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INTRODUCCIÓN La estructura del Derecho internacional público es de coordinación, lo que le diferencia de las estructuras de subordinación de los sistemas internos, dónde los sujetos están sometidos a poderes que los condicionan. Esta estructura de coordinación, responde a que sus principales sujetos, los Estados, son soberanos, razón por la cual, por definición, no admiten sometimiento a poder material ajeno que les condicione, aunque si se subordinan, sin perder su atributo, a reglas jurídicas que le obligan sin excepción. El mundo jurídico se encuentra integrado por el orden social, regulado por normas que tienen por principal fin, valorar la conducta de los hombres en la persecución del ideal de justicia. La actividad de los pueblos adquiere importancia en la creación jurídica, por cuanto se requiere normar las conductas presentes y futuras entre sujetos, sin restar importancia así mismo, a los hechos sociales pasados, a los fines que el derecho tenga la posibilidad de cuantificar y valorar la relevancia del fenómeno social que se vive.

Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

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Page 1: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

INTRODUCCIÓN

La estructura del Derecho internacional público es de coordinación, lo que le

diferencia de las estructuras de subordinación de los sistemas internos,

dónde los sujetos están sometidos a poderes que los condicionan.

Esta estructura de coordinación, responde a que sus principales sujetos, los

Estados, son soberanos, razón por la cual, por definición, no admiten

sometimiento a poder material ajeno que les condicione, aunque si se

subordinan, sin perder su atributo, a reglas jurídicas que le obligan sin

excepción.

El mundo jurídico se encuentra integrado por el orden social, regulado por

normas que tienen por principal fin, valorar la conducta de los hombres en la

persecución del ideal de justicia.

La actividad de los pueblos adquiere importancia en la creación jurídica, por

cuanto se requiere normar las conductas presentes y futuras entre sujetos,

sin restar importancia así mismo, a los hechos sociales pasados, a los fines

que el derecho tenga la posibilidad de cuantificar y valorar la relevancia del

fenómeno social que se vive.

Sin embargo hay un velo invisible pero tangible en lo tácito de algunos

países llamados potencia que bajo el manto legal de organizaciones

internacionales (como la ONU) actúan y hacen que sus voluntades

prevalezcan por encima de países de menos trayectoria.

Se suele apreciar como los estados unidos de Norteamérica y los llamados

países aliados imponen sus hegemonías estructurales de estados poderosos

y soslayan las soberanías de aquellos países que de una forma u otra no

estén de acuerdo con sus políticas de países poderosos y desarrollados.

Page 2: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

En la actualidad, el quehacer humano se realiza sin tomar en cuenta las

fronteras, por tanto, la actividad de los pueblos se disemina en el contexto

internacional y, como consecuencia, cobra importancia el estudio de una

disciplina del derecho que estudie y regule la existencia de las relaciones que

se dispersan en la comunidad internacional en la medida que el hombre

trasciende límites territoriales y expande su radio de actuaciones de lo

poblacional, regional y nacional y se abre al tráfico internacional.

De forma tal que, la base jurídica de la comunidad internacional se encuentra

determinada por la regulación de las relaciones de individuos que operan en

el contexto mundial.

En este sentido, ha señalado Díez de Velasco:

“Sabemos que la misión capital del Derecho es la de organizar y reglamentar

las relaciones jurídicas de los individuos en su vida de relación. Esta

afirmación se completa con la de que dichas relaciones Interindividuales se

dan dentro de una determinada estructura social. Lo anterior cabe referirlo, y

con mayor motivo, a las relaciones entre grupos sociales. Nacido un

determinado grupo social, nace, como consecuencia insoslayable, el derecho

que lo regule”.

El Derecho Internacional General está dirigido a reglamentar las relaciones

jurídicas de los sujetos que componen la Comunidad internacional.

Así, los estudiosos de la ciencia del derecho han prevenido la necesidad de

la eficacia del Derecho Internacional, rama constituida por normas jurídicas

aplicables al tráfico público y privado sin barreras.

