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NORMAS LEGALESwww.elperuano.com.pe
FUNDADOEN 1825 POR
EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR
Lima, martes 15 de noviembre de 2011
453331
AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
R.M. Nº 0461-2011-AG.- Designan Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio 453332
AMBIENTE
R.M. Nº 264-2011-MINAM.- Dan por concluidas designaciones y designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial constituida mediante R.S. N° 131-2011-PCM 453333R.M. Nº 266-2011-MINAM.- Reconoce el Área de Conservación Privada La Huerta del Chaparrí, ubicada en el departamento de Lambayeque 453333
DEFENSA
R.M. Nº 611-2009-DE/SG.- Rectifi can el Estatuto de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército Sociedad Anónima Cerrada - FAME S.A.C. 453334Fe de Erratas R.M. Nº 1132-2011/DE/SG 453336
ENERGIA Y MINAS
R.M. Nº 491-2011-MEM/DM.- Dan por terminada encargatura y designan Director General de Asuntos Ambientales Mineros 453336
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
R.M. Nº 414-2011-MIMDES.- Conforman el Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa y conforman el Equipo de Mejora Continua - EMC del Ministerio 453337
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Res. Nº 205-2011-OS/CD.- Designan Vocales Titulares del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - TASTEM 453337Res. Nº 451.- Aprueban listados de supuestos de modifi caciones aplicables a los establecimientos, instalaciones o medios de transporte bajo el ámbito de supervisión de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos, que requieren de Informe Técnico Favorable o Declaración Jurada. 453338
Res. Nº 452.- Establecen órganos o funcionarios competentes de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos para aprobar y custodiar resoluciones que aprueben Informes Técnicos Favorables o que dispongan la inscripción, modifi cación, suspensión, cancelación o habilitación en el Registro de Hidrocarburos 453339
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
R.D. Nº 013-2011-INGEMMET/DC.- Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2011 453340
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
LOS REGISTROS PUBLICOS
Res. Nº 077-2011-SUNARP/SA.- Ofi cializan el “Seminario de Especialización en Derecho inmobiliario, registral y notarial”, a realizarse en la ciudad de Huaraz 453341Res. Nº 078-2011-SUNARP/SA.- Ofi cializan el “Seminario Unifi cación de criterios registrales”, a realizarse en la ciudad de Arequipa 453341Res. Nº 081-2011-SUNARP/SA.- Delegan al Gerente General la facultad de designar a titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras que conforman el pliego Superintendencia Nacional de los Registros Públicos 453342
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
R.D. Nº 90-2011-EF/94.06.3.- Disponen exclusión de diversos valores del Banco de Crédito del Perú del Registro Público del Mercado de Valores 453342Res. SMV Nº 004-2011-EF/94.01.1.- Modifi can el Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Públicas de Valores Mobiliarios 453344
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. Nº 074-2011-P-CE-PJ.- Aceptan renuncia de Juez titular del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Huanta, Corte Superior de Justicia de Ayacucho 453350
Sumario
Año XXVIII - Nº 11604
NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, martes 15 de noviembre de 2011453332
Res. Adm. Nº 253-2011-CE-PJ.- Autorizan viaje de Juez Titular de la Corte Suprema para participar en reuniones a realizarse en Canadá 453351
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 905-2011-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Sexta Sala Penal con Reos Libres de Lima y designan Juez Supernumeraria del Sexto Juzgado Laboral de Lima 453351Res. Adm. Nº 906-2011-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Cuarta Sala Penal con Reos en Cárcel de Lima y designan Juez Supernumeraria del Décimo Cuarto Juzgado Penal de Lima 453352Res. Adm. Nº 907-2011-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Provisional del Cuadragésimo Sexto Juzgado Penal de Lima 453352Res. Adm. Nº 839-2011-P-CSJLIMASUR/PJ.- Reasignan y designan jueces en Juzgados de Villa María del Triunfo y Villa el Salvador de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur 453353
ORGANOS AUTONOMOS
MINISTERIO PUBLICO
Res. Nº 101-2011-MP-FN-JFS.- Aceptan renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Titular de Lima 453354
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
