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Funciones del Municipio00
Etiquetas: Funciones Municipalidad
Las Municipalidades son definidas como "corporaciones autónomas de derecho público, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la
comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de
las respectivas comunas".
Le corresponde a las municipalidades administrar una comuna.
Los órganos que concurren a la administración de la comuna son el Alcalde como máxima
autoridad y el Concejo Municipal elegido por la ciudadanía. Además cuenta con un Consejo
Económico y Social de caracter consultivo.
La ley establece que la participación directa en ciertas decisiones municipales a través de la
facultad de convocar a plebiscito a la ciudadanía comunal cuando así lo determine el alcalde con
acuerdo del concejo o a requerimiento de a lo menos el 10% de los ciudadanos inscritos en los
registros electorales de la comuna.
Funciones Municipales
Las municipalidades tienen dos funciones:
1. Privativas
2. Compartidas
Las funciones privativas. Son aquellas cuya competencia corresponde exclusivamente a las
municipalidades en el ámbito de su territorio y su ejercicio no puede se asumido por otras
entidades independientemente de ellas (artículo 3º Ley 18.695). Son funciones privativas las
siguientes:
a) Elaborar, aprobar y modificar el plan comunal de desarrollo cuya aplicación deberá armonizar
con los planes regionales y nacionales;
b) La planificación y regulación de la comuna y la confección del plan regulador comunal, de
acuerdo a las normas legales vigentes;
c) La promoción del desarrollo comunitario;
d) Aplicar las disposiciones sobre transporte y tránsito públicos, dentro de la comuna, en la
forma que determinen las leyes y las normas técnicas de carácter general que dicte el ministero
respectivo;
e) Aplicar las disposiciones sobre construcción y urbanización, en la forma que determinen las
leyes, sujetándose a las normas técnicas de carácter general que dicte el ministerio respectivo, y
f) El aseo y ornato de la comuna.
Las funciones compartidas. Son aquellas que las municipalidades en el ámbito de su territorio
pueden desarrollar directamente o con otros órganos de la administración del Estado (artículo 4º
Ley 18.695). Estas son:
a) La educación y la cultura;
b) La salud pública y la protección del medio ambiente;
c) La asistencia social y jurídica;
d) La capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo;
e) El turismo, el deporte y la recreación;
f) La urbanización y la vialidad urbana y rural;
g) La construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias;
h) El transporte y tránsito públicos;
i) La prevención de riesgos y la prestación de axuilio en situaciones de emergencia o catástrofes;
j) El apoyo y el fomento de medidas de prevención en materia de seguridad ciudadana y colaborar
en su implementación;
k) La promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y
l) El desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.
cccccccccccccccccccccccccccccccccczGerencia De Desarrollo Económico
La Gerencia del Desarrollo Económico, es un órgano de gestión de la gerencia municipal, que tiene como
objeto promover el desarrollo económico local de la circunscripción territorial y la actividad empresarial local,
así como propiciar y crear las condiciones para promover la participación de la población y del sector privado
en el desarrollo económico, turismo, para lograr un distrito productivo y un desarrollo local sostenible, así
mismo cautelar al cumplimiento de normas y de las disposiciones municipales administrativas, que contengan
obligaciones y prohibiciones que son de cumplimiento obligatorio por particulares, empresas e instituciones en
el ámbito de la jurisdicción de la municipalidad del distrito de ate, dentro del marco de los dispositivos legales
aplicables.
La gerencia de desarrollo económico está a cargo de un funcionario de confianza denominado Gerente de
Desarrollo Económico, quien depende Funcional y jerárquicamente de la Gerencia Municipal.
Son órganos línea de la gerencia e desarrollo económico: la Sub Gerencia de fomento de la inversión y
turismo, Sub Gerencia de formalización empresarial y Sub Gerencia de control y operaciones y sanciones.
FUNCIONES
1. Ejecutar el plan operativo y presupuesto municipal correspondiente a la gerencia de desarrollo
económico, disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, económicos,
financieros, materiales y equipos asignados.
2. Diseñar un plan estratégico para el desarrollo económico sostenible del distrito y un plan
operativo anual de la municipalidad, e implementarlos en función de los recursos disponibles y de
las necesidades de la actividad empresarial de su jurisdicción, a través de un proceso
participativo.
3. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción de la
economía local, generando un ambiente adecuado para el desarrollo libre del mercado y
potenciando las actividades empresariales para aumentar la productividad de la ciudad y generar
los puestos de trabajo necesarios para la población.
4. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el fomento y la promoción
del turismo en la ciudad.
5. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de promoción empresarial de pequeñas y
micro empresas urbanas o rurales y para el empleo productivo.
6. Planificar, organizar, dirigir y monitorear las actividades de promoción para el apoyo a las
capacidades empresariales propiciando su acceso a la información y transferencia de tecnología,
mercados potenciales, financiamiento y otros campos a fin de mejorar la competitividad.
7. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la formalización
empresarial y reconversión ocupacional para los ciudadanos que realizan actividades
económicas.
8. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción de la
inversión privada en el desarrollo de actividades y servicios turísticos.
9. Coordinar con la gerencia de planificación la formación de instituto de fomento municipal para el
desarrollo económico local, de acuerdo a los recursos disponibles y en coordinación con el
gobierno regional.
10. Realizar campañas conjuntas para facilitar la formalización de la micro y pequeñas empresas de
su circunscripción territorial con criterios homogéneos y de simplificación administrativa.
11. Elaborar junto con las instancias correspondientes, evaluaciones de impacto de los programas y
proyectos de desarrollo económico local.
12. Establecer y dirigir el servicio de información y orientación a los consumidores.
13. Supervisar las acciones de fiscalización municipales administrativas.
14. Emitir resoluciones de gerencia para resolver en segunda instancia los recursos en los asuntos
de su competencia.
15. Emitir resoluciones de gerencia para resolver los asuntos administrativos en el ámbito de su
competencia.
16. Coordinar, supervisar, controlar y evaluar la correcta formulación y aplicación del texto único de
procedimientos administrativos TUPA, en el ámbito de su competencia.
17. Proponer, impulsar e implementar las mejoras e innovaciones en los procesos, procedimientos,
directivas y normatividad del área a su cargo, en coordinación con la gerencia de planificación.
18. Representar a la municipalidad ante organismo públicos y privados nacionales e internacionales
para la coordinación y realización de actividades concernientes al ámbito de su competencia.
19. Cumplir, con las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de sus funciones, con
las demás competencias asignadas por el gerente municipal y demás que le correspondan
conforme a ley.