Es necesario señalar que, en la actualidad el ordenamiento jurídico

venezolano ha adecuado su formulación y se ha sintonizado con los

problemas presentes que genera la praxis social internacional, la cual a su

vez, se ha visto influenciada del avance de la tecnología y la informática sin

Page 3: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

dejar por ningún motivo mencionar la gran actividad internacional que ha

propiciado el Presidente Chávez en todo el planeta y que no deja de crear

controversia.

El estudio de las relaciones internacionales es de suma importancia ya que

se rigen por una legislación que funciona de forma internacional y que

durante años se ha ido perfeccionando a través de la historia. Quizás aquí

radica la importancia de este estudio al tratar de dar aportes al conocimiento

del derecho internacional, su origen, su clasificación, teorías que lo

sustentan, objeto, fuentes, divisiones y diferencias con otros derechos.

Page 4: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO INTERNACIONAL

PÚBLICO

Derecho Internacional Público

El actual sistema de Derecho Internacional Público, puede conceptualizarse

como el conjunto de normas jurídicas y principios que las jerarquizan y

coordinan coherentemente ; destinadas a regular las relaciones externas

entre, sujetos soberanos, los Estados, y otros sujetos a los cuales también se

les confiere soberanía, cuando actúan en el marco de una sociedad

internacional; con el propósito de armonizar sus relaciones, construyendo un

ideal de justicia mutuamente acordado por ellos, en un marco de certeza y

seguridad que permita realizarla.

También podríamos definirlo como el conjunto de normas jurídicas que

regulan las relaciones de los Estados, establece los derechos y deberes de

los Estados en la comunidad internacional; determina las competencias de

cada Estado y reglamenta las organizaciones e instituciones de carácter

internacional.

Otra definición expresa que el derecho internacional está formado por las

normas jurídicas internacionales que regulan las leyes de los estados. Los

acuerdos y tratados internacionales, las notas diplomáticas, las enmiendas y

los protocolos forman parte de esta rama del derecho.

Se trata de un conjunto de normas jurídicas con una estructura

especialmente adecuada a los destinatarios del sistema y a las necesidades

del mismo. La estructura del Derecho Internacional Público es de

coordinación, lo que le diferencia de las estructuras de subordinación de los

sistemas internos, dónde los sujetos están sometidos a poderes que los

condicionan. Esta estructura de coordinación, responde a que sus

principales sujetos, los Estados, son soberanos, razón por la cual, por

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definición, no admiten sometimiento a poder material ajeno que les

condicione, aunque si se subordinan, sin perder su atributo, a reglas jurídicas

que le obligan sin excepción.

El derecho internacional está integrado por acuerdos entre estados, tales

como tratados internacionales, denominados tratados, pactos, convenios,

cartas, memorándum o memoranda, según el caso, intercambio de notas

diplomáticas, enmiendas, anexos y protocolos de tratados, entre otro; como

también por la costumbre internacional, que se compone a su vez de la

práctica de los Estados, que éstos reconocen como obligatoria, y por los

principios generales del derecho.

Además, en el ámbito multilateral, el derecho internacional se nutre de los

acuerdos a los que lleguen los Estados en el marco de los organismos

internacionales a que pertenezcan y, dentro de éstos, de aquellos acuerdos

que se comprometen a aplicar. En ambos casos, bilateral o multilateral, el

nivel adquirido al comprometerse un Estado es el de poner en vigor la norma

acordada en su propio territorio y aplicarla por encima de las normas

nacionales.

Otra forma de definir el Derecho Internacional Público, es de forma clásica y

moderna.

Definición Clásica:

Conjunto de normas que regula las relaciones reciprocas de nación a nación,

como personas morales que son y tienen, como los individuos el derecho de

asegurar su existencia y su independencia. Resultados de los deberes y

derechos reciproco que se derivan de esa relación entre los diversos estados

y naciones, estos estipulan convenios o tratados por medio de los cuales se

obligan unos respectos de otros.

