pagoexige
Tolerancia. NA
233
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 14 saldo a pagar al inicio del periodo es menor o igual que cero, en-
tonces el campo 44 pago para no generar intereses al inicio del periodo debe ser
igual a cero.
Algoritmo:
Si saldopagar<=0
Entonces pagonginicio=0
Tolerancia. NA
76
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
234
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 14 saldo a pagar es mayor que cero, entonces el campo 14 saldo a
pagar debe ser mayor o igual al campo 44 pago para no generar intereses al inicio
del periodo.
Algoritmo:
Si saldopagar>0
Entonces saldopagar>=pagonginicio
Tolerancia. NA
235
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo 10 Pago Mínimo, al corte debe ser mayor o igual al campo 45 Pago exi-
gido de Promociones a meses sin intereses, al corte.
Algoritmo:
pagomin>=pagoexigepsi
Tolerancia. NA
236
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 8 Importe Promociones Sin Intereses, al corte es cero entonces el
campo 45 Pago exigido de Promociones a meses sin intereses, al corte debe ser
igual a cero.
Algoritmo:
Si saldopmsi=0
Entonces pagoexigepsi=0
Tolerancia. NA
242
Sección Garantías
Si el campo 2 tipo de garantía es igual a 2 (Parte Cubierta por Garantías Mobilia-
rias), entonces se debe reportar el Campo 15 RUGM.
Algoritmo:
Si garantía=2
Entonces rugm>0
Tolerancia. NA
77
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
247
Sección Altas (Catálogo de CAT)
El campo cat del contrato y límite de crédito debe ser mayor que cero.
Algoritmo:
Catcontrato+limcredito>0
Tolerancia. NA
248
SECCIÓN IV (Constitución Catálogo de CAT).
El campo cat del contrato y límite de crédito debe ser mayor que cero.
Algoritmo:
Catcontrato+limcredito>0
Tolerancia. NA
301
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el folio del crédito del bimestre actual es encontrado en el bimestre anterior,
entonces el campo meses de apertura del bimestre actual debe ser mayor al cam-
po meses de apertura del bimestre anterior.
Algoritmo:
Algoritmo de Búsqueda
Bimestre Actual (T) Bimestre anterior (T-1)
FolioCred (EXISTE) FolioCred(EXISTE)
Algoritmo de comparación
((Seguimiento.mesapert T ) > (Seguimiento.mesapert T-1))
Tolerancia. NA
78
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
302
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el folio del crédito del bimestre actual no es encontrado en el bimestre anterior,
entonces el campo meses de apertura del bimestre actual debe ser menor o igual
a 2.
Algoritmo:
Algoritmo de Búsqueda
Bimestre Actual (T) Bimestre anterior (T-1)
FolioCred (EXISTE) FolioCred(NO EXISTE)
Algoritmo de comparación
(Seguimiento.mesapert T ) <=2
Tolerancia. NA
303
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo meses de apertura es menor a 2 en el bimestre actual entonces, el
folio del crédito no debe ser reportado en el bimestre anterior.
Algoritmo:
Algoritmo de comparación
(Seguimiento.mesapert T)<2
Algoritmo de Búsqueda
Bimestre Actual (T) Bimestre anterior (T-1)
FolioCred (EXISTE) FolioCred(NO EXISTE)
Tolerancia. NA
79
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
304
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el folio del crédito del bimestre actual es encontrado en el bimestre anterior,
entonces el campo tipo de cliente del bimestre actual debe ser igual al bimestre
anterior.
Algoritmo:
Algoritmo de Búsqueda
Bimestre Actual (T) Bimestre anterior (T-1)
FolioCred (EXISTE) FolioCred(NO EXISTE)
Algoritmo de comparación
((Seguimiento t.TipoCliente) = (Seguimiento.TipoCliente t-1))
Tolerancia. NA
305
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el folio del crédito del bimestre actual es encontrado en el bimestre anterior,
entonces el campo tasa del bimestre actual debe ser igual al bimestre anterior.
Algoritmo:
Algoritmo de Búsqueda
Bimestre Actual (T) Bimestre anterior (T-1)
FolioCred (EXISTE) FolioCred(EXISTE)
Algoritmo de comparación
((Seguimiento.Tasa T) = (Seguimiento.Tasa T-1))
T =Bimestre Actual
T-1 = Bimestre anterior
NOTA: Esta validación es una referencia de revisión para análisis de la información
80
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
306
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 2 folio del crédito del bimestre actual es encontrado en el bimestre
anterior, entonces el campo 40 folio del cliente del bimestre actual debe ser igual
al bimestre anterior.
