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Formulario de solicitud - aguasgomera.esaguasgomera.es/wordpress/wp-content/uploads/2017/08/Formulario...  · Web viewSOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VERTIDO A DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO

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Formulario de solicitud

SOLICITUD DE AUTORIZACIN DE VERTIDO A DOMINIO PBLICO HIDRULICO

1. DATOS DEL SOLICITANTE:

1.1. Persona Fsica

Nombre y Apellidos:

N.I.F./N.I.E.:

Telfono fijo:

Telfono mvil:

Correo electrnico:

Fax:

1.2. Persona Jurdica

Razn Social []:

C.I.F.:

Telfono:

Fax:

Correo electrnico:

2. DATOS DEL REPRESENTANTE []:

Nombre y Apellidos:

N.I.F./N.I.E.:

Telfono fijo:

Telfono mvil:

Correo electrnico:

Fax:

En calidad de:

Representante legal

Otro. Indique cul:

3. MEDIO PREFERENTE O LUGAR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES:

Notificacin electrnica

Correo electrnico:

Notificacin por correo certificado

Tipo de va:

Domicilio:

N:

Bloque:

Escalera:

Piso:

Puerta:

Municipio:

Provincia:

Cdigo Postal:

4. SOLICITA:

Autorizacin de nuevo vertido a dominio pblico hidrulico

Legalizacin de vertido existente no autorizado a dominio pblico hidrulico

Renovacin de autorizacin de vertido a dominio pblico hidrulico. N de expediente:

Imposicin de servidumbre forzosa de acueducto

Declaracin de utilidad pblica a efectos de expropiacin forzosa

5. REPRESENTACIN ESQUEMTICA DEL VERTIDO []

6. ACTIVIDAD GENERADORA DEL VERTIDO:

Caractersticas de la actividad causante del vertido []:

Caractersticas de vertido:

Composicin de las aguas []:

Desbordamiento del sistema de saneamiento Urbano Industrial Escorrenta Domstica

Tipo de vertido []:

Urbano y asimilable a urbano.

250 hab-eq < 250 hab-eq

Industrial.

Resto de vertidos industriales Achique de minas Refrigeracin Piscifactora Con sustancias peligrosas

Para vertidos industriales especifique :

Clase:

Grupo:

Cdigo CNAE:

Volumen de vertido (m3/ao) []:

Carga contaminante del vertido (hab-eq) []:

En el caso de que haya ms de una actividad generadora, se deber completar el cuadro anterior para cada una de ellas, utilizando las hojas auxiliares y adjuntndolas al final del documento.

7. PUNTO DE VERTIDO

Medio receptor []:

Directo a aguas superficiales de DPH

Directo a aguas subterrneas de DPH

Indirecto a aguas subterrneas de DPH

Masa de agua:

Superficial

Nombre:

Subterrnea []

Cdigo:

Rgimen de emisin []:

Continuo

Puntual

Localizacin del punto en el que se produce el vertido:

Nombre del cauce:

Coordenadas UTM []

UTM X:

UTM Y:

UTM Z:

En el caso de que haya ms de un punto de vertido, se deber completar el cuadro anterior para cada uno de ellos, utilizando las hojas auxiliares y adjuntndolas al final del documento.

8. CARACTERIZACIN DE LAS AGUAS RESIDUALES BRUTAS []

Parmetros/ Sustancias contaminantes

Valor medio diario

Valor

Unidad

Temperatura

C

pH

Ud.pH

Slidos en suspensin

mg/L

DBO5

mg/L O2

DQO

mg/L O2

Aceites y grasas

mg/L

Amonio (NH4)

mg/L NH4

Nitrgeno Kjeldahl

mg/L N

Nitratos (NO3)

mg/L NO3

N-total (NTK+NO3+NO2)

mg/L N

Fsforo total (P)

mg/L P

9. CARACTERIZACIN DEL VERTIDO

Parmetros segn Anexo III del Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Control de Vertidos para la Proteccin del Dominio Pblico Hidrulico []

Demanda biolgica de oxgeno DBO5 (mg/l):

Materiales sedimentables (mg/l):

Slidos en suspensin (mg/l):

Demanda qumica de oxgeno DQO (mg/l):

Eschericia coli (ml):

pH:

Otras. Indique cules:

Sustancias prioritarias segn el Anexo I del Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el mbito de la poltica de aguas []

Presencia de sustancias prioritarias? No S

Indique las presentes en las aguas residuales y sus valores mximos diarios :

Sustancias preferentes segn el Anexo II del Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el mbito de la poltica de aguas []

Presencia de sustancias preferentes? No S

Indique las presentes en las aguas residuales:

Sustancias contaminantes presentes en las aguas de refrigeracin []

Parmetro/ Sustancia contaminante

Valor mximo diario

Valor medio diario

Valor

Unidad

Valor

Unidad

pH

Ud. pH

Ud. pH

Temperatura del vertido

C

C

Temperatura del medio receptor aguas arriba del vertido

C

C

Temperatura del medio receptor aguas debajo de la zona de dispersin del vertido

C

C

Slidos en suspensin

mg/L

mg/L

10. DESCRIPCIN DE LAS INSTALACIONES DE DEPURACIN:

Instalaciones de depuracin: NoS

Localizacin de la depuradora:

Coordenadas UTM [4]:

UTM X:

UTM Z:

Descripcin del sistema de depuracin []

Vertidos urbanos y asimilables

Pretratamiento

Tanque de regulacin

Desbaste

Desarenado

Tratamiento Primario

Decantacin primaria

Fsico-Qumico

Tratamiento Secundario

Fangos activados

Lechos bacterianos o biofiltros

Lagunaje

Otros

Ms riguroso

Desinfeccin (cloracin)

Nitrificacin - Desnitrificacin

Eliminacin de fsforo

Ozonizacin

Ultravioleta

Ultrafiltracin/smosis inversa

Otros

Indique cul:

Indique cul:

Indique cul:

Vertidos industriales

Fsico.

Descripcin:

Qumico:

Descripcin:

Fsico-Qumico

Descripcin:

Biolgico

Descripcin:

Otros

Especificar:

Capacidad de diseo de la EDAR (m3/ao):

Carga contaminante de diseo (h-eq) [9]:

Descripcin de las instalaciones:

Destino de los fangos:

Vertedero

Otra EDAR. Indicar cul:

Valorizacin

En el caso de que haya ms de una instalacin de depuracin, se deber completar el cuadro anterior para cada uno de ellas, utilizando las hojas auxiliares y adjuntndolas al final del documento.

