Frecuencias Libres para VHF y UHF en.docx

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/22/2019 Frecuencias Libres para VHF y UHF en.docx

    1/7

    Frecuencias Libres para VHF y UHF en Mxico

    Tomado del texto Original de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes de Mxico con fines de

    Informacion.

    Texto original en:

    http://www.sct.gob.mx/fileadmin/normatividad/telecomunicaciones/103ACU_1uso_libre_24_sep_9

    7.pdf

    Espejo por parte de syscom del texto original:

    http://www.syscom.com.mx/PDF/frecuencias/Frec-libres-25-Sep96.pdf

    ==========================================================

    ACUERDO por el que se establecen bandas de frecuencias del espectro radioelctrico de uso libre

    24 de septiembre de 1997

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unios Mexicanos.- Secretara de

    Comunicaciones y Transportes.

    ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN BANDAS DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO DE

    USO LIBRE

    Con fundamento en los artculos 36 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 7, 10 y

    dems aplicables de la Ley Federal de Telecomunicaciones, y 3o., 6o., 25, 26 y 38 del Reglamento

    Interior de la Secretara de Comunicaciones y Transportes, y considerando

    Que de conformidad con el artculo 7, fraccin I de la Ley Federal de Telecomunicaciones, la

    Secretara deber planear, formular y conducir las polticas y programas, as como regular el

    desarrollo de las telecomunicaciones, con base en el Plan Nacional de Desarrollo y los programas

    sectoriales correspondientes,

    Que en trminos de la fraccin VI del citado artculo 7 de la Ley Federal de Telecomunicaciones,

    corresponde a la Secretara elaborar y mantener actualizado el Cuadro Nacional de Atribucin deFrecuencias, respecto del cual deben considerarse las bandas de frecuencias del espectro

    radioelctrico de uso libre,

    Que el artculo 10, fraccin I de la Ley Federal de Telecomunicaciones contempla la clasificacin de

    bandas de frecuencia de espectro de uso libre que pueden ser utilizadas por el pblico en general

    sin necesidad de concesin, permiso o registro,

    http://www.sct.gob.mx/fileadmin/normatividad/http://www.sct.gob.mx/fileadmin/normatividad/http://www.syscom.com.mx/PDF/frecuencias/http://www.syscom.com.mx/PDF/frecuencias/http://www.syscom.com.mx/PDF/frecuencias/http://www.sct.gob.mx/fileadmin/normatividad/
  • 7/22/2019 Frecuencias Libres para VHF y UHF en.docx

    2/7

    Que tanto por sus caractersticas tcnicas como por su ocupacin, resulta conveniente que algunas

    bandas de frecuencias de VHF y UHF se destinen al espectro de uso libre,

    Que la capacidad de las actuales bandas de uso libre es insuficiente para atender las necesidades de

    comunicacin de mediano alcance o para otro tipo de aplicaciones, y

    Que los usuarios de las bandas de uso libre deben operar bajo condiciones y parmetros tcnicos

    previamente establecidos, se hace del conocimiento del pblico en general el siguiente

    ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN BANDAS DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO DE

    USO LIBRE.

    ARTICULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer bandas de frecuencias del

    espectro radioelctrico de uso libre en VHF y UHF, de conformidad con el artculo 10 fraccin I, de la

    Ley Federal de Telecomunicaciones.

    En consecuencia, las bandas de frecuencias a que se refiere el presente Acuerdo podrn ser

    utilizadas por el pblico en general sin necesidad de concesin, permiso o registro, siempre que el

    equipo se encuentre homologado en trminos del artculo 3 fraccin V, de la mencionada Ley.

    ARTICULO SEGUNDO.- Son bandas de frecuencias del espectro radioelctrico de uso libre, a nivel

    nacional, las siguientes:

    A. Bandas de frecuencias en VHF:

    I. De 153.0125 Megahertz (MHz) a 153.2375 MHz.

    II. De 159.0125 MHz a 159.2000 MHz.

    III. De 163.0125 MHz a 163.2375 MHz.

    B. Bandas de frecuencias en UHF:

    I. De 450.2625 MHz a 450.4875 MHz.

    II. De 455.2625 MHz a 455.4875 MHz.

    III. De 463.7625 MHz a 463.9875 MHz.

    IV. De 468.7625 MHz a 468.9875 MHz.

    Las frecuencias extremas de cada una de las bandas sealadas representan la frecuencia central del

    primero y ltimo de los canales.

    ARTICULO TERCERO.- Los equipos que se utilicen en las bandas de frecuencias de espectro de uso

    libre indicadas en los incisos A y B del ARTICULO SEGUNDO del presente Acuerdo, debern ajustarse

    a las siguientes condiciones de operacin:

  • 7/22/2019 Frecuencias Libres para VHF y UHF en.docx

    3/7

    A. Slo podrn operar los equipos mviles, porttiles y radiobases, con potencia mxima de 40

    Watts de potencia radiada aparente (PRA). No se permitirn repetidores de ninguna clase.

    B. Para las antenas de las radiobases slo se permitirn ubicaciones mximas de 400 metros sobre

    el nivel promedio del terreno (HAAT).

    C. Quedan prohibidos los enlaces con la red telefnica pblica a travs de las bandas de uso libre.

    D. Por lo que se refiere al ancho de canal:

    I. A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo y hasta el 31 de diciembre de 1998, los

    equipos podrn operar con un ancho de canal mximo de 25 kHz.

    II. El ancho de canal indicado en la fraccin I anterior se reducir a 12.5 kHz a partir del 1o. de enero

    de 1999.

