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Funciones del Municipio 0 0 Etiquetas: Funciones Municipalidad Las Municipalidades son definidas como "corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas". Le corresponde a las municipalidades administrar una comuna. Los órganos que concurren a la administración de la comuna son el Alcalde como máxima autoridad y el Concejo Municipal elegido por la ciudadanía. Además cuenta con un Consejo Económico y Social de caracter consultivo. La ley establece que la participación directa en ciertas decisiones municipales a través de la facultad de convocar a plebiscito a la ciudadanía comunal cuando así lo determine el alcalde con acuerdo del concejo o a requerimiento de a lo menos el 10% de los ciudadanos inscritos en los registros electorales de la comuna. Funciones Municipales Las municipalidades tienen dos funciones: 1. Privativas 2. Compartidas Las funciones privativas. Son aquellas cuya competencia corresponde exclusivamente a las municipalidades en el ámbito de su territorio y su ejercicio no puede se asumido por otras entidades independientemente de ellas (artículo 3º Ley 18.695). Son funciones privativas las siguientes: a) Elaborar, aprobar y modificar el plan comunal de desarrollo cuya aplicación deberá armonizar con los planes regionales y nacionales; b) La planificación y regulación de la comuna y la confección del plan regulador comunal, de acuerdo a las normas legales vigentes; c) La promoción del desarrollo comunitario; d) Aplicar las disposiciones sobre transporte y tránsito públicos, dentro de la comuna, en la forma que determinen las leyes y las normas técnicas de carácter general que dicte el ministero respectivo;

Funciones Del Municipio

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Page 1: Funciones Del Municipio

Funciones del Municipio00

Etiquetas: Funciones Municipalidad

Las Municipalidades son definidas como "corporaciones autónomas de derecho público, con

personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la

comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de

las respectivas comunas".

Le corresponde a las municipalidades administrar una comuna.

Los órganos que concurren a la administración de la comuna son el Alcalde como máxima

autoridad y el Concejo Municipal elegido por la ciudadanía. Además cuenta con un Consejo

Económico y Social de caracter consultivo.

La ley establece que la participación directa en ciertas decisiones municipales a través de la

facultad de convocar a plebiscito a la ciudadanía comunal cuando así lo determine el alcalde con

acuerdo del concejo o a requerimiento de a lo menos el 10% de los ciudadanos inscritos en los

registros electorales de la comuna.

Funciones Municipales

Las municipalidades tienen dos funciones:

1. Privativas

2. Compartidas

Las funciones privativas. Son aquellas cuya competencia corresponde exclusivamente a las

municipalidades en el ámbito de su territorio y su ejercicio no puede se asumido por otras

entidades independientemente de ellas (artículo 3º Ley 18.695). Son funciones privativas las

siguientes:

a) Elaborar, aprobar y modificar el plan comunal de desarrollo cuya aplicación deberá armonizar

con los planes regionales y nacionales;

b) La planificación y regulación de la comuna y la confección del plan regulador comunal, de

acuerdo a las normas legales vigentes;

c) La promoción del desarrollo comunitario;

d) Aplicar las disposiciones sobre transporte y tránsito públicos, dentro de la comuna, en la

forma que determinen las leyes y las normas técnicas de carácter general que dicte el ministero

respectivo;

e) Aplicar las disposiciones sobre construcción y urbanización, en la forma que determinen las

leyes, sujetándose a las normas técnicas de carácter general que dicte el ministerio respectivo, y

Page 2: Funciones Del Municipio

f) El aseo y ornato de la comuna.

Las funciones compartidas. Son aquellas que las municipalidades en el ámbito de su territorio

pueden desarrollar directamente o con otros órganos de la administración del Estado (artículo 4º

Ley 18.695). Estas son:

a) La educación y la cultura;

b) La salud pública y la protección del medio ambiente;

c) La asistencia social y jurídica;

d) La capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo;

e) El turismo, el deporte y la recreación;

f) La urbanización y la vialidad urbana y rural;

g) La construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias;

h) El transporte y tránsito públicos;

i) La prevención de riesgos y la prestación de axuilio en situaciones de emergencia o catástrofes;

j) El apoyo y el fomento de medidas de prevención en materia de seguridad ciudadana y colaborar

en su implementación;

k) La promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y

l) El desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.