Page 6: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

Definición Moderna:

El Derecho de gentes o Derecho Internacional Público se ocupa,

esencialmente, de regular las relaciones entre los Estados o mejor entre los

sujetos de derecho internacional, puesto que ambos términos no son

sinónimos. Es decir que los únicos sujetos del Derecho Internacional Público

nos son los Estados, han surgido otros como por ejemplo: El Vaticano y las

organizaciones internacionales, los cuales son capaces de adquirir derechos

y obligaciones de Carácter internacional.

En conclusión podemos definirlo como el conjunto de normas de principios

jurídicos que limitan los derechos que regulan los deberes de los Estados

con el fin de lograr una cierta estabilidad jurídica en la comunidad

internacional. Regula la actividad de los extranjeros y su aplicabilidad es de

derecho nacional.

Derecho Internacional Público Venezolano:

Es una rama del derecho público que regula la actividad del Estado

venezolano, acuerdo a las políticas emanada del Presidente de la República

como lo establece el Art. 236º. ord. 4º de la CRBV.

OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

El Objeto social del Derecho Internacional Público es de gran importancia al

igual que el Derecho interno el Derecho internacional cumple una importante

función social, que consiste principalmente en prevenir los actos de violencia

para mantener la convivencia y la armonía.

“Si el hombre tiene necesidad de la sociedad y el Derecho, también el Estado

precisa vivir en sociedad y someterse a un sistema de reglas jurídicas”. De

modo que si el Derecho Interno le permite al hombre vivir en sociedad y la

compatibilidad de sus intereses, los mismo hace el Derecho Internacional

Page 7: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

pero en relación a los Estados. Se puede afirmar entonces que el objeto

social del Derecho Internacional público es la garantía de la paz universal.

Otro de los objetivos del Derecho internacional Público es:

Regular las competencias de sus sujetos destinatarios como son las

organizaciones internacionales y el estado, estableciéndoles deberes.

Proteger a sus sujetos destinatarios evitando que los más fuertes

acaben con los más débiles.

Lograr fomentar el desarrollo económico, cultural, científico en materia

de salud, educación de sus sujetos a través de tratados desarrollados

por los organismos internacionales.

Lograr la paz, la armonía internacional y el orden público.

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO EN LA SOCIEDAD ESCLAVISTA

En la formación económica social esclavista, el esclavismo, la trata y

comercio de esclavos era algo moral y legalmente aceptado por los Estados,

tal es así que los Estados de la Época firmaban convenios o tratados

internacionales en el que se acordaba prestarse ayuda en caso de

levantamientos de los esclavos prófugos cuando cruzaban la frontera.

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO EN LA SOCIEDAD FEUDAL

En la formación económica social feudal en territorio Estatal era considerada

como propiedad del Rey, quien podía venderlo, donarlo o transmitirlo por

MORTIS CAUSA (causa de muerte) incluso con la población situada en él.

DERECHO INTERNACIONAL EN LA SOCIEDAD CAPITALISTA

Para entender el derecho internacional dentro del seno del sistema-mundo

capitalista, primero hay que entender someramente al capitalismo como tal.

Generalmente, se comprende al capitalismo como un modo de producción de

carácter anárquico, ya que el funcionamiento de este sistema dependería de

Page 8: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

cada unidad económica en aras de la acumulación capitalista expresada en

utilidades.

El capitalismo tiende a desarrollar las fuerzas productivas a un grado sin

precedentes y que procura hacerlo en forma destructiva porque es

competitivo y no planificado.

El derecho internacional sirve como ordenamiento que regula los conflictos

antiimperialistas de las grandes potencias en el entorno del sistema

capitalista mundial; Y eso conlleva pues, que las distintas unidades políticas

de este sistema se encuentren a merced de los vaivenes del mercado

mundial.