    E. Los equipos operarn en modalidad simplex y semidplex con las siguientes caractersticas

    tcnicas:

    I. Tipo de emisin: para el ancho de canal de 25 kHz ser 16K0F3EJN (voz) y 16K0F2D (datos),

    mientras que para el ancho de canal de 12.5 kHz ser 8K0F3EJN (voz) y 8KF2D (datos).

    II. Desviacin mxima de portadora: para el ancho de canal de 25 kHz ser + 5 kHz, mientras que

    para el ancho de canal de 12.5 kHz ser + 2.5 kHz.

    F. Contar con el certificado de homologacin correspondiente.

    ARTICULO CUARTO.- Con el fin de alcanzar un uso ms racional y eficiente de las bandas de uso

    libre, materia de este Acuerdo, a partir del 1 de julio de 1997 los correspondientes equipos de

    radiocomunicacin debern contar con un sistema de silenciamiento por codificacin de tonos

    continuos (CTCSS).

    ARTICULO QUINTO.- Para no causar interferencias perjudiciales a los pases vecinos no est

    permitido el empleo de estas nuevas bandas de uso libre, dentro de franjas fronterizas de 150 km.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en el Diario Oficial

    de la Federacin.

    SEGUNDO.- En funcin del inters pblico y a fin de evitar interferencias perjudiciales, los

    permisionarios que a la fecha ocupen las frecuencias definidas como de uso libre por el presente

    Acuerdo, debern acudir a la Direccin General de Redes y Radiocomunicacin de la Secretara de

  • 7/22/2019 Frecuencias Libres para VHF y UHF en.docx

    4/7

    Comunicaciones y Transportes, dentro de los noventa das naturales siguientes a la entrada en vigor

    del presente Acuerdo, a fin de que, en trminos de los permisos otorgados, se coordine el uso de

    los equipos y, en su caso, el cambio de la frecuencia correspondiente.

    Atentamente

    Sufragio Efectivo. No Reeleccin.

    Mxico, D.F., a 24 de septiembre de 1996.- El Subsecretario de Comunicaciones y Desarrollo

    Tecnolgico, Javier Lozano Alarcn.- Rbrica.

    ======================================================

    Tomando en cuenta lo anterior, podemos decir que:

    Refirindonos exclusivamente a la banda UHF, la Secretaria de Comunicaciones y Transporte

    estableci una serie de frecuencias de uso libre clasificadas de acuerdo al siguiente orden:

    1.- FRECUENCIAS PARA EQUIPOS OPERANDO DE 5 WATTS DE POTENCIA APARENTE RADIADA:

    464.4875

    464.5000

    464.5125

    464.5375

    464.5500

    464.5625

    467.8375

    467.8500

    467.8625

    467.8750

    467.8875

    467.9000

    467.9125

    467.9250

    467.9375

    2.- FRECUENCIAS PARA EQUIPOS PORTTILES, MOVILES Y BASES OPERANDO A UN MXIMO DE 40

    WATTS DE POTENCIA APARENTE RADIADA.

    450.2625

    450.2750

  • 7/22/2019 Frecuencias Libres para VHF y UHF en.docx

    5/7

    450.2875

    455.2625

    455.2750

    455.2875

    455.3000

    455.3125

    455.3250

    455.3375

    455.3500

    455.3625

    455.3750

    455.3875

    455.4000

    455.4125

    455.4250

    455.4375

    455.4500

    455.4625

    455.4750

    455.4875

    3.- FRECUENCIAS DE USO FAMILIAR PARA EQUIPOS QUE OPERANDO A UN MXIMO DE 0.5 WATTS DE

    POTENCIA APARENTE RADIADA.

    462.5625

    462.5875

    462.6125

    462.6375

    462.6625

    462.6875

    462.7125

    467.5625

    467.5875

    467.6125

    467.6375

    467.6625

  • 7/22/2019 Frecuencias Libres para VHF y UHF en.docx

    6/7

    467.6875

    467.7125

    Refirindonos exclusivamente a la banda VHF, la Secretaria de Comunicaciones y Transporte

    estableci una serie de frecuencias de uso libre clasificadas de acuerdo al siguiente orden:

    1.- FRECUENCIAS PARA EQUIPOS OPERANDO DE 5 WATTS DE POTENCIA APARENTE RADIADA:

    151.6125

    151.6250

    151.6375

    154.5875

    154.6000

    154.6125

    2.- FRECUENCIAS PARA EQUIPOS PORTTILES, MOVILES Y BASES OPERANDO A UN MXIMO DE 40

    WATTS DE POTENCIA APARENTE RADIADA.153.0125

    153.0250

    153.0375

    153.0500

    153.0625

    153.0750

    153.0875

    153.1000

    153.1125

    153.1250

    153.1375

    153.1500

    153.1625

    153.1750

    153.1875

    153.2000

    153.2125

    153.2250

    153.2375

    159.0125

    159.0250

    159.0375

  • 7/22/2019 Frecuencias Libres para VHF y UHF en.docx

    7/7

    159.0500

    159.0625

    159.0750

    159.0875

    159.1000

    159.1125

    159.1250

    159.1375

    159.1500

    159.1625

    159.1750

    159.1875

    159.2000

    163.0125

    163.0250

    163.0375

    163.0500

    163.0625

    163.0750

    163.0875

    163.1000

    163.1125

    163.1250

    163.1375

    163.1500

    163.1625

    163.1750

    163.1875

    163.2000

    163.2125

    163.2250

    163.2375