RR. Nºs. 11044, 11045, 11046 y 11047-2011.- Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura de ofi cinas especiales y agencias en los distritos de Santa Anita, San Juan de Mirafl ores, Magdalena y Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima 453354
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
D.A. Nº 015.- Designan Comisionado Especial para la formulación de una propuesta preliminar del Plan Regional de Desarrollo Concertado de Lima Metropolitana 2012-2025 453355
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
R.A. Nº 484-2011-ALC/MLV.- Designan Ejecutora Coactiva de la Gerencia de Rentas 453356
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
D.A. Nº 023-2011/MDSMP.- Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 318-MDSMP 453357
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Res. Nº 1206-2011-RASS.- Declaran nulidad de resoluciones sobre declaración de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito 453357
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
BELLAVISTA
D.A. Nº 009-2011-MDB-AL.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 012-2011-CDB, que otorga incentivos para la regularización voluntaria en la presentación de declaraciones juradas de autoavalúo del Impuesto Predial para omisos o quienes rectifi quen valor y/o uso 453359
MUNICIPALIDAD DE
LA PERLA
D.A. Nº 003-2011-MDLP-ALC.- Modifi can el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad 453360
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE MARISCAL NIETO
Ordenanza Nº 020-2011-MPMN.- Aprueban zonifi cación para el establecimiento de zona de servicios públicos (OU) para viabilizar las inversiones privadas en el ámbito de la provincia de Mariscal Nieto 453361
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
Designan Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0461-2011-AG
Lima, 14 de noviembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0369-2011-AG de fecha 02 de setiembre del 2011, se aceptó la renuncia presentada por el señor Víctor Manuel Noriega Toledo al cago de Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente designar al reemplazante en el cargo de Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo – Ley Nº 29158, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 997, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar, con efi cacia anticipada al 05 de setiembre de 2011, al señor César Armando Romero Romero en el cargo de Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL CAILLAUX ZAZZALIMinistro de Agricultura
716256-1
NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 15 de noviembre de 2011 453333
AMBIENTE
Dan por concluidas designaciones y designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial constituida mediante R.S. Nº 131-2011-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 264-2011-MINAM
Lima, 10 de noviembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 131-2011-PCM se constituyó una Comisión Multisectorial encargada de estudiar y proponer las acciones pertinentes respecto a las concesiones mineras en las Provincias de Chucuito y Yunguyo, departamento de Puno;
Que, de acuerdo a los artículos 2º y 3º de la precitada Resolución Suprema, la mencionada Comisión Multisectorial está integrada, entre otros, por un representante del Ministerio del Ambiente, quien debe ser designado mediante Resolución Ministerial;
Que, mediante Resolución Suprema N° 161-2011-PCM, se ampliaron los alcances de la precitada Comisión Multisectorial, a efecto que, adicionalmente a sus funciones, se encargue de estudiar y proponer las acciones pertinentes en relación a los derechos para la exploración y/o explotación de hidrocarburos ubicados en las provincias de Chucuito, El Collao, Puno y Yunguyo, del departamento de Puno;
Que, por Resolución Ministerial N° 107-2011-MINAM, se designó a la Lic. Ana María González del Valle Begazo y a la Abg. Ana Milagros Palomino Sotelo, como representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente, respectivamente, ante la citada Comisión Multisectorial;
Que, teniendo en cuenta que las representantes acreditadas ante la mencionada Comisión Multisectorial ya no desarrollan funciones en el Ministerio del Ambiente, resulta necesario designar a sus reemplazantes;
Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida las designaciones de la Lic. Ana María González del Valle Begazo y de la Abg. Ana Milagros Palomino Sotelo, como representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente, respectivamente, ante la Comisión Multisectorial constituida con Resolución Suprema Nº 131-2011-PCM y ampliada por Resolución Suprema N° 161-2011-PCM.