Es de cierta manera una especie de apoyo legal internacional donde las

potencias económicas imponen sus hegemonías sobre cualquier estado sin

importar las consecuencias en daños generales que estos puedan causar y

que una vez ese estado en el que el capitalismo maniobro a su conveniencia

pueda salir librado sin consecuencias mayores para el Estado potencia

capitalista.

Aportes de la Revolución Francesa al Derecho Internacional Público

Los principales aportes son:

Nació la llamada soberanía de Nación Estatal, mediante la cual el

poder ya no recaía sobre el Rey, sino sobre los ciudadanos.

Aparece el principio de no intervención mediante el cual ningún

Estado podía intervenir en asuntos internos o domésticos de otros.

Aparece el principio de la libertad de los mares, el cual establece que

los mares son libres, debido a la conveniencia de la

internacionalización de la economía.

DERECHO INTERNACIONAL Y EL INTERNACIONALISMO SOCIALISTA

Page 9: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

La Revolución Socialista Rusa en 1917 aportó con los siguientes principios:

Principio al Derecho a la Paz, en reemplazo al derecho a la guerra.

Principio de la Coexistencia Pacífica y Cooperación entre los Estados.

Principio de la igualdad soberana entre los Estados.

Principio de Autodeterminación de los Pueblos.

El internacionalismo, en el sentido estricto de la palabra, se basa aún en la

existencia de naciones soberanas. Sus objetivos son:

Alentar el multilateralismo (que el liderazgo mundial no esté

acaparado por un sólo país)

Crear interdependencias formales e informales entre países, con

algunos poderes limitados entregados a organizaciones

internacionales controladas por estos países por la vía de tratados

intergubernamentales e instituciones.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO:

Regula las actividades del Estado en la comunidad internacional.

No tiene poder coactivo ni coercitivo; como todo derecho público,

actúa bajo la concepción del Ius Imperium.

Otras características Generales del Derecho Internacional

Las características del Derecho Internacional son:

Aspectos negativos:

Dominado por los rasgos de la desigualdad:

Relaciones de desigualdad por ejemplo en el voto o derecho de veto. No

todos los estados tienen la misma proliferación. Otro ejemplo serían los

estados que tienen armas nucleares (tratado de no- proliferación de armas

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nucleares) “desigualdad compensatoria” unos países deben reducir su nivel

de contaminación y otros tienen más tiempo para poder desarrollarse.

Horizonte involutivo: (vuelve hacia atrás)

En la década de los 70 el derecho Internacional se moraliza (incorpora

valores), aparecen las normas del derecho imperativo (Ius Cogens) que se

contrapone al derecho dispositivo. Aparecen obligaciones frente a todos

(obligan a los que lo aceptan y a los que no Erga Omnes). Aparecen los

crímenes internacionales del estado (a veces los estados violan reglas

fundamentales, entonces se cometen los crímenes internacionales). Hoy en

día se tiene tendencia a que desaparezcan porque las instancias que aplica

el derecho internacional no han hecho nada por hacer avanzar estas figuras

de normalización. Hoy en día se plantea la eliminación de los crímenes

internacionales, esto supondría una regresión.

Poco solidario:

Porque en la década de los 70 aparece la solidaridad entre Norte y Sur que

ha ido a menos (el dinero que el Norte dedicaba al Sur se ha orientado hacia

los países occidentales). Cuando en la década de los 80 se adoptó el

derecho del mar (los fondos marinos y oceánicos) debajo del alta mar

aparece la Zona I.F.M.O. esta zona es patrimonio de la humanidad pero se

descubren en ella metales preciosos y valiosos y eso produce problemas.

Es necesario adoptar un protocolo que se aplique a esta zona para repartir

entre las grandes potencias aunque se sigue decidiendo que es patrimonio

común de la humanidad.

Aspectos Positivos:

Objetivos de solidaridad que han generado cambios positivos:

Page 11: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

Principio democrático: como parámetro de la actuación de los estados.

Democracia representativa:

Multipartidismo.