Algoritmo:
Algoritmo de Búsqueda
Bimestre Actual (T) Bimestre anterior (T-1)
FolioCred (EXISTE) FolioCred(EXISTE)
Algoritmo de comparación
((Seguimiento.FolioCliente T) = (Seguimiento.FolioCliente T-1))
Tolerancia. NA
T =Bimestre Actual
T-1 = Bimestre anterior
307
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el folio del crédito del bimestre actual es encontrado en el bimestre anterior,
entonces el campo 33 Antigüedad del Acreditado del bimestre actual debe ser ma-
yor al campo 33 Antigüedad del Acreditado del bimestre anterior.
Algoritmo:
Algoritmo de Búsqueda
Bimestre Actual (T) Bimestre anterior (T-1)
FolioCred (EXISTE) FolioCred(EXISTE)
Algoritmo de comparación
((Seguimiento.mesantig T) > (Seguimiento.mesantig T-1))
Tolerancia. NA
T =Bimestre Actual
T-1 = Bimestre anterior
81
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
308
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 33 Antigüedad del Acreditado es menor a 2 en el bimestre actual en-
tonces, el folio del crédito no debe ser reportado en el bimestre anterior.
Algoritmo:
Algoritmo de Búsqueda
Bimestre Actual (T)
(Seguimiento.mesantig T)<2
Algoritmo de comparación
((Seguimiento.FolioCred T) not in (Seguimiento T-1))
Tolerancia. NA
T =Bimestre Actual
T-1 = Bimestre anterior
309
Garantías
Si el folio del crédito del bimestre actual es encontrado en el bimestre anterior,
entonces el campo tipo de garantía del bimestre actual debe ser igual al bimestre
anterior.
Algoritmo:
Algoritmo de Búsqueda
Bimestre Actual (T) Bimestre Actual (T-1)
((Garantías.FolioCred T) in (Garantías.FolioCred T-1)) and garantía<>0
Algoritmo de comparación
Tolerancia. NA
T =Bimestre Actual
T-1 = Bimestre anterior
82
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
403
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo 20 Meses transcurridos desde la apertura de la cuenta se espera se en-
cuentre dentro del rango RV= {0, +1, +2, +3, …, +800}
Algoritmo:
mesapert<=800
Tolerancia. NA
404
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo11: Tasa Línea Revolvente se espera se encuentre dentro del rango RV=
{+1, +2, +3, …, +90.00}
Algoritmo:
1<=tasarev<=90.00
Tolerancia. NA
405
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo 23 Probabilidad de incumplimiento se espera se encuentre del rango
RV= {1.00 + …, +100.00}
Algoritmo:
1<=probinc<=100
Tolerancia. NA
406
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo 38 CAT contenido en el estado de cuenta, al corte se espera se encuen-
tre del rango RV= {5.00 + …, +1000.0}
Algoritmo:
5<=Catcuenta<=1000
Tolerancia. NA
83
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
407
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
La Tasa Anual Implícita LR+PSI+PCI (Cálculo Banxico) se espera se encuentre del
rango RV= {0 + …, +100.00}
Algoritmo:
Tasa Anual Implicita LR+PSI+PCI<=100
Tolerancia. NA
408
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo 33 Antigüedad del Acreditado se espera se encuentre dentro del rango
RV= {0, +1, +2, +3, …, +900}
Algoritmo:
mesantig<=900
Tolerancia. NA
409
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo 5 Probabilidad de incumplimiento se espera se encuentre del rango RV=
{1.00 + …, +100.00}
Algoritmo:
Si garantía={3,4,5}
Entonces 1<=probinc_garante<=100
NOTA: Esta validación es una referencia de revisión para análisis de la información
410
Sección II. Seguimiento Sección II B
El campo 46 Probabilidad de Incumplimiento (Interna periodo paralelo) debe ser
mayor o igual que 0.03 de conformidad con la CUB.
Algoritmo:
probabint>=0.03
Tolerancia. NA
84
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
504
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es mayor o igual que 4 y el campo situación
del crédito es diferente de 5, entonces el campo 23 probabilidad al incumplimiento
debe ser 100.
Algoritmo:
Si impagosc>=4 and situacion<>5
Entonces probinc=100
De acuerdo a la CUB art 92
Tolerancia. NA
507
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es diferente de 5, entonces el campo 26 re-
servas a constituir debe ser igual la fórmula conforme la CUB.
