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Fundación para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado Zulia
Aspectos Generales sobre la Aspectos Generales sobre la Ley Orgánica de Ciencia, Ley Orgánica de Ciencia,
Tecnología e Innovación y su Tecnología e Innovación y su Reglamento Parcial.Reglamento Parcial.
Aspectos Generales sobre la Aspectos Generales sobre la Ley Orgánica de Ciencia, Ley Orgánica de Ciencia,
Tecnología e Innovación y su Tecnología e Innovación y su Reglamento Parcial.Reglamento Parcial.
Econ. Leonardo Soto.Coordinador de la Unidad LOCTI
INTERES PUBLICOINTERES PUBLICO• CIENCIACIENCIA
• TECNOLOGIATECNOLOGIA• CONOCIMIENTOCONOCIMIENTO
• INNOVACIONINNOVACION• Y APLICACIONESY APLICACIONES
SISTEMASISTEMANACIONALNACIONALDE CIENCIADE CIENCIA
Y TECNOLOGIAY TECNOLOGIA(SNCT)(SNCT)
ESTADOVENEZOLANO
RECURSOSRECURSOS
EMPRESAPRIVADA
APORTESAPORTES
ESTADO VENEZOLANOPRINCIPIOS ETICOS
Y LEGALES
LOCTIREGLAMENTO
PARCIAL
Art. 110
DESARROLLO
• ECONOMICO• SOCIAL• POLITICO• SEGURIDAD• SOBERANIA NACIONAL
NOTA: LOCTI - Promulgada 26/09/2001 y reformada 2005 G.O. 38.242 del 03/08/2005 RP-LOCTI – Promulgado G.O. 38.544 del 17/10/2006
OBJETIVOS LOCTI
Auspiciar la cultura de la innovación
CALIDAD DE VIDAE INDEPENDENCIA
AP
RO
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DE
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IMIE
NTO
Participación nacional en los derechos de propiedad intelectual
• Legisla
• Planifica – Orienta - Ejecuta
• Fiscaliza - Controla - Evalúa
• Penaliza
• Rinde cuenta
• Propone
• Capacita/educa
• Ejecuta
• Rinde cuenta
•Planifica
• Invierte/Aporta
• Ejecuta
• Rinde cuenta
• Coadyuva control
QUIENES DEBEN APORTAR y/o INVIERTIRLOCTI Art. 44
Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio
nacional
Las compañías anónimas y las sociedades de
responsabilidad limitada.
Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás
entidades jurídicas o económicas no citadas
anteriormente
Las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las
comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares
o de hecho
Actividades establecidas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos: el 2% de los ingresos brutos.
Explotación minera, generación, distribución y transmisión de electricidad: el 1% de los ingresos brutos.
Empresas venezolanas o extranjeras que se dediquen a otros sectores productivos: el 0,5% de los ingresos brutos
Actividades establecidas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos: el 2% de los ingresos brutos.
Explotación minera, generación, distribución y transmisión de electricidad: el 1% de los ingresos brutos.
Empresas venezolanas o extranjeras que se dediquen a otros sectores productivos: el 0,5% de los ingresos brutos
¿Cuánto deben aportar las grandes
Empresas Públicas y Privadas ?(Art. 35, 36 y 37 de la LOCTI)
Art
ícul
o 42
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Con Respecto a la Inversión!
Según el Art.: 20 del Reglamento Parcial de la LOCTI las Grandes Empresas que realicen el aporte e inversión correspondiente, en actividades de capacitación de talento humano del personal de su propia empresa, deberán procurar que ese talento humano una vez capacitado realice la transferencia de los conocimientos adquiridos, que permita el aprovechamiento de éstos en el entorno social y económico del país.
Definición de Beneficiario:
Según el Art.: 4 del Reglamento Parcial de la LOCTI beneficiarios son todas las universidades o instituciones de educación superior, unidades, institutos o centros de investigación y desarrollo, y cualquier otra institución, pública o privada que desarrolle proyectos de CTI y que esté certificado por el organismo competente para tales fines.
1.Inscripción en el portal www.sidcai.fonacit.gob.ve y consignación de los documentos requeridos por el mjismo sistema.
2. Formulación de los proyectos de CTI enmarcados dentro de lo establecido en el Art. 42 de la LOCTI. Remitir los proyectos al FONACIT para la certificación correspondiente.
3. Una vez recibida la certificación de los proyectos de parte del MppCTII; abordar a las empresas para hacer el ofrecimiento de los proyectos.
Pasos para ser Beneficiarios
Cuando se Cumple con la LOCTI?
El Art. 11. Del Reglamento Parcial de la LOCTI establece: “Las Grandes Empresas, podrán realizar sus aportes e inversiones, durante todo el ejercicio económico respectivo, y deberán realizar la declaración definitiva de las inversiones o aportes realizadas durante el ejercicio económico correspondiente, en la misma fecha en la cual realicen la declaración definitiva anual de impuesto sobre la renta”.