Elecciones libres.

Libertad de prensa y rechazo a la censura

Independencia del poder judicial.

Se reafirma el principio democrático, algunos ejemplos son la “cláusula

democrática” (unión europea), el reconocimiento del estado condicionado al

respeto del principio democrático. En determinados países cuando se han

celebrado elecciones libres por primera vez, se han hecho delante de

representantes internacionales (vinculados a países internacionales

imparciales), para que haya observadores se precisa la admisión del país

observado.

Progreso en la protección de los derechos humanos y de su

aplicación: No es contrario a los principios la investigación de graves

violaciones de derechos humanos. Se ha creado un alto comisionado

de Naciones Unidas para los derechos humanos.

Desarrollo del Derecho Internacional Humanitario:

leyes y costumbres de la guerra: tratan la disciplina y el

comportamiento de las fuerzas armadas durante las hostilidades. Su

origen es la Cruz Roja:

Distinción entre convalecientes y no convalecientes.

No hay que causar sufrimientos innecesarios, hay que matar

humanamente

Este derecho antes solo se aplicaba entre conflictos internacionales, ahora

también se aplica entre conflictos internos.

Page 12: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

Derecho de asistencia Humanitaria:

Derecho de las víctimas de los conflictos armados o de las catástrofes

naturales, a recibir ayuda y protección que alivie su sufrimiento. No

puede afirmarse que la asistencia humanitaria sea una forma de

inmiscuirse en los asuntos internos.

Constitución de los tribunales internacionales:

Para la represión de los crímenes del individuo. El tribunal de la ex -

Yugoslavia con sede en la Haya.

Progreso Internacional del Medio Ambiente.

Búsqueda del desarrollo sostenible: tensión entre el desarrollo y la

protección del M. Ambiente. Desarrollo sostenible hay que

desarrollarse de tal forma que sea bueno para las generaciones

presentes pero que quede algo para las futuras.

DIVISIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

Antes de explicar las divisiones del Derecho Internacional Público es

conveniente destacar que existe una división principal del Derecho

Internacional, que es la que lo divide en Derecho Internacional Público y

Derecho Internacional Privado:

Derecho Internacional Público:

Es el que regula las relaciones entre los Estados y demás sujetos de

Derecho Internacional Público.

Derecho Internacional Privado:

Este se ocupa de la condición de las personas, cosas y actos considerados

desde el punto de vista de la legislación nacional o extranjera.

Page 13: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

En otras palabras, el Derecho Internacional Privado se ocupa de regular las

relaciones entre particulares o entes que actúan a título particular y la Ley

que debe prevalecer en las relaciones de Derecho Privado, preocupándose

por organizar jurídicamente la vida privada de la comunidad internacional.

El Derecho Internacional Público está dividido de la siguiente manera:

Las Divisiones Clásicas:

Una división clásica del Derecho Internacional Público es la que lo divide en

tiempo de paz y en tiempo de guerra.

Esta división proviene de hecho de que el Derecho Internacional Público es

realmente muy diferente en una época y otra, porque sus normas y principios

se aplican a realidades en efecto diferentes.

Esta división, que aún en estos últimos años han conservado algunos

autores, proviene de la que en la materia hizo por primera vez Hugo Groscio

en su libro “De jure belli a pacas”, o sea, del Derecho de la guerra y de la

paz. 

Otra igualmente clásica es la división del Derecho Internacional público en

Derecho Internacional Público natural, ideal, y Derecho Internacional

Público Positivo:

Derecho Internacional Público Natural:

Podemos definir a este Derecho como”el Derecho teórico, tal como lo

concibe la razón, tal como debiera ser tomado en cuenta las mejores

aspiraciones humanas y la convivencia de los Estados”.

Derecho Internacional Público Positivo:

Page 14: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

Se puede considerar también como Derecho Efectivo o vigente, es el

conjunto de reglas que se encuentran en vigor en la comunidad internacional

en un momento determinado.