Algoritmo:
Si situación<>5
Entonces reserv=mreserv
De acuerdo a la CUB art 92
Tolerancia. 10%
Nota. La validación puede presentar variaciones por redondeo
508
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {7,8,11,12} (Saldo a pagar: Menor o igual
a cero en los últimos cuatro periodos de pago, incluyendo el periodo con el cual se
realiza la calificación), entonces el campo 18 impagos consecutivos debe ser 0.
Algoritmo:
Si situacion={7,8,11,12}
Entonces impagosc=0
De acuerdo a la CUB art 92
Tolerancia. 10%
85
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
509
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {7,8,9,11,12,13} (Saldo a pagar en el pe-
riodo el cual se realiza la calificación menor o igual a cero), entonces el campo 14
saldo a pagar debe ser menor o igual a cero.
Algoritmo:
Si situacion={7,8,9,11,12,13}
Entonces saldopagar<=0
De acuerdo a la CUB art 92
Tolerancia. 10%
510
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 20 meses de apertura es menor o igual 1 (recién originación) y el
campo 14 saldo a pagar es menor o igual a cero, entonces, el campo 22 situación
del crédito puede ser {7,11}
Algoritmo:
Algoritmo:
Si mesesaper<=1 and saldopagar<=0 and pagoreal=0 and situación <>5
Entonces sit={7,11}
De acuerdo a la CUB art 92
Tolerancia. 10%
NOTA: Esta validación es una referencia de revisión para análisis de la información
511
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es 5, entonces el campo 23 la probabilidad de
incumplimento debe ser mayor que 0.03 de conformidad con la CUB.
Algoritmo:
Si situación=5
Entonces probinc>=0.03
Tolerancia. NA
86
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
512
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es 5, entonces el campo 23 la probabilidad de
incumplimento debe ser 100 (Supuesto posiciones en incumplimiento meses de
atraso >=3).
Algoritmo:
Si situación=5 and meses>=3
Entonces probinc=100
Tolerancia. NA
513
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
El campo 25 exposición al incumplimiento debe ser mayor o igual al campo 21
Saldo Contable.
Algoritmo:
expinc>=saldocont
Tolerancia. NA
514
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es igual a 5, valida la reservas preventivas
bajo metodología interna de cartera sin incumplimiento conforme a la CUB (Su-
puesto posiciones en incumplimiento meses de atraso =0).
Algoritmo:
Si situación=5 and meses=0
Entonces mreserv=mreservc
Nota. La validación puede presentar variaciones por redondeo
515
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Validación del campo 36 Grupo veces, conforme a la Fórmula de la CUB, en fun-
ción al campo 31 Monto a pagar a la Institución y campo 32 Monto a pagar re-
portado en las sociedades de información crediticia.
Algoritmo:
gveces=gvecesB
Tolerancia. NA
87
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
516
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Validación del campo 35 Segmento de riesgo (Alto, medio y bajo), conforme a la
Fórmula de la CUB, en función al campo 33 Antigüedad del Acreditado con la insti-
tución y campo 16 Límite de Crédito.
Algoritmo:
segmento=segmentoB
Tolerancia. NA
517
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es menor que 4 y el campo situación del
crédito es {6,10}, entonces el campo 23 probabilidad al incumplimiento debe ser
el resultado de la fórmula conforme a la CUB art. 92.
Algoritmo:
Si impagosc<4 and situacion={6,10}
Entonces probinc=probincc
Nota. La validación puede presentar variaciones por redondeo
518
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {7,11}, entonces el campo Probabilidad de
incumplimiento debe tomar el valor de 4.18, de conforme a la CUB art. 92.
Algoritmo:
Si situacion={7,11}
Entonces probinc=4.18
Tolerancia. NA
519
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {8,12}, y el campo 35 segmento del riesgo
es igual a 1 (Alto), entonces el campo 23 Probabilidad de incumplimiento debe
tomar el valor de 4.66, de conforme a la CUB art. 92.
Algoritmo:
Si situacion={8,12} and segmento=1
Entonces probinc=4.66
Tolerancia. NA
88
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
520
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {8,12}, y el campo 35 segmento del riesgo
es igual a 2 (Medio), entonces el campo 23 Probabilidad de incumplimiento debe
tomar el valor de 3.44, de conforme a la CUB art. 92.