11. DESCRIPCIN DE LAS INSTALACIONES DE EVACUACIN DEL VERTIDO:

Sistema de vertido []:

Pozo filtrante

Conduccin

Rebose o aliviadero

Caractersticas de la conduccin (indicar si procede):

Longitud de la conduccin (m):

Dimetro de la conduccin (m):

Material de la conduccin:

Profundidad (m):

Caractersticas del pozo filtrante (indicar si procede):

Dimetro (m):

Profundidad (m):

Caractersticas del aliviadero (indicar si procede):

Longitud (m):

Medidas de seguridad proyectadas en caso de vertido accidental:

En el caso de que haya ms de un punto de vertido, se deber completar el cuadro anterior para cada uno de ellos, utilizando las hojas auxiliares y adjuntndolas al final del documento.

12. DESCRIPCIN DE LOS DESBORDAMIENTOS DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EN EPISODISO DE LLUVIA []

Caracterizacin del punto de vertido del desbordamiento:

N del punto de desbordamiento []:

Nombre del medio receptor []:

Localidad:

Municipio

Coordenada

UTM X:

Coordenada

UTM Y:

Tipo de Sistema de saneamiento:

Ubicacin del punto de vertido del desbordamiento:

Tipo de desbordamiento

Unitario

Separativo

Colector

Estacin de bombeo

Intermedio en EDAR

Sin infraestructura de regulacin

Con infraestructura de regulacin

Unitario

Separativo

Colector

Estacin de bombeo

Intermedio en EDAR

Sin infraestructura de regulacin

Con infraestructura de regulacin

Unitario

Separativo

Colector

Estacin de bombeo

Intermedio en EDAR

Sin infraestructura de regulacin

Con infraestructura de regulacin

Unitario

Separativo

Colector

Estacin de bombeo

Intermedio en EDAR

Sin infraestructura de regulacin

Con infraestructura de regulacin

Descripcin de las infraestructuras de regulacin de aguas residuales (IRAR) []:

N de la infraestructura de regulacin []:

N del punto de vertido de desbordamiento asociado []:

Volumen de retencin (m3):

Tiempo de retencin (h):

Caudal mximo de entrada (l/s) []:

Caudal mximo de salida (l/s):

Velocidad mxima de salida:

Breve descripcin de las caractersticas y criterios de diseo y dimensionamiento []:

Caracterizacin del rea drenada asociada al desbordamiento []:

Nombre del rea drenada asociada al desbordamiento

Superficie de la cuenca vertiente

N de los puntos de vertido del desbordamiento asociado []:

Colector o colectores de procedencia

Carga contaminante de diseo (h-e) [9]:

Poblacin (habitantes)

Superficie bruta drenada (ha):

% Superficie impermeable:

Coeficiente de escorrenta medio:

Nombre o identificacin del colector o colectores:

Caudal mximo de diseo (l/s) []:

Caudal mximo en tiempo seco (l/s) []:

Poblacin de hecho []:

Poblacin estacional []:

Conjunto de medidas, actuaciones e instalaciones para limitar la contaminacin por desbordamiento de sistemas de saneamiento en episodio de lluvia []:

Actuaciones para controlar la contaminacin []:

Definido:

Implantado:

Fecha prevista para su implantacin:

Programa de operacin y mantenimiento del sistema de saneamiento

S

No

S

No

Medidas para la eliminacin de desbordamientos de sistema de saneamiento en tiempo seco

S

No

S

No

Medidas para la maximizacin de la capacidad de almacenamiento en la red de saneamiento

S

No

S

No

Medidas para la maximizacin de caudales transportados a EDAR por tratamiento

S

No

S

No

Programa de vigilancia y caracterizacin de los desbordamientos

S

No

S

No

Medidas para la reduccin de la contaminacin en desbordamientos de sistemas de saneamiento

S

No

S

No

Medidas para limitar la presencia de slidos y flotantes en desbordamientos de sistemas de saneamiento

S

No

S

No

Otras actuaciones. Especificar:

S

No

S

No

Elementos de control de las medidas, obras, e instalaciones para limitar la contaminacin producida por desbordamientos de sistemas de saneamiento en episodios de lluvia []:

N elemento de control []

N de los puntos de vertido del desbordamiento asociado []

Tipo de elemento de control []

Objetivo del elemento de control []

Ubicacin del elemento de control

13. CONSTITUCIN DE COMUNIDAD DE USUARIOS DE VERTIDO []

Est constituida la Comunidad de Usuarios de Vertidos?

S

Fecha de aprobacin de estatutos y constitucin de la Comunidad de Usuarios de Vertido:

No

Se encuentra en trmite? No S

N de expediente:

Fecha de inicio del expediente de solicitud:

14. DOCUMENTACIN REQUERIDA

Se aporta en la solicitud

DOCUMENTACIN GENERAL

Acreditacin de la personalidad y/o representacin del solicitante

Acreditacin por el solicitante de la titularidad de las instalaciones, o en su caso, documento acreditativo de la cesin de su gestin a terceros

Certificacin registral de la propiedad de los terrenos que hayan de ocuparse, o permiso de sus propietarios.

Peticin, en su caso, de imposicin de servidumbre forzosa de acueducto o de declaracin de utilidad pblica o inters social, a los efectos de expropiacin forzosa, acompaada de la identificacin de predios y propietarios afectados.

Proyecto suscrito por tcnico competente, de las obras e instalaciones de depuracin o eliminacin que, en su caso, fueran necesarias.

DOCUMENTACIN VERTIDO AGUAS SUBTERRNEAS

Estudio hidrogeolgico. []

DOCUMENTACIN PUNTOS DE DESBORDAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO

Proyecto de diseo de las infraestructuras de regulacin de aguas residuales.

Fichas resumen descriptivas de las actuaciones previstas para limitar la contaminacin producida por desbordamientos de los sistemas de saneamiento en episodios de lluvia

Documentacin que acredite los elementos de control de las medidas, obras e instalaciones consideradas para limitar la contaminacin producida por los desbordamientos en los sistemas de saneamiento en episodios de lluvia.