cccccccccccccccccccccccccccccccccczGerencia De Desarrollo Económico

La Gerencia del Desarrollo Económico, es un órgano de gestión de la gerencia municipal, que tiene como

objeto promover el desarrollo económico local de la circunscripción territorial y la actividad empresarial local,

así como propiciar y crear las condiciones para promover la participación de la población y del sector privado

en el desarrollo económico, turismo, para lograr un distrito productivo y un desarrollo local sostenible, así

mismo cautelar al cumplimiento de normas y de las disposiciones municipales administrativas, que contengan

obligaciones y prohibiciones que son de cumplimiento obligatorio por particulares, empresas e instituciones en

el ámbito de la jurisdicción de la municipalidad del distrito de ate, dentro del marco de los dispositivos legales

aplicables.

La gerencia de desarrollo económico está a cargo de un funcionario de confianza denominado Gerente de

Desarrollo Económico, quien depende Funcional y jerárquicamente de la Gerencia Municipal.

Son órganos línea de la gerencia e desarrollo económico: la Sub Gerencia de fomento de la inversión y

turismo, Sub Gerencia de formalización empresarial y Sub Gerencia de control y operaciones y sanciones.

FUNCIONES

Page 3: Funciones Del Municipio

1. Ejecutar el plan operativo y presupuesto municipal correspondiente a la gerencia de desarrollo

económico, disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, económicos,

financieros, materiales y equipos asignados.

2. Diseñar un plan estratégico para el desarrollo económico sostenible del distrito y un plan

operativo anual de la municipalidad, e implementarlos en función de los recursos disponibles y de

las necesidades de la actividad empresarial de su jurisdicción, a través de un proceso

participativo.

3. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción de la

economía local, generando un ambiente adecuado para el desarrollo libre del mercado y

potenciando las actividades empresariales para aumentar la productividad de la ciudad y generar

los puestos de trabajo necesarios para la población.

4. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el fomento y la promoción

del turismo en la ciudad.

5. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de promoción empresarial de pequeñas y

micro empresas urbanas o rurales y para el empleo productivo.

6. Planificar, organizar, dirigir y monitorear las actividades de promoción para el apoyo a las

capacidades empresariales propiciando su acceso a la información y transferencia de tecnología,

mercados potenciales, financiamiento y otros campos a fin de mejorar la competitividad.

7. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la formalización

empresarial y reconversión ocupacional para los ciudadanos que realizan actividades

económicas.

8. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción de la

inversión privada en el desarrollo de actividades y servicios turísticos.

9. Coordinar con la gerencia de planificación la formación de instituto de fomento municipal para el

desarrollo económico local, de acuerdo a los recursos disponibles y en coordinación con el

gobierno regional.

10. Realizar campañas conjuntas para facilitar la formalización de la micro y pequeñas empresas de

su circunscripción territorial con criterios homogéneos y de simplificación administrativa.

11. Elaborar junto con las instancias correspondientes, evaluaciones de impacto de los programas y

proyectos de desarrollo económico local.

12. Establecer y dirigir el servicio de información y orientación a los consumidores.

13. Supervisar las acciones de fiscalización municipales administrativas.

14. Emitir resoluciones de gerencia para resolver en segunda instancia los recursos en los asuntos

de su competencia.

15. Emitir resoluciones de gerencia para resolver los asuntos administrativos en el ámbito de su

competencia.

16. Coordinar, supervisar, controlar y evaluar la correcta formulación y aplicación del texto único de

procedimientos administrativos TUPA, en el ámbito de su competencia.

17. Proponer, impulsar e implementar las mejoras e innovaciones en los procesos, procedimientos,

directivas y normatividad del área a su cargo, en coordinación con la gerencia de planificación.

18. Representar a la municipalidad ante organismo públicos y privados nacionales e internacionales

para la coordinación y realización de actividades concernientes al ámbito de su competencia.

19. Cumplir, con las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de sus funciones, con

las demás competencias asignadas por el gerente municipal y demás que le correspondan

conforme a ley.