Algoritmo:
Si situacion={8,12} and segmento=2
Entonces probinc=3.44
Tolerancia. NA
521
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {8,12}, y el campo 35 segmento del riesgo
es igual a 3 (Bajo), entonces el campo 23 Probabilidad de incumplimiento debe
tomar el valor de 2.18, de conforme a la CUB art. 92
Algoritmo:
Si situacion={8,12} and segmento=3
Entonces probinc=2.18
Tolerancia. NA
522
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {9,13}, y el campo 35 segmento del riesgo
es igual a 1 (Alto), entonces el campo 23 Probabilidad de incumplimiento debe
tomar el valor de 8.70, de conforme a la CUB art. 92
Algoritmo:
Si situacion={9,13} and segmento=1
Entonces probinc=8.70
Tolerancia. NA
89
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
523
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {9,13}, y el campo 35 segmento del riesgo
es igual a 2 (Medio), entonces el campo 23 Probabilidad de incumplimiento debe
tomar el valor de 5.79, de conforme a la CUB art. 92
Algoritmo:
Si situacion={9,13} and segmento=2
Entonces probinc=5.79
Tolerancia. NA
524
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {9,13}, y el campo 35 segmento del riesgo
es igual a 3 (Bajo), entonces el campo 23 Probabilidad de incumplimiento debe
tomar el valor de 3.12, de conforme a la CUB art. 92
Algoritmo:
Si situacion={9,13} and segmento=3
Entonces probinc=3.12
Tolerancia. NA
525
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es menor o igual 4 y el campo 22 situación
del crédito es {6,10}, entonces el campo 24 severidad de la pérdida debe ser 75.
Algoritmo:
Si impagosc<=4 and situacion={6,10}
Entonces sevper=75
Tolerancia. NA
526
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es igual a 5 y el campo 22 situación del cré-
dito es {6,10}, entonces el campo 24 severidad de la pérdida debe ser 77.
Algoritmo:
Si impagosc=5 and situacion={6,10}
Entonces sevper=77
Tolerancia. NA
90
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
527
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es igual a 6 y el campo 22 situación del cré-
dito es {6,10}, entonces el campo 24 severidad de la pérdida debe ser 80.
Algoritmo:
Si impagosc=6 and situacion={6,10}
Entonces sevper=80
Tolerancia. NA
528
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es igual a 7 y el campo 22 situación del cré-
dito es {6,10}, entonces el campo 24 severidad de la pérdida debe ser 82.
Algoritmo:
Si impagosc=7 and situacion={6,10}
Entonces sevper=82
Tolerancia. NA
529
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es igual a 8 y el campo 22 situación del cré-
dito es {6,10}, entonces el campo 24 severidad de la pérdida debe ser 86.
Algoritmo:
Si impagosc=8 and situacion={6,10}
Entonces sevper=86
Tolerancia. NA
530
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es igual a 9 y el campo 22 situación del cré-
dito es {6,10}, entonces el campo 24 severidad de la pérdida debe ser 90.
Algoritmo:
Si impagosc=9 and situacion={6,10}
Entonces sevper=90
Tolerancia. NA
91
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
531
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es igual a 10 y el campo 22 situación del
crédito es {6,10}, entonces el campo 24 severidad de la pérdida debe ser 92.
Algoritmo:
Si impagosc=10 and situacion={6,10}
Entonces sevper=92
Tolerancia. NA
532
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es igual a 11 y el campo 22 situación del
crédito es {6,10}, entonces el campo 24 severidad de la pérdida debe ser 96.
Algoritmo:
Si impagosc=11 and situacion={6,10}
Entonces sevper=96
Tolerancia. NA
533
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 18 impagos consecutivos es mayor a 11 y el campo 22 situación del
crédito es {6,10}, entonces el campo 24 severidad de la pérdida debe ser 100.
Algoritmo:
Si impagosc>11 and situacion={6,10}
Entonces sevper=100
Tolerancia. NA
534
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {7,11}, entonces el campo 24 severidad de
la pérdida debe ser 67.
Algoritmo:
Si sit={7,11}
Entonces sevper=67
Tolerancia. NA
92
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
535
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {8,9,12,13}, entonces el campo 24 severi-
dad de la pérdida debe ser 70.
Algoritmo:
Si sit={8,9,12,13}
Entonces sevper=70
Tolerancia. NA
536
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es igual a {10,11,12,13} relativas a tarjetas
bloqueadas, entonces el campo exposición al incumplimiento debe ser igual al
campo 21 Saldo Contable max(saldocont,0).