Las divisiones Modernas:

Según Antonio Sánchez de Bustamante (1934: 26-38) el Derecho

Internacional Público se divide en:

Derecho Internacional Público Constitucional: que es aquel que se

ocupa del nacimiento, formación y extinción de las personas jurídicas

internacionales.

Derecho Internacional Público Administrativo: que es el que trata

de las funciones de esta categoría, realizadas por dichas personas

jurídicas.

Derecho Internacional Público Civil: es el que se refiere a ciertos

actos e instituciones de carácter civil realizados por estas personas de

Derecho Internacional.

Derecho Internacional Público Penal: que es el que se ocupa del

estudio de las sanciones de este carácter aplicadas a dichos sujetos.

Derecho Internacional Público Procedimental: que es el que se

ocupa del procedimiento que siguen los Estados en sus relaciones

contenciosas o no, los organismos internacionales y los órganos

judiciales de la comunidad internacional.

Otra división a considerar es la que lo divide:

En razón del elemento geográfico, donde se concibe que exista un Derecho

Internacional Público Universal y un conjunto de Derechos Continentales o

Regionales, en los cuales este mismo Derecho Universal, en vista de los

intereses inmediatos y especiales que se ventilan en estos Continentes o

Regiones, toma características particulares, no sólo en sus normas y

Page 15: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

principios sino también en sus instituciones. Entonces su división será

Geográfica, y se subdivide en:

Continental: relacionado con cada uno de los continentes: América,

Asia, África, Europa y Oceanía (Continental Insular).

Universal: comunidad internacional.

FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

Concepto de Fuente 

Es el conjunto de pautas compuesto por valoraciones, principios morales,

doctrinas, etc., que determinan la voluntad del legislador contribuyendo a dar

contenido a la norma jurídica.

Concepto de fuente del Derecho Internacional Público:

Es la base o soporte racional y jurídico en que descansa el Derecho

Internacional y que justifica su vigencia o le da la razón de ser ha dicho

derecho.

Clasificación de las fuentes

Fuentes directas, principales o autónomas.

La Costumbre:

Es la principal fuente del Derecho Internacional. La costumbre como fuente

del Derecho Internacional debe distinguirse de la simple practica o uso,

porque la costumbre debe llenar ciertos requisitos que les son

indispensables: Un elemento material (consuetudo) y un elemento

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psicológico ( opinio juris sirve necessitatis ) es decir, la realización material

del acto y la opinión jurídica de su necesidad. La costumbre como fuente es

una práctica general, aceptada como Derecho.

Los Tratados o Convenios:

El tratado para que sea fuente del derecho necesita que en él se encuentren

disposiciones realmente nuevas, porque aquel instrumento internacional que

se limite a repetir normas o principios ya consagrados no puede considerarse

como tal. Los tratados tradicionalmente han sido considerados, atendiendo a

ese contenido, en tratados- contratos y tratados-leyes.

Los tratados -Contratos: Son aquellos que complementan intereses

inmediatos a los estados contratantes como lo son los fronterizos, los modus

vivendi comerciales, etc.

Los tratados-leyes: Son aquellos que consagran principios generales de

Derecho, accesibles a todos los Estados, y los cuales por el contenido nuevo

que poseen pueden considerarse como verdaderas fuentes de Derecho

Internacional.

Fuentes Indirectas; Secundarias O Heterónomas:

La Jurisprudencia y la legislación nacional:

Son fuentes directas del Derecho nacional e indirectas del Derecho

Internacional Público; porque cuando la legislación nacional o la

jurisprudencia nacional toquen algún punto de este ultimo Derecho y este

punto es tratado de una forma realmente nueva, entonces tanto una como

otra se transforma en fuente del derecho Internacional.

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

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Son principios comunes a los distintos Estados que ya han alcanzado una

cierta objetivización en el derecho interno. Hacen referencia a ideas jurídicas

generales y fundamentales y no a cualquier precepto normativo.