Artículo 2º.- Designar al Ing. Juan Edgardo Narciso Chávez, Director General de la Dirección General de Calidad Ambiental, y al Abg. Guillermo Carlos Miranda Arosemena, Jefe de la Ofi cina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales, como representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente, respectivamente, ante la Comisión Multisectorial constituida con Resolución Suprema Nº 131-2011-PCM y ampliada por Resolución Suprema N° 161-2011-PCM.
Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General para que efectúe la gestión que corresponda a fi n que la presente Resolución sea publicada en el diario ofi cial “El Peruano” y disponer que la presente Resolución se publique en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO E. GIESECKEMinistro del Ambiente
716128-1
Reconoce el Área de Conservación Privada La Huerta del Chaparrí, ubicada en el departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 266-2011-MINAM
Lima, 11 de noviembre de 2011
Visto, el Ofi cio Nº 462-2011-SERNANP-J con registro Nº 0023478-2011 del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, el artículo 12º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que los predios de propiedad privada podrán, a iniciativa de su propietario, ser reconocidos por el Estado, en todo o en parte de su extensión, como Áreas de Conservación Privada, siempre que cumplan con los requisitos físicos y técnicos que ameriten su reconocimiento;
Que, el artículo 70º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establece que constituyen Áreas de Conservación Privada aquellos predios de propiedad privada que por sus características ambientales, biológicas, paisajísticas u otras análogas, contribuyen a complementar la cobertura del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, aportando a la conservación de la diversidad biológica e incrementando la oferta para investigación científi ca y la educación, así como de oportunidades para el desarrollo de turismo especializado. Las Áreas de Conservación Privada pueden zonifi carse en base a lo establecido por la Ley;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente – MINAM tiene como función específi ca dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE; asimismo, en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, adscrito al MINAM, constituyéndolo como ente rector del SINANPE;
Que, las funciones de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del ex Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA fueron absorbidas por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP;
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 42º y el numeral 71.1 del artículo 71º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas las Áreas de Conservación Privada, se reconocen mediante Resolución Ministerial del MINAM a solicitud del propietario del predio y a propuesta del SERNANP, en base a un acuerdo con el Estado, a fi n de conservar la diversidad biológica en parte, o la totalidad de dicho predio, por un período no menor a diez (10) años renovables;
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privadas, las cuales son aplicables al presente procedimiento administrativo por encontrase vigentes en la fecha de presentación de la solicitud de reconocimiento del Área de Conservación Privada; conforme a lo establecido en el artículo 1º de la Resolución Presidencial Nº 155-2010-SERNANP;
Que, mediante Documentos con Registros Nos. 08966-2011, 11222-2011 y 12998-2011 presentados ante el SERNANP, el Sr. Heinz Augusto Ricardo E. Plenge Sánchez y la Sra. Ana María Pardo Díaz de Plenge, solicitan el reconocimiento a perpetuidad del Área de Conservación Privada La Huerta del Chaparrí, sobre el predio de su propiedad ubicado en la provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuyos derechos
NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, martes 15 de noviembre de 2011453334
se encuentran inscritos en la Partida Nº 11134268 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Chiclayo, de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo;
Que, mediante Informe Nº 095-2011-SERNANP-DDE-OAJ, la Dirección de Desarrollo Estratégico y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del SERNANP, concluyen que el área propuesta cuenta con valores ecológicos, fl orísticos, faunísticos, ambientales, científi cos, educativos y turísticos que le confi eren importancia; por lo que su reconocimiento contribuirá a la conservación de especies de fl ora, fauna silvestre del bosque seco del norte y al desarrollo sostenible en el ámbito. Asimismo, señalan que el área propuesta cumple con los requisitos técnicos y legales establecidos en las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privadas, aprobadas por Resolución Presidencial Nº 144-2010-SERNANP;
En virtud a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Reconocer el Área de Conservación Privada La Huerta del Chaparrí, a perpetuidad, sobre el predio inscrito en la Partida Nº 11134268 ubicado en la provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, de propiedad del Sr. Heinz Augusto Ricardo E. Plenge Sánchez y de la Sra. Ana María Pardo Díaz de Plenge.