Descripcin y caracterizacin detallada del sistema de saneamiento []

Cronograma de ejecucin de las actuaciones []

DOCUMENTACIN EN CASO DE SOLICITUDES FORMULADAS POR ENTIDADES LOCALES []

Inventario de vertidos industriales con sustancias peligrosas recogidos por la red de saneamiento local.

Reglamentos, Ordenanzas o Regulaciones de aplicacin a vertidos no domsticos al alcantarillado, en caso de existir.

Contenido y desarrollo del plan de saneamiento y control de vertidos a la red de saneamiento local, en caso de existir.

Plan o Programa de Saneamiento que incluya las instalaciones de depuracin y el sistema de evacuacin aprobado por otra administracin pblica, en caso de existir.

Programas de reduccin de la contaminacin causada por sustancias peligrosas, en caso de existir.

En a de de

Firma del Solicitante/Representante

SR. GERENTE DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LA GOMERA

CLUSULA

En cumplimiento del artculo 5 de la Ley 15/1999, por el que se regula el derecho de informacin en la recogida de los datos, se advierte de los siguiente extremos: los datos de carcter personal, que pudieran constar en esta solicitud, as como los contenidos en la documentacin presentada, se incorporarn en el fichero de REGISTRO GENERAL, del que es titular el CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LA GOMERA, la finalidad del fichero es la gestin de solicitudes y documentos remitidos y recepcionados en el CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LA GOMERA.

De conformidad, con la Ley Orgnica 15/1999 Vd., tiene derecho en cualquier momento a acceder, rectificar, cancelar y oponerse a que los datos referentes a su persona incluidos en nuestras bases de datos en la siguiente direccin: CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LA GOMERA, C/ Real, 18 38800 San Sebastin de La Gomera, Santa Cruz de Tenerife indicando el concreto derecho que desea ejercitar y adjuntado copia del D.N.I. Por ambas caras y direccin a efectos de notificacin.

En el caso de que la presente solicitud o en la documentacin aportada se incluyan datos de carcter personal de otras personas fsicas distintas del suscriptor del presente documento, el suscriptor deber, con carcter previo a su inclusin, informarles de los extremos contenidos en los prrafos anteriores.

HOJA AUXILIAR 1

ACTIVIDAD GENERADORA DEL VERTIDO

Caractersticas de la actividad causante del vertido :

Caractersticas de vertido:

Composicin de las aguas :

Desbordamiento del sistema de saneamiento Urbano Industrial Escorrenta Domstica

Tipo de vertido:

Urbano y asimilable a urbano.

250 hab-eq < 250 hab-eq

Industrial.

Resto de vertidos industriales Achique de minas Refrigeracin Piscifactora Con sustancias peligrosas

Para vertidos industriales especifique:

Clase:

Grupo:

Cdigo CNAE:

Volumen de vertido (m3/ao):

Carga contaminante del vertido (hab-eq):

Caractersticas de la actividad causante del vertido :

Caractersticas de vertido:

Composicin de las aguas :

Desbordamiento del sistema de saneamiento Urbano Industrial Escorrenta Domstica

Tipo de vertido:

Urbano y asimilable a urbano.

250 hab-eq < 250 hab-eq

Industrial.

Resto de vertidos industriales Achique de minas Refrigeracin Piscifactora Con sustancias peligrosas

Para vertidos industriales especifique:

Clase:

Grupo:

Cdigo CNAE:

Volumen de vertido (m3/ao):

Carga contaminante del vertido (hab-eq):

HOJA AUXILIAR 2

PUNTO DE VERTIDO

Medio receptor:

Directo a aguas superficiales de DPH

Directo a aguas subterrneas de DPH

Indirecto a aguas subterrneas de DPH

Masa de agua:

Superficial

Nombre:

Subterrnea

Cdigo:

Rgimen de emisin:

Continuo

Puntual

Localizacin del punto en el que se produce el vertido:

Nombre del cauce:

Coordenadas UTM

UTM X:

UTM Y:

UTM Z:

Medio receptor:

Directo a aguas superficiales de DPH

Directo a aguas subterrneas de DPH

Indirecto a aguas subterrneas de DPH

Masa de agua:

Superficial

Nombre:

Subterrnea

Cdigo:

Rgimen de emisin:

Continuo

Puntual

Localizacin del punto en el que se produce el vertido:

Nombre del cauce:

Coordenadas UTM

UTM X:

UTM Y:

UTM Z:

Medio receptor:

Directo a aguas superficiales de DPH

Directo a aguas subterrneas de DPH

Indirecto a aguas subterrneas de DPH

Masa de agua:

Superficial

Nombre:

Subterrnea

Cdigo:

Rgimen de emisin:

Continuo

Puntual

Localizacin del punto en el que se produce el vertido:

Nombre del cauce:

Coordenadas UTM

UTM X:

UTM Y:

UTM Z:

HOJA AUXILIAR 3

DESCRIPCIN DE LAS INSTALACIONES DE DEPURACIN

Instalaciones de depuracin: NoS

Localizacin de la depuradora:

Coordenadas UTM:

UTM X:

UTM Y:

UTM Z:

Descripcin del sistema de depuracin

Vertidos urbanos y asimilables

Pretratamiento

Tanque de regulacin

Desbaste

Desarenado

Tratamiento Primario

Decantacin primaria

Fsico-Qumico

Tratamiento Secundario

Fangos activados

Lechos bacterianos o biofiltros

Lagunaje

Otros

Ms riguroso

Desinfeccin (cloracin)

Nitrificacin - Desnitrificacin

Eliminacin de fsforo

Ozonizacin

Ultravioleta

Ultrafiltracin/smosis inversa

Otros

Indique cul:

Indique cul:

Indique cul:

Vertidos industriales

Fsico.