Algoritmo:
Si sit={10,11,12,13}
Entonces expinc=max(saldocont,0)
Tolerancia. NA
537
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {6}, entonces el campo 25 exposición al
incumplimiento debe ser igual la fórmula conforme la CUB art. 92.
Algoritmo:
Si sit={6}
Entonces expinc=expincc
Nota. La validación puede presentar variaciones por redondeo
538
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {7}, entonces el campo 25 exposición al
incumplimiento debe ser igual la fórmula conforme la CUB art. 92.
Algoritmo:
Si sit={7}
Entonces expinc=expincc
Nota. La validación puede presentar variaciones por redondeo
93
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
539
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {8}, entonces el campo 25 exposición al
incumplimiento debe ser igual la fórmula conforme la CUB art. 92.
Algoritmo:
Si sit={8}
Entonces expinc=expincc
Nota. La validación puede presentar variaciones por redondeo
540
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el campo 22 situación del crédito es {9}, entonces el campo 25 exposición al
incumplimiento debe ser igual la fórmula conforme la CUB art. 92.
Algoritmo:
Si sit={9}
Entonces expinc=expincc
Nota. La validación puede presentar variaciones por redondeo
541
Sección Garantías
Si el campo 2 garantía es 3 (Aval), entonces la severidad de la pérdida debe ser
75 o 100, conforme a la CUB, artículo 97 Bis 6 fracción II, inciso b).
Algoritmo:
Si garantía=3
Entonces sp={75,100}
Tolerancia. NA
542
Sección Garantías
El campo 6 severidad de la pérdida debe ser conforme a la CUB, artículo 97 Bis 6
Algoritmo:
sp=spc
Tolerancia. NA
94
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
543
Sección Garantías
Si el campo 2 garantía es 1 (Real), entonces el campo 7 severidad de la pérdida
debe ser 75 o 100, conforme a la CUB, artículo 97 Bis 6 fracción II inciso
b)Algoritmo:
Si garantía=1
sp _sg={75,100}
Tolerancia. NA
544
Sección Garantías
Si el campo 2 garantía es 2 (Mobiliaria), entonces el campo 6 severidad de la pér-
dida debe ser 60, conforme a la CUB, artículo 97 Bis 6 fracción III.
Algoritmo:
Si garantía=2
sp=60
Tolerancia. NA
545
Sección Garantías
Si el campo 2 garantía es 0 (No cubierta), entonces el campo 5 severidad de la
pérdida debe ser conforme a la CUB art. 92.
Algoritmo:
Si garantía =0
Entonces sp=spc
Tolerancia. NA
546
Sección Garantías
Si el campo 2 garantía es 1 (Real), entonces el campo 12 exposición al incumpli-
miento ajustada debe ser conforme a la CUB, artículo 97 Bis 6.
Algoritmo:
Si garantía=1
Entonces ei_ajustada=ei_ajustadac
Tolerancia. NA
95
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
547
Sección Garantías
El campo 25 exposición al incumplimiento de la sección II debe ser mayor o igual
al campo campo 11 exposición al incumplimiento de garantías.
Algoritmo:
Parte II A.expinc>=Garantías.exposición
Tolerancia. NA
548
Sección Garantías
El campo 11 exposición al incumplimiento debe ser conforme a la CUB art. 96 bis
6 y bis 7, para la parte cubierta y no cubierta del crédito.
Algoritmo:
exposición =exposiciónc
Tolerancia. NA
549
Sección Garantías
El campo 13 reservas debe ser conforme a la CUB art. 96, considerando la proba-
bilidad del acreditado.
Algoritmo:
Si garantía={0,1,2,6}
Entonces reservas=reservasc
Tolerancia. NA
550
Sección Garantías
El campo 13 reservas debe ser conforme a la CUB art. 96, considerando la proba-
bilidad del garante.
Algoritmo:
Si garantía={3,4,5}
Entonces reservas=reservasc
Tolerancia. NA
96
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
551
Sección Garantías
Si el campo 3 tipo de garantía real es relativa a títulos de deuda, se debe reportar
el factor de ajuste de acuerdo al anexo 1-F.
Algoritmo:
Si g_real<>{1,9,14}
Entonces hc={0.5,1,2,3,4,6,12,25}
Tolerancia. NA
552
Sección Garantías
Si el campo 3 tipo de garantía real es 9 (acciones y títulos convertibles), entonces,
el campo 8 factor de ajuste debe ser 0 de acuerdo al anexo 1-F.