Artículo 2º.- Establecer como objetivos del Área de Conservación Privada La Huerta del Chaparrí, los siguientes:
2.1 Objetivo generalConservar el predio La Huerta del Chaparrí,
asegurando la conservación de la biodiversidad y servicios ambientales, con la fi nalidad de brindar oportunidades de desarrollo.
2.2 Objetivos específi cos2.2.1 Conservar una muestra del ecosistema de
Bosque Seco Ecuatorial; a través de programas de conservación de especies de fl ora y fauna silvestre endémica y/o amenazada del lugar.
2.2.2 Difundir in situ conceptos de auto-gestión y conservación de áreas, tanto a nivel de comunidades aledañas, como en general de todo el país.
Artículo 3º.- En aplicación del párrafo 2 del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, que establece las Disposiciones para la Elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas- ANP, el expediente de reconocimiento del Área de Conservación Privada La Huerta del Chaparrí, es también su Plan Maestro, ya que contiene el listado de obligaciones y restricciones y la propuesta de zonifi cación interna del área.
Artículo 4º.- En aplicación del artículo 11º de la Resolución Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privadas, las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Área de Conservación Privada, son inherentes a la superfi cie reconocida como tal y el reconocimiento del área determina la aceptación por parte de los propietarios, de condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que durante el plazo de vigencia del reconocimiento del Área de Conservación Privada, sean titulares o les sea otorgado algún derecho real sobre el mismo.
Artículo 5º.- En aplicación del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas y de los incisos 1) y 5) del artículo 2019° del Código Civil; así como, del artículo 12º de la Resolución Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privada, el SERNANP inscribirá en la SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Área de Conservación
Privada La Huerta del Chaparrí, a perpetuidad, las cuales son las siguientes:
Obligaciones de Hacer:
1. Usar el predio con fi nes de conservación para los cuales ha sido reconocido el Área de Conservación Privada.
2. Desarrollar prácticas ambientales sostenibles en el aprovechamiento de los recursos naturales.
3. Preservar servicios ambientales en el Área de Conservación Privada, como el recurso agua.
4. Dar cumplimiento a la normatividad de Áreas Naturales Protegidas, directivas, disposiciones, y recomendaciones emitidas por el SERNANP, así como las normas conexas aplicables a la conservación del Área de Conservación Privada.
5. Brindar al SERNANP o, a quien éste designe, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del área.
6. Presentar un informe anual de avance con respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro, el cual será presentado dentro de los treinta (30) días siguientes al término de cada año.
Obligaciones de No Hacer:
1. No efectuar cambio de uso de la tierra.2. No realizar actividades que pongan en riesgo los
objetivos del área, así como la zonifi cación respectiva del área.
3. No desarrollar proyectos de infraestructura que altere el paisaje, atentando con ello los objetivos de conservación del Área de Conservación Privada.
4. No introducir especies exóticas.5. No realizar actividades incompatibles con la
zonifi cación del Área de Conservación Privada.
Artículo 6º.- Lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial no implica la convalidación de algún derecho real sobre el área reconocida así como tampoco constituye medio de prueba para ningún trámite que pretenda la formalización de la propiedad ante la autoridad estatal competente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO E. GIESECKEMinistro del Ambiente
716128-2
DEFENSA
Rectifican el Estatuto de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército Sociedad Anónima Cerrada - FAME S.A.C.
(Se publica la presente resolución ministerial a solicitud del Ministerio de Defensa, mediante Ofi cio Nº 1367-2011-MINDEF/SG/A/02.1, recibido el 14 de noviembre de 2011)
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 611-2009-DE/SG
Lima, 3 de julio de 2009
CONSIDERANDO
Que, mediante Resolución Ministerial N° 259-2009 DE/SG del 19 de marzo del 2009, se aprobó el Estatuto de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército Sociedad Anónima Cerrada – FAME S.A.C., el cual consta de nueve (09) Capítulos y treinta y tres (33) Artículos.
Que, la Gerencia General de FAME S.A.C., ha comunicado que con ocasión de los trámites de inscripción