Descripcin:

Qumico:

Descripcin:

Fsico-Qumico

Descripcin:

Biolgico

Descripcin:

Otros

Especificar:

Capacidad de diseo de la EDAR (m3/ao):

Carga contaminante de diseo (h-eq) [9]:

Descripcin de las instalaciones:

Destino de los fangos:

Vertedero

Otra EDAR. Indicar cul:

Valorizacin

HOJA AUXILIAR 4

DESCRIPCIN DE LAS INSTALACIONES DE EVACUACIN DEL VERTIDO

Sistema de vertido:

Pozo filtrante

Conduccin

Rebose o aliviadero

Caractersticas de la conduccin (indicar si procede):

Longitud de la conduccin (m):

Dimetro de la conduccin (m):

Material de la conduccin:

Profundidad (m):

Caractersticas del pozo filtrante (indicar si procede):

Dimetro (m):

Profundidad (m):

Caractersticas del aliviadero (indicar si procede):

Longitud (m):

Medidas de seguridad proyectadas en caso de vertido accidental:

Sistema de vertido:

Pozo filtrante

Conduccin

Rebose o aliviadero

Caractersticas de la conduccin (indicar si procede):

Longitud de la conduccin (m):

Dimetro de la conduccin (m):

Material de la conduccin:

Profundidad (m):

Caractersticas del pozo filtrante (indicar si procede):

Dimetro (m):

Profundidad (m):

Caractersticas del aliviadero (indicar si procede):

Longitud (m):

Medidas de seguridad proyectadas en caso de vertido accidental:

Sistema de vertido:

Pozo filtrante

Conduccin

Rebose o aliviadero

Caractersticas de la conduccin (indicar si procede):

Longitud de la conduccin (m):

Dimetro de la conduccin (m):

Material de la conduccin:

Profundidad (m):

Caractersticas del pozo filtrante (indicar si procede):

Dimetro (m):

Profundidad (m):

Caractersticas del aliviadero (indicar si procede):

Longitud (m):

Medidas de seguridad proyectadas en caso de vertido accidental:

AUTORIZACIONES DE VERTIDOS AL DOMINIO PBLICO HIDRULICO

Se entiende por Dominio Pblico Hidrulico, segn el artculo 7 del Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Pblico Hidrulico los siguientes:

a) Las aguas continentales, tanto las superficiales como las subterrneas renovables con independencia del tiempo de renovacin.

b) Los cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas.

c) Los lechos de los lagos y lagunas y los de los embalses superficiales en cauces pblicos.

d) Los acuferos subterrneos, a los efectos de los actos de disposicin o de afeccin de los recursos hidrulicos.

e) Las aguas procedentes de la desalacin de agua de mar una vez que, fuera de la planta de produccin, se incorporen a cualquiera de los elementos sealados en los apartados anteriores.

Segn el artculo 62 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, est sujeta a autorizacin administrativa toda actividad susceptible de provocar contaminacin o degradacin del dominio pblico hidrulico y, en particular, el vertido de lquidos y de productos susceptibles de contaminar las aguas superficiales y subterrneas.

Se considera vertido la aportacin de lquidos o slidos solubles o miscibles en el agua, que se realicen directa o indirectamente en todo el territorio insular, independientemente de que se trate de cauces pblicos o terrenos particulares, y cualquiera que sea el procedimiento utilizado.

El artculo 64 de la misma Ley, indica que cuando el vertido pueda dar lugar a la infiltracin o almacenamiento de sustancias susceptibles de contaminar los acuferos o las aguas subterrneas, slo podr autorizarse si el estudio hidrogeolgico previo demostrase su inocuidad.

En cuanto a las autorizaciones de vertidos al dominio pblico hidrulico se cumplir lo establecido en el Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Control de Vertidos para la Proteccin del Dominio Pblico Hidrulico, y el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Pblico Hidrulico, que desarrolla los Ttulos preliminar, I, IV, V, VI y VIII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, y sus posteriores modificaciones.

Los vertidos de aguas residuales domsticas menores de 250 m3/ao, habrn de ser expresamente autorizados por el Ayuntamiento respectivo.

Los vertidos menores de 250 habitantes equivalentes, debern solicitar autorizacin de vertido por el procedimiento simplificado.

INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIN DE LA SOLICITUD

Razn social: deber coincidir exactamente con la denominacin de los Estatutos o Escritura Pblica.

Datos del representante: rellenar siempre en caso de persona jurdica, y slo cuando difiera del solicitante en el caso de persona fsica.

Representacin esquemtica del vertido: se indicar mediante un grfico o croquis la representacin esquemtica del vertido, desde su origen hasta su incorporacin al medio receptor. A continuacin se muestra un ejemplo con el caso ms comn:

Este ejemplo corresponde al vertido de un municipio (podra ser aplicable tambin a una vivienda aislada o a cualquier ncleo de poblacin) con un sistema unitario, donde parte de las aguas residuales en episodios de lluvia se derivan mediante un aliviadero hasta su evacuacin al medio receptor, mientras que el resto de las aguas se conducen a una estacin depuradora de aguas residuales para ser tratadas antes de su vertido final.

Se deber indicar en el esquema todas las actividades generadoras del vertido, si se trata de un sistema de saneamiento unitario o separativo, as como, tambin se indicarn las diferentes infraestructuras de regulacin y depuracin (aliviaderos, tanques de tormenta, estaciones de bombeo, estaciones depuradoras de aguas residuales, etc.), y las infraestructuras de evacuacin del vertido, sealando adems los puntos de control de vertidos y desbordamientos.

En la Orden AAA/2056/2014, de 27 de octubre, por la que se aprueban los modelos oficiales de solicitud de autorizacin y de declaracin de vertido, en su Anexo I, pueden verse representados ejemplos adicionales.

Caractersticas de la actividad causante del vertido descripcin sucinta de la actividad causante del vertido. Ejemplos:

Ncleo urbano detallando la poblacin de hecho, la poblacin estacional, el perodo en el que se contabiliza la poblacin estacional y el % de aguas residuales industriales del vertido urbano o asimilable a urbano.

Complejo hotelero detallando el nmero de plazas y los valores de ocupacin.

Industria de tipo, detallando las principales caractersticas de la misma.

Composicin de las aguas

Aguas residuales domsticas: las aguas residuales procedentes de zonas de vivienda y de servicios, generadas principalmente por el metabolismo humano y las actividades domsticas.

Aguas de escorrenta pluvial: aguas procedentes de la lluvia.

Aguas residuales industriales: todas las aguas residuales vertidas desde locales utilizados para cualquier actividad comercial o industrial, que no sean aguas residuales domsticas ni aguas de escorrenta pluvial.