Algoritmo:
Si g_real=9
Entonces hc=15
Tolerancia. NA
553
Sección Garantías
Si el campo 3 tipo de garantía real es 1 (efectivo), entonces, el campo 8 factor de
ajuste debe ser 0 de acuerdo al anexo 1-F.
Algoritmo:
Si g_real=1
Entonces hc=0
Tolerancia. NA
554
Sección Garantías
Si el campo 22 situación del crédito es {6,10}, entonces el campo Saldo a pagar
debe ser mayor que cero.
Algoritmo:
sit={6,10}
saldopagar>0
97
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
555
Sección II. Seguimiento Sección II B
El campo 48 Exposición al Incumplimiento (Interna periodo paralelo) debe ser ma-
yor o igual al campo 21 Saldo Contable.
Algoritmo:
exposint>=saldocont
Tolerancia. NA
556
Sección II. Seguimiento Sección II B
Si el campo 18 impagosc es mayor o igual a 3, entonces el campo 46 la probabili-
dad de incumplimiento (Interna periodo paralelo) debe ser 100 (Supuesto posicio-
nes en incumplimiento meses de atraso >=3).
Algoritmo:
Si impagosc>=3
Entonces probabint=100
Tolerancia. NA
557
Sección II. Seguimiento Sección II B
Valida la reservas preventivas a constituir (Interna periodo paralelo).
Algoritmo:
rvasint=(probabint/100)*(severint/100)*exposint
Tolerancia. 50
98
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
601-647
701-747
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Análisis estadístico sobre una partición a la información (misma que se utiliza en el
reporte de Indicadores Básicos de tarjetas de crédito), que verifica en comporta-
miento de las cifras reportada en dos periodos consecutivos, de acuerdo a los mo-
vimientos observados en bimestres anteriores (Umbral determinado por institu-
ción).
Partición a Analizar:
• Productos de uso generalizado
• Productos para personas físicas
• Productos que no son exclusivamente para funcionarios o empleados del banco
(Visibles)
• Cuentas con cero meses de atraso
• Cuentas Activas: (Importe Promedio Mensual de la Línea Revolvente + Impor-
te Promedio Mensual de PCI + Importe Promedio Mensual de PSI + Saldo To-
tal) <> 0
• Saldo en Contra: (Importe Promedio Mensual de la Línea Revolvente + Impor-
te Promedio Mensual de PCI + Importe Promedio Mensual de PSI) >=0
• Cuentas con TEPP <=100 %
Algoritmo:
Movimiento observado <= umbral
99
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
601-647
701-747
TODOS LOS CLIENTES, TOTALERO Y NO TOTALERO:
Número de tarjetas
Importe Linea Revolvente + Importe PCI + Importe PSI
Importe Linea Revolvente (LRev)
Importe Promociones Con Intereses (PCI)
Importe Promociones Sin Intereses (PSI)
Importe LRev / (Importe LRev+ Importe PCI+ Importe PSI )
Importe PCI / (Importe LRev+ Importe PCI+ Importe PSI)
Importe PSI / (Importe LRev+ Importe PCI+ Importe PSI )
(Importe LRev+ Importe PCI+ Importe PSI ) / Número de tarjetas
Importe Linea Revolvente / Número de tarjetas
Importe PCI / Número de tarjetas
Importe PSI / Número de tarjetas
Límite Crédito / Número de tarjetas
Tasa anual implícita LRev / LRev [PP]
Tasa anual implícita LRev + PCI + PSI / LRev + PCI + PSI [PP]
Tasa anual implícita PCI / PCI [PP]
100
No.
Validación
No grave
Descripción/Algoritmo
800
Sección II. Seguimiento Sección II A / Sección II B
Si el folio del cliente se encuentra repetido, entonces los siguientes campos deben
ser iguales en cada registro: Campo 33 Antigüedad del Acreditado, campo 31
Monto a pagar a la institución, campo 32 Monto a pagar en las SIC, campo 34 Me-
ses transcurridos de atraso en la SIC, campo 41 Código Postal.
Algoritmo:
Proporcionar el conteo de los que no superan la validación por folio de
cliente
Tolerancia. NA
CONTENIDO
5. CONSISTENCIA ENTRE FORMULARIOS
Objetivo. Verificar la consistencia del Formulario CR versus Catálogo Mínimo (ACM), se realiza la compara-
ción del saldo contable de la cartera vigente, vencida y reservas:
FORMULARIO PERIODICIDAD NIVEL DE DETALLE
CATÁLOGO MÍNIMO MENSUAL AGRUPADA