El principio de la buena fe.

La prohibición del abuso del derecho.

El principio de la cosa juzgada

La ley especial deroga la general

Igualdad jurídica.

Respeto mutuo.

Jurisdicción exclusiva.

Identidad.

Defensa propia.

Intercambio.

Estos principios no se restringen a cubrir lagunas que pudieran presentarse

por la falta de tratado o costumbre aplicable, sino que sirven de instrumento

para la debida aplicación e interpretación de los tratados y de la costumbre.

Serían aquellos que no tienen su origen en el derecho interno, sino que son

propios del derecho internacional. En la vida internacional se manifiestan

porque son invocados por los estados o el juez internacional, sin mencionar

expresamente su fuente; y al actuar de esta manera no están creando la

norma, sino que, la consideran tan evidente, que no tratan de justificarla o

fundamentarla.

Conviene señalar la distinción que hace Verdros de ambos principios, porque

ilustra de modo claro el problema:

Los principios de derechos de gentes, son reglas aceptadas directamente en

la práctica internacional como siendo de derecho, mientras que los principios

generales del derecho han sido primero reconocidos por los estados en su

Page 18: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

derecho interno. En resumen los Principios Generales del Derecho

Internacional, son aquellos conceptos fundamentales que aparecen como el

conjunto de ideas y creencias que forman el pensamiento jurídico de un

pueblo, y que están formados por aquellos principios elementales de justicia

y equidad que tienen aplicación universal. Entre dichos conceptos están la

libertad, igualdad, certeza, seguridad jurídica, equidad y la relación como

recurso para interpretar los textos y encontrar su verdadero sentido.

LA JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL:

Está constituida por el conjunto de principios y normas establecida en

Sentencias internacionales más o menos uniformes, viniendo a formar parte

del acervo jurídico internacional.

Cuando un juez internacional aplica el Derecho pre-escrito o pre-establecido,

en realidad no está creando Derecho. Pero cuando este mismo juez

atempera el rigor de éste o falla en ausencia del mismo, está ejerciendo una

legitima acción de creación el Derecho; en este sentido es que la

Jurisprudencia internacional es fuente del Derecho y es indirecta porque ella

tiene lugar con ocasión de la aplicación del Derecho a ciertos casos

concretos aplicados a otros por analogía.

Los principios generales del Derecho:

Constituyen otra fuente indirecta porque en realidad no crean Derecho

Internacional sino que consagran principios de Derechos ya establecidos, y

cuya consagración como norma del mismo es producto de la aceptación que

Page 19: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

a su vez le ha dado la conciencia jurídica de la comunidad internacional en

que vivimos.

Son fuentes del Derecho internacional únicamente cuando en presencia de

una laguna legislativa el juez tiene que aplicar los principios generales y

reconocidos, originarios de otros Derechos, como por ejemplo el de la

legítima defensa, consagrado por el Derecho nacional y tantos otros que día

a día se van incorporando al Derecho Interno por su condición misma de

Derecho sometido a constante evolución.

Los Documentos Internacionales:

Son verdaderas fuentes cuando estos documentos internacionales contienen

principios o normas realmente nuevos, cuya aceptación por la comunidad

internacional los convertirá en principios y normas del Derecho Internacional.

La opinión de los Jurisconsultos y de las asociaciones especializadas:

Son fuentes de carácter indirecto, por cuanto hay que recurrir a ellas para

llevar convicción jurídica a los estudios de los diversos casos que se

plantean generalmente son opiniones desinteresadas y la cultura jurídica de

los jueces internacionales es la mejor guía para su aplicación. 