Aguas residuales urbanas: las aguas residuales domesticas o la mezcla de stas con aguas residuales industriales o con aguas de escorrenta pluvial. En caso de mezcla con aguas residuales industriales, el volumen de estas no podr superar el 30%.

Aguas de desbordamiento del sistema de saneamiento en episodios de lluvia: las aguas que se incorporan al medio receptor como consecuencia de los desbordamientos de las aguas procedentes de un sistema de saneamiento ya sea unitario o separativo en un episodio de lluvia.

Tipo de vertido: se clasificar el vertido obligatoriamente en una de las dos categoras siguientes:

Vertido urbano y asimilable a urbano: deber sealarse la casilla correspondiente y adems indicarse si la poblacin es menor de 250 habitantes equivalentes o mayor o igual a esa cifra.

Un habitante equivalente es la carga orgnica biodegradable con una demanda bioqumica de oxgeno de cinco das (DBO5) de 60 gramos de oxgeno por da, segn el Real Decreto 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.

Vertido industrial: debe sealarse la casilla correspondiente a vertido industrial, marcando adems uno de los cinco tipos: vertido con sustancias peligrosas, vertido de piscifactoras, vertido de aguas de refrigeracin, vertido de aguas de achique procedentes de actividades mineras o resto de vertidos industriales. Se consideran vertidos industriales con sustancias peligrosas aquellos que contengan alguna de las sustancias mencionadas en los Anexos I y II del Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el mbito de la poltica de aguas. Las sustancias implicadas se recogen en los puntos [16] y [17]. El umbral para considerar que una sustancia est presente en el vertido es que su concentracin sea mayor que el lmite de cuantificacin de las tcnicas analticas ms avanzadas de uso general.

Para vertidos industriales especificar: segn el Anexo IV del Real Decreto 606/2003, su clase, grupo y cdigo CNAE.

Volumen de vertido: justificacin del volumen anual de vertidos. En el caso de vertidos de aguas residuales domsticas, si no se cuenta con datos reales de dicho volumen podrn estimarse a partir de los datos de dotaciones netas del ao 2011 indicados en el PHI de La Gomera para cada municipio.

Demanda urbana: El abastecimiento a las poblaciones comprende el uso domstico, la provisin a servicios pblicos locales e institucionales y el servicio de agua para los comercios e industrias ubicadas en el mbito municipal que se encuentran conectadas a la red de suministro. Esta dotacin neta incluye un 20% de prdidas.

Municipio

Dotacin Neta (l/hab/da)

Agulo

110

Alajer

120

Hermigua

127

San Sebastin de La Gomera

136

Valle Gran Rey

204

Vallehermoso

130

Demanda turstica:

Plaza hotelera: 400 l/noche/plaza.

Plaza extrahotelera: 200 l/noche/plaza.

Tasa de retorno:

A partir de la dotacin se tendr en cuenta que entre el 60 y el 85% del consumo de agua de abastecimiento por habitante se convierte en agua residual. Por tanto, se considerarn los caudales suministrados reducidos en un 25% equivalente a prdidas.

Carga contaminante del vertido/de diseo: el concepto de habitante equivalente se establece para expresar la carga contaminante de los vertidos de manera homognea teniendo en cuenta no slo la poblacin, sino tambin las industrias de la zona o la cabaa ganadera existente. Por ello, el nmero de habitantes equivalentes es generalmente superior a la suma de poblacin de hecho ms la poblacin estacional ya que se debe sumar, si existe, la carga contaminante de las industrias y la cabaa ganadera. Para calcular la carga contaminante en habitantes equivalentes en esos casos se tendr en cuenta que un habitante equivalente es la carga orgnica biodegradable con una demanda bioqumica de oxgeno de cinco das (DBO5) de 60 gramos de oxgeno por da, segn el Real Decreto 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.

Medio receptor

Se establecen las siguientes opciones:

Directo a aguas superficiales DPH: cuando el vertido se realiza a aguas continentales o a cualquier otro elemento del DPH.

Directo a aguas subterrneas DPH: cuando el vertido se realiza a aguas subterrneas, mediante inyeccin sin percolacin a travs del suelo o del subsuelo.

Indirecto a aguas subterrneas DPH: cuando se realiza un vertido que infiltrndose a travs del suelo o subsuelo puede llegar a alcanzar la masa de agua subterrnea.

Masas de agua

Las masas de agua en la isla de La Gomera, segn el Plan Hidrolgico Insular, se dividen en costeras y subterrneas. Dentro del DPH solo se encuentran las subterrneas, y se clasifican segn sus cdigos de la siguiente manera:

Masas de agua subterrnea

Nombre

ES70LG001

Acufero Insular

ES70LG002

Acufero Costero

ES70LG003

Acufero Complejo Basal

ES70LG004

Acufero Valle de San Sebastin

ES70LG005

Acufero Valle Gran Rey

Rgimen de emisin

El rgimen de emisin podr ser:

Continuo: cuando se realice normalmente todos los das del ao.

Puntual: cuando se produzca ocasionalmente, por ejemplo, como alivio.

Coordenadas UTM: coordenadas UTM segn el Sistema de Referencia ITRF93, elipsoide WGS84, Red Geodsica REGCAN95. Sistema de Proyeccin UTM Huso 28 norte y altitudes referidas al nivel medio del mar de La Gomera. Se puede acceder al visor de IDECAN para obtener las coordenadas de un punto concreto. HYPERLINK "http://visor.grafcan.es/visorweb/" \t "_blank"http://visor.grafcan.es/visorweb/

Caracterizacin de las aguas residuales brutas: se especificarn los parmetros o sustancias contaminantes caractersticos de la actividad generadora del vertido, en concreto los que hacen referencia a temperatura, pH, slidos en suspensin, DBO5, DQO, aceites y grasas, amonio, nitrgeno Kjeldahl, nitratos, nitrgeno total, fsforo total y otros que a criterio del peticionario sean necesarios.

Anexo III del Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Control de Vertidos para la Proteccin del Dominio Pblico Hidrulico

Lista de parmetros que deben cuantificarse en las instalaciones de tratamiento de vertidos y valores lmites admisibles.