¿Quién Verifican los Aportes e Inversiones?
TÍTULO IV (LOCTI)DEL CONTROL, FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN
Facultades de Control
Artículo 45. El Ministerio de Ciencia y Tecnología tendrá las facultades de control, fiscalización, verificación y determinación cuantitativa y cualitativa de los aportes contenidos en el Título III, las cuales ejercerá en los términos establecidos en el Reglamento de la presente Ley.
¿Existen Sanciones de no Cumplir con la LOCTI?
TÍTULO VIIIDEL RÉGIMEN SANCIONATORIO Y PROCEDIMIENTOS
Capítulo IDisposiciones Generales
Multas por Incumplimiento del Aporte
Artículo 73. Los que incumplan con la obligación de aportar los montos establecidos en el Título III de la presente Ley, serán sancionados con multas equivalentes al cincuenta por ciento (50%) del monto que deben aportar, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el referido Título III, las cuales serán impuestas tomando en cuenta el monto de la suma afectada por el incumplimiento, y podrán ser aumentadas o disminuidas en atención a las circunstancias agravantes o atenuantes existentes.
Nuevas Resoluciones, cambios actuales sobre procedimientos y
Representantes de la LOCTI
Resolución 009, Gaceta Oficial 39.130 de fecha 03/03/2009.
Se promulga la intención de la creación de una oficina LOCTI en el Ministerio de Ciencia,
Tecnología e Industrias Intermedias que contaría con todas las competencias LOCTI
que para ese momento eran responsabilidad del Observatorio Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación (ONCTI), incluyendo en esta nueva oficina la competencia de
verificación y fiscalización.
Nuevas Resoluciones, cambios actuales sobre procedimientos y
Representantes de la LOCTI
Resolución 020, Gaceta Oficial 39.150 de fecha 30/03/2009.
Se nombra al Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación como el encargado de llevar todas las actividades LOCTI a nivel nacional definiendo sus competencias para
tales fines cesando las actividades LOCTI del ONCTI hasta el 31/03/2009 oficialmente.
Nuevas Resoluciones, cambios actuales sobre procedimientos y
Representantes de la LOCTI
Resolución 021, Gaceta Oficial 39.150 de fecha 30/03/2009.
Se nombra al Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación como el único
receptor de los fondos LOCTI que antes eran destinados a organismos adscritos al
MppCTII definiéndolo como ente central encargado de recibir y administrar tales
fondos.
Nuevas Resoluciones, cambios actuales sobre procedimientos y
Representantes de la LOCTI
Resolución 041, Gaceta Oficial 39.183 de fecha 21/05/2009.
Se nombra a la Lcda. Koraury Colmenares titular de la C.I. 11.673.049 como Jefa de la Oficina Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) a partir del 18/05/2009.
Dicha oficina tendría como función monitorear las actividades desarrolladas por
el FONACIT para estos fines y evaluar los proyectos presentados por empresas
aportantes e instituciones beneficiarias.
Nuevas Resoluciones, cambios actuales sobre procedimientos y
Representantes de la LOCTI
Resolución 090, Gaceta Oficial 39.446 de fecha 15/06/2010.
Se delegan al FONACTI las competencias LOCTI referidas a certificación de proyectos y
todo lo relacionado con el proceso de fiscalizació.
¿Qué es un proyecto?
Es una propuesta de acción que implica la utilización de un conjunto determinado de recursos para el logro de los resultados esperados
Logro de objetivos
Se manifiesta en beneficios
Se incurre en costos
Mejora una situación o soluciona un problema
Características de los Proyectos
No financia una realidad, transforma la realidad.
El objetivo expresa la novedad.
Es limitado cronológicamente, tiene un inicio y un fin.
Son importantes el flujo de los recursos y el sistema de gerencia.
Es evaluable antes de la ejecución, durante la ejecución y después de la ejecución.
Problemas en el diseño y gestión de los proyectos
Las unidades ejecutoras no están identificadas con claridad.
Los presupuestos no se calculan adecuadamente ni se refieren a las actividades programadas.
No se les da consideración debida a las soluciones alternativas.
Las actividades programadas no responden a los objetivos del proyecto
No se entiende claramente el ambiente externo al proyecto o no se toma debidamente en cuenta.
Los proyectos tienden a durar demasiado, son interminables.
La programación y los procedimientos de ejecución tienen muy poca flexibilidad.
Problemas en el diseño y gestión de los proyectos
Relación entre planes, programas y proyectos
Largo
Mediano
Corto
Horizonte Problemas
Complejos
Sectoriales
Específicos
Plan
Programa
Proyecto Proyecto
Programa
Fases del ciclo de vida del proyecto: etapas de madurez
Evaluación
IdentificaciónIdea
Diseñofactibilidad
Ejecución
Proceso de evaluación: antes, durante y después (ex-post)