La jurisprudencia internacional, es sólo un medio auxiliar para la

determinación de las reglas de derecho. Los dictámenes, junto con las

decisiones en asuntos contenciosos, forman parte de esta jurisprudencia

internacional, que tiene como principal función la de servir como elemento de

interpretación del Derecho Internacional. La CIJ ha hecho en la práctica un

uso indistinto como precedentes de sus dictámenes y sentencias, tratando a

Page 20: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

ambos tipos de resoluciones en pie de igualdad. Ambas, por tanto, son

igualmente jurisprudencia. Ello se producía ya en la Corte Permanente de

Justicia Internacional, que también podía dictar tanto dictámenes como

sentencias.[

La jurisprudencia internacional constituye fuente primaria de conocimiento

para el estudio y comprensión del Derecho Internacional Público,

conjuntamente con las normas convencionales y consuetudinarias, la

doctrina y la práctica. La indudable importancia y relevancia de la

jurisprudencia han sido resaltadas por Rodríguez Carrión al expresar que la

misma “(...) ofrece la posibilidad de poner de manifiesto cuál es la práctica

generalmente seguida por los Estados, como prueba de una norma general

de Derecho Internacional.

El socorrido artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia

incluye la jurisprudencia como un medio auxiliar para la determinación de las

reglas de Derecho a aplicar en la solución de controversias internacionales y,

desde su propio establecimiento, así, la Corte ha producido una amplia

jurisprudencia sobre disímiles temas, de valor excepcional para apreciar las

características y desarrollo progresivo del Derecho Internacional.

Por todo ello la jurisprudencia internacional se nos revela como

limitadamente eficaz en materia de manifestación del consentimiento del

Estado para obligarse por tratados internacionales. El escaso número de

esas declaraciones, el criterio uniforme que en ellas ha prevalecido, lo

concreto y ajeno al tema de las cuestiones resultas y la claridad con que lo

han sido, tampoco ofrecen campo al comentario de los hechos y el contenido

de la decisión como se acostumbra. Cabe esperar que en un futuro no

lejano esta situación cambie.

Page 21: Fundamentos Del Derecho Internacional Publico

CONCLUSIÓN

El derecho internacional público como conjunto de normas jurídicas, regula

no solo las relaciones entre los estados, sino también las relaciones entre

otros sujetos, como son los organismos internacionales como: grupos

beligerantes o multilaterales, fideicomiso, comité internacional de la cruz roja,

el vaticano entre otras.

Las normas pertenecientes al derecho internacional pueden ser bilaterales o

multilaterales. Los estados suelen comprometerse a aplicar las normas en

su propio territorio y con un status superar a las normas nacionales. A nivel

general el derecho internacional siempre ha estado enfocado en la

preservación de la paz, y a evitar el activar el estallido de conflictos bélicos.

El derecho internacional puede dividirse en público y privado, pero existen

varias clasificaciones. Supone el conjunto de principios que regulan las

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relaciones jurídicas entre sí, los individuos por lo tanto no son sujetos

inmediatos de sus normas.

El derecho internacional privado tiene como principal objetivo la relación de

conflictos de jurisdicción internacional. Se encarga de definir cuál es la ley

aplicable y determinar la condición jurídica de los extranjeros. Se ocupa de

regular las relaciones entre particulares o entes que actúan a título particular.

Otro aspecto relevante del derecho internacional es que es humanitario. En

este caso se trata de las normas que en tiempo de guerra protege a los

civiles que no forman parte del conflicto, el derecho internacional comunitario

intenta limitar el sufrimiento humano inherente a los enfrentamientos

armados por la guerra y mitigar sus efectos.

En síntesis el derecho internacional público debe permitirle a los estados

soberanos decidir sobre su direccionalidad y el enfoque de su geopolítica

internacional que conlleve al desarrollo paulatino de estos, en pro del

bienestar común de todos sus habitantes sin imposiciones nefastas de las

potencias mundiales y preservar por sobre todas las cosas el orden y la paz

de todos los estados soberanos, libres e independientes del planeta y no

pretender que aquel estado que no se alinee con las políticas de los países

hegemónicos sea visto como un estado forastero y que por esta vía expedita

las fuerzas bélicas de los estados poderosos decidan a quien quita y a quien

pone para su conveniencia.