Concepto

Valores lmites

Demanda biolgica de oxgeno (DBO5)

menor de 30 mg/l

Materias sedimentables

menor de 0,5 mg/l

Slidos en suspensin (SS)

menor de 30 mg/l

Demanda qumica de oxgeno (DQO)

menor de 160 mg/l

E.coli

menor de 1.000/100 ml

pH

Entre 5,5 y 9,5

Sustancias prioritarias segn el Anexo I del Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el mbito de la poltica de aguas

Sustancia prioritaria: sustancia que presenta un riesgo significativo para el medio acutico comunitario, o a travs de l, incluidos los riesgos de esta ndole para las aguas utilizadas para la captacin de agua potable, y reguladas a travs del artculo 16 de la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000. La relacin de sustancias prioritarias figura en el Anexo I del Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el mbito de la poltica de aguas.

Alacloro.

Antraceno.

Atrazina.

Benceno.

Difenilteres bromados (Pentabromodifenileter, congneres n 28, 47, 99, 100,153 y 154).

Cadmio y sus compuestos.

Tetracloruro de carbono.

Cloroalcanos C10-13.

Clorfenvinfs.

Clorpirifs (Clorpirifs etilo).

Plaguicidas de tipo cicloedieno (aldrn, dieldrn, endrn, isodrn).

DDT total.

p.p DDT.

1,2 Dicloroetano.

Diclorometano.

Di (2-etihexil) ftalato (DEHP).

Diurn.

Endosulfn.

Fluoranteno.

Hexaclorobenceno.

Hexaclorobutadieno.

Hexaclorociclohexano.

Isoproturn.

Plomo y sus compuestos.

Naftaleno.

Nquel y sus compuestos.

Nonifenol.

4-Nonifenol.

Octilfenol [4-(1,1,3,3-tetrametilbutil)fenol]

Pentaclorobenceno.

Pentaclorofenol.

Hidrocarburos aromticos policclicos (HAP).

Benzeno(a)pireno.

Benzeno(b)fluoranteno.

Benzeno(k)fluoranteno.

Benzeno(g, h, i)perileno.

Indeno(1, 2, 3-cd)pireno.

Simazina.

Tetracloroetileno.

Tricloroetileno.

Compuestos de tributilestao (catin de tributilestao).

Triclorobencenos.

Triclorometano.

Trifluralina.

Se indicarn las sustancias presentes en el vertido separadas por comas, con su valor mximo diario entre parntesis expresado en [g/l].

Sustancias preferentes segn el Anexo II del Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el mbito de la poltica de aguas

Sustancia preferente: contaminante que presenta un riesgo significativo para las aguas superficiales espaolas debido a su especial toxicidad, persistencia y bioacumulacin o por la importancia de su presencia en el medio acutico. La relacin de sustancias preferentes figura en el Anexo II del Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el mbito de la poltica de aguas.

Etilbenceno

Tolueno

1 1, 1 Tricloroetano

Xileno ( ismeros orto, meta y para)

Terbutilazina.

Arsnico.

Cobre.

Cromo VI.

Cromo.

Selenio.

Zinc.

Cianuros totales.

Fluoruros.

Clorobenceno.

Diclorobenceno ( ismeros orto, meta y para).

Metolacloro.

Se indicarn las sustancias presentes en el vertido separadas por comas.

Sustancias contaminantes presentes en las aguas de refrigeracin: rellenar slo en el caso de haber indicado en el apartado Tipo de vertido la opcin de aguas industriales de refrigeracin.

Descripcin del sistema de depuracin:

Debe referirse al nivel de tratamiento de las aguas previamente al vertido, es decir, que si la depuradora tiene tratamiento terciario para reutilizar, pero la parte que vierte solo es sometida a un tratamiento secundario, deber indicarse Tratamiento Secundario.

Vertidos urbanos y asimilables:

Pretratamiento: el tratamiento de aguas residuales urbanas mediante rejas y tamices para facilitar la separacin de las partculas de gran tamao, as como derarenadores y desengrasadores.

Tanque de regulacin

Desbaste

Desarenado

Desengrasado

Tratamiento primario: el tratamiento de aguas residuales urbanas mediante un proceso fsico o fsico-qumico que incluya la sedimentacin de slidos en suspensin, u otros procesos en los que la DBO5 de las aguas residuales que entren, se reduzca, por lo menos, en un 20 por 100 antes del vertido, y el total de slidos en suspensin en las aguas residuales de entrada se reduzca, por lo menos, en un 50 por 100. (Segn el artculo 2 del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas).

Decantacin primaria

Fsico qumico

Tratamiento secundario: el tratamiento de aguas residuales urbanas mediante un proceso que incluya un tratamiento biolgico con sedimentacin secundaria u otro proceso, en el que se respeten los requisitos que se establecern reglamentariamente. (Segn el artculo 2 del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas).

Fangos activados

Lechos bacterianos o biofiltros

Lagunaje

Ms riguroso: el tratamiento de aguas residuales consistente en desinfeccin, filtracin, etc. para conseguir una mayor higienizacin de las aguas.

Desinfeccin (cloracin)

Nitrificacin desnitrificacin

Eliminacin de fsforo

Ozonizacin

Ultravioleta

Ultrafiltracin/ smosis inversa

Vertidos industriales

Fsico

Qumico

Fsico-qumico

Biolgico

Sistema de vertido

Se establecen las siguientes definiciones:

Pozo filtrante: vertido realizado a DPH mediante pozo generalmente de hormign cuyas paredes poseen perforaciones que permiten la filtracin del agua en el terreno a travs de las mismas o del fondo.

Conduccin: vertido realizado a DPH mediante tubera.

Rebose o aliviadero: vertido realizado a DPH mediante rebose de un depsito

Descripcin de los desbordamientos del sistema de saneamiento en episodios de lluvia: este formulario deben completarlo todos los solicitantes de autorizaciones de vertido en los que existan flujos de desbordamientos de sistemas de saneamiento, excepto en el caso de vertidos urbanos de menos de 2.000 habitantes equivalentes, en cuyo caso ser bajo peticin del Consejo Insular de Aguas.

N del punto de desbordamiento: se deben consignar tantos puntos de vertido de desbordamiento como existan, asignndoles un nmero ordinal consecutivo en orden ascendente, desde aguas abajo del sistema de saneamiento hacia aguas arriba. Se considera punto de vertido de desbordamiento aquel donde se incorporan al medio los desbordamientos de las aguas procedentes de un sistema de saneamiento ya sea unitario o separativo en un episodio de lluvia.

Nombre del medio receptor: se debe indicar el nombre del medio receptor (cauce, embalse, charca, etc.).

Descripcin de las infraestructuras de regulacin de aguas residuales (IRAR): este apartado deben completarlo los solicitantes de autorizaciones de vertido en los que existan flujos de desbordamientos de sistemas de saneamiento, excepto en el caso de vertidos urbanos de menos de 2.000 habitantes equivalentes, en cuyo caso ser bajo peticin del Consejo Insular de Aguas, que hayan marcado con infraestructura de regulacin en el apartado anterior, as como en los casos en los que el propio colector realiza las funciones de retencin de volmenes de aguas residuales y de regulacin de caudales. No ser necesario cumplimentar este formulario cuando se haya marcado intermedio en EDAR.

N de la infraestructura de regulacin: se deben consignar tantas infraestructuras de regulacin como existan, asignndoles un nmero consecutivo.

N del punto de vertido de desbordamiento asociado: se debe indicar el nmero del punto de vertido del desbordamiento (segn la numeracin asignada en el apartado Caracterizacin del punto de vertido del desbordamiento) que est asociado a la infraestructura de regulacin.

Caudal mximo de entrada y salida, y velocidad mxima de salida: Se debe indicar el caudal mximo por unidad de tiempo que pasa por la seccin de entrada y de salida de la infraestructura reguladora, as como la velocidad mxima de salida de la infraestructura reguladora.

Breve descripcin de las caractersticas y criterios de diseo y dimensionamiento: se deben indicar las normas o instrucciones tcnicas en las que se ha basado el diseo de la infraestructura de regulacin. Asimismo, se debe sealar el nmero de desbordamientos anuales, la dilucin alcanzada, las caractersticas del episodio lluvioso o las condiciones para calcular los caudales y tiempo de retencin, etc. Se adjuntarn los proyectos de diseo de las mismas.

Caracterizacin del agua drenada asociada al desbordamiento: este apartado deben completarlo todos los solicitantes de vertido en los que existan flujos de desbordamiento de sistemas de saneamiento, excepto en el caso de vertidos urbanos de menos de 2.000 habitantes equivalentes, en cuyo caso ser bajo peticin del Consejo Insular de Aguas. No ser necesario cumplimentar este apartado cuando se haya marcado intermedio EDAR en el apartado Caracterizacin del punto de vertido del desbordamiento.

N de los puntos de vertido del desbordamiento asociado: se deben indicar todos los puntos de vertido del desbordamiento (segn la numeracin asignada en el apartado Caracterizacin del punto de vertido del desbordamiento) que estn asociados al rea drenada. En caso de existir ms de un punto de vertido del desbordamiento, se indicarn todos ellos separados por comas.

Caudal mximo de diseo: el caudal mximo de diseo incluye la totalidad de las aguas residuales generadas en la zona atendida por la red (tanto las urbanas como las industriales), adems de las aguas de lluvia, as como las aguas de infiltracin. Si existe algn punto o puntos de vertido del desbordamiento situados aguas arriba, el caudal mximo de diseo debe tener en cuenta el caudal o caudales mximos de diseo de los colectores o instalaciones de evacuacin ubicados en las estructuras con puntos de vertido del desbordamiento situados aguas arriba, y aadir la totalidad de las aguas residuales, las escorrentas de agua de lluvia y las aguas de infiltracin que se capten en la subrea drenada ubicada aguas debajo de los referidos puntos de vertido del desbordamiento.

Caudal mximo en tiempo seco: el caudal mximo o caudal punta en tiempo seco ser el caudal mximo de la suma de las aguas residuales y las aguas de infiltracin.

Poblacin de hecho: se compone de todas las personas que se encuentran en un territorio de referencia, bien en calidad de residentes presentes en el mismo o de transentes.

Poblacin estacional: se debe indicar el nmero de habitantes en los que se incrementa de forma estacional la poblacin de hecho.

Conjunto de medidas, actuaciones e instalaciones para limitar la contaminacin por desbordamiento de sistemas de saneamiento en episodio de lluvia: este apartado deben completarlo todos los solicitantes de autorizaciones de vertido en los que existan flujos de desbordamientos de sistemas de saneamiento, incluidos en los siguientes grupos:

Solicitudes nuevas presentadas a partir del 31/12/2015 de vertidos urbanos de ms de 2.000 h-e.

Solicitudes nuevas presentadas a partir del 31/12/2015 de vertidos industriales.

Autorizaciones vigentes, en trmite o solicitadas antes del 31/12/2015 de vertidos urbanos de ms de 50.000 h-e.

Autorizaciones vigentes, en trmite o solicitadas antes del 31/12/2015 de vertidos industriales regulados por la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevencin y Control Integrados de la Contaminacin.

Autorizaciones vigentes, en trmite o solicitadas antes del 31/12/2015 de vertidos urbanos de 2.000 a 50.000 h-e que viertan en una zona declarada de bao.

No obstante, el Consejo Insular de Aguas podr requerir motivadamente a los solicitantes no incluidos en ninguno de los grupos anteriores, en funcin de la magnitud del desbordamiento y de su afeccin a los objetivos ambientales de medio receptor, la cumplimentacin de este apartado.

Este apartado deber cumplimentarse teniendo en cuenta las normas tcnicas que dicte el Ministerio de Agricultura, Alimentacin y Medio Ambiente, en las que se especifiquen y desarrollen los procedimientos de diseo de las obras e instalaciones para la gestin de las aguas de escorrenta, en aplicacin al artculo 259.ter.3 del RDPH.

Para todos los sistemas de saneamiento, se deben redactar y aprobar uno o varios documentos especficos recogiendo las medidas, actuaciones e instalaciones para limitar la contaminacin producida por desbordamientos de los sistemas de saneamiento en episodios de lluvia.

Actuaciones para controlar la contaminacin: se deben entregar fichas resumen de las actuaciones previstas, as como esquemas y planos descriptivos de las mismas.

Elementos de control de las medidas, obras, e instalaciones para limitar la contaminacin producida por desbordamientos de sistemas de saneamiento en episodios de lluvia: este apartado deben completarlo todos los solicitantes de autorizaciones de vertido en los que existan flujos de desbordamientos de sistemas de saneamiento, incluidos e los siguientes grupos:

Solicitudes nuevas presentadas a partir del 31/12/2015 de vertidos urbanos de ms de 2.000 h-e.

Solicitudes nuevas presentadas a partir del 31/12/2015 de vertidos industriales.

Autorizaciones vigentes, en trmite o solicitadas antes del 31/12/2015 de vertidos urbanos de ms de 50.000 h-e.

Autorizaciones vigentes, en trmite o solicitadas antes del 31/12/2015 de vertidos industriales regulados por la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevencin y Control Integrados de la Contaminacin.

Autorizaciones vigentes, en trmite o solicitadas antes del 31/12/2015 de vertidos urbanos de 2.000 a 50.000 h-e que viertan en una zona declarada de bao.

No obstante, el Consejo Insular de Aguas podr requerir motivadamente a los solicitantes no incluidos en ninguno de los grupos anteriores, en funcin de la magnitud del desbordamiento y de su afeccin a los objetivos ambientales de medio receptor, la cumplimentacin de este apartado.

Este apartado deber cumplimentarse teniendo en cuenta las normas tcnicas que dicte el Ministerio de Agricultura, Alimentacin y Medio Ambiente, en las que se especifiquen y desarrollen los procedimientos de diseo de las obras e instalaciones para la gestin de las aguas de escorrenta, en aplicacin al artculo 259.ter.3 del RDPH.

Se deben describir los elementos de control de las medidas, obras e instalaciones consideradas para limitar la contaminacin producida por los desbordamientos en los sistemas de saneamiento en episodios de lluvia (adjunte la documentacin necesaria que la acredite).

N elemento de control se deben consignar tantos elementos de control como existan, asignndoles un nmero consecutivo.

N de los puntos de vertido del desbordamiento asociado: se deben indicar todos los puntos de vertido del desbordamiento (segn la numeracin asignada en el apartado Caracterizacin del punto de vertido del desbordamiento) que estn asociados al elementos de control. En caso de existir ms de un punto de vertido del desbordamiento, se indicarn todos ellos separados por comas.

Tipo de elemento de control: breve descripcin de elemento de control: caudalmetro, limnmetro, medidor en continuo de determinados parmetros de contaminacin, tomamuestra automtico para mediciones discretas, etc.

Objetivo del elemento de control: se debe indicar el objetivo del elemento de control: medicin del caudal, medicin de niveles, caracterizacin de la contaminacin, etc.

Constitucin de Comunidad de Usuarios de Vertidos: este apartado debe rellenarse cuando no exista un titular nico de la actividad causante del vertido, por ejemplo urbanizaciones y otras agrupaciones sin personalidad jurdica.

Estudio hidrogeolgico: el artculo 14 del Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Control de Vertidos para la Proteccin del Dominio Pblico Hidrulico, establece la necesidad de aportar un estudio hidrogeolgico en el supuesto de que como consecuencia del vertido o sistema de depuracin proyectado, se puedan producir infiltraciones o almacenamientos de materias susceptibles de contaminar los acuferos. Asimismo, ser preceptiva la presentacin de estudios hidrogeolgicos en los siguientes casos:

Cuando as se prevea en la planificacin insular, con las condiciones en ella establecidas.

Cuando el vertido proyectado contenga sustancias de las incluidas en las Relaciones I y II de sustancias contaminantes del Anexo II de dicho Reglamento, cualquiera que sea su caudal y punto donde se realice.

Cuando el caudal de vertido sin tratar que se infiltre en el suelo exceda de 1.000 metro cbicos acumulados en un plazo de tres meses, cualquiera que sea su contenido y lugar.

Cuando as lo determine el Consejo Insular por resolucin motivada, a la vista de las circunstancias del caso.

Cuando se trate de sustancias slidas que por lixiviacin natural o accin humana puedan alterar las caractersticas del agua.

Segn el artculo 15 del mismo Decreto 174/1994, el contenido de los estudios hidrogeolgicos, que debern ser realizados por tcnico competente, contendrn al menos los siguientes apartados:

Descripcin general de las caractersticas hidrogeolgicas y geomorfolgicas de la zona.

Determinacin de los parmetros de permeabilidad, porosidad, direccin y velocidad de los desplazamientos del agua en el subsuelo, en lo que tcnica y econmicamente sea viable.

Clculo y prediccin de los efectos del vertido sobre el acufero e indicacin de las medidas adecuadas para garantizar su inocuidad.

La consejera competente en materia de aguas, a propuesta de sus servicios tcnicos, aprobar y publicar una lista de instrucciones para la elaboracin de los estudios hidrogeolgicos.

En funcin de la importancia del vertido y de la documentacin generada por la planificacin hidrulica, podrn aceptarse estudios hidrolgicos simplificados o estandarizados por zonas, siempre que la dinmica general del subsuelo que se trate sea suficientemente conocida.

Descripcin y caracterizacin detallada del sistema de saneamiento: comprender un estudio y anlisis de la informacin existente, un control del sistema de saneamiento (en caso de ser necesario) y la modelizacin del sistema de saneamiento.

Cronograma de ejecucin de las actuaciones: se debe presentar un cronograma de las actuaciones propuestas para limitar la contaminacin por desbordamientos de sistemas de saneamiento en episodios de lluvia. Se reproducirn las fechas previstas en el apartado 2. Actuaciones para controlar la contaminacin, aadiendo aquella informacin sobre fases relevante para la ejecucin de las medidas.

Documentacin en caso de solicitudes formuladas por entidades locales: a cumplimentar slo en caso de solicitudes formuladas por entidades locales segn el el artculo 246, apartado 3, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Pblico Hidrulico, que desarrolla los Ttulos preliminar I, IV, V, VI y VIII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, s sus modificaciones posteriores.

El inventario deber indicar el lugar de donde proviene cada uno de los vertidos industriales a colectores, el cdigo y ttulo CNAE de la actividad industrial, el titular de dicha actividad, el caudal vertido en m3/da y m3/ao y las sustancias peligrosas que contienen.

Consejo Insular de Aguas de La Gomera C/ Real N18, San Sebastin de La Gomera, Tenerife 38800 Telfono: 922141410. Email: [email protected]

Consejo Insular de Aguas de La Gomera C/ Real N18, San Sebastin de La Gomera, Tenerife 38800 Telfono: 922141410. Email: [email protected] 1